FISIOTERAPIA MEMORIA PARA LA SOLICITUD DE VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES PROPUESTA DE TÍTULO DE



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Transcripción:

MEMORIA PARA LA SOLICITUD DE VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES PROPUESTA DE TÍTULO DE FISIOTERAPIA 5 de Octubre de 2009 1

ÍNDICE 1. DESCRIPCIÓN DEL TÍTULO... 6 1.1. Denominación:... 6 1.2. Universidad solicitante y Centro, Departamento o instituto responsable del Programa... 6 1.3. Tipo de enseñanza... 6 1.4. Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas... 6 1.5. Número de créditos y requisitos de matriculación... 6 1.6. Resto de información necesaria para la expedición del Suplemento Europeo al título de acuerdo con la normativa vigente... 9 2. JUSTIFICACIÓN... 10 2.1. Justificación del título propuesto, argumentando el interés académico, científico o profesional del mismo...10 2.2. Referentes externos a la UCLM que avalen la adecuación de la propuesta a criterios nacionales o internacionales para títulos de similares características académicas...16 2.3. Descripción de los procedimientos de consulta internos y externos utilizados para la elaboración del plan de estudios....18 3. OBJETIVOS... 20 3.1. Competencias generales y específicas...20 CESO Y ADMISIÓ AN DE ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDI 4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES... 30 4.1. Sistemas de información previa a la matriculación y procedimientos accesibles de acogida y orientación de los estudiantes de nuevo ingreso para facilitar su incorporación a la universidad y la titulación...30 4.2. Criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales...35 4.3. Sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados...35 4.4. Transferencia y reconocimiento de créditos: sistema propuesto por la universidad...38 5. PLANIFICACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS... 39 5.1. Estructura de las enseñanzas...39 2

5.1.1. Distribución del plan de estudios en créditos ECTS, por tipo de materia (tabla 1)...39 5.1.2. Explicación general de la planificación del plan de estudios...40 5.1.2.1. Materias de formación básica...41 5.1.2.2. Breve descripción de los módulos...43 5.1.2.3. Organización general del plan estudios...44 5.1.2.4. Tabla de competencias...47 5.1.2.5. Procedimiento general de la UCLM para garantizar la organización de las prácticas externas...49 5.1.2.6. Mecanismos específicos de la E.U. de Enfermería y Fisioterapia para garantizar las práctica externas...53 5.2. Planificación y gestión de la movilidad de estudiantes propios y de acogida.55 5.3. Descripción detallada de los módulos o materias de enseñanza-aprendizaje de que consta el plan de estudios...72 Módulo 1: Formación Básica... 79 Morfofisiología humana I...80 Morfofisiología humana II...84 Bioquímica...89 Psicología...93 Anatomía del Aparato Locomotor...98 Biofísica y Biomecánica...100 Neuroanatomía y Neurofisiología...106 Patología General...111 Comunicación y Documentación en Ciencias de la Salud I...116 Comunicación y Documentación en Ciencias de la Salud II...120 Módulo 2: Formación Específica... 124 Fundamentos de Fisioterapia...126 Valoración en Fisioterapia...131 Cinesiterapia...135 Procedimientos Generales I...141 Procedimientos Generales II...146 Métodos Específicos I...151 Métodos Específicos II...155 Métodos Específicos III...159 Métodos Específicos IV...163 3

Fisioterapia en Especialidades Clínicas I... 168 Fisioterapia en Especialidades Clínicas II... 173 Fisioterapia en Especialidades Clínicas III... 178 Fisioterapia en Especialidades Clínicas IV... 183 Fisioterapia en Especialidades Clínicas v... 189 Fisioterapia en Especialidades Clínicas VI... 195 Fisioterapia Comunitaria... 201 Administración Sanitaria, Ética y Legislación... 208 Introducción a la Práctica Clínica... 215 Módulo 3. Prácticas Externas y Trabajo Fin de Grado... 221 Prácticum I... 222 Prácticicum II... 229 Practicum III... 236 Trabajo Fin de Grado... 244 Módulo 4: Optatividad... 248 Fisioterapia en pelviperineología... 249 Fisioterapia Deportiva... 253 Terapias Complementarias... 258 Farmacología y Primeros Auxilios... 263 6. PERSONAL ACADÉMICO... 266 6.1. Profesorado y otros recursos humanos necesarios y disponibles para llevar a cabo el plan de estudios propuesto... 266 6.1.1. Personal académico disponible... 266 6.1.2. Otros recursos humanos disponibles... 275 6.1.3. Previsión de profesorado y otros recursos humanos necesarios... 276 6.1.4. Mecanismo de que se dispone para asegurar la igualdad entre hombres y mujeres y la no discriminación de las personas con discapacidad...276 7. RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS... 287 7.1. Justificación de la adecuación de los medios materiales y servicios disponibles...287 7.1.1. Instalaciones de la E.U. de Enfermería y Fisioterapia...289 7.1.2. Centros de Prácticas Clínicas de Fisioterapia...291 4

7.2. Previsión de adquisición de recursos materiales y servicios necesarios...293 8. RESULTADOS PREVISTOS... 294 8.1. Valores cuantitativos estimados para los indicadores y su justificación...294 8.2. Progreso y resultados de aprendizaje...296 9. SISTEMA DE GARANTIA DE CALIDAD DEL TÍTULO... 298 9.1. Responsable del sistema de garantía de calidad del plan de estudios...298 9.2. Procedimientos de evaluación y mejora de la calidad de la enseñanza y el profesorado...298 9.3. Procedimiento para garantizar la calidad de las prácticas externas y los programas de movilidad...298 9.4. Procedimientos de análisis de inserción laboral de los graduados y de la satisfacción de la formación recibida...298 9.5. Procedimiento para el análisis de la satisfacción de los distintos colectivos implicados (estudiantes, personal académico y de administración y servicios, etc.) y de atención a las sugerencias y reclamaciones. Criterios específicos en el caso de extinción del título...299 10. CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN... 299 10.1. Cronograma de implantación de la titulación...299 10.2. Procedimiento de adaptación, en su caso, de los estudiantes de los estudios existentes al nuevo plan de estudios. Procedimiento...301 10.3. Enseñanzas que se extinguen por la implantación del siguiente título propuesto...303 11. BIBLIOGRAFÍA... 306 5

