UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA CONTROL P AR MO DE LEGAL [OBADO JTRALJ 51DAD DE TALCA REGULARIZA PROCEDIMIENTO DE TRATO DIRECTO Y APRUEBA CONTRATO CON LA CORPORACIÓN DE AMIGOS DEL TEATRO REGIONAL DEL MAULE QUE SE INDICA. TALCA, 1,6 ENE. 2014 N 1 2 1 VISTOS: Las facultades que me confieren los decretos con fuerza de ley N s 36 y 152, ambos de 1981 y el decreto supremo N 184, de 2010, todos del Ministerio de Educación; lo dispuesto en la ley N 20.285, de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado; en la ley N 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración; en la ley N 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, y la resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: a) Que la Universidad realizó el 6 de diciembre de 2013, la Ceremonia de Titulación para 202 alumnos graduados de programas de Magíster y 15 estudiantes titulados de Especialidades Odontológicas, actividad a la que además asistieron familiares, académicos y autoridades de esta Casa de Estudios Superiores, resultado indispensable proceder al arriendo de un recinto que reuniera las características adecuadas para el desarrollo de la citada actividad. b) Que si bien la Universidad cuenta con una dependencia que permite desarrollar una ceremonia de estas características, por su capacidad no resultaba posible su uso en esta oportunidad, por lo cual se concretó el arriendo de la sala principal del Teatro Regional del Maule, ubicada en calle 1 Oriente N 1484, de esta ciudad, por cuanto es la única dependencia de la ciudad que reúne las condiciones de espacio, aspectos técnicos y ubicación que posibilitan ejecutar actividades de esta índole, a lo que se debe añadir que reúne la solemnidad adecuada a la naturaleza del evento. c) Lo solicitado por don Alfredo Candia Vejar, Director de la Escuela de Graduados, mediante documento de fecha 12 de diciembre de 2013, por el cual solicita suscribir un contrato de arriendo, por la vía del trato directo, para el citado inmueble que es administrado por la CORPORACIÓN DE AMIGOS DEL TEATRO REGIONAL DEL MAULE, el cual, por lo que se ha venido señalando, tiene la característica de proveedor exclusivo de tales servicios. d) Que mediante oficio N 829 de 2013, del Director de Asuntos Jurídicos, se informa que para esta contratación no resulta aplicable lo dispuesto en la ley N 19.886, en tanto que su fundamento se encuentra regulado en artículo 9 de la ley N 18.575
e) Que tratándose del arriendo de inmuebles; procede el trato directo según la naturaleza de la negociación, lo que constituye una circunstancia de hecho, calificada por el Servicio, aceptable desde el punto de vista de su debida razonabilidad, al no existir otro precepto aplicable; que no sea la establecida en el artículo 9 de la ley N 18.575, según lo ha informado la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República contenida en el dictamen N 55.215; de 2006. Dicha calificación se ha efectuado en el considerando b). f) Que habiéndose prestado el servicio y existiendo los recursos para financiarlos, es necesario regularizar la contratación y la resolución que la autoriza. RESUELVO: 1.- Regulariza autorización para proceder mediante trato directo con la CORPORACIÓN DE AMIGOS DEL TEATRO REGIONAL DEL MAULE, RUT N 65.560.740-4, a fin de contratar el arriendo de la Sala Principal del Teatro Regional del Maule para la Ceremonia de Titulación realizada el 6 de diciembre de 2013. 2.- Regulariza aprobación del contrato de arriendo celebrado con fecha 25 de noviembre de 2013S cuyo texto íntegro se transcribe a continuación: CONTRATO DE ARRIENDO En la ciudad de Talca, a 25 de Noviembre de 2013, por una parte la CORPORACIÓN DEL TEATRO REGIONAL DEL MAULE, R.U.T. N 65.560.740-4, representada legalmente por don Juan José Valdés Orellana, RUT 12.787.796-3, Secretario Ejecutivo domiciliados en calle 1 Oriente N 1484, comuna de Talca, en adelante e indistintamente denominado "Arrendador" o "TRM" y por la otra Universidad de Talca, R.U.T. N 70.885.500-6, representada por don Alvaro Rojas Marín, RUT. 6.224.494-1, ambos domiciliados en 2 Norte 685 - Talca, en adelante e indistintamente denominado 'Arrendatario", se ha convenido el siguiente contrato de arriendo: PRIMERO: Por el presente instrumento el TRM viene en entregar en calidad de arriendo a Universidad de Talca, una parte de las dependencias del Teatro Regional del Maule, recayendo específicamente en la Sala Principal del Teatro Regional, ubicada por calle 1 Oriente N 1484, Talca, a fin de que el Arrendatario realice la "Ceremonia de