Contratación de Servicios de Internet e Interconexión de alta velocidad. Bases. Licitación Pública Nacional No. 09437002 010/09



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Transcripción:

Telecomunicaciones de México Dirección de Finanzas y Administración Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Gerencia de Adquisiciones Licitación Pública Nacional No. 09437002 010/09 Contratación de Servicios de Internet e Interconexión de alta velocidad Bases

MAYO 2009 2

Telecomunicaciones de México, en adelante Telecomm, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 134 Constitucional y los artículos 25, 26 fracción I, 27 y 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (que en lo sucesivo y para los efectos del presente documento, se denominará La Ley ) y su Reglamento, así como en las demás disposiciones relativas y aplicables vigentes, a través de la Gerencia de Adquisiciones dependiente de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, adscrita a la Dirección de Finanzas y Administración, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, 3er. Piso, Ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, Colonia Narvarte, Código Postal 03020, Delegación Benito Juárez, México D.F., con teléfono: 50 90 12 41, invita a los licitantes que no se encuentren en alguno de los supuestos que se establecen en los artículos 31, fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de La Ley, a participar en la Licitación Pública Nacional No. 09437002 010/09, para la Contratación de Servicios de Internet e Interconexión de alta velocidad, bajo las siguientes: 1. Descripción de los servicios. B a s e s Servicios de Internet e Interconexión de alta velocidad con un Proveedor de Servicios de Internet (ISP) a través de un enlace STM 1 en la modalidad de contrato multianual con cobertura de cinco periodos fiscales. 1.1. Descripción, especificaciones técnicas y cantidad de los servicios a contratar. En el anexo I, se detallan las características y cantidad de los servicios a contratar. 2.2 Lugar y condiciones donde se proporcionarán los servicios. El licitantes que resulten con adjudicación favorable, deberán iniciar la prestación de los servicios en los lugares señalados en el anexo I de las presentes bases. Los servicios serán desarrollados conforme a las especificaciones y características técnicas establecidas en el anexo I de estas bases. 1.3. Vigencia de los servicios a contratar. El período de prestación del servicio es a partir del 18 de junio del 2009 y hasta el 31 de Enero del 2013. 1.4. Violaciones a la Propiedad Intelectual. El licitante deberá manifestar por escrito en papel membretado y firmado por el representante legal de la empresa que a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 31, fracción XXV de La Ley, se indica que en caso de violación en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del licitante o proveedor, según sea el caso. 1.5. De la Calidad de los Servicios. El licitante deberá manifestar por escrito en papel membretado y firmado por el representante legal de la empresa, que se obliga a responder de cualquier responsabilidad en que se hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en la legislación aplicable. 1.6. Currículum Vitae Empresarial. El licitante podrá presentar su currículum vitae, en el cual deberá manifestar que cuenta con la experiencia mínima de un año en la prestación de servicios similares a los que se licitan, firmada por la persona física o por el represente legal de la empresa y podrá incluir los documentos que permitan conocer su actividad, debiendo citar la relación de los contratos que tenga celebrados por lo menos 3, indicando nombre y 3

domicilio de la dependencia, entidad o empresa contratante y teléfono de los mismos. La presentación de esta información representa la manifestación expresa de que los licitantes autorizan a Telecomunicaciones de México para obtener por sus propios medios, información referente a la relación comercial y el grado de cumplimiento de sus compromisos con terceros. Sin embargo el no presentarlo no será motivo de desechamiento. 1.7. Visitas a las Instalaciones de Telecomm Para elaborar satisfactoriamente sus propuestas, el (los) licitante(s) podrán realizar visitas desde el día 27 de mayo y hasta el día 29 de mayo de 2009, a las instalaciones de TELECOMM en CONTEL, Iztapalapa, con el propósito de verificar las condiciones de los inmuebles, con relación a la red que se instalará en el mismo. Para ello deberán de solicitar la constancia de visita al sitio donde se brindarán los servicios; el no presentar la constancia de visita, en el acto de Presentación y Apertura de Propuestas, será motivo de descalificación. La visita en sitio se realizará con un horario de 9:00 a.m. a 6:00 p.m., donde el área de la Gerencia del Centro Operativo Movisat, proporcionará una constancia a las empresas que hayan cumplido con este requisito. Esta constancia deberá ser integrada a la oferta técnica. Las visitas serán programadas por el personal técnico de la Gerencia del Centro Operativo Movisat previa cita en los teléfonos 50 90 16 44 y 50 90 16 41, con el M. en C. Juan Carlos Oropeza, Coordinador de Ingeniería de Comunicaciones para las Redes de Movisat 1.8. Normas Vigentes. Los licitantes deberán presentar por escrito en papel membretado de la empresa y firmado por el representante legal de la misma, que los servicios ofertados cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas Vigentes, las Normas Mexicanas y a falta de estas, las Normas Internacionales o, en su caso las Normas de Referencia, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 55 y 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y/o en su caso que los servicios cumplen con la Normatividad Mexicana y la Ley Federal de Telecomunicaciones. 1.9. Escrito de Integración Nacional. El licitante deberá presentar escrito en papel membretado, bajo protesta de decir verdad y firmado por el representante legal de la empresa, en donde señale que dicha empresa es de nacionalidad mexicana, con fundamento en los artículos 28 Fracción I de La Ley y 28 de su Reglamento. (Anexo IX) 1.10. Sostenimiento de Propuestas. Recibidas las propuestas en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión. 1.11. Escrito de Estratificación de la Empresa. El licitante ganador deberá entregar, manifestación por escrito en papel membretado y firmado por el representante legal de la empresa, en el que señale el tipo de estratificación (micro, pequeña o mediana) que corresponda a la empresa, con base en lo establecido en el artículo 3º de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana empresa y de conformidad al Diario Oficial de la Federación (DOF) del día 30 de diciembre de 2002, sólo aplica para licitantes ganadores. (Anexo XI). 2. Requisitos que deben cumplir quienes deseen participar en esta Licitación 4

