Protecció passiva contra el foc



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Ens preocupem de la seva seguretat Protegim el seu patrimoni DELEGACIONS Barcelona t 93 573 81 91 f 93 573 72 46 Protecció passiva contra el foc Girona t 972 17 23 53 f 972 17 21 38 Lleida t 973 24 17 71 f 973 22 86 13 Tarragona t 977 76 25 05 f 977 76 25 41 Crta. Antiga d'amer, 10-12 (Pol. Ind. Domeny) 17007 (Girona) info@bristol2000.com - www.bristol2000.com At. Client t 902 36 22 61 f 902 36 22 64 IGNIFUGATSBARCELONAIGNIFUGATSGIRONAIGNIFUGATSLLEIDAIGNIFUGATSTARRAGONAIGNIFU GATSBARCELONAIGNIFUGATSGIRONAIGNIFUGATSLLEIDAIGNIFUGATSTARRAGONAIGNIFUGATSB ARCELONAIGNIFUGATSGIRONAIGNIFUGATSLLEIDAIGNIFUGATSTARRAGONAIGNIFUGATSBARCEL ONAIGNIFUGATSGIRONAIGNIFUGATSLLEIDAIGNIFUGATSTARRAGONAIGNIFUGATSBARCELONAIG NIFUGATSGIRONAIGNIFUGATSLLEIDAIGNIFUGATSTARRAGONAIGNIFUGATSBARCELONAIGNIFUG D'ESTRUCTURES METÀL LIQUES R-15' R-30' R-60' R-90' R-120' R-180' R-240 PINTURA INTUMESCENT * * * * * en funció de la massivitat dels perfils. D'ESTRUCTURES DE FORMIGÓ PINTURA INTUMESCENT R-15' R-30' R-60' R-90' R-120' R-180' R-240

D'ESTRUCTURES DE FUSTA PINTURA INTUMESCENT R-15' R-30' R-60' R-90' R-120' R-180' R-240 D'ESTRUCTURES DE FOSA PINTURA INTUMESCENT * * * * * * en casos específics. DE FORJATS COL.LABORANTS, PREFABRICATS I RETICULARS PINTURA INTUMESCENT DE PARETS PINTURA INTUMESCENT

COMPARTIMENTACIÓ HORITZONTAL I VERTICAL FRANGES TALLAFOCS FORJAT/FAÇANA I MITJERA/COBERTA CONDUCTES DE VENTILACIÓ SEGELLAMENTS DE PASSOS D'INSTAL LACIONS MASSILLES TERMOPLÀSTIQUES ESCUMA SEGELLADORA SACS INTUMESCENTS PANELL SEMIRRÍGID I RESINES REIXES INTUMESCENTS MANEGUETS INTUMESCENTS COLLARETS INTUMESCENTS

