Fondo Sectorial para la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica Forestal

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Transcripción:

Fondo Sectorial para la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica Forestal CONVOCATORIA 2004 La Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Ciencia y Tecnología (LCYT) y en el marco del Programa Especial de Ciencia y Tecnología 2001-2006, han constituido un fideicomiso con recursos concurrentes denominado Fondo Sectorial para la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica Forestal para apoyar proyectos de investigación científica y tecnológica que contribuyan a generar y aplicar el conocimiento requerido por el Sector Forestal y a consolidar grupos de investigación y de tecnología, a atender los problemas, necesidades y oportunidades de desarrollo tecnológico industrial en materia forestal, y a fortalecer la competitividad científica, tecnológica, económica y social de las cadenas productivas forestales. Para el cumplimiento de estos objetivos, el Comité Técnico y de Administración del Fondo Sectorial para la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica Forestal CONVOCA A las empresas públicas y privadas, universidades e instituciones de educación superior públicas y particulares, centros, institutos, laboratorios y demás personas físicas y morales vinculadas a la industria y que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT), a presentar propuestas que correspondan a las Demandas Específicas establecidas por la CONAFOR y el CONACYT en las siguientes áreas de atención prioritaria: 1. Freno y reversión al deterioro y destrucción del recurso forestal. 2. Aumento de productividad en las cadenas productivas forestales. 3. Desarrollo silvícola integral para mejorar la calidad de vida de las comunidades forestales. 4. Desarrollo económico a través de la creación de industria forestal de alto valor agregado. 5. Servicios forestales para el conocimiento del potencial integral de los bosques y selvas.

En función de las acciones científico-tecnológicas requeridas para atender las Demandas Específicas establecidas por la CONAFOR y el CONACYT, las propuestas podrán presentarse bajo las siguientes modalidades: A) Investigación Científica y Tecnológica B) Innovación y Desarrollo Tecnológico C) Consolidación de grupos de investigación científica y tecnológica en las instituciones de educación superior, en los centros de investigación y/o en las empresas. D) Creación y fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica del Sector Forestal. E) Difusión y divulgación de la ciencia y tecnología relevante para el Sector Forestal. Las propuestas deberán ajustarse a las siguientes: 1. Presentación de propuestas. BASES 1.1 Las propuestas deben ser presentadas por empresas públicas, privadas, universidades e instituciones públicas y particulares, centros, institutos, laboratorios y demás personas físicas y morales dedicadas a la investigación y al desarrollo tecnológico, con énfasis en la vinculación con el sector industrial, y que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) a que se refiere el artículo 25, fracción II de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCYT) o en proceso de registro. Los proponentes cuya solicitud de inscripción al RENIECYT se encuentre en trámite sólo serán sujetos de apoyo si a la fecha de publicación de resultados obtuvieron el registro definitivo. El objetivo principal de las propuestas sometidas a la consideración de este Fondo deberá girar alrededor del desarrollo de soluciones concretas dentro de las áreas de atención prioritaria y que se expresen como nuevos productos, metodologías, procesos y técnicas dentro del ámbito forestal. En los proyectos de carácter tecnológico-comercial, el proponente deberá presentar elementos que demuestren mejoras competitivas sustanciales y aumento de valor agregado en productos y procesos en el sector forestal. 1.2 Previo al envío de una propuesta en extenso se deberá presentar una prepropuesta (versión resumida), la cual será sometida a un análisis de pertinencia, entendida ésta 2

