CONVENIO ENTRE EL FONDO DE POBLACIÓN DE NACIONES UNIDAS Y LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA OBSERVATORIO DE ENVEJECIMIENTO Y VEJEZ

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Transcripción:

CONVENIO ENTRE EL FONDO DE POBLACIÓN DE NACIONES UNIDAS Y LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA OBSERVATORIO DE ENVEJECIMIENTO Y VEJEZ En Montevideo, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil diez, POR UNA PARTE: El Fondo de Población de Naciones Unidas (en adelante UNFPA), representado en este acto por Esteban Caballero, con domicilio en Javier Barrios Amorín 870 piso 2 Y POR OTRA PARTE: La Universidad de la República (UdelaR), representada por el Rector Dr. Rodrigo Arocena Linn, con domicilio en Avda. 18 de julio 1824, convienen celebrar el presente CONVENIO: PRIMERO: Antecedentes a) El UNFPA es una agencia de cooperación internacional para el desarrollo que trabaja junto a instituciones gubernamentales, académicas y de la sociedad civil en la implementación de políticas públicas y programas de desarrollo que atienden prioridades poblacionales desde un enfoque de derechos y desde una perspectiva de género. b) La UdelaR tiene a su cargo la enseñanza pública superior en todos los planos de la cultura, la enseñanza artística, la habilitación para el ejercicio de las profesiones científicas y se encarga asimismo de acrecentar, difundir y defender la cultura; impulsar y proteger la investigación científica y las actividades artísticas y contribuir al estudio de los problemas de interés general y propender a su comprensión pública, entre otros.

c) Por su parte, el Espacio Interdisciplinario (en adelante el EI) de la Universidad de la República tiene como cometido fundamental promover la interdisciplina desde las tres funciones universitarias y, en particular, respaldar académica, administrativa y materialmente estas actividades. d) El Núcleo Interdisciplinario de Estudios sobre Envejecimiento y Vejez (en adelante NIEVE) forma parte del Espacio Interdisciplinario y está integrado por los Servicios de Psicología de la Vejez (Facultad de Psicología UdelaR) y el Área de Envejecimiento y Vejez del Programa de Población (Facultad de Ciencias Sociales UDELAR). e) El NIEVE trabaja en áreas problema relacionadas con el envejecimiento y la vejez desde un enfoque que combina principalmente las perspectivas psicológica y social. f) El Observatorio de Envejecimiento y Vejez opera en el marco del NIEVE y procura dar cuenta de la situación del envejecimiento y la vejez en base a tres áreas de acción: a) indicadores sociodemográficos en Uruguay y en la región, b) acciones sociales y políticas sobre la vejez en Uruguay c) integración social y representaciones sociales del envejecimiento en Uruguay. g) El UNFPA apoya la actividad desarrollada por el Observatorio de Envejecimiento y Vejez financiando las actividades académicas que se describirán en el cuerpo del presente convenio.

En virtud de lo señalado precedentemente, las partes acuerdan: SEGUNDO: Objeto I) Objetivo general: El objetivo general de este convenio es estudiar y difundir la situación del envejecimiento y la vejez en los distintos ámbitos de la sociedad. El estudio, difusión e intercambio académico se realizará en forma nacional y regional con actores políticos y sociales involucrados en la temática. II) Objetivos particulares: a) Publicación de un documento con indicadores sociodemográficos de calidad de vida en la vejez nacional y regional. b) Organización de un evento para la presentación pública del Observatorio de Envejecimiento y Vejez y presentación de la publicación señalada en el literal precedente. c) Organización de un coloquio interdisciplinario con expertos regionales sobre políticas públicas de vejez y género. d) Publicación resultante del evento mencionado en el literal precedente.

TERCERO: Obligaciones I) Obligaciones de UNFPA: El UNFPA se obliga a pagar la suma de U$S 15.000 (dólares americanos quince mil) mediante un único desembolso para financiar las actividades señaladas en la cláusula segunda (Numeral II). Las sumas serán abonadas en moneda nacional al tipo de cambio de Naciones Unidas al momento del pago y se depositarán en la cuenta de la UdelaR cuyos datos serán proporcionados oportunamente. II) Obligaciones de UDELAR: La UdelaR se obliga a realizar las acciones tendientes a la obtención de los siguientes productos académicos: a) Publicación de un libro con indicadores sociodemográficos de calidad de vida en la vejez nacional y regional. b) Organización de un evento para la presentación pública del Observatorio de Envejecimiento y Vejez y presentación de la publicación señalada en el literal precedente. c) Organización de un coloquio interdisciplinario con expertos regionales sobre políticas públicas de vejez y género. d) Publicación resultante del evento mencionado en el literal precedente. QUINTO: Comisión de Seguimiento Cada parte designará por letras reservales un integrante para la Comisión de

Seguimiento y un suplente. Esta Comisión redactará un informe acerca del funcionamiento del convenio en la mitad de su período de vigencia y otro al final. SEXTO: Vigencia El presente Convenio tendrá una vigencia de un año a contar desde el día en que se haga efectivo el pago estipulado en la cláusula tercera (Numeral I). Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente convenio durante su vigencia sin que esto dé motivo a responsabilidad de especie alguna, bastando para ello, dar a la otra parte un preaviso con una antelación no menor a 30 (treinta) días a la fecha en que operará la rescisión. SÉPTIMO: Propiedad intelectual La titularidad de los derechos de propiedad intelectual correspondiente a las publicaciones señaladas en el presente pertenecerá a la UdelaR de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza de los derechos de la propiedad intelectual. OCTAVO: Solución de controversias Cualquier diferencia que resulte de la interpretación o aplicación de este convenio se solucionará por la vía de la negociación directa. En cualquier momento una parte podrá proponer a la otra su modificación.

NOVENO: Incumplimiento El incumplimiento de lo acordado por cualquiera de las partes habilitará la rescisión inmediata del presente convenio, una vez agotadas las instancias de acuerdo y negociación entre ambas. En señal de conformidad, se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en la comparecencia. Dr. Rodrigo Arocena Rector UdelaR Esteban Caballero Director País Representante UNFPA