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BOLETIN OFICIAL N 638

BOLETIN OFICIAL EDICION EXTRA N 270

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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación BOLETIN OFICIAL Nº ra. Quincena DICIEMBRE DE 2005.

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BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 1

BOLETIN OFICIAL N 652

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPAL

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ORDENANZA 4100/09 DE ECONOMÍA SOCIAL. VISTO la Ordenanza número 1859 del año 2004, y

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Transcripción:

- 1 - MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación BOLETIN OFICIAL Nº 702 1ra. Quincena NOVIEMBRE DE 2005. Publicado el 30 de enero de 2006 1

BOLETIN OFICIAL Nº 702 1ra. QUINCENA DE NOVIEMBRE DE 2005 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION AUTORIDADES MUNICIPALES INTENDENTE MUNICIPAL: Secretario General de Gobierno y Administración: Subsecretario Gral. de Gobierno y Administración: Secretario de Desarrollo Social: Secretario de Salud Pública: Subsecretario a/ c de la Secretaría de S. Pública Secretario de Obras Públicas: Dr. Angel Gustavo Posse Lic. Héctor A. Prassel Dr. Ricardo José M. Rivas Sr. Mario S. Alonso Dr.Gustavo César Hirsch Dr. Eduardo Prado Ing. Bernardo Landivar Secretario de Planeamiento: Secretario de Registros Urbanos Tránsito y Cuidados Comunitarios Secretario de Servicios Públicos: Secretario de Producción y Defensa del Consumidor: Secretario Privado: Dr. Carlos Prassel Sra. Amabella Erlinda Leonhardt Sr. Alberto Trípoli Lic. Pablo Chamatropulos Sr. Juan Carlos Canal CONTENIDO DE ESTE NUMERO ORDENANZAS 8130 8136 DECRETOS 2593 A 2717 RESOLUCIONES SRUTy CC 715 A 733 RESOLUCIONES (Obras Particulares) 342 A 366 RESOLUCIONES S.G.G.y A 1570 A 1644 RESOLUCIONES PERSONAL 580 A 608 RESOLUCIONES SSP 798 A 862 RESOLUCIONES DE OBRAS PUBLICAS 134 A 138 2

CONTENIDO ORDENANZA: 8130 CONVALIDACIONES- Convenio. Construcción de viviendas en Villas ORDENANZA:8131CONVALIDACIONES- Exclusión Social- Lloret del Mar (ESPAÑA) ORDENANZA: 8132 DONACIONES Quinta Los Ombúes ) ORDENANZA: 8133 CONVALIDACIONES- Eximición Tasas Tunel Cuatro Barreras. Tránsito desviado. ORDENANZA: 8134 CONVALIDACIONES- Eximición Tasas Tunel Cuatro Barreras. ( vecinos frentistas ) ORDENANZA: 8135 CONVALIDACIONES- Eximición Tasas Tunel Cuatro Barreras. ( vecinos frentistas ) ( Tránsito desviado ) ORDENANZA : 8136 derogaciones Ordenanza 7743 3

Ref. Expte. Nº 10660-G-2004.- SAN ISIDRO, 03 de noviembre de 2005.- Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D PROMULGADO POR DTO Nº 2682 Del 14-11-2005 Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su DECIMOSEPTIMA REUNION DECIMOQUINTA SESION ORDINARIA de fecha 02 de noviembre de 2005, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8130, cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8130 CONVALIDACIONES Construcciones viviendas en Villas ARTICULO 1º.- Convalídase el convenio suscripto a los 04 días del mes de julio de 2005, entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, el Instituto Provincial de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Isidro, referente al Programa Federal de Construcción de Viviendas, Subprograma Federal de Urbanización de Villas y Asientos Precarios.- ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- Sirva la presente de atenta nota de envío.- v.c.f. JOSÉ MARIA AMADO Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. IRIARTE Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 4

Ref. Expte. Nº 2573-P-2005.- SAN ISIDRO, 03 de noviembre de 2005.- Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D PROMULGADO POR DTO Nª 2665 Del 10-11-2005 Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su DECIMOSEPTIMA REUNION DECIMOQUINTA SESION ORDINARIA de fecha 02 de noviembre de 2005, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8131, cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8131 CONVALIDACIONES Exclusión Social- Lloret del Mar (España) ARTICULO 1º.- Convalídase la Carta de Adhesión de la Comuna al Proyecto Común Estrategias Integradas para Reducir la Exclusión Social entre la Población Joven y Adulta Mayor de 45 años, Especialmente Femenina, en el Sector Terciario, coordinado por el Ayuntamiento de Lloret del Mar (España).- ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- Sirva la presente de atenta nota de envío.- v.c.f. JOSÉ MARIA AMADO Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. IRIARTE Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 5

