CRITERIOS DE ACCESIBILIDAD DE ELEMENTOS COMPARTIDOS DE EDIFICIOS DE USO PÚBLICO

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Transcripción:

CRITERIOS DE ACCESIBILIDAD DE ELEMENTOS COMPARTIDOS DE EDIFICIOS DE USO PÚBLICO A continuación se describen especificaciones técnicas de accesibilidad generales de instalaciones de carácter público, tomando como referencia la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados, del Gobierno de España. Estas pautas son recomendaciones generales que pueden servir de referencia a la hora de realizar obras o adecuar instalaciones en aquellos lugares donde no haya una normativa desarrollada en materia de accesibilidad. 1. Rampas: En un itinerario peatonal accesible se consideran rampas los planos inclinados destinados a salvar inclinaciones superiores al 6% o desniveles superiores a 20 cm y que cumplan con las siguientes características: a. Los tramos de las rampas tendrán una anchura mínima libre de paso de 1,80 m y una longitud máxima de 10 m. b. La pendiente longitudinal máxima será del 10% para tramos de hasta 3 m de longitud y del 8% para tramos de hasta 10 m de longitud. c. La pendiente transversal máxima será del 2%. d. Los rellanos situados entre tramos de una rampa tendrán el mismo ancho que esta, y una profundidad mínima de 1,80 m cuando exista un cambio de dirección entre los tramos; ó 1,50 m cuando los tramos se desarrollen en directriz recta. Se colocarán pasamanos a ambos lados de cada tramo de rampa. Serán continuos en todo su recorrido y se prolongarán 30 cm más allá del final de cada tramo. En caso de existir desniveles laterales a uno o ambos lados de la rampa, se colocarán barandillas de protección o zócalos. Al inicio y al final de la rampa deberá existir un espacio de su misma anchura y una profundidad mínima de 1,50 m libre de obstáculos, que no invada el itinerario peatonal accesible. Se señalizarán los extremos de la rampa mediante el uso de una franja de pavimento táctil indicador direccional, colocada en sentido transversal a la marcha. Página 1 de 6

2. Escaleras: Las escaleras que sirvan de alternativa de paso a una rampa situada en el itinerario peatonal accesible, deberán ubicarse colindantes o próximas a ésta. Los tramos de las escaleras cumplirán las siguientes especificaciones: a. Tendrán 3 escalones como mínimo y 12 como máximo. b. La anchura mínima libre de paso será de 1,20 m. c. Su directriz será preferiblemente recta. Los escalones tendrán las siguientes características: a. Una huella mínima de 30 cm y una contrahuella máxima de 16 cm. En todo caso la huella H y la contrahuella C cumplirán la relación siguiente: 54 cm [ilegible] 2C + H [ilegible] 70 cm. b. No se admitirán sin pieza de contrahuella o con discontinuidades en la huella. c. En una misma escalera, las huellas y contrahuellas de todos ellos serán iguales. d. El ángulo formado por la huella y la contrahuella será mayor o igual a 75º y menor o igual a 90º. e. No se admitirá bocel. f. Cada escalón se señalizará en toda su longitud con una banda de 5 cm de anchura enrasada en la huella y situada a 3 cm del borde, que contrastará en textura y color con el pavimento del escalón. Los rellanos situados entre tramos de una escalera tendrán el mismo ancho que ésta, y una profundidad mínima de 1,20 m. Se señalizarán los extremos de la escalera mediante el uso de una franja de pavimento táctil indicador direccional, colocada en sentido transversal a la marcha, siguiendo los parámetros establecidos en el artículo 46 de la citada orden. 3. Ascensores. Los ascensores vinculados a un itinerario peatonal accesible deberán garantizar su utilización no discriminatoria por parte de todas las personas. No podrá existir ningún resalte entre el pavimento del itinerario peatonal accesible y el acceso al ascensor. Entre el suelo de la cabina y el pavimento exterior no podrá existir un espacio superior a 35 mm de anchura. Página 2 de 6

