RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA 1 BECA DE COLABORACIÓN EN EL ÁREA DE BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED EN CANTABRIA

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Transcripción:

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA 1 BECA DE COLABORACIÓN EN EL ÁREA DE BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED EN CANTABRIA Siendo interés del Centro Asociado de la UNED en Cantabria promover la cualificación práctica y especializada de sus alumnos, de acuerdo con las facultades atribuidas por el artículo 19.2 de los Estatutos del Consorcio del Centro Asociado de la UNED se convoca por la presente resolución una beca de colaboración con arreglo a las siguientes bases: Primera.- Objeto y finalidad de la convocatoria La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, una beca de colaboración en la Biblioteca del Centro Asociado, en aras a la formación práctica y especialización de los alumnos del Centro Asociado. Segunda.- Requisitos de los beneficiarios 1.- Podrán resultar beneficiarios de la beca de colaboración prevista en la presente convocatoria quienes cumplan los siguientes requisitos: a) Ser alumnos de la UNED matriculado en alguno de los estudios oficiales universitarios. b) No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda de naturaleza análoga durante el periodo de duración de la beca convocada por la presente convocatoria. c) No hallarse en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. d) No haber sido adjudicatario anteriormente de una beca de colaboración convocada por el Centro Asociado de la UNED en Cantabria durante un plazo igual o superior a dos años. En caso de haber disfrutado de tal condición, y no habiéndose agotado el plazo máximo establecido (dos años), no podrá rebasar, en ningún caso, dicho plazo máximo en la nueva beca. Tercera.- Presentación de solicitudes: forma, lugar y plazo 1.- El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 12 de diciembre de 2014. 2.- Las personas interesadas deberán presentar en el Registro del Centro Asociado de la UNED en Cantabria sito en la c/alta 82, 39008 Santander, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el modelo normalizado que figura en el Anexo de la presente convocatoria, y que se encuentra disponible en la página Web www.unedcantabria.org. 3.- La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación: a) Curriculum vitae con fotografía b) Justificante de matrícula para el curso 2014/2015 c) Documentación acreditativa de los méritos que se aporten.

4.- La solicitud asimismo incluirá declaración responsable de: a) La veracidad de los datos acreditativos de la identidad del solicitante (DNI o NIE). b) No estar incurso en ninguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de derecho público. d) No haber sido beneficiario de otra beca de colaboración convocada por el Centro Asociado de la UNED en Cantabria durante un periodo de dos o más años. e) Renuncia a otras becas (excepto ayudas al estudio), durante el periodo de duración de la beca convocada por la presente convocatoria. Cuarta.- Instrucción del procedimiento y criterios de selección 1.- La valoración de los méritos y selección del becario se ajustará a los principios de igualdad, mérito, capacidad, objetividad y concurrencia competitiva. 2. La instrucción del procedimiento corresponderá a un comité de valoración presidido por el Director del Centro, o persona en quien delegue, el Secretario del Centro, que actuará como secretario con voz y voto, o persona en quien delegue, y la Ayudante de Archivo y Biblioteca del Centro Asociado, o persona en quien delegue, que seleccionarán a los becarios de acuerdo con dos fases: 1º) Primera fase: Méritos (hasta un máximo de 50 puntos) a. Formación teórica: (hasta un máximo de 25 puntos) Se valorará la idoneidad de la formación teórica con el desarrollo de las funciones que constituyen el objeto de la presente convocatoria. b. Formación práctica: (hasta un máximo de 25 puntos) Se valorará la idoneidad de la formación práctica con las tareas que constituyen el objeto de la presente convocatoria Los cinco candidatos que hayan obtenido mayor puntuación en la primera fase serán convocados para la participación en la segunda fase. 2º) Segunda fase: Entrevista (hasta un máximo de 50 puntos) Consistirá en una entrevista a los candidatos preseleccionados, que se dirigirá a verificar la capacidad y aptitud del solicitante para el desarrollo de la beca objeto de la presente convocatoria. 3.- El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, pudiendo recabar en cualquier momento la documentación complementaria que considere necesaria para acreditar mejor el exacto cumplimiento de las condiciones exigidas en estas bases reguladoras.

