R O J A L E S AYUNTAMIENTO. Asistentes: ALCALDE-PRESIDENTE SESION EXTRAORDINARIA DEL PLENO MUNICIPAL. Don ANTONIO PEREZ GARCIA

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ÍNDICE VIDEO ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO MUNICIPAL EL DÍA 30 DE OCTUBRE DE DOS MIL CATORCE, A LAS 08:30 HORAS.

Esta Alcaldía, en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, en materia de Régimen Local, tiene a bien dictar el siguiente 3/5

Asistidos de la Secretaria General Accidental, Doña Mª Eugenia Pariente Cornejo y del Interventor General, Don Francisco de Asís Ojeda Vila.

BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL CATORCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE.

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17g doc - 1 -

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Transcripción:

AYUNTAMIENTO DE R O J A L E S Asistentes: ALCALDE-PRESIDENTE Don ANTONIO PEREZ GARCIA CONCEJALES: Doña INMACULADA CHAZARRA PÉREZ Don NAHUM MÉNDEZ CHAZARRA Doña LOURDES LÓPEZ TAJES Don PEDRO LLOPIS SALINAS Doña I. TATIANA CAÑIZARES BUTRÓN Don DEREK MONKS Doña ROSARIO LÓPEZ GONZÁLEZ Don VICENTE RAMÍREZ SÁNCHEZ Doña Mª EDELMIRA ANDREU ANDREU Don ALBERTO ROS MARTÍN Don ALEJANDRO BERNABÉ VIUDES Doña SUSANA CHAZARRA FERNÁNDEZ Don JOSÉ GARCÍA LÓPEZ Don DESIDERIO ARÁEZ CLEMENTE Don IVO TORRES GÓMEZ Doña AMADA LÓPEZ LLORENTE Secretario: Don CÉSAR VALCAYO ANDRINO SESION EXTRAORDINARIA DEL PLENO MUNICIPAL Celebrada: 19 de octubre de 2015. Hora comienzo: 20:00 horas. Hora terminación: 20:15 horas. Lugar: Salón de plenos. En el día, hora y lugar indicados, debidamente convocados y notificados en forma del orden del día comprensivo de los asuntos a tratar, se reunieron, en primera convocatoria, los miembros expresados al margen, al objeto de celebrar sesión extraordinaria y resolver asuntos de su competencia. Interventor: Don SALVADOR ALMUDÉVER MAGRANER Siendo la hora indicada, el señor alcalde declaró abierto el acto, con el siguiente 1

ORDEN DEL DIA 1º.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE ADMINISTRACIÓN, HACIENDA, PRESUPUESTOS, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR Y PERSONAL SOBRE APROBACIÓN DE PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DENOMINADAS PADEL Y PILATES. El señor alcalde procede a la lectura parcial del dictamen emitido por la comisión informativa, el cual es del siguiente tenor literal: 2º.- APROBACIÓN DE PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DENOMINADAS PADEL Y PILATES. Consta en el expediente la siguiente propuesta de acuerdo suscrita por el señor alcalde: Don Antonio Pérez García, Alcalde-Presidente del Exmo. Ayuntamiento de Rojales, propone al Pleno de la Corporación, la adopción del siguiente acuerdo: La Concejalía de Deportes de este Ayuntamiento tiene previsto poner en marcha a partir de octubre de 2015, entre otros, los siguientes servicios deportivos: Enseñanza y práctica de pádel, consistente en impartir clases de ese deporte a los alumnos que se inscriban en la actividad, dirigido a todos los ciudadanos a partir de tres años de edad. Enseñanza y práctica de pilates, consistente en impartir sesiones encaminadas a la práctica de tal deporte, dirigido a los jóvenes y adultos a partir de 14 años de edad. Para asistir a las citadas actividades los ciudadanos habrán que abonar un precio público, el cual como mínimo debe cubrir el coste de la actividad o del servicio. A este respecto, según consta en la memoria elaborada por el agente de desarrollo local, el coste de cada una de las dos actividades es de 18, 15 euros por mes y usuario. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen, la entidad podrá fijar precios públicos por debajo del coste del servicio o de la actividad. En el presente caso, concurren esas circunstancias, dado que el servicio proyectado contribuye a fomentar la práctica del deporte de los niños, jóvenes y en general, de todo el colectivo de la población, proponiendo un precio público de 15 euros para las actividades de pádel y pilates, asumiendo el Ayuntamiento el coste del impuesto sobre el valor añadido. La competencia para aprobar el precio público corresponde al Pleno de la Corporación, de conformidad con el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Por ello, se propone al Pleno de la Corporación, previo dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO.- Establecer un precio público por la prestación de las siguientes actividades deportivas: Pádel: 15 euros mensuales por usuario. Pilates: 15 euros mensuales por usuario. SEGUNDO.- Aprobar los precios públicos para la temporada 2015/2016 y temporadas sucesivas, salvo que posteriormente se modifiquen o supriman por el Pleno de la Corporación. TERCERO.- El ingreso de los precios públicos se efectuará en la cuenta bancaria que se determine por la Tesorería municipal, de forma mensual o trimestral. 2