Las dimensiones mínimas en el interior de la cabina se calcularán según el número y posición de las puertas de que disponga: a. Cabinas de una puerta: 1,10 1,40 m. b. Cabinas de dos puertas enfrentadas: 1,10 1,40 m. c. Cabinas de dos puertas en ángulo: 1,40 1,40 m. Las puertas serán de apertura automática y parcialmente transparentes, de manera que permitan el contacto visual con el exterior. Dejarán un ancho de paso libre mínimo de 1,00 m y contarán con un sensor de cierre en toda la altura del lateral. Se colocarán pasamanos en las paredes de la cabina donde no existan puertas. La zona de asimiento de los pasamanos deberá tener una sección transversal de dimensiones entre 30 y 45 mm, sin cantos vivos. El espacio libre entre la pared y la zona a asir debe ser de 35 mm, como mínimo. La altura del borde superior de la zona a asir debe estar comprendida entre 900 ± 25 mm medidos desde el suelo de la cabina. La botonera exterior e interior del ascensor se situará entre 0,70 m y 1,20 m de altura. En el exterior, deberá colocarse en las jambas el número de la planta en braille, y en el interior, los botones de mando estarán dotados de números en braille. En ambos casos estarán acompañados por caracteres arábigos en relieve y con contraste cromático respecto al fondo. El botón correspondiente al número 5 dispondrá de señalización táctil diferenciada. La cabina contará con un indicador sonoro y visual de parada y de información de número de planta. También dispondrá de bucle de inducción magnética. En el exterior de la cabina y colindante a las puertas deberá existir un espacio donde pueda inscribirse un círculo de 1,50 m de diámetro mínimo libre de obstáculos, que no invada el itinerario peatonal accesible. En el exterior de la cabina se dispondrán franjas de pavimento táctil indicador direccional colocadas en sentido transversal a la marcha frente a la puerta del ascensor, en todos los niveles. 4. Aseos Las cabinas de aseo dispondrán en el exterior de un espacio libre de obstáculos en el que se pueda inscribir un círculo de 1,50 m delante de la puerta de acceso; dicho espacio en ningún caso coincidirá con el itinerario peatonal accesible, ni con el área barrida por la apertura de la puerta de la cabina. Página 3 de 6

La cabina de los aseos no debe estar totalmente aislada del exterior: puerta con abertura superior o inferior. El acceso estará nivelado con el itinerario peatonal accesible y no dispondrá de resaltes o escalones. La puerta de acceso será abatible hacia el exterior, o corredera y tendrá una anchura libre de paso mínima de 0,80 m. El mecanismo de cierre de la puerta será de fácil manejo (accionamiento con un movimiento horizontal, sin tener que realizar un tiro de muñeca) y posibilitará su apertura desde el exterior en caso de emergencia. Debe contar con indicación de libre u ocupado. Junto a la puerta en el interior de la cabina habrá un espacio libre de obstáculos que permita inscribir un círculo de 1,50 m. La altura mínima en el interior de la cabina será de 2,20 m. La altura para colocar el interruptor debe oscilar entre 0,80 y 0,20 m y no debería estar provisto de un temporizador (problemas e desorientación momentánea y peligro de tropezar con algún elemento). La cabina dispondrá de un lavabo con un espacio libre inferior que permita la aproximación de una persona en silla de ruedas y su cara superior estará a una altura máxima de 0,85 m. Los mecanismos de accionamiento de lavabos y duchas serán pulsadores o palancas de fácil manejo. Tanto los grifos como demás mecanismos y elementos manipulables de la cabina de aseo (accesorios sanitarios, tipo jaboneras, secador de manos, etc.) estarán ubicados a una altura máxima de 0,95 m. El inodoro tendrá el asiento a una altura entre 0,45 m y 0,50 m y dispondrá de un espacio lateral de 0,80 m de ancho para la transferencia desde una silla de ruedas. Se instalará una barra de apoyo fija en la lateral del inodoro junto a la pared y una barra de apoyo abatible junto al espacio lateral de transferencia. Las barras de apoyo se situarán a una altura entre 0,70 m y 0,75 m, y tendrán una longitud mínima de 0,70 m. Cuando las cabinas dispongan de ducha, su área de utilización deberá estar nivelada con el pavimento circundante. Dispondrá de un asiento de 0,40 m de profundidad por 0,40 m de anchura, ubicado a una altura entre 0,45 m y 0,50 m. El asiento tendrá un espacio lateral de 0,80 m de ancho para la transferencia desde una silla de ruedas. Página 4 de 6

