BASES DE OPERACIÓN PARA EL PROGRAMA DE APOYO 2012 PARA LA ARTICULACIÓN DE LA REFORMA CURRICULAR EN EDUCACIÓN BÁSICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS

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1 BASES DE OPERACIÓN PARA EL PROGRAMA DE APOYO 2012 PARA LA ARTICULACIÓN DE LA REFORMA CURRICULAR EN EDUCACIÓN BÁSICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Índice Glosario 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETIVOS 2.1. General 2.2. Específicos 3. BASES GENERALES 3.1. Cobertura 3.2. Población Objetivo 3.3. Carácter de los recursos Apoyo técnico-pedagógico Apoyo financiero Monto del Apoyo y Criterios de Selección 3.4. Beneficiaros Requisitos para recibir el Apoyo Métodos y Procesos de Transparencia Derechos y Obligaciones Causas de suspensión de la ministración de los recursos 4. BASES ESPECÍFICAS 4.1. Coordinación institucional Instancias Ejecutoras Instancia Normativa 5. MECÁNICA DE OPERACIÓN 5.1. Difusión 5.2. Promoción 5.3.Operación 6. INFORMES PROGRAMÁTICO-PRESUPUESTARIOS 6.1. Informe semestral de avance Físico-Financieros 6.2 Informe semestral de avance Técnico Pedagógico 6.3. Cierre de ejercicio 6.4. De los Recursos 7. EVALUACIÓN 7.1 Evaluación Interna 7.2 Evaluación Externa 8. AUDITORIA, CONTROL Y SEGUIMIENTO 9. QUEJAS Y DENUNCIAS 1

2 Glosario AEL: Autoridad Educativa Local (Secretaría de Educación o entidad encargada de la función social educativa en los Estados). AFSEDF: Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal. Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, con autonomía técnica y de gestión, encargada de la prestación de servicios de educación básica, así como normal y demás, para formación de maestros de educación básica en el Distrito Federal. ASF: Auditoría Superior de la Federación. BASES: Las presentes Bases de Operación para el Programa de Apoyo 2012 para la Articulación de la Reforma Curricular en Educación Básica en las Entidades Federativas. CEAS: Coordinaciones Estatales de Asesoría y Seguimiento. Para el caso del Distrito Federal, Coordinación de Asesoría y Seguimiento del Distrito Federal. Las CEAS están integradas en cada nivel educativo (Preescolar, Primaria y Secundaria) por un grupo de asesoras y asesores técnicos, designado por la Autoridad Educativa Local y la AFSEDF en el Distrito Federal, para apoyar las acciones de la RIEB en las Entidades Federativas. DGDC: Dirección General de Desarrollo Curricular adscrita a la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal. ENTIDADES FEDERATIVAS: Los 31 Estados de la República Mexicana y el Distrito Federal. PAT: Programa Anual de Trabajo. PROGRAMA: Programa de Apoyo 2012 para la Articulación de la Reforma Curricular en Educación Básica en las Entidades Federativas. RIEB. Reforma Integral de la Educación Básica. SEB: Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal. SEP: Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal. SFP: Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal. TESOFE: Tesorería de la Federación. 2

3 Introducción El artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia, y basada en los resultados del progreso científico; La Ley General de Educación confiere a la autoridad educativa federal, entre otras atribuciones exclusivas, la de determinar para toda la República los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria y la secundaria; así como fijar lineamientos generales para el uso de los mismos con el propósito de garantizar el carácter nacional de la Educación Básica. La misma Ley establece que el Estado promoverá y atenderá -directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y modalidades educativos..., necesarios para el desarrollo de la Nación. Las autoridades educativas proporcionarán los medios que le permitan realizar eficazmente su labor y que contribuyan a su constante perfeccionamiento. Para ello, el Plan Nacional de Desarrollo en su eje 3, Igualdad de Oportunidades, objetivo 9, Elevar la calidad educativa, establece en su estrategia 9.3 la necesidad de actualizar los programas de estudio, sus contenidos, materiales y métodos para elevar su pertinencia y relevancia en el desarrollo integral de los estudiantes, y fomentar en éstos el desarrollo de valores, habilidades y competencias para mejorar su productividad y competitividad al insertarse en la vida económica. En congruencia con lo anterior el Programa Sectorial de Educación en su objetivo 1, Elevar la calidad de la educación para que los estudiantes mejoren su nivel de logro educativo, cuenten con medios para tener acceso a un mayor bienestar y contribuyan al desarrollo nacional, bajo el rubro de Educación Básica, estrategia 1.1, señala la necesidad de realizar una Reforma Integral de la Educación Básica, centrada en la adopción de un modelo educativo basado en competencias, que responda a las necesidades de desarrollo de México en el siglo XXI, estableciendo, entre otras líneas de acción, la de asegurar que los planes y programas de estudio estén dirigidos al desarrollo de competencias e involucrar activamente a los docentes frente a grupo en estos procesos de revisión y adecuación, y que esta acción tendrá como base los resultados de las evaluaciones del logro educativo, así como la de establecer estándares y metas de desempeño en términos de logros de aprendizaje esperados en todos sus grados, niveles y modalidades de la educación básica. Para cumplir con este objetivo y avanzar hacia una plena articulación de los programas de estudio correspondientes a los niveles que integran la Educación Básica obligatoria de 12 años preescolar, primaria y secundaria, la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal ha desarrollado un nuevo Plan y programas de estudio que permitirá fortalecer el desempeño de docentes, directivos escolares y autoridades educativas, y propiciar el acompañamiento de las familias en el proceso educativo de sus hijos, necesarios para afrontar los retos que demanda la sociedad del conocimiento. 3

