G-41. Para efecto del cómputo del número de predios

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "G-41. Para efecto del cómputo del número de predios"

Transcripción

1 Actualidad Tributaria TÍTULO II DE LOS SUJETOS OBLIGADOS Y EXCEPTUADOS DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE PREDIOS Artículo 3º.- DE LOS SUJETOS OBLIGADOS 3.1 Se encuentran obligadas a presentar la Declaración de Predios las personas naturales, sociedades conyugales que se encuentren en el régimen patrimonial de sociedad de gananciales y sucesiones indivisas, domiciliadas o no en el país, inscritas o no en el RUC que, al 31 de diciembre de cada año, cumplan cualquiera de las siguientes condiciones: a) Ser propietarias de dos o más predios, cuyo valor total sea mayor a S/ (Ciento cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles). Inciso a) sustituido por el artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº SUNAT ( ). b) Ser propietarias de dos o más predios, siempre que al menos dos de ellos hayan sido cedidos para ser destinados a cualquier actividad económica. Inciso b) sustituido por el artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº SUNAT ( ). c) Ser propietarias de un único predio cuyo valor sea mayor a S/ (Ciento cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles), el cual hubiera sido subdividido y/o ampliado para efecto de cederlo a terceros a título oneroso o gratuito, siempre que las distintas subdivisiones y/o ampliaciones no se encuentren independizadas en Registros Públicos. Inciso c) sustituido por el artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº SUNAT ( ). Numeral 3.1 sustituido por el artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº SUNAT ( ). 3.2 También se encuentra obligado a presentar la Declaración de Predios cada cónyuge de la sociedad conyugal comprendida en el régimen patrimonial de separación de patrimonios, domiciliado o no en el país, inscrito o no en el RUC que, al 31 de diciembre de cada año, cumpla cualquiera de las siguientes condiciones: a) Estar comprendido, como persona natural, en alguno de los supuestos previstos en el numeral 3.1. b) Ser propietario de un predio o más, siempre que el otro cónyuge de la sociedad conyugal también sea propietario de al menos un predio y la suma de todos los predios sea mayor a S/ (Ciento cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles). Inciso b) sustituido por el artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº SUNAT ( ). Para efecto del cómputo del número de predios y la valorización de los mismos a que se refiere el párrafo anterior, cada cónyuge considerará únicamente sus predios propios, incluyendo los que posea en copropiedad. 3.3 Respecto a los Sujetos Obligados, se tendrá en cuenta lo siguiente: a. La condición de Sujeto Obligado se deberá determinar considerando la propiedad de los predios al 31 de diciembre del año por el que se efectúa la Declaración de Predios, aunque dichos bienes no se encuentren en su patrimonio a la fecha de presentación de la declaración. b. Los que tengan la calidad de domiciliados, considerarán el número y valor de sus predios ubicados en el país y en el extranjero. c. Los que tengan la calidad de no domiciliados, considerarán únicamente el número y valor de sus predios ubicados en el país. d. Cuando existan varios Sujetos Obligados que se consideren con derecho de propiedad sobre un predio, cada uno de ellos deberá presentar la Declaración de Predios. Artículo 4º.- DE LOS SUJETOS EXCEPTUA- DOS Se encuentran exceptuados de presentar la Declaración de Predios: a. Las personas naturales, sociedades conyugales con régimen patrimonial de sociedad de gananciales y sucesiones indivisas que, al 31 de diciembre de cada año, sean propietarias únicamente de dos predios de cualquier valor, con las siguientes características: i. Se encuentren comprendidos en el Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común a que se refiere la Ley Nº 27157; y, ii. Se destinen, uno a vivienda y el otro a cochera. b. Los cónyuges de las sociedades conyugales con régimen patrimonial de separación de patrimonios cuando, al 31 de diciembre de cada año, existan las siguientes condiciones: i. Cada cónyuge sea propietario de un solo predio de cualquier valor, o sólo uno de los cónyuges sea propietario de dos predios de cualquier valor; y, ii. Los predios tengan las características previstas en los literales i. y ii del inciso a. Ac tualidad tualización Empresarial Agosto 2016 G-41

2 Declaraciones y Pagos TÍTULO III DISPOSICIONES ESPECIALES Artículo 5º.- SOCIEDADES CONYUGALES CON RÉGIMEN PATRIMONIAL DE SOCIEDAD DE GANANCIALES 5.1 Las sociedades conyugales que se encuentren bajo el régimen patrimonial de sociedad de gananciales y que califiquen como Sujetos Obligados de acuerdo al numeral 3.1 del artículo 3º, presentarán su Declaración de Predios a través del representante de la sociedad conyugal, el cual puede ser cualquiera de los cónyuges. Para tal efecto, se considerará como representante al cónyuge que presente la primera declaración de la sociedad conyugal, por cada año a declarar. En dicha declaración se deberá incluir los predios sociales y los predios propios de cada cónyuge al 31 de diciembre del año por el que se efectúa la declaración. Asimismo, se incluirán los predios de los hijos menores de edad que califiquen como Sujetos Obligados de acuerdo al artículo 3º. 5.2 Si al 31 de diciembre del año por el que se efectúa la Declaración, el régimen de sociedad de gananciales hubiera fenecido por separación de cuerpos, la Declaración de Predios se presentará en forma independiente por cada cónyuge. Cada declaración contendrá la siguiente información: a. Los predios propios y los predios sociales al 31 de diciembre del año por el cual se efectúa la declaración, si a dicha fecha no se hubiera efectuado la liquidación de la sociedad de gananciales. Los predios sociales se declararán indicando el valor total de cada predio y como porcentaje de participación 50%. b. Los predios propios al 31 de diciembre del año por el cual se efectúa la declaración, si a dicha fecha se hubiera efectuado la liquidación de la sociedad de gananciales. 5.3 Si al 31 de diciembre del año por el que se efectúa la declaración, el régimen de sociedad de gananciales hubiera fenecido por declaración de ausencia de uno o ambos cónyuges, la Declaración de Predios se presentará en forma independiente. El cónyuge ausente será representado por el sujeto que tuviera a su cargo la administración de sus bienes. Cada declaración incluirá los predios propios y los prefectos sociales al 31 de diciembre del año por el cual se efectúa la declaración. Los predios sociales se declararán indicando el valor total de cada predio y como porcentaje de participación 50%. 5.4 Los administradores de bienes que deben presentar la Declaración de Predios de conformidad con lo dispuesto por el presente artículo y que, a su vez, califiquen como Sujetos Obligados de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 3º, incluirán la información de sus representados en su propia declaración. 5.5 Para efecto de lo dispuesto en el presente artículo, la sociedad de gananciales se considerará fenecida G-42 por separación de cuerpos o declaración de ausencia de uno o ambos cónyuges, a partir de la fecha de inscripción correspondiente en el registro personal. Artículo 6º.- SOCIEDADES CONYUGALES CON RÉGIMEN PATRIMONIAL DE SEPARACIÓN DE PATRIMONIOS 6.1 Tratándose de las sociedades conyugales que se encuentren bajo el régimen patrimonial de separación de patrimonios, cada cónyuge que califique como Sujeto Obligado de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 3.2 del artículo 3º, declarará sus predios propios al 31 de diciembre del año por el que se efectúa la declaración. Los predios de los hijos menores de edad que califiquen como Sujetos Obligados de acuerdo al artículo 3º, se incluirán en la declaración del cónyuge al que corresponda declararlos según las siguientes reglas: i. Si ambos cónyuges tuvieran la calidad de Sujetos Obligados, los declarará aquél que tuviera predios por un mayor valor. Si el valor total de los predios de cada cónyuge es el mismo, los declarará cualquiera de los cónyuges. ii. Si sólo uno de los cónyuges tuviera la calidad de Sujeto Obligado, éste deberá incluir dichos predios en su declaración. En caso de declaración de ausencia de uno o de ambos cónyuges, la declaración será presentada por el sujeto que administre sus bienes. 6.2 Los administradores de bienes que deben presentar la Declaración de Predios de conformidad con lo dispuesto por el presente artículo y que, a su vez, califiquen como Sujetos Obligados de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 3º, incluirán la información de sus representados en su propia declaración. Artículo 7º.- MENORES DE EDAD O INCA- PACES Cuando no sea de aplicación lo dispuesto en los artículos 5 y 6, la Declaración de Predios de los menores de edad que califiquen como Sujetos Obligados de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 3º, será efectuada por quien tuviera la administración de los bienes de los referidos menores. La misma regla se aplicará tratándose de los incapaces que califiquen como Sujetos Obligados. Los sujetos que deben presentar la Declaración de Predios de los menores de edad e incapaces y que, a su vez, califiquen como Sujetos Obligados según el artículo 3º, incluirán la información sobre los predios de los mencionados menores o incapaces en su propia declaración. Artículo 8º.- SUCESIONES INDIVISAS Y SUCESORES 8.1 Las sucesiones indivisas que califiquen como Sujetos Obligados de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 3.1 del artículo 3º, presentarán la De- I n s t i t u t o Pacífico