Titulación", de dicha institución, la cual se llevara a cabo el día 06 de Diciembre del presente año, a las 12:00 horas, siendo éste el horario inamovible con el cual se dará inicio a la ceremonia. SEGUNDO: Para efectos del presente contrato, la parte o el sector del Teatro Regional del Maule entregada en arriendo, quedara a disposición del arrendatario a partir de las 10:00 hrs. y hasta las 14:30 horas del día 06 de Diciembre, día y espacio de tiempo sobre el cual, versa el presente instrumento y dentro del cual se deberá obligatoriamente realizar el montaje, presentación y desmontaje del evento. TERCERO: En virtud del presente contrato El TRM pone a disposición del Arrendatario los siguientes elementos: la Ficha técnica y el Personal Técnico del Teatro. La Ficha Técnica está formada por los elementos de audio e iluminación que posee el TRM., cualquier otro requerimiento técnico que no se encuentre en la ficha técnica del TRM será considerado como servicio adicional, siendo de cargo del Arrendatario el pago del mismo. Asimismo el TRM pone a disposición del evento a 5 técnicos, quienes se encargarán de su montaje, producción y desmontaje; para tales efectos será obligación y responsabilidad de la parte arrendataria la de
solicitar y fijar anticipadamente una reunión previa de coordinación con el Coordinador Técnico del Teatro y con el Encargado de Sala para dar a conocer los requerimientos técnicos del evento. Queda estrictamente prohibido el uso de fuego en el escenario del TRM, estando únicamente facultado para autorizar su uso el Gerente Artístico y en su reemplazo el Coordinador Técnico del TRM} bajo documento escrito. CUARTO: El arriendo que da cuenta el presente instrumento, incluye el servicio de personal de sala, esto es, Jefe de Sala, acomodadores, seguridad y aseo. Los encargados del evento deberán tomar contacto con el Jefe de Sala del Teatro Regional del Maule para coordinar el ingreso del público, realización de cóctel o coffee y orden de la sala en general. Se deja expresamente establecido que la capacidad del Teatro Regional del Maule es de 1.036 butacas. QUINTO: La renta del presente contrato de arrendamiento es de $700.000 + IVA (Setecientos mil pesos más IVA). Los cuales para efecto del presente contrato deberán ser cancelados íntegramente antes del evento. En caso de suspensión intempestiva, carente de todo excusa, el arrendatario pagara a todo evento la suma señalada en esta clausula, a modo de indemnización de perjuicios al TRM. SEXTO: El Arrendatario deberá designar a un coordinador que, en conjunto con el Coordinador Técnico del TRM y el Jefe de Seguridad, den la orden del inicio del evento. Bajo cualquier circunstancia, se deja expresamente establecido por las partes, que el evento no podrá iniciarse más allá de 10 minutos de la hora programada SÉPTIMO: El Teatro Regional del Maule dispone de un estacionamiento propio para que el arrendatario pueda realizar la descarga y carga de la ficha técnica y escenografía del artista o grupo. El estacionamiento sólo estará disponible para este fin y no para guardar del transporte (camión, van) de la producción el que deberá ser estacionado fuera de las dependencias del TRM. OCTAVO: El presente contrato tendrá como vigencia única el día 06 de Diciembre del año 2013, y dentro de los horarios señalado en la clausula segunda del presente instrumento. NOVENO: Queda absolutamente prohibido al Arrendatario utilizar personal propio de seguridad o para el control de entradas y acceso, funciones todas aquellas que estarán siempre a cargo y en forma exclusiva del personal del TRM. El Arrendatario deberá enviar con tres días de anticipación, los nombres de las personas que serán acreditadas para ingresar al TRM, con la descripción detallada de sus funciones.el TRM se reserva el derecho a que sus funcionarios transiten libremente por todo el recinto. DÉCIMO: El Arrendatario se obliga a devolver las dependencias del TRM en las mismas condiciones que fueron entregadas. Cualquier daño o perjuicio producido en las dependencias del TRM, imputable al arrendatario deberá ser cubierto por éste. UNDÉCIMO: Para todos los efectos legales, las partes fijan domicilio en la ciudad de Talca y se someten a la competencia de sus tribunales de justicia. JUAN JOSÉ VALDES ORELLANA SECRETARIO EJECUTIVO TEATRO REGIONAL DEL MAULE 3.- Impútese el gasto de la presente resolución al Centro de Responsabilidad VAC 400 003.
4.- La presente Resolución será publicada en el Portal \vw\v.mercadopubiico.cl una vez que sea totalmente tramitada. ANÓTESE Y COMIMÍQUESE. JCM/pba.
