SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS

Documentos relacionados
PREVENCIÓN DE RIESGOS EN OPERACIONES CON MERCANCÍAS PELIGROSAS. Jorge Pascual

FICHAS PREVENTIVAS USO DE PRODUCTOS QUÍMICOS

SISTEMA GLOBALMENTE ARMONIZADO PARA LA CLASIFICACIÓN Y ETIQUETADO DE PRODUCTOS QUÍMICOS

AGUA AMONIA, AMONÍACO EN SOLUCIÓN, HIDRATO DE AMONIO. Teléfonos para Emergencia y horarios: (55) De 9:00 a 18:00

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD

SGA. Sistema Globalmente Armonizado para clasificación y etiquetado de productos químicos

SECCIÓN 1: IDENTIFICACIÓN DE LA SUSTANCIA O LA MEZCLA Y DE LA SOCIEDAD O LA EMPRESA

FLOTA PASTILLAS 36x250g

81607 COLORANTE AMARILLO HUEVO E102/110 Ficha de datos de seguridad Fecha de revisión: 26/09/2014 Versión:02

Fichas de datos de seguridad Ficha de datos de seguridad conforme a Reglamento (CE) no. 1907/2006 (REACH) Fecha de emisión: 31/05/2017 Versión: 1.

SGA Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos

El Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos en el Sistema de Riesgos del Trabajo Argentino

ESTA FICHA DE SEGURIDAD SE HA ELABORADO SEGÚN RD. 1907/2006/CE/ Artículo 31

Hoja de datos de seguridad Fecha de revisión: 26 de septiembre de 2014

NOM-018-STPS-2015 Comunicación de Riesgos Sistema Globalmente Armonizado (GHS)

BAX Sample Tablet, Real-Time Salmonella

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD

Riesgo químico. Recomendaciones básicas para identificar los riesgos de los productos químicos

INDICATOR PAPER PH MSDS N CAS: MSDS MATERIAL SAFETY DATA SHEET (MSDS)

Fichas de datos de seguridad Ficha de datos de seguridad conforme a Reglamento (CE) no. 1907/2006 (REACH) Fecha de emisión: 31/05/2017 Versión: 1.

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD

ASOCIACIÓN NACIONAL DE LA INDUSTRIA QUÍMICA, A.C. Asociación Nacional de la Industria Química

Unidas, Quedan reservados todos los derechos. ANEXOS

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD. Identificación de la sustancia o preparado y de la sociedad/empresa

Hygiena Lateral Flow System Salmonella AD Primary Media Supplement

ANEXO 1 ASIGNACIÓN DE LOS ELEMENTOS DE ETIQUETADO

NTP 137: Etiquetado de sustancias peligrosas

Ponente: Arturo García Cobaleda Tel /

Página : 1 FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD Edición revisada no : Usos pertinentes conocidos de la sustancia o de la mezcla y usos desaconsejados

Copyright Naciones Unidas, Reservados todos los derechos ANEXOS

: Limpia Salpicaderos compatible con pantallas táctiles - Limpeza Tablieres compatível com

Solid Ink - Cian, Negro, Magenta, Amarillo

L-asparagine monohydrate

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD FLUORESCEINA

: LUBEKRAFFT Cu PASTE, 1 KG

1. IDENTIFICACIÓN DE LA SUSTANCIA O LA MEZCLA Y DE LA SOCIEDAD O LA EMPRESA

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD RESINE RH 3678

AGUA DESTILADA ORGÁNICA DE CONSTITUCIÓN DE ALOE VERA

Fichas de datos de seguridad Ficha de datos de seguridad conforme a Reglamento (CE) no. 1907/2006 (REACH) Fecha de emisión: 31/05/2017 Versión: 1.

Dirección de Auto Wax. Clasificación de la sustancia química de conformidad con el párrafo (d) de No hay datos disponibles

2.8 Sustancias y mezclas que reaccionan espontáneamente, de tipos C, D, E y F

JORNADA DE PRODUCTOS QUÍMICOS

Hygiena Lateral Flow System E. coli O157 Media Base

CURSO DE INTRODUCCIÓN AL REGLAMENTO CE 1907/2006 (REACH) PARA SERVICIOS DE PREVENCIÓN

RIESGOS PRODUCTOS QUÍMICOS 19/12/2012

ANEXO III LISTA DE INDICACIONES DE PELIGRO, INFORMACIÓN SUPLEMENTARIA SOBRE LOS PELIGROS Y ELEMENTOS SUPLEMENTARIOS QUE DEBEN FIGURAR EN LAS ETIQUETAS

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD PULPA HUMIDA. SECCIÓN 1: Identificación de la sustancia o la mezcla y de la sociedad o la empresa

SISTEMA GLOBALMENTE ARMONIZADO CLASIFICACIÓN Y ETIQUETADO DE PRODUCTOS QUÍMICOS

HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD

NUEVA CLASIFICACIÓN Y ETIQUETADO DE PRODUCTOS QUÍMICOS. Reglamento CLP

Usos: para usos de laboratorio, análisis, investigación y química fina.

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD. Identificación de la sustancia o preparado y de la sociedad/empresa

FLOTA JABÓN DE MARSELLA 2,625Kg C8,4 (32+3L)

GHS EN LA LEGISLACION NACIONAL VIGENTE. Ing. Mabel Oyarzún O. Depto. Salud Ambiental Ministerio de Salud 29 de septiembre 2016

CLP-2015: Objetivos CLP. Reglamento CLP 07/10/2014. Nuevo marco regulatorio para mezclas. Protección de la salud humana y del medio ambiente mediante:

Solid Ink - Cian, Negro, Magenta, Amarillo

FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD INOBACTER Versión : ES/ /B proporcionada voluntariamente p : 1/5

FICHA 1 -Identificación de sustancias según Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE

FLOTA LAVAVAJILLAS A MANO CONCENTRADO ALOE 600mL

SAN SUAVIZANTE CONCENTRADO TALCO ROSA 1,5L

Origen del CLP Los cambios mas importantes introducidos por el CLP

: LUBEKRAFFT Cu PASTE, 1 KG

HOJA DE SEGURIDAD (MSDS) Colorante líquido rojo

ASOCIACIÓN NACIONAL DE LA INDUSTRIA QUÍMICA, A.C. Asociación Nacional de la Industria Química

PUNTOMATIC CÁPSULAS PERFUME 12x29 g

: TOALLITAS HÚMEDAS LIMPIA SALPICADEROS KRAFFT

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD STARLAC

8002-ARCILLA VERDE Ficha de datos de seguridad

HOJA DE SEGURIDAD (MSDS) Colorante líquido naranja

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD

Prevalia c.g.p. S.L.U.

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD

Ficha de datos de seguridad

VI FORO ISTAS Retos de la prevención del riesgo químico. Sesión simultánea: Información de los trabajadores. Comunicación de riesgos.