Ref. Expte. Nº 10120-G-2005.- SAN ISIDRO, 03 de noviembre de 2005.- Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D PROMULGADO POR DTO Nª 2670 Del 11-11-2005 Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su DECIMOSEPTIMA REUNION DECIMOQUINTA SESION ORDINARIA de fecha 02 de noviembre de 2005, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8132, cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8132 DONACIONES Quinta Los Ombues ARTICULO 1º.- Acéptase el legado del Dr. Horacio Beccar Varela, formalizado mediante testamento ológrafo de fecha 21 de junio de 1945, protocolizado mediante Escritura 367, pasada por ante el Escribano Enrique Guido, de La Plata, y que fuera ordenada su inscripción en los autos caratulados BECCAR VARELA, Horacio s/ Testamentaría, que tramitara por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 del Departamento Judicial de La Plata, y mediante el cual se legara a esta Municipalidad el dominio del inmueble denominado Quinta Los Ombues, sita en la calle Adrián Beccar Varela 764, de esta Ciudad.- Articulo 2º.- Acéptase la donación del usufructo que gozaban sobre el bien mencionado en el Artículo anterior, efectuada por los Sres. Juan Carlos y Elena Rosa Beccar Varela mediante Escritura Nº 627, de fecha 10 de Septiembre de 2005, pasada por ante la Escribana María Cristina Chiessa, con los cargos allí impuestos.- Articulo 3º.- Impónese el nombre de Dr. Horacio Beccar Varela al Museo, Biblioteca y Archivo Histórico Municipal de San Isidro, el cual trasladará su sede al inmueble al que se hace referencia en el Artículo Primero.- Articulo 4º.- Impónese el nombre del Dr. Cosme Beccar al paseo ubicado en la Barranca aledaña a la Quinta Los Ombues.- 6

Ref. Expte. Nº 10120-G-2005.- Articulo 5º.- Recréase la Biblioteca Pedagógica Dr. Cosme Beccar, la cual funcionará en dependencias de la Quinta Los Ombues.- Articulo 6º.- Declárase de Interés Histórico- Cultural el inmueble del que trata la presente Ordenanza, debiendo el Departamento Ejecutivo, a través de las áreas competentes gestionar ante la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, la declaración del mismo como Monumento Histórico Nacional.- Articulo 7º.- El Departamento Ejecutivo llevará a cabo las diligencias necesarias a fin de cumplimentar con la manda del legado mencionado precedentemente, en lo que hace al funcionamiento en el bien hasta aquí referenciado del Consejo Escolar de San Isidro.- Articulo 8º.- Convalídase el Contrato celebrado con fecha 10 de septiembre de 2005 entre la Asociación Civil Dr. Cosme Beccar y el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el cual la primera entregó en comodato los muebles y enseres de los que da cuenta el mismo, a los efectos de su exposición en el Museo a instalarse en la Quinta Los Ombues.- Articulo 9º.- Explicítese en nota complementaria el agradecimiento de la Comuna por tan loable gesto.- ARTICULO 10º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- Sirva la presente de atenta nota de envío.- v.c.f. JOSÉ MARIA AMADO Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. IRIARTE Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 7

Ref. Expte. Nº 3255-B-2005.- CUERPOS 0 y 2.- SAN ISIDRO, 03 de noviembre de 2005.- Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D PROMULGADO POR DTO Nª 2684 Del 14-11-2005 Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su DECIMOSEPTIMA REUNION DECIMOQUINTA SESION ORDINARIA de fecha 02 de noviembre de 2005, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8133, cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8133 CONVALIDACIONES Eximisión Tasas Túnel Cuatro Barreras Tránsito Desviado ARTICULO 1º.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto Nº 1830 de fecha 23 de agosto de 2005, por el cual se exime del pago de las Tasa Municipales, a los inmuebles y comercios frentistas afectados directamente por la circulación del tránsito desviado, y/ o por obras complementarias derivados de la construcción del túnel con cruce carretero de las Cuatro Barreras, de la Ciudad de Beccar.- ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- Sirva la presente de atenta nota de envío.- v.c.f. JOSÉ MARIA AMADO Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. IRIARTE Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 8

Ref. Expte. Nº 659-H-2005.- SAN ISIDRO, 03 de noviembre de 2005.- Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D PROMULGADO POR DTO Nª 2664 Del 10-11-2005 Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su DECIMOSEPTIMA REUNION DECIMOQUINTA SESION ORDINARIA de fecha 02 de noviembre de 2005, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8134, cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8134 CONVALIDACIONES Eximisión Tasas Túnel Cuatro Barreras Inmuebles Frentistas ARTICULO 1º.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo, mediante Decretos Nº 312/2005 y 1825/2005, por los cuales se exime del pago de las Tasas Municipales, a los inmuebles frentistas afectados por la construcción del túnel con cruce carretero de las Cuatro Barreras, de la Ciudad de Beccar.- ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- Sirva la presente de atenta nota de envío.- v.c.f. JOSÉ MARIA AMADO Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. IRIARTE Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 9

Ref. Expte. Nº 659-H-2005.- ALCANCE 2.- SAN ISIDRO, 03 de noviembre de 2005.- Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D PROMULGADO POR DTO Nª 2683 Del 14-11-2005 Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su DECIMOSEPTIMA REUNION DECIMOQUINTA SESION ORDINARIA de fecha 02 de noviembre de 2005, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8135, cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8135 CONVALIDACIONES Eximisión Tasas Inmuebles y Comercios (Tránsito Desviado) ARTICULO 1º.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante el Decreto Nº 2010 de fecha 12 de septiembre de 2005, mediante el cual se exime del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, a los inmuebles y comercios frentistas afectados directamente por la circulación del tránsito desviado, derivado de la construcción del túnel con cruce carretero de las Cuatro Barreras, de la Ciudad de Beccar.- ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- Sirva la presente de atenta nota de envío.- v.c.f. JOSÉ MARIA AMADO Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. IRIARTE Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 10