como el grado en que la iniciativa responde a las demandas específicas y modalidades de esta Convocatoria. Los prepropuestas que se sometan a la consideración del Fondo deberán ser formulados de acuerdo con los Términos de Referencia y en el formato correspondiente, disponibles en las páginas electrónicas de la CONAFOR, www.conafor.gob.mx, y del CONACYT www.conacyt.mx. La prepropuesta deberá enviarse por Internet al CONACYT a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria y hasta el 30 de julio de 2004. Los interesados podrán consultar los resultados del análisis de pertinencia en las páginas electrónicas de la CONAFOR y del CONACYT, Sección de Fondos, a partir del 16 de agosto de 2004. En el caso de instituciones y empresas, es indispensable anexar a la prepropuesta una carta oficial de postulación debidamente suscrita por la autoridad correspondiente o representante legal, en la cual se establezca el compromiso de la institución o empresa para otorgar el apoyo necesario para llevar a cabo el proyecto. 1.3 En caso de que la prepropuesta sea seleccionada como viable, previa notificación del Fondo vía correo electrónico y publicación en la página del CONACYT, se requerirá a la entidad proponente la presentación de la propuesta en extenso, de acuerdo con los Términos de Referencia y en el formato correspondiente. En el caso de propuestas presentadas por empresas, éstas deberán contener un plan de negocios en el formato establecido para tal propósito, disponible en las páginas electrónicas mencionadas. 1.4 La selección de prepropuestas no constituye la aceptación del proyecto sino su paso a la fase siguiente de propuesta. La propuesta en extenso deberá enviarse por Internet al CONACYT a más tardar el 20 de septiembre de 2004. No se aceptarán propuestas incompletas o presentadas extemporáneamente, aún cuando la prepropuesta respectiva haya sido seleccionada. 1.5 Las propuestas en extenso deberán especificar un responsable técnico, un responsable administrativo y un representante legal con poder para suscribir convenios. 1.6 Si una propuesta es presentada de manera conjunta por dos o más entidades ejecutoras, una de ellas deberá fungir como responsable de la Coordinación General del proyecto. 1.7 Las propuestas deberán especificar las etapas de desarrollo, indicando en cada una de ellas las metas, resultados, productos entregables al término de cada etapa, beneficios esperados y recursos requeridos. 1.8 Las etapas técnicas de los proyectos presentados a través de las propuestas en extenso deberán ser estructuradas con una duración mínima de un semestre y máximo de un año, salvo casos de excepción debidamente justificados. 3

2. Financiamiento, monto del apoyo y duración del proyecto. 2.1 Se deberá indicar el tiempo de ejecución y el monto de recursos requerido para cada etapa del proyecto. En función de su justificación, el Comité Técnico y de Administración del Fondo establecerá el monto autorizado. 2.2 Las propuestas presentadas por empresas en el marco de esta convocatoria para atender aspectos de competitividad tecnológica interna de la propia empresa, podrán ser apoyadas siempre y cuando aporten recursos económicos al menos en una proporción igual a lo solicitado al Fondo. La empresa cuya propuesta sea aprobada por el Fondo, deberá obtener y mantener vigente durante la duración del proyecto, una fianza que ampare el cumplimiento de los términos del Convenio de Asignación de Recursos que al efecto se establezca entre la empresa y el Fondo, de acuerdo a lo señalado en el Manual para la Administración de Proyectos de Fondos Mixtos y Sectoriales. 2.3 Las propuestas de empresa cuyo objetivo es atender una demanda específica del sector y cuyos resultados del proyecto le sean entregados a éste, podrán recibir apoyo por el monto total del proyecto. 2.4 Se dará preferencia a las propuestas presentadas bajo el esquema de vinculación tecnológica entre empresas y universidades, centros y/o institutos de investigación, con resultados tangibles para aplicación práctica y/o comercialización en el mercado forestal, atendiendo las áreas prioritarias y demandas específicas de esta convocatoria. 2.5 Se apoyarán los gastos y las inversiones indispensables para la ejecución exitosa del proyecto. En los Términos de Referencia se describen los rubros financiables, así como aquéllos no elegibles. 2.6 Las empresas e instituciones interesadas pueden presentar propuestas en más de un Fondo Sectorial o Mixto, quedando establecido que en caso de que la propuesta sea aprobada, sólo podrá ser apoyada por aquel Fondo que publique los resultados en primer término. En caso de que el proponente se encuentre recibiendo o haya recibido apoyo de programas públicos para la propuesta que esté presentando, o lo haya recibido para alguna otra propuesta o proyecto similar en los últimos tres años, deberá manifestarlo por escrito en su propuesta. 2.7 Los recursos del fondo se destinarán exclusivamente a sufragar los gastos e inversiones indispensables para la ejecución exitosa del proyecto. Previo dictamen, podrán ser reconocidas por el Fondo las aportaciones en especie. Estas aportaciones deberán apegarse a lo establecido en el Manual para la Administración de Proyectos (www.conacyt.mx/fondos/manual-admon-proyectos.pdf). 2.8 Las propuestas dirigidas hacia desarrollos tecnológicos comerciales dentro del sector forestal deberán incorporar un estudio de mercado como parte de las acciones de 4

ejecución de la primera etapa del proyecto. En caso de tener información reciente derivada de estudios de mercados disponibles y relacionados con la propuesta, el solicitante deberá especificarlo en su solicitud para obviar este requisito. 3. Proceso de evaluación y criterios de selección. 3.1 Proceso de evaluación. La totalidad de prepropuestas recibidas serán analizadas por el Grupo de Análisis de Pertinencia, facultado para tal efecto por el Comité Técnico y de Administración del Fondo. Dicho Grupo seleccionará aquellas prepropuestas que mejor se apeguen a las demandas específicas y modalidades establecidas y que por lo tanto resulten de mayor pertinencia y prioritarias para el Sector Forestal. Las propuestas en extenso serán sometidas a una evaluación técnico-económica en un proceso conducido por la Comisión de Evaluación del Fondo, que es la responsable de asignar evaluadores acreditados, inscritos en el Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados (RCEA) a cada una de las propuestas, y emitir con base a las evaluaciones individuales, una opinión de la calidad de las mismas. Con base en el resultado de las evaluaciones, la Comisión de Evaluación hará las recomendaciones correspondientes al Comité Técnico y de Administración del Fondo, órgano responsable de la selección y aprobación de las propuestas, así como de la autorización de recursos. 3.2 Criterios de selección. El Fondo Sectorial busca propuestas de proyectos modelo que desarrollen la solución integral de las demandas específicas establecidas en esta convocatoria, enlazando a los diferentes actores institucionales desde la investigación hasta la instrumentación exitosa de soluciones sustentables y, en su caso, rentables. Serán consideradas con especial interés las propuestas presentadas por grupos de empresas e instituciones públicas que se dirijan hacia la solución de una problemática común. Las propuestas serán seleccionadas de acuerdo con los siguientes criterios: a. Congruencia de la propuesta con la demanda establecida en los Términos de Referencia. b. Calidad de la investigación y desarrollo para perfilar una solución concreta dentro de las áreas de atención prioritaria. c. Desarrollo tecnológico vinculado a la industria d. Impacto y beneficio socioeconómico. e. Viabilidad y capacidad de ejecución. 5

f. Factibilidad de la transferencia, asimilación y adopción de los resultados por parte del Sector Forestal. g. Compromiso del beneficiario. h. Tiempo y costo de ejecución. i. Solidez y rentabilidad del plan de negocio (caso empresas). Viabilidad financiera. j. Identificación y buen manejo de los factores de riesgo que puedan afectar la viabilidad de la propuesta. k. Contenido innovador. 4. Seguimiento de proyectos, ministración de recursos y evaluación final de resultados. 4.1 La Secretaría Técnica del Fondo dará seguimiento técnico a los proyectos en cada una de sus etapas, así como a los resultados y beneficios finales obtenidos, los cuales servirán de base para el otorgamiento de apoyos posteriores, tal como lo establece el Artículo 12 de la LCyT. El seguimiento administrativo estará a cargo del Secretario Administrativo del Comité Técnico y de Administración del Fondo, con base en el Manual de Administración de Proyectos que le será entregado electrónicamente al sujeto de apoyo, cuando se concrete la firma del Convenio Específico correspondiente. 4.2 Los responsables de los proyectos deberán emitir un informe final de los resultados y beneficios obtenidos y potenciales para el Sector Forestal. Con base en estos informes se publicará un reporte de los avances y logros alcanzados por el Fondo, como parte del compromiso de rendición de cuentas del Gobierno Federal. 4.3 Ministración de recursos. El monto autorizado para el proyecto será ministrado de acuerdo con las etapas técnicas que deben ser cada una de por lo menos de un semestre de duración y hasta un año como máximo. El suministro de recursos se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en el Manual para la Administración de Proyectos que será entregado a la firma del Convenio correspondiente. 4.4 El sujeto de apoyo está obligado a aperturar una cuenta de cheques en alguna institución bancaria para el uso exclusivo del proyecto, mancomunada entre el Responsable Técnico y el Responsable Administrativo. Las aportaciones concurrentes líquidas se deberán depositar en la misma cuenta bancaria, para aplicarse en los rubros autorizados. 5. Confidencialidad y propiedad intelectual. 5.1 Considerando las propuestas de origen empresarial en donde la información aportada sea de carácter estratégico, el Fondo Sectorial para la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica Forestal se compromete a manejar dicha información y toda la que se genere durante el proceso de evaluación y seguimiento con absoluta confidencialidad y a no destinarla a fines distintos a los del Fondo. 6

