NORMATIVA DE BECAS A BOXEADORES/AS, PARA LA TEMPORADA 2012/2013



Documentos relacionados
REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE CICLISMO

3.5 BECAS A DEPORTISTAS

CATEGORIA CADETE 2015 / 2016

EN LA RESIDENCIA JOAQUIN BLUME Y ATLETAS QUE VIAJEN SELECCIONADOS CON EL EQUIPO NACIONAL.

SISTEMAS DE AYUDAS A ATLETAS PARA EL AÑO 2014

SISTEMAS DE AYUDAS A LOS ATLETAS PARA EL AÑO 2015

El Consejo de Gobierno de esta Universidad, en su reunión celebrada el día 14 de octubre de 2008, ha adoptado el siguiente acuerdo:

VICEDECANATO DE JEFATURA DE ESTUDIOS Y ESTUDIANTES CONVOCATORIA Y NORMATIVA DE BECAS-COLABORACIÓN PARA ESTUDIANTES DEL INEF DE MADRID

CATEGORIAS TEMPORADA 2012/2013

CONVOCATORIA CAMPEONATO DE ESPAÑA DE PETANCA FEDDI 2015

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS BASES DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA

Bases del programa de Becas de Alto Rendimiento Deportivo de la Universidad Europea del Atlántico Curso Académico 2015/2016

1. Quién puede solicitar estas becas y qué requisitos generales deben reunir?

OFERTA DE TRABAJO EADS-CASA. Se buscan ingenieros superiores preferentemente industriales y aeronáuticos, con nivel alto de inglés.

BASES DEL PROGRAMA DE BECAS DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DEL ATLÁNTICO CURSO ACADÉMICO 2016/2017

REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE JUDO y D.A CATEGORIA ABSOLUTA

SUBVENCIONES PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES SENECA

REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE COLOMBICULTURA

(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015)

Becas FUNDACIÓN MAPFRE para estudios de postgrado en Seguro y Previsión Social

REAL CLUB DE GOLF GUADALMINA REGLAMENTO ESCUELA DE GOLF

PREÁMBULO. La presente convocatoria se regirá por las siguientes BASES 1. MODALIDADES

Becas de carácter general para el curso académico , para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE 6 de agosto de 2015).

CONVOCATORIA DE BECAS CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO DE MADRID(RESIDENCIA BLUME) DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES TEMPORADA 2013/2014

PREÁMBULO BASES 1. MODALIDADES

Tel/Fax: (0280)

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO 2007 BASES DE LA CONVOCATORIA

CAMARA DE COMERCIO DE VALENCIA BECA EN COMERCIO EXTERIOR 2006 BECA EN EL EXTERIOR

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA

SUBPROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN EN INFRAESTRUCTURAS CIENTÍFICAS Y ORGANISMOS INTERNACIONALES CONVOCATORIA 2011

Federación de Natación de Castilla-La Mancha

JUNTA DIRECTIVA DE ADO (31 de julio 2013)

XXIV Convocatoria para Ampliación de Estudios en el Extranjero

Requisitos de acceso.

Los ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.

NORMATIVA SOBRE CAMBIOS DE TURNO EN LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA

Ø Objeto. Ø Becas. Ø Destinatarios. Titulados superiores y medios.

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

Gabinete Jurídico. Informe 0299/2009

REGLAMENTO DE LA FEDERACION VASCA DE BALONCESTO DE REGIMEN DOCUMENTAL, DEPORTIVO Y ECONOMICO DE LAS LICENCIAS FEDERATIVAS

EJECUCIÓN DE ACUERDOS

3. Ot r a s disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

FEDERACION ESPAÑOLA DE REMO

CONVOCATORIA DE BECAS 2015

REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS

PROGRAMA DE TECNIFICACIÓN DE NATACIÓN - Temporada 2014/2015 -

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI IBERIA FP 2009

REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE DE SELECCIÓN DEPORTIVA DE LA UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO

Adjunto puedes ver la convocatoria de becas para el Centro de Alto Rendimiento de Madrid para la próxima temporada 2011/2012.

BECAS para el Fomento de la Empleabilidad AYUNTAMIENTO DE VALENCIA UNIVERSIDAD EUROPEA DE VALENCIA Año 2015

Cuáles son los mecanismos de supervisión de un fondo de pensiones?

