PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA PARA ILAR, OCAMPO ROSARIO.

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Transcripción:

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA PARA ILAR, OCAMPO 1498. 2000 ROSARIO. Artículo 1º: OBJETO: ILAR Llama a Licitación Privada para la Contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia, para el EDIFICIO DE ILAR, ente autárquico municipal, sito en calle Ocampo 1498, 2000 ROSARIO. Artículo 2º: CONSULTAS: las consultas se deberán formular en ILAR, Ocampo 1498, ROSARIO de Lunes a viernes de 8.30 a 13.00hs. Departamento Contaduría. TEL 4823010 4808669 Email: ilarcontaduria@tower.com.ar Artículo 3º: LUGAR DONDE SE PRESTARA EL SERVICIO La adjudicataria deberá prestar el servicio en las Áreas mencionadas en el Artículo 1º del presente. Pudiendo realizar antes de la presentación de las ofertas un relevamiento de las instalaciones a fin de lograr un conocimiento y una correcta cotización. En este sentido, queda por sentado que la sola presentación de la oferta respectiva presu-pone por parte de la empresa oferente el conocimiento cabal de todas las instalaciones del lugar mencionadas, vinculada con la prestación del servicio en cuestión. Artículo 4º: PLAZO. El período de Contratación del Servicio será de (6) meses, contados a partir de la fecha que de común acuerdo se establece en el contrato. Artículo 5º: NÓMINA DE LOS DEPENDIENTES: La Empresa Adjudicada deberá presentar nota consignando los dependientes que efectuarán la prestación del servicio objeto de LICITACIÓN PRIVADA, como así también, aquellos dependientes que sustituyan a los primeros en caso de inasistencia. En la nota consignarán datos personales completos (Apellido, Nombre, tipo y número de documento de identidad, domicilio y CUIL). Artículo 6º: RELACIÓN CONTRACTUAL: La empresa deberá tener en cuenta que una vez adjudicados los trabajos, actuará como contratista y no como mandatario o representante ILAR o la Municipalidad de Rosario. Por lo tanto, su personal no podrá ser considerado como empleado de ILAR o la Municipalidad de Rosario a la que deberá defender y mantener indemne respecto de cualquier reclamo que a ésta se le efectúe invocando solidaridad. Artículo 7º: SUPERVISOR DE TAREAS: Formalizada la adjudicación, ILAR designará a una persona que se encargará de la supervisión de las tareas realizadas; tal designación se comunicará en forma fehaciente al adjudicatario. A su vez, la empresa adjudicataria al momento de retirar la orden de provisión deberá comunicar por nota a ILAR el nombre del supervisor que designe la empresa. El supervisor designado deberá reunirse en la institución con el/a coordinador/a para reuniones informativas sobre el desarrollo de la empresa adjudicada. Artículo 8º: CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES LABORALES La empresa adjudicada deberá dar estricto cumplimiento con la totalidad de las normas que regulan la materia laboral y provisional. Siendo de responsabilidad exclusiva de ésta el pago de los salarios y las cargas sociales. Artículo 9º: ACTAS Y/O MULTAS En caso que a criterio de las autoridades de ILAR, el servicio de seguridad no sea brindado en un todo de acuerdo con lo solicitado en el pliego de bases y condiciones y en las especificaciones técnicas, se labrará un acta donde se dejará constancia del incumplimiento, debiendo notificarse en forma fehaciente al adjudicatario. El adjudicatario deberá solucionar el problema planteado en el plazo improrrogable de 48 horas de notificado, debiendo en el mismo término efectuar el descargo correspondiente. Por cada día de demora en los plazos de