3 Actualidad Tributaria claración de Predios declarando aquellos que se encuentren en su propiedad al 31 de diciembre del año por el que se efectúa la declaración. 8.2 Si al 31 de diciembre del año por el cual se efectúa la Declaración de Predios, se hubiera declarado judicial o notarialmente los herederos o inscrito el testamento en la oficina registral correspondiente, cada sucesor declarará los predios que integran la herencia a dicha fecha. Asimismo, en caso que califiquen como Sujetos Obligados de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 3º, incluirán en su declaración los predios provenientes de la herencia. Artículo 9º.- PREDIOS EN COPROPIEDAD Los Sujetos Obligados que tengan predios en copropiedad deberán tener en cuenta las siguientes reglas: a. Para determinar si califican como Sujetos Obligados de acuerdo al artículo 3º deberán considerar el valor total de los predios. b. Al momento de presentar su Declaración de Predios deberán indicar la siguiente: i. Valor total del predio, ii. Porcentaje de participación. Si dicho porcentaje no se encontrara determinado o no fuera determinable, se indicará 100%. TÍTULO IV DE LA INFORMACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE PREDIOS Artículo 10º.- INFORMACIÓN DE LA DECLA- RACIÓN DE PREDIOS 10.1 Anualmente, los Sujetos Obligados deberán proporcionar a la SUNAT la siguiente información en la Declaración de Predios: a. Del Sujeto Obligado - Datos de identificación del Sujeto Obligado. - Tipo de Sujeto Obligado. - Condición de domicilio. - Datos de identificación del cónyuge, de ser el caso. Los Sujetos Obligados que tengan la condición de no domiciliados deberán proporcionar, adicionalmente, la siguiente información: - Tipo y número del documento. - Fecha de nacimiento. - Tipo de dirección según corresponda al domicilio del sujeto y/o lugar donde este realice su actividad. - Dirección. - Nacionalidad. Último párrafo incorporado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Resolución de Superintendencia N SUNAT, publicada el 30 abril 2016, entró en vigencia el día 1 de mayo de b. De los predios - Número de predios. - Ubicación del predio. - Datos de adquisición del predio. - Valor del predio. - Uso del predio. - Otras características del predio. A tal efecto, se considerará la información consignada en la declaración jurada del Impuesto Predial correspondiente al año por el cual se efectúa la Declaración de Predios: Párrafo incorporado por el artículo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº SUNAT ( ) Los Sujetos Obligados a presentar la Declaración de Predios deberán mantener a disposición de la SUNAT la documentación que sustente la información consignada en dicha declaración. Artículo11º.- CONDICIÓN DE DOMICILIA- DOS Y NO DOMICILIADOS 11.1 Los Sujetos Obligados que tengan la condición de domiciliados proporcionarán a la SUNAT información relativa a sus predios ubicados en el país y en el extranjero. Para efecto de la presente Resolución, se considerarán domiciliadas a las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas consideradas como tales para efecto del Impuesto a la Renta, aun cuando no tengan la calidad de contribuyentes de dicho impuesto Los Sujetos Obligados que tengan la condición de no domiciliados proporcionarán a la SUNAT únicamente información relativa a sus predios ubicados en el país. Para efecto de lo dispuesto en la presente Resolución, se considerarán como no domiciliados a los Sujetos Obligados que no se encuentren comprendidos en el numeral Artículo 12º.- VALOR DEL PREDIO 12.1 Tratándose de los predios ubicados en el país, se entenderá por valor para efecto de la presente Resolución, al de autoavalúo correspondiente al año por el cual se efectúa la Declaración de Predios. Para tal efecto, se entiende por autoavalúo a la base imponible sobre la cual se calcula el Impuesto Predial de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Tributación Municipal. Sin embargo, no se considerarán las deducciones a la base imponible previstas en los artículos 18 y 19 de la referida Ley, ni ninguna otra que se establezca respecto del Impuesto Predial Tratándose de los predios ubicados en el extranjero, se entenderá por valor para efecto de la presente Resolución, al valor sobre el cual se calcula el impuesto que grave la propiedad del predio en el país donde el mismo se encuentre ubicado, correspondiente al año por el cual se efectúa la Declaración de Predios, sin considerar ninguna deducción. De no existir dicho valor, se considerará Ac tualidad tualización Empresarial Agosto 2016 G-43

