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Transcripción:

oter uüinai de a retioracion BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, PRESENTO LA DECLARACIÓN DE MODIFICACIÓN PATRIMONIAL RELATIVA AL EJERCICIO 2016, CONFORME A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 108 CONSTITUCIONAL; 8, FRACCIÓN XV, 37, FRACCIÓN III Y 40 DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, ASÍ COMO 51, FRACCIÓN III, 52, SEGUNDO PÁRRAFO Y 69 DEL ACUERDO GENERAL NÚMERO 9/2005 DEL PLENO DE LASUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. DECLARACIÓN DE MODIFICACIÓN PATRIMONIAL 2016 NORMAL DATOS GENERALES FECHA RECEPCIÓN Martes 30 MAYO 2017 9:32 CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN No. EXPEDIENTE ÚNICO DEL PODER JUDICIAL 62431 ESTADO CIVIL SEXO primer apellido Iayala segundo apellido [escalante NOMBRE(S) IcESAR OCTAVIO DOMICILIO PARTICULAR ACTUAL CALLE; NUMERO EXTERIOR E INTERIOR COLONIA TIPO DE VIVIENDA IRENTADA CÓDIGO POSTAL MUNICIPIO, DELEGACIÓN O CIUDAD Y ENTIDAD TELEFONO PARTICULAR CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL TELEFONO MÓVIL cargo que desempeña actualmente de acuerdo con su nombramiento Itecnico operativo ÓRGANO JURISDICCIONAL O ADMINISTRATIVO DE ADSCRIPCIÓN IcASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN SALTILLO, COAHUILA ANTIGÜEDAD EN EL PJF AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 ORGANISMO DEL PJF ISUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DOMICILIO DEL ÓRGANO DE ADSCRIPCIÓN IpRIMO DE VERDAD 501, COL. BELLAVISTA, DEL. SALTILLO, CP. 25060, PISO/PTA. / CORREO ELECTRÓNICO OFICIAL coayalae@mail.scjn.gob.mx TELEFONO OFICIAL 1(844)481 7369 EXT. 8355 DECLARACIÓN ANTERIOR FECHA ENQUE LA PRESENTÓ 130/05/2016 ÓRGANOJURISDICCIONAL O ADMINISTRATIVO DE ADSCRIPCIÓN CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN SALTILLO, COAHUILA DEPENDENCIA U ORGANISMO ISUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN cargo que desempeñaba de acuerdo con el nombramiento Itecnico operativo Impreso : 04/08/2017 1:39:34 p.m. Page 1 of 6

Conforme lo dispuesto en los artículos 40, párrafo segundo de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y 69, párrafo segundo del Acuerdo General Número 9/2005 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Contraloría del Alto Tribunal debe llevar un registro actualizado de los datos curriculares de los servidores públicos obligados a presentar declaraciones de situación patrimonial según corresponda. La información auricular es de carácter pública de conformidad con los artículos 40, párrafos primero y segundo de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y 70, fracción XVII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Debe de declarar el último grado académico con que cuente a la fecha de su llenado. Respecto de la experiencia laboral en el Poder Judicial de la Federación o fuera de éste, de ser el caso, deberá señalar los tres últimos cargos que ha desempeñado. En el apartado de Información Curricular Adicional podrá señalar otros grados académicos, estudios en el extranjero, experiencia laboral en el ámbito de la docencia, reconocimientos laborales o académicos, etcétera o algún otro dato que usted considere importante de su curricula profesional. ^T^^i ^.^jai^x^\ ÚLTIMO GRADO ESTADO DE DOCUMENTO QUE DENOMINACIÓN DEL ÚLTIMO NÚMERO DE INSTITUCIÓN PERIODO CIUDAD V DE ESTUDIOS LOS ESTUDIOS LO AVALA GRADO DE ESTUDIOS CÉDULA EDUCATIVA PAÍS PROFESIONAL LICENCIATURA CONCLUIDO TITULO CIRUJANO DENTISTA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA MÉXICO D.F ÚLTWOéyPUMTOS EM EL PODER JUDICIAL DE LAFEDERACIÓN ÓRGANO JURISDICCIONAL O ADMINISTRATIVO CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN SALTILLO CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN SALTILLO PUESTO O CARGO TÉCNICO OPERATIVO TÉCNICO OPERATIVO PERIODO MAYO 2014 - MAYO 2016 MAYO 2014 - MAYO 2017 ÚLTIMOS 3 PUESTOS EN OTRAS INSTITUCIONES, DEPENDENCIAS, ÓRGANOS, ASOCIACIONES, ETC. NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN, ÁREA PUESTO O CARGO TIPO DE CONTRATACIÓN PERIODO AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE TEPOZTLAN MORELOS AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE TEPOZTLAN AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE TEPOZTLAN SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL PRESIDENCIA SECRETARIA GENERAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO SECRETARIO PARTICULAR DIRECTOR DE LOGÍSTICA TEMPORAL CONTRATO CONTRATO ENERO 2014 - ABRIL 2014 MARZO 2010 - DICIEMBRE 2012 NOVIEMBRE 2009 FEBRERO 2010 INFORMACIÓN CURRICULAR ADICIONAL Si USTED LO CONSIDERA PUEDESEÑALAR OTROS GRADOS ACADÉMICOS, ESTUDIOS EN EL EXTRANJERO, EXPERIENCIA LABORAL EN LADOCENCIA, RECONOCIMIENTOS LABORALES OACADÉMICOS, ETCÉTERA. Impreso : 04/08/2017 1:39:34 p.m. Page 2 of 6

