CONVOCATORIA AYUDAS2009 BECAS PARA PERFECCIONAMIENTO DE ESTUDIOS ARTÍSTICOS

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Transcripción:

CONVOCATORIA AYUDAS2009 BECAS PARA PERFECCIONAMIENTO DE ESTUDIOS ARTÍSTICOS Servicio de Educación, Cultura, Juventud y Deportes

CONVOCATORIA DE BECAS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE ESTUDIOS ARTÍSTICOS PARA EL AÑO 2009 BASES Primera.-Objeto. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de becas para el perfeccionamiento de estudios artísticos: artes plásticas, escénicas, musicales y de imagen durante el curso 2009-2010. Segunda.-Beneficiarios. Podrán acceder a estas becas los nacidos o residentes en la provincia de Albacete que pretendan realizar estudios de perfeccionamiento artístico fuera de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha que reúnan las siguientes condiciones: menores de 35 años; que se encuentren en posesión del título académico oficial que corresponda a la naturaleza de los estudios para cuya ampliación solicita la beca, o en su defecto, de Título Superior en la especialidad de que se trate, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Los beneficiarios de las subvenciones deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes. No serán gastos subvencionables, en ningún caso, los siguientes: - los intereses deudores de las cuentas bancarias; -intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; -los gastos de procedimientos judiciales; - gastos de inversión, relativos a la adquisición de bienes que tengan naturaleza de inventariables. Los interesados sólo podrán presentar una solicitud de ayuda. Tercera.-Importe máximo. El importe de cada beca se determinará en función de la aplicación estricta de los criterios de valoración establecidos en la Base 7ª, de acuerdo con la baremación fijada en los mismos, estableciéndose una puntuación máxima de 20 puntos por solicitante. El cociente resultante entre el crédito de la convocatoria y el número de puntos totales de los solicitantes determinará el valor/punto. Cuarta.- Requisitos. Los interesados deberán remitir a esta Diputación Provincial la solicitud de concesión de la beca, según modelo que se reproduce en Anexo. Se acompañará también de la siguiente documentación: - Currículum vitae, con indicación de los estudios realizados, actividades profesionales desempeñadas y, en general, cuanta documentación considere representativa de su formación. - Certificado de empadronamiento en cualquier municipio de la provincia de Albacete. - Proyecto detallado de los estudios que va a realizar, con explicación expresa de los siguientes aspectos: a.- Contenido de los estudios b.- Objetivos a conseguir c.- Duración de los estudios d.- Lugar donde se realizarán - Carta de aceptación de la persona que dirigirá los estudios o del centro donde vaya a realizarlos o, en su defecto, certificación de haber sido admitido. - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante. - Solicitud de apertura / modificación de ficha de tercero, para aquellos solicitantes que no lo hayan presentado con anterioridad, así como aquellos otros que hayan sufrido modificaciones en alguno de sus datos. - Presupuesto de gastos correspondientes a matriculación o gastos de estudios a realizar, alojamiento y manutención (estos últimos con carácter aproximado). Quinta.- Presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial, de nueve a trece horas, en el plazo de 2 meses, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Podrán también enviarse solicitudes por correo con las formalidades y en las condiciones establecidas por la normativa vigente (correo certificado, debiendo figurar el sello con la fecha de certificación no sólo en el sobre sino también en la propia solicitud). Sexta.- Tramitación y resolución. La Excma. Diputación Provincial de Albacete resolverá y notificará la resolución del procedimiento en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete. A tal efecto, creará una Comisión Asesora que estará integrada por los siguientes miembros: - Presidenta: Diputada-Delegada de Cultura. - Vocales: - La Directora del Conservatorio de Música de la Diputación - Un representante del Instituto de Estudios Albacetenses - Un Técnico de Cultura - Un representante de cada uno de los grupos políticos de la Diputación Dicha comisión formulará una propuesta de selección de las becas, pudiendo nombrar los suplentes que considere oportunos, con establecimiento previo de un orden de prelación, pudiendo acceder éstos al disfrute de beca, únicamente en el caso de existir

