CONVOCATORIA DE BECAS ERASMUS+ KA103 CON FINES DE ESTUDIO CURSO 2019-2020 Las becas de Movilidad Erasmus+ KA103 con fines de estudio brindan la oportunidad a los estudiantes de la Universidad de Alcalá de realizar estudios en una institución de educación superior de otro país europeo con pleno reconocimiento académico de los estudios cursados en el extranjero. Los estudiantes abonan los gastos de matrícula en la Universidad de origen, en este caso la Universidad de Alcalá, y están exentos de abonar los gastos de matrícula (inscripción, exámenes, uso de laboratorios o bibliotecas, etc.) en la institución de acogida. Los objetivos del programa de becas de movilidad Erasmus+ son: Que los estudiantes se beneficien educativa, lingüística y culturalmente de la experiencia del aprendizaje en otros países europeos. Fomentar la cooperación entre instituciones y enriquecer el entorno educativo de las instituciones de acogida. Contribuir a la creación de una comunidad de jóvenes y futuros profesionales bien cualificados y con experiencia internacional. 1. DESTINOS Y DURACIÓN DE LA BECA Las Becas Erasmus+ KA103 pueden disfrutarse en universidades e instituciones de enseñanza superior de los 28 países de la Unión Europea más los incluidos en los Grupos 1, 2 y 3 de la Convocatoria 2019 Erasmus+ KA103 publicada por el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación Superior (SEPIE). Las plazas disponibles de intercambio de movilidad de estudiantes se publicarán junto con esta Convocatoria en la página web de la Universidad de Alcalá. De acuerdo a las normas de la Convocatoria 2019 Erasmus+ KA103 la duración de la estancia será como mínimo de 3 meses. 2. DESTINATARIOS: REQUISITOS MÍNIMOS Los solicitantes deben ser ciudadanos de alguno de 28 los países de la Unión Europea, los países de la AELC y del EEE: Islandia, Liechtenstein y Noruega, los países candidatos a la adhesión a la UE: Turquía, la Antigua República Yugoslava de Macedonia y Serbia; o ciudadanos que, no siendo nacionales de uno de los países participantes, lo sean de terceros países y estén en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad (en este último caso estos estudiantes deberán acreditar haber cursado como mínimo un año de estudios en la Universidad de Alcalá).
Estar matriculado en alguna titulación oficial de Grado, Máster o Doctorado. En el momento de solicitar la beca, el estudiante debe tener superados al menos 40 créditos ECTS en la Universidad de Alcalá, y en el momento de realizar la movilidad debe estar matriculado del segundo curso o de un curso superior de su plan de estudios. Cada Facultad/Escuela de la Universidad de Alcalá puede acordar condiciones específicas respetando estos criterios generales. Salvo indicaciones posteriores de SEPIE, cada estudiante puede disfrutar de un periodo máximo financiado de 7 meses en cada uno de los ciclos de Grado, Master y Doctorado, en estancias realizadas en diferentes años académicos. Los solicitantes deberán acreditar un conocimiento suficiente de la lengua en la que van a cursar los estudios y, cuando éstos existan, deberán satisfacer los requisitos lingüísticos que exija la universidad de destino. 3. AYUDAS ECONÓMICAS El importe de las ayudas son establecidas por el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) que, para el curso 2019-2020, dependerán del nivel de vida del país de destino, según los tres grupos que se describen a continuación: Grupo 1 coste de vida más altos Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Reino Unido, Suecia Cantidad mensual de las ayudas 300 Grupo 2 costes de vida medios Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Francia, Grecia, Italia, Malta, Países Bajos, Portugal 250 Grupo 3 costes de vida más bajos Antigua República Yugoslava de Macedonia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia, República Checa, Rumanía, Serbia, Turquía 200
El detalle de esta información puede consultarse en la página web de SEPIE: http://sepie.es/doc/convocatoria/2019/inf_financiera_y_prioridades_2019.pdf Ayuda adicional para estudiantes de entornos desfavorecidos Se financiará una cantidad adicional, a la correspondiente del cuadro anterior, de 200 mensuales a los estudiantes que se encuentren en algunas de las situaciones siguientes: a) Haber sido beneficiario de una beca de estudios de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores o de una beca del Departamento de Educación del País Vasco, o de una beca para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios concedida por el Departamento de Educación del País Vasco, en el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad. b) Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España. Una vez concedida la beca, estas situaciones deberán ser acreditadas por el estudiante en el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales. Los estudiantes con necesidades especiales podrán optar a las ayudas que a tal fin establece SEPIE. Las becas de movilidad Erasmus+ son compatibles con otras ayudas nacionales y/o internacionales, incluidas las ayudas que ofrecen una compensación por los gastos incurridos durante la estancia de movilidad o cualesquiera otras que los estudiantes consigan por sí mismos. 4. SOLICITUDES Los estudiantes interesados en solicitar una Beca Erasmus+ KA103 deberán entregar la documentación relacionada a continuación: 1. Solicitud interna de Admisión. 2. Currículum Vitae. Preferiblemente conforme al modelo europeo (disponible en Solicitudes e Impresos ). 3. Carta de motivación. 4. Fotocopia del certificado de conocimiento del idioma en el que se realiza la docencia en la universidad de destino para los estudiantes que estén en posesión de certificado o diploma (incluido el de las pruebas APTIS de idioma inglés realizadas por la UAH). Los estudiantes que no posean certificado de idiomas de francés o alemán, deberán realizar las pruebas idiomas organizadas para este fin por la Universidad de Alcalá incluyendo en la solicitud el resultado de dichas pruebas. Los estudiantes que vayan a cursar estudios en italiano o portugués no necesitan presentar documentos acreditativos del conocimiento de idiomas. 5. Fotocopia del resguardo de la matrícula en la UAH. 6. Expediente académico con las asignaturas cursadas y los resultados obtenidos.
