NORMA PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS RETIROS DE POTENCIA Y ENERGÍA SIN CONTRATOS PARA EL MERCADO REGULADO 1
|
|
- Germán Vidal Jiménez
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 NORMA PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS RETIROS DE POTENCIA Y ENERGÍA SIN CONTRATOS PARA EL MERCADO REGULADO 1 Artículo 1.- Base Legal 1.1. Ley N 29179, Ley que Establece Mecansmo para Asegurar el Sumnstro de Electrcdad para el Mercado Regulado Ley N 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efcente de la Generacón Eléctrca Procedmento Técnco N 10 del COES-SINAC Valorzacón de las Transferencas de Energía Actva entre Generadores Integrantes del COES, aprobado medante Resolucón Mnsteral N , publcada el 31 de marzo de 2001 y modfcada por Resolucón Mnsteral N publcada el 01 de juno de Procedmento Técnco N 13 del COES-SINAC Determnacón de la Energa Frme de las undades generadoras de las Empresas Integrantes del COES, aprobado por la RM N del 26 de marzo de Procedmento Técnco N 15 del COES-SINAC Valorzacón de Transferenca de Energía Reactva entre ntegrantes del COES, aprobado por la RM N del 26 de marzo de Procedmento Técnco N 23 del COES-SINAC Compensacones al Sstema de Prncpal de Transmsón, aprobado medante Resolucón Mnsteral N Procedmento Técnco N 27 del COES-SINAC Egresos por Compra de Potenca, aprobado por la Resolucón Mnsteral N , publcada el 20 de julo de Artículo 2.- Defncones Para efectos de la presente norma todas las expresones que contengan palabras, ya sea en plural o sngular y que empezan con mayúscula, tenen los sgnfcados que se ndcan a contnuacón o los que se defnen en la Ley de Concesones Eléctrcas y su Reglamento, aprobado por Decreto Ley N 25844; la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efcente de la Generacón Eléctrca; y los Procedmentos Técncos del COES-SINAC. 2.1 Barras de Transferenca: Tene la defncón contenda en el Procedmento Técnco PR-10 del COES-SINAC. 2.2 Energía Frme Anual (EFA): Energía Frme a que se refere el numeral 6 del Anexo de la Ley de Concesones Eléctrcas, aprobado por Decreto Ley N 25844, tomando en cuenta la adecuacón señalada en la Sexta Dsposcón 1 Aprobada con Resolucón OSINERGMIN OS/CD y modfcada con Resolucón OSINERGMIN OS/CD. Véase Resolucones 2008 en el Marco Regulatoro
2 Complementara Transtora de la Ley N 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efcente de la Generacón Eléctrca Energía Frme Efcente Anual (EFEA): Energía Frme Anual de cada Generador que resulta luego de ordenar las EFA de las centrales de generacón en base a sus costos varables hasta cubrr la demanda anual, conforme se establece en el numeral 4.1 del artículo Ventas de Energa por Contrato: Corresponde a las ventas anuales de energa de cada Generador a través de contratos con Dstrbudores y/o Clentes Lbres. 2.5 Saldo de Energía Anual: Resultado de restar, para cada Generador, la Energía Frme Efcente Anual menos las Ventas de Energía por Contrato. 2.6 Generador Excedentaro: Generador que tene un Saldo de Energía Anual postvo. 2.7 Generador Defctaro: Generador que tene un Saldo de Energía Anual negatvo. 2.8 Factores de Proporcón: Factores por medo de los cuales se determnarán la proporcón de la asgnacón de los retros de potenca y energía sn contratos a cada uno de los Generadores. Artículo 3.- Dsposcones Generales 3.1 La asgnacón de los retros de potenca y energía sn contratos del mercado regulado; así como, sus transferencas asocadas, las efectuará mensualmente el COES, aplcando los crteros y valorzacones prevstos en la presente norma. Asmsmo, el COES efectuará la respectva relqudacón y de ser el caso, determnacón de las penaldades y reparto de las msmas, según lo ndcado en los artículos 7 y Las empresas dstrbudoras con retros de potenca y energa sn contrato para el mercado regulado, proporconarán al COES, o al generador que el COES dsponga, la nformacón de energía actva, reactva y potenca de estos retros, en las formas establecdas por el COES, dentro de los prmeros tres (3) días calendaro del mes correspondente. 3.3 Las dvergencas o controversas que puedan presentarse por aplcacón de la presente norma, se sujetan a lo dspuesto por el artículo 14 ncso k) de la Ley N 28832, en lo que resulte aplcable. 3.4 Los Factores de Proporcón se calcularán en el prmer mes del 2008, con la EFEA que resulta de cubrr la demanda prevsta de energía anual con la EFA de las centrales generadoras exstentes y aquellas cuya puesta en operacón esté prevsta de producrse hasta antes del 31 de dcembre de Estos factores serán recalculados y servrán para efectuar la relqudacón anual, conforme se señala en el Artículo Las empresas de generacón de electrcdad, facturarán a las empresas dstrbudoras de electrcdad los retros de potenca y energía sn contratos del SEIN y los correspondentes cargos por transmsón de acuerdo a los factores de proporcón prevstos en el numeral 4.2. Págna 2 de 8
3 3.6 Las empresas generadoras remtrán las facturas señaladas en el numeral anteror después que el COES emta la valorzacón mensual de las transferencas de potenca y energía en los puntos donde se ncan las nstalacones de las empresas de dstrbucón. El plazo para efectuar el pago por parte de las dstrbudoras, será no mayor a 14 días calendaro de recbdas dchas facturas. El vencmento del plazo señalado, cuando el últmo día es nhábl, corresponde al prmer día hábl sguente S las facturas no fueran canceladas n observadas antes de su fecha de vencmento, el generador estará facultado a aplcar los ntereses a que se refere el Artículo 176 del Reglamento de la Ley de Concesones Eléctrcas, aprobado medante Decreto Supremo N EM, hasta la oportundad en que se realce el pago del monto adeudado OSINERGMIN fscalzará el cumplmento de la presente norma. 4 Artículo 4.