5.2 La información recibida será manejada conforme a las disposiciones específicas que para el efecto se emitan por el Fondo o por otras disposiciones legales aplicables en la materia. 5.3 Los aspectos de propiedad intelectual serán establecidos en los Convenios específicos que se formalicen con los beneficiarios del Fondo. Debe considerarse que las empresas beneficiadas con recursos de este Fondo deberán contribuir a la difusión de los resultados del proyecto, acotados por los criterios de secrecía y propiedad intelectual que las propias empresas definan como necesarios. 6. Consideraciones Generales: 6.1 Se considera válido presentar una misma propuesta, o una variante, en otra Convocatoria de Fondos Sectoriales o Mixtos, lo cual debe ser informado expresamente a los Fondos en que se presente, quedando establecido que en caso de ser aprobada, sólo podrá ser apoyada por aquel Fondo que publique los resultados en primer término. 6.2 No se evaluarán propuestas cuyos responsables técnicos tengan adeudos y compromisos pendientes de proyectos financiados con anterioridad por algún fondo en el que participe el CONACYT o la CONAFOR. 7. Situaciones no previstas y publicación de propuestas aprobadas. 7.1 Las cuestiones no previstas en esta Convocatoria serán resueltas por el Comité Técnico y de Administración del Fondo. 7.2 La relación de propuestas aprobadas por el Comité Técnico y de Administración del Fondo será publicada a más tardar el 30 de noviembre de 2004. Importante: 7.3 A partir de la fecha del envío del convenio de asignación de recursos, los sujetos de apoyo cuyas propuestas sean aprobadas contarán con un plazo de 30 días naturales improrrogables para recabar y entregar toda la documentación necesaria para el otorgamiento de la primera ministración, conforme a lo estipulado en el Manual de Administración del Fondo. En caso de no presentarse la documentación necesaria dentro del plazo señalado, se entenderá que el sujeto de apoyo ha renunciado al financiamiento autorizado por el Fondo. En el caso de las empresas, éstas contarán con el periodo contemplado en el Manual de Administración de Proyectos para presentar su fianza. 7.4 Las decisiones del Comité Técnico y de Administración serán definitivas e inapelables. 7.5 Los términos de la presente Convocatoria obedecen a las disposiciones legales derivadas de la Ley de Ciencia y Tecnología y sus instrumentos normativos, de tal forma que los resultados emitidos sólo podrán ser cuestionados en el marco que se señala en las presentes bases y Términos de Referencia. 7

8. Mayor información. 8.1 Los interesados podrán ampliar la información consultando los Términos de Referencia de esta Convocatoria, disponibles en las páginas electrónicas de la CONAFOR y del CONACYT. 8.2 Para solicitar soporte o ayuda, favor de recurrir a las siguientes direcciones: fondosectorial@conafor.gob.mx y ayudaconafor@conacyt.mx Emitida en la Ciudad de México, a los 30 días del mes de junio del año dos mil cuatro. 8