Estos dos últimos documentos se pueden obtener de forma gratuita a través de "Mi Portal" en la web de la UAH. La documentación deberá enviarse por email al correo electrónico de la Oficina de Relaciones Internacionales de su Facultad/Escuela marcando la opción de Solicitar una confirmación de entrega. En el siguiente link se encuentra el listado de Oficinas de Relaciones Internacionales de las Facultades/Escuelas de la Universidad de Alcalá: https://www.uah.es/export/sites/uah/es/internacional/.galleries/galeria-de-desgargas-de- Internacional/oficinas-relaciones-internacionales.pdf Quienes no puedan aportar estos documentos vía email, podrán hacerlo personalmente acudiendo a la ORI de su Facultad/Escuela. 5. PLAZO DE SOLICITUD El plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre los días 17 de diciembre de 2018 y 14 de enero de 2019. 6. CRITERIOS DE SELECCIÓN La selección se realizará por parte de una Comisión creada a tal efecto por el Coordinador Académico Erasmus de la Facultad/Escuela teniendo en cuenta los siguientes criterios en orden de prelación siguiente baremando objetivamente las puntuaciones de cada apartado de 1 a 10: 1. No haber recibido con anterioridad otra beca Erasmus+ para estudios dentro del mismo ciclo. Los estudiantes que ya hayan recibido una de estas becas podrán recibir una segunda beca, pero tendrán menor prioridad que el resto de sus compañeros en el proceso de asignación de destinos. 2. Valoración del expediente académico. 3. Documentos que acrediten el conocimiento de la lengua en la que se impartan las enseñanzas en la Universidad de destino, en su caso. 4. Valoración del Currículum Vitae y de la carta de motivación. 5. Entrevista personal. 6. Otros méritos relacionados con la finalidad de la beca. 7. RESOLUCIÓN La lista de seleccionados se publicará de acuerdo a la Circular de Protección de datos de fecha 9 de junio de 2017 en la que se establece que los listados se publiquen, preferiblemente, en la Intranet de la Universidad. No obstante, también será válida la publicación en los tablones de anuncios habilitados a tal efecto en la Facultad o Escuela correspondiente, siempre y cuando los mismos no se encuentren en la zona de acceso a los centros, y el acceso a los tablones sea de uso restringido, de forma que esté controlada en todo momento la publicación de cualquier documento en ellos.
8. ACEPTACIÓN O RENUNCIA Si el alumno seleccionado acepta la plaza que le haya sido asignada, deberá firmar la Declaración de Aceptación de la Beca (disponible en el apartado Solicitudes e Impresos de la página web) y entregarla en la Oficina de Relaciones Internacionales correspondiente a su Facultad o Escuela en el plazo de 10 días naturales desde la publicación del listado de seleccionados. Si el alumno seleccionado renuncia a su plaza, deberá firmar la Carta de renuncia (disponible en el apartado Solicitudes e Impresos de la página web) y entregarla en la Oficina de Relaciones Internacionales correspondiente a su Facultad/Escuela en el plazo de 10 días naturales desde la publicación del listado de plazas adjudicadas, para que la renuncia pueda ser cubierta por los solicitantes que estén en las listas de suplentes. Los trámites a realizar tras la admisión en un programa de movilidad están recogidos en la Guía del Estudiante en Programas de Movilidad Internacional que se publicará en la página web. 9. ACEPTACIÓN DE LAS BASES La presentación de solicitudes conforme a lo previsto en las Bases de la presente Convocatoria presupone la aceptación de los requisitos y obligaciones contemplados en las mismas. Las dudas de interpretación que pudieran plantearse, así como los problemas derivados de aspectos no contemplados en las mismas, se resolverán por decisión del órgano que concede la ayuda, que tendrá potestad para dictar las normas adicionales que considere oportunas. Alcalá de Henares, 15 de diciembre de 2018 EL VICERRECTOR DE RELACIONES INTERNACIONALES Miguel Ángel Sotelo Vázquez Los datos personales recogidos serán tratados por la UAH con la finalidad de gestionar la convocatoria, adjudicación y disfrute de la beca de movilidad correspondiente, así como con fines estadísticos. La base legítima de dicho tratamiento es la ejecución de la convocatoria y la obligación legal de la Universidad en materia educativa. Con la participación en el proceso, el estudiante consiente expresamente a que sus datos puedan ser comunicados a las instituciones de destino señaladas y con las finalidades descritas. Fuera de estos supuestos, los datos no serán cedidos salvo los casos previstos legalmente y se conservarán durante el tiempo legalmente establecido y el necesario para cumplir con la citada finalidad. El órgano responsable del tratamiento es la Secretaría General de la Universidad, ante quien se podrán ejercer los correspondientes derechos mediante escrito dirigido a la Delegada de Protección de Datos (Colegio de San Ildefonso, Plaza de San Diego, s/n. 28801 Alcalá de Henares. Madrid) o por correo electrónico (protecciondedatos@uah.es), adjuntando copia del DNI o equivalente. En caso de conflicto, se podrá plantear recurso ante la Agencia Española de Protección de Datos. Para una información más detallada puede consultarse la Política de Privacidad de la Universidad