SERVICIO CENTRAL DE INFORMÁTICA NORMATIVA PARA LA UTILIZACIÓN DE LAS AULAS DE INFORMÁTICA ) (BOUJA

REGLAMENTO TORNEOS DE SUPERCOPA, LIGA Y COPA DE FÚTBOL SALA ARROYOMOLINOS

SEPTIEMBRE Bases de la Convocatoria

ESTUDIANTES SOLICITANTES DE BECAS DE LA CONVOCATORIA GENERAL Y MOVILIDAD DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Ayuntamiento de Caspe

Unidad de Becas (Sº Alumnado)

RP-CSG Fecha de aprobación

PROGRAMA SÉNECA 2016

3. Son sujetos de los presentes lineamientos los servidores públicos del Instituto, que estén contratados en una plaza presupuestal.

INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CUOTAS EN ESCUELAS INFANTILES Y EN CASAS DE NIÑOS.

FORMACIÓN E INSERCIÓN LABORAL EN DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO

CIUDADANOS BÚLGAROS Y RUMANOS

Real Federación Española de Atletismo

LLIGA FUTBOL SALA COCENTAINA

Bases del programa de Becas-Colaboración de la Universidad Europea del Atlántico Curso Académico 2015/2016

Convocatoria Nacional de Becas a la Formación dirigida a Estudiantes con Discapacidad

REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

17689 ORDEN de 20 de julio de 1998 por la que

Fecha/Hora: 24/06/ :05:56. Firmante: Q B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ==

Becas Titulación Universitaria de Máster

BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO. CURSO 2012/2013.

REGLAMENTO DE BECAS DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ARTES MARCIALES

NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN PSICOLOGÍA GENERAL SANITARIA

Bases para la cesión de uso de bicicletas por el Ayuntamiento de Mula, a establecimientos de turismo y hostelería del municipio de Mula.

Tipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada

CENTRO DE TECNIFICACIÓN DEPORTIVA JAVIER ADARRAGA FEDERACION RIOJANA DE NATACIÓN TEMPORADA

CONVOCATORIA DE BECAS COLABORACIÓN PROGRAMA UNIVERSITARIO DE MAYORES JOSÉ SARAMAGO DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA LA MANCHA Curso Académico 2010/2011

PROYECTO BOREAL INSTRUCCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS.

CONDICIONES GENERALES DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA AVISO PARA EL USUARIO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA.

COMISIÓN MUJER Y DEPORTE ADAPTADO A LA DISCAPACIDAD FÍSICA (COMYDA)

OBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES

BECA GLOBAL SPORT ELITE GUILLERMO ALADRÉN 2015

TEMPORADA 2014/ REGIMEN DE LICENCIAS - REALIZACIÓN DE INSCRIPCIONES -NORMATIVA GENERAL

ÁREA DE DOCENCIA E INVESTIGACIÓN RFET

PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA (PAID 09 12)

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

Grado en Enfermería Vías y requisitos de acceso al título y perfil de ingreso recomendado

FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE NATACIÓN PLAZAS CENTRO NACIONAL DE TECNIFICACIÓN DEPORTIVA CIUDAD DEPORTIVA DE CÁCERES

Contrato de servicios ebusining Básico: Domiciliación en La Finca

IV.1.1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

FEDERACIÓN ANDALUZA DE HÍPICA

REGLAMENTO-MARCO PARA PERSONAL VOLUNTARIO DEL PARQUE COMARCAL DE BOMBEROS DE VILLADA

PREMIOS REVISTA DE HIGIENISTAS DENTALES - MARISA CASARES

Programa BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES. Convocatoria 2013

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO

Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS.

Transcripción:

NORMATIVA DE BECAS A BOXEADORES/AS, PARA LA TEMPORADA 2012/2013 Normativa de Becas aprobada por la Comisión Directiva de Boxeo Amateur de la Federación Española de boxeo a 3 de Octubre de 2012. Esta normativa, anula todas las anteriores. OBJETIVOS. Se pretende regular y dar transparencia, al plan de becas que la Federación Española de Boxeo, va a destinar para la temporada 2012/2013. El objetivo es posibilitar la máxima dedicación a la preparación, con el fin de obtener un óptimo rendimiento en competición internacional. NORMAS GENERALES PARA LA CONCESION DE BECAS. Artículo 1.- Condición indispensable para percibir la beca, es tener la Nacionalidad Española o en trámite y estar en posesión de la licencia federativa de la FEB. La solicitud de una beca y su posterior aceptación, en caso de adjudicación, implicará la aceptación de todas las disposiciones de la Normativa. La percepción de becas complementarias, no será compatible con el disfrute de las becas ADO, salvo autorización expresa del Consejo Superior de Deportes. Artículo 2.- La concesión y asignación definitiva de las becas, es competencia exclusiva de la Junta Directiva de la FEB, quien resolverá las propuestas que le eleve su Comité Técnico, valorando las condiciones y circunstancias deportivas y personales, que considere oportunas con relación a los fondos de que disponga, dentro del presupuesto anual de la FEB, para atender estos gastos. Artículo 3.- La condición y disfrute de una beca, no establece relación laboral alguna con la FEB, ni implica compromiso alguno por parte de la FEB, en cuanto a la posterior incorporación del becario en su plantilla. Artículo 4.- La duración de las becas, irá desde el 1 de septiembre de 2012 al 31 de agosto de 2012, excepto en los casos de REVOCACIÓN que se detallan en esta Normativa. Artículo 5.- Si en un boxeador coinciden posibilidades distintas de obtención de becas, se accederá solo a la de mayor cuantía. Artículo 6.- Las becas se librarán mensualmente, del 1 de septiembre de 2012 al 1 de agosto de 2013, siempre que el CSD libre en plazo la subvención concedía a la Federacion Española de Boxeo.