- Crteros de Cálculo 4.1 Para cálculo de la EFEA, se consderará los sguentes pasos: Para cada central generadora, ncluyendo aquellas cuya puesta en operacón está prevsta de producrse hasta antes del 31 de dcembre de 2008, se determnará la EFA. Para este fn, se utlzará el Procedmento Técnco PR-13 del COES-SINAC o el que lo susttuya Se ordenarán todas las centrales generadoras de menor a mayor costo varable, tomando para ello los costos varables utlzado en la últma fjacón de tarfas en barra. En el caso de las centrales hdroeléctrcas se consderará un costo gual a cero Se dentfcará a las centrales generadoras de menor costo varable cuya suma de sus EFA totalzan la demanda anual de energía prevsta para el año La EFA de las centrales generadoras dentfcadas con este procedmento constturá la EFEA de cada una de ellas. Para el caso de la central de mayor costo dentfcada para cubrr la demanda, la EFEA sólo corresponde a la parte de su EFA necesara para cubrr la referda demanda. El resto de centrales de mayor costo varable que la undad que cubró la demanda, tendrán un EFEA gual a cero (0) La EFEA de cada Generador será gual a la suma de la EFEA de todas las undades de sus centrales generadoras. 4.2 Para el cálculo de los Factores de Proporcón de cada Generador se utlzará lo sguente: 2 Numeral modfcado medante Resolucón OSINERGMIN OS/CD publcada en el Daro Ofcal el 18 de marzo del El numeral orgnal establecía: 3.6 OSINERGMIN fscalzará el cumplmento de la presente norma. 3 Párrafo agregado medante Resolucón OSINERGMIN OS/CD publcada en el Daro Ofcal el 18 de marzo del Ídem. Págna 3 de 8
4 4.2.1 Para cada uno de los Generadores Excedentaros, el Factor de Proporcón a ser utlzado será gual a la partcpacón de su Saldo de Energía Anual sobre la suma de los Saldos de Energía Anual de todos los Generadores. F = n Max( SEA,0) Max( SEA,0) Donde: n = Número de Generadores SEA = Saldo de Energía Anual del Generador F = Factor de Proporcón del Generador Para cada uno de los Generadores Defctaros, el Factor de Proporcón será gual a cero. 4.3 Para la valorzacón de los retros de energía y potenca sn contratos se consderaran los msmos crteros establecdos en los procedmentos técncos PR-10, PR-15, PR-23 y PR-27 del COES, o lo que la susttuyan, con los cuales realza las transferencas de energa y potenca de sus generadores ntegrantes, pero consderando los Precos de Barra establecdos por el OSINERGMIN. S, en caso, se presentasen una varacón en estos precos por aplcacón de los factores de actualzacón en el mes, se utlzará un preco promedo ponderado resultante de los días correspondentes con un redondeo a dos decmales. Artículo 5.- Valorzacón de Transferencas de Energía 5.1 Para el cálculo del Monto Faltante o Sobrante de la valorzacón de las transferencas de energía entre Generadores se tendrá en cuenta lo sguente: Para cada Generador se determna su Saldo de Transferencas, (STG ) de acuerdo con lo establecdo en los numerales 9.3 y 9.4 del Procedmento Técnco PR-10 del COES-SINAC, o el que lo susttuya A la sumatora de los Saldos de Transferencas de los Generadores se le restará la valorzacón de los retros de energía sn contratos, con lo cual se constturá el Monto Faltante (MF), s fuese postvo, o Monto Sobrante (MS), s fuese negatvo, para cerrar las transferencas de energía. Monto = n STG RSC Donde: n = Número de Generadores STG = Saldo de Transferencas del Generador RSC = Retros de energía sn contrato valorzados a Preco en Barra Págna 4 de 8
5 5.2 La parte del Monto Faltante (MF) o Monto Sobrante (MS) que debe ser asgnado a cada Generador se obtendrá aplcando su correspondente Factor de Proporcón: ASR = MF * F ó ASR = MS * F Donde: ASR = Parte del Monto Faltante asgnado al Generador. 5.3 El Saldo Neto del Monto Faltante o Sobrante de las Transferencas de cada Generador (SNTG ) será gual a su Saldo de Transferencas menos la parte del Monto Faltante o Sobrante, asgnado a cada uno: SNTG = STG ASR 5.4 Para la valorzacón de los retros de energía sn contratos en la transferenca de energía se consderaran los msmos crteros establecdos en el procedmentos técncos PR-10 del COES, o lo que la susttuyan, pero consderando los Precos de Barra establecdos por el OSINERGMIN y los factores de proporcón para asgnacón entre los generadores de estos retros. S, en caso, se presentasen una varacón en estos precos por aplcacón de los factores de actualzacón en el mes, se utlzará un preco promedo ponderado resultante de los días correspondentes con un redondeo a dos decmales. Artículo 6.- Valorzacón de Transferencas de Energía Reactva, de Potenca y Compensacones del Sstema Prncpal de Transmsón 6.1 Para la valorzacón de los retros de energía y potenca sn contratos en la transferenca de energía reactva, de potenca y de compensacón del Sstema Prncpal de Transmsón se consderaran los msmos crteros establecdos en el procedmentos técncos PR-15, PR-23, PR-27 del COES, o los que lo susttuyan, pero consderando los Precos de Barra establecdos por el OSINERGMIN y los factores de proporcón para asgnacón entre los generadores de estos retros. Más ben s en caso se presentasen una varacón en estos precos por aplcacón de los factores de actualzacón en el mes, se utlzará un preco promedo ponderado resultante de los días correspondentes con un redondeo a dos decmales. Artículo 7.- Relqudacón Anual 7.1 En la valorzacón de transferenca de energía del prmer mes del año 2009 se hará la relqudacón de las asgnacones de los retros sn contratos, para lo cual el COES deberá utlzar lo sguente: La EFEA de los Generadores, calculadas con: la demanda de energía anual ejecutada; la EFA de las undades de generacón que estuveron en operacón comercal durante el año 2008; y, los costos varables de la últma fjacón de Tarfas en Barra. Para ello, se utlzarán los pasos que se señalan en el numeral 4.1. Págna 5 de 8