1. DESCRIPCIÓN DEL TÍTULO. 1.1. Denominación GRADO EN FISIOTERAPIA POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA 1.2 Universidad solicitante y Centro, Departamento o Instituto responsable del programa UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Centro/s: ESCUELA UNIVERSITARIA DE ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA DE TOLEDO 1.3 Tipo de enseñanza (presencial, semipresencial, a distancia) PRESENCIAL 1.4 Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas (estimación para los primeros 4 primeros años). 1º año de implantación: 2º año de implantación: 3º año de implantación: 4º año de implantación: 70 70 70 70 1.5 Número de créditos y requisitos de matriculación. Nº de créditos ECTS del título: 240 Nº mínimo de ECTS de matrícula por estudiante y periodo lectivo, y en su caso, normas de permanencia: 30 1. La matriculación se realizará en los periodos, plazos y forma determinados por la universidad que se publicitarán adecuadamente. La matrícula mínima por curso académico será de 60 ECTS, para los estudiantes a tiempo completo de primer curso y de un mínimo de 6

30 ECTS para los cursos restantes, salvo que les quede un número inferior de créditos para finalizar los estudios. 2. Los estudiantes podrán matricularse a tiempo parcial o a tiempo completo. En caso de matrícula a tiempo parcial deberán matricularse de un mínimo de 30 ECTS en primer curso. La Universidad determinará aquellos estudios en los que no se admitirá matriculación a tiempo parcial. 3. Los estudiantes que cursen estudios a tiempo parcial, según lo previsto en el anexo 1 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y los que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%, deberán superar al menos 6 créditos en su primer año académico. El artículo 46 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, establece en su apartado 3º que en las universidades públicas, el Consejo Social, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria, aprobará las normas que regulen el progreso y la permanencia en la universidad de los estudiantes, de acuerdo con las características de los respectivos estudios. En breve, la Universidad de Castilla-La Mancha tiene la intención de someter a debate y aprobación la normativa propia que regule el régimen de permanencia aplicable a nuestros estudiantes. No obstante, la regulación vigente actualmente en la Universidad de Castilla-La Mancha está amparada por el Real Decreto-Ley 9/1975, de 10 de julio, los acuerdos de Junta/Consejo de Gobierno, y las resoluciones del Sr. Rector que a continuación se indican: El citado Real Decreto-Ley 9/1975, en materia de continuación de estudios, establece textualmente: Los alumnos de primer curso que en las convocatorias oficiales del examen de un curso académico no hayan superado ninguna asignatura, no podrán proseguir los estudios en la Facultad o Escuela en que hubiesen estado matriculados siendo, por tanto, evidente que es preciso aprobar, al menos, una de esas asignaturas. Esta misma normativa indica: No obstante, podrán iniciar por una sola vez estudios en otro Centro universitario. Sólo en el supuesto de que en este último no aprobasen ninguna asignatura del citado primer curso en las convocatorias oficiales, no podrán cursar en lo sucesivo estudios universitarios., es decir, en el supuesto que se produjera la circunstancia 7

indicada en el párrafo anterior se le podría permitir al alumno matricularse en otros estudios distintos, pero solicitando para ello una nueva preinscripción. Excepcionalmente, la Universidad de Castilla-La Mancha estableció que: procederá una nueva matriculación en el mismo Centro y los mismos estudios, por una sola vez y previa autorización del Decano o Director, si se acredita la existencia de una causa justificada. Caso de no superar ninguna asignatura en el curso para el que se obtiene la autorización, no podrá iniciar ningún otro estudio en esta Universidad. Esta autorización únicamente surtirá efecto para los mismos estudios en los que el alumno hubiera estado matriculado anteriormente sin haber superado ninguna asignatura y no para otros Centros ni estudios que se impartan en la Universidad. Estas normas generales se han aclarado en la resolución conjunta de 28 de septiembre de 2004 del Vicerrectorado de Convergencia Europea y Ordenación Académica y de Alumnos, en la que se dictan los siguientes criterios interpretativos sobre la normativa vigente: 1. Para poder continuar los estudios universitarios en los que se está matriculado, es preciso que los alumnos superen, al menos, el número de créditos correspondientes a una de las asignaturas previstas en el Plan de Estudio, pudiendo pertenecer esa asignatura a cualquiera de los grupos previstos en el propio Plan de Estudio, es decir Troncales, Obligatorias u Optativas, e incluso una asignatura de Libre Configuración que haya sido aprobada como tal por nuestra Universidad y que figure, por tanto en su oferta. 2. Aquellos alumnos que accedan al primer curso de una titulación a través de un traslado de expediente desde otra Universidad y se les convalide alguna asignatura de las que figuran en el Plan de Estudio para ese primer curso, podrán continuar en nuestra Universidad los mismos estudios que vinieran realizando en su Universidad de procedencia. En este supuesto, aunque el alumno no superará, en este primer año en nuestra Universidad, ninguna asignatura de aquellas en las que se hubiera matriculado, podrán, no obstante continuar sus estudios, puesto que en el primer curso de los mismos sí había superado, al menos, una asignatura. 3. Si la citada convalidación, referida en el apartado anterior, se produce por créditos de Libre Configuración, debido a que la asignatura superada por el alumno, en su Universidad de origen, no tuviera correspondencia directa con ninguna asignatura de nuestro Plan de Estudio, el alumno también podrá continuar sus estudios, aun cuando no supere ninguna asignatura en su primer año matriculado en nuestra Universidad. 4. Los créditos de Libre Configuración, en nuestra Universidad o en otra, en el caso de traslado de expediente, obtenidos por los alumnos mediante la realización de cursos, 8