4 En el marco de la Reforma Integral de la Educación Básica, el Acuerdo 592, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2011, establece la Articulación de la Educación Básica como requisito fundamental para el cumplimiento del perfil de egreso. Establece también el Plan y los programas de estudio correspondientes a los niveles de preescolar, primaria y secundaria, que integran el tipo básico. Dicho Plan y programas son aplicables y obligatorios en los Estados Unidos Mexicanos; están orientados al desarrollo de competencias para la vida de las niñas, los niños y los adolescentes mexicanos; responden a las finalidades de la Educación Básica, y definen los Estándares Curriculares y los aprendizajes esperados para dichos niveles educativos. La Articulación de la Educación Básica es el inicio de una transformación que generará una escuela centrada en el logro educativo al atender las necesidades específicas de aprendizaje de cada uno de sus estudiantes, para que adquieran las competencias que permitan su desarrollo personal; una escuela que al recibir asesoría y acompañamiento pertinentes a las necesidades de la práctica docente cotidiana genere acciones para atender y prevenir el rezago, y constituya redes académicas de aprendizaje donde todos los integrantes de la comunidad escolar participen del desarrollo de competencias que permiten la autonomía en el aprendizaje y la participación en los procesos sociales. 2. Objetivos 2.1. Objetivo general Promover el establecimiento de condiciones técnicas, pedagógicas y organizativas que ayuden a que las CEAS de cada nivel educativo (Preescolar, Primaria y Secundaria) en las ENTIDADES FEDERATIVAS, desarrollen acciones de difusión, asesoría y seguimiento para promover el conocimiento y comprensión del Plan y los Programas de Estudio vigentes, así como su implementación. 2.2.Objetivos específicos a. Propiciar el fortalecimiento académico de las CEAS en las ENTIDADES FEDERATIVAS dotándolas de recursos económicos y apoyo técnico, para el cumplimiento de sus funciones y actividades profesionales. b. Promover y respaldar el desarrollo de procesos y actividades de difusión, asesoría y seguimiento en los planteles de educación Preescolar, Primaria y Secundaria, relacionadas con la aplicación del Plan y los Programas de Estudio. 3. Bases Generales 3.1. Cobertura El PROGRAMA se aplicará en apoyo a las CEAS de las ENTIDADES FEDERATIVAS para que realicen acciones técnico pedagógicas con el personal técnico, directivo y docente de las zonas escolares y planteles públicos de Educación Básica que participen en el PROGRAMA. 4

5 3.2. Población Objetivo Los apoyos de este PROGRAMA están dirigidos a los integrantes de las CEAS, y al personal técnico, directivo y docente de las zonas escolares y planteles públicos de Educación Básica que participan en el PROGRAMA Características de los apoyos Los recursos asignados al PROGRAMA son de origen federal, pero la administración de los mismos es responsabilidad de las AEL o de la AFSEDF, según corresponda. Los recursos federales del PROGRAMA son no regularizables, adicionales y complementarios a los que proporcionan los programas federales, estatales y municipales vigentes destinados a infraestructura y operación de los servicios de educación básica. En ningún caso sustituirán a los recursos regulares dirigidos a estos fines. Los recursos destinados a las AEL y a la AFSEDF para sufragar las acciones previstas en el PROGRAMA se considerarán devengados en los términos que disponga la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y demás disposiciones aplicables. El uso de estos recursos se sujetará a las disposiciones normativas y legales aplicables en la materia. Los recursos del PROGRAMA serán asignados por la SEP y ejercidos por las AEL y la AFSEDF para el caso del Distrito Federal, y deberán ser utilizados únicamente para la operación del PROGRAMA, de conformidad con los criterios establecidos en las presentes BASES, así como en los Convenios de Coordinación a suscribirse con las AEL y los Lineamientos Internos de Coordinación a suscribirse con la AFSEDF, respectivamente. Los recursos autorizados para el PROGRAMA cumplen con el principio de anualidad del Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que la SEP los asignará a las AEL y a la AFSEDF y procurará que sean ejercidos al 31 de diciembre de Apoyo Técnico-Pedagógico La SEP, a través de la DGDC, brindará asesoría técnica y pedagógica a las CEAS de cada nivel educativo para el logro de los objetivos del PROGRAMA. Establecerá mecanismos de coordinación con las AEL y la AFSEDF para la ejecución de las siguientes acciones: Asesoría técnico pedagógica a los integrantes de las CEAS de las ENTIDADES FEDERATIVAS para el fortalecimiento académico y el mejor desempeño de sus funciones Difusión de los avances del PROGRAMA, experiencias de trabajo, informes y diversos materiales de apoyo. Implementación de estrategias para orientar el trabajo de las CEAS con criterios comunes en todo el país. Promoción de reuniones nacionales, regionales y estatales con las CEAS. 5

