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Transcripción:

4.- PARCELAS RESULTANTES. ADJUDICACION Página 35

4.1.- DEFINICIÓN DE PARCELAS RESULTANTES. A) SUPERFICIES DE APROVECHAMIENTO PRIVADO: La Unidad de ejecución definida por el P.G.O.U. aprobado establece las superficies susceptibles de aprovechamiento privado según parcela neta de la ordenación pormenorizada. La Unidad de ejecución se encuentra dividida en dos manzanas una de tres alturas y otra de cuatro, según planos adjuntos. La superficie total del suelo residencial es de 8.982,59 m 2 y una edificabilidad correspondiente de 32.485,20 m 2 t. B) CRITERIOS DE REPARTO: La división de las parcelas resultantes se ha realizado con el criterio de atribuir a los titulares de derechos, la superficie de suelo susceptible de aprovechamiento, de la forma más operativa posible, que en el presente caso es ajustada a su parcela inicial. En el presente Proyecto de Reparcelación se ha contemplado la opción de pago en metálico. C) PARCELAS RESULTANTES Y ADJUDICACIONES: De acuerdo con los criterios de adjudicación señalados en este Proyecto de Reparcelación, se ha procedido a efectuar las adjudicaciones de las distintas superficies de aprovechamiento privado establecidas en la Unidad de Ejecución Nº4 del Plan General de Ordenación Urbana de Castalla. Las fincas adjudicadas se subrogan con plena eficacia real en las antiguas propiedades, estando exenta dicha subrogación del Impuesto de Transmisiones y del Incremento del Valor de los terrenos. En atención a los porcentajes con que participa cada titular y los derechos que les corresponden, se ha procedido a la adjudicación de la forma siguiente: Cuadro de Parcelas Resultantes y Adjudicaciones ADJUDICACION PARCELA SUPERFICIE EDIFICABILIDAD FINAL PROPIETARIO M2 M2T % A Altos de Castalla 2005, S.L. 3.514,81 14.059,25 43,279 B Altos de Castalla 2005, S.L. 372,76 1.491,03 4,590 C Construcciones Martínez Bernabeu, S.L. 792,24 3.168,96 9,755 D Juan Bautista Cerda Guill y otros 857,63 3.430,52 10,560 E Encarnación Zamora Salvador 222,75 668,25 2,057 F Pedro Juan Bernabeu Berbegal y esposa 220,47 661,41 2,036 G Maria Teresa Torices 470,30 1.410,90 4,343 H Domenech Cerdá Promociones, S.L. 564,46 1.693,37 5,213 I Domenech Cerdá Promociones, S.L. 387,00 1.161,00 3,574 J Vicente Juan Rico 184,12 552,36 1,700 K José Guill Pérez y esposa 183,09 549,27 1,691 M José Cerdá Gimeno y esposa 181,98 545,94 1,681 N Domingo Marco Rico y esposa 185,58 556,74 1,714 Ñ José Vidal Rico y esposa 845,40 2.536,20 7,807 8.982,59 32.485,20 100,000 Página 36

4.2.-ADJUDICACIÓN DE PARCELAS RESULTANTES 4.2.1.- PARCELA A 4.2.1.1.- Descripción: Solar de tres mil quinientos catorce metros con ochenta y un decímetros cuadrados (3.514,81 m 2 ), sita en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte calle Zurbarán, Sur; Ronda Foia Oeste, por el Este, avenida de Petrer y por el Oeste parcela B de este 4.2.1.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 14.059,25 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.1.3.- Adjudicatario: Se adjudica en pleno dominio y con carácter privativo a ALTOS DE CASTALLA 2005, S.L. constituida en escritura autorizada el día 23 de Febrero de 2005, ante el Notario de Madrid, D. José Antonio García de Cortázar Nebreda, número 974 de protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Alicante, al tomo 2.908, libro 0, folio 148, hoja A-90.832, inscripción 1. CIF. número B53983045 4.2.1.4.- Fincas antiguas: Son adjudicatarios de esta parcela en virtud de la aportación del 100 % de la finca inicial nº 1 de este 4.2.1.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el proyecto de reparcelación de La Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.1.6.- Cargas: finca inicial nº 1 de la que provienen. 4.2.1.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 43,279 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 527.056,63 uros. 4.2.1.8.- Inscripción: Página 37

4.2.2.- PARCELA B 4.2.2.1.- Descripción: Solar de trescientos setenta y dos metros y setenta y seis decímetros cuadrados (372,76 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte calle Zurbarán, Sur; Ronda Foia, por el Este, parcela A de este Proyecto de Reparcelación y por el Oeste parcela C de este Proyecto de Reparcelación. 4.2.2.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 1.491,03 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.2.3.- Adjudicatario: Se adjudica en pleno dominio y con carácter privativo a ALTOS DE CASTALLA 2005,S.L. constituida en escritura autorizada el día 23 de Febrero de 2005, ante el Notario de Madrid, D. José Antonio García de Cortázar Nebreda, número 974 de protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Alicante, al tomo 2.908, libro 0, folio 148, hoja A-90.832, inscripción 1. CIF. número B53983045 4.2.2.4.- Fincas antiguas: Son adjudicatarios de esta parcela en virtud exceso de adjudicación de la finca inicial nº 1 de este 4.2.2.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.2.6.- Cargas: finca inicial nº 1 de la que provienen. 4.2.2.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 4,590 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 189.328,38 uros. 4.2.2.8.- Inscripción: Página 38