4 Declaraciones y Pagos como tal el valor de adquisición del predio o su valor de mercado, el que resulte mayor. En estos casos, la declaración del valor se efectuará en dólares americanos, para cuyo efecto se realizará la conversión de la moneda utilizada en el país donde se encuentre ubicado el predio a Dólares Americanos, de acuerdo al tipo de cambio compra oficial de dicho país. La SUNAT efectuará la conversión de Dólares Americanos a Nuevos Soles utilizando el tipo de cambio promedio ponderado compra publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros al 31 de diciembre del ejercicio al que corresponde la declaración. Si en dicha fecha no hubiera publicación, se tomará como referencia la publicación inmediata anterior La valorización de los predios por parte de los Sujetos Obligados a presentar la Declaración de Predios que se encuentren inafectos al Impuesto Predial, se efectuará teniendo en cuenta el valor previsto en el numeral TÍTULO V DE LOS MEDIOS, FORMA, CONDICIONES Y PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE PREDIOS Artículo 13º.- APROBACIÓN DE MEDIOS INFORMÁTICOS Apruébase los siguientes medios informáticos para la presentación de la Declaración de Predios: a. PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530, el cual se encontrará a disposición de los Sujetos Obligados en SUNAT Virtual a partir de la vigencia de la presente Resolución. La SUNAT, a través de sus dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente, facilitará la obtención del mencionado PDT a aquellos Sujetos Obligados que no tuvieran acceso a Internet, para lo cual deberán proporcionar los disquetes de capacidad 1.44 MB de 3.5 pulgadas que sean necesarios. b. Formulario Virtual Nº 1630, el cual se encontrará a disposición de los Sujetos Obligados en SUNAT Virtual a partir del 20 de octubre de Artículo 14º.- MEDIOS DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE PREDIOS La presentación de la Declaración de Predios se efectuará de acuerdo a lo que se indica a continuación: a. Sujetos Obligados que tengan hasta 20 predios: Presentarán la Declaración de Predios utilizando el Formulario Virtual Nº 1630 o el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº b. Sujetos Obligados que tengan más de 20 predios: Presentarán la Declaración de Predios utilizando obligatoriamente el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº Artículo 14º sustituido por el artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº SUNAT ( ). Artículo 15º.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE PREDIOS CON EL FORMU- LARIO VIRTUAL Nº 1630 Para presentar la Declaración de Predios utilizando el Formulario Virtual Nº 1630, se deberá consignar necesariamente todos los datos que correspondan, siguiendo las indicaciones que aparezcan en dicho formulario. G-44 Procesada la información, cada Sujeto Obligado podrá imprimir su Constancia de Presentación, la cual se rige por lo dispuesto en el artículo 17º. Asimismo, podrá indicar, al momento de presentar la Declaración de Predios, que la totalidad de la información declarada sea enviada a su dirección de correo electrónico). Artículo 16º.- FORMA Y LUGAR DE PRE- SENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE PREDIOS GENERADA CON EL PDT PREDIOS FORMULARIO VIRTUAL Nº Para presentar la Declaración de Predios utilizando el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530, se tendrá en cuenta lo siguiente: a. Los Sujetos Obligados que tengan número de RUC, generarán su Declaración de Predios con el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530 y luego presentarán el(los) disquete(s) que contenga(n) el archivo con su declaración en las dependencias de SUNAT o en los Centros de Servicios al Contribuyente a nivel nacional, según corresponda. Alternativamente, podrán remitir dicho archivo a través de SUNAT Virtual. Para tal efecto, deberán obtener previamente su Código de Usuario y su Clave de Acceso al Sistema SUNAT Operaciones en Línea, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº /SUNAT, modificado por Resolución de Superintendencia Nº /SUNAT. b. Los Sujetos Obligados que no tengan número de RUC, generarán su Declaración de Predios con el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530 y luego presentarán el(los) disquete(s) que contenga(n) el archivo con su declaración en las dependencias de SUNAT o en los Centros de Servicios al Contribuyente a nivel nacional, según corresponda. Numeral 16.1 sustituido por el artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº SUNAT ( ). I n s t i t u t o Pacífico

5 Actualidad Tributaria 16.2 Una vez presentada la Declaración de Predios con el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530 de acuerdo con el numeral 16.1, cada Sujeto Obligado podrá obtener su Constancia de Presentación, de la siguiente manera: a. Los Sujetos Obligados que presenten la Declaración de Predios en las dependencias de SUNAT o en los Centros de Servicios al Contribuyente a nivel nacional, según corresponda, recibirán dicha constancia del funcionario de la SUNAT ante el cual se haya presentado la declaración. b. Los Sujetos Obligados que presenten la Declaración de Predios a través de SUNAT Virtual podrán imprimir directamente dicha constancia. Numeral 16.2 sustituido por el artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº SUNAT ( ) La Declaración de Predios se considerará no presentada cuando se produzca alguna de las siguientes causales: a. Los archivos contienen virus informático. b. El disquete presenta defectos de lectura. c. Los archivos no fueron generados por el PDT Predios Formulario Virtual Nº d. Los archivos presentan modificaciones de contenido, luego de que el PDT Predios Formulario Virtual Nº 3530 hubiera generado el archivo que contiene la declaración. e. Los archivos han sido modificados, luego de ser generados por el PDT Predios Formulario Virtual Nº f. Los archivos no han sido generados en forma completa o su tamaño no corresponde al generado por el PDT Predios Formulario Virtual Nº g. No se encuentra vigente la versión del PDT Predios Formulario Virtual Nº De producirse alguna de las causales mencionadas en el numeral 16.3, la SUNAT emitirá una Constancia de Rechazo de la Declaración de Predios. Artículo 17º.- DE LA CONSTANCIA DE PRE- SENTACIÓN 17.1 La Constancia de Presentación es el documento que acredita la presentación de la Declaración de Predios: 17.2 La Constancia de Presentación contendrá la siguiente información: a. Número de orden de la operación mediante la cual se emite dicha constancia. b. Datos de identificación del Sujeto Obligado. c. Fecha de presentación de la Declaración de Predios. d. Ejercicio por el cual se presenta dicha declaración. e. Número de predios declarados El Sujeto Obligado podrá verificar la presentación de su Declaración de Predios y obtener una impresión de su Constancia de Presentación a través de SUNAT Virtual. Para tal efecto, indicará su número de RUC o documento de identidad, así como el número de orden de la operación que figura en la Constancia de Presentación. Artículo 18º.- PLAZOS DE VENCIMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE PREDIOS Para la presentación anual de la declaración de predios, los sujetos obligados deben considerar las siguientes fechas de vencimiento: ÚLTIMO DÍGITO DEL Nº RUC O DOCUMENTO DE FECHAS DE VENCIMIENTO IDENTIDAD 9 y 8 o una letra Primer día hábil del mes de junio 7 y 6 Segundo día hábil del mes de junio 5 y 4 Tercer día hábil del mes de junio 3 y 2 Cuarto día hábil del mes de junio 1 y 0 Quinto día hábil del mes de junio Artículo modificado, por el único artículo de la Resolución de superintendencia Nº SUNAT, publicada el 24 de mayo del Artículo 19º.- DECLARACIONES SUSTITUTO- RIAS O RECTIFICATORIAS 19.1 Para presentar la declaración sustitutoria o rectificatoria se ingresará nuevamente todos los datos de la declaración, inclusive aquellos que no se desea sustituir o rectificar. Dicha Declaración dejará sin efecto la última declaración presentada La presentación de las declaraciones sustitutorias o rectificatorias se efectuará de acuerdo a lo siguiente: a. Los Sujetos Obligados que tengan hasta 20 predios por declarar en su declaración sustitutoria o rectificatoria, utilizarán el Formulario Virtual Nº 1630 o el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530, independientemente del medio en que se haya presentado la declaración original. b. Los Sujetos Obligados que tengan más de 20 predios por declarar en su declaración sustitutoria o rectificatoria, utilizarán únicamente el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº Numeral 19.2 modificado por el artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº SUNAT ( ). Artículo 20º.- SANCIONES El incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Resolución dará origen a la aplicación de las sanciones previstas en el Código Tributario. Ac tualidad tualización Empresarial Agosto 2016 G-45