La declaración de modificación patrimonial comprenderá del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016; pero si usted no laboró todo el año, ésta incluirá sólo el periodo trabajado. Manifieste sus ingresos, bienes inmuebles y muebles, inversiones y gravámenes y, en su caso, también de su cónyuge, concubina o concubinario y de sus dependientes económicos. El estado civil no tiene relevancia para efectos de esta declaración. Cualquier persona cuyos gastos de manutención se paguen principalmente con sus ingresos, representa un dependiente económico. Al presentar su declaración de modificación patrimonial a través de medios electrónicos, queda eximido de entregar copia de la Constancia de Percepciones y Retenciones, y de la Declaración del Impuesto Sobre la Renta. Evite abreviaturas. Para cualquier tipo de ingresos, deberá reportar el monto sin incluir los impuestos a su cargo. De la "Constancia de Sueldos, Salarios, Conceptos Asimilados, Crédito al Salario y Subsidio para el Empleo" se obtendrá el ingreso anual neto, restando el concepto P. al concepto A., como a continuación se indica: A.TOTAL DE INGRESOS POR SUELDOS, SALARIOS Y CONCEPTOS ASIMILADOS P.IMPUESTO RETENIDO AL CONTRIBUYENTE INGRESO ANUAL NETO Las transacciones en moneda extranjera deben registrarse en pesos mexicanos al tipo de cambio (FIX) publicado por el Banco de México el día en que se realizaron. El mismo criterio debe aplicarse para el registro de los saldos. Deberá señalar los montos sin centavos. Consulte estados de cuenta bancarios, de inversiones, de ahorro y de gravámenes, escrituras o contratos de compra-venta de inmuebles y comprobantes fiscales por la adquisición de bienes muebles, correspondientes a las operaciones realizadas en 2016, la Constancia de Sueldos, Salarios, Conceptos Asimilados, Crédito al Salario y Subsidio para el Empleo, asi como las declaraciones de situación patrimonial y de Impuesto Sobre la Renta presentadas en 2016. Impreso : 04/08/2017 1:39:34 p.m. Page 3 of 6