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD- TENSOTOP Reglamento (CE) nº 1907/2006, modificado por Reglamento (UE) 453/2010 Versión: 1 /Fecha de revisión: 14/02/2014

Fecha de revisión: 16-sep IDENTIFICACIÓN DE LA SUSTANCIA O EL PREPARADO Y DE LA SOCIEDAD O LA EMPRESA 2. IDENTIFICACIÓN DE LOS PELIGROS

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD

Hoja de datos de seguridad

BIOSEGURIDAD RIESGO QUÍMICO

FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD de acuerdo con el reglamento (UE) 453/2010.

Transcripción:

Manual Informativo de PRL: SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS CON PREVENCIÓN, GÁNATE LA VIDA www.saludlaboralugtmadrid.org

Manual Informativo de PRL: SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS CON PREVENCIÓN, GÁNATE LA VIDA www.saludlaboralugtmadrid.org

El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo colabora en esta publicación en el marco del III Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2008-2011 y no se hace responsable de los contenidos de la misma ni las valoraciones e interpretaciones de sus autores. La obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión. Realiza: Secretaría de Salud Laboral UGT-Madrid Edita: UGT-Madrid Imprime: Gráficas de Diego I.S.B.N: 978-84-695-1378-1 Depósito Legal: M-49893-2011

ÍNDICE PRESENTACIÓN... 7 1. INTRODUCCIÓN... 13 2. OBJETIVOS... 15 2.1. OBJETIVOS GENERALES... 15 2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS... 15 3. CONCEPTOS BÁSICOS... 17 3.1. AGENTE QUÍMICO... 17 3.2. SUSTANCIA QUÍMICA... 18 3.3. MEZCLA... 18 3.4. SUSTANCIAS QUÍMICAS Y MEZCLAS PELIGROSAS... 18 3.5. EXPOSICIÓN LABORAL... 18 3.6. FACTORES DE RIESGO... 18 3.7. DAÑOS A LA SALUD... 19 3.8. EFECTO TÓXICO... 20 3.9. DOSIS... 20 3.10. VALORES LÍMITE... 20 3.11. FABRICANTE... 21 3.12. IMPORTADOR... 21 3.13. USUARIO INTERMEDIO... 21 3.14. VIGILANCIA DE LA SALUD... 21 4. INFORMACIÓN SOBRE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS... 23 4.1. REGLAMENTACIÓN SOBRE CLASIFICACIÓN, ETIQUETADO Y ENVASADO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. 24 Reglamento REACH... 24 Reglamento CLP... 26 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 3

4.2. CLASIFICACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS... 28 4.3. ETIQUETADO DE LAS SUSTANCIAS QUÍMICAS... 32 4.4. FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD (FDS)... 38 4.5. INFORMACIÓN Y FORMACIÓN A TRABAJADORES/AS SOBRE LA IDENTIFICACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS... 44 5. EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN A AGENTES QUÍMICOS PELIGROSOS... 47 5.1. FACTORES DE RIESGO... 48 5.2. IDENTIFICACIÓN DE POSIBLES EXPOSICIONES... 49 5.3. VALORACIÓN INICIAL DEL RIESGO... 50 5.4. EVALUACIÓN DE RIESGOS... 50 6. PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN... 57 6.1. EVITAR O DISMINUIR EL RIESGO... 57 6.2. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN... 58 6.3. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL... 61 6.4. INFORMACIÓN Y FORMACIÓN SOBRE LA EXPOSICIÓN A AGENTES QUÍMICOS... 62 7. OPERACIONES CON AGENTES QUÍMICOS... 65 7.1. ENVASADO... 65 7.2. ALMACENAMIENTO... 66 7.3. MANIPULACIÓN Y TRASVASE DE AGENTES QUÍMICOS PELIGROSOS... 71 7.4. TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS... 75 7.5. OPERACIONES DE LOGÍSTICA... 89 8. EXPOSICIÓN A AGENTES CANCERÍGENOS, MUTAGÉNI- COS Y TÓXICOS PARA LA REPRODUCCIÓN... 91 8.1. CANCERÍGENOS Y MUTAGÉNICOS... 91 8.2. TÓXICOS PARA LA REPRODUCCIÓN HUMANA... 94 4 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

9. VIGILANCIA DE LA SALUD... 107 9.1. RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL DERECHO DEL TRABAJADOR/A... 108 9.2. CONFIDENCIALIDAD... 110 9.3. INTIMIDAD Y DIGNIDAD DEL TRABAJADOR/A... 111 9.4. CONTENIDO... 111 9.5. DOCUMENTACIÓN Y NOTIFICACIÓN... 111 9.6. GRATUIDAD... 112 9.7. PERIODICIDAD Y DURACIÓN... 113 10. MEDIDAS DE EMERGENCIA Y PRIMEROS AUXILIOS... 115 10.1. INSTALACIONES Y MEDIOS... 116 10.2. INFORMACIÓN Y FORMACIÓN... 116 10.3. ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIA... 117 11. PROPUESTAS DE UGT- MADRID... 119 12. ANEXOS... 125 ANEXO I: LISTADO DE INDICACIONES DE PELIGRO Y CONSEJOS DE PRUDENCIA CONFORME AL REGLAMENTO CLP (Nº 1272/2008)... 125 ANEXO II: PELIGROS Y FACTORES DE RIESGO QUÍMICO... 143 ANEXO III: PRIORIDAD EN LA ELECCIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS... 146 ANEXO IV: ETIQUETAS DE PELIGRO PARA EL TRANSPOR- TE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR CARRETERA... 148 ANEXO V. PARTE DE ACCIDENTE DE TRABAJO... 150 ANEXO VI. ACTA DE ELECCIÓN DE DELEGADOS/AS DE PREVENCIÓN... 152 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 5

ANEXO VII. MODELO DE SOLICITUD AL INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.. 153 ANEXO VIII. MODELO DE DENUNCIA A LA INSPECCION DE TRABAJO... 154 ANEXO IX. SOLICITUD COVOCATORIA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD... 155 ANEXO X. MODELO DE COMUNICACIÓN URGENTE A LA AUTORIDAD LABORAL, CASO DE ACCIDENTE GRAVE, MUY GRAVE O MORTAL, O LEVE SI AFECTA A MÁS DE 4 TRABAJADORES... 156 ANEXO XI. MODELO DE SOLICITUD A LA EMPRESA... 157 ANEXO XII. MODELO INFORME SOBRE ADSCRIPCIÓN DE TRABAJADORES PUESTOS A DISPOSICIÓN POR EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL... 158 13. NORMATIVA BÁSICA... 161 14. PUBLICACIONES REALIZADAS DESDE LA SECRETARÍA DE SALUD LABORAL DE UGT MADRID... 165 15. DIRECCIONES DE INTERÉS... 173 6 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