6 Declaraciones y Pagos Regulan la presentación a través de SUNAT Virtual de la solicitud de devolución de los saldos a favor del Impuesto a la Renta por rentas de capital y/o rentas del trabajo Resolución de Superintendencia Nº SUNAT ( ) ( ) Artículo 1º.- DEFINICIONES Para efectos de la presente resolución, debe entenderse por: a) Declarante: Al contribuyente que hubiera obtenido rentas distintas a las de tercera categoría, que presente a través de SUNAT Virtual el Formulario Virtual Nº 691 Renta Anual Persona Natural o el formulario que se apruebe mediante resolución de superintendencia para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta por rentas de capital y del trabajo de los ejercicios gravables siguientes, consignando saldos a favor de dicho tributo, sujetos a devolución. b) Formulario Virtual Nº 691 Renta Anual 2014 Persona Natural: Al aprobado por el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº SUNAT. c) Ley: Al Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº EF y normas modificatorias. d) Saldo a favor por rentas del capital primera categoría: Al saldo a favor del impuesto a la renta (i). Del ejercicio gravable 2014 consignado en la casilla 159 del Formulario Virtual Nº Renta Anual Persona Natural, sujeto a devolución. (ii). Del ejercicio gravable 2015 en adelante, consignado en la casilla del formulario que se apruebe para la presentación de la declaración jurada anual de impuesto a la renta por rentas de capital y del trabajo que equivalga a la casilla 159 a que se refiere el numeral anterior, sujeto a devolución. e) Saldo a favor por rentas del capital - segunda categoría: Al saldo a favor del impuesto a la renta: (i). Del ejercicio gravable 2014 consignado en la casilla 360 del Formulario Virtual Nº Renta Anual Persona Natural, sujeto a devolución. (ii). Del ejercicio gravable 2015 en adelante, consignado en la casilla del formulario que se apruebe para la presentación de la declaración jurada anual de impuesto a la renta por rentas de capital y del trabajo que equivalga a la casilla 360 a que se refiere el numeral anterior, sujeto a devolución. f) Saldo a favor por rentas de trabajo: Al saldo a favor del impuesto a la renta: (i). Del ejercicio gravable 2014 consignado en la casilla 141 del Formulario Virtual Nº G-46 Renta Anual Persona Natural, sujeto a devolución. (ii). Del ejercicio gravable 2015 en adelante, consignado en la casilla del formulario que se apruebe para la presentación de la declaración jurada anual de impuesto a la renta por rentas de capital y del trabajo que equivalga a la casilla 141 a que se refiere el numeral anterior, sujeto a devolución. g) SUNAT Operaciones en Línea: Al sistema informático disponible en la internet, que permite realizar operaciones en forma telemática, entre el usuario y la SUNAT. h) SUNAT Virtual: Al Portal de la SUNAT en la internet, cuya dirección es Artículo 2º.- DE LA SOLICITUD DE DEVO- LUCIÓN DEL SALDO A FAVOR POR RENTAS DE CAPITAL Y/O RENTAS DEL TRABAJO El declarante que presente el Formulario Virtual Nº Renta Anual Persona Natural o los formularios que se aprueben para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta del ejercicio gravable 2015 y siguientes, puede solicitar la devolución del saldo a favor por rentas de capital - primera categoría, rentas de capital - segunda categoría y rentas del trabajo a través del formulario Nº 4949 Solicitud de devolución o mediante SUNAT Virtual. Artículo 3º.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR POR RENTAS DE CAPITAL Y/O RENTAS DEL TRABAJO El declarante que opte por solicitar, a través de SUNAT Virtual, la devolución de los saldos a favor por las rentas señaladas en el artículo anterior, puede utilizar el Formulario Virtual Nº 1649 Solicitud de devolución por cada uno de dichos saldos. Para tal efecto, la información que hubiera correspondido consignar en el escrito fundamentado a que se refiere el artículo 31 del Reglamento de Notas de Crédito Negociables, aprobado por el Decreto Supremo Nº EF y normas modificatorias, debe ser incorporada en el Formulario Virtual Nº 1649 Solicitud de devolución. Artículo 4º.- CONDICIONES PARA LA PRE- SENTACIÓN DEL FORMULARIO VIRTUAL Nº 1649 SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN Para solicitar la devolución del saldo a favor por rentas de capital - primera categoría, y/o del saldo a favor por I n s t i t u t o Pacífico

ALERTA TRIBUTARIA! DECLARACION DE PREDIOS

ALERTA TRIBUTARIA! DECLARACION DE PREDIOS ALERTA TRIBUTARIA! DECLARACION DE PREDIOS - 2017 Quiénes están obligados a presentar la Declaración de Predios? La Declaración de Predios es de tipo informativa y tiene carácter de declaración jurada,

Más detalles

ALERTA INFORMATIVA BOLETIN LEGAL ESPECIAL DECLARACIÓN DE PREDIOS: PRÓXIMAMENTE SE VENCE EL PLAZO DE DECLARACIÓN

ALERTA INFORMATIVA BOLETIN LEGAL ESPECIAL DECLARACIÓN DE PREDIOS: PRÓXIMAMENTE SE VENCE EL PLAZO DE DECLARACIÓN ALERTA INFORMATIVA BOLETIN LEGAL ESPECIAL DECLARACIÓN DE : PRÓXIMAMENTE SE VENCE EL PLAZO DE DECLARACIÓN Como se recuerda, el lunes 16 de junio del 2003, fue publicado en el Diario Oficial "El Peruano"

Más detalles

Aplicaciones prácticas de la Declaración de Predios

Aplicaciones prácticas de la Declaración de Predios Ficha Técnica Área Tributaria Aplicaciones prácticas de la Declaración de Predios Autor : C.P.C. Josué Alfredo Bernal Rojas Título : Aplicaciones prácticas de la Declaración de Predios Fuente : Nº 254

Más detalles

Declaración Anual de Operaciones con Terceros DAOT índice

Declaración Anual de Operaciones con Terceros DAOT índice Declaración Anual de Operaciones con Terceros DAOT índice Naturaleza de la declaración... 2 Obligados a presentar la declaración... 2 Exceptuados de presentar la declaración... 3 Operaciones con terceros

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 160-2017/SUNAT APRUEBAN DISPOSICIONES Y FORMULARIO PARA EL ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN TEMPORAL Y SUSTITUTORIO DEL IMPUESTO A LA RENTA PARA LA DECLARACIÓN, REPATRIACIÓN E INVERSIÓN

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 110-2016/SUNAT SE APRUEBAN NUEVAS VERSIONES DEL PDT PREDIOS FORMULARIO VIRTUAL N. 3530 Y DEL PDT PRECIOS DE TRANSFERENCIA FORMULARIO VIRTUAL N. 3560 Y SE MODIFICA EL FORMULARIO

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 014-2018/SUNAT NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA REPORTE LOCAL (FORMULARIO VIRTUAL N. 3560) Lima, 16 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que

Más detalles

Aprueba el Formulario Virtual para la Declaración y Pago del Impuesto a la Renta de Segunda Categoría RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

Aprueba el Formulario Virtual para la Declaración y Pago del Impuesto a la Renta de Segunda Categoría RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Aprueba el Formulario Virtual para la Declaración y Pago del Impuesto a la Renta de Segunda Categoría Lima, 29 de enero de 2010 CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 036-2010/SUNAT Que el artículo

Más detalles

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Regulan la presentación a través de SUNAT Virtual de la solicitud de devolución de los saldos a favor del Impuesto a la Renta del Ejercicio 2010 de las personas naturales que hubieran obtenido rentas del

Más detalles

CARTILLA DE INSTRUCCIONES DECLARACIÓN DE PREDIOS FORMULARIO VIRTUAL Ingrese a SUNAT Virtual y seleccione la opción "Opciones sin clave.