6 7.1.2 El Saldo por Energía Anual y Los Factores de Proporcón serán recalculados de acuerdo con las EFEA, determnados conforme a 7.1.1, y las Ventas de Energa por Contratos ejecutadas en el año La asgnacón y valorzacón de las transferencas de energía, debdo a los retros de energía sn contratos, se realzaran de acuerdo con lo establecdo en el artículo 5 del presente procedmento, con los factores de proporcón recalculados en el numeral precedente. 7.2 En la valorzacón de transferenca de energía reactva, de potenca y de compensacón del Sstema Prncpal de Transmsón del prmer mes del año 2009, se hará la relqudacón de las asgnacones del año 2008, consderando los factores de proporcón calculados en el numeral y los msmos crteros descrtos en el artículo 6. Artículo 8.- Penaldades 8.1. Las penaldades que derven de la Únca Dsposcón Complementara de la Ley N 29179, serán el equvalente a la dferenca entre el Costo Margnal y el Preco de Barra multplcado por los retros de energía sn contrato para el mercado regulado, cuando el Preco en Barra es menor al Costo Margnal La penalzacón a que se refere el párrafo precedente, no podrá superar el 5% de la facturacón mensual por el Servco de Dstrbucón. Para efectos de las penaldades matera del presente artículo, se entende por Servco de Dstrbucón al cargo fjo mensual asocado al usuaro y al valor agregado de dstrbucón de meda y baja tensón de cada empresa concesonara, estos últmos expresados como un cargo por undad de potenca ajustados por sus respectvos factores de pérddas y factores de smultanedad aprobados para cada uno de los sectores típcos y opcones tarfaras aplcables a los clentes fnales del servco de electrcdad. Dcho valor corresponderá al promedo móvl mensual de la facturacón de los últmos 12 meses referdos al mes anteror que se aplca la penaldad. OSINERGMIN, a través de la Dvsón de Dstrbucón Eléctrca de la GART, publcará en su págna Web, el mporte por Servco de Dstrbucón, a que se refere el párrafo precedente, de cada empresa de dstrbucón. 8.3 De no efectuarse oportunamente el pago de las penaldades, a que se refere el presente artículo, por parte de las empresas de dstrbucón, estará sujeto al pago de los msmos ntereses aplcables a las deudas de sumnstro de energía eléctrca de los usuaros regulados. 8.4 La dstrbucón entre los Generadores del monto recaudado por las penaldades, a que se refere el presente artículo, los efectuará el COES en Págna 6 de 8
7 base a los Factores de Proporcón, fjados conforme se señala en el numeral Para efectos del cómputo de las convocatoras a lctacones de sumnstro de electrcdad a que se refere el párrafo precedente, se consderan solo aquellas convocatoras efectuadas a partr del 04 de enero de Las penaldades prevstas en esta norma se aplcarán a las empresas de dstrbucón que antes de la fecha de vencmento de sus contratos de sumnstro, no huberen cuberto su demanda de potenca y energía de servco públco de electrcdad, a través de contratos blaterales y/o con procesos de lctacón de sumnstro de electrcdad a que se refere la Ley N Se exceptúa de las menconadas penaldades, los retros de potenca y energía de aquellas empresas de dstrbucón que hayan realzado al menos tres convocatoras a procesos de lctacón de sumnstro de electrcdad, antes de la fecha de vencmento de sus contratos. Los requermentos de potenca y energía que no huberen sdo consderados por la empresa dstrbudora en sus procesos de lctacón, serán penalzados. El plazo de los contratos de sumnstro no puede nclur demanda preva a la fecha de nco del contrato. Dsposcón Transtora Únca.- Tratándose de empresas de dstrbucón que, a la fecha de publcacón de la presente norma, no cuentan con contratos que cubran su demanda de potenca y energía, serán penalzadas por los retros sn contratos efectuados entre el 04 de enero de 2008 y el 31 de mayo de 2008, sí durante dcho período no han cuberto su demanda de potenca y energía de Servco Públco de Electrcdad o no han efectuado para tal efecto, antes del 31 de mayo de 2008, al menos 3 convocatoras a procesos de lctacón dentro del marco de la Ley Págna 7 de 8
8 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Medante la Ley N Ley que establece el Mecansmo para Asegurar el Sumnstro de Electrcdad para el Mercado Regulado, se dspuso en el artículo 1 que las demandas de potenca y energía, destnadas al Servco Públco de Electrcdad, que no cuenten con contratos de sumnstro de energía que las respalden serán asumdos por los generadores, conforme al procedmento de asgnacón de los retros de potenca y energía sn contratos que establezca el OSINERGMIN. Tambén en este artículo, se mencona que la asgnacón entre los generadores de estos retros, debe realzarse en proporcón a la dferenca entre su energía frme efcente anual y sus ventas de energía por contratos, donde el termno energía frme efcente anual se defne dentro del procedmento. Asmsmo, la Únca Dsposcón Complementara de la Ley N 29179, dspone que los dstrbudores que efectúen retros de potenca y energía, conforme a lo prevsto en el artículo 1º de dcha Ley, sn haber realzado al menos 3 convocatoras a proceso de lctacón, serán penalzados en proporcón a la dferenca entre el Costo Margnal y el Preco de Barra, ndcándose que la penalzacón no podrá superar el 5% de su facturacón por el servco de dstrbucón; la cual, será destnará a los Generadores a que se refere el segundo párrafo del artículo 1º y se asgnará en la msma proporcón ahí ndcada, debendo OSINERGMIN aprobar los procedmentos para aplcar dcha dsposcón. En el procedmento que se aprueba en la norma matera de la presente exposcón de motvos, se realza las asgnacones de los retros de potenca y energía sn contrato entre los generadores, en proporcón a la dferenca entre la Energía Frme Efcente y las ventas de energía contratadas anualmente por cada generador. Estas dferencas deberán ser estmadas con nformacones proyectadas para el año 2008; no obstante, se prevé un mecansmo de lqudacón de estas asgnacones sobre la base a las nformacones reales ejecutadas en el año 2008, ncluyéndose además las defncones pertnentes para la aplcacón del procedmento. Por otro lado, se defne el procedmento de aplcacón de penaldades, requstos y mecansmos a segur. La norma matera de la presente exposcón de motvos cumple con los fnes ndcados. Págna 8 de 8
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA CONSIDERANDO Lma, 08 de enero de 2009 Que, el 18 de dcembre de 2008 se publcó el Decreto de Urgenca N 049-2008, Decreto de Urgenca que Asegura
Más detallesEl Peruano. ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria División de Gas Natural.
