MESA DE DIÁLOGO POR LA TRANSPARENCIA

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1 MESA DE DIÁLOGO POR LA TRANSPARENCIA REGLAMENTO INTERNO (PROPUESTA MODIFICADA, MIÉRCOLES 01 OCTUBRE 2008) I. Disposiciones generales I.1. El presente Reglamento tiene como propósito establecer bases para la organización y el funcionamiento de la Mesa de Diálogo por la Transparencia. I.2. La Mesa de Diálogo por la Transparencia se concibe como un mecanismo permanente de interlocución y de integración de acuerdos, entre la sociedad civil y los Entes Públicos, bajo la coordinación del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, a fin de fortalecer el derecho de acceso a la información pública y la transparencia gubernamental en el Distrito Federal. I.3. La Mesa de Diálogo por la Transparencia sesionará, al menos, cuatro veces al año de forma ordinaria, y podrá convocar a sesiones extraordinarias cada vez que lo considere necesario u oportuno. I.4. Como instancia que convoca voluntades de organismos diferentes por un interés común, la Mesa de Diálogo por la Transparencia, será respetuosa de la postura y de las decisiones de cada uno de sus integrantes y en el desarrollo de sus trabajos, deliberación y acuerdos operativos privilegiará el consenso de sus partes. I.5. En aras de optimizar su desempeño, la Mesa de Diálogo por la Transparencia contará con la asistencia de un Secretariado Técnico, que estará a cargo del InfoDF, y que fungirá como la instancia coordinadora y facilitadora de las actividades de la Mesa de Diálogo por la Transparencia. I.6. Corresponde a quienes integren la Mesa de Diálogo por la Transparencia la aplicación e interpretación del presente Reglamento. II. Objetivos de la Mesa de Diálogo por la Transparencia Los objetivos de la Mesa de Diálogo por la Transparencia son: II.1. El intercambio de ideas y el análisis acerca de la situación que guarda el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y la transparencia gubernamental en el Distrito Federal. 1

2 II.2. Establecer consensos a fin de que, en el ámbito de sus competencias y de suficiencias presupuestales, se promuevan mejoras necesarias para el fortalecimiento del derecho de acceso a la información pública. II.3. Evaluar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, tanto por el lado de las autoridades como por el lado de la población. II.4. Realizar eventos conjuntos como conferencias, foros, seminarios y congresos en materia de transparencia, rendición de cuentas y de derecho de acceso a la información pública en el Distrito Federal. III. Integración de la Mesa de Diálogo por la Transparencia III.1. La Mesa de Diálogo por la Transparencia es un espacio deliberativo de composición plural, integrada por miembros permanentes y temporales. III.2. Los miembros permanentes de la Mesa de Diálogo por la Transparencia serán doce, los cuales estarán asistidos por el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en calidad de Secretariado Técnico. Seis miembros serán representantes de igual número de organizaciones de la sociedad civil con amplia experiencia en asuntos vinculados al derecho de acceso a la información pública, transparencia gubernamental, rendición de cuentas y combate a la corrupción. Los otros seis miembros serán servidores públicos de igual número de Entes Públicos con base en la siguiente distribución: tres miembros por parte del Órgano Ejecutivo Local, uno por parte del Órgano Legislativo Local, uno por parte del Órgano Judicial Local y uno más por parte de los órganos autónomos del Distrito Federal. Los miembros permanentes que representen a los Entes Públicos, deberán ser designados por sus respectivos titulares. Los miembros permanentes que representen a las organizaciones civiles serán designados por acuerdo entre las mismas. Los miembros permanentes tendrán derecho a voz y a voto para los efectos de todos los acuerdos que se integren al interior de la Mesa de Diálogo por la Transparencia. III.3. Los miembros permanentes de la Mesa de Diálogo por la Transparencia no podrán ser sustituidos por otras personas durante las sesiones. III.4. Los miembros temporales serán personalidades de la academia, o de otras organizaciones de la sociedad civil organizada, del sector privado y/o de los sectores público y social y usuarios frecuentes del derecho, que sean invitados por los miembros permanentes a objeto de contribuir a comprender y desahogar puntos de la agenda de la Mesa de Diálogo por la Transparencia. Los miembros temporales tendrán derecho a voz, pero no a voto. El número de miembros temporales variará de conformidad con los temas y los asuntos a abordar y desahogar en el marco de las sesiones a las que sean convidados por los miembros permanentes. 2