Ref. Expte. Nº 4040-G-2000.- SAN ISIDRO, 03 de noviembre de 2005.- Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D PROMULGADO POR DTO Nª 2666 Del 10-11-2005 Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su DECIMOSEPTIMA REUNION DECIMOQUINTA SESION ORDINARIA de fecha 02 de noviembre de 2005, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8136, cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8136 DEROGACIONES Ordenanza Nº 7743 ARTICULO 1º.- Derógase la Ordenanza Nº 7743.- ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- Sirva la presente de atenta nota de envío.- v.c.f. JOSÉ MARIA AMADO Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro CARLOS A. IRIARTE Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 11

Ref. Expte.28/2004 SAN ISIDRO, 1 de Noviembre de 2005.- DECRETO NUMERO: 2 5 9 3 VISTO lo actuado en el presente expediente, y; QUE a fs. 73/80 el letrado Nicolas Pisarenko, en representación de Cecilia Srodek, Paula Srodek Hart, Guillermo Jorge Srodek Hart, Mariana Srodek Hart, y Florencia Srodek Hart, se presenta solicitando la nulidad de la notificación de fs. 51, y todo lo actuado en su consecuencia, por considerar que se han violado disposiciones de la Ordenanza General 267 de procedimiento; QUE sobre el particular, a fs. 85 emite Dictamen la Asesoría Legal Municipal, opinando que debe rechazarse el planteo aludido en tanto, los argumentos esgrimidos por el nulidicente no poseen entidad suficiente como para fulminar lo actuado; QUE en este sentido, y como bien se extrae del Dictamen recién mencionado, el planteo efectuado carece de eficacia y lo único que se persigue es la nulidad por la nulidad misma, demorando innecesaria e injustificadamente el progreso de estas actuaciones, ya que los ahora quejosos han tenido suficiente conocimiento del acto que ahora pretenden impugnar; QUE igual suerte corre el planteo de revocatoria interpuesto subsidiariamente pues el mismo tiene idéntico objetivo y no demuestra, ni lo intenta hacer, cual es el perjucio que el pretentido acto defectuoso le irroga; QUE, en esta inteligencia, y a efectos de evitar inconducentes planteos en el futuro, este Departamento Ejecutivo estima pertinente, conforme lo sugiere la Dependencia Letrada Municipal, otorgar un plazo de cinco días a los presentantes para cumplimentar lo dispuesto a fs. 46, puntos 1. y 2., bajo apercibimiento de las sanciones establecidas por el Artículo 33 de la Ordenanza 5186/76; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a: ARTICULO 1º: RECHAZASE la nulidad interpuesta por Nicolas Pisarenko, en repre- ************** sentación de Cecilia Srodek, Paula Srodek Hart, Guillermo Jorge Sro- ///// 12

Ref. Expte.28/2004 //////// dek Hart, Mariana Srodek Hart, y Florencia Srodek Hart, respecto de la notificación obrante a fs. 51 y todo lo actuado en su consecuencia. ARTICULO 2º: RECHAZASE el Recurso de Revocatoria interpuesto en forma subsi- ************** diaria con la nulidad a que alude el Artículo anterior. ARTICULO 3 : Hácese saber a las personas mencionadas en el Artículo 1 que de- ************** berán, en el término de cinco días de notirficados, presentar copia del Plano aprobado por la Dirección Provincial de Geodesia mediante el cual se dispone la anexión de la parcela 26m con la parcela 26e, conforme Plano 97-53-68, o en su defecto, se inicie, en el mismo plazo, el trámite de Visado Municipal tendiente a la aprobación antes citada, todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Artículo 33 de la Ordenanza 5186/76. ARTICULO 4º: Regístrese. Notifíquese y Publíquese.- 13

Ref. Expte. Nº 11744-P- 2005.- San Isidro, 1º de Noviembre de 2005 DECRETO NUMERO: 2594 fojas 1, y VISTO el certificado de defunción obrante a QUE, se produjo el fallecimiento del Señor Alberto Luis TORRES (Legajo Nº 11.657), acaecido el día 12 de octubre de 2005; QUE, en virtud de ello, y atento a lo establecido por el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), corresponde dar por concluida la relación de empleo con la administración Municipal del agente antes mencionado, a partir de la fecha citada; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias D e c r e t a: ARTICULO 1º.- Dése por concluida la relación de empleo con la administración Municipal ************ (conforme el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757), del Señor Alberto Luis TORRES (Legajo Nº 11.657), L.E. Nº: 4.582.618, clase: 1941, con categoría 12 (C2- F3-P7-1.1.1.1.A:4.C:I.), y funciones de Supervisor en la Secretaría de Servicios Públicos, a partir del 12 de Octubre de 2005, atento a su fallecimiento.- ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo legal.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. DESP Y LEGISL Cac 14

Ref.: Expte. Nro. 11227-A-2005.- SAN ISIDRO, 1º de Noviembre de 2005.- DECRETO NUMERO: 2595 VISTO la solicitud interpuesta por la ASOCIACION DAMAS SALESIANAS CENTRO DIVINO NIÑO, referente a su inscripción en el Registro Municipal de Entidades sin Fines de Lucro; y QUE, la peticionante se encuentra comprendida en las exigencias de las reglamentaciones vigentes; QUE la Secretaría de Desarrollo Social solicita el dictado del acto administrativo pertinente, dando su aprobación para la inscripción solicitada; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1.- Inscríbase en el Registro Municipal de Entidades sin Fines de Lucro a la ************* ASOCIACION DAMAS SALESIANAS CENTRO DIVINO NIÑO, con sede en la calle Diego Palma Nº 215 de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, con carácter provisorio.- ARTICULO 2.- Intervenga la Dirección de Relaciones Vecinales y ONGs, y tome cono ************** cimiento la Dirección General de Rentas.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL Cac. Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso 15