6 Dotación de materiales de apoyo para la implementación y difusión del PROGRAMA. Seguimiento y evaluación del PROGRAMA para retroalimentar los procesos de mejoramiento que se requieran Apoyo Financiero En congruencia con los objetivos y criterios del PROGRAMA, los recursos financieros que reciban las AEL y la AFSEDF; deberán ser utilizados y destinados exclusivamente para el desarrollo del PROGRAMA y se podrán emplear para los gastos de operación y rubros siguientes, de acuerdo a los porcentajes autorizados: Gastos de operación que permitan el desarrollo de las funciones académicas y cotidianas de las CEAS Artículos de papelería, material bibliográfico y gastos de transportación. Monto asignado por entidad y cada nivel educativo Preescolar Primaria Secundaria 100, , , Rubro Fortalecimiento académico de las CEAS. Desarrollo de competencias profesionales necesarias para orientar el trabajo de los profesores, directivos y/o asesores de educación preescolar, primaria y secundaria Reuniones, seminarios, talleres y/o cursos cuyos contenidos y enfoques sean congruentes con los establecidos en el currículo. Compra o reproducción de materiales bibliográficos. Gastos de traslado a reuniones nacionales y estatales. Adquisición y mantenimiento de equipo de cómputo, impresoras y periféricos, adquisición de software, conexiones a Internet, consumibles (tinta, papel, discos, etcétera). Grabadoras de audio o video y sus consumibles. Servicios de asesores externos especializados. Difusión del Plan y los Programas de Estudio. El conocimiento del Plan y los Programas de Estudio por parte del personal docente, directivo y técnico. Conferencias, mesas redondas, encuentros académicos en cada entidad federativa, relacionadas con temas centrales del currículo. Producción de material electrónico, audiovisual o impreso, para apoyar el estudio y análisis de tópicos relacionados con el mejoramiento de las prácticas pedagógicas. Documentación y difusión de experiencias pedagógicas (de trabajo con situaciones didácticas en el aula), o de experiencias en el trabajo sobre función directiva y de asesoría. Porcentaje del gasto 0 a 5% 10 a 20% 6

7 Asesoría Actividades de acompañamiento sistemático al personal docente, directivo y técnico de los planteles, zonas y sectores escolares de cada nivel educativo para la comprensión y apropiación de los enfoques didácticos del currículo, así como el mejoramiento de su práctica. Viáticos (hospedaje y alimentación) y transportes, combustible y pago de casetas para visitar los planteles. Compra y reproducción de materiales (material bibliográfico y de papelería para el personal asesorado). Seguimiento Actividades para la recuperación de información sobre el proceso de desarrollo y apropiación del currículo en el aula y la escuela). Viáticos (hospedaje y alimentación) y transportes, combustible y pago de casetas para visitar los planteles. 35 a 50% 20 a 35% Total 100% En la aplicación de los recursos se deberán observar criterios de austeridad y racionalidad financiera. Los recursos para el pago de viáticos y traslados se otorgarán con base en las tarifas establecidas por la administración pública federal y la administración pública estatal de conformidad con las disposiciones aplicables en la materia. Los viáticos y traslados deberán estar plenamente justificados y guardar relación directa con los objetivos del PROGRAMA. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se verificó que las presentes BASES no se contraponen, afectan o presentan duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal, en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo. Los recursos asignados al PROGRAMA son de origen federal, pero la administración de los mismos es responsabilidad de las AEL, y de la AFSEDF para el caso del Distrito Federal, y no podrán ser destinados para: Pago de sueldos, sobresueldos, estímulos o compensaciones, al personal académico y administrativo contratado por la SEP para el caso de la AFSEDF o por las AEL. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo. Financiamiento de clubes, concursos, festivales, eventos sociales, deportivos, culturales y artísticos. Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno y/o externo, sin excepción. Adquisición o mantenimiento de vehículos y mobiliario para oficinas o escuelas. Adquisición, mantenimiento y/o arrendamiento de bienes inmuebles. Adquisición de aparatos de telecomunicación, tales como teléfonos celulares, radio localizadores, tablets, etc. 7

