Derechos y Deberes de los alumnos



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Transcripción:

Derechos y Deberes de los alumnos (LOE /2/ 2006, de 3 de mayo, y art. 3.4 Decreto 15/2007, de 19 de abril) Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad y del nivel que estén cursando. Todos los alumnos tienen el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y el respectivo Estatuto de Autonomía, con el fin de formarse en los valores y principios reconocidos en ellos. DERECHOS DE LOS ALUMNOS Se reconocen a los alumnos los siguientes derechos básicos: a) Derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad. b) Derecho a que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales. c) Derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad. d) Derecho a recibir orientación educativa y profesional. e) Derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y sus convicciones morales, de acuerdo con la Constitución. f) Derecho a la protección contra toda agresión física o moral. g) Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes. h) Derecho a recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico y sociocultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo. i) Derecho a protección social, en el ámbito educativo, en los casos de infortunio familiar o accidente.

j) Los alumnos podrán asociarse, en función de su edad, creando organizaciones de acuerdo con la Ley y con las normas que, en su caso, reglamentariamente se establezcan. k) Las asociaciones de alumnos asumirán, entre otras, las siguientes finalidades: Expresar la opinión de los alumnos en todo aquello que afecte a su situación en los centros. Colaborar en la labor educativa de los centros y en las actividades complementarias y extraescolares de los mismos. Promover la participación de los alumnos en los órganos colegiados del centro. Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la acción cooperativa y de trabajar en equipo. Promover federaciones y confederaciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la legislación. l) Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio del derecho de asociación de los alumnos, así como la formación de federaciones y confederaciones. m) Se garantiza en los centros docentes el derecho de reunión de los profesores, personal de administración y de servicios, padres de alumnos y alumnos, cuyo ejercicio se facilitará de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docentes. n) A fin de estimular el ejercicio efectivo de la participación de los alumnos en los centros educativos y facilitar su derecho de reunión, los centros educativos establecerán, al elaborar sus normas de organización y funcionamiento, las condiciones en las que sus alumnos puedan ejercer este derecho. En los términos que establezcan las Administraciones educativas, las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la Dirección del centro. Son deberes básicos de los alumnos: DEBERES DE LOS ALUMNOS a) Constituye un deber básico de los alumnos el respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro educativo.

b) La asistencia a clase. c) La puntualidad a todos los actos programados por el centro. d) El mantenimiento de una actitud correcta en clase, no permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros. e) El respeto a la autoridad del Profesor/a, tanto dentro de la clase como en el resto del recinto escolar. f) El trato correcto hacia los compañeros, respetando la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, no permitiéndose, en ningún aso, el ejercicio de la violencia física o verbal. g) La realización de los trabajos que los profesores manden realizar fuera de las horas de clase. h) El cuidado y respeto de todos los materiales que el centro pone a disposición de alumnos y Profesores. i) El cuidado de las instalaciones y del conjunto del edificio escolar. NORMAS DE CONDUCTA Las Normas de Conducta son de obligado cumplimiento para todos los alumnos del centro y deberán ponerse en conocimiento de los padres o tutores de los mismos. Estas normas pretenden responder a la necesidad de mantener en el Centro un ambiente adecuado para desarrollar la tarea formativa propia de un centro de educación. Los profesores tienen la responsabilidad de que se mantenga dentro del aula el necesario clima de sosiego para que los alumnos estudien, trabajen y aprendan. Todos los profesores del Centro están involucrados en el mantenimiento de un buen clima de convivencia, y en el cumplimiento de las Normas de Conducta establecidas. Cualquier profesor/a testigo de una infracción a dichas Normas, cuando tenga la consideración de leve, está facultado/a para imponer la sanción correspondiente. Antes de comenzar a enumerar las Normas de Conducta, consideramos importante recordar que corresponde a todos los alumnos los derechos y deberes regulados en la LOE /2/ 2006, de 3 de mayo.