DECRETO NUMERO: 2596 ANULADO 16

Ref.: Expte. 3989-A-2005.- DECRETO NUMERO: 2597 SAN ISIDRO, 02 de noviembre de 2005 VISTO los presentes actuados; y QUE mediante Decreto nº 878/05 se instruye Sumario Administrativo a los fines de determinar las responsabilidades que pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en este expediente; QUE la Subdirección de Sumarios a fojas 44 estima procedente dictar un sobreseimiento provisorio en la causa hasta que nuevos elementos de prueba, si los hubiese, permitan la reapertura de la investigación y proceder a su archivo; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Sobreseese provisoriamente en la causa administrativa seguida en este ************* cuerpo instrumental, hasta que nuevos elementos de prueba, si los hubiese, permitan la reapertura de la investigación y procédase a su archivo.- ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- AL 17

Ref.: Expte. 1081-P-2005.- DECRETO NUMERO: 2598 SAN ISIDRO, 02 de noviembre de 2005 VISTO los presentes actuados; y QUE mediante Decreto nº 526/05 se instruye Sumario Administrativo a los fines de determinar las responsabilidades que pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en este expediente; QUE la Subdirección de Sumarios a fojas 55 estima procedente dictar un sobreseimiento provisorio en la causa hasta que nuevos elementos de prueba, si los hubiese, permitan la reapertura de la investigación y proceder a su archivo; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Sobreseese provisoriamente en la causa administrativa seguida en este ************* cuerpo instrumental, hasta que nuevos elementos de prueba, si los hubiese, permitan la reapertura de la investigación y procédase a su archivo.- ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- AL 18

Ref.: Expte. Nro. 11724-C-2005.- DECRETO NUMERO: 2 5 9 9 SAN ISIDRO, 02 de noviembre de 2005 VISTO la presentación efectuada en autos por el CLUB DE VELEROS SAN ISIDRO, mediante la cual da cuenta de la realización de la 3ra. Edición del campeonato de la clase internacional optimist Copa Beto Moya, que realizará los días 19 y 20 de noviembre, y la cancha de regata estará ubicada frente a la costa de San Isidro; y QUE solicita se declare de Interés Municipal el mencionado evento; QUE, la Secretaría de Desarrollo Social a fs. 4 sugiere dar curso a lo peticionado, por lo que procede el dictado del acto administrativo; QUE este Departamento Ejecutivo comparte el criterio sustentado por esa Secretaría ; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Declárase de Interés Municipal la 3ra. Edición del campeonato de la ************** clase internacional optimist Copa Beto Moya, que se realizará los días 19 y 20 de noviembre frente a la costa de San Isidro, organizado por el CLUB DE VELEROS SAN ISIDRO.- ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL CD Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso 19

Ref.: Expte. Nro. 11654-C-2005.- SAN ISIDRO, 02 de noviembre de 2005 DECRETO NUMERO: 2 6 0 0 VISTO la solicitud interpuesta por la COMUNIDAD GUIA N 33- SANTA TERESA DEL NIÑO JESUS, referente a su inscripción en el Registro Municipal de Entidades sin Fines de Lucro; y QUE, la peticionante se encuentra comprendida en las exigencias de las reglamentaciones vigentes; QUE la Secretaría de Desarrollo Social solicita el dictado del acto administrativo pertinente, dando su aprobación para la inscripción solicitada; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Inscríbase en el Registro Municipal de Entidades sin Fines de Lucro a la ************** COMUNIDAD GUIA N 33- SANTA TERESA DEL NIÑO JESUS, con sede en Monseñor Larumbe N 740 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, con carácter provisorio.- ARTICULO 2do.- Intervenga la Dirección de Relaciones Vecinales y ONGs, y tome cono ************** cimiento la Dirección General de Rentas.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL CD Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso 20

Ref.: Expte. Nro. 11540-A-2005.- DECRETO NUMERO: 2 6 0 1 SAN ISIDRO, 02 de noviembre de 2005 VISTO la nota presentada por la ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA Y PREMIO "DR. JUAN SEGUNDO FERNANDEZ"; y QUE la citada Institución solicita un apoyo económico destinado a solventar gastos por el alquiler de micros; QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000), con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de noventa (90) días corridos; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a: ARTICULO 1ro.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental *************** por la ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA Y PREMIO "DR. JUAN SEGUNDO FERNANDEZ", por la suma de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000), destinado a solventar gastos por el alquiler de micros con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de noventa (90) días corridos.- ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida- *************** mente autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3ro.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen- *************** tario Nro.1444/85.- ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre- ************** sente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ///// 21

Ref.: Expte. Nro. 11540-A-2005.- ///// ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL CD Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso 22

Ref.: Expte. Nro. 4603-G-2004.- DECRETO NUMERO: 2 6 0 2 SAN ISIDRO, 02 de noviembre de 2005 VISTO que obra en autos Convenio de Rescisión del Contrato de locación del inmueble sito en 9 de Julio N 557 de la ciudad de San Isidro, celebrado entre la firma ROCAS SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES y la Municipalidad de San Isidro; y QUE corresponde registrar el mismo, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a: ARTICULO 1ro.-REGISTRESE el Convenio de Rescisión del Contrato de locación del in- ************** mueble sito en 9 de Julio N 557 de la ciudad de San Isidro, celebrado entre la firma ROCAS SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES y la Municipalidad de San Isidro.- ARTICULO 2do.-Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL CD 23