seminarios u otros títulos propios, es decir al margen de aquellas asignaturas recogidas en los Planes de Estudios como Troncales, Obligatorias u Optativas, e incluso de aquellas asignaturas aprobadas por las Universidades como específicas de Libre Configuración, NO SE COMPUTARÁN NI RECONOCERÁN, a los efectos de considerar superado el número de créditos precisos para poder continuar matriculándose en esos mismos estudios, si a la vez no han superado ninguna asignatura. 5. Los estudiantes que no hayan superado ningún crédito durante su primer año de matriculación en unos estudios, podrán hacer uso de la prerrogativa prevista en la normativa vigente relativa a solicitar del Decano o Director del Centro la autorización para matricularse, con carácter excepcional, en una segunda ocasión de esos mismos estudios y si tampoco superara en ese segundo año alguna asignatura, deberá abandonar no solo estos estudios, sino que no podrán volverse a matricular de ningún otro estudio universitario, con lo que se verá obligado a abandonar los estudios universitarios. Nota: El número de convocatorias por asignaturas a las que tienen derecho los alumnos se establece en un máximo de seis, entendiéndose automáticamente anulada si el alumno no se presenta al examen final (Acuerdo de Junta de Gobierno de la UCLM de fecha 31/05/1988). Se adjunta como Anexo la Normativa Reguladora del Régimen de Permanencia en la UCLM para estudios de Grado y Máster. La normativa ha sido aprobada en el Consejo de Gobierno celebrado el pasado día 2 de marzo de 2010. En la actualidad se encuentra pendiente de informe por el Consejo de Universidades y aprobación por el Consejo Social. Los estudiantes que opten y obtengan la matriculación a tiempo parcial deberán matricularse en el primer curso de al menos las siguientes materias: Morfofisiología Humana I (6 ECTS) Anatomía del Aparato Locomotor (6 ECTS) Psicología (6 ECTS) Fundamentos de Fisioterapia (6 ECTS) Valoración en Fisioterapia (6 ECTS) 1.6 Resto de información necesaria para la expedición del Suplemento Europeo al Título de acuerdo con la normativa vigente. (Rama de conocimiento. Naturaleza de la institución que ha conferido el título. Naturaleza del centro universitario en el que el titulado ha finalizado sus estudios. Profesiones para las que capacita una vez obtenido el título. Lengua(s) utilizadas a lo largo del proceso formativo). Rama de conocimiento: Ciencias de la Salud definidas por el Gobierno en el art.- 12 del RD 1393/2007 9

Naturaleza de la institución que ha conferido el título: PÚBLICA. Profesiones reguladas para las que capacita el título: FISIOTERAPIA. Regulada por la Resolución de 14 de febrero de 2008, por la que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudio conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Fisioterapia En su caso, lenguas utilizadas a lo largo del proceso formativo: Español, inglés y el francés en trabajos puntuales 2. JUSTIFICACIÓN 2.1. Justificación del título propuesto, argumentando el interés académico, científico o profesional del mismo. (Experiencias anteriores de la universidad en la impartición de títulos de características similares. Datos y estudios acerca de la demanda potencial del título y su interés para la sociedad. Relación de la propuesta con las características socioeconómicas de la zona de influencia del título. Justificación de la existencia de referentes nacionales e internacionales que avalen la propuesta). La Fisioterapia es una profesión sanitaria regulada, tal como se recoge en la Ley 44/2003 de 21 de Noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Los estudios para obtener la titulación necesaria para el ejercicio profesional se realizan en el ámbito universitario desde la entrada en vigor del Real Decreto 2965/80 (B.O.E. 19 de Enero 1981), por el que se establece la integración de los estudios de fisioterapia en la Universidad y actualmente regulado por Resolución de 14 de febrero de 2008, por la que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudio conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Fisioterapia. Concretamente, en la Universidad de Castilla La Mancha se viene impartiendo esta enseñanza desde el curso 1989/90, fecha en la que comienza la actividad docente en la Escuela Universitaria de Enfermería y Fisioterapia de Toledo, habiéndose formado hasta el momento actual 1105 titulados en Fisioterapia. 10

El título que ahora se propone, está circunscrito en la zona de influencia directa de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, una comunidad que tiene una extensión de 79.461 Km 2 que representa el 15,7% del territorio nacional y una población, a 1 de Enero de 2007, de 1.977.304 habitantes 1. La estructura de la población es la de una sociedad desarrollada en línea con la sociedad española y europea, es decir una baja natalidad, que junto al aumento de la esperanza de vida conlleva un incremento progresivo del envejecimiento de la población 2. Estas características demográficas provocan un incremento en las enfermedades degenerativas y crónicas que son susceptibles de atención fisioterapéutica con el objetivo de mejorar la calidad de vida y disminuir la dependencia. En este sentido, el desarrollo de la Ley (39/2006) de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia previsiblemente incrementará la demanda social de fisioterapeutas. Según datos publicados por el INE en la Encuesta sobre Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud 1999, 3.528.320 personas presentaban algún tipo de discapacidad en España, siendo en Castilla-La Mancha, según la misma fuente, un total 107.225 personas. El 34% de la población mayor de 65 años en la región presentaba algún tipo de discapacidad. La demanda social de estos profesionales es elevada, tal y como se demuestra el estudio de inserción laboral realizado a nivel nacional entre los egresados del periodo 1998-2003, y que se recoge en el Libro Blanco de Fisioterapia, con un porcentaje de empleo relacionado con la titulación del 72,8%, que se incrementa por encima del 90% cuando el tiempo transcurrido desde la graduación es de 5 años. Previsiblemente esta demanda se irá incrementando en los próximos años, por las razones demográficas y de atención a la dependencia anteriormente expuestas. En este mismo sentido, el título de Grado en Fisioterapia de la Universidad de Castilla-La Mancha que se propone, está avalado por la elevada demanda social de los titulados en la Diplomatura en Fisioterapia en esta institución académica. El estudio interno de inserción laboral de los egresados en 2001 y 2002, elaborado por el Vicerrectorado de Convergencia Europea y la Oficina de Calidad de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) en 2004 3, reflejaba que la tasa instantánea de trabajo en el momento de la encuesta era del 96,83%, siendo una de las más elevadas de la Universidad. La tasa media anual de empleo era de un 95,37% y el tiempo medio desde la obtención del título hasta el primer empleo era de 3,6 meses. La mayor parte de los egresados (72,58%), trabajaban en la Comunidad Autónoma 11