Haciendo, pues, uso de la autonomía que nos confiere la Ley vigente y de acuerdo con las características de nuestro alumnado, pasamos a enumerar las siguientes Normas de Conducta: RELACIONADAS CON EL DEBER BÁSICO DE ESTUDIAR Asistencia a) Los alumnos/as justificarán debidamente las faltas de asistencia a su tutor/a y a cada uno de los profesores a cuyas clases hayan faltado a través de la agenda del centro, en el caso de los alumnos de secundaria obligatoria, y con el impreso oficial del centro, los alumnos de bachillerato que no dispongan de la agenda del centro. El alumno/a aportará la documentación que justifique las ausencias, el mismo día de la incorporación a clase. Corresponde al tutor/a o a Jefatura de Estudios considerar la falta como justificada. El tutor/a deberá guardar los justificantes entregados por los alumnos. b) La asistencia a los exámenes es obligatoria. Si un alumno/a falta a un examen, control o cualquier otra prueba de evaluación, no se le repetirá obligatoriamente y, en su caso, tendrá que realizar la prueba de recuperación. c) Cuando un alumno falte más de tres días consecutivos, el profesor deberá comunicarlo al tutor/a, quien se pondrá en contacto con la familia o el interesado para informarse de su situación. d) El tutor comunicará a los padres o tutores, por medio de carta certificada con acuse de recibo, cuando el alumno acumule en una o más asignaturas 10 faltas de asistencia injustificadas. e) Cuando un alumno acumule globalmente un tercio de faltas, se someterá, al final de curso, a los sistemas extraordinarios de evaluación previstos por los departamentos. f) La acumulación de faltas no justificadas podrá suponer el abandono de la asignatura y por tanto la pérdida del derecho a la evaluación continua. Dicha pérdida se establecerá de acuerdo al siguiente baremo: Nº FALTAS A LO LARGO DEL CURSO HORAS SEMANALES DE LA ASIGNATURA 20 5 16 4

12 3 9 2 6 1 g) Los alumnos de ESO no saldrán en ningún caso del centro durante el horario lectivo, salvo autorización expresa del tutor/a o de un miembro del Equipo Directivo. Presentarán dicha autorización al vigilante situado en la puerta del Centro. h) La inasistencia colectiva a clase de los alumnos por razones generales sólo puede ser decidida por la Junta de Delegados, que deberá comunicarla a Jefatura de Estudios y a la Dirección del centro con, al menos, 48 horas de antelación. Así mismo, los alumnos menores de edad deberán entregar a su tutor/a con una antelación de al menos 24 horas, una autorización firmada por sus padres o tutores legales para no asistir a clase. Puntualidad a) Los alumnos deben estar en su aula a la hora fijada para el inicio de la actividad docente. Los profesores permitirán el acceso a la primera clase hasta diez minutos después de su inicio si concurren circunstancias excepcionales huelgas, tráfico, etc.- que lo justifiquen. Para ello, el alumno/a habrá solicitado de Jefatura de Estudios un volante de retraso. Transcurridos esos diez minutos, no se permitirá el acceso a las aulas, arbitrando dicha Jefatura el lugar adecuado para la permanencia hasta la clase siguiente. b) Las faltas de puntualidad de justificarán ante el profesor/a y ante el tutor/a con el citado volante. Los alumnos menores de 18 años presentarán el impreso correspondiente firmado por su madre, padre o tutor legal. Los alumnos mayores de 18 años firmarán el impreso, que podría ir acompañad del visto bueno de su madre, padre o tutor legal. c) El tutor deberá anotar y guardar los justificantes. Cuando las faltas de puntualidad sean frecuentes lo comunicará por escrito, y con acuse de recibo, a la familia. Actitud en el Instituto a) Los buenos modales se consideran un objetivo prioritario a conseguir entre todo el personal del Centro. Por tanto, no se permiten las malas maneras en