4.2.3.- PARCELA C 4.2.3.1.- Descripción: Solar de setecientos noventa y dos metros y veinticuatro decímetros cuadrados (792,24 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte calle Zurbarán, Sur; Ronda Foia, por el Este, parcela B de este Proyecto de Reparcelación y por el Oeste parcela D de este Proyecto de Reparcelación. 4.2.3.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 3.168,96 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.3.3.- Adjudicatario: Se adjudica en pleno dominio y con carácter privativo a CONSTRUCCIONES MARTINEZ BERNABEU, S.L. constituida en escritura autorizada el día 21 de Febrero de 1996, ante el Notario de Castalla, D. Juan Manuel Clemente González, número 201 de protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Alicante, al tomo 1.902 general, folio 53, hoja número A-37.268, inscripción 1ª. CIF. Número B-53102687. 4.2.3.4.- Fincas antiguas: Es adjudicatario de esta parcela en virtud de la aportación del 100 % de la finca inicial nº 2 de este 4.2.3.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.3.6.- Cargas: finca inicial nº 2 de la que provienen. 4.2.3.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 9.755 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 145.990,29 uros. 4.2.3.8.- Inscripción: Página 39

4.2.4.- PARCELA D 4.2.4.1.- Descripción: Solar de ochocientos cincuenta y siete metros y sesenta y tres decímetros cuadrados (857,63 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte calle Zurbarán, Sur; Ronda Foia, por el Este, parcela C de este Proyecto de Reparcelación y por el Oeste calle Gabriel Miro. 4.2.4.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 3.430.52 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.4.3.- Adjudicatario: Se adjudica en pleno dominio y con carácter privativo D. Juan Bautista Cerdá Guill. D.N.I. ---------------. 4.2.4.4.- Fincas antiguas: Es adjudicatario de esta parcela en virtud de la aportación del 60.36 % de la finca inicial nº 3 de este 4.2.4.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.4.6.- Cargas: finca inicial nº 3 de la que provienen. 4.2.4.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 10,560 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 157.781,50 uros. 4.2.4.8.- Inscripción: Página 40

4.2.5.- PARCELA E 4.2.5.1.- Descripción: Solar de doscientos veintidós metros y setenta y cinco decímetros cuadrados (222,75 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela F de este proyecto de reparcelación, Sur; Ronda Foia, por el Este, calle Gabriel Miro, y por el Oeste limite Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel Miro del P.G.O.U. de Castalla 4.2.5.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 668,25 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.5.3.- Adjudicatario: Se adjudica en pleno dominio y con carácter privativo a Dña. Encarnación Zamora Salvador, con D.N.I. ---------------- 4.2.5.4.- Fincas antiguas: Es adjudicatario de esta parcela en virtud de la aportación del 100 % de la finca inicial nº 4 de este 4.2.5.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.5.6.- Cargas: finca inicial nº 4 de la que provienen. 4.2.5.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 2,057 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 12.762,75 uros. 4.2.5.8.- Inscripción: Página 41

4.2.6.- PARCELA F 4.2.6.1.- Descripción: Solar de doscientos veinte metros y cuarenta y siete decímetros cuadrados (220,47 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela G de este proyecto de reparcelación, Sur; parcela E de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro, y por el Oeste limite Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel Miro del P.G.O.U. de Castalla 4.2.6.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 661,41 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.6.3.- Adjudicatario: Se adjudica en cuanto a la totalidad en pleno dominio y con carácter ganancial, a: D. PEDRO JUAN BERNABEU BERBEGAL, con NIF --------------- DÑA. FRANCISCA HERNADEZ CASTELLO, con NIF -------------------. 4.2.6.4.- Fincas antiguas: Son adjudicatarios de esta parcela en virtud de la aportación del 100 % de la finca inicial nº 5 de este 4.2.6.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.6.6.- Cargas: finca inicial nº 5 de la que provienen. 4.2.6.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 2,036 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 12.632,51 uros. 4.2.6.8.- Inscripción: Página 42

4.2.7.- PARCELA G 4.2.7.1.- Descripción: Solar de cuatrocientos setenta metros y treinta decímetros cuadrados (470,30 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela H de este proyecto de reparcelación, Sur; parcela F de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro, y por el Oeste limite Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel Miro del P.G.O.U. de Castalla. 4.2.7.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 1.410,90 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.7.3.- Adjudicatario: Se adjudica en pleno dominio y con carácter privativo a Dña. Maria Teresa Torices Rico, con NIF 74075255X 4.2.7.4.- Fincas antiguas: Es adjudicataria de esta parcela en virtud de la aportación del 100 % de la finca inicial nº 6 de este 4.2.7.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.7.6.- Cargas: finca inicial nº 6 de la que provienen. 4.2.7.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 4,343 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 26.947,23 uros. 4.2.7.8.- Inscripción: Página 43

4.2.8.- PARCELA H 4.2.8.1.- Descripción: Solar de quinientos sesenta y cuatro metros y cuarenta y seis decímetros cuadrados (564,46 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela I de este Proyecto de reparcelación, Sur; parcela G de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro y por el Oeste limite de la Unidad de Ejecución nº4 del P.G.O.U. de Castalla. 4.2.8.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 1.693,37 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.8.3.- Adjudicatario: Se adjudica en pleno dominio a DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. constituida en escritura autorizada el día 41 de Mayo de 2004, ante el Notario de Ibi, D. Víctor Calatayud Tormo, número 1000 de protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Alicante, al tomo 2.795, libro 0, folio 18, hoja número A-84.369, inscripción 1ª. CIF. número B-53879367. 4.2.8.4.- Fincas antiguas: Es adjudicataria de esta parcela en virtud de la aportación del 39,64% de la finca inicial nº 3 de este 4.2.8.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.8.6.- Cargas: finca inicial nº 3 de la que provienen, entre las que se encuentra: CARGAS QUE RECAERAN SOBRE LA PARCELA RESULTANTE ADJUDICADA A DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.l., según escritura otorgada ante el Notario de Castalla, D. Jose Luis Moler Bienes, con fecha 21 de noviembre de dos mil siete: Nº PROTOCOLO: NÚMERO DOS MIL OCHENTA Y SEIS. MODIFICACION DE DECLARACION DE OBRA NUEVA EN CONSTRUCCION y DIVISION EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL, Y CONSTITUCION DE SERVIDUMBRES EN CASTALLA, A VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE. Ante mí, JOSE-LUIS MOLER BIENES, Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en Castalla, C O M P A R E C E N DON JUAN DOMENECH CERDA, mayor de edad, soltero, vecino de Castalla (Alicante), ---------------------- y con D.N.I. número -----------------------. Página 44