8 Monto del Apoyo y Criterios de Selección Los recursos federales para el desarrollo del PROGRAMA tienen su base en la página 3 del Resumen en Clasificación Económica para el Ramo 11 del Tomo I del Presupuesto de Egresos de la Federación 2012 y han sido autorizados mediante el Oficio No. OM/001/2012 de fecha 16 de enero de 2012 los cuales ascienden a un total de $ , (CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL VEINTIDÓS PESOS 00/100 M.N.), que serán ministrados a las ENTIDADES FEDERATIVAS, dentro del marco de los requisitos que se establecen en el numeral y las condiciones que se establecen en los numerales 6.1 y 6.2 de estas Bases, y a través del Convenio de Coordinación o de los Lineamientos Internos de Coordinación respectivamente conforme a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, donde se manifiestan los alcances, responsabilidades y el apego a las presentes BASES. La asignación de los recursos a cada Entidad Federativa participante en el PROGRAMA se realizará de manera diferenciada, en función de: El número de personal docente y directivo, el número de escuelas y el número de alumnos de cada Entidad Federativa de acuerdo al informe estadístico vigente de la Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas de la SEP, en relación al total nacional. Así mismo se considerará el índice de marginalidad vigente, emitido por el Consejo Nacional de Población; y el cumplimiento oportuno en la entrega del Plan Anual de Trabajo (PAT) Beneficiarios Las acciones que se emprenderán, tenderán a beneficiar al personal, docente, directivo y técnico de los planteles públicos de educación preescolar, primaria y secundaria que participen en el PROGRAMA, para que impartan una educación de calidad al alumnado Requisitos para recibir el Apoyo Las AEL y la AFSEDF deberán cumplir con los requisitos que se enuncian a continuación para estar en condiciones de recibir los recursos que la SEP ministrará para la operación del PROGRAMA. a. Suscribir con la SEP en el caso de las AEL un Convenio de Coordinación, y para la AFSEDF, los Lineamientos Internos de Coordinación, en los que se establecerá, entre otros: el compromiso de cumplir las presentes BASES; los términos, modalidades y medios para la asignación de los recursos federales validados por las áreas jurídicas de las AEL, la AFSEDF y de la SEP; así como la obligatoriedad de remitir los informes técnicos y financieros con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos que conforme a los mismos se transfieran a las ENTIDADES FEDERATIVAS. 8

9 b. Contar con las CEAS responsables del PROGRAMA, en caso de no contar con ellas, se deberán de conformar, cuyos integrantes estén dedicados de tiempo completo al PROGRAMA. Las CEAS deberán estar coordinadas con las instancias estatales de formación continua y atender al personal directivo, técnico y docente de preescolar, primaria y secundaria. c. Asegurar que las CEAS lleven a cabo las actividades del PROGRAMA y se coordinen con las instancias estatales de formación continua para atender al personal directivo, técnico y docente de preescolar, primaria y secundaria que participen en el PROGRAMA. d. Haber elaborado y enviado a la DGDC el Plan Anual de Trabajo (PAT) para el ciclo escolar de cada nivel educativo (preescolar, primaria y secundaria), en los cuales se registren las acciones de difusión, asesoría y seguimiento necesarias para impulsar la implementación del Plan y los Programas de Estudio. Estas acciones se basarán en los acuerdos que se establezcan con la DGDC. e. Elaborar semestralmente para cada nivel educativo, los informes Físico- Financieros y de avance Técnico-Pedagógico con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos que conforme a los mismos se transferirán a las ENTIDADES FEDERATIVAS, de acuerdo a lo que más adelante se establece en el numeral 6.1 y 6.2 de las presentes BASES. f. Apegarse a lo dispuesto en las presentes BASES y a los criterios y orientaciones que determine la SEP para el desarrollo de las acciones que implica la RIEB. g. Abrir una cuenta bancaria específica para los recursos públicos federales aportados; la cuenta será administrada por el área de recursos financieros de las AEL y para el caso del Distrito Federal por la AFSEDF. h. Apoyar y participar en las actividades académicas que se programen con la finalidad de implementar el PROGRAMA, así como en aquellas otras relacionadas con el fortalecimiento académico del personal técnico, directivo y docente Métodos y Procesos de Transparencia Métodos Una vez que las AEL y la AFSEDF han reunido los requisitos del numeral 3.4.1, la DGDC procederá a la ministración de los recursos para la ejecución del PROGRAMA. Procesos Para asegurar la operación del PROGRAMA se desarrollarán los siguientes procesos: 9