PRESENTACIÓN La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, se aprobó ya hace 15 años y aún nos encontramos con unos niveles de siniestralidad inaceptables en la Comunidad de Madrid. Durante estos 15 años, se ha avanzado en el desarrollo de la normativa referente a prevención de riesgos laborales, pero en la realidad, la implantación de la prevención no ha ido aplicándose paralelamente, las empresas siguen sin incluir en su gestión la prevención de los riesgos a los que están expuestos los trabajadores/as, aunque sí existe un cumplimiento documental de las obligaciones derivadas de estas normas. Por otra parte, la actividad laboral en nuestra Comunidad, ha sufrido variaciones importantes, habiéndose producido un descenso de la misma, fundamentalmente en el sector de la construcción, sector con un elevado índice de incidencia y donde la siniestralidad es más grave. Esto lleva aparejado un aumento de la precariedad laboral, derivado de la necesidad de los trabajadores/as de obtener o mantener un puesto de trabajo, viéndose obligados a renunciar a derechos tanto económicos como laborales como sociales. Esta situación se ha traducido en la pérdida de inversión en prevención dentro de las empresas, reduciéndose la formación de los trabajadores/as, eliminándose medidas preventivas como las protecciones colectivas y los EPIs, e incluso exigiendo ritmos y sistemas de trabajo que propician los accidentes laborales y las enfermedades relacionadas con el trabajo, en cuyo origen se encuentra una mala organización que aumenta los riesgos de sufrir accidentes laborales. Superar esta situación implica a todos: al empresario/a, que debe cumplir con la legislación vigente integrando de manera Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 7

efectiva la prevención en su gestión y no únicamente como un trámite para evitar sanciones; a la Administración que tiene la obligación de realizar actividades de control y seguimiento de esta integración, incluso con la imposición de sanciones cuando se detecten infracciones en las empresas, y a los trabajadores/ as que deben exigir a los empresarios todas las medidas preventivas necesarias para conseguir un trabajo totalmente seguro, incluyendo no sólo los equipos de protección individual o herramientas y maquinaria en buen estado, sino también la formación, la vigilancia adecuada de su salud, el nombramiento de los delegados de prevención, la creación y funcionamiento de los Comités de Seguridad y Salud. Pero también hay que conseguir que toda la sociedad sea consciente de la existencia de esta lacra que hay que erradicar con todos los medios de que se disponga, porque son muchos los trabajadores y las trabajadoras que han sufrido accidentes graves o incluso mortales, en el desarrollo de su actividad laboral o en el de otras actividades relacionadas con ella. En Madrid, cada día se producen más de 300 accidentes laborales; cada dos días se producen tres accidentes de trabajo graves y cada semana 2 trabajadores/as fallecen como consecuencia de su trabajo. Una realidad que la sociedad no puede aceptar de ninguna manera. Los accidentes laborales tienen un gran coste, no solo económico por pérdida de jornadas de trabajo, reducción del salario o pérdida de productividad, sino que también tiene un elevado coste sanitario y la propia pérdida de la salud de los afectados, así como un enorme coste social que se refleja directamente en los familiares de los accidentados, pérdida de valores, etc. Por ello es necesario que la ciudadanía se rebele contra esta accidentalidad y exija una lucha sin tregua que obligue a los empresarios y a la Administración a poner todas las medidas que sean 8 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

necesarias para conseguir un trabajo seguro y sin riesgos, que evite más enfermedades, muertes y dolor a los trabajadores/as, sus familiares y a la propia sociedad. En una época de crisis, más que nunca, no podemos permitir estas pérdidas, que también significan la pérdida de valores para las propias empresas, lo que supone un futuro aún más incierto para su permanencia en un mundo en el que es necesario el mantenimiento de empresas seguras, rentables y con productos y procesos de calidad que las hagan atractivas al mercado laboral y a los consumidores. Los atrapamientos, las caídas, los golpes, choques, los accidentes con vehículos, etc., son fácilmente evitables si se identifican los riesgos y se ponen las medidas para que no se produzcan estos siniestros. Un tipo de riesgos que cada vez tiene una mayor presencia en el ámbito laboral, son los riesgos derivados de una mala organización en el trabajo, que generan enfermedades psicosociales largas y que pueden suponer una muy grave pérdida de salud de los afectados, por ello, es necesario exigir la evaluación de estos riesgos y la implantación de medidas preventivas que eviten el daño antes de que éste aparezca. Por otra parte, las enfermedades músculo-esqueléticas, las hipoacusias, las enfermedades derivadas por contacto con virus, los cánceres laborales y otras enfermedades de origen laboral, también se pueden evitar y merecen una especial atención, dado que su aparición no se evidencia inmediatamente sino con el paso del tiempo, siendo en muchos casos difícil repercutir la responsabilidad correspondiente por desaparición de empresas o imposibilidad de localización de los responsables. Por eso hay que realizar revisiones médicas periódicas que identifiquen indicios de enfermedades cuyo origen se encuentra directamente relacionado con la actividad laboral, con el fin de prevenir su aparición. De ahí la importancia Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 9

de que la atención primaria sanitaria tenga los medios materiales y formativos necesarios para relacionar la enfermedad con la actividad laboral. La eliminación de estos riesgos está directamente relacionada también con el conocimiento de los mismos, de la existencia de medidas que eviten los daños y con el funcionamiento y la utilización adecuada de las medidas preventivas. Por ello, los trabajadores y las trabajadoras debemos exigir formación e información suficiente sobre los riesgos a los que estamos expuestos, sobre las medidas existentes en nuestras empresas para evitarlos y sobre cómo debemos usar estas medidas preventivas. Para ello, contamos con toda la organización sindical, y más directamente con nuestros delegados de prevención, que son los que entre sus funciones tienen las de participar y facilitar la participación en el diseño de la planificación preventiva en nuestras empresas, que incluye la formación e información, la investigación de los accidentes e incidentes que se hayan producido, detección de riesgos en los centros de trabajo y la eficacia de los medios que se hayan puesto para evitar la siniestralidad laboral. La experiencia nos indica que donde hay representación de los trabajadores, las empresas son más seguras, la prevención está más presente y hay una mayor implicación en la integración de la prevención en la gestión de la empresa. Desde UGT-Madrid, luchamos también por defender la inclusión en las negociaciones colectivas de cláusulas de prevención de riesgos laborales que vayan más allá de lo que marca la normativa, de manera que teniendo en cuenta las propias especificidades de los puestos de trabajo, de la empresa o del sector, queremos conseguir que el trabajo sea más seguro. Como trabajadores y trabajadoras aún tenemos mucho que hacer para conseguir preservar de una manera eficaz y total nuestra propia salud. 10 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

UGT-Madrid ha firmado con la Consejería de Empleo y Mujer, actual Consejería de Educación y Empleo, el III Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales, 2008-2011, contando con la cofinanciación del FSE, con el objetivo de reducir la siniestralidad laboral en todos los sectores, haciendo un especial esfuerzo en lograr la eliminación de los accidentes laborales, fundamentalmente los mortales y graves, así como las enfermedades profesionales. Una de las actividades que realizamos dentro de este III Plan Director, vigente en la actualidad, es la edición de material informativo, para ofrecer a los trabajadores y trabajadoras, y especialmente a los delegados de prevención, una guía y un apoyo que les sirva para conocer sus derechos y facilitar la preservación de su seguridad y su salud y la de sus compañeros, sabiendo que pueden contar con el sindicato que les ofrece todo su apoyo y que puede ayudarles en el desempeño de sus quehaceres diarios en esta lucha. Secretaría de Salud Laboral UGT-Madrid Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 11

1 INTRODUCCIÓN En la Comunidad de Madrid son muchos los trabajadores/as que se encuentran expuestos durante su jornada laboral a riesgos derivados o que puedan derivarse de la presencia de agentes químicos en el lugar de trabajo. Muchos trabajadores/as en el desarrollo de su actividad tienen que manipular sustancias o mezclas que son peligrosas y pueden afectar perjudicialmente a su salud. Y aunque se ven afectadas todas las ramas de actividad, son los trabajadores/as del Sector de la Industria Química los que más se exponen a estas sustancias. Para poder trabajar en condiciones seguras, es fundamental que los trabajadores/as estén informados y formados de los riesgos de sus puestos de trabajo, así como de las condiciones de seguridad que deben cumplir esas sustancias y mezclas peligrosas (clasificación, envasado, etiquetado ) y las condiciones seguras en las que se debe realizar su utilización, manipulación y almacenamiento. El empresario deberá facilitar al trabajador/a información y formación sobre los agentes químicos presentes en el lugar de trabajo, tales como su denominación, los riesgos para la seguridad y salud, los Valores Límite de Exposición Profesional, las Fichas de Datos de Seguridad y otros requisitos legales que le sean de aplicación, como la adopción de medidas preventivas y actuaciones en caso de emergencia. Debemos ser conscientes de que como consecuencia de la exposición laboral a sustancias o agentes químicos peligrosos, cuando no se han adoptado las medidas preventivas necesarias, los trabajadores/as pueden sufrir accidentes de trabajo, (Ej. por efectos nocivos y corrosivos de las sustancias químicas) o enfermedades profesio- Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 13

nales (Ej. por efectos cancerígenos, mutagénicos, sensibilizantes, irritantes ). Entre las medidas que es necesario adoptar para poder trabajar en la erradicación o al menos en la reducción de los riesgos que afectan a los trabajadores/as que se exponen a este tipo de agentes, debemos destacar la declaración de las enfermedades que sufren, sean éstas profesionales o relacionadas con el trabajo, pues de la investigación de las mismas se puede extraer una gran cantidad de información que es imprescindible para poder adoptar las medidas preventivas más idóneas, en cada caso. Los graves efectos que sobre la salud y seguridad de los trabajadores/as puede provocar la exposición a los agentes y sustancias químicas, indican la necesidad de realizar actuaciones efectivas que eviten los riesgos de la exposición de los trabajadores/as a estas sustancias. Por este motivo UGT-Madrid ha elaborado este manual de ayuda sobre Sustancias Químicas Peligrosas, en la creencia de que una mayor y mejor información sobre los riesgos que supone el contacto con estas sustancias, así como de las medidas preventivas que deben ser utilizadas en los centros de trabajo, permitirá a los trabajadores/as y a nuestros Delegados de Prevención, mejorar las condiciones de trabajo, ayudando a evitar la lacra de la siniestralidad laboral que padecemos. 14 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

2 OBJETIVOS El principal objetivo de este manual, es crear una herramienta de apoyo técnico para los trabajadores/as de la Comunidad de Madrid, que pueda resultar útil durante la realización de su actividad y les permita reconocer situaciones de riesgo y conocer las medidas preventivas a adoptar en cada caso. Así mismo, se pretende facilitar un instrumento útil para los Delegados de Prevención a la hora de ejercer sus funciones preventivas y promover propuestas de mejora de las mismas. 2.1. OBJETIVOS GENERALES Promocionar la mejora de las condiciones de trabajo dirigidas a aumentar los niveles de protección de la seguridad y salud de los trabajadores/as expuestos a sustancias peligrosas. Fomentar la cultura preventiva en nuestra sociedad. Promover el conocimiento y cumplimiento de la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales. 2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Dotar a los trabajadores/as y Delegados de Prevención de una herramienta que les permita conocer cuándo se encuentran expuestos a riesgos derivados de las sustancias químicas y las medidas preventivas a adoptar en su caso. Informar a los trabajadores/as y Delegados de Prevención de cuáles son las consecuencias de la exposición a sustancias químicas peligrosas. Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 15

Sentar las bases para la mejora de las condiciones de trabajo en aquellas actividades que entrañen situación de riesgo por la exposición a sustancias químicas peligrosas. Facilitar a los trabajadores/as del sector químico la información necesaria sobre las nuevas reglamentaciones de sustancias y mezclas químicas. 16 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

3 CONCEPTOS BÁSICOS Con objeto de hacer más comprensibles para los trabajadores/as y Delegados de Prevención, los contenidos de este manual, vamos a explicar brevemente algunos conceptos que desarrollaremos a lo largo del mismo. 3.1. AGENTE QUÍMICO Consideramos como agentes de naturaleza química, a aquellas sustancias y mezclas químicas que al entrar en contacto con un individuo pueden ser absorbidas por las diferentes vías de entrada posibles (inhalatoria, dérmica, digestiva y parenteral), de las que hablaremos más adelante. Los agentes químicos pueden encontrase en diferentes formas en el entorno laboral sólido, líquido, gaseoso, determinando en muchas ocasiones su estado, la vía de entrada del agente químico. Sólidos Polvos En forma esférica o fibra. Humos y aerosoles AGENTES QUÍMICOS Líquidos Niebla Brumas y aerosoles Gaseosos Gas Vapores Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 17

3.2. SUSTANCIA QUÍMICA Las sustancias químicas son elementos químicos y sus compuestos naturales o los obtenidos por algún proceso industrial. 3.3. MEZCLA Mezcla o solución compuesta por dos o más sustancias. 3.4. SUSTANCIAS QUÍMICAS Y MEZCLAS PELIGROSAS Son aquellas que pueden producir un daño a la salud de las personas o un perjuicio al medio ambiente. 3.5. EXPOSICIÓN LABORAL La exposición laboral a estas sustancias se define como aquella situación en la que un trabajador/a puede recibir la acción de un agente químico, así como sufrir sus efectos perjudiciales, lo que puede suponer un daño para su salud. El concepto de exposición como magnitud, integra dos factores variables diferentes; la concentración o nivel de presencia del contaminante en el medio y el tiempo o duración de la propia exposición. Ambos factores tienen interés propio, por lo cual se dice que la exposición es más o menos intensa según sea la magnitud de la concentración del contaminante. Las exposiciones se clasifican en agudas, subagudas y crónicas según su duración y frecuencia. 3.6. FACTORES DE RIESGO La exposición a sustancias químicas tóxicas supone un factor de riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores/as. Estos factores de riesgo pueden clasificarse en tres grupos según: 18 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

