RESOLUCIÓN No.32 (4 DE OCTUBRE DE 2016) Por medio de la cual se convoca y reglamenta el IV CAMPEONATO DEPARTAMENTAL INTERCLUBES PARA CATEGORIA MAYORES Y MENORES DE PATINAJE ARTÍSTICO NIVEL TECNICO A, B y C, a realizarse del 21 al 23 de Octubre de 2016, en el Municipio de La Mesa (Cundinamarca) El Presidente de la LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA y la COMISIÓN TÉCNICA DEPARTAMENTAL DE PATINAJE ARTÍSTICO, en uso de sus atribuciones legales y Estatutarias y, CONSIDERANDO: 1. Que el IV CAMPEONATO DEPARTAMENTAL INTERCLUBES DE PATINAJE ARTISTICO, para las categorías del NIVEL TECNICO A (MINI 7, MINI 8, MINI 9, PREINFANTIL, INFANTIL, CADETES, JUVENIL, JUNIOR y SENIOR), del NIVEL TECNICO B (TRANSICION 8, TRANSICION 9, TRANSICION PREINFANTIL, TRANSICION INFANTIL, ASCENSO CADETES, ASCENSO JUVENIL Y PROMOCIONAL) y del NIVEL TECNICO TRANSICION C (TRANSICION C 7 años, TRANSICION C 8 Y 9 AÑOS, TRANSICION C 10 años, TRANSICION C 11 Y 12 años, TRANSICION C CADETES, TRANSICION C JUVENIL Y TRANSICION C PROMOCIONAL) fue incluido en el Calendario Oficial de la liga de Patinaje de Cundinamarca para el año 2016. 2. Que es deber de la Liga de Patinaje de Cundinamarca, reglamentar por medio de la Comisión Departamental de Patinaje Artístico, todos los eventos del calendario oficial 2016 para esta Modalidad. RESUELVE: ARTICULO 1º.- CONVOCATORIA. Convocar y reglamentar como en efecto se hace, el IV CAMPEONATO DEPARTAMENTAL INTERCLUBES DE PATINAJE ARTISTICO, para las categorías del NIVEL TECNICO A ( MINI 7, MINI 8, MINI 9, PREINFANTIL, INFANTIL, CADETES, JUVENIL, JUNIOR Y SENIOR) del NIVEL TECNICO B (TRANSICION 8, TRANSICION 9, TRANSICION PREINFANTIL, TRANSICION INFANTIL, ASCENSO CADETES, ASCENSO JUVENIL Y PROMOCIONAL, quienes competirán conforme a las regulaciones técnicas contempladas
en las Resoluciones Nº 006 (MAYORES), Nº 007 (MENORES) del 14 de enero de 2016 y del NIVEL TECNICO TRANSICION C (TRANSICION C 7 años, TRANSICION C 8 Y 9 AÑOS, TRANSICION C 10 años, TRANSICION C 11 Y 12 años, TRANSICION C CADETES, TRANSICION C JUVENIL Y TRANSICION C PROMOCIONAL), quienes competirán conforme a lo establecido en la Resolución No. 027 del 4 de Septiembre de 2015, de La Liga de Patinaje de Cundinamarca, por la cual se crea el NIVEL TECNICO TRANSICION C, evento que se realizará del 21 al 23 de Octubre de 2016, en el Municipio de La Mesa (Cundinamarca). PARAGRAFO 1.- Todos los deportistas que participen en este evento Departamental deberán inscribirse conforme se dio su clasificación en el 1ER CAMPEONATO INTERCLUBES NIVEL TECNICO A - TEST NACIONAL realizado en la Ciudad de Cali (Valle) del 26 al 28 de Febrero de 2016, NIVEL A INTERNACIONAL, NIVEL A NACIONAL Y NIVEL B, con excepción de los Deportistas que se inscriban para participar en el Nivel Técnico TRANSICION C, para quienes no aplica esta reglamentación. PARAGRAFO 2.- Los deportistas que no participaron en el TEST NACIONAL, deberán competir en el Nivel Técnico B. ARTICULO 2º.- PARTICIPANTES. No habrá restricción en el Número de Deportistas a inscribir por Categoría, Prueba y Rama. Podrán participar en el certamen, deportistas de los clubes que tengan reconocimiento deportivo vigente, con el aval de su respectivo Club, y que estén debidamente afiliados a la Liga de Patinaje de Cundinamarca y carnetizados para la vigencia del año 2016. PARÁGRAFO 1º.- La Comisión Departamental de Patinaje Artístico, verificará que todos los deportistas, entrenadores y delegados inscritos hayan cumplido con el trámite de afiliación y carnetización ante la Liga de Patinaje de Cundinamarca, mediante la presentación de los respectivos carnets. Sin el lleno de este requisito, es inútil inscribirse y presentarse al evento. PARAGRAFO 2º -. Los Deportistas que se inscriban dentro de los términos establecidos para participar en el Nivel Técnico TRANSICION C, no están obligados a Afiliarse a la Liga de Patinaje de Cundinamarca por el tiempo que dure su permanencia en este nivel (6 meses a partir de su participación en el Primer evento Departamental de Menores y Mayores).