El Peruano ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Gerenca Adjunta de Regulacón Tarfara Dvsón de Gas Natural Norma Procedmento de cálculo de las Tarfas de Transporte y Dstrbucón de Gas Natural
Más detallesVISTOS: a) Las facultades que me confiere el Art. 9º, letra i) del D.L de 1978;
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA Teatnos Nº 120, Pso 7, Santago REF.: Modfca Procedmento para determnacón de cargos o abonos para consumdores regulados producto de las dferencas entre el preco de nudo y el
Más detallesInforme N GART. Publicación
GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA AV. CANADA N 1460 - SAN BORJA 224 0487 224 0488 - FAX 224 0491 Procedimiento para la Asignación de los Retiros de Potencia y Energía sin Contrato para el mercado
Más detallesProcedimiento de Cálculo de las Tarifas de Transporte y Distribución de Gas Natural por Ductos para el caso de la Red Principal de Camisea
Procedmento de Cálculo de las Tarfas de Transporte y Dstrbucón de Gas Natural por Ductos para el caso de la Red Prncpal de Camsea Artculo 1.- Glosaro de térmnos y defncones Para los efectos de la presente
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE FACTURACION EN EL CDEC-SIC
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE FACTURACION EN EL CDEC-SIC (Incluye Modfcacones de los meses de Abrl y Mayo de 2006 por Reglamento para medos de generacón no convenconales y pequeños medos de generacón) Título
Más detallesCUADRIENIO 2011 2014
INFORME TÉCNICO PEAJE POR USO DE INSTALACIONES DE TRANSMISIÓN ADICIONAL POR PARTE DE USUARIOS SOMETIDOS REGULACIÓN DE PRECIOS QUE SE CONECTAN DIRECTAMENTE DESDE INSTALACIONES ADICIONALES CUADRIENIO 2011
Más detallesPROCEDIMIENTO DP Cálculo y Determinación de Transferencias Económicas de Energía
PROCEDIMIENTO DP Cálculo y Determnacón de Transferencas Preparado por: Versón del 13-Febrero-2012 Incluye modfcacones por Observacones de la CNE Artículo 1: Antecedentes Generales Conforme al Reglamento
Más detallesCálculo y Determinación de Transferencias Económicas de Energía
PROCEDIMIENTO DP Cálculo y Determnacón de Transferencas Económcas de Energía Artículo 1: Antecedentes Generales Conforme al Reglamento que establece la estructura, funconamento y fnancamento de los CDEC
Más detallesTRANSACCIONES DE DESVÍOS DE POTENCIA. 1. Determinación de los Desvíos de Potencia para los Participantes Productores.
RESOLUCION CNEE-15-99 LA COMISION NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA CONSIDERANDO: a) Que de acuerdo a lo establecdo en el Acuerdo Gubernatvo No. 299-98, publcado en el Daro Ofcal el 1 de juno de 1998, en su
Más detalles03-99 LA COMISION NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA CONSIDERANDO:
RESOLUCION No. CNEE 03-99 LA COMISION NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA CONSIDERANDO: a) Que en ofco frmado por el admnstrador del Mercado Mayorsta de fecha 3 de Febrero de 1999, y referenca GG-027-99 se remte
Más detalles:Concentración DBO promedio durante el día de monitoreo i (g/l) :Nº de días en que se ejecutaron controles, durante el mes
Instructvo Evaluacón de Cumplmento DBO Norma Nº 609 Con la fnaldad de establecer crteros comunes para la evaluacón del parámetro DBO 5 según lo señalado en la norma para descargas en alcantarllado aprobada
Más detallesVISTOS: a) Las facultades que me confiere el Art. 9º, letra i) del D.L. 2.224 de 1978;
REF.: Modfca procedmento para determnacón de cargos o abonos para consumdores regulados, producto de las dferencas entre el preco de nudo y el costo margnal, aplcable a sumnstros sometdos a regulacón de
Más detallesB1. Metas de gestión para el caso de Proyectos financiados con recursos no reembolsables
ANEXO N 1 1. METAS DE GESTION A. METAS DE GESTIÓN DE LA TARIFA BASICA Corresponde a las metas de gestón de los proyectos ejecutados y fnancados con recursos nternamente generados por la Empresa, comprenddos
Más detallesDESEMPEÑO DEL CONTROL DE FRECUENCIA PROCEDIMIENTO DO
Clascacón: Emtdo para Observacones de los Coordnados Versón: 1.0 DESEMPEÑO DEL CONTROL DE FRECUENCIA PROCEDIMIENTO DO Autor Dreccón de Operacón Fecha Creacón 06-04-2010 Últma Impresón 06-04-2010 Correlatvo
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110 Martes 8 de mayo de 2012 Sec. III. Pág. 347 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 6180 Resolucón de 25 de abrl de 2012, de la Secretaría de Estado de Energía, por
Más detallesTÍTULO I Aspectos Generales TÍTULO II Alcance TÍTULO III Metodología de Cálculo de FECF... 3
PROCEDIMIENTO DO DESEMPEÑO DEL CONTROL DE FRECUENCIA EN EL SIC DIRECCIÓN DE OPERACIÓN ÍNDICE TÍTULO I Aspectos Generales... 3 TÍTULO II Alcance... 3 TÍTULO III Metodología de Cálculo de FECF... 3 TÍTULO
Más detallesCÁLCULO Y DETERMINACIÓN DEL BALANCE DE POTENCIA FIRME PROCEDIMIENTO DP
CÁLCULO Y DETERMINACIÓN DEL BALANCE DE POTENCIA FIRME PROCEDIMIENTO DP Autor Dreccón de Peajes Fecha Creacón 02-05-2011 Correlatvo CDEC-SING P-0025/2010 Versón 1 1. ASPECTOS GENERALES. Artículo 1. Alcances
Más detallesResolución OSINERG N OS/CD
Comentaros a Proyecto de Norma Lneamentos Generales de las Bases de Lctacón de Sumnstro de nergía léctrca para las mpresas Concesonaras de Dstrbucón léctrca - Decreto de Urgenca N 007-2006 Resolucón OSINRG
Más detallesCobro de Tarifas por Recolección y Tratamiento de Aguas Servidas
Cobro de Tarfas por Recoleccón y Tratamento de Aguas Servdas Los prncpales aspectos en la regulacón de las tarfas por recoleccón y tratamento de aguas servdas que las empresas de servcos santaros pueden
Más detalles4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL
4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN ESPECIAL DE CANTABRIA Anunco de enajenacón medante subasta de benes embargados. Subasta número S2018R3986001027.
