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ARTÍCULO 2º.- DEFINICIONES PRELIMINARES ACCIDENTE: Se entiende por accidente la lesión corporal, sufrida durante la vigencia de la Póliza, que derive de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado. En ningún caso se considerará accidente: a) El infarto de miocardio, entendiéndose como tal la muerte necrosis de parte del músculo cardíaco (miocardio), consecuencia de la obstrucción de una varias arterias coronarias, confirmada por un historial de dolor precordial de pecho, alteraciones en los electrocardiogramas y enzimas cardiacas (fracción MB de la creatincinasa) superiores a los niveles normales de laboratorio. b) La apoplejía accidente cerebrovascular, entendiéndose como tal el accidente de una duración superior a 24 horas originado por una trombosis cerebral, una embolia una hemorragia que genere secuelas neurológicas de naturaleza permanente y que supongan un grave menoscabo funcional para la realización de las actividades diarias. c) Cualquier enfermedad, incluso las profesionales, siendo éstas las calificadas como tales por la Seguridad Social, lumbago, ciáticas, esguinces y desgarros musculares, a menos que se pruebe ser consecuencia directa de accidentes garantizados por el presente contrato, las enfermedades infecciosas, lesiones corporales complicaciones relacionadas con una enfermedad estado morboso (vahídos, desvanecimientos, síncopes, epilepsia epileptiformes, roturas aneurismas, varices, etc.) y las hernias de cualquier clase y naturaleza, así como sus agravaciones. d) La intoxicación alimentaria, la congelación y la insolación y otros efectos de la temperatura y presión atmosférica, salvo que el asegurado esté expuesta ellas como consecuencia de un accidente cubierto por el presente contrato. FEDERACIÓN DE TENIS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA 1

ARTÍCULO 3º. SUJETOS Y OBJETO DEL SEGURO Uno: Sujetos del Contrato.- El presente contrato de aseguramiento se realiza entre FIATC Mutua de seguros y Reaseguros a Prima Fija, como Asegurador y la FEDERACIÓN DE TENIS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, como Tomador. Dos: Descripción de la Cobertura.- A) ASISTENCIA SANITARIA 1.- Riesgos cubiertos.- a) El presente seguro garantiza, la cobertura de las asistencias médico - sanitarias derivadas de los accidentes que puedan sufrir los asegurados, inscritos en la Federación de Tenis de la Comunidad Valenciana, en el transcurso de los entrenamientos y las competiciones oficiales y/amistosas, organizadas por la Federación, según los términos indicados en el Real Decret849/93 de 4 de Junio por el que se determinan las prestaciones mínimas del Seguro Obligatorio Deportivo fijando de forma explícita los siguientes límites: (i) En el territorio nacional por cuantía ilimitada y con un límite temporal de 18 meses desde la fecha de ocurrencia de la lesión, excepto en el caso de gastos por asistencia odontológica y de prótesis dentaria originados por los daños que pudiere sufrir el Asegurado en su dentadura natural en las prótesis inamovibles preexistentes, a causa de una lesión garantizada, en cuyo caso la cantidad máxima a reembolsar por el conjunto de este concepto será como máximo de 241,00 euros. (ii) En el extranjero hasta 6.010,12 euros, con un límite temporal de 18 meses desde la fecha de ocurrencia de la lesión. b) Además quedan incluidas lesiones deportivas de origen no traumático que sean consecuencia de la práctica federativa continuada de este deporte, como por ejemplo; codo de tenista, tendinitis, lesiones miembros superiores y algunas lesiones miembros inferiores, valoradas por el equipo médico. (Ver anexo 2) FEDERACIÓN DE TENIS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA 2

c) No tendrán concepto de asegurados los jugadores profesionales, aun cuando estén inscritos en la Federación indicada en el punto a). Se entiende como jugador profesional aquel que vive exclusivamente del deporte contratado. 2.- Riesgos excluidos.- Quedan expresamente excluidos de la cobertura del Seguro los siguientes riesgos: a) Los accidentes que se produzcan en los desplazamientos de ida y vuelta a las actividades cuyos riesgos se cubren en el presente contrato. b) No serán a cargo de la Aseguradora los costes asistenciales (intervenciones quirúrgicas pendientes, rehabilitaciones, etc...) derivados de lesiones preexistentes a la firma de la póliza. c) Quedan excluidas aquellas asistencias médico sanitarias de especialidades que no guarden relación con el objeto del seguro descrito en el anterior punto Dos. d) Quedan excluidas las infiltraciones. e) Las lesiones provocadas intencionadamente por el Asegurado, el suicidio, tentativa del mismo y las mutilaciones voluntarias. f) Las lesiones y consecuencias derivadas de duelos, riñas y comisión intento de ello por parte del Asegurado de actos delictivos. g) Queda excluida la responsabilidad asistencial por parte de la compañía, de las lesiones sufridas en Accidente de Tráfico, salvo las derivadas de los transportes sanitarios incluidos en las coberturas de esta póliza, así como las lesiones ocasionadas por agresiones personales que pudieran sufrir los deportistas (Cláusula de Subrogación), aunque sean con ocasión de participación en la actividad objeto de cobertura. h) Las lesiones sobrevenidas en estado de enajenación mental, embriaguez manifiesta bajo efecto de estupefacientes. i) Las hernias de cualquier clase, lumbalgias, dorsalgias, cervicalgias y desgarros musculares que no sean consecuencia de lo descrito como definición del objeto del seguro, anterior punto Dos. j) Todas las lesiones de características crónicas y/degenerativas. k) Los procesos patológicos derivados de la ingestión de alimentos en mal estado. l) Las consecuencias psíquicas de cualquier tipo. FEDERACIÓN DE TENIS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA 3

ANEXO II Relación de lesiones deportivas cubiertas: - RODILLA: Meniscopatía Rotura meniscal Ligamento Cruzado anterior Fractura meseta tibial - TOBILLO: Esguince Grado 1 Esguince Grado 2 Esguince Grado 3 Fractura tobillo Bimaleolar Fractura tobillo Trimaleolar - PIE Esguince mediotarsiano Fractura metatarsiano Fractura falanges - HOMBRO Fractura clavícula Tendinopatia manguito Rotura manguito Luxación glenohumeral Inestabilidad glenohumeral Lesiones slap Tendinitis PLB Fractura humerproximal Fractura diafasis humero FEDERACIÓN DE TENIS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA 4

- CODO Epicondilitis Capsulitis Fractura no desplazada fisura Fracturas - MANO MUÑECA Esguince Tendinitis flexores extensores Fractura radidistal Fractura escafoides Lesión stenner Luxación interfalangicas Fractura 5º metacarpiano Lesión tendones mano - OTRAS: Roturas fibrilares miembro superior Microroturas fibrilares miembro superior Intolerancia a material de osteosintesis FEDERACIÓN DE TENIS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA 5