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CONVOCATORIA PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EXTRACURRICULARES DE INSERCIÓN LABORAL DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS EN EMPRESAS E INSTITUCIONES DE ANDALUCÍA (PRAEM-2014) El Vicerrectorado de Estudiantes de la Universidad de Granada, a través del Centro de Promoción de Empleo y Prácticas, y en colaboración con la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, ha resuelto convocar las Becas PRAEM-2014, al objeto de potenciar los Programas de Prácticas de Inserción Laboral de Estudiantes Universitarios en Empresas e Instituciones de Andalucía. A las mencionadas prácticas les será de aplicación el Decreto 83/1999, de 6 de abril (BOJA, nº 53, de 8 de mayo de 1999), el Real Decreto 1497/1981, de 19 de junio, sobre Programas de Cooperación Educativa, así como el Real Decreto 1845/1994 que modifica al 1497/1981 por la incorporación a las enseñanzas del sistema de cómputo de créditos académicos y el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. La concesión y disfrute de las Becas se regirá por las siguientes BASES 1. REQUISITOS DE LOS ESTUDIANTES BENEFICIARIOS 1.1. Podrán beneficiarse, previa solicitud, de una beca de prácticas PRAEM, los estudiantes de Universidades Andaluzas matriculados en el curso 2013/2014: a) En enseñanzas de Grado, Diplomatura o Licenciatura, siempre que hayan superado el 50% de los créditos necesarios para obtener el título cuyas enseñanzas estuviere cursando. b) En enseñanzas de posgrado oficiales. 1.2. Los solicitantes deberán tener una edad inferior a los 30 años a la fecha de esta convocatoria. 1.3. Sólo podrán ser beneficiarios quienes no hayan disfrutado de una beca de prácticas

PRAEM en convocatorias anteriores. Tampoco podrán beneficiarse los estudiantes que hayan agotado, en prácticas extracurriculares en empresas o entidades, un máximo de 6 meses o 600 horas, exceptuando los que realicen prácticas del Plan de Formación Interna en la convocatoria curso 2013-14, previa renuncia a su beca, o becarios Santander que pueden participar en esta convocatoria. 1.4. Los beneficiarios se seleccionarán de entre los estudiantes inscritos en la aplicación informática ICARO, siempre que lo estén en cualquier momento anterior al inicio de las preselecciones que se enviarán a la empresas/entidades solicitantes. 2. REQUISITOS PARA QUE LAS EMPRESAS E INSTITUCIONES COLABORADORAS PUEDAN SOLICITAR PRÁCTICAS 2.1. Las Empresas o Entidades deben estar radicadas en Andalucía, y estar al corriente, en la fecha de firma del convenio, de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social, así como no estar incursas en procedimiento judicial que inhabilite para su participación en el presente programa. Igualmente, no se atenderán solicitudes de empresas que no se encuentren al corriente de pagos de gestión de ofertas anteriores. 2.2. Las peticiones de las entidades se harán a través de la página web del Centro de Promoción de Empleo y Prácticas (cpep.ugr.es) indicando, en el campo retribución mes de la oferta, la cantidad mínima de 180 euros y, en el campo observaciones, que se desea participar en el PRAEM-2014. 3. DURACIÓN E IMPORTE DE LA BECA 3.1. Las becas tendrán una duración de entre tres y seis meses. 3.2. El importe, por persona beneficiaria y mes, será como mínimo de 360 euros mes, de los cuales, 180 euros serán abonados por la Universidad de Granada y financiados con fondos de la Consejería de Economía Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía, y un importe igual o superior a 180 euros financiados por la Empresa o Institución. En caso de estudiantes con discapacidad legal reconocida de al menos el 33 %, la Universidad de Granada abonará el 75%, 270 euros mes, financiados con fondos de la Consejería de Economía Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía, el 25% restante, 90 Euros mes la Empresa o Institución. 3.3. Universidad y Empresa o Institución colaboradora tramitarán mensualmente el pago de la beca. La Entidad Colaboradora debe comunicar cualquier incidencia que se produzca (baja por enfermedad, accidente o renuncia) en el plazo máximo de cinco días, a la Oficina de Prácticas del