Más detallesMontevideo, 19 de julio de Acta Nº 16 Resolución Nº 27/006 Expediente Nº 0352/2006
Montevdeo, 19 de julo de 2006 Acta Nº 16 Resolucón Nº 27/006 Expedente Nº 0352/2006 VISTO: la propuesta referente al Manual de Procedmentos para la realzacón de campañas de medcón de tensón en relacón
Más detallesEl planteamiento de los problemas económicos financieros se desarrollan con base en los conceptos de capitalizaciones y actualizaciones.
UNIVERSIDAD MARIANO GALVEZ DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE CENTRO UNIVERSITARIOS CENTRO UNIVERSITARIO DE VILLA NUEVA CURSO MATEMATICA FINANCIERA Lc. Manuel de
Más detallesAGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN ESPECIAL DE CANTABRIA Anunco de enajenacón medante subasta de benes embargados. Subasta número S2018R3986001028. SE HACE SABER: Que de conformdad
Más detallesEl planteamiento de los problemas económicos financieros se desarrollan con base en los conceptos de capitalizaciones y actualizaciones.
UNIVERSIDAD MARIANO GALVEZ DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE CENTRO UNIVERSITARIOS CAMPUS VILLA NUEVA CURSO MATEMATICA FINANCIERA Lc. Manuel de Jesús Campos Boc
Más detallesSECRETARIA DE ENERGIA
36 (Prmera Seccón) DIARIO OFICIAL Jueves 26 de dcembre de 2002 SECRETARIA DE ENERGIA RESOLUCION por la que se aprueban modfcacones y adcones al documento Crteros y bases para determnar y actualzar el monto
Más detallesC I R C U L A R N 2.133
Montevdeo, 17 de Enero de 2013 C I R C U L A R N 2.133 Ref: Insttucones de Intermedacón Fnancera - Responsabldad patrmonal neta mínma - Susttucón de la Dsposcón Transtora del art. 154 y de los arts. 158,
Más detallesCÁLCULO DE POTENCIA FIRME Y DETERMINACIÓN DEL BALANCE ENTRE GENERADORES Manual de Procedimiento Nº23
CÁLCULO DE POTENCIA FIRME Y DETERMINACIÓN DEL BALANCE ENTRE GENERADORES Manual de Procedmento Nº23 Autor Dreccón de Operacón. Fecha de Creacón 28-abr-2006. Fecha Impresón 13-ago-2009. Correlatvo CDEC-SING-C0013/2002
Más detallesA todas las entidades aseguradoras y reaseguradoras del segundo grupo
REF.: IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE APLICACIÓN DE NORMAS IFRS EN LA CONSTITUCIÓN DE RESERVAS TÉCNICAS DE LOS SEGUROS DE RENTA VITALICIA Y DE INVALIDEZ Y SOBREVIVENCIA, DEL D.L. N 3.500 DE 980. A todas las
Más detallesANEXO A RESOLUCIÓN AN No Elec de 8 de octubre de 2018
ANEXO A RESOLUCIÓN AN No. 12801 -Elec de 8 de octubre de 2018 Anexo A Págna 1 de 35 I. SE MODIFICAN LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS DEL TÍTULO IV DEL REGLAMENTO DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN, DENOMINADO
Más detalles1.- Objetivo Alcance Metodología...3
PROCEDIMIENTO DO PARA EL CÁLCULO DEL FACTOR DE DESEMPEÑO DEL CONTROL DE FRECUENCIA (FECF) EN EL SIC DIRECCIÓN DE OPERACIÓN ÍNDICE 1.- Objetvo...3 2.- Alcance...3 3.- Metodología...3 3.1.- Cálculo de la
Más detallesAnexo Nº 1 A. METAS DE GESTIÓN PARA EPSSMU S.R.L. CORRESPONDIENTES AL SIGUIENTE QUINQUENIO
Anexo Nº 1 1. METAS DE GESTIÓN A. METAS DE GESTIÓN PARA EPSSMU S.R.L. CORRESPONDIENTES AL SIGUIENTE QUINQUENIO Metas de Gestón Incremento anual del número de conexones domclaras de agua potable (1) Incremento
Más detallesANEXO 24 JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA
ANEXO 24 JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA 1 JUSTIFICACION ECONOMICA 1.0 MARCO DE REFERENCIA El plan de Expansón de del Sstema de Transmsón (PEST), tene el objetvo de planfcar la expansón y reposcón del sstema de
Más detallesREGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE RIESGO POR TIPO DE CAMBIO
CAPÍTULO XVIII: REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE RIESGO POR TIPO DE CAMBIO Artículo - Objeto.- El presente Reglamento tene por objeto establecer las dsposcones que deben ser cumpldas para la gestón del resgo
Más detallesOFICIO CIRCULAR IF N /
Intendenca de Fondos y Seguros Prevsonales Subdepartamento de Regulacón OFICIO CIRCULAR IF N / 18 ANT.: MAT.: 1. Decreto Supremo N 142, de 2005, de Salud. 2. Compendos de normas admnstratvas en matera
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA
AYUNTAMIENTO DE HAZAS DE CESTO Aprobacón fntva l estudo económco para la Revsón las Tarfas los Servcos Muncpales Abastecmento Agua y Alcantarllado. En el BOC número 20, 1 febrero 2016, aparecó publcada
Más detallesOFICIO CIRCULAR IF/ N
Intendenca de Fondos y Seguros Prevsonales Subdepartamento de Regulacón OFICIO CIRCULAR IF/ N 19 ANT.: 1. Decreto Supremo N 142, de 2005, de Salud. 2. Compendos de normas admnstratvas en matera de Procedmentos
Más detallesCAPÍTULO III ACCIONES. Artículo 9º Clasificación de las acciones. Artículo 10º Valores característicos de las acciones. 10.