Tras el debate del asunto el señor alcalde somete el punto a votación, obteniéndose un resultado de 5 votos a favor (PSOE, PP y PADER), ningún voto en contra y ninguna abstención, lo cual supone la unanimidad de los miembros de la comisión, con cuya mayoría se aprueba dictaminar favorablemente la propuesta de acuerdo antes transcrita para su remisión al pleno municipal. No promoviéndose debate se pasa directamente a votación, y por unanimidad de los diecisiete miembros presentes (PSOE, PP y PADER) de los diecisiete que conforman la corporación, se adoptan los siguientes ACUERDOS PRIMERO.- Establecer un precio público por la prestación de las siguientes actividades deportivas: Pádel: 15 euros mensuales por usuario. Pilates: 15 euros mensuales por usuario. SEGUNDO.- Aprobar los precios públicos para la temporada 2015/2016 y temporadas sucesivas, salvo que posteriormente se modifiquen o supriman por el Pleno de la Corporación. TERCERO.- El ingreso de los precios públicos se efectuará en la cuenta bancaria que se determine por la Tesorería municipal, de forma mensual o trimestral. 2º.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE ADMINISTRACIÓN, HACIENDA, PRESUPUESTOS, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR Y PERSONAL SOBRE APROBACIÓN DE PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DENOMINADA VIAJE A VALENCIA. El señor alcalde procede a la lectura parcial del dictamen emitido por la comisión informativa, el cual es del siguiente tenor literal: 3º.- APROBACIÓN DE PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DENOMINADA VIAJE A VALENCIA. Consta en el expediente la siguiente propuesta de acuerdo suscrita por el señor alcalde: Don Antonio Pérez García, Alcalde-Presidente del Exmo. Ayuntamiento de Rojales, propone al Pleno de la Corporación, la adopción del siguiente acuerdo: La Agencia de Desarrollo Local tiene previsto realizar la actividad denominada Viaje a Valencia, actividad que consiste en la visita guiada por el centro de Valencia, visita a la Albufera y almuerzo, con regreso en el mismo día, dirigida a todo el colectivo de la población, a realizar en el último trimestre del año 2015. Los ciudadanos que deseen asistir a la actividad tendrán que abonar un precio, que en el presente caso tiene la consideración de precio público. 3

