UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creado por Ley 25665) FACULTAD DE ENFERMERÍA CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS CICLO DE TITULACIÓN VIA TESIS PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO (A) EN ENFERMERÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I DISPOCISIONES GENERALES Art. 1º Art. 2º Art. 3º El presente Reglamento norma la obtención del Título Profesional de Licenciado en Enfermería de acuerdo a la Constitución Política del Perú, Ley Universitaria Nº 23733, DL. N 739, artículo 22 inciso C), Estatuto de la Universidad Nacional de Huancavelica, Reglamento General de Grados y Títulos de la Universidad Nacional de Huancavelica, artículo 27 y el Reglamentos Especifico de grados y títulos, de la E.A.P de Enfermería. El Título Profesional de Licenciado en Enfermería es a nombre de la Nación otorgado por la Universidad Nacional de Huancavelica a propuesta de la Facultad de Enfermería, luego de cumplir los trámites y requisitos pertinentes. La Universidad Nacional de Huancavelica, otorga por una sola vez el Diploma de Licenciado de Enfermería. TÍTULO II DEL CICLO DE TITULACIÓN Art. 4º CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS Para optar el Título Profesional de Licenciado en Enfermería se requiere: a) Por la modalidad de TESIS. Para optar el Título Profesional de Licenciado en Enfermería, presentará:
a.1. Solicitud dirigida al (a) Decano(a) solicitando otorgamiento de título profesional. a.2. Copia de Diploma de Grado Académico de Bachiller autenticado por la Universidad Nacional de Huancavelica. a.3. Constancia original de No adeudar por ningún concepto a la Universidad Nacional de Huancavelica, expedida por la Dirección Universitaria de Servicios Académicos, con antigüedad no mayor de tres meses. a.4. Resolución de haber sido declarado expedito para optar el título. a.5. Recibo de pago en caja por derecho de Título Profesional. a.6. Recibo de pago en caja por derecho de caligrafiado, toga y otros. a.7. Acta original de sustentación y aprobación de tesis. a.8. Cinco (5) fotografías de frente, reciente, tamaño pasaporte a colores en fondo blanco y sin anteojos. a.9. 05 ejemplares de la tesis y 01 en formato digital debidamente empastado y debe llevar copia del acta de sustentación. Art.5º Art.6º Art. 7º Art. 8º CAPITULO III DE LOS COSTOS El ciclo de Titulación será autofinanciado. El costo del ciclo de Titulación es de S/. 2,500.00, Nuevos Soles; pudiendo pagar en armadas, de acuerdo al tiempo de duración del ciclo. CAPITULO IV DE LA MATRICULA El costo por matrícula es la suma de S/. 100.00 Nuevos Soles. Requisitos: a) Solicitud de incorporación al proceso de Titulación vía tesis dirigida al presidente del Directorio. b) Copia autenticada del Diploma de Grado Académico de Bachiller en Enfermería la cual puede ser regularizada hasta antes del proceso de Sustentación de Tesis. Caso contrario no se procederá con tal acto. c) En caso de no contar con el requisito b), se deberá presentar la constancia original de egresado. d) Copia legalizada de DNI. e) Ficha de inscripción.
CAPÍTULO V DE LA METODOLOGÍA Art. 9º El ciclo de titulación se desarrollará en 4meses y 2 semanas, el cual consta de 2 etapas: La primera ligada al desarrollo teórico y elaboración del proyecto de investigación y la segunda etapa la ejecución y sustentación de tesis. Art. 10º En la primera etapa: se dictarán exclusivamente la asignatura de Investigación y se realizará el proyecto de investigación. Art. 11º Los docentes que dictarán las asignaturas en primera instancia serán los docentes adscritos al Departamento Académico de Ciencias de la Salud de la Facultad de Enfermería, Fuera de la Carga Académica que tengan. En caso de faltar docentes se recurrirá a Profesionales de Enfermería externos. Art. 12º La segunda etapa consiste en la ejecución del proyecto de investigación; y sustentación del Informe de Tesis. Art. 13º La sustentación de tesis es en un solo acto y considera: a) Instalación del jurado. b) Sustentación. c) Ronda de preguntas por los miembros del jurado. d) Deliberación y calificación. Art. 14º El fallo de los miembros de jurado es: a) Aprobado por unanimidad. b) Aprobado por mayoría. c) Desaprobado. Art. 15º El Directorio solicitará una vez concluida la primera etapa la designación de Asesor, Jurados y aprobación de Proyecto de Investigación a la Dirección de Escuela. De acuerdo al Reglamento de Grados y Títulos vigente. CAPÍTULO VI DEL DIRECTORIO Art. 16º El directorio estará constituido por las autoridades de la Facultad: Decano, Director(a) de la Escuela Académica Profesional y Jefe del Departamento Académico. Art. 17º Los miembros del Directorio percibirán un monto de acuerdo al cuadro adjunto en el Plan de Ciclo de Titulación Vía Tesis.