CARTILLA DE INSTRUCCIONES DECLARACIÓN DE PREDIOS FORMULARIO VIRTUAL Ingrese a SUNAT Virtual y seleccione la opción Opciones sin clave. CARTILLA DE INSTRUCCIONES DECLARACIÓN DE PREDIOS FORMULARIO VIRTUAL 1630 1. Ingrese a SUNAT Virtual y seleccione la opción "Opciones sin clave. 2. Seleccione la opción "Declaraciones Informativas/Presentación

Más detalles

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Aprueban el Formulario Virtual N 616 - Simplificado Trabajadores Independientes para la Declaración y el Pago a Cuenta Mensual a través de Sunat Virtual de los Sujetos Perceptores de Rentas de Cuarta Categoría

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 320-2015/SUNAT APRUEBAN FORMULARIO VIRTUAL PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO MENSUAL DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO DE PROMOCIÓN MUNICIPAL, IMPUESTO A LA RENTA

Más detalles

Dictan norma que integra disposiciones sobre la forma en que deudores tributarios deberán cumplir sus obligaciones con la SUNAT

Dictan norma que integra disposiciones sobre la forma en que deudores tributarios deberán cumplir sus obligaciones con la SUNAT Actualidad Tributaria Dictan norma que integra disposiciones sobre la forma en que deudores tributarios deberán cumplir sus obligaciones con la SUNAT Resolución de Superintendencia N 100-97/SUNAT (08.11.97)

Más detalles

Aprueban nuevas versiones del PDT Predios, PDT Precios de Transferencia y modifica el Formulario Virtual N 1630

Aprueban nuevas versiones del PDT Predios, PDT Precios de Transferencia y modifica el Formulario Virtual N 1630 Lima, 2 de Mayo de 2016 Resolución de Superintendencia N 110-2016/SUNAT Aprueban nuevas versiones del PDT Predios, PDT Precios de Transferencia y modifica el Formulario Virtual N 1630 Mediante la resolución

Más detalles

Dictan medidas para facilitar la declaración y pago de tributos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

Dictan medidas para facilitar la declaración y pago de tributos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Dictan medidas para facilitar la declaración y pago de tributos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 120-2009/SUNAT Lima, 3 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que el artículo 88 del Texto Único Ordenado (TUO)

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 058-2016/SUNAT REGULAN LA PRESENTACIÓN, A TRAVÉS DE SUNAT VIRTUAL, DE LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE LOS SALDOS A FAVOR DEL IMPUESTO A LA RENTA DE TERCERA CATEGORÍA CONSIGNADOS

Más detalles

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Regulan la presentación a través de SUNAT Virtual de la solicitud de devolución de los saldos a favor del Impuesto a la Renta del Ejercicio 2012 de las personas naturales que hubieran obtenido rentas de

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 180-2018/SUNAT ESTABLECEN DISPOSICIONES PARA LA PRESENTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE DETERMINADOS DOCUMENTOS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE NULIDAD DE OFICIO Y DE FISCALIZACIÓN VINCULADOS

Más detalles

Lima, 27 de enero de 2011 CONSIDERANDO:

Lima, 27 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Aprueban el Formulario Virtual para la declaración y pago de las retenciones del Impuesto a la Renta de Segunda y Tercera Categorías, efectuadas por las sociedades administradoras o titulizadoras, el fiduciario

Más detalles

El PDT Nº 692 estará a disposición de los contribuyentes en SUNAT Virtual a partir del 5 de enero de 2015.

El PDT Nº 692 estará a disposición de los contribuyentes en SUNAT Virtual a partir del 5 de enero de 2015. APRUEBAN DISPOSICIONES Y FORMULARIOS PARA LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS DEL EJERCICIO GRAVABLE 2014. A través de la Resolución N 380-2014/SUNAT,

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Facilitan la declaración y/o pago de las contribuciones a la seguridad social de los empleadores de trabajadores del hogar RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 245-2008/SUNAT Lima, 31 de diciembre de 2008

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF DECRETO SUPREMO Nº 057-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-96-EF se dictaron las normas reglamentarias del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo a

Más detalles

DATOS DE IDENTIFICACION

DATOS DE IDENTIFICACION CARTILLA DE INSTRUCCIONES DECLARACIÓN DE PREDIOS FORMULARIO VIRTUAL 1630 Pasos para presentar su Declaración de Predios a través del Formulario Virtual 1630: 1. A través de una PC conectada a Internet,

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Dictan medidas para facilitar la realización de la declaración y el pago de las contribuciones a la seguridad social de los empleadores de trabajadores del hogar, a través de SUNAT Virtual RESOLUCIÓN DE

Más detalles

1. Para efectos de realizar la declaración y pago del IR y el ITF, se aprobaron los siguientes formularios virtuales:

1. Para efectos de realizar la declaración y pago del IR y el ITF, se aprobaron los siguientes formularios virtuales: APRUEBAN DISPOSICIONES Y FORMULARIOS PARA LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS DEL EJERCICIO GRAVABLE 2015 www.bafur.com.pe A través de la

Más detalles

Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría

Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría 1.- Qué tipos de Rentas califican como Rentas de Cuarta Categoría? De lo normado por el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 163-2018/SUNAT NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS INFORMATIVAS REPORTE MAESTRO Y REPORTE PAÍS POR PAÍS (FORMULARIOS VIRTUALES N. os 3561 Y 3562)

Más detalles

a lo señalado en el tercer párrafo del Artículo 8 de la Ley, no pudiendo aplicarse contra futuros pagos del Impuesto a la Renta.

a lo señalado en el tercer párrafo del Artículo 8 de la Ley, no pudiendo aplicarse contra futuros pagos del Impuesto a la Renta. Actualidad Tributaria A Mes de pago del Impuesto Abril Mayo Junio Julio Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre B Se aplica contra el pago a cuenta del Impuesto a la Renta correspondiente a los siguientes

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 121-2018/SUNAT REGULAN LA PRESENTACIÓN DE COMUNICACIÓN Y SOLICITUDES PARA EFECTO DE LA APLICACIÓN DE LA DEVOLUCIÓN A QUE SE REFIERE LA LEY N. 30734 Lima, 04 de mayo de

Más detalles

Modifican el Reglamento para la presentación de la DAOT y aprueban el Cronograma de vencimiento para la presentación - Ejercicio 2013

Modifican el Reglamento para la presentación de la DAOT y aprueban el Cronograma de vencimiento para la presentación - Ejercicio 2013 Modifican el Reglamento para la presentación de la DAOT y aprueban el Cronograma de vencimiento para la presentación - Ejercicio 2013 Norma: Resolución de Superintendencia Nº 017-2014/SUNAT Modifican el

Más detalles

Resolución de Superintendencia N /SUNAT?

