LIGA INTERCLUBES DE BILLAR A TRES BANDAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA REGLAMENTO



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Transcripción:

LIGA INTERCLUBES DE BILLAR A TRES BANDAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA REGLAMENTO ARTICULO 1.- DEL REGLAMENTO: El presente Reglamento se compone del articulado y del Anexo. En el Anexo figurarán los acuerdos tomados por la Asamblea al inicio de cada temporada, referente a las distancias, límites, formas de juego, composición de los grupos, calendario, sanciones, etc. Todo Club con participación en la Liga tiene la obligación y se compromete a conocer, difundir, cumplir y acatar tanto las normas generales como las particulares. En lo no previsto en el presente Reglamento, se aplicarán las normas existentes en jerárquicos superiores o al buen entender de la Junta Directiva de la Federación de Billar de la Comunidad Valenciana. ARTICULO 2.- INSCRIPCIONES: Podrán inscribirse todos los clubes legalmente constituidos que obtengan el visto bueno de la Federación de Billar de la Comunidad Valenciana (en adelante F.B.C.V.). Los jugadores, para poder participar, deberán reunir las siguientes condiciones; - Estar en posesión de la Licencia Federativa vigente. - Estar en la Lista de Fuerza remitida por el Club a la F.B.C.V. - Estar libre de sanción que le inhabilite para participar tanto a nivel personal como de Club. ARTICULO 3.- DIVISIONES Y GRUPOS: La Liga se conforma de tres divisiones: Honor, Primera y Segunda. La División de Honor está compuesta de dos grupos de 8 equipos cada uno. La Primera y Segunda División, están compuestas por cuatro grupos de 8 equipos cada uno. En estas dos últimas divisiónes se podrán reducir o aumentar, tanto los grupos como los equipos. La composición de los grupos corresponde a la F.B.C.V. que seguirá los criterios de clasificación y proximidad geográfica. Ningún Club podrá participar en la misma división con más de un equipo. La entrada de un nuevo Club será con equipo en Primera División, aunque si lo desea puede hacerlo en Segunda División.

ARTÍCULO 4.- REGLAS DEL JUEGO: Reglamento de Juego de la Real Federación Española de Billar y Reglas de Arbitraje de Billar a Tres Bandas de la R.F.E.B. ARTÍCULO 5.- CALENDARIO: Se conformará en función de las competiciones nacionales. Los partidos se jugarán en ida y vuelta respectivamente en cada club. Las jornadas se disputarán en los días señalados en el calendario. Cuando en una misma Sede coincidan dos partidos de Liga, jugará el sábado el equipo que participe en liga superior, el equipo de categoría inferior jugará su partido en domingo (siguiente día) aplicando las normas del Artículo 7. Los partidos podrán disputarse del lunes al domingo de la semana del partido. ARTÍCULO 6.- MODIFICACIONES DE FECHAS: Los partidos en caso de modificación, solo podrán ser adelantados a la fecha prevista en el Calendario Deportivo. Son motivo de modificación de fechas: - Coincidencia de organización de campeonatos por uno de los Clubes. - La participación de más de 2 jugadores de un equipo en campeonatos nacionales. Para cualquier modificación no prevista, se necesitará el permiso especial de la F.B.C.V. y cuya solicitud deberá presentarse con un mínimo de 5 días de antelación. Para modificar la fecha de un encuentro, deberán estar de acuerdo los dos representantes de los Clubes que notificarán a la F.B.C.V. la nueva fecha. Ningún Club puede negarse a modificar el encuentro cuando los motivos sean los anteriormente citados. Cuando no hubiera acuerdo, la F.B.C.V. determinará la fecha. Si el partido se celebra el propio fin de semana (en domingo) o en la misma semana, no se entenderá como modificación de fechas. ARTICULO 7.- ENCUENTROS. PREVIO: El Club visitante tendrá derecho a entrenar la mañana del partido entre las 12:00 y las 13:00 horas, en la sede social del club anfitrión. PREVIO AVISO. Los partidos darán comienzo a las 16:00 horas. El Club local decidirá es que mesa juega cada jugador, siempre y cuando se juegue en dos turnos. Si el Club dispone de cuatro mesas, decidirá si juega en un turno o en dos y avisará al equipo visitante con, al menos, 48 horas de antelación. Las distancias y los límites de entradas, serán en cada momento, los aprobados por la Asamblea y constarán en el Anexo de la temporada incluido en el Reglamento.