Art. 18º Son funciones de los miembros del Directorio: a) Designar a los docentes y jefes de práctica. b) Participar como veedores en las diferentes etapas. c) Presentar el informe final del ciclo de titulación con el balance económico respectivo. d) Tomar decisiones y/o solucionar los inconvenientes de acuerdo al informe presentado por el Coordinador del Ciclo, considerando el Reglamento del Ciclo de titulación vigente. e) Los miembros del Directorio podrán participar como docentes y jurados, pero no percibirán otro pago de tales funciones. CAPÍTULO VII DEL COORDINADOR Art. 19º El coordinador será el Jefe de Centro de Producción y Servicios de la Facultad de Enfermería. Art. 20º El coordinador percibirá un monto de acuerdo al cuadro adjunto en el Plan de Ciclo de Titulación Vía Tesis. Art. 21º Son funciones del coordinador: a) Elaborar y presentar el Plan de Trabajo del Ciclo de Titulación Vía Tesis al Consejo de Facultad para su revisión y aprobación vía Resolución. b) Elaborar los horarios de clases. c) Elaborar el cronograma del proceso del ciclo de titulación. d) Supervisar el proceso de desarrollo del ciclo de titulación y emitir el informe respectivo al Directorio. CAPÍTULO VIII DE LOS DOCENTES, ASESOR Y MIEMBROS DE JURADO Art. 22º Los docentes, asesor y miembros del jurado que participen en el proceso del Ciclo de Titulación percibirán una remuneración de acuerdo al cuadro adjunto en el Plan de Ciclo de Titulación Vía Tesis. Siendo sujetos a descuento en caso de incumplimiento. Art. 23º Son funciones de los docentes: a) Presentación de silabo de la asignatura. b) Cumplir con los horarios establecidos. Son funciones del asesor: a) Orientar, apoyar en la ejecución del proyecto de investigación. b) Asesorar y orientar en cada etapa para la elaboración del informe final de tesis. c) Visar el informe final de aprobación de los resultados del trabajo de investigación. d) Otros considerados en el Reglamento de Grados y Títulos.
Son funciones de los miembros de Jurado: a) Revisar y emitir el informe de aprobación del proyecto de investigación en los tiempos establecidos. b) Revisar y emitir el informe de aprobación del Informe de Tesis en los tiempos establecidos. c) Evaluar y calificar la sustentación del trabajo de investigación. d) Firmar las correspondientes actas de la sustentación de tesis. e) Otros considerados en el Reglamento de Grados y Títulos. Art. 24º El docente, asesor y/o miembro del jurado que incumpla en el proceso en el ciclo de titulación vía tesis será retirado. CAPÍTULO IX DE LOS PARTICIPANTES, (MATRICULADOS) Art. 25º La asistencia a clases será como mínimo en un 80%, egresados y/o bachilleres que falten más de un 20% quedarán inhabilitados para la sustentación de tesis. Art. 26º Los docentes tienen la obligación de llevar el control de asistencia de los participantes a clases teóricas y prácticas de la asignatura a su cargo. Art. 27º Los egresados y/o bachilleres deberán cumplir con la presentación de los avances de su proyectó en su debido tiempo. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación en Consejo Facultad. SEGUNDO Los casos no previstos en el presente Reglamento, serán resueltos por el directorio en primera instancia y en segunda instancia por el Consejo de Facultad de Enfermería. TERCERO El pago por concepto del Ciclo de Titulación vía Tesis no incluye el pago por el trámite para el proceso de obtención del Título respectivo por la modalidad Vía Tesis. CUARTO Los inscritos con la constancia de egresados y/o resolución de otorgamiento de grado de bachiller deberán adjuntar la copia del Diploma de bachiller antes de ingresar al proceso de sustentación de informe final de Tesis, caso contrario quedarán excluidos del ciclo de titulación. QUINTO Los miembros del presente Directorio no podrán ser cambiados hasta que finalice el ciclo de titulación, las cuales deberán asumir con responsabilidad hasta su culminación. Huancavelica, Abril de 2013.