RESUMEN DEL REAL DECRETO 314/2006, DE 17 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL CODIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. (C.T.E.) PARTE I DOCUMENTO BÁSICO SI. Sección SI 6 Resistencia al fuego de la estructura 3 Elementos estructurales principales 1 Se considera que la resistencia al fuego de un elemento estructural principal del edificio (incluidos forjados, vigas y soportes), es suficiente si: a) alcanza la clase indicada en la tabla 3.1 o 3.2 que representa el tiempo en minutos de resistencia ante la acción representada por la curva normalizada tiempo temperatura, o b) soporta dicha acción durante el tiempo equivalente de exposición al fuego indicado en el anejo B. Tabla 3.1 Resistencia al fuego suficiente de los elementos estructurales Uso del sector de incendio considerado (1) s de sótano s sobre rasante altura de evacuación del edificio <15 m <28 m ³'28m Vivienda unifamiliar (2) R 30 R 30 - - Residencial Vivienda, Residencial Público, Docente, Administrativo R 120 R 60 R 90 R 120 Comercial, Pública Concurrencia, Hospitalario R 120 (3) R 90 R 120 R 180 Aparcamiento (edificio de uso exclusivo o situado sobre otro uso) R 90 Aparcamiento (situado bajo un uso distinto) R 120 (4) (1) La resistencia al fuego suficiente de un suelo es la que resulte al considerarlo como techo del sector de incendio situado bajo dicho suelo. (2) En viviendas unifamiliares agrupadas o adosadas, los elementos que formen parte de la estructura común tendrán la resistencia al fuego exigible a edificios de uso Residencial Vivienda. (3) R 180 si la altura de evacuación del edificio excede de 28 m. (4) R 180 cuando se trate de aparcamientos robotizados. Tabla 3.2 Resistencia al fuego suficiente de los elementos estructuralesde zonas de riesgo especial integradas en los edificios (1) Riesgo especial bajo R 90 Riesgo especial medio R 120 Riesgo especial alto R 180 (1) No será inferior al de la estructura portante de la planta del edificio excepto cuando la zona se encuentre bajo una cubierta no prevista para evacuación y cuyo fallo no suponga riesgo para la estabilidad de otras plantas ni para la compartimentación contra incendios, en cuyo caso puede ser R 30. La resistencia al fuego suficiente de un suelo es la que resulte al considerarlo como techo del sector de incendio situado bajo dicho suelo. 2 Las estructuras de cubiertas ligeras no previstas para ser utilizadas en la evacuación de los ocupantes y cuya altura respecto de la rasante exterior no exceda de 28 m, así como los elementos que únicamente sustenten dichas cubiertas, podrán ser R 30 cuando su fallo no pueda ocasionar daños graves a los edificios o establecimientos próximos, ni comprometer la estabilidad de otras plantas inferiores o la compartimentación de los sectores de incendio. A tales efectos, puede entenderse como ligera aquella cubierta cuya carga permanente no exceda de 1 kn/m². 3 Los elementos estructurales de una escalera protegida o de un pasillo protegido que estén contenidos en el recinto de éstos, serán como mínimo R-30. Cuando se trate de escaleras especialmente protegidas no se exige resistencia al fuego a los elementos estructurales. 4 Elementos estructurales secundarios 1 A los elementos estructurales secundarios, tales como los cargaderos o los de las entreplantas de un local, se les exige la misma resistencia al fuego que a los elementos principales si su colapso puede ocasionar daños personales o compromete la estabilidad global, la evacuación o la compartimentación en sectores de incendio del edificio. En otros casos no precisan cumplir ninguna exigencia deresistencia al fuego. 2 Las estructuras sustentantes de elementos textiles de cubierta integrados en edificios, tales como carpas, no precisan cumplir ninguna exigencia de resistencia al fuego siempre que, además ser clase M2 conforme a UNE 23727:1990 según se establece en el Capítulo 4 de la Sección 1 de este DB, el certificado de ensayo acredite la perforación del elemento. En caso contrario, los elementos de dichas estructuras deberán ser R 30.

RESUMEN DELCTE DB-SI Tabla F.1. Resistencia al fuego de muros y tabiques de fábrica de ladrillo cerámico o sílico-calcáreo Espesor de la fábrica en mm. Tipo de revestimiento Con ladrillo hueco Con ladrillo hueco macizo o perforado Con bloques de arcilla aligerada 40<e<80 80<e<100 e>110 110<e<200 e>200 140<e<240 e>240 Sin revestir (1) (1) (1) REI-120 REI-240 (1) (1) Por la cara (1) EI-60 EI-90 EI-180 EI-240 EI-180 EI-240 Enfoscado expuesta Por las dos caras REI-30 REI-90 REI-120 REI-180 REI-240 REI-180 REI-240 Por la cara expuesta EI-60 EI-120 EI-180 EI-240 EI-240 EI-240 EI-240 Guarnecido Por las dos EI-90 EI-180 EI-240 EI-240 EI-240 EI-240 EI-240 caras (1) No es usual Tabla F.2. Resistencia al fuego de muros y tabiques de fábrica de bloques de hormigón Tipo de cámara Tipo de árido Tipo de revestimiento Espesor nominal en mm Resistencia al fuego Simple Silíceo Sin revestir 100 EI-15 150 REI-60 200 REI-120 Calizo Enfoscado por las dos caras 100 EI-60 150 REI-90 200 REI-180 Volcánico Sin revestir 120 EI-120 200 REI-180 Guarnecido por la cara expuesta 120 EI-120 Guarnecido por las dos caras 90 EI-180 Guarnecido por la cara expuesta 120 EI-180 (enfoscado por la cara exterior) 200 REI-240 Arcilla expandida Sin revestir 200 REI-120 Doble Arcilla expandida Sin revestir 200 REI-180. Correspondència entre la classificació estatal i la nova classificació europea segons RD 312/2005 TIPUS D'ELEMENTS CONSTRUCTIUS i característiques ELEMENTS PORTANTS PARTICIONS SOSTRES - sense funció de separació al foc - amb funció de separació al foc - amb funció de separació al foc - amb resistència intrínseca al foc CLASSIFICACIÓ segons reglamentació reglamentació vigent europea EF-t PF-t R t R E t FAÇANES (murs cortina) i MURS EXTERIORS (inclòs elements de vidre) PF-t E t TERRES ELEVATS *R-f SISTEMES D'OBTURACIÓ - de penetracions de cables i canonades - (segellat) de penetracions de cables i canonades PORTES - I elements practicables resistents al foc i els seus dispositius de tancament - de recinte de planta de l'ascensor **EI 2 -C t (2) PF-t E-C t (2) PF-t E t (3)

