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Las partes firmantes se reconocen recíprocamente capacidad para formalizar el presente CONVENIO. EXPONEN

Transcripción:

MBA'APO,JEPOROMOMBA' APO HA MIMSTERIO Ol SEGURIDAD SOCAL TETA' REKUAI GOBIERNO' NACIONAL jajapo llande upera ko aga gulve CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO V SEGURIDAD SOCIAL DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Y LA FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA (ESPAÑA) Salamanca (España), a 16 de septiembre de 2016.- REUNIDOS: De una parte, D. GUILLERMO SOSA FLORES, en su calidad de Ministro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la República del Paraguay y representante de la misma, en virtud del Decreto del Poder Ejecutivo N 1433/2014. De otra parte, D. ÓSCAR GONZÁLEZ BENITO, en su calidad de Director-Gerente de la Fundación General de la Universidad de Salamanca, con D.N.I. n.!! 07.871.935-R y con poderes suficientes para la celebración de este acto en virtud del acuerdo adoptado en la )unta Ordinaria del Patronato de la Fundación General de la Universidad de Salamanca celebrado el 17 de diciembre de 2013, poderes que no le han sido derogados ni modificados. ------------------------------------------------------------------------------------------------ Ambas partes se reconocen mutuamente plena capacidad para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto, ----------------------------------------------------------------------------------- EXPONEN: Que La Fundación General de la Universidad de Salamanca (en lo sucesivo, FG/USAL) es una institución sin ánimo de lucro que tiene como objetivo primordial cooperar al cumplimiento de los fines de la Universidad de Salamanca, previstos en el articulo segundo de sus Estatutos (Acuerdo 19/2003 de la Junta de Castilla y León, publicados en BOCYL n.!! 22, de 3 de febrero de 2003, modificados por Acuerdo 38/2011 de la Junta de Castilla y León, BOCYL n.!! 90, de 11 de mayo). ------------------------------------------------------------------- Que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ( en lo sucesivo, MTESS), es un órgano del Poder Ejecutivo, de orden público, cuya función principal es formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en las materias socio-laborales, derechos fundamentales en el ámbito laboral incorporando la perspectiva de género, seguridad y salud en el trabajo, difusión de la normativa, información laboral y del mercado de trabajo, diálogo social, en los conflictos y relaciones de trabajo, seguridad social, inspección del trabajo, promoción del empleo, intermediación laboral, formación profesional y capacitación para el trabajo, normalización y certificación de competencias laborales, autoempleo, reconversión laboral y migración laboral. r Que la FG/USAL, en desarrollo de sus competencias, participa de los mismos objetivos que persigue el MTESS, en especial el fomento de actividades académicas, formativas y educativas, que redunden en beneficio de la sociedad. --------------------------------------------- Que ambas Instituciones están interesadas en establecer una mutua colaboración / mediante el inicio de acciones comunes en materia formativa y educativa, a cuyo fin (; vienen a suscribir el presente Convenio de Colaboración de conformidad a las siguientes - Página 1 de 1