Artículo 7.- Los boxeadores que a criterio del Equipo Técnico, deban causar baja en el Equipo Nacional, serán avisados primero verbalmente y a continuación por escrito, con un mes de antelación, teniendo derecho a percibir la Beca correspondiente, del mes siguiente a la comunicación, siempre que continúen los entrenamientos, durante dicho mes. CLASES DE BECAS, BECAS POR RESULTADOS Y CRITERIOS DE OBTENCION. Artículo 8.- BECAS-ADO: Las becas ADO, se dirigen exclusivamente a boxeadores que participen en pruebas olímpicas. Los criterios para conseguir esta Becas, los establece ADO. NIVEL CUANTÍA EN ADO M1 60.000 ADO M2 50.500 ADO M3 45.000 ADO D1 34.000 ADO D2 30.500 ADO D3 27.000 ADO D4 24.000 ADO D5 20.500 8.1 BECAS-FEB: Como complemento a las becas ADO y con el fin de llegar a otros boxeadores de interés federativo, la FEB ha establecido la BECA FEDERATIVA. BECA FEDERATIVA: 6.000 brutos anuales. Boxeadores del Equipo Nacional (Élite y Youth) percibirán una Beca mensual (12 meses por año) de 500. 8.2 AYUDAS FEDERATIVAS POR RESULTADOS. Competiciones Internacionales. Según el número de países que asistan a la competición, todos los Campeonatos Internacionales se clasifican en : A.- Campeonatos de 1 estrella. ( - 12 países). B.- Campeonatos de 2 estrellas (+ 12 países). C.- Campeonatos de 3 estrellas (Cto. Europa, Cto. Mundo y Copa del Mundo). Se adjunta cuadro de premios. CAMPEONATOS INTERNACIONALES Medallas ORO PLATA BRONCE DIPLOMA (5º - 8º) 1 ESTRELLA 200 150 100 2 ESTRELLAS 300 250 200 3 ESTRELLAS 600 400 300 100

NOTA: 1.- Para optar al premio de medalla, será condición indispensable haber disputado y ganado 1 combate como mínimo para entrar en puestos de medalla. 2.- Los Juegos Olímpicos y Juegos del Mediterráneo son considerados Competiciones 3 estrellas, donde solamente se percibirá los premios establecidos por el COE. OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS. Artículo 9.- Todos los deportistas que perciban cualquier tipo de beca, deben cumplir con los siguientes compromisos: 9.1 Asistir y cumplir con los horarios de entrenamientos fijados, con un nivel de dedicación y rendimiento satisfactorio, a juicio del entrenador o director técnico. 9.2 Cumplir con la programación deportiva anual establecida por la Federación Española de Boxeo en cuanto al régimen de entrenamiento, concentraciones y competiciones. 9.3 Utilizar la equipación y el material facilitado por la Federación Española de Boxeo, en cuantas competiciones participe, representando a España a nivel individual o formando parte del Equipo o Selección Nacional, en los términos establecidos en la normativa interna de la Federación. La equipación entregada al deportista, será devuelta a la Federación, en el caso de abandonar por cualquier causa, el Equipo Nacional sin pertenecer a él, un mínimo de cuatro meses. 9.4 Cumplir la normativa de régimen interior de los centros, en los que se desarrolle su entrenamiento, de las residencias en las que se encuentre, así como cumplir y respetar la normativa establecida, por el régimen disciplinario deportivo general y por el régimen disciplinario de la Federación Española de Boxeo. 9.5 Someterse a los controles y reconocimientos médicos y a los controles de dopaje, tanto con ocasión de la competición como fuera de ella, que se le requiera a través de la Federación Deportiva Española. 9.6 El deportista, no podrá realizar determinadas actividades de riesgo, durante el periodo de disfrute de la beca, salvo autorización expresa de la Federación Española de Boxeo. 9.7 El deportista, requerirá de autorización de la Federación Española de Boxeo, para participar en todas aquellas competiciones, que no sean de interés para la propia Federación. 9.8 El deportista, no podrá pasar al campo de boxeo profesional, sin la autorización de la F.E.B., en cumplimiento del actual Reglamente de Boxeo Aficionado. 9.9 El deportista, tiene que matricularse en el Instituto al ingresar en La Residencia Blume u otro centro de entrenamiento, y realizar los estudios que le correspondan, según su libro de Escolaridad.