El artículo 44.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales determina que el importe de los precios públicos deberá cubrir como mínimo el coste del servicio. Al respecto, consta memoria elaborada por la agente de desarrollo local, de donde resulta un coste total de 35 euros por usuario. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen, la entidad podrá fijar precios públicos por debajo del coste del servicio o de la actividad. En el presente caso, concurren esas circunstancias, dado que el servicio proyectado contribuye a fomentar el tiempo libre de los vecinos, aconsejando no establecer precios públicos de cuantía elevada para facilitar el acceso a todas las capas de la población, proponiendo un precio público de 20 euros por usuario. La competencia para aprobar el precio público corresponde al Pleno de la Corporación, de conformidad con el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Por ello, se propone al Pleno de la Corporación, previo dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, la adopción del siguiente acuerdo: UNICO.- Establecer el precio público por la actividad denominada Viaje a Valencia de 20 euros por usuario, a ingresar en la cuenta que se determine por la tesorería municipal. Tras el debate del asunto el señor alcalde somete el punto a votación, obteniéndose un resultado de 5 votos a favor (PSOE, PP y PADER), ningún voto en contra y ninguna abstención, lo cual supone la unanimidad de los miembros de la comisión, con cuya mayoría se aprueba dictaminar favorablemente la propuesta de acuerdo antes transcrita para su remisión al pleno municipal. No promoviéndose debate se pasa directamente a votación, y por unanimidad de los diecisiete miembros presentes (PSOE, PP y PADER) de los diecisiete que conforman la corporación, se adopta el siguiente ACUERDO UNICO.- Establecer el precio público por la actividad denominada Viaje a Valencia de 20 euros por usuario, a ingresar en la cuenta que se determine por la tesorería municipal. 3º.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE ADMINISTRACIÓN, HACIENDA, PRESUPUESTOS, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR Y PERSONAL RELATIVO A RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS 5/2015. El señor alcalde procede a la lectura parcial del dictamen emitido por la comisión informativa, el cual es del siguiente tenor literal: 4º.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS 5/2015. Consta en el expediente la siguiente propuesta de acuerdo suscrita por el señor alcalde: 4

Don Antonio Pérez García, Alcalde del excelentísimo Ayuntamiento de Rojales, expone ante el Pleno lo siguiente: El interventor municipal ha emitido el informe número 141, de fecha de 2 de octubre de 2015, acerca de la existencia de diversas facturas que corresponden a gastos realizados en el año 2014, de los cuales no se ha podido reconocer la obligación por el principio de anualidad presupuestaria del artículo 176 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, correspondiendo al Pleno su aprobación. Las facturas que se presentan para su reconocimiento son las siguientes: Nº Entrada Fecha Nº Fra Fecha Importe Tercero Nombre F/2014/2754 11/12/2014 148 09/12/2014 585,64 B54071436 INSTALACIONES ELECTRICAS NAVALUZ, S.L. F/2015/595 09/03/2015 40 26/02/2015 151,25 79105909P PALOMAR GONZALEZ FRANCISCO F/2015/596 09/03/2015 42 27/02/2015 29,04 79105909P PALOMAR GONZALEZ FRANCISCO F/2015/597 09/03/2015 43 27/02/2015 182,71 79105909P PALOMAR GONZALEZ FRANCISCO F/2015/598 09/03/2015 44 02/03/2015 56,87 79105909P PALOMAR GONZALEZ FRANCISCO F/2015/625 10/03/2015 P47-2015 02/03/2015 44,94 79100109G RODRIGUEZ ROCA, Mª LEILA F/2015/1273 18/02/2015 030470020592 12/03/2014 307,75 B03051612 HERMANOS MARTI POMARES S. L. F/2015/1274 18/02/2015 030470021190 23/05/2014 305,25 B03051612 HERMANOS MARTI POMARES S. L. F/2015/1276 18/02/2015 030470022302 14/10/2014 295,25 B03051612 HERMANOS MARTI POMARES S. L. F/2015/1375 01/06/2015 00/104 25/04/2015 187,09 B53332110 PUBLICIDAD VEGASERVIC S.L. F/2015/1418 10/06/2015 2015-16 01/06/2015 911,70 B53267910 DON CARLOS HOSTELERIA S.L. Como se indica en el informe de intervención, se trata de facturas presentadas en el año 2015 referidas a servicios o suministros realizados en el año 2014. La única excepción la constituye la factura con registro F/2014/2754, la cual se registro en el año 2014, pero no se pudo reconocer la obligación en ese ejercicio al haber sido conformada en el ejercicio 2015. El reconocimiento extrajudicial de créditos suma la cantidad 3.057, 49 euros. Las facturas deben ser objeto de reconocimiento y pago, por tratarse de prestaciones efectivamente realizadas al Ayuntamiento de Rojales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de septiembre, se propone al Pleno de la Corporación, previo dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número 5. 2015. SEGUNDO.- Aprobar con cargo al presupuesto general de 2015 las facturas enumeradas que ascienden a la suma de 3.057,49 euros. Tras el debate del asunto el señor alcalde somete el punto a votación, obteniéndose un resultado de 5 votos a favor (PSOE, PP y PADER), ningún voto en contra y ninguna abstención, lo cual supone la unanimidad de los miembros de la comisión, con cuya mayoría se aprueba dictaminar favorablemente la propuesta de acuerdo antes transcrita para su remisión al pleno municipal. No promoviéndose debate se pasa directamente a votación, y por unanimidad de los diecisiete miembros presentes (PSOE, PP y PADER) de los diecisiete que conforman la corporación, se adoptan los siguientes ACUERDOS PRIMERO.- Aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos número 5. 2015. 5