MBA' APO,JEPOROMOMBA' APOHA TET AYGUAJBKOPORA TETÁ' REKUÁI MDflNONOtllll MINimRIOO[ SEGURIDAD SOOAL J Japo llande rapera ko ' aga gulve CLÁUSULAS PRIMERA.- Del objeto del Convenio. --------------------------------------------------------------- Mediante el presente Convenio se pretende establecer una relación de colaboración entre la FG/USAL y el MTESS para el desarrollo de la actividad periódica "Cursos de Especialización en Derecho" (en lo sucesivo, CEO) que sea beneficioso para ambas Partes. ------------------------------------------------------------------------------------------------- SEGUNDA.- De los CEO y de los beneficiarios del Convenio. --------------------------------- Mediante esta actividad, la FG/USAL ofrecerá formación continuada de alto nivel en condiciones especialmente ventajosas a los titulados superiores en ciencias jurídicas u otras disciplinas afines vinculados al MTESS, procurando su perfeccionamiento profesional. ------------------------------------------------------------------------------------------- Los CED se imparten en dos ediciones anuales, ofreciendo en cada una de ellas una colección de programas académicos relacionados con las diferentes ramas del ordenamiento jurídico y que, actualizados, se pueden consultar en la web http:/ jfundacion.usal.esjced. Cada programa se compone de 120 horas nominales, de las cuales 60 tienen carácter presencial y se cursan en Salamanca, correspondiendo las 60 horas restantes a la realización y superación de un trabajo de investigación relacionado con alguna de las materias desarrolladas en la parte presencial. ----------- TERCERA.- De los compromisos de las Partes. ------------------------------------------------- La FG/USAL se compromete ante el MTESS a realizar las siguientes acciones: ---------- a) Facilitar información de cada nueva edición de los Cursos de Especialización en Derecho con carácter prioritario, facilitando tanto las direcciones URL que sean precisas para acceder a ella como el material de difusión en papel que edite la FG/U SAL (carteles, dípticos, etc.). ---------------------------------------------------------- b} Garantizar un descuento variable en el precio de la inscripción en los Cursos de Especialización en Derecho a los grupos de personas adscritas y jo dependientes del MTESS, que se practicará del siguiente modo: -------------------------------------- -Grupo de tres (3) o más personas: 15 por 100. -------------------------------------- -Grupo de cinco (S) o más personas: 20 por 100. ------------------------------------- e) Incorporar ellogo o signos distintivos del MTESS bajo el concepto de "institución colaboradora", en condiciones de igualdad con otras entidades con las que la FG/USAL llegue a acuerdos similares al documentado en el presente Convenio. - El MTESS se compromete ante la FG/USAL a realizar las siguientes acciones: ---------- a} Respecto del proceso de inscripción de los beneficiarios de los descuentos arriba indicados, el/la Coordinador /a indicado en la Cláusula Cuarta del presente ( Convenio gestionará on-line ante la FG/USAL los trámites que sean precisos aportando, de una sola vez, la documentación que sea exigible con carácter general, a través del procedimiento habilitado por la FG/USAL. A tal efecto, una de las cartas de recomendación de cada uno de los beneficiarios deberá proceder del responsable del departamento o servicio al que pertenezca en el MTESS. ----- 1 Página 2 de 2

MBA'APO,JEPOROMOMBA' APOHA MOlfNOND{HA MINimRIOO[ TRABAJ~!MJUO Y SEGURIDAUSOCAL 1ETÁ, REKUÁI )ejapo llende repera ko'lga gulve b) El pago correspondiente a la matrícula de Jos beneficiarios quedará a cargo de los funcionarios del MTESS que deseen participar de Jos cursos. La Dirección General de Planificación del MTESS coordinará la lista final de participantes. Los pagos correspondientes serán tramitados directamente por los funcionarios participantes con la Fundación, conforme a las modalidades aceptadas por la \íltima. -- --~--- --~~------ ---------~- -------- ------------------------------------- ----------------- e) Ofrecerá difusión de los Cursos de Especialización en Derecho a través de los medios corporativos que a tal efecto disponga, con inclusión de la convocatoria general en las redes sociales de Internet en que participe, tomando como referencia la información general que ofrezca la FG/USAL. Al comienzo de cada convocatoria, el MTESS informará a la FG/USAL de las acciones emprendidas en tal sentido. -------------------------------------------------------------------------------------- CUARTA. - Coordinación y notificaciones. ------------------------------------------------------- La dependencia responsable dentro del MTESS de velar del buen fin del presente Convenio es la Dirección General de Planificación y Cooperación, quedando su ejecución inicialmente encomendada a la Abogada Laura Díaz Grutter, Encargada de Despacho de la Dirección General de Planificación y Cooperación, quien actuará como Coordinadora. Las notificaciones y comunicaciones deberán dirigirse a dicha Coordinadora a las siguientes dirección postal, fax o correo electrónico: ---------------- Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Departamento: Dirección General de Planificación y Cooperación Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarf, 3er piso. Asunción, Rep\íblica del Paraguay Teléfono: (021) 490-002 Correo electrónico: lau_diaz03@hotmail.com La dependencia responsable dentro de la FG/USAL de coordinar las actividades de la FG/USAL según este Convenio es su Departamento de Formación y Congresos, quedando a cargo del Sr. D. Óscar González Benito, Director Gerente de la FG/USAL. Las notificaciones y comunicaciones deberán dirigirse a la siguiente dirección, teléfono, fax y correo electrónico: ---------------------------------------------------------------- Fundación General de la Universidad de Salamanca ----------------------------------- Departamento de Formación y Congresos --- --- - - ------------ ------- --- -- ---- ------- ~ - - - Hospedería de Fonseca- Calle Fonseca, 2 ----- -------- --- -- ---- - ------ ----- ------- -~ ----- 3 7002 - Salamanca (España) ---------------------------------------------------------------- Teléfono: ( + 34) 923 2 94 6 79 -- - ------ ---- - ----~--- - ----- ---------- ------ - ------------ ------- Fax: ( +34) 923 294 702 ---------------------------------------------------------------------- Correo electrónico: fundacion.postgrado@usal.es -------------------------------------- Todas las comunicaciones y notificaciones que deriven de este Convenio sólo tendrán ( validez cuando sean remitidas por correo postal, vía fax o por correo electrónico y estén dirigidas a los Coordinadores respectivos en las direcciones indicadas en Jos párrafos anteriores. --------------------------------------------------------------------------------- Cualquiera de las Partes podrá cambiar la dependencia responsable, el/la Coordinador/a designado/a, la dirección, teléfono, fax o correo electrónico indicados, notificándolo asf a la otra Parte por escrito. ---------------------------------------------------- Página 3 de 3