2.1. Presentación de las Propuestas. Para poder participar en la presente licitación, es requisito indispensable, que cada licitante presente su propuesta de acuerdo a lo indicado en estas bases; la omisión de algún requisito o presentación de documentos no apegados a lo indicado, será motivo de descalificación y sólo se podrá presentar una propuesta por licitante. 2.2. Poderes que deberán tenerse. Los representantes legales de los licitantes que suscriban la propuesta de la licitación, deberán contar con facultades suficientes para comprometerse y contratar a nombre de su representada. Los licitantes podrán delegar su representación a otras personas, si cuentan con facultades para ello, en los actos de apertura de propuestas y fallos; al efecto, deberán requisitar el formato que figura como anexo III; dicho documento no requiere ser notariado, para lo cual deberán entregar copia y original para cotejo de identificación oficial con fotografía y firma, de quien otorga el poder, así como de quien lo recibe. La falta de dicho formato no será motivo de descalificación, pero únicamente podrá participar en los actos con el carácter de oyente, es decir, sin voz ni voto. 2.3. Restricciones de los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de La Ley. 2.3.1 Con fundamento en el articulo 31, fracción XXIV de La Ley, no podrán participar en los procedimientos de contratación establecidos en esta Ley, las personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos de La Ley por lo que deberán presentar declaración por escrito, en papel membretado, bajo protesta de decir verdad y firmado por el representante legal de la empresa, de no encontrarse dentro de las restricciones establecidas en dicho precepto (anexo VII). 2.3.2 Los licitantes deberán presentar declaración por escrito en papel membretado, bajo protesta de decir verdad y firmado por el representante legal de la empresa, de no encontrarse dentro de las restricciones establecidas en los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de La Ley (anexo V). 2.4 Obligaciones Fiscales y la regla I.2.1.17 de la Miscelánea Fiscal para 2009, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 29 de Abril de 2009 y oficio circular de fecha 19 de septiembre de 2008. A fin de dar cumplimiento al artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación (C.F.F.) y la regla I.2.1.17. de la Miscelánea Fiscal para 2009 publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 29 de abril de 2009, únicamente las personas físicas o morales que resulten adjudicadas con pedidos o contratos que excedan de $300,000.00 sin incluir el I.V.A., deberán presentar ante la entidad contratante, el acuse de recepción con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la regla. I.2.1.17 de la Miscelánea Fiscal para el 2009. Las consultas de opinión ante el SAT, preferentemente se realizarán dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha del fallo. Las solicitudes de opinión que se elaboren ante el SAT deberán incluir el siguiente correo electrónico comsatap@telecomm.net.mx, a fin de que el SAT envíe el acuse de respuesta que emitirá en atención a su solicitud de opinión. Por lo que se refiere a las personas físicas o morales residentes en el extranjero que resulten adjudicadas y que no estén obligadas a presentar la solicitud de inscripción en el RFC o declaraciones periódicas en 5

México, así como los contribuyentes que no estén obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del ISR, deberán realizar su solicitud de opinión al SAT ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que le corresponda al domicilio de la convocante. Tratándose de propuestas conjuntas previstas en el artículo 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cada una de las personas obligadas deberán presentar el acuse de recepción. Si previó a la formalización del contrato el Organismo recibe del SAT el acuse de respuesta de la solicitud presentada por el Licitante en el que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales de la persona física o moral adjudicada el Organismo se abstendrá de formalizar el contrato y remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato por causas imputables al adjudicado.. 2.5 Empresas con Personal con Discapacidad. En igualdad de condiciones, se dará preferencia a personas físicas con discapacidad o a las empresas que cuenten con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; antigüedad que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, lo que el licitante deberá manifestar por escrito en papel membretado, bajo protesta de decir verdad y firmado por el representante legal de la empresa, en caso de ser persona física, anexar copia del alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, para lo anterior las empresas que se encuentren en el supuesto del Artículo 14 de la Ley, deberán presentar junto con su proposición, un manifiesto en el cual indiquen que es una persona física con discapacidad, o que es una empresa que cuenta con personal con discapacidad en la proporción que señala la Ley. Este requisito es optativo. 3. Información de la Licitación 3.1. La adjudicación del contrato será por partida única y completa, por lo que los licitantes deberán presentar su proposición conforme a las presentes bases y no se aceptarán opciones. 3.2. Instrucciones para elaborar las proposiciones: 3.2.1. Por escrito en papel membretado y preferentemente foliadas, sin ser motivo de descalificación esto último. 3.2.2. Se deberán presentar sin tachaduras ni enmendaduras, en sobre cerrado. 3.2.3. Se deberán presentar exclusivamente en el idioma español. 3.2.4. Las cotizaciones deberán presentarse en pesos mexicanos. 3.2.5. El licitante deberá presentar sus propuestas de acuerdo a lo indicado en estas bases. 3.2.6. Las propuestas deben ser firmadas por personas que tengan facultades suficientes para ello, conforme a lo indicado en el punto 2.2 de estas bases. Para acreditar lo señalado anteriormente, deberá requisitar íntegramente el anexo II. 6