Ref.: Expte. 9177-S-2005.- DECRETO NUMERO: 2603 SAN ISIDRO, 2 de Noviembre de 2005 la entidad Sociedad de Fomento 9 de Julio ; y VISTO la nota presentada en autos por QUE la misma solicita un apoyo económico para sufragar los gastos que demande el pago por alquiler de equipo de sonido, a utilizarse para la peña folklórica a beneficio; QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar a la peticionante un subsidio de $ 1.180, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************* por la entidad Sociedad de Fomento 9 de Julio de PESOS MIL CIENTO OCHENTA ($ 1.180), para sufragar los gastos que demande el pago por alquiler de equipo de sonido, a utilizarse para la peña folklórica a beneficio, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días.- ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado será percibido por las personas debidamente autori ************** zadas a tal efecto.- ARTICULO 3ro.- Son de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamentario ************* nº 1444/85.- ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.- /// 24

Ref.: Expte. 9177-S-2005.- //// ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- AL Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso 25

Ref.: Expte. Nro. 11893-C-2005.- SAN ISIDRO, 02 de noviembre de 2005 DECRETO NUMERO: 2 6 0 4 VISTO las constancias del presente expediente, solicitando el pago del premio instituido mediante la Ordenanza nro. 7854, reglamentada por decreto Nro. 2311/2002; y QUE el día 20 de octubre de 2005 se dispuso la realización del sorteo celebrado ante la escribana Pública Claudia Alejandra Rebagliati, para los contribuyentes que hubieran realizado en término los pagos de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública correspondiente al mes de agosto de 2005; QUE resultó favorecido con el segundo premio la cuenta número 391.888; QUE el peticionante de fojas 1, Roberto Domingo CLAS, justifica su carácter de beneficiario en los términos del artículo 2do. de la citada Ordenanza, por lo que cabe adjudicarle el premio referido en segundo término de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), el que será aumentado en un cincuenta por ciento (50%), atento encontrarse al día con el pago de la Tasa, cumpliendo con el requisito exigido por el artículo 6to. de la Ordenanza mencionada; QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas efectuó la imputación preventiva del caso, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Adjudícase el segundo premio establecido por la Ordenanza Nro. 7854 a ************** Roberto Domingo CLAS (DNI. N 8.414.970) en orden al inmueble sito en Dorrego N 1222 de la ciudad de Martínez, denominado catastralmente como: Circ. III- Secc. J- Manz. 664- Parcela 24, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 391.888, el que se verá incrementado en el porcentaje establecido por el artículo 6to. de esa normativa, por la suma total de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000).- ///// 26

Ref.: Expte. Nro. 11893-C-2005.- ///// ARTICULO 2do.- Gírense las actuaciones a la Tesorería Municipal a los fines de proceder ************** al pago del premio.- ARTICULO 3ro.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre- ************** sente, se atenderá con fondos provenientes de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.- ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL CD 27

Ref.: Expte. Nro. 9534-A-2005. SAN ISIDRO, 03 de Noviembre de 2005.- DECRETO NÚMERO: 2 6 0 5 VISTO la nota presentada por la ASOCIACION COOPERADORA DE LA E. E. M. Nro. 13 "MANUEL OBARRIO"; y QUE la citada Institución solicita un apoyo económico para financiar los gastos que demande la asistencia del alumno Germán GIECZEWSKI a la olimpiada matemática a llevarse a cabo en la Ciudad de Mar del Plata y la Ciudad de Córdoba; QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS MIL DOSCIENTOS ($ 1.200), con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de noventa (90) días corridos; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a: ARTICULO 1ro.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************* por la ASOCIACION COOPERADORA DE LA E. E. M. Nro. 13 "MANUEL OBARRIO", por la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS ($ 1.200), para financiar los gastos que demande la asistencia del alumno Germán GIECZEWSKI a la olimpiada matemática a llevarse a cabo en la Ciudad de Mar del Plata y la Ciudad de Córdoba con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de noventa (90) días corridos.- ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida- *************** mente autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3ro.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen- *************** tario Nro.1444/85.- 28

Ref.: Expte. Nro. 9534-A-2005.- /// ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre- ************* sente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL A.P. Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso 29

Ref.: Expte. Nro. 10680-A-2005. SAN ISIDRO, 03 de Noviembre de 2005.- DECRETO NÚMERO: 2 6 0 6 VISTO la nota presentada por la ASOCIACION COOPERADORA DE LA E.G.B. Nro. 23; y QUE la citada Institución solicita un apoyo económico que serán utilizados para abonar el alquiler del equipo de audio; QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS SETECIENTOS VEINTE ($ 720), con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de noventa (90) días corridos; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a: ARTICULO 1ro.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************* por la ASOCIACION COOPERADORA DE LA E.G.B. Nro. 23, por la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE ($ 720), que serán utilizados para abonar el alquiler del equipo de audio con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de noventa (90) días corridos.- ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida- *************** mente autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3ro.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen- *************** tario Nro.1444/85.- 30