9.10 Es absolutamente obligatorio, la asistencia a las clases en las que se este matriculado cumpliendo el horario establecido. La no asistencia a clase por motivos ajenos a problemas médicos o deportivos será considerado como falta grave, pudiendo tener consecuencias graves para el deportista, tales como perder la beca económica, y en caso de reincidencia, tener que abandonar el Equipo Nacional. En el caso de que parte del equipo se desplace a una competición fuera de la residencia, los deportistas que no participen en la misma no podrán abandonar el régimen de concentración deportiva y de estudios establecidos, así como los descanso activos no implican necesariamente el echo de que se conceda un descaso lectivo. 9.11 Los deportistas no podrán incorporarse a la disciplina del Equipo Nacional con un peso superior a 2,5 kg respecto al peso de competición tras los periodos de vacaciones o transitorios. 9.12 Los deportistas están obligados a la notificación de cualquier síntoma de carácter médico al responsable de los servicios médicos y a los técnicos del equipo nacional, que tomaran las medidas oportunas para el restablecimiento del deportista. DERECHOS DE LOS DEPORTISTAS BECADOS. Artículo 10.- Todos los deportistas que perciban cualquier tipo de beca, adquieren los siguientes derechos: 10.1 Debe conocer el órgano federativo al que dirigirse en caso de reclamación. 10.2 Gozará de prioridad en la asistencia y utilización de los servicios médicos de la Federación. 10.3 La Federación Española de Boxeo, le facilitará los medios técnicos y de infraestructura, para el desarrollo de su preparación deportiva. 10.4 La Federacion Española facilitará un desplazamiento a sus domicilios y regreso a la concentración siempre y cuando el seleccionador nacional les conceda descanso vacacional o por motivos médicos ACEPTACIÓN DE LA BECA. Artículo 11.- Los boxeadores adjudicatarios de las becas, estarán obligados a remitir a la FEB, esta Normativa firmada, en la que conste su aceptación y en la que declaran de modo expreso, el conocimiento y aceptación de la misma en todos sus términos. REVOCACIÓN Y RESCISIÓN Artículo 12. 12.1 La Junta Directiva de la FEB, y de acuerdo a los informes del Equipo Técnico, podrá rescindir en parte o en su totalidad, las percepciones económicas de la beca en los siguientes casos:

a) En caso de sanción, emitida por el Comité de Disciplina de la FEB, por razones de dopaje, se revocará la beca en el momento que dicho Comité, dictamine sanción por dopaje. b) Desde el momento que un deportista becado, dejase voluntariamente de asistir a los entrenamiento establecidos por el Equipo Técnico de la FEB, se rescindirá la beca concedida. c) El incumplimiento del punto 9.4, 9.5, 9.9, 9.10, 9.11y 9.12 de esta normativa podrá ser sancionado con la rescisión parcial o total de la beca. d) La beca del deportista podrá ser revocada entre uno y tres meses en el caso de incumplimiento de los puntos 9.1, 9.2, 9.3, 9.6, 9.7, 9.9, 9.10 y 9.11 de la presente normativa. e) En el caso de que el Comité de Disciplina Deportiva, dictara sentencia firme de sanción sobre el deportista becado, la Junta Directiva podrá rescindir parcial o totalmente la beca, siempre que la sanción impida el cumplimiento de esta Normativa. f) Por decisión técnica. 12.2 Las decisiones adoptadas por la Junta Directiva de la FEB en materia de rescisión parcial o total de la beca, serán ejecutadas sin perjuicio de que estas estén sujetas a revisión, a solicitud del boxeador, en un plazo de 15 días desde la modificación. 12.3 La decisión de rescisión de las becas, la comunicará la Junta Directiva por escrito a los interesados. Al firmar este documento, me doy por enterado de la Normativa de Becas y el Código Ético. Madrid, 03 de Octubre de 2012 Vº Bº D. Justo Vázquez Marcos Deportista: D./ña Presidente Comisión Gestora F.E.B. D.N.I.