10 a) Suscripción de los convenios de coordinación entre la SEP y las AEL; para el caso del Distrito Federal será a través de los Lineamientos Internos de Coordinación respectivos. b) Apertura de una cuenta bancaria a cargo de las AEL y la AFSEDF exclusiva para la radicación y administración de los recursos. c) Una vez que los recursos federales hayan sido transferidos a cada AEL y a la AFSEDF, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, así como en los términos establecidos en los Convenios de Coordinación y Lineamientos Internos de Coordinación según corresponda, estas deberán remitir a la DGDC de la SEP, el recibo correspondiente que compruebe la recepción de dichos recursos, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la recepción de dichos recursos. d) Las AEL y la AFSEDF, a través de su respectiva instancia administrativa según corresponda, serán las responsables de resguardar la documentación original comprobatoria de los recursos financieros ejercidos para el desarrollo del PROGRAMA, debiendo remitir copia de dicha documentación, cuando así lo requiera el área competente de la SEP. e) La DGDC recibirá los PAT correspondientes al ciclo escolar durante el mes de septiembre y emitirá la autorización o propuesta de modificación. f) La SEP verificará que en el PAT de cada nivel educativo que al efecto sometan a su consideración las AEL y la AFSEDF, se establezcan acciones congruentes con el objeto de estas BASES Derechos y Obligaciones Derechos de las AEL y de la AFSEDF. a. La Entidad Federativa que cubra en tiempo y forma los requisitos señalados en la Base 3.4.1, tendrá derecho a recibir los recursos financieros y técnicopedagógicos especificados en las presentes BASES y en el Convenio de Coordinación o en los Lineamientos Internos de Coordinación respectivos. b. Recibir el apoyo y la asesoría permanente para la administración, aplicación y comprobación de los recursos del PROGRAMA. Obligaciones de las AEL y de la AFSEDF. a. Destinar el monto que establezca la DGDC para cada nivel educativo. b. Cumplir cabalmente con las disposiciones establecidas en las presentes BASES y con los objetivos del programa. c. Garantizar que los integrantes de las CEAS hayan trabajado al menos 5 años en el aula y, que de preferencia hayan desarrollado actividades relacionadas al currículo y al funcionamiento del nivel educativo en el cual se desempeñan en el PROGRAMA. d. Tener representación en las reuniones de trabajo que convoque la DGDC. e. Elaborar y enviar a la DGDC, en el mes de septiembre, los PAT correspondientes al ciclo escolar con su presupuestación correspondiente; considerando los objetivos y las metas establecidas en el PROGRAMA y en estas BASES. f. Asegurar que, en el marco del federalismo, todos los alumnos de educación preescolar, primaria y secundaria se beneficien del PROGRAMA. 10

11 g. Elaborar semestralmente los informes físico-financieros con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos que conforme a los mismos se transferirán a las ENTIDADES FEDERATIVAS, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.1 de las presentes BASES. h. Elaborar semestralmente los informes técnico-pedagógicos, tal como se establece en el numeral 6.2 y en congruencia con los PAT. i. Vigilar que los recursos otorgados se utilicen para los fines estipulados y ajustándose a los apartados y porcentajes de gasto señalados en estas BASES. j. Cada Entidad Federativa llevará el control de sus erogaciones para reportarlas en concordancia con los rubros y porcentajes autorizados para la aplicación; asimismo, realizará la comprobación respectiva. k. Brindar las facilidades que resulten necesarias a la SEP en las actividades de supervisión y seguimiento del PROGRAMA que ésta realice en las ENTIDADES FEDERATIVAS. Asimismo apoyar los trabajos que se realicen con el propósito de evaluar los procesos que implica el PROGRAMA, así como en las funciones a los organismos responsables de las funciones de fiscalización y control a los procesos presupuestarios Causas de suspensión de la ministración de los recursos La SEP podrá suspender a las AEL y a la AFSEDF la entrega de los apoyos, por cualquiera de los siguientes motivos: a) Cuando destinen los recursos económicos a un fin distinto a los señalados en el PROGRAMA. b) Cuando exista un retraso mayor a un mes en la entrega de los informes precisados en el numeral 6.1 de las presentes BASES. c) Cuando operen el PROGRAMA sin apegarse a lo establecido en estas BASES. d) Cuando incumplan las obligaciones establecidas en el Convenio de Coordinación o en los Lineamientos Internos de Coordinación respectivos. 4. Bases específicas 4.1. Coordinación institucional Para la ejecución del PROGRAMA, la SEP suscribirá los Convenios de Coordinación con cada una de las AEL y para el caso del Distrito Federal, la SEB y la AFSEDF formalizarán los correspondientes Lineamientos Internos de Coordinación. Ambas partes cuidarán la observancia, entre otros, de los siguientes aspectos: a) En apego al federalismo educativo, promoverán acciones de manera coordinada para la correcta implementación del PROGRAMA. b) En el ámbito de sus respectivas competencias, estarán al pendiente de la correcta aplicación de los recursos del PROGRAMA Instancias Ejecutoras Se consideran las siguientes figuras como instancias ejecutoras cuyas actividades se desglosan de la siguiente forma: 11