CAÍTULO III ACCIONES Artículo 9º Clasfcacón de las accones Las accones a consderar en el proyecto de una estructura o elemento estructural serán las establecdas por la reglamentacón específca vgente o
Más detallesCAPÍTULO 3 METODOLOGÍA. En el siguiente capítulo se presenta al inicio, definiciones de algunos conceptos actuariales
CAPÍTULO 3 METODOLOGÍA En el sguente capítulo se presenta al nco, defncones de algunos conceptos actuarales que se utlzan para la elaboracón de las bases técncas del Producto de Salud al gual que la metodología
Más detalles= Puntación del criterio económico, mínimo 50 puntos.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN ES AUTOMÁTICA: Los crteros de adjudcacón automátcos ncludo el preco deben superar el 60% del total de la puntuacón s se emplea la fórmula A la valoracón del preco
Más detallesNORMAS LEGALES. Declaran infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Electroperú S.A. contra la Res. Nº 067-2011-OS/CD
444842 Declaran nfundado el recurso de reconsderacón nterpuesto por Electroperú S.A. contra la Res. Nº 067-2011-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
Más detallesCapitalización y descuento simple
Undad 2 Captalzacón y descuento smple 2.1. Captalzacón smple o nterés smple 2.1.1. Magntudes dervadas 2.2. Intereses antcpados 2.3. Cálculo de los ntereses smples. Métodos abrevados 2.3.1. Método de los
Más detallesMiércoles 20 de septiembre de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
CIRCULAR CONSAR 15-18, Modfcacones y adcones a las Reglas generales que establecen el régmen de nversón al que deberán suetarse las socedades de nversón especalzadas de fondos para el retro. Al margen
Más detalles1.DISPOSICIONES GENERALES
1.DISPOSICIONES GENERALES CONSEJO DE GOBIERNO Decreto 86/2013, de 26 de dcembre, por el que se fjan los Precos Públcos del Goberno de Cantabra para el Servco de Recogda y Transporte de Resduos Doméstcos.
Más detallesC I R C U L A R N 1.938
Montevdeo, 30 de agosto de 2005 C I R C U L A R N 1.938 Ref: INSTITUCIONES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA. Modfcacón a las normas sobre responsabldad patrmonal neta mínma. Se pone en conocmento que el Superntendente
Más detallesSUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA. RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2006 ( Octubre 13 )
RESOLUCIÓN NÚMERO 0822 DE 2006 ( Octubre 3 ) Por la cual se aprueban unas modfcacones a los documentos Sstema de Proveedor de Informacón para Valoracón de Inversones, Captulo I Informacón para valoracón
Más detallesCAPÍTULO IV. MEDICIÓN. De acuerdo con Székely (2005), existe dentro del período información
IV. Base de Datos CAPÍTULO IV. MEDICIÓN De acuerdo con Székely (2005), exste dentro del período 950-2004 nformacón representatva a nvel naconal que en algún momento se ha utlzado para medr la pobreza.
Más detallesAVISO A SOCIOS LIQUIDADORES, OPERADORES Y PÚBLICO EN GENERAL
Méxco, D.F., a 4 de julo de 2005. AVISO A SOCIOS LIQUIDADORES, OPERADORES Y PÚBLICO EN GENERAL Con fundamento en el Artículo 4021.00 del Reglamento Interor, MexDer, Mercado Mexcano de Dervados, S.A. de
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297 Sábado 12 de dcembre de 2015 Sec. I. Pág. 117270 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 13488 Orden IET/2660/2015, de 11 de dcembre, por la que se aprueban las nstalacones
Más detallesLección 4. Ejercicios complementarios.
Introduccón a la Estadístca Grado en Tursmo Leccón 4. Ejerccos complementaros. Ejercco 1 (juno 06). La nformacón relatva al mes de enero sobre los ngresos (X) y los gastos (Y), expresados en mles de euros,
Más detalles7.5. VARIOS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
DE 7.5. VARIOS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orn ECD/16/2018, 1 marzo, que establece las ttulacones específcas para el acceso a las lstas asprantes a sempeñar puestos docentes en régmen nterndad
Más detalles1.DISPOSICIONES GENERALES
1.DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Orn HAC/41/2014, 28 agosto 2014, por la que se modfca la Orn 18 dcembre 2000, por la que se aprueban los documentos contables a utlzar
Más detalles4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL
4.2.ACTUACIONES EN MATERIA FISCAL AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN ESPECIAL DE CANTABRIA Anunco de enajenacón medante subasta de benes embargados. Subasta número S2018R3986001003.
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA
DE UNIVERSIDAD DE Resolucón Rectoral 6 julo, por la que se publca la Oferta Empleo Públco personal docente e nvestgador los Cuerpos Docentes Unverstaros, Profesores contratados Doctores y l personal Admnstracón
Más detallesREGULACION No. CONELEC 004/01 CALIDAD DEL SERVICIO ELECTRICO DE DISTRIBUCION EL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD CONELEC.
REGULACION No. CONELEC 004/01 CALIDAD DEL SERVICIO ELECTRICO DE DISTRIBUCION EL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD CONELEC Consderando: Que, es necesaro asegurar un nvel satsfactoro de la
Más detallesSUB ANEXO MATRIZ. 1. Procedimiento para la redeterminación del valor del VAD
SUB ANEXO MATRIZ. Procedmento para la redetermnacón del valor del VAD El procedmento de auste del VAD y del CUADRO TARIFARIO ante cambos en los precos en la economía, se asenta en el procedmento de redetermnacón
Más detallesCANON PESQUERO Base Legal. I. Definición II.
CANON PESQUERO 2002 El artículo 7º de la Ley Nº 28128 Ley de Presupuesto del Sector Públco para el año fscal 2004 y el artículo 10º del D.S. Nº 029-2004-EF, que modfca dversos artículos del Reglamento
Más detallesPROCEDIMIENTO DP. Cálculo y Determinación de Transferencias Económicas de Energía
PROCEDIMIENTO DP Cálculo y Determnacón de Transferencas Económcas de Energía (Versón del 1 -Febrero-2012 ncluyendo Dctamen del Panel de Expertos) Artículo 1: Antecedentes Generales Conforme al Reglamento
Más detallesLicenciatura en Administración y Dirección de Empresas INTRODUCCIÓN A LA ESTADÍSTICA EMPRESARIAL
INTRODUCCIÓN A LA ESTADÍSTICA EMPRESARIAL Relacón de Ejerccos nº 2 ( tema 5) Curso 2002/2003 1) Las cento trenta agencas de una entdad bancara presentaban, en el ejercco 2002, los sguentes datos correspondentes
Más detallesAYUNTAMIENTO DE SANTANDER
BOLETÍN OFICIAL DE AYUNTAMIENTO DE SANTANDER Aprobacón fntva la modfcacón dversas ornanzas fscales para el año 2016. El Ayuntamento Pleno, en sesón celebrada el día 29 octubre 2015 adoptó los Acuerdos
Más detalles7.5.VARIOS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
7.5.VARIOS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Resolucón de 22 de agosto de 2018 que convoca a los centros docentes sostendos con fondos públcos para su acredtacón como Escuelas Promotoras de Salud
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE ESCUELA DE INGENIERIA Departamento de Ingeniería Eléctrica
ONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE ESCUELA DE INGENIERIA Departamento de Ingenería Eléctrca METODOS DE ASIGNACION DE EAJES DE LOS SISTEMAS DE TRANSMISION ELECTRICA SEGUN EL USO DE LA RED FRANCISCO
Más detallesLEY GENERAL DEL MARCO REGULATORIO Y TARIFARIO DEL SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO LEY Nº 1614/2000
LEY GENERAL DEL MARCO REGULATORIO Y TARIFARIO DEL SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO LEY Nº 1614/2 Reglamento Tarfaro Concesonaros INDICE TITULO I... 6 DISPOSICIONES GENERALES...
