Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - PLUNA (Personal de tierra y auxiliares de cabina) República Oriental del Uruguay. Convenios

Documentos relacionados
Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - Empresas concesionarias de aeropuertos. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 02 - Capítulo - Empresas prestadoras... República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - Compañías aéreas nacionales. República Oriental del Uruguay. C o n v e n i o s

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 14 - Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones. Subgrupo 04 - Transportadoras de valores

Grupo 14 - Subgrupo 05 - Capítulo 02 - Cooperativas de operativa... República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - Aviación liviana o de pequeño porte. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 08 - Transporte terrestre de carga. Internacional. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 07 - Transporte terrestre de carga. Nacional... República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

Grupo 19 - Subgrupo 14 - Capítulo - Alquiler y distribución de películas... República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 03 - Transporte terrestre de personas. Escolares. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - Talleres aeronáuticos de aviación liviana. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 09 - Transporte marítimo de cabotaje... República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

Grupo 1 - Subgrupo 06 - Capítulo 02 - Fábricas de pastas frescas. República Oriental del Uruguay. Convenios

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 3 - Industria Pesquera. Subgrupo 02 - Plantas procesadoras de pescado

Grupo 13 - Subgrupo 02 - Transporte terrestre de personas, internacional... República Oriental del Uruguay. Convenios

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

Grupo 13 - Subgrupo 09 - Transporte marítimo de cabotaje... República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

Grupo 13 - Subgrupo 02 y 06 - Transporte terrestre de personas... República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

Grupo 13 - Subgrupo 07 - Capítulo - Transporte de leche a granel. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 14 - Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones

Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - Empresas concesionarias de aeropuertos. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - Compañías Aéreas Nacionales. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

Grupo 13 - Subgrupo 09 - Transporte marítimo de cabotaje... República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo Compañias aéreas extranjeras. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

Grupo 7 - Subgrupo 06 - Procesamiento del caucho; artículos varios. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 16 - Subgrupo 02 - Enseñanza preescolar, primaria... República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 16 - Servicios de Enseñanza

Grupo 19 - Subgrupo 03 - Personal de edificios de propiedad horizontal. República Oriental del Uruguay. Convenios

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General. Subgrupo 05 - Almacenes al por mayor

Grupo 10 - Subgrupo 12 - Casas de venta de artículos odontológicos. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General

Grupo 10 - Subgrupo 12 - Casas de venta de artículos odontológicos. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General

Grupo 19 - Subgrupo 05 - Inmobiliarias y administración de propiedades. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - Pilotos de Aviación Ligera... República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

Grupo 10 - Subgrupo 16 - Empresas que comercializan productos... República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General

Grupo 10 - Comercio en General

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 7 - Industria Química, del Medicamento, Farmacéutica, de Combustible y Anexos. Subgrupo 03 - Perfumes

Grupo 16 - Subgrupos 01, 03, 04 y 06 - (Jardines de infantes y guarderías) República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 10 - Subgrupo 04 - Bazares, ferreterías, pinturerías y jugueterías. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General. Subgrupo 22 - Distribución de supergás

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 19 - Servicios Profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros Grupos

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 5 - Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado. Subgrupo 04 - Calzado

Grupo 10 - Comercio en General

Grupo 10 - Comercio en General

Grupo 10 - Comercio en General

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General

Grupo 14 - Subgrupo 02 - Capítulo 02 - Administradoras de crédito. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 10 - Capítulo - Operadores y terminales portuarias. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 19 - Subgrupo 05 - Inmobiliarias y administración de propiedades. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 19 - Subgrupo 14 - Capítulo - Alquiler y distribución de películas... República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 10 - Capítulo - Operadores y terminales portuarias. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 02 - Transporte terrestre de personas internacional... República Oriental del Uruguay. Convenios

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 2 - Industria Frigorífica. Subgrupo 04 - Carga y descarga de carne en cámaras, depósitos y puertos

Grupo 20 - Subgrupo 02 - Capítulo 1 - Sub Capítulo - Fútbol. República Oriental del Uruguay. Convenios

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General. Subgrupo 24 - Cooperativas de Consumo

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General. Subgrupo 17 - Repuestos para automotores