cumplimien-to del problema planteado, la empresa adjudicataria se hará pasible de multa diaria por incumpli-miento equivalente al valor diario del servicio prestado, calculado éste en forma proporcional respecto al importe de la oferta mensual. Será responsabilidad de quien conforme la correspondiente factura, adjuntar los antecedentes que originen la aplicación de multas. Artículo 10º: RESCINDIR EL CONTRATO: ILAR podrá rescindir el contrato en caso de incumplimiento de la adjudicataria de lo dispuesto en el presente Pliego de Condiciones Técnicas y Particulares, cuando se labren tres actas por incumplimiento deficiente en la prestación del servicio y los mismos no fueren solucionados. Artículo 11º: RIESGOS DEL TRABAJO: La empresa adjudicataria deberá dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley N. 24.557 (Ley de Riesgo de Trabajo) y a las modificaciones que en el futuro pudieran introducirse en la misma, manteniendo indemne la Municipalidad de Rosario en todo momento, mediante una cláusula de no subrogación en los siguiente términos: La Aseguradora de Riesgo de Trabajo o el Empleador Auto-asegurado, renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición contra ILAR o la Municipalidad de Rosario, bien sea con fundamento en el artículo 39.5 de la Ley 24557 o en cualquier otra norma jurídica. Alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo. Artículo 12º: SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO; Deberá dar cumplimiento a lo estipulado en el Decreto Nº 1567/74 y a las modificaciones que en el futuro pudieran introducirse al mismo. Artículo 13º: INFORMACIÓN A PRESENTAR PARA LA EVALUACIÓN TÉCNICA Los oferentes deberán presentar toda la documentación que crean necesario para acreditar sus antecedentes (nómina de empresas, como así también los nombres y teléfonos a quienes se pueda consultar, servicio prestado, etc.). Para la evaluación de la presente Licitación se considerarán dichos antecedentes y referencias que se obtengan de los usuarios dados en la nómina solicitada, así como la experiencia que la Municipalidad de Rosario haya tenido con dicho proveedor. Artículo 14º: FORMA DE COTIZAR El oferente deberá cotizar por hora/hombre de acuerdo a la planilla de cotización solicitada. En todos los casos deberá incluir el Impuesto al Valor Agregado. A los efectos de la adjudicación ILAR tomará en cuenta la oferta más conveniente. Artículo 15º: MANTENIMIENTO DE OFERTA Deberá mantener el precio cotizado por 30 (treinta) días corridos sin variación de precio. Artículo 16º: A-) DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA OFERTA: 1-Oferta Económica, Pliego de Condiciones Generales, particulares y Técnicas sellado y firmado en cada una de sus hojas por el titular de la empresa oferente o su representante legal. 2-Constancia que acredite al representante capacidad para obligarla. 3-Las sociedades deberán adjuntar copia del respectivo contrato o Estatuto Social actualizado. 4-Antecedentes: Nómina de clientes de servicios similares prestados en la ciudad de Rosario y complementariamente en otras localidades de la zona. 5-Habilitación Municipal al rubro que se licita. 6-Habilitación que emite el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Santa Fe 7-Constancia de Inscripción ante el A.F.I.P y Certificado Fiscal para contratar. 8-Constancia de Inscripción ante la A.P.I. 9-Constancia de inscripción al Padrón Municipal de proveedores, si la tuviere.