Resolución de Superintendencia N /SUNAT? ALERTA TRIBUTARIA! SE APRUEBAN DISPOSICIONES Y FORMULARIOS PARA LA DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS DEL EJERCICIO GRAVABLE 2016 Resolución de Superintendencia

Más detalles

648 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

648 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Aprueban disposiciones para la declaración y pago del Impuesto Temporal a los Activos Netos y nueva versión del PDT ITAN-Formulario Virtual N 648 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 087-2009/SUNAT Lima, 27

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT DISPOSICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE TRUST

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT DISPOSICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE TRUST RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 177-2016/SUNAT DISPOSICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE TRUST Lima, 22 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que el segundo párrafo del artículo

Más detalles

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios; Modifican la Resolución de Superintendencia N 132-2004/SUNAT que establece el procedimiento para la modificación y/o inclusión de datos consignados en los formularios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 015-2008/SUNAT

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 305-2018/SUNAT DICTAN DISPOSICIONES Y APRUEBAN FORMULARIO VIRTUAL PARA QUE LOS DONATARIOS INFORMEN A LA SUNAT SOBRE LOS FONDOS, BIENES Y SERVICIOS RECIBIDOS Y SU APLICACIÓN

Más detalles

APRUEBAN REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE NOTARIOS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT

APRUEBAN REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE NOTARIOS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT APRUEBAN REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE NOTARIOS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 138-99-SUNAT CONCORDANCIAS: R. SUPERINTENDENCIA N 005-2000-SUNAT, Art. 2 R. SUPERINTENDENCIA

Más detalles

CAPÍTULO XI. a) Declaración : A la declaración de obligaciones tributarias que comprende la totalidad de la base imponible y del impuesto resultante.

CAPÍTULO XI. a) Declaración : A la declaración de obligaciones tributarias que comprende la totalidad de la base imponible y del impuesto resultante. CAPÍTULO XI DE LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS A TURISTAS (Capítulo XI incorporado por el Artículo 4 del Decreto Supremo N. 161-2012-EF publicado el 28.8.2012. Conforme a la Segunda Disposición Complementaria

Más detalles

DAOT 2015 DECLARACIÓN ANUAL DE OBLIGACIONES CON TERCEROS CPC PATRICIA VELÁSQUEZ CHOQUE

DAOT 2015 DECLARACIÓN ANUAL DE OBLIGACIONES CON TERCEROS CPC PATRICIA VELÁSQUEZ CHOQUE DAOT 2015 DECLARACIÓN ANUAL DE OBLIGACIONES CON TERCEROS CPC PATRICIA VELÁSQUEZ CHOQUE BASE LEGAL: Resolución de Superintendencia N 024-2002/SUNAT, publicada el 01.03.2002 Aprueban nuevo Reglamento para

Más detalles

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT. (Publicada: )

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº SUNAT. (Publicada: ) Aprueban Normas que establecen forma y condiciones para la declaración y pago del aporte y/o retención al Fondo Extraordinario del Pescador (FEP) así como la de entregar constancias de retención del aporte

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 175-2017/SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 109-2000/SUNAT A FIN DE ESTABLECER LA GENERACIÓN DE LA CLAVE SOL DESDE SUNAT VIRTUAL Y EL INGRESO A SUNAT

Más detalles

Aprueban disposiciones y formularios para la

Aprueban disposiciones y formularios para la Aprueban disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del ITF - Ejercicio Gravable 2015 Voces: Impuesto a la Renta Impuesto a las Transacciones Financieras Declaración

Más detalles

Informes de la Administración Tributaria. Informe No SUNAT/5D0000 Comprobante de información registrada.

Informes de la Administración Tributaria. Informe No SUNAT/5D0000 Comprobante de información registrada. Informes de la Administración Tributaria Informe No. 084-2017-SUNAT/5D0000 Comprobante de información registrada. La información consignada en el Comprobante de Información Registrada no solo comprende

Más detalles

NORMAS LEGALES PUBLICADAS EL JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DEL 2016

NORMAS LEGALES PUBLICADAS EL JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DEL 2016 1 NORMAS LEGALES PUBLICADAS EL JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DEL 2016 La Municipalidad de San Isidro ha modificado el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias Decreto de Alcaldía Nº

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 010-2018/SUNAT DICTAN DISPOSICIONES RELATIVAS A LA COMUNICACIÓN DE ATRIBUCIÓN DE GASTOS POR ARRENDAMIENTO Y/O SUBARRENDAMIENTO E INTERESES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS PARA

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Descargar Contenido en Modifican la Res. N 109-2000/SUNAT a fin de establecer la generación de la Clave Sol, desde Sunat Virtual y el ingreso a SUNAT Operaciones en Línea con el Documento Nacional de Identidad

Más detalles

Actualizate revista laboral electrónica Diciembre 2014

Actualizate revista laboral electrónica Diciembre 2014 Impuesto a la renta 2014 Disposiciones declaración jurada La Res. 380-2014/SUNAT (pub. 29-12-14) ha regulado la presentación de la declaración del rubro y ha aprobado los formularios a ese fin. Presentamos

Más detalles

Aprueban Reglamento de la Ley Nº que crea el Fondo y la Contribución Solidaria para la Asistencia Previsional DECRETO SUPREMO Nº EF

Aprueban Reglamento de la Ley Nº que crea el Fondo y la Contribución Solidaria para la Asistencia Previsional DECRETO SUPREMO Nº EF Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28046 que crea el Fondo y la Contribución Solidaria para la Asistencia Previsional EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 053-2004-EF Que, mediante

Más detalles

Lima, 26 de octubre de 2012 CONSIDERANDO:

Lima, 26 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 286-2009/SUNAT QUE DICTÓ DISPOSICIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL LLEVADO DE DETERMINADOS LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS DE MANERA ELECTRÓNICA

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 069-2018/SUNAT SE MODIFICAN LOS SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA DEL EJERCICIO GRAVABLE 2017 Lima, 28 de febrero de 2018

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 329-2016/SUNAT APRUEBAN DISPOSICIONES Y FORMULARIOS PARA LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS DEL EJERCICIO

Más detalles

Dictan disposiciones para la declaración y pago a cuenta del Impuesto a la Renta de primera categoría

Dictan disposiciones para la declaración y pago a cuenta del Impuesto a la Renta de primera categoría Actualidad Tributaria Dictan disposiciones para la declaración y pago a cuenta del Impuesto a la Renta de primera categoría Resolución de Superintendencia Nº 099-2003-SUNAT(07.05.03) Lima 05 de mayo de

Más detalles

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban disposiciones para la declaración y pago trimestral de la Regalía Minera, el Impuesto Especial a la Minería y el Gravamen Especial

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 358-2015/SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 358-2015/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 358-2015/SUNAT APRUEBAN DISPOSICIONES Y FORMULARIOS PARA LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS DEL EJERCICIO

Más detalles

CASOS PRACTICOS VINCULADOS A LA VENTA DE INMUEBLES (GANANCIAS DE CAPITAL)

CASOS PRACTICOS VINCULADOS A LA VENTA DE INMUEBLES (GANANCIAS DE CAPITAL) Caso práctico 1 La señorita Pasquel transfiere en forma definitiva sus derechos de autor sobre la obra Como mantenerse joven a la empresa Editorial Peluche S.A.C., por un valor de 320,000. Determine la