MBA'APO,JEPOROMOMBA' APO HA MOlE!tONDfltA MINISTDIIO O( TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOOAL, TETA' REKUAI )a)apo llande raperl ko'lga gulve QUINTA.- Disposición financiera. ---------------------------------------------- ------------------- Sin perjuicio de lo que las Partes dispongan en los acuerdos suplementarios suscritos en virtud de este Convenio, este Convenio por si solo no implica obligaciones de carácter financiero para las Partes. -------------------------------------------------------------- SEXTA.- De la colaboración entre los firmantes. ----------------------------------------------- Las Partes firmantes del presente Convenio colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficiencia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. ---------------------------------------------------------------------------- SÉPTIMA.- Protección de datos de carácter personal. ---------------------------------------- Las partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal exclusivamente de acuerdo con las finalidades previstas en el presente Convenio y dentro de sus lfmites, de conformidad en todo momento con las disposiciones legales vigentes sobre la materia y, en especial, con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y su normativa de desarrollo. - OCTAVA.- Uso de signos distintivos. -------------------------------------------------------------- El uso del logotipo, marca y demás signos distintivos de la FUNDACIÓN GENERAL y de los CEO quedará limitado exclusivamente a la difusión y desarrollo de la actividad objeto del presente acuerdo. ---------------------------------------------------------------------- Salvo autorización expresa y por escrito, no se autoriza a terceras empresas o entidades relacionadas con el MTESS a hacer uso de los signos distintivos de la FUNDACIÓN GENERAL y de los CEO. ----------------------------------------------------------- NOVENA. -De las Modificaciones: ------------------------------------------------------------------ El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por mutuo acuerdo de las Partes, a petición de una de ellas. Las modificaciones entran en vigor en la fecha en que sea acordada por ambas instituciones. Las modificaciones no deberán afectar sustancialmente los objetivos del Convenio, y serán pactadas por medio de adendas.- DECIMA. - De la Resolución de Diferencias: ------------------------------------------------------ Para todos los efectos derivados de este Convenio, las Partes acuerdan resolver sus -r diferencias de manera amistosa, con la participación de un mediador designado de común acuerdo, si la circunstancia asf lo exige. DECIMA PRIMERA. -De la duración del Convenio. --------------------------------------------{; J El presente Convenio entrará en vigor en el momento de la firma y tendrá una vigencia de tres (3) años. Podrá ser modificado por las partes mediante declaración concorde. Transcurrido este plazo, las partes valorarán la conveniencia de prorrogar el convenio a través del correspondiente acuerdo. -------------------------------------------- Página4de 4

MBA' APO, JEPOROMOMBA' APO HA TETAYGUAJEJKOPORA MOTENOHDlHII MINIStERIO DI SEGURIDAD SOCIAL 'IEI'A' REKUAI GOBIERNO, NACIONAL JaJapo llande raper6 ko ' lga gulve Este Convenio podrá terminarse de mutuo consentimiento o podrá darse por terminado por cualquiera de las Partes mediante notificación escrita a la otra con una antelación no menor a los treinta días. ---------------------------------------------------------- Los acuerdos que, en desarrollo del presente Convenio, no hubiesen concluido al término del mismo, permanecerán en vigor hasta su finalización, salvo acuerdo previo de las partes. -------------------------------------------------------------------------------------------------------- Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad de las Partes, firman el presente Convenio, por duplicado ejemplar de todas sus hojas y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. -------------------------------------- POR EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Página S de S