Más detallesCANON PESQUERO PROVENIENTE DE LOS DERECHOS DE PESCA - SEGUNDO SEMESTRE 2003
CANON PESQUERO PROVENIENTE DE LOS DERECHOS DE PESCA - SEGUNDO SEMESTRE 2003 El artículo 7º de la Ley Nº 28128 Ley de Presupuesto del Sector Públco para el año fscal 2004 y el artículo 10º del D.S. Nº 029-2004-EF,
Más detallesMinisterio de Energía
Cuerpo I - 10 Martes 4 de Agosto de 2015 Nº 41.224 Secretaría Regonal Mnsteral Regón Metropoltana (IdDO 929826) PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMOS DE VÍAS QUE SE INDICAN (Resolucón)
Más detallesSUPERINTENDENCIA N 876 / piso.
REPUBLICA DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS.997-2012 ÍR/RSM (JíResobaoJes/CKS-aQ 1! 3p TRAMITADA 11 MAR 2013 OFICIAL DE PARTES. Sgptflnttfldtndo de Servco» Semtono» VISTOS: CONSIDERANDO:
Más detallesCREDITOS CONSUMO. I. Consideraciones del producto:... 2 II. Monto afecto a la tasa de interés... 2 III. Fórmulas para el cálculo de intereses...
Versón: CC-05.0.08 CREDITOS COSUMO Contendo I. Consderacones del producto:... II. Monto afecto a la tasa de nterés.... III. órmulas para el cálculo de ntereses... III.A. órmula de la tasa de nterés ()...
Más detallesRESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD
Lma, 4 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme al lteral c) del Artículo 3 de la Ley Marco de los Organsmos Reguladores de la Inversón Prvada en los Servcos Públcos, corresponde a los Organsmos Regulares
Más detallesPropuesta de diseño de la subasta de Temporada Abierta Diciembre 2016
Introduccón Propuesta de dseño de la subasta de Temporada Aberta Dcembre 2016 1. En la prmera subasta de temporada aberta se ofrecerá el transporte y almacenamento de gasolnas y désel en las zonas 1 Rosarto
Más detallesINSTRUCTIVO No. SP 04 / 2002 INSTRUCTIVO PARA LA DETERMINACIÓN Y CÁLCULO DEL SALARIO BÁSICO REGULADOR
El Superntendente de Pensones, en el ejercco de las facultades legales contempladas en el artículo 13, lteral b) de la Ley Orgánca de la Superntendenca de Pensones, EMITE el : INSTRUCTIVO No. SP 04 / 2002
Más detallesCÁLCULO DEL BALANCE Y PÉRDIDAS DE ENERGIA EN CHILECTRA
COMISIÓN DE INTEGRACIÓN ENERGÉTICA REGIONAL COMITÉ NACIONAL CHILENO V CIERTEC - SEMINARIO INTERNACIONAL SOBR E GESTIÓN DE PÉRDIDAS, EFICIENCIA ENERGÉTICA Y PROTECCIÓN DE LOS INGRESOS EN EL SECTOR ELÉCTRICO
Más detallesSALA DE SUPERVISIÓN REGULATORIA
PROPUESTA PROVISIONAL DE RETRIBUCIÓN A RECONOCER A LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA EL EJERCICIO 2016. APLICACIÓN DE LA METODOLOGÍA DEL REAL DECRETO 1048/2013 Expte: SALA DE SUPERVISIÓN
Más detallesMINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
BOE núm. 67 Martes 18 marzo 2008 16067 Agrupacón de sectores afnes Servcos a las empresas. Empresas consultoras de planfcacón, organzacón de empresas y contable Empresas de ngenería y ofcnas de estudos
Más detallesMetodología del Índice de Excedente Bruto Unitario de la Industria Exportadora (IEBU) 1
Metodología del Índce de Excedente Bruto Untaro de la Industra Exportadora (IEBU) 1 En forma general, el rato del Excedente Bruto de Explotacón por undad de costos para la ndustra exportadora para el período
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA
DE SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD Resolucón por la que se aprueba la convocatora 2018 l procedmento reconocmento grado I en el sstema carrera profesonal l personal nterno al servco las nsttucones santaras
Más detalles2.AUTORIDADES Y PERSONAL
GOBIERNO DE 2.AUTORIDADES Y PERSONAL 2.1.NOMBRAMIENTOS, CESES Y OTRAS SITUACIONES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Orn HAC/24/2018, 20 abrl, por la que se modfca la Orn HAC/18/2011, 21 juno 2011,
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285 Sábado 28 de novembre de 2015 Sec. I. Pág. 112526 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 12896 Real Decreto 1073/2015, de 27 de novembre, por el que se modfcan dstntas
Más detallesANEXO 1 RESOLUCIÓN MEPC.192(61) Adoptada el 1 de octubre de 2010
Anexo 1, págna 1 ANEXO 1 RESOLUCIÓN MEPC.192(61) Adoptada el 1 de octubre de 2010 DIRECTRICES DE 2010 PARA LA VIGILANCIA DEL CONTENIDO MEDIO DE AZUFRE A ESCALA MUNDIAL DEL FUELOIL SUMINISTRADO PARA USO
Más detallesINF/DE/0027/ de diciembre de C/ Barquillo, Madrid C/ Bolivia, Barcelona
ACUERDO POR EL QUE SE PROPONE LA RETRIBUCIÓN A RECONOCER A LAS EMPRESAS TITULARES DE INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA EL EJERCICIO 2015. APLICACIÓN DE LAS METODOLOGÍAS DEL REAL DECRETO
Más detallesCONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES Orden SAN/24/2013, de 26 de dcembre, por la que se crean las categorías de Facultatvo Especalsta de Área de Pscología Clínca y de Pscólogo Clínco de Atencón Prmara.