3.2.7. Referente al requisito del objeto social del anexo II, se deberá transcribir literalmente el señalado en la escritura pública que contenga su acta constitutiva o modificación a la misma para los servicios objeto de la presente licitación. 3.2.8. La Propuesta Técnica se integrará con las especificaciones que contiene el anexo I de estas bases y deberán estar debidamente firmadas de aceptación de todas y cada una de sus especificaciones y además, deberá contener la documentación solicitada en las presentes bases. 3.2.9. La Propuesta Económica será a través del anexo IV y se deberá anotar el número de licitación y la vigencia de la cotización presentada, la cual deberá tener validez obligatoria durante el periodo de ejecución de los servicios. Si el período de vigencia es más corto que el solicitado, la propuesta será desechada por Telecomm, con base en el punto 3.8.4.2. de las presentes bases. El licitante deberá presentar el costo del servicio que se establece en el anexo I de estas bases, por el total del periodo de la vigencia del contrato. anexo IV (formato de propuesta económica). 3.2.10. Las ofertas Técnica y Económica deberán presentarse en sobre cerrado. 3.2.11. Presentar un escrito bajo protesta de decir verdad en donde el licitante manifieste su total integridad respecto de abstenerse de adoptar conductas para que los servidores públicos de Telecomunicaciones de México, que participen en el proceso licitatorio induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento y otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas sobre los demás licitantes participantes. Este documento deberá presentarse en papel membretado y firmado por el representante legal de la empresa proponente (Anexo VIII). 3.3. Presentación Conjunta de Propuestas. De conformidad con el artículo 34 de La Ley, los interesados que no se encuentren en alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la misma Ley, podrán agruparse para presentar su propuesta. 3.3.1. Tendrán derecho a participar adquiriendo, alguno de los integrantes del grupo, solamente un ejemplar de bases; 3.3.2. Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: a) Nombre y domicilio y registro federal de contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acredite la existencia legal de las personas morales, y de haberlas sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas. b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación; c) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación mismo que firmará la proposición. d) La descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, 7

e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme. El convenio a que se refiere este punto deberá presentarse, constituyendo el requisito No. 15 de la siguiente relación. 3.4. Entrega de documentación que se solicita como requisito para participar en la licitación. (La descripción del documento es sólo enunciativa, por lo que los licitantes deberán apegarse a lo solicitado en los puntos correspondientes) Los licitantes deberán presentar la siguiente documentación que se solicita, como requisito para participar en la licitación, el día viernes 5 de junio de 2009 a las 10:00 horas, en la Sala de Plenarias, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, Piso 15 de la Torre Central de Telecomunicaciones, Colonia Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, México D.F. Req. Punto de No. las Bases Descripción del Documento 1. 1.4 Violaciones a la Propiedad Intelectual. 2. 1.5 De la Calidad de los Servicios 3. 1.6 Curriculum Vitae Empresarial (es opcional) 4. 1.7 Constancia de Visitas 5. 1.8 Normas Vigentes. 6. 1.9 Escrito de Integración Nacional 7. 2.2 Poderes que deberán tenerse 8. 2.3.1. Restricciones del artículo 31, fracción XXIV de La Ley. 9 2.3.2. Artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de La Ley 10. 2.5 Empresas con Personal con Discapacidad.(es opcional) 11 3.2.6. Formato de acreditación de representación legal. 12. 3.2.8. Propuesta Técnica 13 3.2.9. Propuesta Económica 14. 3.2.11. Carta de Integridad 15. 3.3. Presentación Conjunta de Propuestas 16. 3.7 Recibo de compra de Bases 3.5. Relación de Anexos. Anexo I Anexo II Anexo III Anexo IV Anexo V Anexo VI Anexo VII Anexo VIII Anexo IX Anexo X Anexo XI Descripción, especificaciones técnicas y alcances de los servicios a contratar Formato de acreditación de Representación Legal Formato de carta poder Formato de propuesta económica (el licitante podrá presentar formato libre) Formato de carta de no encontrarse bajo los supuestos de los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de La Ley Guía para la entrega de requisitos y documentación obligatoria para participar en la licitación Formato de Carta de no inhabilitación. Restricciones del artículo 31, fracción XXIV de La Ley Formato de Carta de Integridad Formato de Carta de Integración Nacional Formato de Contrato Formato de escrito de Estratificación de la empresa 3.6. Modificaciones a la Convocatoria o a las bases de la Licitación. 8