de Castilla-La Mancha. Además de la demanda social de profesionales, existe una alta demanda académica para cursar los estudios de fisioterapia, con un alto grado de motivación entre los candidatos, tal y como recoge el estudio citado con anterioridad 3, pues el 93,65% de los estudiantes matriculados habían elegido estos estudios como primera opción. Según datos de la Unidad de Gestión de Alumnos de la Universidad de Castilla-La Mancha, en el último quinquenio la demanda ha superado las 6500 solicitudes para una oferta que ha oscilado entre 65 y 70 plazas anuales. Así en el 2003-04, 2004-05, 2005-06, 2006-07 la demanda fue de 1109, 1027, 1033 y 1101 solicitudes, respectivamente, para una oferta de 65 plazas y en los últimos años la demanda fue de 1034, en el curso 2007-08 y 1229 en el curso 2008-09 1229 para una oferta de 70 plazas. Como podemos observar es una demanda que se mantiene. Desde el punto de vista académico, el Título de Grado de Fisioterapia propuesto pretende mejorar el perfil de formación del fisioterapeuta, ya que además de adquirir un mayor nivel de competencias básicas y específicas, permitirá la adquisición de competencias transversales o generales, que proporcionarán al estudiante herramientas para el aprendizaje durante toda la vida, permitiendo la actualización permanente de conocimientos. Tal y como establece la Ley 44/2003 de ordenación de profesiones sanitarias en el Art. 12, apartado f, la actualización permanente de conocimientos es un derecho y un deber de los profesionales sanitarios. Por otro lado, la adquisición de competencias en un segundo idioma facilitará la movilidad y la competitividad de los estudiantes y profesionales en el ámbito europeo. Además, el incremento de horas de formación clínica, a través del practicum que se desarrolla en el último periodo del plan de estudios, acercará al estudiante a la realidad del ejercicio de la profesión, siguiendo recomendaciones de empleadores, Colegios Profesionales y de la Región Europea de la World Confederation for Physical Therapy (ER- WCPT), acercándose por tanto a estándares europeos. El título que se propone de acuerdo con el RD 1393/2007 de 29 de octubre por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, permitirá el acceso a los estudios de Máster y Doctorado con la consiguiente posibilidad de especialización profesional, docente y/o investigadora que redundará en una mayor calidad del servicio a la sociedad. Además supone un atractivo para estudiantes de postgrado de otros continentes, especialmente América Latina, en los que los estudios de Fisioterapia dan acceso al 12

doctorado y para los que España puede convertirse en el país europeo de referencia en el ámbito de la Fisioterapia. Según refleja el documento elaborado por la Región Europea de la World Confederation for Physical Therapy (ER- WCPT) correspondiente a datos del año 2003, 18 de los 28 países europeos que en ese momento impartían los estudios de Fisioterapia, permitían el acceso de los titulados en Fisioterapia a estudios de Master y concluidos estos al Doctorado, por tanto el Título de Grado propuesto permitirá competir en igualdad de condiciones a las instituciones académicas españolas y a los profesionales. Desde el punto de vista científico, para poder ofrecer al paciente una atención personalizada de calidad, el fisioterapeuta debe ser capaz de interpretar las aportaciones científicas que generan nuevas perspectivas de intervención y de investigación, así como de aplicar las diferentes metodologías científicas en la construcción de los conocimientos. Además, la creciente demanda social de eficacia, efectividad y eficiencia en la atención a la salud obliga a instaurar terapias acordes con las evidencias científicas existentes en cada momento. Por ello, la puesta en marcha de la Titulación de Grado en Fisioterapia, permite ofrecer al fisioterapeuta las herramientas necesarias para el aprendizaje a lo largo de la vida, pero además, abre el acceso a los másteres oficiales, a los cursos de especialización y a los estudios de doctorado, lo que, sin duda, revertirá en una mejora de la práctica asistencial. Por otra parte, es previsible que en los próximos años el acceso a los estudios de doctorado permitirá un aumento de la capacidad investigadora, y por tanto de la producción científica en el ámbito de la fisioterapia, lo que permitirá mejorar la práctica asistencial basada en la evidencia y por tanto la calidad de la misma. La propuesta del título de Grado en Fisioterapia de la UCLM permitirá al estudiante adquirir las competencias necesarias para cumplir con las normas que regulan el ejercicio profesional del fisioterapeuta en España. En este sentido, y dado que en los últimos años, existe un alto grado de inserción en los egresados en Fisioterapia en el ámbito privado, conviene hacer mención al Art 35 y 36 de la Constitución Española en los que se reconoce el derecho al libre ejercicio de las profesiones sanitarias. Igualmente, la Ley 44/2003 de 21 de Noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, en su Art 1 recoge: Las disposiciones de esta Ley son aplicables 13