3.4. Para las Entidades sin ánimo de lucro o de marcado interés social que trabajen con colectivos con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, las becas podrán ser subvencionadas íntegramente en función de la disponibilidad económica del Centro de Promoción de Empleo y Prácticas. Estas Entidades deberán proceder al alta en seguridad social del estudiante haciéndose cargo de la cuota obrera del estudiante. 3.5. La jornada de prácticas estará comprendida entre 60 y 100 horas/mes. 3.6. La Entidad Colaboradora deberá proceder al alta en Seguridad Social del estudiante. 3.7. La Empresa o Institución deberá abonar por gastos de gestión la cantidad de 100 euros por cada becario, estando exentas de estos gastos las asociaciones sin ánimo de lucro o de marcado interés social que trabajen con colectivos con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales. 4. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES POR LAS ENTIDADES COLABORADORAS El plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre el día 30 de abril al 16 de mayo de 2014, ambos incluidos. 5. ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE PRÁCTICAS A LAS ENTIDADES COLABORADORAS Y PUBLICACIÓN 5.1. Se valorarán los siguientes criterios en la adjudicación de las plazas: a. Ser entidad pública sin ánimo de lucro o de marcado interés social que trabaje con colectivos con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, y empresas en general (por este orden). b. Solicitar titulaciones poco demandadas por el mercado laboral pero con potencial. c. Experiencia positiva en ediciones anteriores. d. Línea de trabajo a desarrollar por la persona beneficiaria de la beca. e. Cualificación del tutor de prácticas. f. Número de trabajadores de la entidad. g. Por orden de solicitud hasta que agotar disponibilidad económica. 5.2. En caso de que las peticiones de las entidades participantes superen el presupuesto del programa, se negociará el número de plazas y/o meses de prácticas con objeto de atender al mayor número de entidades posibles. 5.3. La publicación de las entidades admitidas se hará a partir del día 23 de mayo de 2014

en la página web del del Vicerrectorado de Estudiantes: cpep.ugr.es. 5.4. El plazo para la selección e incorporación de estudiantes beneficiarios de las becas será del l junio al 30 de septiembre de 2014. 6. SELECCIÓN DE ESTUDIANTES Se hará de los estudiantes inscritos en el programa informático ICARO. 7. OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES BENEFICIARIOS 7.1. Antes del inicio de las prácticas, el estudiante seleccionado debe pasar por la Oficina de Prácticas del para realizar la aceptación de la beca, aportando: -Modelo datos bancarios. -Modelo 145 de retenciones sobre rendimientos del trabajo. - Fotocopia del resguardo del pago de matrícula del curso 2013-14 (y, en su caso, del curso 2014-15, si período de realización de la práctica está incluido en todo o en parte en el mencionado curso académico y el beneficiario mantiene la condición de estudiante de la Universidad de Granada). No se podrá solicitar la expedición del título durante la realización del periodo de prácticas. 7.2. Los estudiantes beneficiarios de las becas deberán presentar, en la Oficina de Prácticas, una vez concluido el período de la mismas, fotocopia del INFORME DE VALORACION emitido por la empresa o entidad colaboradora en el que se especifique la actividad realizada, rendimiento y número de horas/mes, así como una breve MEMORIA detallada de la actividad desarrollada en la empresa (documento que se pueden descargar de la aplicación informática Ícaro) 8. RECLAMACIONES E INCIDENCIAS Durante el período de las prácticas, los estudiantes beneficiarios de las becas podrán presentar escrito de reclamación o comunicar cualquier tipo de incidencia que, a su juicio, afecte al desarrollo de las mismas. Dicho escrito deberá ir dirigido a la Vicerrectora de Estudiantes y se presentará en el. 9. TERMINOLOGÍA. LEY 3/2007, DE 22 DE MARZO Todos los términos genéricos contenidos en esta convocatoria, referidos a estudiante, becario, beneficiario, y sus plurales, se entenderán realizados tanto al género masculino

como al femenino. 10. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL La participación en la presente convocatoria conlleva la aportación voluntaria de datos de carácter personal. Según lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el acto de consignar la solicitud de participación supone el consentimiento y la información y conocimiento de que los datos aportados sean tratados por la Universidad de Granada, con sede en Avda. del Hospicio, s/n, 18071 Granada, con la finalidad de tramitar la solicitud, valorarla y verificar el cumplimiento de los requisitos para participar en la convocatoria a efectos de resolución, notificación, publicación y gestión del pago de la beca. La falta de aportación de los mencionados datos y de la documentación acreditativa solicitada supondrá la imposibilidad de participar en la presente convocatoria. Granada, a 28 de abril de 2014 LA VICERRECTORA DE ESTUDIANTES Rosa María García Pérez