3 III.5. Entre los criterios para designar a los miembros temporales se deberá advertir que sean personas probadamente vinculadas a los temas a desahogar, pertenecer al sector que digan representar, asegurar la pluralidad de opiniones en la integración de la Mesa de Diálogo por la Transparencia, ser propuestos por miembros permanentes y ser aprobados por consenso y en su defecto por mayoría absoluta. III.6. El cargo de miembro permanente o temporal de la Mesa de Diálogo por la Transparencia es completamente honorífico, por lo que ningún miembro recibirá género alguno de remuneración o de prestación. III.7. En la integración de la Mesa de Diálogo por la Transparencia también se prevé la participación de un Secretariado Técnico, el cual quedará a cargo de los Comisionados Ciudadanos del InfoDF, quienes tendrán derecho a voz durante las sesiones. En el ejercicio de sus funciones, este Secretariado Técnico será asistido por la Dirección de Vinculación con la Sociedad del InfoDF. III.8. Los miembros permanentes durarán en sus funciones hasta que las instancias a las que representan, sea éstas civiles o gubernamentales, decidan formalmente removerlos. Dada la presunción de buena fe y de ánimo de colaboración con la que se instala la Mesa de Diálogo por la Transparencia, el Secretariado Técnico podrá, a nombre de todos los miembros permanentes de la Mesa, solicitar a los titulares de las instancias civiles y públicas representadas, la remoción de sus representantes respectivos cuando éstos incurran en conductas omisas o negativas, o cuando acumulen dos faltas consecutivas injustificadas. IV. Funciones de la Mesa de Diálogo por la Transparencia Son funciones de la Mesa de Diálogo por la Transparencia las siguientes: IV.1. Realizar propuestas y alcanzar acuerdos que se canalicen a las diferentes instancias gubernamentales y autoridades públicas, con el objeto de fortalecer la transparencia, el acceso a la información pública y la rendición de cuentas en el Distrito Federal, de conformidad con las políticas, los procedimientos y los formatos que se establezcan para tal efecto. IV.2. Acordar el desarrollo de actividades y acciones afines a los objetivos de la Mesa de Diálogo por la Transparencia, a partir de propuestas presentadas por sus miembros permanentes por conducto del Secretariado Técnico. IV.3. Asegurar la entrega puntual de información sobre temas y actividades sujetos a valoración por la Mesa de Diálogo por la Transparencia. IV.4. Dar seguimiento y evaluar las actividades y acciones acordadas, así como opinar sobre indicadores y resultados derivados de las mismas. 3

4 IV.5. Establecer grupos de trabajo para el desarrollo de los proyectos, de las iniciativas y de cualquier asunto que se considere necesario. IV.6. Proponer actividades de colaboración y participación ciudadana, orientadas a lograr de mejor forma los objetivos y la consecución del mandato del InfoDF. IV.7. Diseñar, aprobar, ejecutar y evaluar el programa anual de trabajo de la Mesa de Diálogo por la Transparencia. IV.8. Aprobar el informe anual de actividades de la Mesa de Diálogo por la Transparencia, el que deberá integrarse al informe anual de actividades del InfoDF que se presenta, por mandato de ley, ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. IV.9. Las demás acordadas en el seno de la Mesa de Diálogo por la Transparencia, necesarias para el cumplimiento de sus objetivos. V. Atribuciones del Secretariado Técnico de la Mesa (Sea un órgano de comunicación y seguimientos) Son atribuciones del Secretariado Técnico las siguientes: V.1. Gestionar los apoyos necesarios para garantizar su adecuado funcionamiento y su permanencia como espacio privilegiado de dialogo con la sociedad. V.2. Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias. V.3. Elaborar las actas correspondientes a cada sesión y enviarlas a todas y todos los integrantes de la Mesa de Diálogo por la Transparencia, para su revisión, comentario y aprobación en la siguiente sesión ordinaria. V.4. Realizar, previo acuerdo de la Mesa de Diálogo por la Transparencia, la modificación de los instrumentos normativos que regulan su operación, así como enviar las modificaciones a todas y todos sus integrantes para su revisión, comentario y aprobación en la siguiente sesión ordinaria. V.5. Preparar el orden del día de los asuntos a tratar en cada sesión, a partir de las propuestas de los miembros permanentes. V.6. Integrar la documentación requerida para la realización de las sesiones. V.7. Coordinar las sesiones de la Mesa de Diálogo por la Transparencia y someter a votación los asuntos en ellas tratados, privilegiando los consensos. V.8. Organizar y comunicar puntualmente la información sobre temas y resultados de la Mesa de Diálogo por la Transparencia. 4