El agente químico: derivado de las propiedades intrínsecas del agente, como la propia sustancia que puede ser absorbida por el organismo y su capacidad para producir daños. Las condiciones del puesto de trabajo: condicionan el contacto entre el agente y el trabajador/a por causas ajenas al propio contaminante: difusión del agente en el aire, movimientos del aire, tipo de manipulación, tipo de proceso, movimientos y distancia del trabajador/a y los focos de generación y la frecuencia del contacto con la piel (contacto dérmico). Comportamiento individual: debido a hábitos personales y a peculiaridades orgánicas o funcionales, tanto temporales (embarazo), como crónicas (sensibilización). Es una situación difícil de valorar pero que es fundamental tener en cuenta, para garantizar unas adecuadas condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo. 3.7. DAÑOS A LA SALUD Se consideran daños derivados del trabajo aquellas patologías, enfermedades o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. Los daños para la salud que pueden provocar las sustancias químicas pueden ser accidentes de trabajo (ocasionados en el mismo momento que se produce la exposición) o enfermedades profesionales (debidos a exposiciones más o menos prolongadas en el tiempo). Los daños están ocasionados por la composición química del agente peligroso, por la forma en que éste se utiliza, por la vía de entrada al organismo y por los órganos y/o tejidos sobre los que se acumula o localiza, por la reacción específica de cada trabajador/a a dicho agente químico derivada de las características personales o estado biológico y por la concentración, duración y frecuencia de la exposición. Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 19

3.8. EFECTO TÓXICO Los agentes químicos tienen la capacidad de producir efectos biológicos adversos que pueden manifestarse una vez que éstos alcanzan un lugar del cuerpo susceptible a su acción. La acción tóxica se producirá en algún momento durante el transcurso de la presencia del tóxico en el organismo, siguiendo las fases de exposición, absorción, distribución, biotransformación y eliminación. 3.9. DOSIS Se define como la cantidad de contaminante absorbido o retenido en un organismo durante un intervalo específico de tiempo. Generalmente se refiere al efecto que provoca. 3.10. VALORES LÍMITE Los valores límite permiten establecer criterios sobre los que basar las decisiones en las que se fija, para determinadas sustancias, un nivel de concentración lo suficientemente bajo como para prevenir efectos nocivos para la salud. Se pueden diferenciar valores límite ambientales y biológicos. Valores límite ambientales (VLA): valores límite de referencia de concentraciones de los agentes químicos en el aire y que representan condiciones en las que se cree, según los conocimientos actuales, que la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos día tras día, durante toda su vida laboral, sin sufrir efectos adversos para su salud. Se distinguen dos tipos de valores límite ambientales: Valor límite ambiental para la exposición diaria (VLA-ED): valor límite de la concentración media, medida o calculada de forma ponderada con respecto al tiempo para la jornada laboral real y referida a una jornada estándar de ocho horas diarias. 20 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

Valor límite ambiental para exposiciones de corta duración (VLA-EC): valor límite de la concentración media, medida o calculada para cualquier período de quince minutos a lo largo de la jornada laboral, excepto para aquellos agentes químicos para los que se especifique un período de referencia inferior. Valor límite biológico (VLB): son los valores de referencia para los Indicadores Biológicos asociados a la exposición global a los agentes químicos. Los VLB son aplicables para exposiciones profesionales de 8 horas diarias durante 5 días a la semana. Este límite se mide en un medio biológico adecuado del propio trabajador/a expuesto (aire exhalado, orina, sangre u otros). 3.11. FABRICANTE Toda persona física o jurídica establecida en la Comunidad Europea que fabrique una sustancia química dentro de la misma. 3.12. IMPORTADOR Toda persona física o jurídica establecida en la Comunidad Europea y responsable de la importación de sustancias químicas. 3.13. USUARIO INTERMEDIO Toda persona física o jurídica establecida en la Comunidad Europea, distinta del fabricante o importador, que use una sustancia como tal o en forma de mezcla, en el transcurso de sus actividades industriales o profesionales. Los distribuidores o los consumidores no se consideran como tal. 3.14. VIGILANCIA DE LA SALUD La vigilancia de la salud se define como el examen al que se somete a cada trabajador/a para determinar su estado de salud en relación a la exposición a los agentes químicos o residuos específicos en el Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 21

centro de trabajo. Su objeto es el de prevenir que los trabajadores/as sufran daños para su salud y el de realizar un seguimiento de las condiciones de trabajo para garantizar que los trabajadores/as realizan su actividad en unas adecuadas condiciones de seguridad y salud. 22 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

4 INFORMACIÓN SOBRE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS El empresario tiene la obligación de informar a los trabajadores/as sobre los riesgos que supone para su salud cada una de las sustancias y mezclas a las que puede encontrarse expuesto en su puesto de trabajo. Así mismo, deberá facilitarles la formación necesaria, suficiente y adecuada para poder realizar la detección de los riesgos, conocer el significado de la señalización establecida en el lugar de trabajo (en función del riesgo), y estar en disposición de hacer uso de las medidas preventivas que en cada caso fueran de aplicación. La información facilitada a los trabajadores/as deberá incluir como mínimo, el contenido y significado del etiquetado y las fichas de seguridad de las sustancias químicas (FDS). Esta información debe facilitarse a todos los trabajadores/as que pudieran estar expuestos y adaptarse especialmente a aquellos inmigrantes o extranjeros, para garantizar que la entienden y puedan realizar su trabajo en condiciones de seguridad. El empresario facilitará a cada trabajador/a formación teórica y práctica, en el puesto y en horario de trabajo 1, sobre los riesgos del envasado, almacenamiento y manipulación de las sustancias, preparados químicos y/o sus residuos derivados, que sean utilizados en el centro de trabajo, así como sobre las medidas preventivas, de emergencia y de primeros auxilios que fueran necesarias en cada caso. 1 Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, Artículo 19 apartado 2: La formación a que se refiere el apartado anterior deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma.... Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 23

Los Delegados de Prevención, para poder ejercer eficazmente sus competencias, tienen que poseer información y documentación referente a los riesgos del trabajo, información que ha de ser facilitada por el empresario. En el caso de la exposición a riesgo químico, los Delegados deberán disponer de información sobre las fichas de seguridad de todos los productos químicos que sean utilizados en el centro de trabajo, así como sobre los procesos en los que se utilizan, los trabajadores/as que hacen uso de los mismos, las medidas de emergencia aplicables y los procedimientos de trabajo. La solicitud de esta información y documentación, por parte del Delegado, se realizará por escrito y con acuse de recibo. 4.1. REGLAMENTACIÓN SOBRE CLASIFICACIÓN, ETIQUETADO Y ENVASADO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS Reglamento REACH Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas. Los principales objetivos del Reglamento REACH son: - Garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente. - Fomentar métodos alternativos para evaluar los peligros que plantean las sustancias. - Fomentar la libre circulación de sustancias en el mercado interior. - Potenciar la competitividad e innovación del Sector Químico. 24 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