DON JUAN-BAUTISTA CERDA GUILL, mayor de edad, viudo, vecino de Castalla, -----------------, y con D.N.I. número ---------------------. DON JUAN VICEDO ERADES, mayor de edad, casado, vecino de Aspe, --------------------------, y con D.N.I. número ---------------------. DON JESUS MUÑOZ GARCIA, mayor de edad, casado, empleado, vecino a estos efectos de Castalla, ----------------------------, y con N.I.F. -----------------------. E X P O N E N: I.- Que la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. otorgó escritura de declaración de obra nueva en construcción y división en régimen de propiedad horizontal, ante el Notario de Castalla, Don José-Luis Moler Bienes, el día 5 de octubre de 2.006, número 1.984 de protocolo. La descripción del solar de referencia, es la siguiente: SOLAR EDIFICABLE en Castalla, calle Goya, número cuarenta y siete, que tiene una superficie de QUINIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS (531 M²). LINDA: Frente, en línea de 29 50 metros, calle de su situación; Derecha entrando, en línea de 18 00 metros, María-Teresa Torices; Izquierda, en línea de 18 00 metros, Juan Juan Juan, y Fondo, en línea de 29 50 metros, resto de finca matriz, propiedad de la entidad Doménech Cerdá Promociones, S.L.. REFERENCIA CATASTRAL: Es parte de la parcela catastral cuya referencia es 2640004YH0724S0001JF, acreditada con certificación catastral gráfica y descriptiva que incorporo a la presente. INSCRIPCION: Al tomo 1.366, libro 259, folio 75, finca número 16.589 III.- Que la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. es dueña de una participación indivisa del TREINTA Y NUEVE CO SESENTA Y CUATRO POR CIENTO, y Don Juan Bautista Cerdá Guill es dueño de una participación indivisa del SESENTA CON TREINTA Y SEIS POR CIENTO, de la siguiente finca: RUSTICA: Una tierra secana campa, en término de Castalla, partida del Convento, que tiene una superficie de dieciséis áreas, treinta y nueve centiáreas y treinta y cinco decímetros cuadrados. LINDA: Norte, senda; Sur, limite de la actuación UZI-2 LA LLAURIA; Oeste, finca segregada de Juan Cerdá Guill; y Este, José Cerdá Guill. INSCRIPCIÓN: Tomo 1.366, libro 259, folio 77, finca número 10.339 Manifiesta representante de la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L., que la finca descrita esta incluida en un proceso de reparcelación, y que como finca de reemplazo le será adjudicada por su participación indivisa, el pleno dominio de la totalidad de la siguiente finca: PARCELA H: Solar de quinientos sesenta y cuatro metros y cuarenta y seis decímetros cuadrados (564,46 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela I de este Proyecto de reparcelación, Sur; parcela G de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro y por el Oeste limite de la Unidad de Ejecución nº4 del P.G.O.U. de Castalla. Página 45

IV.- Que la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES S.L. es dueña en pleno dominio de la siguiente finca: URBANA: Solar de cabida nueve áreas y setenta y nueve centiáreas, en el término de Castalla, partida del Convento al camino de la Bola. Linda: Norte, Ripay, S.A.; Sur, senda; Este Ripay, S.A. y porción segregada; y Oeste, las de Jose Soler. INSCRIPCIÓN: Tomo 1.382, libro 264, folio 122, finca número 3.207 Manifiesta representante de la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L., que la finca descrita esta incluida en un proceso de reparcelación, y que como finca de reemplazo le será adjudicada por su participación indivisa, el pleno dominio de la totalidad de la siguiente finca: PARCELA I: Solar de trescientos ochenta y siete metros cuadrados (387 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela J de este Proyecto de reparcelación, Sur; parcela H de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro y por el Oeste limite de la Unidad de Ejecución nº4 del P.G.O.U. de Castalla. V.- Y por lo expuesto, los comparecientes, OTORGAN PRIMERO.- MODIFICACION DE OBRA NUEVA Y DIVISION HORIZONTAL SEGUNDO.-CONSTITUCION DE SERVIDUMBRES. La entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. y Don JUAN BAUTISTA CERDA GUILL constituyen las siguientes servidumbres: 1.- Servidumbres en las que es predio sirviente la finca registral número 16.589, y predio dominante la finca registral número 10.339: A) Servidumbre de paso permanente para personas y vehículos con una anchura aproximada de tres metros, y que partiendo del lindero Este del predio sirviente junto al lindero Norte del mismo, va en dirección Oeste en línea recta en una longitud aproximada de nueve metros, gira a la izquierda y continúa en una longitud aproximada de veinticinco metros, gira de nuevo a la izquierda y continúa en una longitud aproximada de nueve metros, de modo que desde la planta baja del predio dominante se pueda acceder a la planta de sótano del mismo predio dominante, atravesando en la forma antes indicada la planta de sótano del predio sirviente. Los gastos de mantenimiento y conservación de la zona afectada por esta servidumbre, serán sufragados, por partes iguales, entre todas las plazas de garaje y trasteros que se construyan en las plantas de sótano de los predios dominante y sirviente, si bien, cada trastero pagará la mitad de lo que corresponda a una plaza de garaje. B) Servidumbre de utilización en beneficio del predio dominante de dos cuartos sitos en el predio sirviente y que son los siguientes: - Cuarto de contadores de luz sito en la planta de sótano del predio sirviente, que tiene una superficie útil aproximada de siete metros y veinte decímetros cuadrados. Linda: Frente, preaccesos de la escalera peatonal; Derecha entrando, caja de escaleras; Izquierda, zona de acceso y maniobra; y Fondo, plaza de garaje número TRECE. Página 46