tanto si la profesión se ejerce en los servicios sanitarios públicos como en el ámbito de la sanidad privada. En el Art. 2.2. se definen los grupos en los que estructuran las profesiones sanitarias se recoge Diplomado en Fisioterapia en el apartado b. En el Título I Del ejercicio de las profesiones sanitarias, en el Art. 4 Principios generales, en su apartado 2 establece El ejercicio de una profesión sanitaria, por cuenta propia o ajena, requerirá la posesión del correspondiente título oficial que habilite expresamente para ello (...). En el apartado 3 establece Los profesionales sanitarios desarrollan, entre otras, funciones en los ámbitos asistencial, investigador, docente, de gestión clínica, de prevención de información y educación sanitaria. En el apartado 7 establece El ejercicio de las profesiones sanitarias se llevará a cabo con plena autonomía técnica y científica (...) Esta misma ley en el Art. 7 Diplomados sanitarios, en le apartado 2-b establece Fisioterapeutas: corresponde a los Diplomados universitarios en Fisioterapia la prestación de los cuidados propios de su disciplina, a través de tratamientos con medios y agentes físicos, dirigidos a la recuperación y rehabilitación de las personas con discapacidades o disfunciones somáticas, así como a la prevención de las mismas. La ley 55/2003 de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, en el capítulo II Clasificación del personal estatutario Art. 6, apartado 2.a Personal de formación universitaria se recoge los diplomados sanitarios dentro de los cuales se encuentran los fisioterapeutas. En Real Decreto 1001/2002 de 27 de septiembre por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas, en dichos estatutos, en el Capítulo I, se expone los principios básicos del ejercicio de la Fisioterapia, definiéndola y recogiendo las funciones del fisioterapeuta en sus dos primeros artículos: Art. 1. De la Fisioterapia. 1. La Fisioterapia es la ciencia y el arte del tratamiento físico; es decir, el conjunto de métodos, actuaciones y técnicas que, mediante la aplicación de medios físicos, curan y previenen las enfermedades, promueven la salud, recuperan, habilitan, rehabilitan y readaptan a las personas afectadas de disfunciones psicofísicas o a las que se desea mantener en un nivel adecuado de salud. 2. El ejercicio de la Fisioterapia incluye, además, la ejecución por el fisioterapeuta, por sí 14

mismo o dentro del equipo multidisciplinario, de pruebas eléctricas y manuales destinadas a determinar el grado de afectación de la inervación y la fuerza muscular, pruebas para determinar las capacidades funcionales, la amplitud del movimiento articular y medidas de la capacidad vital, todas ellas enfocadas a la determinación de la valoración y del diagnóstico fisioterápico, como paso previo a cualquier acto fisioterapéutico, así como la utilización de ayudas diagnósticas para el control de la evolución de los usuarios. 3. El objetivo último de la Fisioterapia es promover, mantener, restablecer y aumentar el nivel de salud de los ciudadanos a fin de mejorar la calidad de vida de la persona y facilitar su reinserción social plena. Art 2. De los fisioterapeutas. 1. Las funciones asistenciales, docentes, de investigación y de gestión del fisioterapeuta derivan directamente de la misión de la Fisioterapia en la sociedad y se llevan a cabo de acuerdo con los principios comunes a toda deontología profesional: respeto a la persona, protección de los derechos humanos, sentido de la responsabilidad, honestidad, sinceridad para con los usuarios, prudencia en la aplicación de instrumentos y técnicas, competencia profesional y solidez de la fundamentación objetiva y científica de sus intervenciones profesionales. 2. Son funciones de los fisioterapeutas, entre otras, el establecimiento y la aplicación de cuantos medios físicos puedan ser utilizados con efectos terapéuticos en los tratamientos que se prestan a los usuarios de todas las especialidades de medicina y cirugía donde sea necesaria la aplicación de dichos medios, entendiéndose por medios físicos: la electricidad, el calor, el frío, el masaje, el agua, el aire, el movimiento, la luz y los ejercicios terapéuticos con técnicas especiales, entre otras, en cardiorespiratorio, ortopedia, coronarias, lesiones neurológicas, ejercicios maternales pre y postparto, y la realización de actos y tratamientos de masaje, osteopatía, quiropraxia, técnicas terapéuticas reflejas y demás terapias manuales específicas, alternativas o complementarias afines al campo de competencia de la fisioterapia que puedan utilizarse en el tratamiento de usuarios. Estas funciones se desempeñan, entre otras, en instituciones sanitarias, centros docentes, centros de servicios sociales, instituciones deportivas, consultorios de fisioterapia, centros de rehabilitación y recuperación funcional, gimnasios, balnearios, centros geriátricos, centros educativos y de educación especial e integración, y domicilios de los usuarios. Por último en la Resolución de 29 de abril 2002 de la Secretaría General de 15

Administraciones Pública, se da publicidad a los estatutos del Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Castilla-La Mancha (D.O.C.M. 2 de mayo 2002) La propuesta de título de Grado en Fisioterapia que se presenta en este documento parte de todas las consideraciones anteriores, que se han tenido en cuenta, junto con otros referentes internos y externos, a la hora de formular las competencias. 2.2. Referentes externos a la universidad proponente que avalen la adecuación de la propuesta a criterios nacionales o internacionales para títulos de similares características académicas. (Planes de estudio de otras universidades nacionales o internacionales. Títulos del catálogo anterior. Libros blancos. Informes de colegios profesionales o asociaciones nacionales, europeas, de otros países o internacionales. Documentos relativos a los procedimientos de reconocimiento de las actuales atribuciones publicadas por los correspondientes Ministerios y Colegios Profesionales. Otros, con la justificación de su calidad o interés académico). Para la elaboración de este documento, se ha tenido en cuenta, además de la normativa y reglamentos vigentes, diferentes referencias externas que avalan nuestra propuesta: REAL DECRETO 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. RESOLUCIÓN de 14 de Febrero de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de febrero de 2008, por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Fisioterapeuta. ORDEN CIN/2135/2008, de 3 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Fisioterapeuta. Libro Blanco de Título de Grado en Fisioterapia, publicado por la ANECA en abril de 2004. En su elaboración participaron las 37 universidades españolas en las que en ese momento se impartía la titulación siendo refrendado por sus Rectores. Dicho proyecto contó con la participación de Colegios Profesionales y fue aprobado por la Conferencia Nacional de Directores de Escuelas de Fisioterapia. Propuesta Título de Grado en Fisioterapia por la Universidad Católica de Murcia evaluado favorablemente por la ANECA y por el Consejo de Universidades en Resolución de 28 de Mayo de 2008. 16