PARAGRAFO 3.- Solo se podrán inscribir para participar en el Nivel Técnico TRANSICION C, Deportistas que no hayan participado con anterioridad en los eventos de Categoría Menores y Mayores, quienes podrán seguir participando en este Nivel, por un periodo máximo de 6 meses. PARAGRAFO 4.- Los Deportistas del Nivel Técnico TRANSICION C, que cumplan con los elementos mínimos para participar en los Niveles Técnicos A y B en las Categorías de Menores y/o Mayores del Calendario DEPARTAMENTAL, será PROMOVIDOS AUTOMATICAMENTE por la Liga de Patinaje de Cundinamarca, a las CATEGORIAS DE MENORES Y/MAYORES, según corresponda. ARTÍCULO 3º.- INSCRIPCIONES. Las Inscripciones se recibirán UNICAMENTE en el correo de la Comisión Departamental de Patinaje Artístico (ctartistico@gmail.com) con copia al correo de la Liga (lipacun11@hotmail.com) en el formato oficial que se encuentra publicado en la página de la Liga. Se debe enviar el archivo en EXCELL con los datos completos del Club y de los deportistas, en las siguientes fechas: INSCRIPCIONES ORDINARIAS SE RECIBIRAN HASTA EL DIA MIERCOLES 12 DE OCTUBRE DE 2016, A LAS 6:00 PM. INSCRIPCIONES EXTRAORDINARIAS SE RECIBIRAN HASTA EL DIA VIERNES 14 DE OCTUBRE DE 2016, A LAS 6:00 PM. Después de estas fechas y hora, no se aceptarán inscripciones por ningún motivo. PARÁGRAFO 1º.- La planilla original, debidamente firmada por el Club, Entrenador (es), deberá ser presentada el día de las acreditaciones, según lo estipulado en la resolución que reglamenta el proceso de inscripciones y en el Reglamento General de Eventos. Sin este documento no se podrá realizar la acreditación. Se tendrán por no recibidas, aquellas inscripciones presentadas en formato diferente y las que se envíen por fuera de los plazos establecidos. PARÁGRAFO 2º.- Por ningún motivo se aceptarán cambios en las planillas con posterioridad a las fechas límite de inscripciones. Cualquier error en la planilla oficial, que requiera un cambio en los órdenes de salida o en la programación del evento, tendrá una sanción de económica de Quince Mil pesos ($15.000, oo) PARÁGRAFO 3º.- Para el momento de las inscripciones es de carácter OBLIGATORIO LA PRESENTACION POR PARTE DE LOS DELEGADOS de los siguientes
documentos de los Deportistas que figuren Inscritos en las Planillas: Documento de identidad, carné de EPS y estar Afiliado a la Liga de Patinaje de Cundinamarca y Carnetizado para la Vigencia 2016. ARTÍCULO 4º.- VALOR DE LAS INSCRIPCIONES. El valor de las inscripciones ORDINARIAS y EXTRAORDINARIAS, conforme a lo contemplado en la Resolución No. 001 del 15 de Enero de 2016, expedida por la Liga de Patinaje de Cundinamarca, es: INSCRIPCIONES ORDINARIAS DEPORTISTA $ 36.000.oo CLUB $ 85.000.oo INSCRIPCIONES EXTRAORDINARIAS DEPORTISTA $ 46.000.oo CLUB $ 119.000.oo PARÁGRAFO.- El valor de las inscripciones al Campeonato deberá ser consignado a la cuenta de ahorros No. 09316183-4 del Banco de Bogotá a nombre de la LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA, y la consignación original se entregará en la reunión informativa del evento, el día y en el lugar que convoque la liga. ARTICULO 5.- MUSICAS. La memoria con las músicas de los deportistas de cada club deberá ser entregada por los Delegados en el momento de las Inscripciones UNICAMENTE en Memoria USB grabada a 320 y en formato MP3, NO se recibirá USB por Deportista, ni las que contengan archivos diferentes a las Músicas para el evento y de ninguna manera se aceptarán músicas en CELULARES Y OTROS DISPOSITIVOS MOVILES.Los archivos dentro de la USB deben estar marcados de la siguiente manera: CATEGORIA NOMBRE DEL DEPORTISTA - PRUEBA CLUB Si no están marcados de esta manera no serán recibidos. PARAGRAFO.- Los clubes que no hagan llegar las memorias con los archivos correctamente clasificados y marcados, tendrá una sanción económica por el valor de Quince Mil pesos ($15.000.oo) ARTÍCULO 6º. SANCIONES E INHABILIDADES TRANSITORIAS - El Club que realice inscripción de deportistas, que no se presenten al evento o que estando inscritos no se presenten a una prueba determinada, serán inhabilitados de la siguiente manera: 1. Si el Club se inscribe y no se presenta al evento con ninguno de sus deportistas, no podrá participar con sus deportistas, en el evento inmediatamente posterior de las mismas categorías.
2. Si se inscribe un deportista y no se presenta al torneo, este no podrá participar en el evento inmediatamente siguiente. 3. Si se inscribe un deportista en una prueba y no la compite, no podrá participar en esa prueba en el campeonato inmediatamente posterior. 4. Si un deportista se inscribe en una prueba del campeonato cuya participación es obligatoria por reglamento nacional y en el evento no la compite, el deportista no podrá participar en el evento inmediatamente siguiente. 5. el club o el deportista deberán cancelar los costos dejados de pagar en este evento a la Liga de Patinaje de Cundinamarca. PARÁGRAFO 1.- Estarán exentos de las sanciones descritas en el artículo 5º, los deportistas que presentaren incapacidad médica expedida o convalidada por médicos adscritos a los Institutos Deportivos Oficiales. PARÁGRAFO 2.- En caso de que una organización o deportista, fuera exento de las inhabilidades establecidas, no queda exonerado del pago de las obligaciones económicas adquiridas con la Liga organizadora, correspondientes a las inscripciones del deportista y/o Club al evento, según sea el caso. PARÁGRAFO 3º.- Los deportistas y/o ligas que incurran en alguna de las inhabilidades descritas en el presente artículo, tendrán cinco (5) días hábiles siguientes a la realización del evento, para presentar por escrito en las oficinas de la Liga y/o al correo de la Comisión (ctartistico@gmail.com) las razones que tuvieron para justificar su inasistencia al evento, con las pruebas respectivas, transcurrido dicho término se procederá a aplicar la sanción correspondiente. ARTÍCULO 7º.- ORGANIZACIÓN. La Liga de patinaje de Cundinamarca será la responsable de la Organización del evento y se sujetará a la reglamentación vigente en lo que se refiere a condiciones de organización de eventos. La Dirección Técnica del Evento estará a cargo de la Comisión Departamental de Patinaje Artístico a través de los Comisionados Delegados para este evento. El Juzgamiento a cargo del Subcomité Especializado del Colegio Nacional de Jueces y la Dirección Administrativa y Logística a cargo de la Liga de Patinaje de Cundinamarca. PARAGRAFO.- Solamente la Comisión Técnica Departamental de Patinaje Artístico, podrá modificar o cancelar determinada prueba que no se ajuste a las condiciones del certamen, por espacio en el escenario, por falta de tiempo, de nivel competitivo, garantías o por demoras imprevistas en la Programación.
ARTICULO 8º. PROCESOS SELECTIVOS: El presente Campeonato Departamental Interclubes ES PREREQUISITO de la Liga de Patinaje de Cundinamarca para AVALAR a los deportistas que participen en el III FESTIVAL NACIONAL DE PATINAJE ARTISTICO CATEGORIA MENORES y es el primer evento puntuable dentro de los procesos Selectivos 2017. ARTÍCULO 9º.- SORTEOS. -Para las competencias de figuras y danzas donde se requiera sorteo, la Comisión Departamental procederá a realizarlo el día VIERNES 14 DE OCTUBRE DE 2016, y lo dará a conocer mediante comunicado que será publicado en la página Web de la Liga. ARTICULO 10.- REGLA DE DANZA. Los deportistas que se inscriban para participar en Pareja de danza podrán inscribirse y competir en Danza Individual. ARTICULO 11.- REGLA RITMO MUSICAL. Los Delegados al evento respectivo deberán presentar en la Reunión Informativa a la Comisión Técnica Departamental de Patinaje Artístico, un certificado de la música establecida para la Style Dance, expedido por un profesional de la música, con membrete de la organización a la que pertenece el mencionado profesional, de acuerdo a lo reglamentado en el ARTICULO 51, PARAGRAFO 1, de la Resolución 006 del 14 de Enero de 2016, emanada de la Federación Colombiana de Patinaje. ARTICULO 12.- REUNION INFORMATIVA: La Reunión informativa se llevará a cabo en el Día, Sitio y Hora en que la organización del evento disponga para tal fin y que dará a conocer en la invitación oficial. Para esta reunión se solicita de CARÁCTER OBLIGATORIO la presencia de todos los Entrenadores y Delegados que figuren inscritos en las Planillas respectivas. PARAGRAFO.- El club que no esté representado en la reunión informativa, por su Delegado y su Entrenador, debidamente acreditados y carnetizados ante la Liga de Patinaje, no podrá tomar participación en el evento y esta situación será causal para sanción económica (se deberá cancelar el Valor de la Inscripción Extraordinaria del Club y de todos sus Deportistas). No se aceptará bajo ninguna circunstancia, que los Delegados sean los mismos Entrenadores ARTÍCULO 13º.- RECLAMACIONES. Toda reclamación deberá ser presentada por escrito al Juez Arbitro del evento, firmada por el delegado del club, que esté debidamente acreditado y acompañada de sesenta mil pesos ($60.000oo) que deberán cancelarse al delegado de la Liga que se encuentre al frente del certamen; suma de dinero que será
devuelta al reclamante en caso que se pronuncie fallo a su favor, de lo contrario deberán ser consignados en la cuenta de la Liga a más tardar 48 horas después de terminado el evento. PARAGRAFO.- No se admitirán Reclamaciones sobre asuntos en los que se cuestionen valoraciones subjetivas o de apreciación, bien sea aquellas sobre decisiones de Juzgamiento, o de las autoridades del evento. ARTÍCULO 14º.- RESPONSABILIDAD FRENTE A ACCIDENTES. LA LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA y la ALCALDIA DEL MUNICIPIO DE LA MESA, NO se hacen responsables por accidentes que pudieren ocurrir durante el evento, razón por la cual todos los patinadores deben tener Seguro Médico y/o de accidente vigentes, documentos originales que deberán ser presentados al momento de las acreditaciones respectivas. ARTICULO 15.- VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición a los cuatro (4) días del mes de Octubre de dos mil diez y seis (2016). COMUNIQUESE Y CUMPLASE (ORIGINAL FIRMADO) STELLA DE ESPINOSA PRESIDENTE LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA COMISION TECNICA DEPARTAMENTAL DE PATINAJE ARTISTICO