- Cuarto de contadores de agua sito en la planta de sótano del predio sirviente, que tiene una superficie útil aproximada de dos metros y diez decímetros cuadrados. Linda: Frente, preacceso de la escalera peatonal; Derecha entrando, predio dominante; Izquierda, plaza de garaje número TRECE; y Fondo, trastero número CUATRO. Los gastos de mantenimiento y conservación de los citados cuartos, serán pagados íntegramente por el propietario del predio dominante. C) Servidumbre de paso permanente para personas que partiendo del rellano de escaleras sito en la planta de sótano del predio sirviente, da acceso al rellano de escaleras sito en la planta baja del mismo predio sirviente, de modo que se pueda acceder desde la planta de sótano a construir en el predio dominante hasta la planta baja del predio sirviente. D) Servidumbre de paso permanente para personas a través del zaguán, de la caja de escaleras y de todos los rellanos de escaleras del edificio sito en el predio sirviente, de modo que a través de ellos se pueda acceder a todas las viviendas que se construirán en el predio dominante y a la planta de sótano de este mismo predio. Los gastos de mantenimiento y conservación de la zona afectada por esta servidumbre, serán sufragados, por partes iguales, entre todas las viviendas sitas en los predios dominante y sirviente. 2.- Servidumbres en las que es predio sirviente la finca registral número 10.339, y predio dominante la finca registral número 16.589: A) Servidumbre de paso permanente para personas y vehículos, que partiendo del lindero Este del predio sirviente recorre dicho predio junto a su lindero Norte, con una anchura aproximada de tres metros y una longitud aproximada de diecinueve metros, de modo que desde la calle Gabriel Miró, se acceda a la planta de sótano del predio dominante. Los gastos de mantenimiento y conservación de la zona afectada por esta servidumbre, serán sufragados, por partes iguales, entre todas las plazas de garaje y trasteros que se construyan en las plantas de sótano de los predios dominante y sirviente, si bien, cada trastero pagará la mitad de lo que corresponda a una plaza de garaje. B) Servidumbre de utilización del ascensor a construir en el predio sirviente, frente a las escaleras existentes en el predio dominante, de modo que los propietarios de viviendas sitas en el predio dominante, puedan acceder a ellas a través de dicho ascensor. Los gastos de mantenimiento y conservación del citado ascensor serán sufragados, por partes iguales, entre los propietarios de viviendas sitas en los predios dominante y sirviente, que tengan acceso a través del ascensor. 3.- Servidumbre en la que es predio sirviente la finca registral número 16.589, y predio dominante la finca registral número 3.207: Servidumbre de paso permanente para personas y vehículos, que afecta a la misma zona indicada en el apartado 1 A) anterior y que a través del citado predio sirviente dará acceso a la planta de sótano del predio dominante. Los gastos de mantenimiento y conservación de la zona afectada por esta servidumbre, serán sufragados, por partes iguales, entre todas las plazas de garaje y trasteros que se construyan en las plantas de sótano de los predios dominante y sirviente, si bien, cada trastero pagará la mitad de lo que corresponda a una plaza de garaje. Página 47

4.- Servidumbres en las que es predio sirviente la finca registral número 10.339, y predio dominante la finca registral número 3.207: Servidumbre de paso permanente para personas y vehículos, que afecta a la misma zona indicada en el apartado 2 A) anterior y que a través del citado predio sirviente dará acceso a la planta de sótano del predio dominante. Servidumbre de paso permanente para personas y vehículos, que partiendo del lindero Sur del predio sirviente junto al lindero Oeste del mismo, comunica la planta de sótano de la finca registral número 16.589, con la planta de sótano a construir en el predio dominante. La zona afectada por la servidumbre tendrá una anchura aproximada de tres metros. Los gastos de mantenimiento y conservación de las zonas afectadas por las servidumbres constituidas en los dos párrafos anteriores, serán sufragados, por partes iguales, entre todas las plazas de garaje y trasteros que se construyan en las plantas de sótano de los predios dominante y sirviente, si bien, cada trastero pagará la mitad de lo que corresponda a una plaza de garaje. 5.- Servidumbre recíproca entre las fincas registrales números 10.339 y 3.207. Servidumbre de patio de luces mancomunado que afecta a los patios de luces a construir en los predios dominante y sirviente, a una distancia aproximada de cuatro metros de los linderos Oeste de los mismos, y que consiste en que se podrán abrir huecos y ventanas sin necesidad de respetar las distancias establecidas en la legislación vigente. SEGUNDO-BIS.- Como consecuencia de las servidumbres constituidas en el otorgamiento anterior, la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. y DON JUAN-BAUTISTA CERDA GUILL, establecen lo siguiente: - Los propietarios de las plazas de garaje y trasteros a construir en las plantas de sótano de las tres fincas registrales antes descritas, podrán constituir una comunidad de propietarios, y aunque jurídicamente formen parte de fincas registrales distintas, se podrán tratar como un solo local-garaje. - Los propietarios de las viviendas a construir sobre las fincas registrales números 16.589 y 10.339, podrán constituir una comunidad de propietarios para todo lo relativo al zaguán de entrada, escaleras y ascensor que les dan acceso. TERCERO.- Las servidumbres constituidas en la presente escritura quedan sujetas a la condición suspensiva de que las fincas dominantes y sirvientes pasen a ser propiedad de distintas personas. CUARTO.- La CAJA DE AHORROS DE MURCIA, aquí representada, como titular del préstamo hipotecario que grava la casi totalidad de las fincas descritas en el expositivo I, presta su consentimiento al contenido de la presente escritura. La CAJA DE AHORROS DE MURCIA y la mercantil DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. otorgaron escritura de préstamo hipotecario ante el Notario de Castalla, Don José-Luis Moler Bienes, el día 5 de octubre de 2.006, número 1.985 de protocolo. En virtud de dicha hipoteca quedaron hipotecadas, entre otras fincas, las plazas de garaje números UNO a CATORCE, ambos inclusive, descritas en el expositivo I anterior. La hipoteca que grava la plaza de garaje número DOS, descrita en el expositivo I anterior, ha sido cancelada en virtud de escritura por mí autorizada en el día de hoy, número anterior de protocolo. La CAJA DE AHORROS DE MURCIA y la mercantil DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. estipulan que la hipoteca reseñada anteriormente y que, entre otras fincas, grava las plazas de garaje números UNO, y TRES a CATORCE, ambos inclusive, descritas en el expositivo I anterior, siga Página 48