Antes de cada partida, cada jugador tendrá derecho a cinco minutos de toma de contacto con el material, el derecho de inicio del calentamiento corresponde al jugador local que podrá cederlo al jugador visitante. ARTICULO 8.- ENCUENTROS. LA SALIDA: El jugador que atacando a la banda corta contraria, más arrime su bola a la banda corta de salida sin jugar por doblete, decidirá salir o ceder el derecho al contrincante. En cualquier caso de aplicará la normativa vigente sobre la elección de salida del Reglamento de Juego. El jugador que inicie la partida lo hará con bola blanca. El jugador conservará su bola durante toda la partida. El jugador que no efectúe la salida, tendrá derecho a contrasalida. ARTICULO 9.- ENCUENTROS. DESCANSO: EL descanso es obligado a mitad de distancia o de entradas. El árbitro autorizará dicho descanso de cinco minutos. Nunca podrá ser otorgado en el curso de una serie ni con la entrada incompleta. Solo puede existir un descanso. ARTICULO 10.- LA ENCUENTROS. PUNTUACIÓN: Cada partida disputada individualmente, otorga 2 puntos al ganador y 0 al perdedor. En caso de empate, se dará 1 punto a cada jugador. El equipo que más puntos parciales logre, habrá obtenido 2 puntos de partido y el otro 0 puntos. En caso de empate se le dará 1 punto a cada equipo. El jugador que abandone la partida, obtendrá 0 puntos. ARTÍCULO 11.- LIGA. CLASIFICACIÓN DEL GRUPO: En cada grupo la clasificación vendrá determinada por el siguiente orden de preferencia: - Mayor puntuación. - Mayor número de puntos parciales durante la competición. - Mayor promedio general. - Mejor clasificación en la última Liga. ARTÍCULO 12.- LIGA. CLASIFICACIÓN DE LIGA: En Honor, los dos primeros puestos de cada grupo, se clasificarán para la FINAL A 4, que determinará el Campeón absoluto de la Liga Autonómica. Los emparejamientos será 2B-1A y 2A-1B. (Los turnos de juego, los determinará la dirección deportiva de la F.B.C.V.) Los perdedores no jugarán por el tercer y cuarto puesto, ambos serán bronce y los ganadores jugarán por el primer y segundo puesto en un único encuentro a celebrar en la sede o sedes determinadas. Una vez un equipo haya ganado 2 partidas y por diferencia de bolas y es ganador, el Director Deportivo dará por finalizado el partido. Terminada la FINAL A 4, se elaborará la clasificación definitiva de la Liga.

ARTICULO 13.- LIGA. DESCENSOS: Descenderán de cada división aquellos equipos que entren en contradicción con el Artículo 3. (cada club solo puede tener un equipo por división) ARTICULO 14.- LIGA. ASCENSOS: Ascenderán a Liga Nacional, los equipos de División de Honor de la Comunidad Valenciana, por el sistema de serpiente en los dos grupos existentes. En el caso de que se terminara la serpiente de División de Honor y siguiera habiendo alguna plaza disponible en Liga Nacional, la F.B.C.V. la ofrecerá a equipos de Primera División. Podrán participar en la Liga Nacional tantos clubes como la R.F.E.B. permita en su reglamentación para equipos de nuestra Comunidad. En caso de renuncia de algún club, tendrá derecho el siguiente clasificado. Ascenderán a la División de Honor, todos aquellos que por clasificación les corresponda, hasta completar los grupos. ARTICULO 15.- EL EQUIPO. COMPOSICIÓN: Se compone de cuatro jugadores relacionados del uno al cuatro siguiendo el orden de la lista de fuerza aceptada por la F.B.C.V. por tanto un jugador nunca podrá alinearse en el mismo equipo por delante de otro que lo anteceda en la lista de fuerza. Podrá actuar como capitán del equipo cualquiera de los jugadores o componente del club. Se permite la presencia de dos jugadores extranjeros por equipo. ARTICULO 16.- EL EQUIPO. UNIFORMIDAD: Deberán ir uniformados del mismo modo; zapatos, calcetines y pantalones negros, queda excluida la ropa vaquera o similar. Polo idéntico, sin bolsillo y con escudo del Club que representan. Si se utiliza cinturón, deberá ser negro. El polo deberá llevarse siempre por dentro del pantalón. ARTICULO 17.- EL EQUIPO. INCOMPATIBILIDADES: Los jugadores números 1, 2 y 3 de la lista de fuerza, solo podrán jugar en el equipo de máxima categoría de su club. Si un jugador de equipos inferiores participa en tres partidos en un equipo de categoría superior, no podrá volver a jugar en equipos de categorías inferiores.