Con esta reglamentación se pretende regular: o El registro. o La evaluación. o La autorización. o Y la restricción de las sustancias y las mezclas químicas. El Reglamento REACH parte del principio de que corresponde a los fabricantes, importadores y usuarios intermedios garantizar que solo fabrican, comercializan o usan sustancias que no afectan negativamente a la salud humana o al medio ambiente. EXIGENCIAS DEL REGLAMENTO REACH - Se obliga a las empresas que fabrican e importan sustancias y mezclas químicas a: o Evaluar los riesgos derivados de su utilización. o Adoptar medidas necesarias para gestionar cualquier riesgo identificado en las fichas de seguridad. o Registrar aquellas que se utilicen en más de 1 tonelada anual. o Pedir autorización a la Administración para determinadas sustancias y usos. o Tener en cuenta restricciones dadas por la Administración para la comercialización de sustancias peligrosas. - Acceso de los trabajadores/as a la información recogida en las fichas de seguridad de las sustancias o mezclas que usan, o a las que puedan verse expuestos en el transcurso de su trabajo (Art. 35 del Reglamento REACH). - Creación de la AGENCIA EUROPEA DE SUSTANCIAS Y PREPARA- DOS QUIMICOS (ECHA), que se encargará de gestionar los aspectos técnicos, científicos y administrativos del Reglamento REACH. Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 25

Reglamento CLP CLP: Reglamento (CE) nº 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. El Reglamento CLP modifica el sistema de clasificación, etiquetado y envasado de productos químicos peligrosos, regulado hasta ahora por el Real Decreto 363/1995 por el que se regula la Notificación de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas y el Real Decreto 255/2003, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, modificando además en algunos aspectos al Reglamento REACH. Mediante este Reglamento Comunitario se pretende aplicar en el marco de la Unión Europea, los criterios internacionales acordados en el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA) aprobado por Naciones Unidas. La aplicación del Reglamento CLP es obligatoria desde el 1 de Diciembre de 2010 para sustancias y será obligatoria para mezclas a partir del 1 de Junio de 2015. Hasta entonces se seguirá aplicando junto con la normativa a derogar. A continuación se muestra el calendario de aplicación de ambas normativas: 26 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

CALENDARIO DE APLICACIÓN 20 DE ENERO DE 2009 RD 363/1995 Y RD 255/2003 REGLAMENTO CLP SUSTANCIAS OBLIGATORIO OPCIONAL MEZCLAS OBLIGATORIO OPCIONAL 1 DE DICIEMBRE DE 2010 RD 363/1995 Y RD 255/2003 REGLAMENTO CLP SUSTANCIAS DEROGADO OBLIGATORIO MEZCLAS OBLIGATORIO OPCIONAL 1 DE JUNIO DE 2015 RD 363/1995 Y RD 255/2003 REGLAMENTO CLP SUSTANCIAS DEROGADO OBLIGATORIO MEZCLAS DEROGADO OBLIGATORIO Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 27

La entrada en vigor del Reglamento CLP, ha establecido una serie de obligaciones para las empresas del Sector Químico, que respecto a la anterior normativa han tenido que: Reclasificar sus productos para: o Nuevas clases y categorías de peligro. o Nuevos pictogramas. o Nuevas frases de riesgo. o Nuevas frases de prudencia. Cambiar el contenido de las etiquetas. Cambiar el contenido de las Fichas de Datos de Seguridad. En este manual se va a tener en cuenta la normativa aplicable para sustancias químicas (Reglamentación CLP), si bien no podemos obviar la reglamentación anterior todavía vigente (R.D. 363/1995 y R.D. 255/2003), puesto que hasta el 1 de Junio de 2015 no quedará derogada para mezclas químicas. 4.2. CLASIFICACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS La existencia de dos normativas vigentes para la clasificación, etiquetado y envase de mezclas, nos hace definir en este manual las dos clasificaciones siguientes. Los Reales Decretos 363/1995 y 255/2003 clasificaban las sustancias químicas en función de sus propiedades químicas, tóxicas y ecotoxicológicas, siendo las siguientes categorías: 28 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

EXPLOSIVO COMBURENTE INFLAMABLE TÓXICO NOCIVO CORROSIVO IRRITANTE SENSIBILIZANTE CARCIONGÉNICO MUTAGÉNICO TÓXICO PARA REPRODUCCIÓN PELIGROSO PARA EL MEDIO AMBIENTE Cuyas características son: TIPO Explosivos Comburentes (sustancias combustibles) Inflamables Tóxicos Nocivos Corrosivos CARACTERÍSTISCAS Pueden reaccionar de forma exotérmica (desprenden calor), incluso en ausencia del oxígeno del aire, dando lugar a detonaciones, deflagraciones o explosiones. En contacto con otras sustancias (especialmente con las inflamables) producen fuertes reacciones exotérmicas. Líquidos cuyo punto de inflamación es bajo (inflamables), pudiendo en algunos casos calentarse y finalmente inflamarse en contacto con el aire o breves exposiciones con fuentes de ignición (fácilmente inflamables), o directamente inflamarse en contacto con el aire a presión y temperatura ambiente (extremadamente inflamables). Por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden provocar la muerte o efectos graves agudos o crónicos para la salud (muy tóxicos: muy pequeñas cantidades; tóxicos: pequeñas cantidades). Por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden provocar la muerte o efectos agudos o crónicos para la salud. En contacto con tejidos vivos, pueden ejercer una acción destructiva de los mismos. Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 29

Irritantes TIPO Sensibilizantes Carcinogénicos Mutagénicos Tóxicos para la reproducción Peligrosos para el medio ambiente CARACTERÍSTISCAS Por breve contacto, prolongado o repetido (piel o mucosas), pueden provocar una reacción inflamatoria. La inhalación, ingestión o penetración cutánea puede ocasionar una reacción de hipersensibilización, de forma que una posterior exposición, da lugar a efectos nocivos característicos. Por inhalación, ingestión o penetración cutánea, pueden producir cáncer o aumentar su frecuencia. Por inhalación, ingestión o penetración cutánea, pueden producir defectos genéticos hereditarios o aumentar su frecuencia. Por inhalación, ingestión o penetración cutánea, pueden producir efectos nocivos no hereditarios en la descendencia, o aumentar la frecuencia de éstos, o afectar de forma negativa a la función de la capacidad reproductora masculina o femenina. En contacto con el medio ambiente, constituirán o podrán constituir un peligro inmediato o futuro para uno o más componentes del medio ambiente. El Reglamento CLP define una nueva clasificación de sustancias y mezclas químicas que se basa en: -3 tipos de peligro. -28 clases. -79 categorías. 1. Peligros físicos (16 clases y 45 categorías): q Explosivos (7 categorías). q Inflamables (Gases, Aerosoles, Líquidos y Sólidos) (9 categorías). q Comburentes (Líquidos, Sólidos y Gases) (7 categorías). q Gases a presión (Gas comprimido, Gas licuado, Gas refrigerado, Gas disuelto) (4 categorías). q Sustancias autorreactivas (5 categorías). 30 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