SEGUNDO.- Aprobar con cargo al presupuesto general de 2015 las facturas enumeradas que ascienden a la suma de 3.057,49 euros. 4º.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE ADMINISTRACIÓN, HACIENDA, PRESUPUESTOS, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR Y PERSONAL RELATIVO SOBRE APROBACIÓN INICIAL DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO 13/2015, CONSISTENTE EN TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS. El señor alcalde procede a la lectura parcial del dictamen emitido por la comisión informativa, el cual es del siguiente tenor literal: 5º.- APROBACIÓN INICIAL DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO 13/2015, CONSISTENTE EN TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS. Consta en el expediente la siguiente propuesta de acuerdo suscrita por el señor alcalde: Vista la necesidad de incrementar determinadas partidas del presupuesto de gastos del año 2015 cuyos créditos no son suficientes para atender al normal funcionamiento de la Corporación Local durante el ejercicio presupuestario en las siguientes áreas: Sanidad pública, debiendo aumentar en 30.000 euros los créditos de la aplicación 311-22700 contratos servicios sanidad debido a gastos extraordinarios acaecidos por la aparición de diversas plagas de insectos en el municipio y que han mermado la partida con cargo a la bolsa de vinculación. Educación, siendo necesario incrementar en 15.000 euros los crédito presupuestados para dar cobertura a diversas reparaciones urgentes efectuadas en el CEIP Príncipe de España y la Escuela Infantil (aplicación 320-212). Deportes, aumentando en 40.000 euros la partida 340-210 reparación infraestructuras deportes para atender al gastos derivado de actuaciones de reparación y mejora en diversas instalaciones deportivas en el municipio. Cultura, incrementando en 5.000 euros los créditos de la partida 330-227 contratos servicios, actuaciones cultura, en previsión de nuevos gastos que pudieran acaecer hasta final de ejercicio. Resultando que se estima que existen excedentes de créditos presupuestarios susceptibles de minoración por importe de 86.000 euros en el capítulo 1 del estado de gastos del presupuesto, relativo a gastos de personal, en las partidas 151-13007 retribuciones personal laboral indefinido no fijo urbanismo, 231-16000 cuota empresarial seguridad social y las relativas a una de las dos plazas del puesto de Oficial de la Policía Local, que se encuentra vacante (aplicaciones 132-12003, 132-12100, 132-12101). Resultando que igualmente es susceptible de minoración la partida 454-61101 acondicionamiento de caminos rurales en un importe de 4.000 euros, por no tener prevista la ejecución del gasto en el presente año. Considerando la necesidad de aprobar expediente de modificación del presupuesto de 2015, mediante transferencia de crédito entre partidas de diferentes a área de gasto, cuya competencia para su aprobación corresponde al Pleno, conforme establece el artículo 179.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, en relación con la base novena de las bases de ejecución del presupuesto. Visto el Informe de Intervención 133.2015, de fecha de 28 de septiembre de 2015, favorable a la modificación. Esta Alcaldía, conforme a lo previsto en el artículo 177 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y en los artículos 35 y siguientes del RD 500/1990, de 20 de abril, propone al Pleno, previo dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación del presupuesto del ejercicio 2015 número 13.2015, mediante transferencia de créditos entre aplicaciones de diferente área de gasto, por un importe total de 90.000 euros, con el siguiente detalle: 6