En caso de modificaciones a las bases, se informará a los interesados mediante aviso que se publicará, a través de la sección especializada del Diario Oficial de la Federación, a fin de que los interesados concurran a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de Telecomunicaciones de México, para conocer de manera específica la o las modificaciones respectivas. Con fundamento en el articulo 33 de la Ley, siempre que con ello no tenga por objeto limitar el número de licitantes, la Entidad podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación, a partir de la fecha en que sea publicada la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de propuestas, debiendo Telecomunicaciones de México colocar el aviso de modificaciones en el tablero informativo. Cuando las modificaciones deriven de la junta de aclaraciones, no se difundirán en el diario antes citado, publicándose en el tablero informativo, ubicado en la recepción de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicado en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, 3er. Piso, Ala Norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, Colonia Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, México D.F., colocadas para el efecto, conforme al párrafo anterior. Las modificaciones a las bases, no podrán consistir en sustitución o variación sustancial de los bienes convocados originalmente o bien en la adición de otros distintos. Cualquier modificación derivada de la junta de aclaraciones, será considerada como parte integrante de estas bases. 3.7. Costo de las Bases. Estas bases tienen un costo de $1,209.00 (Mil Doscientos Nueve pesos 00/100 M.N.) si el licitante decide adquirirlas en las instalaciones de Telecomunicaciones de México. El pago podrá efectuarse mediante un depósito en la cuenta No. 0444581466 del Banco BBVA Bancomer, sucursal Etiopia (30) a nombre de Telecomunicaciones de México, o bien, en efectivo en la Caja General de Telecomunicaciones, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, Piso 12 Ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, Colonia Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, México D.F., con horario de 09:00 a 14:00 horas en días hábiles, donde en su caso, deberán presentar la ficha de depósito original, con el fin de proceder a la elaboración del recibo correspondiente, mismo que contendrá el concepto del depósito, nombre de la empresa, domicilio, RFC, entre otros. Finalmente deberá recoger sus bases en la Gerencia de Adquisiciones dependiente de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en el 3er. Piso Ala Norte del domicilio antes señalado, debiendo entregar copia de su recibo de pago. Si el licitante elige la opción de adquirirlas a través del sistema electrónico de Contrataciones Gubernamentales compranet en la dirección: http://compranet.gob.mx el costo será de $1,098.00 (Mil Noventa y Ocho pesos 00/100 M.N.) y el pago se efectuará directamente en cualquier sucursal de los bancos autorizados, con el recibo que el propio sistema genera para tal fin; dicho pago se cubrirá en el mismo periodo y en el horario establecido por la institución bancaria. El licitante deberá conservar el recibo de compra de bases sellado por el banco o bien el que genera Telecomunicaciones de México, para presentarlo en el sobre de proposición técnica como requisito indispensable para participar en la licitación. 3.8. Actos. 3.8.1. Junta de Aclaraciones a las bases de licitación. 9

Se llevará a cabo junta de aclaraciones de las bases de esta licitación el día viernes 29 de mayo de 2009 a las 10:00 horas, en la Sala de Plenarias, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, Piso 15 de la Torre Central de Telecomunicaciones, Colonia Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, México D.F., de la cual se levantará el acta correspondiente, firmando todos los servidores públicos y licitantes asistentes y se les entregará copia de la misma. La asistencia de los licitantes a la junta de aclaraciones es optativa y solamente podrán formular aclaraciones las personas que hayan presentado copia del recibo de pago de bases, sin embargo, los acuerdos ahí tomados serán obligatorios y formarán parte integral de las bases de la licitación, siendo motivo de descalificación su inobservancia, los licitantes podrán adelantar sus solicitudes de aclaración a la dirección de correo electrónico ortegaf@telecomm.net.mx o en diskette 3.5 (Word 2003) e impreso en papel membretado, firmado en original, mismos que deberán ser entregados a más tardar un día antes de que se lleve a cabo dicha junta, en la Gerencia de Adquisiciones, sita en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, 3er. Piso, Ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, Colonia Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, México D.F. o en su caso durante la presente reunión. Al término de la referida sesión no habrá posibilidad de aclaración o discusión sobre el contenido y alcance de estas bases. Los licitantes que no hayan asistido tendrán a su disposición la información relativa a la junta de aclaraciones, misma que se fijará en copia en el tablero informativo de la recepción de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicado en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, 3er. Piso, Ala Norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, Colonia Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, México, D.F., permaneciendo dicha copia por un término no menor de 5 días hábiles posteriores a la fecha en que se haya realizado el acto, siendo exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma, en la Gerencia de Adquisiciones. 3.8.2. Acto de Presentación y Apertura de Propuestas. El acto de presentación y apertura de propuestas será el día viernes 5 de mayo de 2009 a las 10:00 horas, en la Sala de Plenarias, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, Piso 15 de la Torre Central de Telecomunicaciones, Colonia Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, México D.F., para lo cual invariablemente deberán entregarse en sobre cerrado; el cual contendrá la Propuesta Técnica y Económica. Es importante aclarar que para este acto es requisito indispensable la asistencia puntual, ya que después de iniciado el acto de apertura de las propuestas, no se recibirá propuesta alguna y no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador. En el acto de presentación y apertura de propuestas se revisará cuantitativamente ambas Propuestas; en el caso de que se hubiere omitido alguno de los requisitos exigidos, se desechará la propuesta, se levantará el acta correspondiente, a fin de hacer constar las propuestas técnicas aceptadas para su posterior evaluación y el importe de cada una de ellas, las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron. Por lo menos un licitante, si asistiere alguno y el servidor público de Telecomm facultado para presidir el acto o el servidor público que este designe, rubricarán todas las propuestas técnicas y económicas. En el período que transcurra entre la apertura de propuestas y la emisión del fallo, se llevará a cabo el análisis detallado de los requisitos legales, de las Propuestas Técnicas aceptadas y de las Propuestas Económicas por parte de las áreas correspondientes de Telecomunicaciones de México, a fin de determinar las que cumplen con lo solicitado en éstas bases. Una vez recibidas las propuestas en la fecha, hora y lugar establecidos, estas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión. 3.8.3 Criterios que se aplicarán para la adjudicación del contrato. 3.8.3.1. Evaluación. 10