RESUMEN DEL REAL DECRETO 2267/2004, DE 3 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. BOE NÚM. 303 DE 17 DE DICIEMBRE 2.1 Establecimientos industriales ubicados en un edificio: TIPO A: el establecimiento industrial ocupa parcialmente un edificio que tiene, además, otros establecimientos, ya sean estos de uso industrial ya de otros usos. TIPO B: el establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio que está adosado a otro u otros edificios, o a una distancia igual o inferior a tres metros de otro u otros edificios, de otro establecimiento, ya sean estos de uso industrial o bien de otros usos. Para establecimientos industriales que ocupen una nave adosada con estructura compartida con las contiguas, que en todo caso deberán tener cubierta independiente, se admitirá el cumplimiento de las exigencias correspondientes al tipo B, siempre que se justifique técnicamente que el posible colapso de la estructura no afecte a las naves colindantes. TIPO C: el establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio, o varios, en su caso, que está a una distancia mayor de tres metros del edificio más próximo de otros establecimientos. Dicha distancia deberá estar libre de mercancías combustibles o elementos intermedios susceptibles de propagar el incendio. 2.2 Establecimientos industriales que desarrollan su actividad en espacios abiertos que no constituyen un edificio: TIPO D: el establecimiento industrial ocupa un espacio abierto, que puede estar totalmente cubierto, alguna de cuyas fachadas carece totalmente de cerramiento lateral. TIPO E: el establecimiento industrial ocupa un espacio abierto que puede estar parcialmente cubierto (hasta un 50 por ciento de su superficie), alguna de cuyas fachadas en la parte cubierta carece totalmente de cerramiento lateral. TIPO A: Estructura portante común con otros establecimientos TIPO A:Vertical TIPO A:horizontal TIPO B TIPO C TIPO D Ubicación de la actividad industrial TIPO E TABLA 2.2 ESTABILIDAD AL FUEGO DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES PORTANTES

Nivel de riesgo intrínseco sótano Tipo A Tipo B Tipo C sobre rasante sótano sobre rasante sótano Nivel de riesgo Tipo B Tipo C intrínseco Sobre rasante Sobre rasante Riesgo bajo R 15 No se exige Riesgo medio R 30 R 15 Riesgo alto R 60 R 30 sobre rasante Bajo R 120 R 90 R 90 R 60 R 60 R 30 Medio No R 120 R 120 R 90 R90 R 60 admitido No No Alto admitido admitido R 180 R 120 R 120 R 90 Con independencia de la estabilidad al fuego exigida en la tabla 2.2, para los establecimientos industriales ubicados en edificios con otros usos, el valor exigido a sus elementos estructurales no será inferior a la exigida al conjunto del edificio en aplicación de la normativa que sea de aplicación. 4.2 Para la estructura principal de cubiertas ligeras y sus soportes en plantas sobre rasante, no previstas para ser utilizadas en la evacuación de los ocupantes, siempre que se justifique que su fallo no pueda ocasionar daños graves a los edificios o establecimientos próximos, ni comprometan la estabilidad de otras plantas inferiores o la sectorización de incendios implantada y, si su riesgo intrínseco es medio o alto, disponga de un sistema de extracción de humos, se podrán adoptar los valores siguientes: TABLA 2.3 Tipologías concretas. 4.2.1 Cubiertas ligeras en ubicaciçon de tipo A Edificación en altura La columna Tipo C, sobre rasante de la tabla 2.3 será también de aplicación a la estructura principal de cubiertas ligeras en edificios exentos y a una distancia mayor de tres m respecto al límite de parcela colindante, en configuración de tipo A.