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 159-2017/SUNAT SE APRUEBA UN PROGRAMA INFORMÁTICO PARA FACILITAR EL ENVÍO DE INFORMACIÓN A LA SUNAT Lima, 28 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que el artículo 3 del Decreto

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Aprueban disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las transacciones Financieras del Ejercicio Gravable 2016 Lima, 27 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO

Más detalles

c) Qué infracción se configuraría con la presentación de la declaración jurada rectificatoria?

c) Qué infracción se configuraría con la presentación de la declaración jurada rectificatoria? INFORME N. 056-2017-SUNAT/5D0000 MATERIA: Con relación al cambio de régimen previsto en el primer párrafo del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N. 1269, que crea el Régimen MYPE Tributario

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT ESTABLECEN PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE DERECHOHABIENTE EN EL REGISTRO DE INFORMACIÓN LABORAL (T-REGISTRO) A TRAVÉS DEL SISTEMA SUNAT OPERACIONES EN LÍNEA Y MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Más detalles

Aprueban Normas para la emisión de Boletos de Transporte Aéreo de Pasajeros

Aprueban Normas para la emisión de Boletos de Transporte Aéreo de Pasajeros SUNAT Aprueban Normas para la emisión de Boletos de Transporte Aéreo de Pasajeros RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 166-2004-SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Lima, 2 de julio

Más detalles

Pioner Actualidad Tributaria

Pioner Actualidad Tributaria Pioner Actualidad Tributaria Impuesto General a las Ventas Instrucciones Marzo 2017 Estimado suscriptor (a): Seguimos manteniéndolo actualizado con las últimas normas tributarias, y es por ello que se

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 312-2017/SUNAT DICTAN NORMAS REFERIDAS AL REGISTRO DE EXPORTADORES DE SERVICIOS, INCORPORAN SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR LOS REGISTROS DE VENTAS E INGRESOS Y DE COMPRAS

Más detalles

Declaración Anual de Operaciones con Terceros Introducción

Declaración Anual de Operaciones con Terceros Introducción Declaración Anual de Operaciones con Terceros 2007 1. ntroducción Mediante Resolución de Superintendencia N.º 006-2008/SUNAT 1 se estableció el cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración

Más detalles

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N. 164-2017/SUNAT APRUEBAN NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN DE SINCERAMIENTO DE DEUDAS POR APORTACIONES AL ESSALUD Y A LA ONP ESTABLECIDO

Más detalles

INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:

INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA: INFORME N. 062-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 7.2 del artículo 7 de la Resolución de Superintendencia N. 286-2009/SUNAT, tratándose del registro de

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT Aprueban Normas para la presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al ESSALUD y a la ONP establecido por el Decreto Legislativo N 1275 así como para

Más detalles

- Reglamento del Decreto Legislativo N. 1264, apro bado por el Decreto Supremo N EF, publicado el (en adelante, el Reglamento ).

- Reglamento del Decreto Legislativo N. 1264, apro bado por el Decreto Supremo N EF, publicado el (en adelante, el Reglamento ). INFORME N. 077-2017-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula diversas consultas en relación con el régimen temporal y sustitutorio del impuesto a la renta para la declaración, repatriación e inversión de rentas

Más detalles

- Reglamento del Decreto Legislativo N. 1264, apro bado por el Decreto Supremo N EF, publicado el (en adelante, el Reglamento ).

- Reglamento del Decreto Legislativo N. 1264, apro bado por el Decreto Supremo N EF, publicado el (en adelante, el Reglamento ). INFORME N. 079-2017-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula diversas consultas en relación con el régimen temporal y sustitutorio del impuesto a la renta para la declaración, repatriación e inversión de rentas

Más detalles

CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA LAS DONACIONES EFECTUADAS EN CASOS DE ESTADO DE EMERGENCIA POR DESASTRES PRODUCIDOS POR

Más detalles

Dictan normas sobre las condiciones de no hallado y de no habido para efectos tributarios respecto de la SUNAT DECRETO SUPREMO Nº EF

Dictan normas sobre las condiciones de no hallado y de no habido para efectos tributarios respecto de la SUNAT DECRETO SUPREMO Nº EF Dictan normas sobre las condiciones de no hallado y de no habido para efectos tributarios respecto de la SUNAT DECRETO SUPREMO Nº 041-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Vigésimo

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 011-2018/SUNAT APRUEBAN DISPOSICIONES Y FORMULARIOS PARA LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS DEL EJERCICIO

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 350-2017/SUNAT SE ESTABLECE LA FORMA EN QUE LOS TRABAJADORES ACREDITAN ANTE SU NUEVO EMPLEADOR SUS REMUNERACIONES Y RETENCIONES Lima, 29 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO:

Más detalles

Impuesto a la Renta: Empresas Domiciliadas en el Perú

Impuesto a la Renta: Empresas Domiciliadas en el Perú Contenido Informes Tributarios actualidad y aplicación práctica Impuesto a la Renta: Empresas Domiciliadas en el Perú... I - 1 Declaración de Predios ante SUNAT... I - 5 Los Aspectos Tributarios de las

Más detalles

Precios de Transferencia

Precios de Transferencia Precios de Transferencia Modificaciones respecto de la obligación de presentar la Declaración Jurada Anual Informativa y el Estudio Técnico de Precios de Transferencia Mediante Resolución de Superintendencia

Más detalles

NORMAS LEGALES PUBLICADAS EL JUEVES 25 DE AGOSTO DEL Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº de la Municipalidad Provincial del Callao

NORMAS LEGALES PUBLICADAS EL JUEVES 25 DE AGOSTO DEL Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº de la Municipalidad Provincial del Callao 1 NORMAS LEGALES PUBLICADAS EL JUEVES 25 DE AGOSTO DEL 2016 Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº 011-2016 de la Municipalidad Provincial del Callao Decreto de Alcaldía Nº 12-2016-MPC-AL Mediante Ordenanza

Más detalles

E D I T O R I A L TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS AGUINALDOS ENTREGADOS A LOS TRABAJADORES DEPARTAMENTO DE TRIBUTACIÓN

E D I T O R I A L TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS AGUINALDOS ENTREGADOS A LOS TRABAJADORES DEPARTAMENTO DE TRIBUTACIÓN EDITORIAL 1 SUNAT 2 MINISTERIO DE ECONOMÍA 3 JURISPRUDENCIA Y CRITERIO DE INTERPRETACIÓN 4 CDE - BAKER TILLY PERÚ CURSOS VIRTUALES 5 E D I T O R I A L TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS AGUINALDOS ENTREGADOS

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SE CREA EL SERVICIO MIS DECLARACIONES Y PAGOS Y SE APRUEBAN NUEVOS FORMULARIOS VIRTUALES

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SE CREA EL SERVICIO MIS DECLARACIONES Y PAGOS Y SE APRUEBAN NUEVOS FORMULARIOS VIRTUALES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 335-2017/SUNAT SE CREA EL SERVICIO MIS DECLARACIONES Y PAGOS Y SE APRUEBAN NUEVOS FORMULARIOS VIRTUALES Lima, 22 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que mediante las Resoluciones