Ref.: Expte. Nro. 10680-A-2005.- /// ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre- ************* sente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL A.P. Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso 31

Ref.: Expte. Nro. 9945-D-2003 SAN ISIDRO, 03 de noviembre del 2005 DECRETO NUMERO: 2 6 0 7 VISTO la presentación efectuada en autos por ERNESTO ADOLFO DIAZ, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y QUE habiéndose comprobado que existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% año/s 2003 (1A a 3A); POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50%, año/s 2003 (1A a 3A) a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a ERNESTO ADOLFO DIAZ, con domicilio en General Pirán N 1520, de la ciudad de Martínez, Cta. Cte. 373.726.- ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL ms 32

Ref.: Expte. Nro. 9916-D-2005.- DECRETO NUMERO: 2608 SAN ISIDRO, 03 de Noviembre de 2005 VISTO el informe obrante a fojas 1, en el cual la Secretaría de Desarrollo Social solicita la suma de $ 3.340, en concepto de asistencia económica para solventar los gastos de inscripción, traslado, alojamiento, etc del Equipo Municipal de Atletismo, durante el segundo semestre del corriente año, estando el mismo a cargo del Profesor Horacio Orlando; y QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas efectuó la imputación preventiva del caso; QUE este Departamento Ejecutivo presta conformidad al respecto, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1.- Otórgase a la Secretaría de Desarrollo Social Dirección General de ************ Deportes-, la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA ($ 3.340), en concepto de asistencia económica para solventar los gastos de inscripción, traslado, alojamiento, etc del Equipo Municipal de Atletismo, durante el segundo semestre del corriente año, estando el mismo a cargo del Profesor Horacio Orlando, con oportuna rendición de cuentas.- ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************ te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- AL 33

Ref.: Expte.Nro. 1875-G-2001 SAN ISIDRO, 04 de Noviembre de 2005 DECRETO NUMERO: 2 6 0 9 VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. GIMENEZ, NORMA MARGARITA solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y QUE habiéndose practicado la encuesta socioeconómica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 36 recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado; QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º, inciso d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50% año 2005 1A a 4B ; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50% año 2005 1A a 4B, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a GIMENEZ, NORMA MARGARITA, con domicilio en Monseñor Alberti Nro. 562, San Isidro jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 212.455.- ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.- ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- CL 34

Ref.: Expte. Nro. 9910-H-2004.- SAN ISIDRO, 4 de Noviembre de 2005 DECRETO NUMERO: 2610 VISTO la presentación efectuada por Elsa HERNANDEZ, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de los Derechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE URNA Nº 20 - PANTEON Nº 2 - S/S - FILA Nº 3 del Cementerio de Boulogne; y QUE, habiéndose practicado la encuesta socioeconómica pertinente, obrante en el expediente Nº 11561/2002, se sugiere efectuar la renovación, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado; QUE a fojas 12 la Dirección General de Rentas estima procedente acceder a lo peticionado; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese en un 100%, a Elsa HERNANDEZ, del pago de los De- ************* rechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE URNA Nº 20 - PANTEON Nº 2 - S/S - FILA Nº 3 del Cementerio de Boulogne, por los períodos comprendido entre el 21 de Julio de 2004 hasta el mismo día y mes del año 2006.- ARTICULO 2º.- Dése intervención a la Dirección de Cementerios a los efectos de tomar ************ conocimiento del presente acto administrativo.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL Cac 35

Ref.: Expte. Nro. 2179-T-2005.- SAN ISIDRO, 4 de Noviembre de 2005 DECRETO NUMERO: 2611 VISTO la presentación efectuada por TELIAS José, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de los Derechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE ATAÚD Nº 18 - PANTEON Nº 2 - P/B - FILA Nº 3 del Cementerio de Boulogne; y QUE, habiéndose practicado la encuesta socioeconómica pertinente, obrante en el expediente Nº 2468/1999, se sugiere efectuar la renovación, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado; QUE a fojas 9 la Dirección General de Rentas estima procedente acceder a lo peticionado; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese en un 100%, a TELIAS José, del pago de los De- ************* rechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE ATAÚD Nº 18 - PANTEON Nº 2 - P/B - FILA Nº 3 del Cementerio de Boulogne, por los períodos comprendido entre el 10 de Febrero de 2005 hasta el mismo día y mes del año 2006.- ARTICULO 2º.- Dése intervención a la Dirección de Cementerios a los efectos de tomar ************ conocimiento del presente acto administrativo.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL Cac 36

Ref.: Expte. Nro. 2693-P-2005.- SAN ISIDRO, 4 de Noviembre de 2005 DECRETO NUMERO: 2612 VISTO la presentación efectuada por PEREYRA Juan José, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de los Derechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del SEPULTURA Nº 8 - MANZ. B - TAB Nº 4 - FILA Nº 1 del Cementerio de Boulogne; y QUE, habiéndose practicado la encuesta socioeconómica pertinente, obrante en el expediente Nº 2350/1986, se sugiere efectuar la renovación, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado; QUE a fojas 11 la Dirección General de Rentas estima procedente acceder a lo peticionado; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese en un 100%, a PEREYRA Juan José, del pago de los De- ************* rechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del SEPULTURA Nº 8 - MANZ. B - TAB Nº 4 - FILA Nº 1 del Cementerio de Boulogne, por los períodos comprendido entre el 20 de Mayo de 2005 hasta el mismo día y mes del año 2006.- ARTICULO 2º.- Dése intervención a la Dirección de Cementerios a los efectos de tomar ************ conocimiento del presente acto administrativo.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL Cac 37