Propuesta Título de Grado en Fisioterapia por la Universidad Europea de Madrid favorablemente evaluado por la ANECA y por el Consejo de Universidades en Resolución de 28 de Mayo de 2008. Propuesta Título de Grado en Fisioterapia por la Universidad de Zaragoza favorablemente evaluado por la ANECA y por el Consejo de Universidades en Resolución de 28 de Mayo de 2008. Modalidades de Enseñanza Centradas en el Desarrollo de Competencias. Autor: Mario de Miguel Díaz. 2005. Ministerio de Educación y Ciencia. Universidad de Oviedo. Competencias Fisioterapeutas del Servicio Andaluz de Salud publicadas en el documento Gestión por competencias, Líneas Profesionales de la SGCE, Consejería de Salud de la Junta de Andalucía. Documento de Conclusiones elaboradas por los grupos de trabajo en las IV, V y VI Jornadas Nacionales del Área de Conocimiento de Fisioterapia celebradas en Universidad de Sevilla, Toledo y Granada, respectivamente, en los años 2005, 2006 y 2007. Physiotherapy. Benchmark Statement: Health Care programmes, The Quality Assurance Agency for Higher Education. 2001. Declaración Europea Referencial de Formación en Fisioterapia. European Physiotherapy Benchmark Statement, elaborado por la Región Europea de la Confederación Mundial de Fisioterapia (ER-WCPT). Versión final aprobada en Asamblea General Extraordinaria de 4 de Junio de 2003. Barcelona. Versión traducida al castellano por la Asociación Española de Fisioterapeutas en Marzo 2004. Documentos de Consenso en las Reuniones y Jornadas de la Conferencia de Directores de Escuelas Universitarias de Fisioterapia celebradas desde el año 2002 hasta la actualidad. Propuesta de las Directrices para la Elaboración de Títulos Universitarios de Grado y Máster. Elaborado por: Ministerio de Educación y Ciencia, con fecha 21 de diciembre de 2006. Reglamento para el Diseño, Elaboración y Aprobación de los planes de Estudios de Grado. Aprobado en Consejo de Gobierno de la UCLM de 17 de abril de 2008. Otros planes de estudios presentados a la ANECA referentes al Grado de Fisioterapia (Universidades de Málaga, Salamanca, Islas Baleares, Girona y Sevilla). Planes de estudio de universidades europeas e internacionales de calidad o interés contrastado en el ámbito de la Fisioterapia: Universidad Libre de Bruselas (Bélgica), 17

Universidad Lahti (Finlandia), Universidad de Oporto (Portugal). 2.3 Descripción de los procedimientos de consulta internos y externos utilizados para la elaboración del plan de estudios. (Acuerdos, informes, convenios, cartas de apoyo, información no sistematizada, etc. Especificar los colectivos internos junta de centro, comisiones específicas, dptos., profesorado, alumnos- y otros organismos o colectivos externos colegios profesionales, asociaciones, organizaciones empresariales, egresados..-, que han sido consultados en el proceso de elaboración del plan de estudios Procedimientos de consulta externos: Para la elaboración de esta propuesta se ha tenido en consideración la información aportada por distintos agentes externos, obtenida mediante la celebración de reuniones en las que se presentó un borrador de la propuesta de plan de estudios. Concretamente se han realizado las siguientes reuniones: Reunión con egresados y profesionales celebrada el día 16 de junio de 2008 Reunión con agentes sociales, cargos de gestión del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, representantes de la Consejería de Sanidad, representantes del Colegio Profesional de Fisioterapia de Castilla la Mancha, celebrada el día 7 de julio de 2008. Informe favorable del Colegio Profesional de Fisioterapia de Castilla la Mancha. Procedimientos de consulta internos: Los procedimientos internos para la elaboración de esta propuesta de plan de estudio han seguido tres líneas de actuación: 1. Creación de la Comisión de Plan de Estudios 2. Formación del profesorado 3. Actividades informativas para estudiantes Comisión de Plan de Estudios: Constitución de la Comisión Plan de Estudios de Fisioterapia E.U. Enfermería y Fisioterapia de Toledo. El 22 de Enero de 2008 se constituye la comisión, formada por La Directora de la Escuela que la preside, el Subdirector de Fisioterapia que actúa como coordinador de la elaboración de la Memoria de Verificación del Título, 5 18

profesores de la titulación, 2 representantes de estudiantes y 1 PAS. Desde entonces ha venido trabajando regularmente en la elaboración del documento de verificación. A partir del 1 de Julio de 2008 se incorporan todos los profesores del centro con dedicación completa y se intensifican las reuniones de trabajo estableciéndose 1 reunión semanal. Actividades de formación del profesorado referidas al Plan de Estudios: Durante los últimos 3 años, distintos profesores de la titulación han participado o asistido a las siguientes actividades formativas Jornada sobre el Diseño y Elaboración de los Planes de Estudio de Grado. Organizada por el Vicerrectorado de Títulos de Grado y Máster de la UCLM. 30 de Abril 2008. IX Symposium Internacional sobre el Practicum y las Prácticas en empresas en la formación universitaria. Buenas prácticas en el Practicum. Poio (Pontevedra). 27-29 Junio de 2007 VII Jornadas Interuniversitarias del Área de Conocimiento en Fisioterapia. Murcia 27 y 28 de Noviembre de 2008 Jornadas Europeas de Fisioterapia y EEES. Valencia, marzo de 2008 III y IV Encuentros Intercampus de Intercambio de Experiencias de Innovación Docente, organizados por la UCLM en los años 2007 y 2008 en Ciudad Real. Durante enero, febrero, julio y septiembre de 2007 y en enero de 2008, se han realizado diversos talleres de formación impartidos por la Unidad de Innovación y Calidad Educativas de la UCLM (UICE) y por las profesoras asesoras de la Universidad de la Frontera de Temuco (Chile). Estos talleres se encaminaron al diseño de casos de Aprendizaje Basado en Problemas, tutorías, trabajo cooperativo y elaboración de Guías del Estudiante y del Tutor. Durante el curso académico 2007/08 se ha producido la estancia de dos profesoras de la titulación en la Universidad de la Frontera Temuco (Chile), con el fin de conocer y participar en el plan de trabajo modular integrado con metodología ABP que se desarrolla en esa Universidad. Actividades de información para estudiantes referidas al Plan de Estudios: Igualmente, la E.U. de Enfermería y Fisioterapia ha organizado las siguientes actividades encaminadas a informar a los estudiantes: 19