Grupo 14 - Subgrupo 02 - Capítulo 03 - Círculos de ahorro previo. República Oriental del Uruguay. Convenios

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General. Subgrupo 17 - Repuestos para automotores

Grupo 14 - Subgrupo 07 - Centrales de redes de pagos y cobranzas. República Oriental del Uruguay. Convenios

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 14 - Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones

Grupo 15 - Subgrupo - Casas de salud y residenciales de ancianos. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 15 - Servicios de Salud y Anexos

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 19 - Servicios Profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros Grupos

Grupo 15 - Subgrupo - Casas de salud y residenciales de ancianos. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 15 - Servicios de Salud y Anexos

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General. Subgrupo 08 - Barracas de construcción

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 19 - Servicios Profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros Grupos

Grupo 18 - Subgrupo 03 - Capítulo - Radios del Interior y sus ediciones... República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 15 - Subgrupo - Casas de salud y residenciales de ancianos. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 15 - Servicios de Salud y Anexos

Grupo 15 - Subgrupo - Casas de salud y residenciales de ancianos. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 15 - Servicios de Salud y Anexos

Grupo 14 - Subgrupo 07 - Centrales de redes de pagos y cobranzas. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 5 - Actividades no comprendidas en los Subgrupos que se determinan. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 09 - Transporte marítimo de cabotaje... República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento. Subgrupo 10 - Depósitos portuarios

Grupo 19 - Subgrupo 02 - Empresas suministradoras de personal. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 09 - Transporte marítimo y actividades complementarias. República Oriental del Uruguay. Convenios

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 10 - Comercio en General. Subgrupo 07 - Librerías y papelerías

Grupo 9 - Subgrupos 02 y 03 - Fábricas de hormigón prefabricado. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 10 - Comercio en General

Grupo 18 - Servicios Culturales, de Esparcimiento y Comunicaciones. República Oriental del Uruguay. Convenios

Sector Agropecuario - Grupo 1 - Ganadería, agricultura y actividades conexas. República Oriental del Uruguay. Convenios. Sector Agropecuario

Grupo 1 - Subgrupo 01 - Capítulo 02 - Distribuidores de productos lácteos. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 13 - Subgrupo 10 - Operadores portuarios y terminales portuarias. República Oriental del Uruguay. Convenios

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 14 - Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 14 - Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones. Subgrupo 04 - Transportadoras de valores

Grupo 15 - Subgrupo - Casas de salud y residenciales de ancianos. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 15 - Servicios de Salud y Anexos

Grupo 24 - Forestación

Grupo 1 - Subgrupo 09 - Bebidas sin alcohol, aguas, cervezas y cebada malteada. República Oriental del Uruguay. Convenios

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento

Grupo 9 - Subgrupos 02 y 03 - Fábricas de hormigón premezclado. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 17 - Subgrupo 01 - Talleres gráficos de las imprentas de obra. República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 17 - Industria Gráfica

Grupo 19 - Subgrupo 15 - Peluquerías unisex (de damas, hombres y niños) República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 19 - Actividades no comprendidas en los Subgrupos que se determinan. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 1 - Subgrupo 03 - Producción de hielo y cámaras de frío. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 6 - Subgrupo 01 - Celulosa, papel, pañales, cartón y sus productos. República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 12 - Subgrupo - Otras formas de servicios de alimentación... República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 12 - Hoteles, Restoranes y Bares

Sector Agropecuario - Grupo 1 - Subgrupo - Plantaciones de arroz. República Oriental del Uruguay. Convenios. Sector Agropecuario

Grupo 13 - Subgrupo 02 - Capítulo Empresas prestadoras de servicios de venta... República Oriental del Uruguay. Convenios

Grupo 19 - Actividades no comprendidas en los Subgrupos que se determinan. República Oriental del Uruguay. Convenios

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 22 - Ganadería, Agricultura y Actividades Conexas. Subgrupo - Plantaciones de arroz

República Oriental del Uruguay. Convenios. Grupo 14 - Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones. Subgrupo 06 - Casas de cambio

Sector Agropecuario - Grupo 1 - Subgrupo - Plantaciones de arroz. República Oriental del Uruguay. Convenios