Más detalles

Dictan normas sobre los Certificados de Rentas y Retenciones a que se refiere el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta

Dictan normas sobre los Certificados de Rentas y Retenciones a que se refiere el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta Dictan normas sobre los Certificados de Rentas y Retenciones a que se refiere el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 010-2006-SUNAT Lima, 11 de enero de 2006

Más detalles

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Postergan la utilización del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual Nº 0601 - versión 2.0 y establecen los supuestos para su implementación

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 208-2016/SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lima, 17 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del Decreto

Más detalles

SUPUESTOS DE EXCEPCIÓN Y FLEXIBILIZACIÓN DE INGRESOS COMO RECAUDACIÓN QUE CONTEMPLA EL SPOT

SUPUESTOS DE EXCEPCIÓN Y FLEXIBILIZACIÓN DE INGRESOS COMO RECAUDACIÓN QUE CONTEMPLA EL SPOT SUPUESTOS DE ECEPCIÓN Y FLEIBILIZACIÓN DE INGRESOS COMO RECAUDACIÓN QUE CONTEMPLA EL SPOT Mediante Resolución de Superintendencia No. 375-2013/SUNAT publicada el 28 de diciembre de 2013, en el Diario Oficial

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 132-2017/SUNAT SE APRUEBA REGLA ESPECIAL ADICIONAL PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DEL SALDO A FAVOR MATERIA DE BENEFICIO Lima, 24 de mayo de 2017 CONSIDERANDO:

Más detalles

SUNAT determinará la calidad de emisor electrónico del Sistema de Emisión Electrónica

SUNAT determinará la calidad de emisor electrónico del Sistema de Emisión Electrónica Lima, 30 de Setiembre de 2016 Resolución de Superintendencia Nº 246-2016/SUNAT SUNAT determinará la calidad de emisor electrónico del Sistema de Emisión Electrónica Mediante la resolución de superintendencia

Más detalles

Modificación del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta sobre la deducción adicional de quinta categoría

Modificación del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta sobre la deducción adicional de quinta categoría Modificación del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta sobre la deducción adicional de quinta categoría Con fecha 28 de febrero de 2017, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo

Más detalles

SE PUBLICA PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE RÉGIMEN DE DECLARACIÓN Y REPATRIACIÓN DE CAPITALES

SE PUBLICA PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE RÉGIMEN DE DECLARACIÓN Y REPATRIACIÓN DE CAPITALES Gerencia de Comunicaciones Central: 634-3300 Anexos: 50307/50308/50309 Nota de Prensa N 049-2017 SE PUBLICA PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE RÉGIMEN DE DECLARACIÓN Y REPATRIACIÓN DE CAPITALES Con la finalidad

Más detalles

- Ley N , Ley General de Sociedades, publica da el y normas modificatorias (en adelante, la LGS ).

- Ley N , Ley General de Sociedades, publica da el y normas modificatorias (en adelante, la LGS ). INFORME N. 016-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Tratándose de una empresa constituida y domiciliada en el exterior, que ha establecido una sucursal en el Perú y que ha suscrito un contrato de prestación de servicios

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 005-2019/SUNAT MODIFICAN EL REGLAMENTO DE APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE LA DEUDA TRIBUTARIA POR TRIBUTOS INTERNOS Y LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 190-2015/SUNAT

Más detalles

Saldo a favor de Exportador

Saldo a favor de Exportador Saldo a favor de Exportador Base Legal: Ley del IGV, numeral 6 del artículo 34º Reglamento de la Ley del IGV, numeral 3 del artículo 9º D.S. N 126-94 (29.09.1994) Reglamento de NCN y modificatorias Ley

Más detalles

MODIFICACIONES DE LOS LIBROS ELECTRÓNICOS 2016 C.P.C. PATRICIA VELÁSQUEZ CHOQUE

MODIFICACIONES DE LOS LIBROS ELECTRÓNICOS 2016 C.P.C. PATRICIA VELÁSQUEZ CHOQUE SEMINARIO VIRTUAL: MODIFICACIONES DE LOS LIBROS ELECTRÓNICOS 2016 C.P.C. PATRICIA VELÁSQUEZ CHOQUE SESIÓN I: SISTEMAS DE LIBROS ELECTRÓNICOS (SLE): CONSIDERACIONES BÁSICAS Y ÚLTIMAS DISPOSICIONES APLICABLES

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 178-2016/SUNAT MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 210-2004/SUNAT Lima, 22 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución de Superintendencia N. 210-2004/SUNAT,

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Modifican la Res. N 379-2013/SUNAT a fin de establecer nuevos sujetos obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica y que aprueba las fechas máximas de atraso

Más detalles

IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONAS NATURALES DEL EJERCICIO Las rentas de personas naturales tributan por su totalidad? Cómo tributan?

IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONAS NATURALES DEL EJERCICIO Las rentas de personas naturales tributan por su totalidad? Cómo tributan? IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONAS NATURALES DEL EJERCICIO 2009 1. Las rentas de personas naturales tributan por su totalidad? Cómo tributan? 2. A qué se denominan Rentas de Primera Categoría? 3. Podrá encontrarse

Más detalles

Modifican el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT DECRETO SUPREMO N EF

Modifican el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT DECRETO SUPREMO N EF Modifican el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO N 049-2016-EF Que, mediante el Decreto Supremo N 085-2007-EF y norma modificatoria,

Más detalles

PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL

PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL DECLARACIÓN JURADA DE INCRIPCIÓN Hasta el último día hábil del mes siguiente de producido la transferencia del predio. DECLARACIÓN

Más detalles

SUNAT. Normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central al que se refiere el D. Leg.

SUNAT. Normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central al que se refiere el D. Leg. SUNAT Normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central al que se refiere el D. Leg. Nº 940 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 183-2004-SUNAT SUPERINTENDENCIA

Más detalles

NORMAS PARA LA DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS

NORMAS PARA LA DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Y DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS Carlos Torres y Torres Lara 1942-2000 Alonso Morales Acosta Carlos Torres Morales Rafael Torres Morales Juan Carlos Benavente Teixeira Britta Olsen de Torres Sylvia Torres de Ferreyros Maribel Castillo

Más detalles

Que, mediante Decreto Supremo N EF y normas modificatorias se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta;

Que, mediante Decreto Supremo N EF y normas modificatorias se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta; Modifican el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo N 122-94-EF y normas modificatorias DECRETO SUPREMO Nº 024-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que,

Más detalles

2008 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

2008 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Aprueban Disposiciones y Formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del Ejercicio Gravable 2008 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N

Más detalles

N /SUNAT RESOLUCIÓN SE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

N /SUNAT RESOLUCIÓN SE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Dictan normas para facilitar el pago del Impuesto a la Renta por rentas percibidas de enero a junio de 2010 originadas en la redención o el rescate de valores mobiliarios emitidos por Fondos Mutuos de

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT Publicado : 04/08/2012 Vigencia : 05/08/2012. Lima, 3 de agosto de 2012

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT Publicado : 04/08/2012 Vigencia : 05/08/2012. Lima, 3 de agosto de 2012 Dictan normas para realizar el pago de las cuotas del fraccionamiento de los aportes de los trabajadores al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica, devengados hasta el mes

Más detalles