Jornada de Alumnos de Enfermería y Fisioterapia sobre Espacio Europeo de Educación Superior, celebrada en Toledo el 25 de septiembre de 2006. Conferencia sobre Espacio Europeo de Educación Superior y el proceso de Bolonia, celebrada en Toledo el 30 de marzo de 2009, e impartida por el Vicerrector de Ordenación Académica. Junta de Centro: A lo largo de estos años, se ha sometido a aprobación de la Junta de Centro todas las propuesta de actividades mencionadas anteriormente 3.1. Competencias generales y específicas 3. OBJETIVOS OBJETIVOS La E.U. E. y Fisioterapia de Castilla La Mancha teniendo en cuenta: Las competencias del fisioterapeuta, La situación sociosanitaria y demográfica de la región castellano-manchega y, por extensión, nacional y europea, La inserción laboral más frecuente de los egresados (30% ejercicio libre, 60% sanidad privada, 10% sanidad pública) La creciente globalización de las normativas profesionales que conllevan interculturalidad y flexibilidad, considera que al finalizar sus estudios, los estudiantes deben estar capacitados para responder a los problemas de salud de la población a su cargo: Prestando atención fisioterápica adecuada e individualizada, según los problemas de salud, grupo de edad, situación social, cultural, etc. Realizando actividades fisioterápicas de prevención de las patologías más prevalentes en la población a su cargo y Realizando actividades de promoción de la salud encaminadas a educar a la población en hábitos saludables. 20

Basándonos en estos objetivos y en los que aparecen en la ORDEN CIN/2135/2008, de 3 de julio reguladora de la profesión, y teniendo en cuenta la normativa vigente referida a los estudios universitarios y a la titulación de Fisioterapia, mencionada en los puntos 2.1 y 2.2. de este documento, y en los siguientes criterios, Descriptores de Dublín Marco Europeo de Calificaciones en la Educación Superior (MECES) REAL DECRETO 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado. Orden CIN/2135/2008, de 3 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Fisioterapeuta. Criterios Específicos para el currículum nuclear. UCLM 2007 hemos establecidos dos tipos de competencias: A. Competencias Generales: son competencias relacionadas con el saber ser y el saber estar. Son habilidades personales, sociales y/o metodológicas que en el Marco Europeo de Calificaciones se describen en términos de responsabilidad y autonomía. B. Competencias Específicas: son competencias relacionadas fundamentalmente, con el saber y el saber hacer. Son los conocimientos y destrezas propias de la disciplina. Finalmente, para el diseño de esta propuesta, hemos seleccionado las competencias con arreglo a los principios marcados por el Sistema Universitario Español: Adecuación de los métodos de enseñanza y aprendizaje al objetivo de adquisición de competencias por los estudiantes. La flexibilidad y la diversidad son elementos sobre los que descansa la propuesta de ordenación de las enseñanzas oficiales como mecanismo de respuesta a las demandas de la sociedad en un contexto abierto y en constante transformación. Facilitar la movilidad de los estudiantes durante el periodo de formación y su 21

contacto con el mundo profesional. Esfuerzo del estudiante para aprender, promoviendo el aprendizaje a lo largo de la vida. Toda formación debe contribuir al conocimiento y desarrollo de los Derechos Humanos, los principios democráticos, los principios de igualdad entre mujeres y hombres, de solidaridad, de protección medioambiental, de accesibilidad universal y diseño para todos, y de fomento de la cultura de la paz. 22

COMPETENCIAS GENERALES QUE LOS ESTUDIANTES DEBEN ADQUIRIR DURANTE SUS ESTUDIOS Y QUE SON EXIGIBLES PARA OTORGAR EL TÍTULO Competencia G1 Competencia G2 Competencia G3 Competencia G4 Competencia G5 Competencia G6 Competencia G7 Competencia G8 Competencia G9 Competencia G10 Competencia G11 Competencia G12 Que los estudiantes demuestren capacidad para tomar decisiones razonadas y para resolver problemas partiendo de los conocimientos y de la información disponible dentro de su área de estudio. Que los estudiantes demuestren capacidad de organización, planificación y gestión del tiempo en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Que los estudiantes muestren capacidad de análisis y de síntesis oral y escrita e, igualmente, de elaboración y defensa de argumentos. Que los estudiantes demuestren habilidades de comunicación oral y escrita en castellano. Que los estudiantes demuestren capacidad de gestionar adecuadamente la información. Que los estudiantes demuestren capacidad y manejo de las TICs en el ámbito de estudio. Que los estudiantes demuestren conocimientos suficientes de una lengua extranjera (inglés) en el nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Que los estudiantes demuestren habilidades y actitudes para el trabajo en equipo. Que los estudiantes sepan utilizar el razonamiento crítico. Que los estudiantes demuestren sensibilidad y respeto ante las diferencias individuales y culturales de las personas en la actuación profesional. Que los estudiantes demuestren motivación por la mejora continua de la calidad en los aspectos personales y profesionales. Que los estudiantes demuestren capacidad para adaptarse a nuevas situaciones en el ámbito profesional. 23