Transcripción:

Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - PLUNA (Personal de tierra y auxiliares de cabina) 1 República Oriental del Uruguay Convenios COLECTIVOS Grupo 13 - Transporte y Almacenamiento Subgrupo 12 - Transporte aéreo de personas y de carga, regular o no. Actividades complementarias y auxiliares en aeropuertos Capítulo - PLUNA (Personal de tierra y auxiliares de cabina) Decreto Nº 279/008 de fecha 9/06/2008

2 Convenios Colectivos PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Dr. Tabaré Vázquez MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS Cr. Danilo Astori MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Dr. Eduardo Bonomi DIRECTOR NACIONAL DE TRABAJO Sr. Julio Baraibar DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES Sr. Alvaro Pérez Monza

Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - PLUNA (Personal de tierra y auxiliares de cabina) 3 Decreto 279/008 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 9 de Junio de 2008 VISTO: El acuerdo logrado en el Grupo de los Consejos de Salarios No. 13 "Transporte y Almacenamiento", subgrupo 12 "Transporte aéreo de personas y de carga, regular o no. Actividades complementarias y auxiliares en aeropuerto", capítulo "Pluna. Personal de Tierra y Auxiliares de Cabina" convocado por Decreto 105/005 de 7 de marzo de 2005. RESULTANDO: Que el día 8 de mayo de 2008 los delegados de las organizaciones representativas empresariales y de los trabajadores acordaron solicitar al Poder Ejecutivo la extensión al ámbito nacional del acuerdo celebrado el 8 de mayo de 2008 en el respectivo Consejo de Salarios. CONSIDERANDO: Que a los efectos de asegurar el cumplimiento integral de lo acordado en todo el sector, corresponde utilizar los mecanismos establecidos en el Decreto Ley 14.791 de 8 de junio de 1978. ATENTO: A los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el art. 1 del Decreto Ley 14.791 de 8 de junio de 1978. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DECRETA: 1 ARTICULO 1.- Establécese que el acuerdo suscrito el 8 de mayo de 2008, en el Grupo No. 13 "Transporte y Almacenamiento", subgrupo 12 "Transporte aéreo de personas y de carga, regular o no. Actividades complementarias y auxiliares en aeropuerto", capítulo "Pluna. Personal

4 Convenios Colectivos de Tierra y Auxiliares de Cabina", que se publica como anexo del presente Decreto, rige con carácter nacional, a partir del 1º de enero de 2008, para todas las empresas y trabajadores comprendidos en dicho subgrupo. 2 ARTICULO 2.- Comuníquese, publíquese, etc. Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; JORGE BRUNI; DANILO ASTORI. ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, a los 8 días del mes de MAYO de 2008, reunido el Grupo 13 de Consejo de Salarios "Transporte y almacenamiento" integrado por: Por el Poder Ejecutivo: La Dra. Cecilia Siqueira y el Lic. Bolivar Moreira. Por el Sector Empresarial: La Sra. Cristina Fernandez y el Sr. Gustavo Gonzalez; y Por el Sector Trabajador: El Sr. Juan Llopart y el Sr. Juan Larrosa, manifiestan que: PRIMERO: Recepcionan el Acuerdo alcanzado en el Grupo 13, Subgrupo 12 "Transporte aéreo de personas y de carga regular o no. Actividades complementarias y auxiliares en aeropuertos" capítulo "Pluna. Personal de Tierra y Auxiliares de Cabina", de fecha 8 de MAYO de 2008. SEGUNDO: Solicitan al Poder Ejecutivo la extensión al ámbito nacional del mencionado Acuerdo. TERCERO: Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados. POR EL MTSS. POR EL SECTOR EMPRESARIAL POR EL SECTOR TRABAJADOR ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 8 de mayo de 2008, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 13

Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - PLUNA (Personal de tierra y auxiliares de cabina) 5 "Transporte y Almacenamiento", Sub-Grupo 12 "Transporte Aéreo de personas y de cargas, regular o no. Actividades complementarias y auxiliares en aeropuerto", Capítulo "Pluna. Personal de Tierra y Auxiliares de Cabina", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Las Dras. Cecilia Siqueira, María Noel Llugain y el Lic. Bolivar Moreira; Delegados representantes de los Trabajadores: Los Sres. Fernando Alberti y Nestor Acosta; y Delegados representantes de los Empresarios: La Dra. Cecilia Demarco y la Sra. Valeria Fratocchi. ACUERDAN: PRIMERO. Vigencia del Acuerdo: El presente acuerdo abarcará el período comprendido entre el 1º de enero de 2008 y el 30 de junio de 2010, efectuándose ajustes en las fechas que se produzcan ajustes salariales de los Entes Autónomos. SEGUNDO. Ambito de Aplicación: Las normas del presente acuerdo tienen carácter nacional y abarca a todas las empresas y trabajadores pertenecientes al Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento" Sub-grupo 12 "Transporte Aéreo de personas y de cargas, regular o no. Actividades complementarias y auxiliares en aeropuerto", Capítulo "Pluna. Personal de Tierra y Auxiliares de Cabina". TERCERO. Ajuste salarial: 1) Ajuste salarial del 1º de enero de 2008. Se establece, con vigencia a partir del 1º de enero de 2008, un incremento salarial del 8,63% sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2007, resultante de la acumulación de los siguientes ítems: A) 2% por concepto de correctivo. B) 6,5% el porcentaje por concepto de inflación esperada, para el período 01.01.08-31.12.08. C) Cláusula Gatillo. En caso de que la inflación real y acumulada para el año 2008, publicada por el INE, alcance dos dígitos, las partes acuerdan reunirse nuevamente para analizar la situación. 2) Ajuste salarial del 1º de enero de 2009. Se establece, con vigencia a partir del 1º de enero de 2009, un incremento salarial sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2008, resultante de la acumulación de los siguientes ítems:

6 Convenios Colectivos A) Un porcentaje por inflación esperada, para el período 01.01.09-31.12.09. B) Un porcentaje por correctivo por inflación pasada. 3) Ajuste salarial del 1º de enero de 2010. Se establece, con vigencia a partir del 1º de enero de 2010, un incremento salarial sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2009, resultante de la acumulación de los siguientes ítems: A) Un porcentaje por inflación esperada, para el período 01.01.10-30.06.10. Dicho porcentaje se obtendrá de la aplicación de la raíz cuadrada a la inflación anual proyectada. B) Un porcentaje por correctivo por inflación pasada. CUARTO. Por consiguiente se establecen los siguientes salarios mínimos vigentes al 1º de enero de 2008 por categoría, que se agregan por tabla adjunta, la cual se considera parte integrante de la presente. 1.- Administrativos / Operativos / Técnicos (Gral.): Auxiliar de Servicio $ 7914 Auxiliar D - $ 11055 Auxiliar C - $ 13189 Auxiliar B/Abogado Junior C - $ 17287 Auxiliar A/Abogado Junior B - $ 21609 Jefe Depto. / Encargado / Analista de Recursos Humanos / Abogado Junior A - $ 27436 Jefe División B - $ 35459 Jefe División A - $ 47414 2.- Técnicos. Técnico C - $ 14224 Técnico B - $ 22758 Técnico A / Encargado de: almacenes, componentes, aviones y sistemas, control mantenimiento, taller de ruedas y publicaciones técnicas - $ 27436 Encargado de Planta Poder - $ 30867 Inspector Junior - $ 31446 Inspector Senior / Encargado de mantenimiento de línea / Supervisor - $ 35459

Grupo 13 - Subgrupo 12 - Capítulo - PLUNA (Personal de tierra y auxiliares de cabina) 7 Jefe Ingeniería y Aseguramiento de Calidad / Jefe de Abastecimiento - $ 47414 3.- Tripulantes Auxiliares de Cabina Auxiliar D $ 11055 Auxiliar C $ 13189 Auxiliar B $ 19948 Auxiliar A $ 23272 QUINTO. Los delegados representantes de los trabajadores manifiestan que concurrirán a la convocatoria de los Consejos de Salarios para el período 01.07.08 al 30.06.10 a los efectos de abordar la discusión de las categorías. SEXTO. Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

8 Convenios Colectivos