Se llevará a cabo evaluación del cumplimiento de los requisitos solicitados en las presentes bases, de los documentos entregados, los cuales tendrán el mismo valor para la evaluación de la propuesta Técnica, ya que la falta de alguno de ellos será motivo de descalificación de las propuestas, con ello Telecomm pretende documentar las obligaciones contraídas por el licitante, para lo cual se emitirá el Dictamen Técnico en el que se detalle el cumplimiento a lo solicitado, determinando las propuestas que cumplen y las que no cumplen. Se elaborará el cuadro comparativo de las Propuestas Económicas de los licitantes que cumplieron de acuerdo al párrafo anterior. Con base en el análisis comparativo de las propuestas económicas admitidas por Telecomunicaciones de México, emitirá un dictamen económico que servirá como fundamento para el fallo, mediante el cual se adjudicará el contrato de entre los licitantes que cuya proposición resulte solvente, porque reúne conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por Telecomunicaciones de México, garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones y haya presentado el precio solvente más bajo. Con fundamento en el artículo 45 del Reglamento de La Ley, en caso de error en las operaciones aritméticas contenidas en la proposición económica, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de Telecomm, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el dictamen a que se refiere el artículo 36 Bis de La Ley. Si el licitante no acepta la corrección de la proposición, se desechará la misma. Una vez hecha la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente, el cual se reflejará conforme a los criterios de adjudicación establecidos en estas bases, las condiciones legales y técnicas requeridas y cuyo precio sea el solvente más bajo. Por ningún motivo se establecerá a los documentos o al proceso de licitación, puntos o porcentajes para realizar la evaluación. 3.8.3.2. Criterios de Desempate. En caso de que dos o más propuestas empaten en la propuesta económica, se aplicará en primer lugar lo establecido en el artículo 14 segundo párrafo de La Ley, de no existir el supuesto anterior, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que se celebre en el propio Acto de Fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador. 3.8.4. Desechamiento y Descalificación. Se desechará a los licitantes que incurran en una o varias de las siguientes situaciones: 3.8.4.1. Durante la etapa de Apertura de Propuestas: 3.8.4.1.1. No presentar cualquiera de los requisitos solicitados en los términos del punto No. 3.4 de estas bases. 3.8.4.1.2. La documentación legal, administrativa podrá a elección del licitante presentarla dentro o fuera del sobre cerrado excepto las propuestas técnica y económica, que deberá presentarse en sobre cerrado. Para estos casos se asentarán las observaciones que correspondan en el acta respectiva al acto de apertura de propuestas. 11

3.8.4.2. Durante la etapa de Evaluación: 3.8.4.2.1. No ajustar la propuesta a cualquiera de los requisitos y condiciones establecidas en estas bases. Para estos casos se asentarán las observaciones que correspondan en el acta respectiva del Acto de Presentación y Apertura Técnica y Económica y Fallo. 3.8.4.2.2. Las propuestas que no se puedan evaluar por falta de algún requisito quedarán desechadas. 3.8.4.2.3. Se desecharán aquellas propuestas en las que no se especifique con precisión si los precios ofertados incluyen o no el Impuesto al Valor Agregado. 3.8.4.2.4. Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Las propuestas que por cualquier motivo omitan algún requisito de los solicitados en estas bases, serán desechadas y podrán devolverse a los licitantes cuando así lo soliciten, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 B del Reglamento de La Ley. Dichas propuestas estarán a disposición de los licitantes en la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, 3er. Piso, Ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, Col. Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, México D.F., con teléfono: 50 90 12 41, entre los 60 y 65 días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo. Transcurrido dicho plazo Telecomm, en apego a lo establecido en las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, así como en el artículo 68 B primer párrafo del Reglamento de La Ley, procederá a la destrucción de las propuestas que hayan sido desechadas o descalificadas. Se aplicará este mismo criterio para la devolución de los sobres de los licitantes que no cumplieron con los requisitos solicitados en la etapa de apertura. 3.9. Fallo. El Acto de Fallo se llevará a cabo el día lunes 8 de junio de 2009 a las 10:00 horas, en la Sala de Plenarias, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, Piso 15 de la Torre Central de Telecomunicaciones, Colonia Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, México D.F., en este acto se dará a conocer por escrito el nombre del licitante ganador y las razones por las cuales, las propuestas de los demás participantes no resultaron con adjudicación favorable. Finalmente se elaborará el Acta de Fallo para la adjudicación del contrato al licitante ganador, entregando copia de la misma. 3.9.1. Publicación en tablero informativo. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de La Ley, las actas derivadas de la junta de aclaraciones, de los actos de apertura de Propuestas técnicas, de apertura de Propuestas económicas y de fallo, se pondrán al finalizar cada uno de los mismos para efectos de su notificación a disposición de los licitantes que no hayan asistido, fijándose copia de las mismas en el tablero informativo de la recepción de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicado en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, 3er. Piso, Ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, Colonia Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, México D.F., dicha copia permanecerá por un término no menor de cinco días hábiles posteriores a la fecha en que se haya realizado el acto correspondiente, siendo exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas, en la Gerencia de Adquisiciones. 12