5 V.9. Proponer grupos de trabajo a la Mesa de Diálogo por la Transparencia para analizar y desahogar asuntos problemáticos específicos. V.10. Recibir las propuestas, las opiniones, los estudios y los proyectos de quienes integren los grupos de trabajo. V.11. Comunicar y dar seguimiento a los acuerdos de la Mesa de Diálogo por la Transparencia. V.12. Recibir e integrar propuestas y opiniones de los miembros permanentes a fin de elaborar la propuesta de programa anual de trabajo de la Mesa de Diálogo por la Transparencia, incluido el calendario de las sesiones ordinarias. VI.13. Integrar y presentar a los miembros permanentes de la Mesa de Diálogo por la Transparencia el informe anual de actividades. V.14. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la Mesa de Diálogo por la Transparencia. El Secretariado Técnico no tendrá facultades para representar a la Mesa de Diálogo por la Transparencia. VI. Operación de la Mesa de Diálogo por la Transparencia VI.1. Las organizaciones de la sociedad civil y los Entes Públicos integrantes de la Mesa de Diálogo por la Transparencia en calidad de miembros permanentes, nombrarán a sus respectivos representantes. Estos nombramientos deberán ser notificadas por escrito al InfoDF, a objeto de que el Pleno del InfoDF formalice la integración de la Mesa de Diálogo por la Transparencia. VI.2. Las sesiones de la Mesa de Diálogo por la Transparencia serán públicas y tendrán por objeto deliberar y tomar acuerdos operativos sobre temas acordados a propuesta de sus miembros permanentes. VI.3. Los miembros de la Mesa de Diálogo por la Transparencia sesionarán cuatro veces al año con la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros permanentes, en la fecha y hora que previamente se haya acordado por sus miembros permanentes. La convocatoria será por escrito, con una anticipación no menor a diez días naturales; la convocatoria se acompañará de materiales de apoyo para los asuntos a tratar y será remitida indistintamente en forma impresa o en forma electrónica. VI.4. De forma extraordinaria, los miembros permanentes sesionarán a solicitud de al menos la mitad más uno de los miembros permanentes, o cuando el Secretariado Técnico lo considere necesario, previo consenso con la mayoría de 5

