CAPÍTULO I Propósitos Artículo 1. Estimular la participación deportiva de los estudiantes de Educación Superior. Artículo 2. Lograr por medio del deporte, el intercambio de ideas y experiencias que promuevan una relación humana más solidaria, para obtener un mejor desarrollo humano. CAPÍTULO II Disposición General Artículo 3. El torneo de Natación está sometido a los Estatutos y Reglamentos de LA Organización Deportiva Universitaria de Centroamérica y del Caribe (ODUCC) y al Reglamento Internacional de Natación. Al inscribirse, las y los deportistas, miembros del cuerpo técnico y delegados aceptan que las conocen y se someten a las mismas. Las competencias se realizarán en la rama masculina y femenina. CAPÍTULO III De la Organización Artículo 4. Las competencias se realizarán en la Piscina Olímpica Eilien Copas Ropa, dentro de las fechas del programa establecido por la Comisión Técnica del Comité Organizador y ODUCC para la edición de los XV Juegos Deportivos Universitarios Centroamérica y del Caribe 2015. Artículo 5. La Comisión Técnica del Comité Organizador tendrá a su cargo la organización y dirección del evento. Artículo 6. El evento se normará por los Estatutos y Reglamentos de la Organización Deportiva Universitaria de Centroamérica y el Caribe (ODUCC) y el Reglamento Internacional de Natación. CAPÍTULO IV Participación e Inscripción Artículo 7. Según lo estipulado en el Estatuto y Reglamento de la Organización Deportiva Universitaria de Centroamérica y el Caribe (ODUCC). Normas Específicas: Natación Página 1
CAPÍTULO V De la Competencia Artículo 8. Los miembros del cuerpo técnico y delegados están obligados a infundir en sus atletas el mayor espíritu de disciplina, respeto y acatando éstos sin protesta las decisiones de los jueces, procurando que la competición transcurra con toda normalidad. Ningún atleta podrá retractarse de integrarse a la competencia el día, hora e instalación deportiva indicado por el Comité Organizador. Artículo 9. La competencia se regirá por el Estatuto y Reglamento de (ODUCC), y el Reglamento de la Federación Internacional de Natación. Artículo 10. El o la deportista que no presente identificación oficial de los Juegos, no podrá participar en la competencia. Los casos de excepción serán resueltos por el Comisionado Técnica de Natación. Artículo 11. Las competencias no podrán suspenderse excepto por mal estado de las instalaciones, por intromisión del público, Únicamente el Comisionado Técnico y los Jueces podrán suspender una competencia. En todo caso el Área Técnica resolverá cualquier situación tomando en cuenta todos los elementos de juicio para una mejor resolución. Artículo 12. Atletas, miembros del cuerpo técnico y delegados que se encuentran en estado de ebriedad o con aliento alcohólico, no se les permitirá su participación, ya sea por los jueces o el comisionado técnico. Artículo 13. Para efectos de establecer las clasificaciones, cuando un equipo se retire o sea sancionado con su exclusión de la competencia, se considerará como si no hubiese participado en la misma. Artículo 14. No se permitirá el uso de ningún aparato de comunicación o informático por parte de los competidores (as). Normas Específicas: Natación Página 2
CAPÍTULO VI De los jueces / árbitros Artículo 15. Los jueces que se designen para dirigir las competencias, deberán contar con carnet o certificación internacional que lo acredite como tal y será designado por el Comité Organizador. Artículo 16. La labor de los jueces no podrá ser apelada por ningún país Artículo 17. Los jueces deben presentarse como mínimo 60 minutos antes de la hora oficial de las competencias. Artículo 18. El informe de los jueces y las listas de los(as)nadadores (as) que participan en una ronda, deberán ser entregadas al Comisionado Técnico, máximo una hora después de realizada la misma. CAPÍTULO VII De la Apelaciones Articulo 19. Todas las protestas serán presentadas bajo el procedimiento establecido en el Reglamento Internacional de Natación. CAPÍTULO VIII Faltas Disciplinarias y Sanciones De la normativa aplicable Artículo 20. Según lo estipulado en el Estatuto y Reglamento de ODUCC, sobre Faltas Disciplinarias y Sanciones. CAPÍTULO IX Aspectos Técnicos Artículo 21. Cada país podrá inscribir un máximo de dos (2) nadadores en cada prueba individual y un equipo en la pruebas de relevos, en cada género. Artículo 22. Un nadador podrá participar en un máximo de tres (3) pruebas individuales más dos de relevos. Artículo 23. Para que una prueba sea oficial deben estar inscrito al menos tres nadadores de tres países diferentes en cada evento. Sin embargo si a la hora de realizarse la prueba no se presenta alguno (s) de los o las nadadores la prueba será oficial y se contabilizarán los puntos. Artículo 24. En el momento de inscripción de los y las deportistas cada país debe indicar los tiempos oficiales de inscripción en competencias realizadas Normas Específicas: Natación Página 3
entre los meses de marzo y diciembre del 2014, avalados por la Asociación o Federación de cada país, la certificación oficial debe ser entregada en el Congresillo Técnico. Artículo 25. Durante el Congresillo Técnico previo al evento se podrá inscribir a un atleta en otra prueba, siempre y cuando este sea previamente inscrito en los plazos establecidos por la organización. Artículo 26. Se utilizará el cronometraje electrónico o bien el cronometraje manual según FINA. Artículo 27. Las pruebas en competencia del torneo serán: COMPETENCIA GÉNERO 50 y 100 mts. Libre 50 y 100 mts. Dorso 50 y 100 mts. Pecho 50 y 100 mts. Mariposa 200 mts libres 200 mts. pecho 200 mts. dorso 200 mts. mariposa 200 mts. combinado individual 4 X 50 mts. Relevo Combinado 4 x 100 mts. Relevo Combinado 4 X 50 mts. Relevo Libre 4 x 100 mts. Relevo Libre Artículo 28. Las pruebas serán finales por tiempo contra reloj. Artículo 29. El sistema de puntuación para pruebas individuales será: Primer lugar Segundo lugar 9 puntos 7 puntos Normas Específicas: Natación Página 4
Tercer lugar Cuarto lugar Quinto lugar Sexto lugar Séptimo lugar Octavo lugar 6 puntos 5 puntos 4 puntos 3 puntos 2 puntos 1 puntos Artículo 30. La inscripción se realizará de acuerdo a las fechas determinada por el Comité Organizador. Normas Específicas: Natación Página 5
CAPÍTULO X De la premiación Artículo 31. Premios, diplomas y distinciones El Comité Organizador otorgará premios individualmente y por equipos vencedores. a. Para los atletas: a.1. Al primer lugar: medalla de oro a.2. Al Segundo lugar: medalla de plata a.3. Al Tercer lugar: medalla bronce (De acuerdo a reglamentos internacionales se premiarán dos terceros lugares). b. Por deporte en ambos sexos: b.1. Primer lugar: trofeo a cada equipo b.2. Segundo lugar: trofeo a cada equipo b.3. Tercer lugar: trofeo a cada equipo Artículo 32. Todos los participantes en los XVJuegos Deportivos Universitarios Centroamérica, recibirán un diploma de participación. CAPÍTULO XI De la Programación Artículo 33. Se realizará al finalizar la inscripción nominal de los países. Normas Específicas: Natación Página 6