:: ">TRM CONTRATO DE ARRIENDO Contrato N 60/2013 Página 1 de 2 UNIVERSIDAD DE TALCA En la ciudad de Talca, a 25 de Noviembre del año 2013, por una parte la CORPORACIÓN DE AMIGOS DEL TEATRO REGIONAL DEL MAULE, R.U.T. N 65.560.740-4, representada legalmente por don Juan José Valdés Orellana RUT 12,787.796-3, Secretario Ejecutivo domiciliados en calle 1 Oriente N 1484, comuna de Talca, en adelante e indistintamente denominado "Arrendador" o "TRM" y por la otra Universidad de Talca. R.U.T. N 70.885.500-6, representada por don Alvaro Rojas Marín, RUT. 6.224.494-1, ambos domiciliados en 2 Norte 685 - Talca, en adelante e indistintamente denominado "Arrendatario", se ha convenido el siguiente contrato de arriendo: PRIMERO: Por el presente instrumento el TRM viene en entregar en calidad de arriendo a Universidad de Talca, una parte de las dependencias del Teatro Regional del Maule, recayendo específicamente en la Sala Principal del Teatro Regional, ubicada por calle 1 Oriente N 1484, Talca, a fin de que el Arrendatario realice la "Ceremonia de Titulación1', de dicha institución, la cual se llevara a cabo el día 06 de Diciembre del presente año, a las 12:00 horas, siendo éste el horario inamovible con el cual se dará inicio a la ceremonia. SEGUNDO: Para efectos del presente contrato, la parte o el sector del Teatro Regional del Maule entregada en arriendo, quedara a disposición del arrendatario a partir de las 10:00 hrs. y hasta las 14:30 horas del día 06 de Diciembre, día y espacio de tiempo sobre el cual, versa el presente instrumento y dentro del cual se deberá obligatoriamente realizar el montaje, presentación y desmontaje del evento. TERCERO: En virtud del presente contrato El TRM pone a disposición del Arrendatario los siguientes elementos: la Ficha técnica y el Personal Técnico del Teatro. La Ficha Técnica está formada por los elementos de audio e iluminación que posee el TRM, cualquier otro requerimiento técnico que no se encuentre en la ficha técnica del TRM será considerado como servicio adicional, siendo de cargo del Arrendatario el pago del mismo. Asimismo el TRM pone a disposición del evento a 5 técnicos, quienes se encargarán de su montaje, producción y desmontaje; para tales efectos será obligación y responsabilidad de la parte arrendataria la de solicitar y fijar anticipadamente una reunión previa de coordinación con el Coordinador Técnico del Teatro y con el Encargado de Sala para dar a conocer los requerimientos técnicos del evento. Queda estrictamente prohibido el uso de fuego en el escenario del TRM, estando únicamente facultado para autorizar su uso el Gerente Artístico y en su reemplazo el Coordinador Técnico del TRM, bajo documento escrito. CUARTO: El arriendo que da cuenta el presente instrumento, incluye el servicio de personal de sala, esto es, Jefe de Sala, acomodadores, seguridad y aseo Los encargados del evento deberán tomar contacto con el Jefe de Sala del Teatro Regional del Maule para coordinar el ingreso del público, realización de cóctel o coffee y orden de la sala en general. Se deja expresamente establecido que la capacidad del Teatro Regional del Maule es de 1.036 butacas. QUINTO: La renta del presente contrato de arrendamiento es de $700.000 + IVA (Setecientos mil pesos más IVA). Los cuales para efecto del presente contrato deberán ser cancelados integramente antes del evento. En caso de suspensión intempestiva, carente de todo excusa, el arrendatario pagara a todo evento la suma señalada en esta clausula, a modo de indemnización de perjuicios al TRM. SEXTO: El Arrendatario deberá designar a un coordinador que, en conjunto con el Coordinador Técnico del TRM y el Jefe de Seguridad, den la orden del inicio del evento Bajo cualquier circunstancia, se deja expresamente establecido por las partes, que el evento no podrá iniciarse más allá de 10 minutos de la hora programada SÉPTIMO: El Teatro Regional del Maule dispone de un estacionamiento propio para que el arrendatario pueda realizar la descarga y carga de la ficha técnica y escenografía del artista o grupo El
;: *TRM CONTRATO DE ARRIENDO Contrat'o N 60/20 13 Página 2 de 2 UNIVERSIDAD DE TALCA estacionamiento sólo estará disponible para este fin y no para guardar del transporte (camión, van) de la producción el que deberá ser estacionado fuera de las dependencias del TRM. OCTAVO: El presente contrato tendrá como vigencia única el día 06 de Diciembre del año 2013, y dentro de los horarios señalado en la clausula segunda del presente instrumento. NOVENO: Queda absolutamente prohibido al Arrendatario utilizar personal propio de seguridad o para el control de entradas y acceso, funciones todas aquellas que estarán siempre a cargo y en forma exclusiva del personal del TRM. El Arrendatario deberá enviar con tres días de anticipación, los nombres de las personas que serán acreditadas para ingresar al TRM, con la descripción detallada de sus funciones.el TRM se reserva el derecho a que sus funcionarios transiten libremente por todo el recinto. DÉCIMO: El Arrendatario se obliga a devolver las dependencias del TRM en las mismas condiciones que fueron entregadas. Cualquier daño o perjuicio producido en las dependencias del TRM, imputable al arrendatario deberá ser cubierto por éste. UNDÉCIMO: Para todos los efectos legales, las partes fijan domicilio en la ciudad de Talca y se someten a la competencia de sus tribunales de justicia. JUAN JOSÉ VALDES ORELLANA SECRETARIO EJECUTIVO TEATRO REGIONAL DEL MAULE CC: Indicada Contabilidad Secretario Ejecutivo Archivo