6 los miembros permanentes. En todos estos casos la convocatoria se emitirá con una anticipación no menor a tres días naturales. VI.5. En el caso de que una sesión convocada no pueda llevarse a cabo en la fecha programada, el Secretariado Técnico deberá emitir el aviso de cancelación correspondiente, dirigido a los miembros permanentes y, en su caso, a los miembros temporales. VI.6. Los miembros permanentes de la Mesa de Diálogo por la Transparencia tendrán derecho a voz y voto. Las soluciones y acuerdos emanados en el seno de la Mesa privilegiarán el consenso y se tomarán por el voto de la mayoría de los miembros permanentes, con base en los siguientes criterios: 1. En la votación se buscará siempre la unanimidad y, en su defecto, la mayoría absoluta. 2. Cuando se presente un empate en las votaciones, los temas se discutirán nuevamente, y de forma exhaustiva, a objeto de intentar llegar a un acuerdo que permita el desempate. 3. Podrán realizarse votaciones en lo general y en lo particular. VI.7. Los acuerdos de la Mesa de Diálogo por la Transparencia deberán sujetarse a la siguiente ruta lógica elemental: 1. Acción a implementar. 2. Responsable de la implementación. 3. Responsable del seguimiento. 4. Objetivos que se pretenden alcanzar con el acuerdo. 5. Tiempos para su cumplimiento. VI.8. En la convocatoria de cada sesión, ordinaria o extraordinaria, se hará saber el orden del día, con al menos los siguientes puntos: A. La lista de asistencia y declaración de quórum. B. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior. C. Exposición de los temas a tratar. D. Deliberación y conclusiones. E. Asuntos generales. VI.9. En cada sesión se levantará un acta que contendrá, como mínimo: la indicación del lugar, fecha y hora en que se llevó a cabo; la lista de asistencia, especificando el carácter de miembro permanente o temporal de quienes participan en la sesión; la relatoría de los aspectos más relevantes de los asuntos que presentados y analizados; los acuerdos adoptados. VI.10. El acta deberá ser firmada por los miembros permanentes. VI.11. Los acuerdos obtenidos en el marco de la Mesa de Diálogo por la Transparencia serán publicados en las páginas de Internet de todos los miembros permanentes, estableciendo, para este efecto, un icono electrónico fácilmente identificable y homogéneo. 6

7 VI.12. La Mesa de Diálogo por la Transparencia contará con una página de Internet en la que se publicarán su estructura, su organización, sus actividades y sus avances. VII. Obligaciones y atribuciones de los miembros permanentes Son obligaciones de los miembros permanentes de la Mesa de Diálogo por la Transparencia, asistir puntualmente a las sesiones y participar en éstas, con la mejor disposición para alcanzar acuerdos que fortalezcan la política de promoción y defensa del derecho de acceso a la información pública en el Distrito Federal. Son atribuciones de los miembros permanentes: Proponer los asuntos que deban tratarse en las sesiones ordinarias y, en su caso, en las extraordinarias. Intervenir respetuosa e informadamente en las deliberaciones. Emitir su voto respecto a los asuntos tratados en las sesiones. Proponer la asistencia de representantes de los sectores público, privado y social en calidad de miembros temporales. Formular las propuestas, los estudios y los diagnósticos que se requieran para el funcionamiento de la Mesa de Diálogo por la Transparencia. Proponer y participar en los grupos de trabajo para los asuntos, proyectos e iniciativas que se consideren necesarios. Los miembros permanentes promoverán, en el ámbito de sus competencias y campos de experiencia, la coordinación e implementación de las acciones derivadas de los acuerdos tomados en el seno de la Mesa de Diálogo por la Transparencia. VIII. Obligaciones y atribuciones de los miembros temporales Son obligaciones de los temporales de la Mesa de Diálogo por la Transparencia, asistir puntualmente a las sesiones y participar en éstas, con la mejor disposición para alcanzar acuerdos que fortalezcan la política de promoción y defensa del derecho de acceso a la información pública en el Distrito Federal. Son atribuciones de los miembros temporales de la Mesa: Presentar al Secretariado Técnico, en su caso, los materiales que den soporte a los asuntos que tratarán en las sesiones ordinarias o extraordinarias a las que fueron invitados. Participar en la deliberación de los asuntos en las sesiones a las que fueron invitados. Formular las propuestas, los estudios y los diagnósticos que se requieran para el funcionamiento de la Mesa de Diálogo. 7

8 IX. Disposiciones finales IX.1. El Reglamento Interno de la Mesa de Diálogo por la Transparencia y las eventuales reformas que sufra entrarán en vigor al momento de su aprobación. IX.2. Cualquier supuesto o asunto no previsto en el presente documento, será subsanado por los miembros permanentes reunidos en sesión ordinaria o extraordinaria. 8

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