APLICACIONES PRESUPUESTARIAS A LA BAJA Aplicación Descripción Importe 151-13007 RETRIB. LABORALES INDEFINIDOS NO FIJOS URBANISMO 30.000,00 231-16000 CUOTA EMPRESARIAL SEGURIDAD SOCIAL 30.000,00 132-12003 SUELDO FUNCIONARIOS GRUPO C1, SEGURIDAD 10.000,00 132-12100 COMPLEMENTO DESTINO SEGURIDAD 5.000,00 132-12101 COMPLEMENTO ESPECIFICO SEGURIDAD 11.000,00 454-61101 ACONDICIONAMIENTO CAMINOS RURALES 4.000,00 Total 90.000,00 APLICACIONES PRESUPUESTARIAS AL ALZA Aplicación Descripción Importe 311-22700 CONTRATO SERVICIOS SANIDAD 30.000,00 320-212 REPARACION MANTENIMIENTO EDIFICIOS ENSEÑANZA 15.000,00 342-210 REPARACION MANTENIMIENTO INFRAESTRUCTURAS DEPORTES 40.000,00 330-227 CONTRATOS SERVICIOS. ACTUACIONES CULTURA 5.000,00 Total 90.000,00 SEGUNDO.- Exponer al público dicho expediente durante 15 días mediante la publicación de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia. TERCERO- Aprobar, con carácter definitivo, el referido expediente si contra el mismo no se presentasen reclamaciones durante el periodo de exposición pública. CUARTO Publicar una vez aprobada la modificación, un resumen de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia. Tras el debate del asunto el señor alcalde somete el punto a votación, obteniéndose un resultado de 5 votos a favor (PSOE, PP y PADER), ningún voto en contra y ninguna abstención, lo cual supone la unanimidad de los miembros de la comisión, con cuya mayoría se aprueba dictaminar favorablemente la propuesta de acuerdo antes transcrita para su remisión al pleno municipal. No promoviéndose debate se pasa directamente a votación, y por unanimidad de los diecisiete miembros presentes (PSOE, PP y PADER) de los diecisiete que conforman la corporación, se adoptan los siguientes ACUERDOS PRIMERO.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación del presupuesto del ejercicio 2015 número 13.2015, mediante transferencia de créditos entre aplicaciones de diferente área de gasto, por un importe total de 90.000 euros, con el siguiente detalle: APLICACIONES PRESUPUESTARIAS A LA BAJA Aplicación Descripción Importe 151-13007 RETRIB. LABORALES INDEFINIDOS NO FIJOS URBANISMO 30.000,00 231-16000 CUOTA EMPRESARIAL SEGURIDAD SOCIAL 30.000,00 132-12003 SUELDO FUNCIONARIOS GRUPO C1, SEGURIDAD 10.000,00 132-12100 COMPLEMENTO DESTINO SEGURIDAD 5.000,00 7

132-12101 COMPLEMENTO ESPECIFICO SEGURIDAD 11.000,00 454-61101 ACONDICIONAMIENTO CAMINOS RURALES 4.000,00 Total 90.000,00 APLICACIONES PRESUPUESTARIAS AL ALZA Aplicación Descripción Importe 311-22700 CONTRATO SERVICIOS SANIDAD 30.000,00 320-212 REPARACION MANTENIMIENTO EDIFICIOS ENSEÑANZA 15.000,00 342-210 REPARACION MANTENIMIENTO INFRAESTRUCTURAS DEPORTES 40.000,00 330-227 CONTRATOS SERVICIOS. ACTUACIONES CULTURA 5.000,00 Total 90.000,00 SEGUNDO.- Exponer al público dicho expediente durante 15 días mediante la publicación de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia. TERCERO- Aprobar, con carácter definitivo, el referido expediente si contra el mismo no se presentasen reclamaciones durante el periodo de exposición pública. CUARTO Publicar una vez aprobada la modificación, un resumen de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia. No habiendo más asuntos el señor alcalde da por finalizada la sesión de la que se levanta la presente acta que, como secretario, certifico. Vº Bº El alcalde. El secretario. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE 8