q Pirofóricos (Líquidos y Sólidos) (2 categorías). q Sustancias que experimentan calentamiento espontáneo (2 categorías). q Sustancias/mezclas que en contacto con el agua desprenden gases inflamables (3 categorías). q Peróxidos orgánicos (5 categorías). q Corrosivos para metales (1 categoría). q Sustancias y mezclas que reaccionan espontáneamente (5 categorías). 2. Peligros para la salud (10 clases y 28 categorías): q Toxicidad aguda (4 categorías). q Corrosión/irritación cutánea (4 categorías). q Lesiones oculares graves/irritación ocular (2 categorías). q Sensibilización respiratorio/cutánea (2 categorías). q Mutagenicidad en células germinales (3 categorías). q Carcinogenicidad (3 categorías). q Toxicidad para la reproducción/lactancia (3/1 categorías). q Toxicidad sistémica específica en órganos diana (exposición única) (3 categorías). q Toxicidad sistémica específica en órganos diana (exposiciones repetidas) (2 categorías). q Peligro por aspiración (1 categorías). 3. Peligros para el medio ambiente (2 clases y 6 categorías): q Peligroso para el medio ambiente acuático (5 categorías). q Peligroso para la capa de ozono (1 categorías). Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 31

Los tipos de peligros definidos según el Reglamento CLP tienen diferentes categorías. La categoría se indica mediante un número o una letra, y hace referencia al grado de peligro de una sustancia o mezcla química, a mayor categoría, menor peligrosidad. PELIGROSIDAD EN FUNCIÓN DE LA CATEGORÍA MÁS PELIGRO 1 2 3 4 Tipo A B C D E F G MENOS PELIGRO Por Ej. Una sustancia clasificada como aerosol inflamable de categoría 1 es más peligrosa que una sustancia clasificada como aerosol inflamable de categoría 2. 4.3. ETIQUETADO DE LAS SUSTANCIAS QUÍMICAS Con el fin de aumentar la seguridad en el uso y manipulación de sustancias y mezclas químicas peligrosas por los trabajadores/as, éstas deben ir marcadas con etiquetas de seguridad que adviertan a los trabajadores/as de los riesgos inherentes a la sustancia. Las etiquetas deben recoger la siguiente información, según el Reglamento CLP: 32 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

Nombre, dirección y número de teléfono del proveedor o proveedores. Cantidad nominal de la sustancia o mezcla. Identificadores del producto. Pictogramas de peligro. Palabras de advertencia. Indicaciones de peligro: frases H. Consejos de prudencia: frases P. Información suplementaria. INFORMACIÓN DE LAS ETIQUETAS SEGÚN REGISTRO CLP: 1. El nombre, la dirección y el número de teléfono del proveedor o proveedores. 2. La cantidad nominal de la sustancia o mezcla contenida en el envase, a no ser que se especifique en otro lugar del envase. 3. Los identificadores del producto: a. Para sustancias: con un nombre y un número que lo identifique. b. Para mezclas: i. El nombre comercial o la denominación de la mezcla. ii. La identidad de todas las sustancias que contribuyen a su clasificación como peligrosa. 4. Los pictogramas de peligro: símbolo negro sobre fondo blanco con un marco en rojo. El símbolo se inscribirá en un cuadrado apoyado en un vértice (rombo). Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 33

5. Palabras de advertencia: se recogerán los términos peligro o atención haciendo referencia al grado de peligrosidad de la sustancia o mezcla. 6. Indicaciones de peligro: figurarán las indicaciones de peligro correspondientes a cada clase y categoría de peligro de la sustancia o mezcla. Son las denominadas Frases H, que se complementan con frases EUH y tienen la siguiente estructura: H + tipo de peligro + clase de peligro + categoría de peligro Ver ANEXO I.A: FRASES H Y EUH 7. Consejos de Prudencia, cuando proceda, figurarán en la etiqueta los Consejos de Prudencia necesarios. Son las denominadas Frases P y se estructuran en 5 tipos: P1--: Consejos de Prudencia de carácter general: Indican medidas de forma general a tener en cuenta antes de utilizar una sustancia o mezcla química. Ejemplo: P102: Mantener fuera del alcance de los niños. 34 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

P2--: Consejos de Prudencia de prevención: Indican practicas y procedimientos en Prevención de Riesgos Laborales durante el manejo de una sustancia o mezcla química, como por ejemplo que Equipos de Protección Individual, condiciones ambientales en las que se debe utilizar, prácticas higiénicas a tener en cuenta etc. Ejemplo: P232: Proteger de la humedad P3--: Consejos de Prudencia de respuesta: Indican de qué manera se debe actuar en caso de inhalación, ingestión o contacto con determinadas partes del cuerpo, así como cuándo es necesario llamar a un médico, utilización de medios de lucha contra incendios a usar en caso en necesario etc. Ejemplo: P314: Consultar a un médico en caso de malestar. P4--: Consejos de Prudencia de almacenamiento: Hacen referencia principalmente a las condiciones en las que la sustancia o mezcla deben estar almacenadas se refieren a condiciones de temperatura, humedad, ventilación etc. Ejemplo: P410: Proteger de la luz solar. P5--: Consejos de prudencia de eliminación: Indican cómo se debe eliminar la sustancia o mezcla química cuando sea necesario desecharla. Ejemplo: P501: Eliminar el contenido/el recipiente en... Ver ANEXO I.B: FRASES P 8. Sección de información suplementaria: donde se expondrá otra información que se crea de importancia para transmitir datos sobre la sustancia o mezcla específica. Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 35

Esquema de Etiqueta de Sustancia Química según el Reglamento CLP: Fuente: Cuadernillo Clasificación, Etiquetado y Fichas de seguridad. Aplicación de los Reglamentos REACH y CLP. Financiado por la FPRL al amparo de la convocatoria de asignación de recursos de 2008. Acción IS-159/2008. Además, una etiqueta que siga las indicaciones del Reglamento CLP: - Estará escrita en la lengua o lenguas oficiales del Estado o Estados miembros en que se comercializa la sustancia o mezcla. - Podrá estar en más lenguas, siempre y cuando aparezca la misma información. - Estará firmemente fijada a una o más superficies del envase de forma horizontal. 36 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

- Tendrá un color que permita que el pictograma de peligro resalte de forma clara. - En caso de trasvases de un envase de mayor tamaño a uno de menores dimensiones se debe identificar de qué sustancia o mezcla se trata. Se recomienda además etiquetar el nuevo envase de la misma forma que el original. En los casos en que la información aparezca claramente especificada en el propio envase, no será necesaria la En los casos en que la información aparezca claramente especificada en etiqueta. el propio envase, no será necesaria la etiqueta. Todas las etiquetas tienen que cumplir con las especificaciones indicadas, especialmente en los casos de envases complejos, que están formados por un envase exterior y otro interior, y en algún caso intermedio, todas deben estar identificadas de la misma manera. La única excepción que puede darse es que el envase exterior esté sujeto a las normas para el Transporte de Mercancías Peligrosas. Dimensiones de las etiquetas Envases de hasta 3 litros.. siempre que se pueda de 52x74 mm Superior a 3 litros y hasta 50 litros....al menos 74x105 mm Superior a 50 litros y hasta 500 litros.. al menos 105x148 mm 38 Superior a 500 litros... al menos 148x210 mm Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 37