gravando las citadas plazas de garaje números UNO, y TRES a CATORCE, ambos inclusive, con la nueva descripción que consta en el expositivo II anterior. QUINTO.- Se solicita del Sr. Registrador de la Propiedad que una vez inscrita la reparcelación reseñada al final de los expositivos III y IV e inscritas las fincas de reemplazo en ellos descritas, se haga constar el contenido de las servidumbres constituidas en la presente escritura en los asientos correspondientes a dichas fincas de reemplazo. Todas las partes prestan su consentimiento para que al inscribirse la reparcelación a que se refiere el párrafo anterior, queden libres de cualquier servidumbre constituida en la presente escritura, la finca o fincas de reemplazo correspondientes a la registral 10.339 y que sean distintas a la descrita al final del expositivo III anterior. 4.2.8.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 5,213 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 32.567,15 uros. 4.2.8.8.- Inscripción: Página 49

4.2.9.- PARCELA I 4.2.9.1.- Descripción: Solar de trescientos ochenta y siete metros cuadrados (387 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela J de este Proyecto de reparcelación, Sur; parcela H de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro y por el Oeste limite de la Unidad de Ejecución nº4 del P.G.O.U. de Castalla. 4.2.9.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 1.161 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.9.3.- Adjudicatario: Se adjudica en pleno dominio a DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. constituida en escritura autorizada el día 41 de Mayo de 2004, ante el Notario de Ibi, D. Víctor Calatayud Tormo, número 1000 de protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Alicante, al tomo 2.795, libro 0, folio 18, hoja número A-84.369, inscripción 1ª. CIF. número B-53879367. 4.2.9.4.- Fincas antiguas: Es adjudicataria de esta parcela en virtud de la aportación del 100% de la finca inicial nº 7 de este 4.2.9.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.9.6.- Cargas: finca inicial nº 7 de la que provienen, entre las que se encuentran: CARGAS QUE RECAERAN SOBRE LA PARCELA RESULTANTE ADJUDICADA A DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.l., según escritura otorgada ante el Notario de Castalla, D. Jose Luis Moler Bienes, con fecha 21 de noviembre de dos mil siete: Nº PROTOCOLO: NÚMERO DOS MIL OCHENTA Y SEIS. MODIFICACION DE DECLARACION DE OBRA NUEVA EN CONSTRUCCION y DIVISION EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL, Y CONSTITUCION DE SERVIDUMBRES EN CASTALLA, A VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE. Ante mí, JOSE-LUIS MOLER BIENES, Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en Castalla, C O M P A R E C E N DON JUAN DOMENECH CERDA, mayor de edad, soltero, vecino de Castalla (Alicante), --------------------- y con D.N.I. número -------------------. Página 50

DON JUAN-BAUTISTA CERDA GUILL, mayor de edad, viudo, vecino de Castalla, -----------------, y con D.N.I. número ---------------------. DON JUAN VICEDO ERADES, mayor de edad, casado, vecino de Aspe, --------------------------, y con D.N.I. número ---------------------. DON JESUS MUÑOZ GARCIA, mayor de edad, casado, empleado, vecino a estos efectos de Castalla, -------------------------, y con N.I.F. ----------------------------. E X P O N E N: I.- Que la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. otorgó escritura de declaración de obra nueva en construcción y división en régimen de propiedad horizontal, ante el Notario de Castalla, Don José-Luis Moler Bienes, el día 5 de octubre de 2.006, número 1.984 de protocolo. La descripción del solar de referencia, es la siguiente: SOLAR EDIFICABLE en Castalla, calle Goya, número cuarenta y siete, que tiene una superficie de QUINIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS (531 M²). LINDA: Frente, en línea de 29 50 metros, calle de su situación; Derecha entrando, en línea de 18 00 metros, María-Teresa Torices; Izquierda, en línea de 18 00 metros, Juan Juan Juan, y Fondo, en línea de 29 50 metros, resto de finca matriz, propiedad de la entidad Doménech Cerdá Promociones, S.L.. REFERENCIA CATASTRAL: Es parte de la parcela catastral cuya referencia es 2640004YH0724S0001JF, acreditada con certificación catastral gráfica y descriptiva que incorporo a la presente. INSCRIPCION: Al tomo 1.366, libro 259, folio 75, finca número 16.589 III.- Que la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. es dueña de una participación indivisa del TREINTA Y NUEVE CO SESENTA Y CUATRO POR CIENTO, y Don Juan Bautista Cerdá Guill es dueño de una participación indivisa del SESENTA CON TREINTA Y SEIS POR CIENTO, de la siguiente finca: RUSTICA: Una tierra secana campa, en término de Castalla, partida del Convento, que tiene una superficie de dieciséis áreas, treinta y nueve centiáreas y treinta y cinco decímetros cuadrados. LINDA: Norte, senda; Sur, limite de la actuación UZI-2 LA LLAURIA; Oeste, finca segregada de Juan Cerdá Guill; y Este, José Cerdá Guill. INSCRIPCIÓN: Tomo 1.366, libro 259, folio 77, finca número 10.339 Manifiesta representante de la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L., que la finca descrita esta incluida en un proceso de reparcelación, y que como finca de reemplazo le será adjudicada por su participación indivisa, el pleno dominio de la totalidad de la siguiente finca: PARCELA H: Solar de quinientos sesenta y cuatro metros y cuarenta y seis decímetros cuadrados (564,46 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela I de este Proyecto de Página 51