ARTICULO 18.- EL EQUIPO. INCOMPARECENCIAS: Se permite la realización del partido, con mínimo de dos jugadores. Cuando el equipo se presente con tres jugadores, lo harán como números 1, 2 y 3. Cuando se presenten con dos, lo harán como números 1 y 2. Cuando el equipo realice su partido incompleto deberá comunicarlo al director deportivo del equipo local, antes de las 15:00 horas del día del encuentro. Los dos puntos parciales de la partida o partidas no celebradas, se otorgarán al jugador presentado, en caso de no presentarse ni el jugador local ni el visitante, la partida tendrá 0 puntos para cada equipo. ARTICULO 19.- LISTA DE FUERZA: Es el orden real y legal de los miembros de un club, según su potencial de juego, sus resultados en las pruebas internas o la interpretación del director deportivo del Club. Cada Club deberá presentar en las fechas indicadas por la F.B.C.V. su lista de fuerza. En ella se relacionan por orden los jugadores que van a participar en los diferentes equipos. Todo Club tendrá derecho a modificar dicha lista, siempre con altas o bajas (NUNCA CON MODIFICACIONES EL ORDEN EXISTENTE INICIAL) a excepción de: - Que no falten menos de 3 partidos o menos para que finalice la Liga. - Si el alta de los jugadores no modifica el orden de la primera lista, la notificación a la F.B.C.V. tendrá que realizarse con 15 días naturales antes del primer partido a disputar por el jugador o jugadores dados de alta. - Si el alta o altas modifican el orden inicial de la Lista, el plazo de notificación será de 25 días naturales antes del primer partido a disputar por el jugador o jugadores dados de alta. - Un jugador no podrá causar alta en una lista de fuerza, si ha participado en la misma temporada, en un equipo de igual o superior categoría. ARTICULO 20.- JUGADORES. TRASPASOS Y CAMBIOS DE CLUB: Cualquier jugador podrá ser traspasado o cambiado de club. Si dicho cambio se produce después de la emisión de las Licencias, de listas de fuerza o censo de clubes, el nuevo club deberá presentar en la F.B.C.V. la solicitud de inscripción conjuntamente con el visto bueno del traspaso del club anterior. Será obligación de jugador tramitar la nueva licencia y abonar el canon federativo.

ARTICULO 21.- SANCIONES: El ejemplar desarrollo de la Liga determina la posible existencia de sanciones que podrán ser económicas, deportivas o ambas a la vez. a) No permitir entrenar al equipo visitante. b) Uniformidad incorrecta. c) Modificación de la Lista de Fuerza o alineación indebida. d) Abandonos de partidas. e) Retraso en los envíos de actas o actas incompletas. f) Incomparecencia de algún jugador o jugadores de un equipo. g) Comportamiento antideportivo de jugador, equipo, club o público. h) Etc. Las cuantías económicas o sanciones deportivas, se harán constar en el Anexo de la temporada y serán aprobadas por la Asamblea. Todo Club tendrá 5 días hábiles, desde la notificación de la sanción, para las alegaciones que estimen oportunas ante el Comité de Competición. En las no reglamentarias, el Comité de Competición, tendrá la máxima autoridad. ARTICULO 22.- UTILIZACION DE DISPOSITIVOS MÓVILES: Como norma general está totalmente prohibido la utilización de teléfonos móviles durante los encuentros. En el caso de que un jugador reciba un llamada mientras está disputando un encuentro, si contesta, será descalificado automáticamente, si no contesta a la llamada será amonestado por parte del árbitro. Si sonara una segunda vez, será descalificado. ARTICULO 23.- COMITÉ DE COMPETICIÓN: Deberá tratar todo lo relacionado con las sanciones y cualquier contratiempo que suceda durante el desarrollo de la Liga Interclubes. Estará formado por un mínimo de tres personas. Tendrá validez cuando como mínimo se reúnan dos de sus componentes. Las decisiones del Comité de Competición, serán puestas en conocimiento de los clubes implicados. Las reuniones serán de carácter privado, no pudiendo asistir ningún otro miembro, aun siendo parte afectada. El voto de calidad corresponde al Presidente de dicho Comité.