Si observas algún producto sin identificar o etiquetar, retíralo inmediatamente del uso e informa a tu superior y a tu Delegado de Prevención para que éstos informen a la empresa de su obligación sobre el etiquetado de sustancias químicas. Los principales cambios introducidos por el Reglamento CLP respecto al RD 363/1995 en la clasificación y etiquetado de sustancias, son los pictogramas de peligro y la sustitución de las frases R (riesgo) y S (seguridad) por frases H (indicadores de peligro) y P (consejos de prudencia). En los ANEXOS: ANEXO I.C, y ANEXO I.D se muestran las Frases R y Frases S respectivamente vigentes para mezclas. 4.4. FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD (FDS) Las fichas de datos de seguridad (FDS) son, sin duda, una de las fuentes más importantes de información sobre los riesgos de los agentes químicos. Completan la información recogida en la etiqueta y constituyen una herramienta imprescindible y eficaz para el trabajador/a, para el Delegado y para el empresario en materia de prevención de los riesgos laborales. Ha de ser facilitada obligatoriamente cuando el fabricante, importador o usuario intermedio realice la entrega de un producto químico peligroso. Se compone de 16 apartados e incluye información sobre las características, riesgos, medidas preventivas, de acuerdo con las directrices indicadas en la normativa. Podrá facilitarse mediante papel o en formato electrónico, siempre que el destinatario disponga del equipo necesario para su recepción. 38 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

Desde un punto de vista preventivo las Fichas de Seguridad: Permiten identificar el producto y al responsable de su comercialización, así como un número de teléfono al que llamar para efectuar las consultas que sean necesarias sobre la sustancia o preparado químico. Nos informa sobre los peligros y riesgos del producto derivados de las características del agente químico: inflamabilidad, estabilidad y reactividad, toxicidad, lesiones o daños por inhalación, ingestión o contacto dérmico, primeros auxilios y ecotoxicidad. Informan al trabajador/a sobre el comportamiento y características del producto, su correcta utilización (manipulación, almacenamiento, eliminación...), controles de exposición, medios de protección (colectiva e individual) a utilizar en el caso de que el control no fuera del todo eficaz o en caso de emergencia, actuaciones a realizar en caso de accidente tales como el uso de extintores adecuados contra incendio, el control y neutralización de derrames... Al realizar la evaluación de riesgos del puesto de trabajo se identificarán los productos químicos que se utilizan en dicho puesto. El Delegado de Prevención vigilará que todos los productos químicos utilizados en el puesto de trabajo que aparecen (o deben aparecer) indicados en la evaluación de riesgos tengan su FDS y se proporcione la información y la formación respectiva contenida en la Ficha de Seguridad al trabajador/a. CONTENIDO DE LA FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD SEGÚN EL REGLAMENTO REACH 1907/2006 (Art. 31 y Anexo II): 1: Identificación de la sustancia o la mezcla y de la sociedad o la empresa 1.1. Identificador del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA) del producto. Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 39

1.2. Usos pertinentes identificados de la sustancia o de la mezcla y usos desaconsejados. 1.3. Datos del proveedor de la ficha de datos de seguridad. 1.4. Teléfono de emergencia. Sección 2: Identificación de los peligros 2.1. Clasificación SGA de la sustancia o de la mezcla (según la clase de peligro: físico, para la salud, para el medio ambiente). 2.2. Elementos de la etiqueta SGA, incluidos los consejos de prudencia. 2.3. Otros peligros que no figuren en la clasificación. Sección 3: Composición/información sobre los componentes 3.1. Sustancias Identidad química, nombre común, número CAS, impurezas y aditivos estabilizadores que estén a su vez clasificados y que contribuyan a la clasificación de la sustancia 3.2. Mezclas La identidad química y la concentración o rangos de concentración de todos los componentes que sean peligrosos según los criterios SGA y estén presentes en niveles superiores a sus valores de corte/límites de concentración. Sección 4: Primeros auxilios 4.1. Descripción de los primeros auxilios. Descripción de las medidas necesarias desglosadas con arreglo a las diferentes vías de exposición, esto es, inhalación, contacto cutáneo y ocular e ingestión. 4.2. Principales síntomas y efectos, agudos y retardados. 40 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas

4.3. Indicación de toda atención médica y de los tratamientos especiales que deban dispensarse inmediatamente. Sección 5: Medidas de lucha contra incendios 5.1. Medios de extinción. 5.2. Peligros específicos derivados de la sustancia o la mezcla. 5.3. Recomendaciones para el personal de lucha contra incendios, equipos protectores especiales y otras precauciones. Sección 6: Medidas en caso de vertido accidental 6.1. Precauciones personales, equipos de protección y procedimientos de emergencia. 6.2. Precauciones relativas al medio ambiente. 6.3. Métodos y material de contención y de limpieza. 6.4. Referencia a otras secciones. Sección 7: Manipulación y almacenamiento 7.1. Precauciones para una manipulación segura. 7.2. Condiciones de almacenamiento seguro, incluidas posibles incompatibilidades. 7.3. Usos específicos finales. Sección 8: Controles de exposición/protección individual 8.1. Parámetros de control: límites o valores de corte de exposición ocupacionales o biológicos. 8.2. Controles de la ingeniería apropiados. 8.3. Medidas de protección individual, como equipos de protección personal. Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas 41

Sección 9: Propiedades físicas y químicas 9.1. Información sobre propiedades físicas y químicas básicas. apariencia (estado físico, color), olor, umbral olfativo, ph, punto de fusión, punto de congelación, punto de ebullición, inflamación, tasa de evaporación, inflamabilidad, presión de vapor, densidad de vapor, solubilidad, temperatura de descomposición, viscosidad 9.2. Información adicional. Sección 10: Estabilidad y reactividad 10.1. Reactividad. 10.2. Estabilidad química. 10.3. Posibilidad de reacciones peligrosas. 10.4. Condiciones que deben evitarse. 10.5. Materiales incompatibles. 10.6. Productos de descomposición peligrosos. Sección 11: Información toxicológica 11.1. Información sobre las vías probables de exposición. 11.2. Síntomas relacionados con las características físicas, químicas y toxicológicas. 11.3. Efectos inmediatos y retardados y también efectos crónicos producidos por una exposición a corto y largo plazo. 11.4. Medidas numéricas de toxicidad. Sección 12: Información ecotoxicológica 12.1. Ecotoxicidad. 12.2. Persistencia y degradabilidad. 42 Manual Informativo de PRL: Sustancias Químicas Peligrosas