12 Instancias AEL y la AFSEDF. CEAS Actividades Firmar el Convenio de Coordinación con la SEP. Para el caso del Distrito Federal será a través de los Lineamientos Internos de Coordinación. Establecer Convenios de Coordinación intra e interinstitucionales con áreas e instituciones necesarias para la correcta aplicación del PROGRAMA. Proporcionar a las CEAS los recursos necesarios para la realización eficaz de sus tareas. Coordinar el diseño de la estrategia estatal para la operación del PROGRAMA, en colaboración con las CEAS en los niveles de preescolar, primaria y secundaria. Coordinar la definición de los PAT que implican las presentes Bases en cada nivel educativo en función de las metas establecidas en el PROGRAMA. Administrar en cada nivel educativo los recursos destinados a la población objetivo del PROGRAMA. Vigilar que los recursos recibidos se utilicen única y exclusivamente, de manera correcta y pertinente para los fines estipulados en estas BASES. Desarrollar de tiempo completo las actividades señaladas en las presentes BASES. Diseñar, en colaboración con las autoridades y los coordinadores, la estrategia para la operación del PROGRAMA. Colaborar en la elaboración de los PAT. Identificar las necesidades y problemas que se presenten para la correcta implementación del PROGRAMA. Realizar el balance del proceso y elaborar un informe de avances de acuerdo con los señalamientos establecidos por la DGDC. Promover permanentemente la participación del personal docente, técnico y directivo de preescolar, primaria y secundaria que participa en el PROGRAMA. Coordinar reuniones de trabajo para analizar tanto los logros como los retos que se van enfrentando en el proceso Instancia Normativa La SEP, a través de la SEB y la DGDC, es la instancia responsable de normar el desarrollo del PROGRAMA. Las funciones que habrá de realizar para este fin son las siguientes: SEP/ DGDC. SEB/ Definir las Bases del PROGRAMA. Elaborar y firmar un Convenio de Coordinación con las AEL y para el caso del Distrito Federal será la AFSEDF a través de los Lineamientos Internos de Coordinación respectivos. Asignar recursos a las ENTIDADES FEDERATIVAS de acuerdo a los criterios de distribución que se muestran en el numeral

13 5. Mecánica de Operación Coordinar el cumplimiento de las líneas generales de acción y metas del PROGRAMA. Acordar con las AEL la estrategia para la operación y cumplimiento del PROGRAMA Supervisar la correcta aplicación de las presentes BASES, así como del Convenio de Coordinación o los Lineamientos Internos de Coordinación respectivos. Asesorar a las CEAS durante del proceso de implementación del PROGRAMA. Realizar visitas de supervisión a las ENTIDADES FEDERATIVAS. Llevar a cabo visitas de asesoría y seguimiento en algunos planteles de educación preescolar, primaria y secundaria Emitir orientaciones e instrumentos para el seguimiento en las escuelas de educación preescolar, primaria y secundaria participantes en el PROGRAMA. Asesorar a los integrantes de las CEAS para llevar a cabo la difusión, el seguimiento y la asesoría sobre el proceso de implementación del PROGRAMA. Proponer reuniones nacionales con las CEAS. Promover reuniones regionales y estatales de análisis e intercambio académico entre personal docente y directivo de las escuelas de educación preescolar, primaria y secundaria participantes en el PROGRAMA. Las ENTIDADES FEDERATIVAS se incorporarán al PROGRAMA con base en las disposiciones y requisitos señalados en las presentes BASES. 5.1 Difusión La SEP, las AEL y la AFSEDF difundirán la información de los montos, beneficiarios, resultado e impacto del PROGRAMA. Así como mecanismos de consulta e información para impulsar la transparencia y la rendición de cuentas en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. De acuerdo con lo estipulado en los artículos 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, estas BASES estarán disponibles en el sitio Web de la SEP ( con la finalidad de hacer público el PROGRAMA y los Convenios de Coordinación o los Lineamientos Internos de Coordinación respectivos; asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto en la fracción V, del artículo 21 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012 y demás normatividad aplicable, la publicidad que para la difusión del PROGRAMA deberá incluir claramente visible y audible, la siguiente leyenda: Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa. 13