reparcelación, Sur; parcela G de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro y por el Oeste limite de la Unidad de Ejecución nº4 del P.G.O.U. de Castalla. IV.- Que la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES S.L. es dueña en pleno dominio de la siguiente finca: URBANA: Solar de cabida nueve áreas y setenta y nueve centiáreas, en el término de Castalla, partida del Convento al camino de la Bola. Linda: Norte, Ripay, S.A.; Sur, senda; Este Ripay, S.A. y porción segregada; y Oeste, las de Jose Soler. INSCRIPCIÓN: Tomo 1.382, libro 264, folio 122, finca número 3.207 Manifiesta representante de la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L., que la finca descrita esta incluida en un proceso de reparcelación, y que como finca de reemplazo le será adjudicada por su participación indivisa, el pleno dominio de la totalidad de la siguiente finca: PARCELA I: Solar de trescientos ochenta y siete metros cuadrados (387 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela J de este Proyecto de reparcelación, Sur; parcela H de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro y por el Oeste limite de la Unidad de Ejecución nº4 del P.G.O.U. de Castalla. V.- Y por lo expuesto, los comparecientes, OTORGAN PRIMERO.- MODIFICACION DE OBRA NUEVA Y DIVISION HORIZONTAL SEGUNDO.-CONSTITUCION DE SERVIDUMBRES. La entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. y Don JUAN BAUTISTA CERDA GUILL constituyen las siguientes servidumbres: 1.- Servidumbres en las que es predio sirviente la finca registral número 16.589, y predio dominante la finca registral número 10.339: A) Servidumbre de paso permanente para personas y vehículos con una anchura aproximada de tres metros, y que partiendo del lindero Este del predio sirviente junto al lindero Norte del mismo, va en dirección Oeste en línea recta en una longitud aproximada de nueve metros, gira a la izquierda y continúa en una longitud aproximada de veinticinco metros, gira de nuevo a la izquierda y continúa en una longitud aproximada de nueve metros, de modo que desde la planta baja del predio dominante se pueda acceder a la planta de sótano del mismo predio dominante, atravesando en la forma antes indicada la planta de sótano del predio sirviente. Los gastos de mantenimiento y conservación de la zona afectada por esta servidumbre, serán sufragados, por partes iguales, entre todas las plazas de garaje y trasteros que se construyan en las plantas de sótano de los predios dominante y sirviente, si bien, cada trastero pagará la mitad de lo que corresponda a una plaza de garaje. B) Servidumbre de utilización en beneficio del predio dominante de dos cuartos sitos en el predio sirviente y que son los siguientes: Página 52

- Cuarto de contadores de luz sito en la planta de sótano del predio sirviente, que tiene una superficie útil aproximada de siete metros y veinte decímetros cuadrados. Linda: Frente, preaccesos de la escalera peatonal; Derecha entrando, caja de escaleras; Izquierda, zona de acceso y maniobra; y Fondo, plaza de garaje número TRECE. - Cuarto de contadores de agua sito en la planta de sótano del predio sirviente, que tiene una superficie útil aproximada de dos metros y diez decímetros cuadrados. Linda: Frente, preacceso de la escalera peatonal; Derecha entrando, predio dominante; Izquierda, plaza de garaje número TRECE; y Fondo, trastero número CUATRO. Los gastos de mantenimiento y conservación de los citados cuartos, serán pagados íntegramente por el propietario del predio dominante. C) Servidumbre de paso permanente para personas que partiendo del rellano de escaleras sito en la planta de sótano del predio sirviente, da acceso al rellano de escaleras sito en la planta baja del mismo predio sirviente, de modo que se pueda acceder desde la planta de sótano a construir en el predio dominante hasta la planta baja del predio sirviente. D) Servidumbre de paso permanente para personas a través del zaguán, de la caja de escaleras y de todos los rellanos de escaleras del edificio sito en el predio sirviente, de modo que a través de ellos se pueda acceder a todas las viviendas que se construirán en el predio dominante y a la planta de sótano de este mismo predio. Los gastos de mantenimiento y conservación de la zona afectada por esta servidumbre, serán sufragados, por partes iguales, entre todas las viviendas sitas en los predios dominante y sirviente. 2.- Servidumbres en las que es predio sirviente la finca registral número 10.339, y predio dominante la finca registral número 16.589: A) Servidumbre de paso permanente para personas y vehículos, que partiendo del lindero Este del predio sirviente recorre dicho predio junto a su lindero Norte, con una anchura aproximada de tres metros y una longitud aproximada de diecinueve metros, de modo que desde la calle Gabriel Miró, se acceda a la planta de sótano del predio dominante. Los gastos de mantenimiento y conservación de la zona afectada por esta servidumbre, serán sufragados, por partes iguales, entre todas las plazas de garaje y trasteros que se construyan en las plantas de sótano de los predios dominante y sirviente, si bien, cada trastero pagará la mitad de lo que corresponda a una plaza de garaje. B) Servidumbre de utilización del ascensor a construir en el predio sirviente, frente a las escaleras existentes en el predio dominante, de modo que los propietarios de viviendas sitas en el predio dominante, puedan acceder a ellas a través de dicho ascensor. Los gastos de mantenimiento y conservación del citado ascensor serán sufragados, por partes iguales, entre los propietarios de viviendas sitas en los predios dominante y sirviente, que tengan acceso a través del ascensor. 3.- Servidumbre en la que es predio sirviente la finca registral número 16.589, y predio dominante la finca registral número 3.207: Servidumbre de paso permanente para personas y vehículos, que afecta a la misma zona indicada en el apartado 1 A) anterior y que a través del citado predio sirviente dará acceso a la planta de sótano del predio dominante. Página 53