Ref.: Expte. Nro. 3962-S-2005.- SAN ISIDRO, 4 de Noviembre de 2005 DECRETO NUMERO: 2613 VISTO la presentación efectuada por SULEYMAN Juan Valentin, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de los Derechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE URNA Nº 267 - PANTEON Nº 1 - P/A - FILA Nº 4 del Cementerio de Boulogne; y QUE, habiéndose practicado la encuesta socioeconómica pertinente, obrante en el expediente Nº 5529/1989, se sugiere efectuar la renovación, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado; QUE a fojas 11 la Dirección General de Rentas estima procedente acceder a lo peticionado; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese en un 100%, a SULEYMAN Juan Valentin, del pago de los De- ************* rechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE URNA Nº 267 - PANTEON Nº 1 - P/A - FILA Nº 4 del Cementerio de Boulogne, por los períodos comprendido entre el 5 de Marzo de 2005 hasta el mismo día y mes del año 2006.- ARTICULO 2º.- Dése intervención a la Dirección de Cementerios a los efectos de tomar ************ conocimiento del presente acto administrativo.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL Cac 38

Ref.: Expte. Nro. 7861-K-2005.- SAN ISIDRO, 4 de Noviembre de 2005 DECRETO NUMERO: 2614 VISTO la presentación efectuada por KLIPPSTIEHL Nelida Alicia, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de los Derechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE ATAÚD Nº 50 - PANTEON Nº 9 - P/A - FILA Nº 2 del Cementerio de San Isidro; y QUE, habiéndose practicado la encuesta socioeconómica pertinente, obrante en el expediente Nº 7563/2001, se sugiere efectuar la renovación, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado; QUE a fojas 8 la Dirección General de Rentas estima procedente acceder a lo peticionado; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese en un 100%, a KLIPPSTIEHL Nelida Alicia, del pago de los De- ************* rechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE ATAÚD Nº 50 - PANTEON Nº 9 - P/A - FILA Nº 2 del Cementerio de San Isidro, por los períodos comprendido entre el 5 de Marzo de 2005 hasta el mismo día y mes del año 2006.- ARTICULO 2º.- Dése intervención a la Dirección de Cementerios a los efectos de tomar ************ conocimiento del presente acto administrativo.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL Cac 39

Ref.: Expte. Nro. 7862-K-2005.- SAN ISIDRO, 4 de Noviembre de 2005 DECRETO NUMERO: 2615 VISTO la presentación efectuada por KLIPPSTIEHL Nelida Alicia, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de los Derechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE ATAÚD Nº 50 - PANTEON Nº 9 - P/B - FILA Nº 3 del Cementerio de San Isidro; y QUE, habiéndose practicado la encuesta socioeconómica pertinente, obrante en el expediente Nº 7563/2001, se sugiere efectuar la renovación, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado; QUE a fojas 8 la Dirección General de Rentas estima procedente acceder a lo peticionado; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese en un 100%, a KLIPPSTIEHL Nelida Alicia, del pago de los De- ************* rechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE ATAÚD Nº 50 - PANTEON Nº 9 - P/B - FILA Nº 3 del Cementerio de San Isidro, por los períodos comprendido entre el 6 de Agosto de 2005 hasta el mismo día y mes del año 2006.- ARTICULO 2º.- Dése intervención a la Dirección de Cementerios a los efectos de tomar ************ conocimiento del presente acto administrativo.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL Cac 40

Ref.: Expte. Nro. 9625-C-2005.- SAN ISIDRO, 4 de Noviembre DECRETO NUMERO: 2616 VISTO la presentación efectuada por CUETO Rosa Hortensia, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de los Derechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE ATAÚD Nº 37 - PANTEON Nº 9 - P/A - FILA Nº 4 del Cementerio de San Isidro; y QUE, habiéndose practicado la encuesta socioeconómica pertinente, obrante en el expediente Nº 7563/1999, se sugiere efectuar la renovación, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado; QUE a fojas 7 la Dirección General de Rentas estima procedente acceder a lo peticionado; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese en un 100%, a CUETO Rosa Hortensia, del pago de los De- ************* rechos de Cementerios, correspondiente a la renovación del NICHO DE ATAÚD Nº 37 - PANTEON Nº 9 - P/A - FILA Nº 4 del Cementerio de San Isidro, por los períodos comprendido entre el 7 de Noviembre de 2005 hasta el mismo día y mes del año 2006.- ARTICULO 2º.- Dése intervención a la Dirección de Cementerios a los efectos de tomar ************ conocimiento del presente acto administrativo.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL Cac 41