14 Asimismo, toda la publicidad y promoción en medios electrónicos, escritos y gráficos y de cualquier otra índole, deberán incluir invariablemente la siguiente leyenda: Este programa está financiado con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios. Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se dará amplia difusión al PROGRAMA a nivel nacional, y se promoverán similares acciones por parte de las AEL. La información del PROGRAMA se dará a conocer a la población en general a través de la página: La información del desarrollo del PROGRAMA en las ENTIDADES FEDERATIVAS estará disponible oportunamente para su consulta en las oficinas de las AEL, en especial, en las oficinas de los responsables del servicio de las distintas modalidades de la educación primaria en la respectiva entidad federativa. 5.2 Promoción La SEP, las AEL y la AFSEDF podrán establecer las estrategias que consideren convenientes para promover y difundir el PROGRAMA entre la comunidad escolar y fomentar la participación del personal directivo, técnico y docente. 5.3 Operación La coordinación operativa del PROGRAMA estará a cargo de las AEL y la AFSEDF, quienes se apegaran a los procesos de operación establecidos en los numerales 2.1; 2.2; 3.1: 3.2: 3.4.2; 3.4.3; 4.1.1; 4.1.2; 5.1; 5.2 y demás relativos, de las BASES. 6. Informes Programático-Presupuestarios 6.1. Informe semestral de avance Físico-Financiero Las AEL y la AFSEDF a partir de la fecha en la que reciban los recursos, serán responsables de elaborar los informes físico-financieros semestrales para hacerlos llegar a la DGDC, en un plazo de 30 días naturales posteriores al cierre de cada semestre mediante oficio y a través de los medios magnéticos que previamente se determinen. Los informes deberán incluir la explicación de las variaciones entre el presupuesto autorizado, el modificado, el ejercido y las metas. Dicha información permitirá conocer la eficiencia de la operación del PROGRAMA en el período en el que se reporta y será utilizada para integrar los informes institucionales correspondientes. 6.2 Informe semestral de avance Técnico-Pedagógico Las AEL y la AFSEDF entregarán los informes de avance Técnico-Pedagógico semestrales a la Dirección de Desarrollo Curricular para la Educación Preescolar, Primaria y Secundaria de la DGDC, de acuerdo al esquema que éstas establezcan y en un plazo de 30 días naturales posteriores al cierre de cada semestre mediante oficio y a través de los medios magnéticos que previamente se determinen. Dicha información permitirá conocer la eficiencia de la operación del PROGRAMA en el período en el que se reporta y será utilizada para integrar los informes institucionales correspondientes. 14

15 La DGDC emitirá la autorización o propuesta de modificación correspondiente Cierre de ejercicio Sin perjuicio de lo dispuesto en las disposiciones jurídicas aplicables, las AEL y la AFSEDF, deberán integrar el cierre del ejercicio programático presupuestal anual de acuerdo con el formato que establezca la Coordinación Administrativa de la DGDC. Lo remitirán impreso y en archivos electrónicos o magnéticos, a más tardar el último día hábil de enero del ejercicio fiscal 2013 a la DGDC, así como a la SFP, a través de sus respectivos Órganos Internos de Control. Es responsabilidad de la SEP concentrar y analizar dicha información, así como solicitar a las AEL y a la AFSEDF, las aclaraciones a que haya lugar. En caso de incumplimiento de este informe, se notificará a la SFP a más tardar el último día hábil de febrero del año siguiente al del ejercicio fiscal de que se trate De los Recursos Con el propósito de aplicar eficazmente los recursos federales autorizados al PROGRAMA, las AEL y la AFSEDF, como ejecutoras de estos, estarán obligadas a devolver los recursos y los rendimientos financieros que se hayan generado cuando no hayan sido utilizados para los fines autorizados para el PROGRAMA, en términos de las disposiciones jurídicas vigentes en la materia. Una vez realizadas la devolución, las AEL o la AFSEDF deberán enviar a la DGDC, la documentación que compruebe la misma. 7. Evaluación 7.1 Evaluación Interna Son atribuciones de la SEP, a través de la SEB y de la DGDC, realizar el seguimiento y la evaluación del PROGRAMA. Corresponde a las AEL y a la AFSEDF, ejecutar y evaluar las acciones relacionadas con la operación y el desarrollo del PROGRAMA en cada uno de los niveles educativos. La DGDC realizará un seguimiento de las acciones del PROGRAMA y analizará los informes físico-financieros elaborados y remitidos por las AEL y para el caso del Distrito Federal por la AFSEDF a fin de comprobar el uso eficaz de los recursos y el logro de sus objetivos. El seguimiento y monitoreo que realicen las AEL y la AFSEDF, tendrán como objetivo fundamental conocer el desarrollo del PROGRAMA, su relación con una adecuada implementación y el cumplimiento de las metas establecidas. Las finalidades del seguimiento son: Contar con información para valorar la transparencia en el uso del apoyo financiero y el cumplimiento de las acciones y actividades previstas. 15