3.9.2. Licitación Desierta Se podrá declarar desierta la licitación, en los siguientes casos: 3.9.2.1. Si no adquiere las bases cuando menos un licitante. 9.2.2.1. Si no se presenta cuando menos una propuesta al acto de presentación y apertura de Propuestas. 3.9.2.3. Si al abrir las propuestas no se encuentra cuando menos una de ellas que cumpla con todos los requisitos establecidos en las bases de licitación. 3.9.2.4. Si después de efectuada la evaluación, no fuese posible adjudicar el contrato a ningún licitante por proponer condiciones que no sean aceptables. Cuando la licitación se declare desierta, Telecomunicaciones de México, observará los procedimientos legales que correspondan. 3.10. Suspensión temporal o cancelación de la licitación. Telecomunicaciones de México podrá suspender temporalmente o cancelar la licitación en los términos del artículo 38 cuarto párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. 4. Aspectos Económicos. 4.1. Condiciones de precio, anticipo y pago que se aplicarán. 4.1.1. Precio. El precio deberá anotarse conforme a lo señalado en el anexo IV, en pesos mexicanos, con número y letra, señalando si esto incluye o no el Impuesto al Valor Agregado y permanecerá fijo durante la vigencia del contrato. El licitante deberá sostener los precios propuestos y pactados en el contrato, firmes durante su vigencia y hasta su vencimiento, deberán incluir todos los costos involucrados considerando todos los conceptos de los servicios que requiere Telecomunicaciones de México, por lo que no podrá agregar ningún costo extra, siendo inalterables. 4.1.2. Anticipo. No se otorgará anticipo. 4.1.3. Pago. Los pagos se efectuarán en pesos mexicanos una vez que se haya suscrito el contrato a mes vencido, dentro de los 30 días naturales posteriores a la entrega y aceptación de la factura y demás documentación correlativa. Los pagos serán liquidados a través de transferencia electrónica de fondos vía Pago Interbancario, para tal efecto el licitante requisitará a la firma del contrato el formato Solicitud de pago a través del servicio Interbancario, en el entendido de que será responsabilidad del licitante que los datos que se presenten en dicho formato sean los correctos (Número de cuenta con todos los dígitos, plaza y número de sucursal). En caso de no presentar dicho formato el pago se realizará con cheque. Una vez que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público establezca los lineamientos a cumplir para el pago a proveedores que prestan sus servicios a las dependencias y entidades del Gobierno Federal, se tomarán en consideración para el pago correspondiente. 13

Los licitantes ganadores deberán presentar sus facturas mensuales para revisión y validación acompañada del soporte documental que compruebe la prestación de los servicios a entera satisfacción del área usuaria según el domicilio indicado en el anexo I. El pago de los servicios quedará condicionado al pago que el licitante deba efectuar por concepto de penas convencionales, que se determinen conforme al numeral 6.5.1. de las presentes bases, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. 5. Impuestos Los impuestos y derechos que procedan serán pagados por el licitante con excepción del Impuesto al Valor Agregado señalado en la factura, que cubrirá el Organismo, conforme a la normatividad aplicable. 6. Información del contrato 6.1. Firma del contrato. El representante legal del licitante ganador, deberá presentarse a suscribir el contrato en la Gerencia de Adquisiciones adscrita a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas No. 567, 3er. Piso, Ala norte de la Torre Central de Telecomunicaciones, Colonia Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez, México D.F., dentro de los 20 días naturales siguientes a la notificación del fallo, debiendo entregar la garantía de cumplimiento correspondiente a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma del contrato. En el supuesto que el licitante ganador no se presente a firmar el contrato en la fecha estipulada por causas que le sean imputables, será sancionado en los términos del artículo 60 de la Ley y se procederá a adjudicar el contrato correspondiente a la segunda mejor propuesta presentada en la licitación y así sucesivamente en el orden de preferencia de la evaluación, siempre que la diferencia a la propuesta económica que inicialmente hubiere resultado ganadora no sea superior en su caso al 10%. El licitante ganador, previo a la firma del contrato, deberá entregar en original y copia la documentación comprobatoria que a continuación se menciona: Escritura y modificación, en su caso del acta constitutiva de la sociedad licitante, con el objeto social acorde a lo solicitado. Cédula de identificación Fiscal (RFC) actualizada, en la que se consigne el domicilio fiscal. Poder notarial del representante legal con facultades que lo acrediten para comprometerse y contratar a nombre de su representada. Solicitud de pago interbancario. Copia de la identificación del representante legal. Escrito de Estratificación de la Empresa La Solicitud de cumplimiento ante el SAT deberá de solicitarse preferentemente dentro de los tres días posteriores a la fecha del fallo. El Acuse de la solicitud realizada al SAT, para aquellos contratos mayores de $300,000.00 sin I.V.A. se presentará al departamento de compras. 6.2. Modificaciones al contrato. 6.2.1. Previo acuerdo entre ambas partes sin desvirtuar el contenido de estas bases. 6.2.2. Por restricción presupuestal para lo cual, se dará aviso al licitante ganador con 20 días naturales de anticipación. 14