5. Entrada del centro El centro debe disponer de plazas de aparcamiento reservadas para personas con discapacidad En caso de ser necesario el cambio de nivel para llegar a la entrada se requerirán escaleras, rampas y/o ascensores accesibles en base a los términos anteriormente mencionados. El recorrido debe ser antideslizante tanto en seco como en mojado, estable y ausente de gravilla: Puerta ancha: La puerta de acceso principal debe ser fácilmente localizable con una anchura mínima de paso de 0,80 m y estar dotada de un mecanismo de apertura fácil de utilizar por toda la población. Las puertas con hojas totalmente transparentes dispondrán de señalización horizontal que contraste con el entorno, para hacerlo perceptible a las personas con discapacidad visual 6. Espacios comunes en el interior del centro: Señalización adecuada: Las señales y paneles informativos interiores y exteriores deben ser claramente perceptibles y comprensibles por cualquier persona y el color de los caracteres debe contrastar suficientemente con el del fondo y éste, a su vez, con el de su entorno. Mostrador adaptado: Disposición de varias alturas de mostrador (110 y 80 cm) y espacio inferior libre para permitir la aproximación del usuario Dimensión acorde a las necesidades de uso en los periodos de tiempo de máximo uso, en función del número de personas previstas. Disponibilidad de asientos cuando el tiempo de espera se prevea superior a 15 minutos y espacio para sillas de ruedas en la zona de espera. Estos asientos deben ser firmes y de la altura adecuada, para permitir levantarse con facilidad. Pasillos amplios: pasillos amplios para poder maniobrar con silla de ruedas, en caso de que haya algún alumno/a con estas características El ancho de los pasillos debe contemplar el cruce entre diferentes usuarios. Además debe existir un espacio que permita el giro en silla de ruedas (1,20 m, como mínimo, para giros de 90º). Los pasillos deben estar libres de obstáculos que puedan producir situaciones de riesgo o situaciones de desorientación (las personas ciegas utilizan la pared para orientarse en determinados recorridos) Las puertas de vidrio y las grandes superficies acristaladas deben señalizarse con franjas de color que contrasten claramente con el fondo, colocadas a la Página 5 de 6

altura de los ojos (1,10 m-1,70 m) para ser detectadas correctamente a nivel visual Esquinas redondeadas: Las aristas de las diferentes superficies (mostradores, mesas) deben ser romos para evitar posibles accidentes. El suelo debe ser antideslizante (tanto en seco como en mojado), sin rugosidades y estable Las puertas interiores deben permitir el acceso de todos las personas usuarias (mínimo: 0,80 m de ancho), teniendo en cuenta que serán utilizadas por más de un usuario a la vez (en diferente o en la misma dirección) y que, además, pueden ir cargados con libros, mochilas, etc. 7. Aula: Las dimensiones y la distribución del mobiliario en las aulas deben permitir el desplazamiento de una persona que utilice ayudas técnicas para su movilidad. Para ello, se crearán zonas de paso de anchura mínima de 1,20 m, y algún espacio libre en el que se pueda inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro, como máximo cada 10 m. Las mesas deben permitir la aproximación frontal de un/a usuario/a de silla de ruedas por lo que (en el caso de personas adultas) contarán con una altura libre mínima de 0,70 cm desde el suelo a la parte inferior del tablero. (Posibilidad de contar con mesas de distintos tamaños y altura regulable para adaptarse a los diferentes usuarios. Las sillas deben ser de uso individual, y no tipo banco para dos o más personas, para que puedan sustituirse por sillas especiales, si fuera necesario. Evitar las sillas con pala El color del mobiliario debe contrastar con el del suelo y las paredes. En caso de que el aula disponga de estrado, éste debe ser accesible a profesorado, formadores/as o ponentes con movilidad reducida. La iluminación será uniforme y sin reflejos y se contará con sistemas de apoyo para la audición como el bucle que mejora la señal auditiva para usuarios/as de prótesis auditivas (audífono e implante coclear). Página 6 de 6