4.- El comité de valoración formulará la propuesta de resolución en favor de la persona con mayor puntuación, estableciendo además la lista de suplentes, ordenados según la puntuación obtenida, para el caso de renuncia del beneficiario de la beca o de la pérdida de tal condición. Quinta.- Resolución de la concesión 1.- A la vista de la propuesta de resolución formulada por el Comité de Valoración, el Director del Centro dictará resolución sobre la concesión de la beca. 2.- La resolución de concesión de la beca se notificará al beneficiario y se publicará en el tablón de anuncios del Centro Asociado junto a la lista de suplentes. 3.- El plazo máximo para resolver el procedimiento será de un mes, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y el transcurso del citado plazo sin haberse publicado la resolución en el tablón de anuncios del Centro Asociado legitima a los interesados para entender desestimadas por silencio administrativo sus solicitudes. 4.- La resolución podrá recurrirse en alzada ante la presidencia de la Junta Rectora en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el tablón de anuncios del Centro Asociado. Sexta.- Duración y cuantía 1.- El periodo de duración de la beca será desde el día del mes de enero que se fije en la resolución de la adjudicación, hasta el 31 de diciembre de 2015, si bien podrá prorrogarse como máximo por un periodo de 12 meses, previo informe favorable del tutor y condicionándose dicha prórroga a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente. 2.- El becario colaborará durante 20 horas semanales, en jornada de mañana o tarde, de acuerdo con el horario del aula de la Biblioteca y con lo que se determine por la Dirección del Centro Asociado. 3.- El importe de la beca será de 448 brutos/mes, liquidándose por mensualidades, sin perjuicio, en su caso, de las cuotas que pudieran derivarse de la vinculación de la beca al Régimen General de la Seguridad Social. En caso de periodos temporales inferiores al mes recibirán la cantidad de 5,6 brutos/hora, previa certificación de las horas realizadas por el Secretario del Centro Asociado. En ningún caso el importe percibido tendrá la consideración de salario o remuneración. 4.- No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la persona beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de Derecho público, o se haya dictado contra la persona beneficiaria resolución de procedencia de reintegro, mientras no se satisfaga o se garantice la deuda de la manera prevista en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Séptima.- Desarrollo de la actividad 1.- El becario seleccionado realizará sus tareas de formación y especialización en la Biblioteca del Centro Asociado de la UNED en Cantabria. 2.- Dichas tareas consistirán en la colaboración con el servicio de Biblioteca apoyando en tareas de préstamo de fondos bibliográficos, información bibliográfica, consultas de bases de datos y atención al estudiante. Dichas tareas se realizarán bajo la dirección de la Ayudante de Archivo y Biblioteca del Centro, que actuará como tutora. Octava.- Financiación La beca se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 481.01 del Presupuesto del Centro Asociado de la UNED en Cantabria. Novena.- Obligaciones del becario 1.- El becario, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, por el sólo hecho de solicitar la beca, se compromete a aceptar el contenido de esta convocatoria y a cumplir las siguientes obligaciones: a) Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino en el plazo señalado por la dirección del Centro. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndose al suplente que figure en primer lugar. b) Presentar declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social así como del resto de las obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria. c) Cumplir las bases de la presente convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma. d) Cumplir el horario de asistencia establecido, así como las demás normas de régimen interno del Centro Asociado. e) Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas. f) Mantener el secreto profesional de toda la actividad realizada. 2.- El incumplimiento por el becario de las obligaciones previstas en la presente convocatoria así como la no realización de los trabajos para su formación práctica en condiciones satisfactorias, la ausencia injustificada y el bajo interés y rendimiento, serán causas de pérdida de la condición de becario y, consecuentemente, de privación de la beca por el tiempo que quedare pendiente, previo informe de la Ayudante de Archivo y Biblioteca, sin perjuicio de las responsabilidades que resultaren exigibles. Décima.- Finalización y renuncia a la beca 1.- Finalizada la beca, el Secretario del Centro expedirá a petición del interesado un certificado acreditativo de su condición de becario.

2.- Si durante el período de duración de la beca, el becario, renunciase voluntariamente a la misma, éste habrá de notificarlo por escrito. En este supuesto la beca podrá ser adjudicada a uno de los suplentes por el orden de puntuación obtenida. Undécima.- Ausencia de vínculo contractual La concesión y disfrute de la beca, dado su carácter formativo y de especialización, no supondrá vinculación laboral, funcionarial o contractual alguna entre el becario y el Centro Asociado de la UNED en Cantabria. En Santander a 20 de noviembre de 2014 EL DIRECTOR DEL CENTRO ASOCIADO Fdo.: Adolfo C. Fernández Puente DILIGENCIA: Para hacer constar que en el día de la fecha se publica en el tablón de anuncios del Centro Asociado de la UNED en Cantabria. Santander a 20 de noviembre de 2014 EL DIRECTOR DEL CENTRO ASOCIADO Fdo.: Adolfo C. Fernández Puente