ARTICULO 24.- DIRECTOR DEPORTIVO: Serán obligaciones del Directo Deportivo: 1. Anunciar en el Club el encuentro, con horario, fecha y jugadores convocados. 2. Difundir dicho encuentro en medios de comunicación. 3. Nombrar árbitros y anotadores. 4. Constatará la perfecta uniformidad de los equipos. Si un jugador no está correctamente uniformado, deberá hacerlo constar en el acta, pero permitirá la realización de la partida. 5. Firmará el acta del encuentro junto con los capitanes de los equipos. 6. Enviará el acta del encuentro según consta en el Anexo del presente Reglamento, cumpliendo los plazos marcados. 7. Deberá mantener en todo momento en perfecto orden el comportamiento de jugadores y público. 8. Facilitará a los medios de comunicación los resultados del partido. ARTICULO 25.- EL ARBITRO: Serán obligaciones del árbitro: 1-. Limpiar o mandar limpiar la mesa antes de cada partida, así como las bolas. 2-. Concederá y controlará los cinco minutos de entrenamiento previo a la partida. 3-. Informará de la mitad de la partida. 4-. A petición de cualquier jugador, limpiará la mesa, su bola y/o la roja, lo más rápidamente posible. 5-. Deberá cumplir las Reglas de Arbitraje. 6-. Controlará los marcadores. 7-. Deberá cantar las carambolas en voz alta, siguiendo el ritmo del jugador. 8-. Hará firmar y firmará el acta de la partida. 9-. Mantendrá el orden deportivo. 10-. Advertirá a los jugadores a falta de tres, dos y una carambola o/y falta de una entrada.

ARTICULO 26.- MATERIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO: 1. La sala debe reunir las condiciones mínimas de iluminación y espacio para la práctica del Billar. 2. Dos mesas de Grand Match aceptadas por la R.F.E.B. con paños en el mejor estado posible. 3. Dos juegos de bolas homologadas y cuya limpieza se realizará únicamente con agua natural y jabón. 4. La sala deberá contar con música ambiental. 5. Marcadores visibles para jugadores y público. La información mínima que deben reflejar es; la distancia, el límite de la partida, el nombre de ambos clubes, las carambolas existentes y las entradas. 6. Sillas y mesas para los jugadores, separadas del público. Todo jugador deberá hacer uso únicamente de la silla que tiene a su disposición y en el lugar determinado. 7. En el transcurso de la partida el club, debe facilitar a los jugadores los elementos menores (rastrillo, rasqueta, etc.) 8. Está totalmente prohibido fumar, tanto jugadores como público, en el interior del recinto de juego. 9. Tanto jugadores como árbitros, durante el desarrollo de la partida, solo podrán solicitar agua, como única bebida posible. 10. Durante el partido no podrán ser utilizados, si hubiera, el resto de las mesas de billar, ni destinar partes de la zona común de juego a otros juegos. Si se podrán utilizar el resto de las mesas cuando coincidan dos partidos de Liga. ARTICULO 27.- AYUDAS ECONÓMICAS: Los gastos corren a cargo de los clubes participantes. La F.B.C.V. queda facultada para realizar las indemnizaciones con carácter dinerario o en especie. ARTICULO 28.- EL ACTA: Todo partido deberá quedar reflejado en el acta, que será confeccionada por el Director Deportivo a máquina o con letra de imprenta, perfectamente clara y legible. Deberá incluir todos los datos solicitados. Todo acta podrá ser enviada con anexo de observaciones sin necesidad de ser firmada por el club visitante, así mismo, el club visitante podrá enviar anexo al partido, sin ser firmado por el club local, siempre que no incumpla el plazo fijado. Se realizarán dos copias, una se entregará al equipo visitante. El equipo local, deberá transmitir su copia por e-mail, fax u otro medio indicado, a la F.B.C.V. siempre antes de las 14:00 del lunes siguiente del partido. Toda acta debe realizarse sobre los impresos actualizados que serán facilitados por la F.B.C.V. El acta o anexos al acta, es el elemento único de información al Comité de Disciplina, en el caso de reclamaciones por parte de los equipos.

ARTICULO 29.- IRREGULARIDADES: Cualquier irregularidad, consulta o denuncia de un partido sobre diversos motivos existentes, tendrá una validez de plazo de dos jornadas. Cuando la Liga se encuentre en sus últimas dos jornadas, el plazo será de siete días hábiles. Cumplido el plazo, la F.B.C.V. no tramitará ante el Comité de Competición ninguna denuncia particular. ARTICULO 30.- DISPOSICION FINAL: Serán de plena aplicación las normas, disposiciones y reglas vigentes de la F.B.C.V. y sus superiores (R.EF.E.B.) a condición de no contradecir lo articulado específicamente en el presente Reglamento. REGLAMENTO APROBADO EN LA ASAMBLEA GENERAL CELEBRADA EL DIA