SUELDOS, HONORARIOS, GRATIFICACIONES Y OTRAS PRESTACIONES LABORALES PORSU CARGO PUBLICO [TOTAL DEINGRESOS PORSUELDOS, SALARIOS YCONCEPTOS ASIMILADOS menos IMPUESTO RETENIDO AL CONTRIBUYENTE (A. menos P.)] $312,925 OTROS INGRESOS POR ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y/O COMERCIAL POR INTERESES, RENDIMIENTOS O BENEFICIOS GENERADOS EN CUENTAS DE AHORRO, DE INVERSIONES, ETC. (NO INCLUIR INTERESESRELACIONADOS CON ELSEGURODE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO) $0 POR SERVICIOS PROFESIONALES, PARTICIPACIÓN EN CONSEJOS, CONSULTORÍAS O ASESORÍAS $0 POR ARRENDAMIENTOS, REGALÍAS, SORTEOS, CONCURSOS, DONACIONES, VENTA DE VALORES, HERENCIAS O LEGADOS, PENSIÓN ALIMENTICIA, ETC. $0 INGRESOS DE SU CÓNYUGE, CONCUBINA, O CONCUBINARIO INGRESOS DESUS DEPENDIENTESECONÓMICOS SALDO A FAVOR DE ISR RECIBIDO EN EL EJERCICIO 2016 MONTO ALTADE BIENE? INMUEBLES BASA DE BIENES INMUEBLES ALTA DE BIENES MUEBLES BAJA DE BIENES MUEBLES DONACIONES DE DINERO INVERSIONES, CUENTAS BANCARIAS YAHORRO TITULAR DE LA OPERACIÓN DECLARANTE TIPO DE OPERACIÓN CHEQUES 0 NÓMINA No. DE CUENTA O CONTRATO INSTITUCIÓN, RAZÓN SALDO AL 31 DE CANCELADA SOCIAL O NOMBRE DE LA DICIEMBRE DE 2016 PERSONA $13,074,610 NO DECLARANTE AHORRO $6,500 ' No GRAVÁMENESO ADEUDOS DATOSDESU CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO Y PPPCNPIEHTES ECONÓMICOS Impreso : 04/08/2017 1:39:34 p.m, Page 4 of 6

De conformidad con el artículo 70, fracción XII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se publicará en Internet la versión pública de su declaración patrimonial, atendiendo también a lo dispuesto en los artículos 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y 69, tercer párrafo del Acuerdo General Número 9/2005 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Con base en lo expuesto en el párrafo anterior ' a i.n i.'rí > * A N'"- fírm!0>\ Sí 30/05/2017 DÍA MES AÑO CESAR OCTAVIO AYALA ESCALANTE NOMBRE COMPLETO Reitero que la información vertida en esta declaración es veraz y que contiene toda situación patrimonial, por lo que con base en lo dispuesto en los artículos 8, fracción XV y Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, solicito presentada la declaración de modificación patrimonial. la información de mi 37, fracción III, de la que se tenga por FECHA DE ELABORACIÓN 30/05/2017 SALTILLO, COAHUILA 0 ACEPTO día mes ano LUGAR ICESAR OCTAVIO AYALA ESCALANTE NOMBRE COMPLETO Impreso ; 04/08/2017 1:39:34 p.m. Page 5 of 6

Conforme a lo dispuesto en el articulo 108 de la Constitución Federal, los servidores públicos se encuentran obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses. Por su parte, el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos disponen que os servidores públicos de la Federación deben salvaguardar en su actuar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia. El artículo 8, fracción XII, segundo párrafo de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos señala que habrá conflicto de intereses "cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcia! de su empleo, cargo o comisión." En relación con el posible conflicto de intereses en el desempeño de sus labores, destacan las fracciones XI, XII y XIII del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos que prevén obligaciones específicas para los servidores públicos de excusarse o abstenerse de actuar o intervenir en aquellos casos en los que pueda resultar u obtener beneficio para él, para algún familiar o con quien tenga relación personal o de negocios. Por las consideraciones anteriores, ratifico que desde que me desempeño como servidor público estoy obligado a cumplir con las disposiciones normativas que regulan el cargo que ocupo, para salvaguardar los principios referidos. CESAR OCTAVIO AYALA ESCALANTE NOMBRE COMPLETO 30/05/2017 DÍA mes ano 0 ACEPTO ARTICULO 8.- Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones; XI.- Excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte. El servidor público deberá informar por escrito al jefe inmediato sobre la atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia el párrafo anterior y que sean de su conocimiento, y observar sus instrucciones por escrito sobre su atención, tramitación y resolución, cuando el servidor público no pueda abstenerse de intervenir en ellos; XII.- Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones, de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, bienes muebles o inmuebles mediante enajenación en precio notoriamente inferior al que tenga en el mercado ordinario, donaciones, servicios, empleos, cargos o comisiones para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XI de este artículo, que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo o comisión. Habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargoo comisión. Una vez concluido el empleo, cargo o comisión, el servidor público deberá observar, para evitar incurrir en intereses en conflicto, lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley; XIII.- Desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función, sean para él o para las personas a las que se refiere la fracción XI; (...) Impreso : 04/08/2017 1:39:34 p.m. Page 6 of 6