16 Contribuir con información sistemática y sólida que sirva de base para la toma de decisiones y para el diseño de políticas educativas estatales y nacionales que den continuidad al PROGRAMA. Conocer los factores que favorecen o impiden la aplicación del PROGRAMA. Proponer acciones y medidas tendientes al mejoramiento de la calidad del servicio educativo de acuerdo con las condiciones de cada Entidad Federativa. Reorientar y mejorar las estrategias de implementación, y evaluar el impacto de las acciones. Difundir las experiencias relevantes derivadas del trabajo con el PROGRAMA. La información que se obtenga a través del seguimiento será de utilidad para mejorar el diseño, la instrumentación y el impacto del PROGRAMA y, particularmente, para la actualización de estas BASES. Para este fin, se considerarán los siguientes indicadores de resultados: Resumen Narrativo Indicador Meta Fin Contribuir a elevar la calidad de la Educación Básica mediante la aplicación de la Reforma Curricular. Porcentaje de alumnos con logro académico al menos elemental en las asignaturas de español y matemáticas de primaria y secundaria en la prueba ENLACE. 72% Propósito Componente Actividad Los estudiantes de Educación Básica reciben educación con programas de estudio actualizados y articulados. Un sólo plan de estudios para la Educación Básica. Asesoría a los Equipos Técnicos Estatales para la difusión y seguimiento a la aplicación del Plan y Programas de Estudio. Porcentaje de programas de estudio actualizados y articulados por asignatura y otras unidades de aprendizaje para cada nivel y grado de la Educación Básica aplicándose a nivel nacional. Porcentaje de Planes de estudio para la Educación Básica aplicándose a nivel nacional. Porcentaje de Equipos Técnicos Estatales que reciben asesoría para la difusión y seguimiento a la aplicación del Plan y Programas de Estudio. 100% 100% 100% 7.2 Evaluación Externa Tomando en cuenta las condiciones presupuestarias disponibles para tal fin, la DGDC, impulsará la realización de la evaluación externa del PROGRAMA por parte de una o más instituciones académicas de investigación u organismos especializados de carácter nacional o internacional que cuenten con reconocimiento y experiencia en la materia. 8. Auditoria, control y seguimiento Los recursos asignados para la operación del PROGRAMA no pierden su carácter federal, por lo que la SHCP, la SFP, las ASF y demás instancias, podrán realizar en el ámbito de sus respectivas competencias sujetándose a la legislación federal aplicable en la materia actividades de fiscalización y auditoria respecto al ejercicio de los 16

17 recursos del PROGRAMA. Las ENTIDADES FEDERATIVAS promoverán la participación comunitaria en la ejecución, control, seguimiento y evaluación, y publicarán en sus respectivos órganos oficiales de difusión, la relación de obras y acciones financiadas con recursos de este PROGRAMA. La DGDC coordinará los procesos de seguimiento y control del PROGRAMA. Asimismo, si lo estima conveniente, podrá realizar revisiones aleatorias para verificar el correcto cumplimiento de las BASES, los Convenios de Coordinación y los Lineamientos Internos de Coordinación. Lo anterior sin perjuicio de las visitas, y en su caso, auditorías que otras autoridades competentes realicen. Para efecto de la contraloría social, se establecerán mecanismos para que los interesados y la población en general puedan recurrir a la SFP, a los Órganos Internos de Control o a las Oficinas de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en los Estados de la República a presentar sus quejas, denuncias, sugerencias o reconocimientos respecto a la operación del PROGRAMA. 9. Quejas y denuncias Los interesados y la población en general pueden recurrir a la SFP, a los Órganos Internos de Control de las ENTIDADES FEDERATIVAS, a las AEL y la AFSEDF para el caso del Distrito Federal, o a las Oficinas de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en los Estados de la República a presentar sus quejas, denuncias o sugerencias respecto al PROGRAMA. El contacto con la SEP se podrá realizar a través de los siguientes medios: La página Web de la SEP: Página Web de la SEB: Por teléfono, podrán llamar al número del interior de la República, y en la Ciudad de México al número ; también podrán llamar a los teléfonos de la SEP, TelSep: 01 (55) o al (Lada sin costo). México D.F., a (precisar) de 2012 EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA FRANCISCO CISCOMANI FREANER 17

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