4.2.2 Naves industriales en planta baja. La tabla 2.3 será también de aplicación a las estructuras principales de cubiertas ligeras y sus soportes en edificios en planta baja. 4.2.3 Naves industriales con entreplanta La tabla 2.3 será también de aplicación tanto a la estructura principal de cubiertas ligeras como a los soportes que sustentan una entreplanta, en edificios industriales de tipo B y C, siempre que se cumpla que el 90 por ciento de la superficie del establecimiento, como mínimo, esté en planta baja, y el 10 por ciento, en planta sobre rasante, y se justifique mediante cálculos que la entreplanta puede soportar el fallo de la cubierta, y que los recorridos de evacuación, desde cualquier punto del establecimiento industrial hasta una salida de planta o del edificio, no superen los 25 metros. Para actividades clasificadas de riesgo intrínseco bajo, la entreplanta podrá ser de hasta el 20 por ciento de la superficie total, y los recorridos de evacuación hasta una salida del edificio, de 50 m, siempre que el número de ocupantes sea inferior a 25 personas. 4.2.4 Naves industriales con puentes grúa La tabla 2.3 será también de aplicación a las estructuras principales de cubierta ligeras que, en su caso, soporten, además, una grúa (p.ej: grúa pluma o puente grúa), considerada sin carga. 4.2.5 Naves industriales tipo A de con medianerías (edificación en planta baja). A las cubiertas ligeras de los edificios industriales de tipo A con medianerías, será de aplicación lo previsto en el apartado 5.4 Estabilidad al fuego s/tabla 2.3, para edificios tipo B

La estructura principal de la cubierta puede adoptar los valores de estabilidad ante el fuego de la tabla 2.3 correspondientes a los valores de establecimiento de tipo B. Esta condición no será aplicable cuando la cubierta sea compartida por dos o más establecimientos industriales distintos. 4.3 En edificios de una sola planta con cubierta ligera, cuando la superficie total del sector de incendios esté protegida por una instalación de rociadores automáticos de agua y un sistema de evacuación de humos, los valores de la estabilidad al fuego de las estructuras portantes podrán adoptar los siguientes valores: Nivel de riesgo intrínseco TABLA 2.4 Edificio de una sola planta Tipo A Tipo B Tipo C Riesgo bajo R 60 No se exige No se exige Riesgo medio R 90 R 15 No se exige Riesgo alto No admitido R 30 R 15 Nota: cuando, de acuerdo con la tabla 2.3 o la tabla 2.4, esté permitido no justificar la estabilidad al fuego de la estructura, deberá señalizarse en el acceso principal del edificio para que el personal de los servicios de extinción tenga conocimiento de esta particularidad. En los establecimientos industriales de una sola planta, o con zonas administrativas en más de una planta pero compartimentadas del uso industrial según su reglamentación específica, situados en edificios de tipo C, separados al menos 10 m de límites de parcelas con posibilidad de edificar en ellas, no será necesario justificar la estabilidad al fuego de la estructura. Ens preocupem de la seva seguretat Protegim el seu patrimoni DELEGACIONS Barcelona t 93 573 81 91 f 93 573 72 46 Protecció passiva contra el foc Girona t 972 17 23 53 f 972 17 21 38 Lleida t 973 24 17 71 f 973 22 86 13 Tarragona t 977 76 25 05 f 977 76 25 41 Crta. Antiga d'amer, 10-12 (Pol. Ind. Domeny) 17007 (Girona) info@bristol2000.com - www.bristol2000.com At. Client t 902 36 22 61 f 902 36 22 64 IGNIFUGATSBARCELONAIGNIFUGATSGIRONAIGNIFUGATSLLEIDAIGNIFUGATSTARRAGONAIGNIFU GATSBARCELONAIGNIFUGATSGIRONAIGNIFUGATSLLEIDAIGNIFUGATSTARRAGONAIGNIFUGATSB ARCELONAIGNIFUGATSGIRONAIGNIFUGATSLLEIDAIGNIFUGATSTARRAGONAIGNIFUGATSBARCEL ONAIGNIFUGATSGIRONAIGNIFUGATSLLEIDAIGNIFUGATSTARRAGONAIGNIFUGATSBARCELONAIG NIFUGATSGIRONAIGNIFUGATSLLEIDAIGNIFUGATSTARRAGONAIGNIFUGATSBARCELONAIGNIFUG