6.2.3. Al amparo del artículo 52 de La Ley. 6.2.4. A efecto de diferir la fecha para la prestación de los servicios en los términos del artículo 63 del Reglamento de La Ley. 6.3. Garantías. 6.3.1 Garantía de cumplimiento del contrato De conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 Fracción II y 49 Fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, es indispensable que se garantice el cumplimiento de las obligaciones pactadas entre Telecomunicaciones de México y el licitante al cual se le haya adjudicado la prestación de servicios, la adquisición o arrendamiento de bienes, para lo cual se tendrá que constituir una garantía a favor de Telecomunicaciones de México, en pesos mexicanos por un importe equivalente al 10% del monto total del contrato, antes del Impuesto al Valor Agregado, misma que deberá ser expedida por una Institución Afianzadora Mexicana debidamente autorizada para tal efecto. 1. Que la fianza se otorga para garantizar todas las obligaciones, incluyendo la entrega, penas convencionales y el período de garantía de funcionamiento, atendiendo además todas las estipulaciones contenidas en el contrato. 2. Que la vigencia de la póliza de fianza será determinada y comprenderá la vigencia del contrato garantizado y que en caso de reclamación se deberá realizar dentro de los 180 días naturales siguientes, contados a partir de la terminación de la vigencia del contrato celebrado entre El proveedor y Telecomm lo anterior conforme a lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. 3. Que la fianza otorgada para garantizar el cumplimiento del referido contrato continuará vigente aún en el caso de que se otorgue prórroga, espera, ampliación al monto o al plazo de ejecución del mismo contrato. En virtud de lo anterior la afianzadora renuncia expresamente al derecho de manifestar el consentimiento a que se refiere el artículo 119 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. 4. Que acepta expresamente someterse a lo previsto en los artículos 93, 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor. 5. Que permanecerá vigente durante la substanciación de cualquier recurso o juicio que se interponga hasta que se dicte resolución definitiva y firme por autoridad, salvo que las partes se otorguen el finiquito. 6. Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de Telecomm por medio de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales. 7. Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos establecidos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. 8. Que en caso de que exista finiquito y existan saldos a cargo de El proveedor y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, Telecomm deberá liberar la fianza respectiva que se haya otorgado. 9. Que la fianza garantiza la ejecución total de los servicios objeto del contrato. 10. Que la afianzadora se someterá expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, D. F., renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. 15

6.4. Sanciones. 11. Que en las condiciones generales del contrato de fianza, el fiado se obligue a rembolsar las cantidades que la afianzadora haya decidido pagar incluso si las obligaciones garantizadas se encuentran sujetas a plazo, condición o situación controvertida. 6.4.1. Se aplicarán las sanciones establecidas en los artículos 59 y 60 de La Ley, al licitante que se ubique en alguno de los supuestos siguientes: 6.4.1.1. Que injustificadamente y por causas imputables al mismo no formalice el contrato. 6.4.1.2. Que se encuentre en el supuesto de la fracción III del artículo 50 de La Ley, respecto de dos o más dependencias o entidades. 6.4.1.3. Que no cumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a él y que, como consecuencia, cause daños o perjuicios graves a Telecomunicaciones de México, así como, aquel que preste los servicios con especificaciones distintas de las convenidas, y 6.4.1.4. Que proporcione información falsa o que actué con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad. 6.5. Penas Convencionales y Rescisión de Contrato. 6.5.1. Penas Convencionales. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 31 Fracción XVI de La Ley y el artículo 64 de su Reglamento, Telecomunicaciones de México aplicará penas convencionales al licitante ganador por el atraso en la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación, de la siguiente manera: La pena convencional que se aplicará al licitante ganador por atraso en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, será del dos al millar diario a partir del día siguiente en el que el licitante debiera prestar los servicios conforme al contrato, la cual no debe exceder el monto de la fianza de cumplimiento, la pena convencional será calculada por la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 53 de La Ley ; para tal efecto se deberá realizar depósito por el total del importe de la pena aplicada, en la cuenta y banco que la Subdirección antes mencionada señale para tal efecto, a favor de Telecomunicaciones de México, por el monto de la sanción y la ficha de depósito deberá ser entregada en original y copia para su cotejo, trámite que exclusivamente se realizará en el caso de aplicación de pena convencional. También el cobro de la pena convencional podrá deducirse de la facturación correspondiente, mediante nota de crédito, excedido el monto del 10% del total del contrato sin I.V.A., se procederá a la rescisión del mismo. Telecomunicaciones de México aplicará la pena convencional prevista en los párrafos anteriores, por atraso en el cumplimiento de las obligaciones contractuales al licitante ganador, cuando éste incurra en alguno de los siguientes supuestos: 6.5.1.1. No proporcione los servicios, en los plazos y condiciones establecidos en los anexos correspondientes. 6.5.1.2. No proporcione los servicios, en los nuevos plazos establecidos, que resulten del diferimiento derivado de la aplicación del artículo 63 del Reglamento de La Ley. Telecomunicaciones de México podrá deducir de la facturación pendiente de pago con motivo del incumplimiento parcial y/o total o por deficiencia en las obligaciones del proveedor, máximo hasta el 10% del importe del contrato sin incluir el I.V.A., excedido este monto, se procederá a la rescisión del contrato. 16