Competencia G13 Competencia G14 Competencia G15 Competencia G16 Que los estudiantes demuestren creatividad al afrontar problemas en contextos variados. Que los estudiantes demuestren iniciativa y espíritu emprendedor. Que los estudiantes demuestren capacidad de liderazgo cuando el problema a afrontar, el equipo profesional o los valores éticos lo exijan. Que los estudiantes demuestren sensibilidad hacia temas medioambientales. Que los estudiantes manifiesten un comportamiento responsable en todas Competencia G17 Competencia G18 Competencia G19 Competencia G20 Competencia G21 Competencia G22 las actuaciones profesionales relacionadas con pacientes, familia y equipo. Que los estudiantes manifiesten interés y responsabilidad en el propio proceso de aprendizaje a lo largo de la vida. Que los estudiantes demuestren respeto, valoración y sensibilidad ante el trabajo de los demás. Que los estudiantes demuestren discreción en la relación fisioterapeutapaciente y con el equipo profesional. Que los estudiantes conozcan y se ajusten a los límites de la competencia profesional. Que los estudiantes desarrollen las habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con autonomía. Que los estudiantes demuestren poseer y comprender conocimientos en Competencia G23 Ciencias de la Salud apoyados en libros de texto avanzados y en la vanguardia de su campo de estudio. Competencia G24 Que los estudiantes incorporen la investigación científica y la práctica basada en la evidencia como cultura profesional. Competencia G25 Competencia G26 Que los estudiantes desarrollen la función docente y la utilicen tanto en contextos profesionales como no profesionales. Que los estudiantes demuestren respeto por los Derechos Humanos, atendiendo a los principios de igualdad entre hombres y mujeres, a la no discriminación y a la accesibilidad universal de las personas con discapacidad. 24

COMPETENCIAS ESPECÍFICAS QUE LOS ESTUDIANTES DEBEN ADQUIRIR DURANTE SUS ESTUDIOS Y QUE SON EXIGIBLES PARA OTORGAR EL TÍTULO Competencia E1 Competencia E2 Competencia E3 Competencia E4 Competencia E5 Competencia E6 Competencia E7 Competencia E8 Competencia E9 Competencia E10 Competencia E11 Competencia E12 Competencia E13 Que los estudiantes sepan identificar y describir sistemáticamente las estructuras anatómicas, para su aplicación en las actuaciones de Fisioterapia. Que los estudiantes sepan describir y explicar los mecanismos básicos de funcionamiento de cada sistema y de cada uno de sus órganos, y su aportación al mantenimiento de la homeostasis. Que los estudiantes sepan deducir los acontecimientos que ocurren cuando se altera alguna de las estructuras de cada uno de los sistemas o su función. Que los estudiantes comprendan las bases moleculares de las células y los tejidos. Que los estudiantes conozcan las diferentes reacciones químicas que se producen en la materia viva. Que los estudiantes comprendan los procesos y sustancias que almacenan y trasmiten la información biológica. Que los estudiantes desarrollen una concepción biopsicosocial de la persona relacionando estructura, función conducta y contexto. Que los estudiantes sepan describir y analizar el desarrollo sensoriomotor durante las distintas etapas del ciclo vital, aplicando dicho conocimiento en el tratamiento de Fisioterapia. Que los estudiantes sepan identificar los factores psicológicos y sociales que influyen en el estado de salud/enfermedad, y reflexionar sobre las posibles consecuencias de la enfermedad en el individuo, familia y comunidad. Que los estudiantes conozcan y desarrollen la teoría de la comunicación y de las habilidades interpersonales para poder aplicarlas en su área de estudio. Que los estudiantes identifiquen y expliquen los principales procesos de aprendizaje humano y las leyes y principios que los sustentan, para aplicar dicho conocimiento en la educación para la salud, en el diseño de intervenciones fisioterapéuticas, y en el propio proceso de aprendizaje a lo largo de la vida. Que los estudiantes comprendan los aspectos psicológicos presentes en la relación fisioterapeuta-paciente para optimizarla. Que los estudiantes sepan describir y explicar el funcionamiento de la atención, percepción, memoria y procesamiento de la información y relacionarlo con la toma de decisiones y solución de problemas. 25

Competencia E14 Competencia E15 Competencia E16 Competencia E17 Que los estudiantes demuestren habilidades para afrontar el estrés personal y profesional en la relación fisioterapeuta-paciente y con el equipo profesional. Que los estudiantes conozcan e identifiquen los problemas psicológicos y físicos derivados de la violencia de género, para capacitarlos en la prevención, detección precoz, la asistencia y la rehabilitación de las víctimas de esta forma de violencia. Que los estudiantes conozcan la fisiopatología, la etiología, clínica y diagnóstico, así como la orientación del tratamiento médico-quirúrgico de los síndromes y las enfermedades, en los aspectos más relevantes para la Fisioterapia. Que los estudiantes sepan describir y explicar los mecanismos implicados en la recepción, conducción y modulación del dolor, seleccionando los procedimientos fisioterapéuticos más adecuados para su tratamiento. Competencia E18 Competencia E19 Competencia E20 Competencia E21 Competencia E22 Competencia E23 Competencia E24 Que los estudiantes conozcan las pruebas complementarias habituales en el manejo de las patologías más prevalentes. Que los estudiantes sepan aplicar los principios y teorías de la biofísica a las actuaciones de Fisioterapia. Que los estudiantes sepan explicar las bases físicas del funcionamiento de los principales equipos utilizados en Fisioterapia. Que los estudiantes comprendan y expliquen los principios de la biomecánica y electrofisiología aplicados a la Fisioterapia. Que los estudiantes sepan identificar los niveles organizativos de cada estructura anatómica y relacionarlos con su comportamiento biológico y biomecánico, adaptándolo a las diferentes circunstancias y etapas del ciclo vital. Que los estudiantes demuestren conocimiento suficiente de las ciencias, los modelos, las técnicas y los instrumentos en los que se fundamenta, articula y desarrolla la Fisioterapia. Que los estudiantes conozcan y comprendan cuáles han sido los diferentes hechos y cambios históricos, que han contribuido a la configuración de la Fisioterapia como profesión y disciplina científica. 26