alguna renuncia o incompatibilidad con estas bases, por parte de los titulares. Dicha propuesta se elevará a los órganos de gobierno de la Diputación y éstos decidirán a la vista de tal informe. La concesión de la subvención, así como la posible desestimación de solicitudes se realizará mediante acuerdo de Pleno de la Excma. Diputación, previo dictamen de la Comisión Permanente Informativa y de Seguimiento y Control de Educación, Cultura, Juventud y Deportes. Los aspirantes no seleccionados podrán solicitar el envío de su documentación. La documentación no solicitada antes del 30 de noviembre de 2009 será propiedad de la Diputación Provincial de Albacete que podrá actuar como considere oportuno. Séptima.- Criterios de valoración. Para la concesión de la beca se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración que serán baremados por los miembros de la Comisión Asesora prevista en la Base 6ª, con la ponderación relativa expresada en los mismos. Todos los criterios serán valorados y ponderados cuando el solicitante aporte la documentación referida a cada uno de los apartados. En su defecto, no se hará efectiva puntuación alguna. * Duración del curso proyectado, características y complejidad técnica del mismo.- Máximo de 5 puntos * Cursos que incluyan la realización de una prueba de acceso previo.- 1 punto * Presupuesto total de gastos del curso programado, incluyendo los correspondientes a alojamiento y manutención, así como recursos financieros con lo que cuenta el becario solicitante.- Máximo de 4 puntos * Curriculum vitae del solicitante (evaluación de premios, certámenes, exposiciones, concursos, representaciones, cursillos así como calificaciones académicas obtenidas).- Máximo de 3 puntos * Calidad e interés artístico y técnico del programa de estudios propuesto, así como cualificación del centro elegido, de acuerdo con la relevancia académica y artística del mismo.- Máximo de 5 puntos * Cuantía de las becas recibidas de la Excma. Diputación de Albacete en ejercicios precedentes y continuidad del proyecto inicialmente propuesto.-máximo de 2 puntos Octava.-Justificación de las ayudas. Las becas se abonarán en dos plazos, por importe del 50 % del total, cada una de ellas. El primer plazo se abonará una vez concedida la beca, cumplidas todas las normas establecidas en los apartados anteriores y presentado el justificante de matrícula, o en su caso, cualquier documentación que acredite que los estudios se van a realizar. El abono del segundo plazo se efectuará previa la presentación de memoria avalada por el director del trabajo o por el centro donde se realicen los estudios, una vez iniciados los mismos y transcurrido un período de tiempo no inferior a un tercio del período de duración de aquéllos. La citada justificación de gastos deberá realizarse hasta el día 31 de diciembre del ejercicio inmediato siguiente al de concesión de la beca, por lo que los créditos correspondientes se incorporarán conforme a lo previsto en el artículo 182 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Novena.- Obligaciones de los beneficiarios. Los sujetos beneficiarios estarán obligados a: a) Realizar la actividad objeto de la beca, teniendo en cuenta que cualquier modificación sustancial del proyecto podrá dar lugar a la revocación de la misma. b) Acreditar ante el órgano concedente, en los términos establecidos en la Base Octava, la realización de la misma mediante la presentación de los documentos que prevé la citada Base. c) Someterse a las actuaciones de comprobación que estime oportunas el órgano concedente, así como comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados. d) A los becarios incluídos en el apartado de artes plásticas, la Diputación podrá solicitar la entrega de una obra realizada durante el período en que se desarrollan sus estudios, en un plazo no superior a 6 meses, contados a partir de la fecha de pago de la beca; en el apartado de imagen será de igual cumplimiento la presente disposición, debiendo presentar, en su caso, un reportaje sobre un tema, referido a la provincia de Albacete, que será determinado de acuerdo con la Diputación. Con las personas que resulten beneficiarias de las becas correspondientes a los restantes apartados, se podráprogramar alguna actividad, por medio de la cual se muestren públicamente los beneficios y aprovechamiento obtenidos en virtud de la concesión de la beca. Décima.- Dotación presupuestaria y publicidad de las ayudas. La cuantía global máxima de las ayudas concedidas en virtud de la presente convocatoria será de 15.000 euros, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente con cargo al presupuesto de la Excma. Diputación Provincial para el ejercicio 2009, siendo imputado el correspondiente gasto a la partida presupuestaria 830.451.489.04 Convocatorias y Subvenciones Culturales. Asimismo, las ayudas concedidas en la presente convocatoria se publicarán en extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, cuando el importe otorgado, individualmente considerado, sea de cuantía igual o superior a 3.000 euros.

ANEXO BECAS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE ESTUDIOS ARTÍSTICOS SOLICITUD PARA EL AÑO 2009 D/Dª D.N.I. Domicilio Nº Municipio C.P. Provincia Tfno.: E-mail A la vista de las bases que rigen la convocatoria de concesión de becas para el perfeccionamiento de estudios artísticos para el año 2009, acepta íntegramente dichas bases y solicita le sea concedida una beca. ESTUDIOS PARA LOS QUE SOLICITO LA BECA: Acompaño esta solicitud del resto de documentación exigida en la base 4ª. En a de de 2009 Firma ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE

Servicio de Educación, Cultura, Juventud y Deportes