Lo antes expuesto de conformidad con lo establecido en el antepenúltimo párrafo del artículo 54 de La Ley. No se realizará pago si el licitante no ha depositado ó presentado nota de crédito por concepto de Penas convencionales. 6.5.2. Rescisión. Se dará inicio al procedimiento de rescisión en términos de lo dispuesto por el artículo 54 de La Ley, cuando el licitante se ubique en alguno de los siguientes supuestos: 1. Porque no otorgue en tiempo y forma la fianza a que se refiere la cláusula Sexta, o, en su caso, la póliza de responsabilidad civil a que alude la cláusula Octava de este instrumento contractual. 2. Si no inicia en la fecha convenida la prestación de los servicios objeto de este contrato, o suspenda injustificadamente la ejecución de los mismos. 3. Por prestar los servicios deficientemente o por no apegarse a lo estipulado en el presente contrato y sus anexos, o sin motivo justificado no atienda las instrucciones que Telecomm le indique en términos de lo establecido en la cláusula Octava de este instrumento contractual. 4. Si no brinda a Telecomm y/o a las dependencias que tengan que intervenir, los datos necesarios para la inspección de los servicios objeto del presente contrato. 5. Si se comprueba que la manifestación a que se refiere su declaración II.6 se realizó con falsedad, o bien resulta falsa la información proporcionada en su propuesta de servicios. 6. En el caso de que alguna autoridad competente lo declare en concurso mercantil, o en quiebra, suspensión de pagos, concurso de acreedores o cualquier otra figura análoga, o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte a su patrimonio en forma tal que le impida cumplir con las obligaciones contraídas en virtud de este contrato. 7. Porque transmita, total o parcialmente, los derechos y obligaciones derivados de este contrato. 8. En general porque incumpla cualquiera de las obligaciones consignadas en este contrato o de las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. En caso de que Telecomunicaciones de México, rescinda el contrato podrá considerar a los licitantes cuyas propuestas hubiesen cumplido con todas las condiciones establecidas en las bases de la licitación, siguiendo el orden de preferencia de la evaluación, siempre que la diferencia de su oferta no sea mayor al 10% de la que resulte adjudicada. 6.6. Terminación Anticipada. Telecomunicaciones de México, en cualquier tiempo y sin responsabilidad alguna, podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, cuando concurran razones de interés general, de conformidad con el artículo 54 de La Ley. 6.7. Inconformidades. Podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la Ley, cuando dichos actos se relacionen con: I. La convocatoria, las bases de licitación o la junta de aclaraciones, siempre que el interesado haya adquirido las bases y manifestado su objeción, así como los argumentos y razones jurídicas que la funden, en la propia junta de aclaraciones. 17

En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado dentro de los diez días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones; II. Los actos cometidos durante el acto de presentación y apertura de Propuestas y el fallo. En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación del acto respectivo, o III. Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en las bases o en la Ley. En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que se hubiere vencido el plazo para la formalización del contrato. La Secretaría de la Función Pública desechará las inconformidades que se presenten en contra de actos o en momentos distintos a los establecidos en las fracciones anteriores; igualmente, desechará las inconformidades a que se refiere la fracción I de este artículo, cuando de las constancias se desprenda que el inconforme no hubiere asistido a la junta de aclaraciones o cuando, habiendo asistido, no hubiere manifestado su objeción y los argumentos y razones jurídicas que la funden respecto de aquellos actos que presuntamente contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la Ley. Toda inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública. Transcurrido el plazo establecido en esta cláusula, se tendrá por precluido el derecho a inconformarse, sin perjuicio de que la Secretaría de la Función Pública pueda actuar en cualquier tiempo en términos de ley. Lo establecido en esta cláusula, es sin perjuicio de que las personas interesadas previamente manifiesten a la Secretaría de la Función Pública las irregularidades que a su juicio se hayan cometido en el procedimiento de contratación, a fin de que las mismas se corrijan. El promovente deberá manifestar, bajo protesta de decir verdad, los hechos que le consten relativos al acto o actos que aduce son irregulares y acompañar la documentación que sustente su petición. Las manifestaciones de hechos falsos se sancionarán conforme a las disposiciones de la Ley y a las demás que resulten aplicables. Cuando una inconformidad se resuelva como infundada por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se impondrá al promovente multa conforme lo establece el artículo 59 de la Ley. 7. Controversias Las controversias que se susciten, con motivo de esta licitación, se resolverán con apego a lo previsto en La Ley, su Reglamento y en las disposiciones de carácter Federal aplicables. 8. Aclaraciones Finales No se negociará ninguna de las condiciones establecidas en estas bases, ni las propuestas que presenten los licitantes. En atención al Oficio Circular No. SACN/300/148/2003 de fecha 03 de septiembre de 2003 emitido por la Secretaría de la Función Pública, se adjunta el siguiente texto: 18

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación la primera ya fue aprobada en donde un grupo de expertos verificará, entre otros: La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en: Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición. Las responsabilidades del sector privado contemplan: Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa. Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales. Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas. Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. 19

El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: Artículo 222 Cometen el delito de cohecho: I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y II.El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones. Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, de treinta a trescientos días multa y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, de trescientos a mil días multa y destitución e inhabilitación de dos a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo X I Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: I. A un servidor público extranjero o a un tercero que éste determine, para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; II. A un servidor público extranjero, o a un tercero que éste determine para que dicho servidor público lleve a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. 20