el hablar, posturas incorrectas, y en general, cualquier conducta soez o inconveniente. b) Los alumnos deberán vestir adecuadamente dentro del centro, de manera acorde con la actividad académica que en el mismo se desarrolla. Quedan prohibidas aquellas prendas de vestir que la puedan entorpecer por llamar la atención o denotar falta de cuidado e higiene personal. c) Ni los alumnos ni el personal del Centro pueden llevar la cabeza cubierta dentro del recinto educativo. d) Los alumnos deberán traer el material necesario para cada asignatura. e) Los alumnos de secundaria deberán tener la agenda escolar del centro en perfectas condiciones y entregarla a cualquier profesor/a que la solicite. Los profesores deben contribuir a la utilización de la agenda como herramienta para organizar el trabajo de los alumnos/as y como vehículo de comunicación con las familias. Los alumnos/as deben traer firmadas por sus padres o representantes legales las observaciones que los profesores realicen en la agenda. RELACIONADAS CON LA UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS a) En los cambios de clase, los alumnos deberán esperar al profesor dentro del aula, sin salir al pasillo. Cuando un alumno/a deba acudir a otra aula deberá hacerlo de forma rápida y silenciosa para no molestar al resto de grupos. b) Los alumnos se comportarán correctamente en las entradas, salidas, cambios de clase, etc., evitando carreras, gritos y otras manifestaciones molestas, así mismo observarán las normas básicas de educación (dejar salir antes de entrar) c) Los alumnos bajarán y subirán correctamente las escaleras respetando la derecha. d) No se puede comer ni beber en las aulas ni dependencias del Instituto. No se puede masticar chicle en clase. e) En el caso de ausencia de algún profesor/a, los alumnos/as deberán permanecer en el aula hasta que llegue el profesor de guardia. f) Los alumnos no pueden salir de clase sin el consentimiento o autorización del profesor/a, por lo que durante los períodos lectivos no puede haber alumnos transitando fuera de las aulas por los pasillos o el vestíbulo del centro.

g) Durante los recreos los alumnos abandonarán las aulas y bajarán al patio. No podrán permanecer en lugares de paso como escaleras o vestíbulo. Sólo en circunstancias especiales, y con expreso consentimiento del equipo directivo, podrán permanecer los alumnos dentro del edificio en el tiempo de recreo. h) Se prohíbe fumar en todos los espacios del recinto escolar (Ley 5/2002, de 27 de Junio BOCM 8 Julio-) RELACIONADAS CON EL TRATO A LAS PERSONAS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR a) Basar las relaciones entre las personas en el respeto y la tolerancia. b) Respetar la autoridad del profesor/a y del personal no docente, obedeciendo tanto dentro de la clase como en el resto del recinto escolar. c) Tratar correctamente a los compañeros y al resto de la comunidad educativa, (conserjes, personal de secretaría, limpieza, cafetería, vigilancia) evitando el uso de motes y expresiones ofensivas o soeces. d) Respetar la integridad física y moral de las personas, absteniéndose de realizar amenazas, enfrentamientos, insultos, burlas, y bromas de mal gusto. No está permitido en ningún caso, el ejercicio de violencia física o verbal, ni siquiera en actividades de carácter deportivo. e) No discriminar a ninguna persona por razón de su nacionalidad, raza, sexo, orientación sexual o por cualquier otra circunstancia personal o social. f) La comunicación, por parte de los alumnos, de cualquier problema o circunstancia de especial interés, debe hacerse en el siguiente orden: profesor afectado-tutor-jefe de estudios. RELACIONADAS CON EL RESPETO A LAS INSTALACIONES Y MATERIALES a) Cuidar, respetar y contribuir al mantenimiento de todos los materiales, mobiliario e instalaciones del centro b) Respetar las pertenencias de todos los miembros de la comunidad educativa, no utilizando el material de los compañeros sin previo consentimiento o autorización c) Contribuir al mantenimiento de la limpieza del centro. Está prohibido tirar cualquier objeto al suelo (tanto en el interior de los edificios como en el patio) así como realizar pintadas y/o graffiti.

d) Al finalizar la jornada los alumnos dejarán la clase en orden y limpia. e) En todo el recinto escolar están prohibidos los patinetes, monopatines y zapatillas con ruedas. Los juegos con balón fuera de los espacios establecidos están igualmente prohibidos. f) Quedan prohibidos los juegos de azar (cartas, dados, etc) así como las apuestas con dinero en las instalaciones del centro, así como la introducción de bebidas alcohólicas o sustancias clasificadas como drogas. g) Los alumnos del turno nocturno podrán utilizar el aparcamiento del Centro ateniéndose a lo estipulado por jefatura de estudios. h) Está prohibido traer cualquier mascota al centro. RELACIONADAS CON EL USO DE TELÉFONOS MOVILES Y OTROS APARATOS ELECTRÓNICOS a) Está prohibido tener conectado o a la vista durante las clases el teléfono móvil o cualquier otro aparato electrónico de audio/vídeo. b) Está prohibida la grabación, publicidad y difusión de sonidos, imágenes o vídeos, de cualquier actividad del centro o de cualquier miembro de la comunidad educativa, sin la autorización de un profesor/a.