Ref. Expte. Nº 2208-C-2005.- San Isidro, 4 de Noviembre de 2005 DECRETO NUMERO: 2617 VISTO la consulta interpuesta por las autoridades del Jardín de Infantes Pueblo Niño, respecto de la viabilidad de otorgar el permiso de localización sobre el local ubicado en la calle Martín Rodríguez Nº 1724/70, de la localidad de Villa Adelina, a fin de desarrollar actividades bajo el rubro Jardín Maternal y de Infantes ; y QUE el inmueble, designado catastralmente como circunscripción V, sección D, manzana 240, parcelas 16, 17 y 18, se encuentra en zona Rm1, en la cual se admiten los usos educacionales, previo tratamiento como Uso Puntual, a los efectos de establecer las condiciones de funcionamiento y evaluar la incidencia de la localización propuesta en el entorno; QUE las construcciones existentes poseen planos aprobados por expediente Nº 620-M-78 (parcela 16) y Nº 10.588-R-80 (parcela 18), que no responden a la situación constructiva y destinos actuales, encontrándose en lo que respecta al funcionamiento y condiciones de seguridad bajo la órbita de la Dirección Provincial de Escuelas de Gestión Privada DIPREGEP-; QUE el establecimiento involucra tres parcelas pertenecientes a diferentes dueños y alquiladas, funcionando en la parcela 16 el Jardín de Infantes y el área administrativa general; la parcela 17 permite la comunicación entre los edificios y se destina también para el esparcimiento al aire libre (arenero, juegos, huerta y granja), por último, en la parcela 18 se halla el Jardín Maternal; QUE en virtud de que los bienes pertenecen a diferentes propietarios, corresponde, por analogía, la aplicación del Decreto Nº 2292/02; QUE analizada la propuesta, se detectó una ampliación destinada a Salón de Usos Múltiples - S.U.M. -, que excede el Factor de Ocupación del Suelo F.O.S.- y que posee una altura menor a la reglamentaria, situación constructiva que deberá adecuarse a la normativa vigente; 42

Ref. Expte. Nº 2208-C-2005.- //. QUE teniendo en cuenta lo normado por el artículo 5º de la Ordenanza Nº 8057, corresponde analizar el pertinente Permiso de Localización; QUE por lo expuesto, el organismo técnico competente que elaboró los informes de fojas 46/48, opina que, con el cumplimiento de los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la viabilidad consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, por lo que procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Hácese saber a la señora Graciela Myriam Cutuli, que podrá ************* otorgarse un Permiso de Localización para el funcionamiento de un Jardín Maternal y de Infantes, en el local ubicado en la calle Martín Rodríguez Nº 1724/70, de la localidad de Villa Adelina, en este Partido.- ARTICULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda condicionado al ************* cumplimiento de los requisitos que a continuación se detallan: a) Presentar ante la Dirección de Obras Particulares, plano de modificaciones internas y cambio de destinos de la par cela 18 y de regularización, en la parcela 16, a fin de obtener su aprobación. En ambos casos, se incluirá la capacidad de cada una de las salas, con ajuste a lo previsto por los Códigos de Edificación y de Ordenamiento Urbano; 43

Ref. Expte. Nº 2208-C-2005.- ///. b) Agregar al presente expediente, croquis de localización que involucre a las tres parcelas afectadas, con los cambios de destino (Decreto Nº 2292/02, artículo 5º), firma del profesional con título habilitante interviniente y de los titulares del dominio, la acreditación de la intervención del Colegio Profesional correspondiente y la visación de la Dirección de Obras Particulares; c) La capacidad máxima de alumnos por turno, en los dos Jardines, es de noventa (90) niños; d) El horario de funcionamiento autorizado, es de lunes a viernes de 7.30 a 18.00 horas, no admitiéndose ningún tipo de actividad fuera del mismo; e) El nivel de ruidos se ajustará a los valores establecidos en la Tabla de Molestias que figura como Anexo IV del Código de Ordenamiento Urbano (artículo 1.2.2.24.); f) Contar con sanitarios cuyas dimensiones e instalaciones los hagan aptos para su uso por discapacitados físicos. Los eventuales desniveles dentro del edificio y entre éste y la vía pública, serán salvados mediante rampas reglamentarias, de acuerdo a lo previsto en la Ordenanza Nº 6631; g) Prever tres (3) espacios para el estacionamiento vehicular dentro del predio, con ajuste a las determinaciones del artículo 1.2.2.1. del Código de Ordenamiento Urbano, los cuales constarán indicados en planos. En caso de detectarse inconvenientes, generados por el movimiento vehicular y/o estacionamiento, la Municipalidad se reserva el derecho de exigir que, en forma conjunta con los padres y alumnos, se promuevan y gestionen soluciones a dicha problemática, tendientes a un mejor ordenamiento y convivencia urbana; 44

Ref. Expte. Nº 2208-C-2005.- ////. h) Las veredas de las 3 parcelas, se adecuarán a las exigencias de la Ordenanza Nº 7015; i) Toda modificación edilicia o de funcionamiento, que se aparte de las pautas establecidas para otorgar la autorización, serán evaluadas previamente por la Municipalidad, como Uso Puntual; j) Las condiciones edilicias referidas a la seguridad, serán requeridas y verificadas por las autoridades competentes al momento de otorgar la pertinente autorización de funcionamiento; k) Verificar el cumplimiento de toda otra normativa que, en el orden nacional, provincial y/o municipal, resulte de aplicación.- ARTICULO 4º.- Oportunamente, los responsables de las actividades que se desarrollan, *************deberán gestionar ante las autoridades pertinentes la correspondiente ARTICULO 3º.- Otórgase a los interesados, un plazo de ciento veinte (120) días, a ************* contar de la notificación de este decreto, a fin de que presente ante la Dirección de Obras Particulares la documentación pertinente, con el objeto de obtener la debida aprobación.- habilitación.- ARTICULO 5º.- El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en ************ el artículo segundo, producirá de pleno derecho y en forma automática, la caducidad de autorización otorgada.- 45