Los gastos de mantenimiento y conservación de la zona afectada por esta servidumbre, serán sufragados, por partes iguales, entre todas las plazas de garaje y trasteros que se construyan en las plantas de sótano de los predios dominante y sirviente, si bien, cada trastero pagará la mitad de lo que corresponda a una plaza de garaje. 4.- Servidumbres en las que es predio sirviente la finca registral número 10.339, y predio dominante la finca registral número 3.207: Servidumbre de paso permanente para personas y vehículos, que afecta a la misma zona indicada en el apartado 2 A) anterior y que a través del citado predio sirviente dará acceso a la planta de sótano del predio dominante. Servidumbre de paso permanente para personas y vehículos, que partiendo del lindero Sur del predio sirviente junto al lindero Oeste del mismo, comunica la planta de sótano de la finca registral número 16.589, con la planta de sótano a construir en el predio dominante. La zona afectada por la servidumbre tendrá una anchura aproximada de tres metros. Los gastos de mantenimiento y conservación de las zonas afectadas por las servidumbres constituidas en los dos párrafos anteriores, serán sufragados, por partes iguales, entre todas las plazas de garaje y trasteros que se construyan en las plantas de sótano de los predios dominante y sirviente, si bien, cada trastero pagará la mitad de lo que corresponda a una plaza de garaje. 5.- Servidumbre recíproca entre las fincas registrales números 10.339 y 3.207. Servidumbre de patio de luces mancomunado que afecta a los patios de luces a construir en los predios dominante y sirviente, a una distancia aproximada de cuatro metros de los linderos Oeste de los mismos, y que consiste en que se podrán abrir huecos y ventanas sin necesidad de respetar las distancias establecidas en la legislación vigente. SEGUNDO-BIS.- Como consecuencia de las servidumbres constituidas en el otorgamiento anterior, la entidad DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. y DON JUAN-BAUTISTA CERDA GUILL, establecen lo siguiente: - Los propietarios de las plazas de garaje y trasteros a construir en las plantas de sótano de las tres fincas registrales antes descritas, podrán constituir una comunidad de propietarios, y aunque jurídicamente formen parte de fincas registrales distintas, se podrán tratar como un solo local-garaje. - Los propietarios de las viviendas a construir sobre las fincas registrales números 16.589 y 10.339, podrán constituir una comunidad de propietarios para todo lo relativo al zaguán de entrada, escaleras y ascensor que les dan acceso. TERCERO.- Las servidumbres constituidas en la presente escritura quedan sujetas a la condición suspensiva de que las fincas dominantes y sirvientes pasen a ser propiedad de distintas personas. CUARTO.- La CAJA DE AHORROS DE MURCIA, aquí representada, como titular del préstamo hipotecario que grava la casi totalidad de las fincas descritas en el expositivo I, presta su consentimiento al contenido de la presente escritura. La CAJA DE AHORROS DE MURCIA y la mercantil DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. otorgaron escritura de préstamo hipotecario ante el Notario de Castalla, Don José-Luis Moler Bienes, el día 5 de octubre de 2.006, número 1.985 de protocolo. En virtud de dicha hipoteca quedaron hipotecadas, entre otras fincas, las plazas de garaje números UNO a CATORCE, ambos inclusive, descritas en el expositivo I anterior. La hipoteca que grava la plaza de garaje número DOS, descrita en el expositivo I Página 54

anterior, ha sido cancelada en virtud de escritura por mí autorizada en el día de hoy, número anterior de protocolo. La CAJA DE AHORROS DE MURCIA y la mercantil DOMENECH CERDA PROMOCIONES, S.L. estipulan que la hipoteca reseñada anteriormente y que, entre otras fincas, grava las plazas de garaje números UNO, y TRES a CATORCE, ambos inclusive, descritas en el expositivo I anterior, siga gravando las citadas plazas de garaje números UNO, y TRES a CATORCE, ambos inclusive, con la nueva descripción que consta en el expositivo II anterior. QUINTO.- Se solicita del Sr. Registrador de la Propiedad que una vez inscrita la reparcelación reseñada al final de los expositivos III y IV e inscritas las fincas de reemplazo en ellos descritas, se haga constar el contenido de las servidumbres constituidas en la presente escritura en los asientos correspondientes a dichas fincas de reemplazo. Todas las partes prestan su consentimiento para que al inscribirse la reparcelación a que se refiere el párrafo anterior, queden libres de cualquier servidumbre constituida en la presente escritura, la finca o fincas de reemplazo correspondientes a la registral 10.339 y que sean distintas a la descrita al final del expositivo III anterior. 4.2.9.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 3,574 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 22.206,44 uros. 4.2.9.8.- Inscripción: Página 55

4.2.10.- PARCELA J 4.2.10.1.- Descripción: Solar de ciento ochenta y cuatro metros y doce decímetros cuadrados (184,12 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela K de este proyecto de reparcelación, Sur; parcela I de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro, y por el Oeste limite Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel Miro del P.G.O.U. de Castalla. 4.2.7.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 552,36 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.7.3.- Adjudicatario: Se adjudica en su totalidad en pleno dominio con carácter ganancial a: D. VICENTE JUAN RICO, con NIF.: --------------------. DÑA. MILAGROS RICO ESTEVE, con NIF.: ---------------------. 4.2.10.4.- Fincas antiguas: Es adjudicataria de esta parcela en virtud de la aportación del 100 % de la finca inicial nº 8 de este 4.2.10.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.10.6.- Cargas: finca inicial nº 8 de la que provienen. 4.2.10.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 1,700 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 10.549,90 uros. 4.2.10.8.- Inscripción: Página 56

4.2.11.- PARCELA K 4.2.11.1.- Descripción: Solar de ciento ochenta y tres metros y nueve decímetros cuadrados (183,09 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela M de este proyecto de reparcelación, Sur; parcela J de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro, y por el Oeste limite Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel Miro del P.G.O.U. de Castalla. 4.2.11.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 549,27 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.11.3.- Adjudicatario: Se adjudica en su totalidad en pleno dominio con carácter ganancial a: D. JOSE GUILL PEREZ, con NIF.: ----------------------. DÑA. MAGDALENA HERRERA BONILLO, con NIF.: --------------------------. 4.2.11.4.- Fincas antiguas: Es adjudicataria de esta parcela en virtud de la aportación del 100 % de la finca inicial nº 9 de este 4.2.11.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.11.6.- Cargas: finca inicial nº 9 de la que provienen. 4.2.11.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 1,691 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 10.490,43 uros. 4.2.11.8.- Inscripción: Página 57

4.2.12.- PARCELA M 4.2.12.1.- Descripción: Solar de ciento ochenta y un metros y noventa y ocho decímetros cuadrados (181,98 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela N de este proyecto de reparcelación, Sur; parcela K de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro, y por el Oeste limite Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel Miro del P.G.O.U. de Castalla. 4.2.12.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 545,94 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.12.3.- Adjudicatario: Se adjudica en su totalidad en pleno dominio con carácter ganancial a: D. JOSE CERDA GIMENO, con NIF.: -------------------. DÑA. JUANA MARIA CORRAL TERUEL, con NIF.: -------------------. 4.2.12.4.- Fincas antiguas: Es adjudicataria de esta parcela en virtud de la aportación del 100 % de la finca inicial nº 10 de este 4.2.12.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.12.6.- Cargas: finca inicial nº 10 de la que provienen. 4.2.12.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 1,681 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 10.427,35 uros. 4.2.12.8.- Inscripción: Página 58

4.2.13.- PARCELA N 4.2.13.1.- Descripción: Solar de ciento ochenta y cinco metros y cincuenta y ocho decímetros cuadrados (185,58 m 2 ), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte parcela Ñ de este proyecto de reparcelación, Sur; parcela M de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro, y por el Oeste limite Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel Miro del P.G.O.U. de Castalla. 4.2.13.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 556,74 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.13.3.- Adjudicatario: Se adjudica en cuanto a la totalidad de la nuda propiedad con carácter privativo a: Dña. MARIA SALUD MIRA DOMENECH, con NIF.: ----------------------. Se adjudica en cuanto a la totalidad del usufructo con carácter privativo a: D. DOMINGO MARCO RICO, con NIF.: --------------------. 4.2.13.4.- Fincas antiguas: Es adjudicataria de esta parcela en virtud de la aportación del 100 % de la finca inicial nº 11 de este 4.2.13.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.13.6.- Cargas: finca inicial nº 11 de la que provienen. 4.2.13.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 1,714%, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 10.633,55 uros. 4.2.13.8.- Inscripción: Página 59

4.2.14.- PARCELA Ñ 4.2.14.1.- Descripción: Solar de ochocientos cuarenta y cinco metros y cuarenta decímetros cuadrados (845,40 m2), sito en el término municipal de Castalla, que linda: por el Norte calle Benlliure, Sur; parcela N de este proyecto de reparcelación, por el Este, calle Gabriel Miro, y por el Oeste limite Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel Miro del P.G.O.U. de Castalla. Dentro del perímetro se encuentra emplazada una casita de campo, señalada con el número 3 del cuartel Noroeste, que consta de planta baja y dos pisos altos, con tres corralillos descubiertos, y ocupa una superficie de ciento treinta y cuatro metros cuadrados 4.2.14.2.- Edificabilidad y usos: esta parcela una edificabilidad de 2.536,20 m 2 de techo. Uso preferente: Residencial. 4.2.14.3.- Adjudicatario: Se adjudica en su totalidad en pleno dominio con carácter ganancial a: D. JOSE VIDAL RICO, con NIF.: --------------------. DÑA. MARIA ESTEVE DURA, con NIF.: --------------------. 4.2.14.4.- Fincas antiguas: Es adjudicataria de esta parcela en virtud de la aportación del 100 % de la finca inicial nº 12 de este 4.2.14.5.- Título: Se adjudica esta parcela por el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución Nº 4 Gabriel 4.2.14.6.- Cargas: finca inicial nº 12 de la que provienen. 4.2.14.7.- Afecciones: pago de los costes de urbanización en un 7,807 %, que de forma provisional se cifra en la cantidad de 48.439,08 uros. 4.2.14.8.- Inscripción: Página 60

4.3.- LOCALIZACIÓN DE TERRENOS DE CESIÓN AL AYUNTAMIENTO PARA USO Y DOMINIO PÚBLICO. VIARIO RED SECUNDARIA 4.3.1. Descripción: Terreno con una superficie total de tres mil novecientos sesenta y siete metros y treinta y nueve decímetros cuadrados (3.967,39 m 2 ), sito en la U.E. Nº 4 GABRIEL MIRO del P.G.O.U. del término municipal de Castalla, destinado a viario público por el Plan Parcial, formado por las calles Gabriel Miro (2.211,49 m 2 ) y Zurbarán (1.755,90 m 2 ), incluidas en el ámbito de actuación, que lindan, todas ellas, con las parcelas resultantes y límites de la Unidad de Ejecución Nº4. 4.3.2. Adjudicatario: Se adjudica al Ayuntamiento de Castalla por ser de cesión gratuita y obligatoria, en virtud de las determinaciones del Plan Parcial. 4.3.3. Cargas: Libre de cargas y gravámenes. Página 61