10-Declaración Jurada donde constituya domicilio legal en la ciudad de Rosario. 11-Sellado de la compra del pliego. 12-En el caso en que el proveedor invoque encontrarse exento del pago de algún impuesto o con desgravaciones impositivas podrán justificar tal situación entregando copia de la constancia de no retención extendida por Autoridad competente. Las copias de la documentación que se presenten desde el punto 2 al 12 deberán ir selladas y firmadas por el titular de la empresa oferente o su representante legal. B-) DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL PRE-ADJUDICANTE PREVIO A LA ADJUDICACIÓN (3 días hábiles de la notificación): Certificado de Cobertura de Riesgo de Trabajo con nómina, actualizada, acompañado con la cláusula de no subrogación de acuerdo lo establece el Artículo 11º. Certificado de la Póliza de seguro de vida obligatorio Decreto Nº 1567/74 de acuerdo lo establece el Artículo 12º Nómina de los dependientes de acuerdo lo establece el Artículo 5º. Nota donde conste nombre del Supervisor, según lo establece el Artículo 7º. Fotocopia Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por lesiones, incapacidades y/o muerte y /o daños materiales a cosas de terceros en consecuencia de la prestación de servicio, cuyo monto mínimo debe ser de $200.000.- Así mismo y en caso de lesiones, incapacidades y/o muerte; daños y/o pérdidas ocasionadas durante la prestación del servicio a personal de la Municipalidad de Rosario, estos a efectos del reclamo deberán ser considerados terceros. Fotocopia de la Credencial habilitante o Acta otorgamiento de alta definitiva de los vigiladores, expedido por la Jefatura de Unidad Regional. La documentación que se presente deberá ser en original y acompañándose la misma con copia sellada y firmada por el titular de la empresa oferente o su representante legal. Artículo 17º: CONDICIONAMIENTO: Todo condicionamiento al pliego de bases y condiciones así como a las especificaciones técnicas, significará desestimar la oferta. Artículo 18º: ANTECEDENTES La empresa que cotice no deberá tener antecedentes de exclusión en Concursos de precios y/o licitaciones anteriores por falta de aptitud técnica y/o de calidad. Artículo 19º: PAGO DE LOS SERVICIOS La firma adjudicataria facturará el servicio a mes vencido. ILAR, realizará los pagos mediante depósito en la cuenta de la adjudicataria y/o cheque según corresponda la normativa Municipal, efectuándose a los 30 (treinta) días de recibida la factura conformada por parte del responsable del área solicitante en dicha Dirección. Artículo 20º: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR MENSUALMENTE en ILAR. Certificado de Cobertura de Riesgo de Trabajo con nómina, actualizada, acompañado con la cláusula de no subroga-ción en los términos en que lo establece el Artículo 11º.Constancia de pago de las obligaciones emergentes a su personal en relación de dependencia: aportes y contribuciones Seguridad Social, Obra Social, ART y Seguro de Vida Obligatorio. Constancia de pago de la póliza de Seguro de Responsabilidad Civil solicitada en el pto. 16-B. La documentación que se presente deberá ser en original y acompañándose la misma con copia sellada y firmada por el titular de la empresa oferente o su representante legal.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SERVICIO SEGURIDAD PRIVADA PARA EDIFICIO DE ILAR La adjudicataria deberá prestar el servicio en las instalaciones de ILAR situada en calle Ocampo 1498, Rosario y cumplir con las normas de funcionamiento que le serán informadas por escrito mediante una orden de trabajo al iniciar la prestación del servicio de vigilancia. Artículo 1º PRESTACION DEL SERVICIO: a) Se requiere la concurrencia de 1 persona para la realización de las tareas, objeto de la presente Licitación., que se desempeñará de lunes a jueves de 16 a 21 horas. En un total aproximado de 90 horas mensuales. b) Se presentará a desempeñar funciones, previa entrevista con la Dirección de ILAR. La empresa deberá garantizar el servicio, se deja debidamente aclarado que por razones de enfermedad u accidente, deberá ser reemplazada inmediatamente por otra persona. b) Registrarán su asistencia según se convenga de mutuo acuerdo. c) El personal afectado, deberá vestir uniforme de trabajo, acreditaciòn como vigilador, linterna y un sistema de comunicaciones ( telefonía celular, radio), incluido el equipa-miento de seguridad propio de las tareas a desarrollar. d) Un vigilador será destinado a cumplir su función de vigilador en el edificio de ILAR situado en calle Ocampo 1498, de Rosario e) Los agentes deberán informar al público sobre el funcionamiento de las áreas. f) Estará a su cargo el recorrido de los pasillos, Sala de Internación, Terapia Física y Jardín. g) Previo a la finalización de actividades de cada día, el vigilador deberá supervisar que las puertas de la oficinas estén cerradas, como así también las ventanas de los pasillos debiendo verificar que no haya personas en los sanitarios ni en los descansos de la escalera. Controlar que el portón de ingreso vehicular al jardín esté

debidamente cerrado ILAR, no se responsabiliza en forma absoluta y bajo ningún concepto por accidentes de la naturaleza que sufriere el adjudicatario o sus dependientes, siendo obligación de aquel tener a los dependientes afectados a la prestación del servicio debidamente inscriptos y bajo la cobertura de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo.