CONCEJAL DE PLANIFICACIÓN, INFRAESTRUCTURA Y MOVILIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID D. ANGEL CRUZ BAYON GOZALO, titular del Documento Nacional de Identidad número, en nombre y representación de FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE VECINOS Y CONSUMIDORES DE VALLADOLID ANTONIO MACHADO con domicilio en Valladolid calle Andrés Laorden s/n, ante EL CONCEJAL DE PLANIFICACIÓN, INFRAESTRUCTURA Y MOVILIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID comparece y DICE: Que habiéndose publicado en el BOP el Decreto de fecha 28 de diciembre de 2009, que resuelve someter a información pública, por un plazo de un mes, el Estudio de viabilidad para la construcción y explotación del nuevo centro deportivo y de ocio Juan de Austria, por medio del presente escrito vengo a efectuar las siguientes ALEGACIONES 1ª.- INEXISTENCIA DE PROYECTO DE OBRA. Sería necesario que previo a cualquier estudio de viabilidad se definiera la obra o proyecto de obra publica y el Ayuntamiento aprobara un proyecto de obra. Los peticionarios fundamentan su petición en que - por las noticias que han sido difundidas por los medios de comunicación, el Ayuntamiento tiene previsto reordenar las actividades que en la actualidad se desarrollan en el Parque de Aventuras Juan de Austria ; en realidad el estudio se refiere a este parque pero también a la zona deportiva adyacente. El Ayuntamiento, sin embargo, no ha tomado la decisión de construir ni explotar en régimen de concesión pública ninguna instalación denominada Juan de Austria. Tampoco se conoce ningún estudio de necesidades deportivas de la zona realizado por el ayuntamiento. 1/5
2ª.- ACTUACION SOBRE UN SUELO URBANO CONSOLIDADO. Esta área hereda la geometría y características del Plan Especial "Juan de Austria" que se aprobó por el Pleno del ayuntamiento definitivamente el 16 de enero de 1986 y se puso al servicio del público por el actual alcalde Javier León de la Riva. Según la memoria del Plan General de Ordenación Urbana PGOU- las UEA son antiguas unidades de ejecución asumidas, que han completado su gestión, incluida la urbanización conforme con el planeamiento, y que por imperativo de la Ley pasan a suelo urbano consolidado; no se ha querido eliminar ésta últimas, puesto que se optó por guardar memoria histórica de ellas y para dejar constancia de que los compromisos y obligaciones complementarios que pudieran existir no desaparecen sino con su cumplimiento. 3ª.- SOBRE EL CARÁCTER EVENTUAL DE LA CONCESION. Las empresas que solicitan el estudio de viabilidad para la construcción y explotación de un centro deportivo de ocio lo hacen al amparo del articulo 112.5 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público y piden que como condición para su adjudicación sea para una concesión eventual por 40 años. Las concesiones eventuales, como su nombre indica, son las que se conceden para situaciones urgentes y por un corto tiempo. No encajaría esta concesión dentro de las conceptuadas como eventuales pues en la propuesta se pide que sea a 40 años. 4ª.- NO SE JUSTIFICA EL INTERÉS PÚBLICO PROMOVIDO El informe de AREA DE PLANIFICACION, INFRAESTRUCTURAS Y MOVILIDAD informa sobre una decisión de construir y explotar en régimen de concesión una obra pública. La decisión de construir y explotar en concesión una obra pública, como ya hemos señalado, no ha sido tomada por ningún órgano del ayuntamiento, por lo que es preceptivo sea aprobado antes el proyecto de obra pública. En el informe de esta área se indica, refiriéndose a la ZONA ANEXA ESPACIO LIBRE PÚBLICO, Dado que el ámbito, de carácter deportivo, se sitúa junto a un espacio libre público con determinadas compatibilidades de usos, la 2/5
información urbanística sobre este ámbito se aporta también por si resulta de interés. Debería indicarse que tipo de interés público se han de tener en cuenta en la valoración que se propone. 5ª.- SOBRE LOS USOS DE LAS INSTALACIONES. 1. Actualmente las instalaciones están en servicio, excepto el parque Aventuras que se ha cerrado sin causa justificada y en pleno redimiendo y lo integran las siguientes instalaciones con los usos que se describen: Complejo Deportivo Juan de Austria: Horarios de uso de lunes a viernes de 8 a 23 horas, Sábados de 8 a 22,30 y domingos de 8 a 15 horas. Espacios deportivos: 3 pistas de tenis. Pista polideportiva cubierta de 50 X 30 mts. Pequeña grada con capacidad para 100 espectadores. Piscina de verano de 25 x 12,50 mts. 312, 5 m/2 de lámina de agua, permanece abierta desde el día 12 de junio hasta el día 6 de septiembre. Piscina de chapoteo. Edificio de vestuarios. Pista deportiva exterior de césped artificial. Pista de patinaje y baloncesto. Sede de la UDC SUR. Cafetería. El uso de esta instalación es un uso popular de deportes masivos como el baloncesto, futbito, juegos escolares, etc. El disfrute de la piscina de verano bien considerada por los vecinos de la zona que realizan su temporada de baño en ella. Las pistas de tenis tienen inscritos a unos 200 deportistas. Por lo que se puede deducir que son algunos miles los ciudadanos que están disfrutando y realizando deporte en estas instalaciones. 3/5
Gestionado por una sociedad deportiva sin ánimo de lucro y con una eficiencia de gestión reconocida por la Fundación Municipal de Deportes a la vez que una relación de usos-costes muy favorable para el ayuntamiento. 2. el Parque aventuras Juan de Austria. Al día de hoy cerrado sin una justificación racional y más teniendo en cuenta los uso y sus efectos reconocida por el propio estudio de viabilidad: El actual parque Juan de Austria se seguiría usando como hasta ahora, interviniendo al solo efecto de mejora y ampliación de las actividades que en la actualidad se desarrollan en el mismo, ya que se entiende que el mismo es un elemento muy arraigado a la ciudad. Este parque aventuras se concibió como un servicio del ayuntamiento de Valladolid para el esparcimiento y disfrute de los niños entre 4 y 12 años. Han pasado por este parque a lo largo de su existencia más de 300.000 niños, dejando un buen recuerdo de su visita. Entre los años 2000-2008 han disfruto de este espacio 124.948 niños (13.883 niños/año) de diferentes procedencias, siendo en su mayoría de Valladolid y de ellos 3.580 niños/año son de otras localidades y provincias: Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Zamora, Cáceres, Santander, Cuellar, Aranda de Duero, Benavente, Arévalo, Valencia de Don Juan, Peñaranda de Bracamonte, etc. Con un aporte importante para el turismo y su efecto asociado en al zona. 6ª.-LA PROPUESTA NO MEJORA LOS USOS ACTUALES SIN OQUE LOS CAMBIA POR USOS CON FINES E INTERESES LUCRATIVOS. Dice el estudio de viabilidad que su objetivo es mejorar la zona infantil como la zona deportiva desde un concepto de deporte distinto al actual sustituyendo las actuales instalaciones con los usos referidos en la alegación anterior por otros usos. Es incomprensible que una instalación en pleno rendimiento y con un uso masivo de ciudadanos sea modificada sin justificación aparente. Se está cambiando deporte popular por deporte denominado de entretenimiento, ocio y tiempo libre. Como bien dice los proponentes: Las nuevas tendencias sociales no persiguen asistir a una instalación deportiva sólo para hacer deporte, sino que se busca otro tipo de servicios, enfocados principalmente a la salud y al ocio, de ahí la gran variedad de usuarios que utilizan este tipo de instalaciones (bebés, 3ª edad, discapacitados, personas con problemas de salud...). 4/5
También debe justificarse, pues no lo refleja el estudio de viabilidad, la creciente demanda de actividades deportivas así como su modernización. Creemos que lo más racional sería renovar las actuales y valorar las necesidades de nuevas instalaciones en la zona teniendo en cuenta que hay instalaciones como la propuesta muy cercana a este espacio. Por lo expuesto SOLICITO que teniendo por presentado este escrito, lo admita y tenga por presentadas las anteriores alegaciones en el expediente de referencia. En Valladolid a cuatro de febrero de dos mil diez. Ángel Bayón Gozalo Presidente de la Federación de Asociaciones de Vecinos de Valladolid 5/5