Más detallesP.O Cálculo del Mejor Valor de Energía en los Puntos Frontera y Cierres de Energía del Sistema de Información de Medidas Eléctricas
P.O. 10.5 Cálculo del ejor Valor de Energía en los Puntos Frontera y Cerres de Energía del Sstema de Informacón de eddas Eléctrcas Dreccón General de Operacón P.O. 10.5 Cálculo del mejor valor de energía
Más detallesDiario Oficial de la Unión Europea. (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad)
13.3.2003 L 69/1 I (Actos cuya publcacón es una condcón para su aplcabldad) REGLAMENTO (CE) N o 450/2003 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de febrero de 2003 sobre el índce de costes laborales
Más detalles1.DISPOSICIONES GENERALES
1.DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Orn HAC/19/2011, 18 julo, por la que se modfca la orn 19 dcembre 2001, por la que se aprueban los molos documentos ngreso 046 y 047.
Más detallesINFORME TECNICO SUSTENTARIO PARA EXONERACION PUBLICA SADH-N
SERVCO DE ABASTECMENTO TECNCO DEP ART AMENTO DE HDROCARBUROS NFORME TECNCO SUSTENTARO PARA EXONERACON PUBLCA SADH-N 0016-2013 1.-DESCRPCON DEL BEN,ADQUSCON be COMBUSTBLE AEREO TURBO JET A1 EN LA LOCALDAD
Más detallesLey publicada en el Periódico Oficial, el martes 19 de diciembre de 2017.
TEXTO ORIGINAL Ley publcada en el Peródco Ofcal, el martes 19 de dcembre de 2017. LEY PARA LA DISTRIBUCIÓN DE PARTICIPACIONES Y APORTACIONES FEDERALES A LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Más detallesTESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CANTABRIA
TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA 39/04 Notfcacón embargo benes nmuebles. Expte. 39 04 10 00209339. El jefe la Undad Recaudacón Ejecutva Numero
Más detallesCREDITOS CONSUMO. I. Consideraciones del producto:...2 II. Monto afecto a la tasa de interés...2 III. Fórmulas para el cálculo de intereses...
Vers: CC-05.0.08 CREDITOS COSUMO Contendo I. Consderacones del producto:... II. Monto afecto a la tasa de nterés.... III. órmulas para el cálculo de ntereses... III.A. órmula de la tasa de nterés ()...
Más detallesCONTROVERSIAS A LAS BASES TÉCNICO ECONOMICAS PRELIMINARES PROCESO TARIFARIO CONCESIONARIA COMPAÑÍA DE TELÉFONOS DE COYHAIQUE S.A.
CONTROVERSIAS A LAS BASES TÉCNICO ECONOMICAS PRELIMINARES PROCESO TARIFARIO CONCESIONARIA COMPAÑÍA DE TELÉFONOS DE COYHAIQUE S.A. PERÍODO 201-2020 Introduccón Las Bases Técnco Económcas Prelmnares, en
Más detallesEJERCICIOS REPASO I. Profesor: Juan Antonio González Díaz. Departamento Métodos Cuantitativos Universidad Pablo de Olavide
EJERCICIOS REPASO I Profesor: Juan Antono González Díaz Departamento Métodos Cuanttatvos Unversdad Pablo de Olavde 1 EJERCICIO 1: Un nversor se plantea realzar varas operacones de las que desea obtener
Más detallesMetodología de Redeterminación de Precios
"29 - Año de Homenaje a Raúl SCALABRINI ORTIZ" nstero de Planfcacón ederal, Inversón Públca y Servcos UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAA (UEP) UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAAS Y PROYECTOS CON INANCIAIENTO
Más detallesSEGUNDA PARTE RENTAS FINANCIERAS
SEGUNDA PARTE RENTAS FINANCIERAS 5 INTRODUCCIÓN A LA TEORÍA DE RENTAS 5.1 CONCEPTO: Renta fnancera: conjunto de captales fnanceros cuyos vencmentos regulares están dstrbudos sucesvamente a lo largo de
Más detallesINFORME 24/2013 DE LA CNE SOBRE LA PROPUESTA DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA METODOLOGÍA PARA EL CÁLCULO DE LA RETRIBUCIÓN DE LA ACTIVIDAD
INFORME 24/2013 DE LA CNE SOBRE LA PROPUESTA DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA METODOLOGÍA PARA EL CÁLCULO DE LA RETRIBUCIÓN DE LA ACTIVIDAD DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA 12 de septembre
Más detallesCAPÍTULO 4 MARCO TEÓRICO
CAPÍTULO 4 MARCO TEÓRICO Cabe menconar que durante el proceso de medcón, la precsón y la exacttud de cualquer magntud físca está lmtada. Esta lmtacón se debe a que las medcones físcas sempre contenen errores.
Más detallesPROYECTO DE TEORIA DE MECANISMOS. Análisis cinemático y dinámico de un mecanismo plano articulado con un grado de libertad.
Nombre: Mecansmo: PROYECTO DE TEORIA DE MECANISMOS. Análss cnemátco y dnámco de un mecansmo plano artculado con un grado de lbertad. 10. Análss dnámco del mecansmo medante el método de las tensones en
Más detalles2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS
BOLETÍN OFICIAL DE 2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA Resolucón 2 marzo 2011, por la que se convoca la provsón temporal medante el sstema
Más detallesANEXO 4 MECANISMO DE PAGOS
ANEXO 4 MECANISMO DE PAGOS Índce 1. Defncones... 1 2. Pago por Servcos... 5 2.1. Perodo de pago... 5 2.2. Pago por Servcos... 5 2.3. Pago Mínmo por Servcos... 5 2.4. Porcentaje Máxmo de Descuento por Fallas
Más detalles