CONTRATACION PÚBLICA

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Junta Consultiva de Contratación Administrativa

Transcripción:

CONTRATACION PÚBLICA Se llama contratación pública a todas las adquisiciones y compras de bienes, obras y servicios, que deben celebrar las instituciones de la Administración Pública para el cumplimiento de sus fines. Las compras que realiza el gobierno poseen un efecto positivo en la economía, generando oportunidades para que empresas y productores ofrezcan sus productos y servicios a precios competitivos, que luego se transforman también en beneficios para los demás agentes económicos involucrados en el proceso. Debido a que los fondos gubernamentales provienen principalmente de los contribuyentes, es de suma importancia que los procesos de compra se realicen de la forma más efectiva y transparente posible, y que existan las condiciones que garanticen un juego limpio entre las partes participantes. Un sistema de contratación pública bien regulado, debe de incorporar los principios de transparencia y no discriminación, a fin de contribuir a asegurar una óptima relación calidadprecio en las compras públicas y además facilita el comercio internacional.

La contratación pública tiene una considerable importancia económica tanto a nivel nacional como internacional, y representa una proporción significativa del PIB nacional. A nivel nacional, la contratación de bienes y servicios por las entidades gubernamentales proporciona los insumos necesarios que permiten a los gobiernos suministrar servicios públicos y desempeñar otras tareas de bienestar común, tales como construcciones de carreteras, hospitales escuelas; compras de medicamentos, papelería, vehículos, entre otros. Debemos destacar como parte de la Contratación Pública los principios de transparencia y competencia justa y efectiva, los cuales no solo operan dentro de nuestro País, sino que son igualmente validos en el contexto internacional. CUAL ES LA LEGISLACIÓN DE LA MATERIA EN EL PAÍS? En El Salvador, es la Ley de Adquisición y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP) y su Reglamento, los que regulan en forma y contenido las adquisiciones contrataciones de: a) Obras; b) Bienes; y C) Servicios, que deben celebrar las instituciones de la Administración Pública para el cumplimiento de sus fines. Es deber del Estado que las adquisiciones y contrataciones de las instituciones de la Administración Pública se realicen en forma clara, ágil y oportuna, asegurando procedimientos idóneos y equitativos, en los cuales se vele por el uso racional de sus recursos financieros, y para ello es necesario la unificación de las normas reguladoras de las adquisiciones y contrataciones dentro de los principios de libre competencia. De acuerdo al Art. 234 de la Constitución, por regla

general los procesos de contratación estatales deben estar sometidos a procesos abiertos (licitación pública). CUALES SON LAS ENTIDADES RESPONSABLES EN EL PAÍS? Son responsables por la aplicación de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública todas las Instituciones de la Administración Pública del Estado de El Salvador, en las cuales debemos entender: a) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que oferten o contraten con la Administración Pública, quienes podrán participar en forma individual o conjunta en los procesos adquisitivos y de contratación que lleven a cabo las instituciones. b) Las adquisiciones y contrataciones de las instituciones del Estado, sus dependencias y organismos auxiliares de las instituciones y empresas estatales de carácter autónomo, inclusive la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa y el Instituto Salvadoreño del Seguro Social; c) Las adquisiciones y contrataciones de las entidades que comprometan fondos públicos de conformidad a lo establecido en la Constitución y leyes respectivas, incluyendo los provenientes de los fondos de actividades especiales;

d) Las adquisiciones y contrataciones financiadas con fondos municipales; e) Las contrataciones en el Mercado Bursátil que realicen las instituciones en operaciones de Bolsas legalmente establecidas f) Las Asociaciones Público Privadas. QUE SE ENCUENTRA EXCLUIDO DE LA LACAP? a) Adquisiciones y contrataciones financiadas con fondos provenientes de convenios o tratados que celebre el Estado con otros Estados o con organismos internacionales, en los cuales se establezca el procedimiento a seguir en la contratación; b) Convenios celebrados entre las instituciones del Estado; c) Contratación de servicios personales y de empleo; d) Servicios bancarios y financieros; e) Concesión de derechos de imagen, patentes o similares que son propiedad del Estado; f) Operaciones en el mercado bursátil internacional; g) Contrataciones del Servicio Exterior en el Extranjero; h) Distribución de energía eléctrica y agua potable; i) Obras de construcción bajo el sistema de administración que realicen los concejos municipales.