CATEGORÍAS DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES INCLUIDAS EN EL ÁMBITO PRTR-España (Anexo I RD 508/2007)

Documentos relacionados
Ley 16/2002 de 1 de julio de Prevención y Control integrados de la Contaminación ANEXO I.

Instalaciones sometidas a la Autorización de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

ANEXO IV-Categorías de actividades e instalaciones contempladas en el artículo 47 sujetas a autorización ambiental integrada

ANEXO I-Categorías de actividades sujetas a autorización ambiental integrada

LEY LEY 16/2002, de 1 de julio, DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN. (BOE nº157 de 2 de julio de 2002)

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

ANEJO 1 Categorías de actividades e instalaciones contempladas en el artículo 2

PROGRAMA DE INSPECCIÓN MEDIOAMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA

7 de Abril de 2015 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Cuestionario de Responsabilidad

Informe de explotación de datos PRTR 2011 en la Comunidad de Madrid

MINISTERIOS CIENCIA, TECNOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Índice. España? a? 2. Marco legal 3. Estructura PRTR-Espa. España. 5. Búsqueda información n disponible en PRTR-Espa

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

AUTORIZACIONES AUTORIZACIÓN: SC-I-NP-XV-00071

Anexo II. CATEGORÍAS DE DESECHOS requieren una consideración especial. Y47 - Residuos procedentes de la incineración de residuos domésticos

RESIDUOS AUTORIZADOS

9/2005, (BORM

DOCUMENTO DE APOYO DAP-1: ACTUACIONES Y REQUERIMIENTOS (LISTA DE ACTUACIONES CON INDICACIÓN DE LOS REQUERIMIENTOS QUE DEBEN CUMPLIR RESPECTO A LA EIS)

SISTEMA NACIONAL DE DECLARACIÓN DE RESIDUOS (SINADER)

ANEXO IV: CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS SEGÚN CONVENCIÓN DE BASILEA

CRITERIOS PARA LA NOTIFICACIÓN AL REGISTRO PRTR DE EMISIONES DERIVADAS DE LAS ACTIVIDADES GANADERAS EXISTENTES EN ARAGÓN

A1 DESECHOS METÁLICOS O QUE CONTENGAN METALES

ORDEN FORAL 448/2014, de 23 diciembre Agilización y simplificación administrativa

Unidad 15. Los residuos

Consumos anuales (MWh) - MURCIA (Región de) - TOTAL

Necesidad de regular la gestión de residuos de origen industrial y de actividades de servicios (NO Residuos Peligrosos, NO R.S.U.).

Encuesta sobre el Medio Ambiente en la Industria. Resultados relativos a la Generación de Residuos en la Industria 1 Año 2010

El sector del Metal en la Comunidad Autónoma Vasca

INVENTARIO NACIONAL DE EMISIONES DE GASES Y COMPUESTOS DE EFECTO INVERNADERO INFORMACION DE INTERÉS NACIONAL

BASES DE DATOS MEDIOAMBIENTAL

DIRECTIVA 96/61/CE DEL CONSEJO de 24 de septiembre de 1996 relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación

LEGISLACIÓN AMBIENTAL APLICABLE EN LA COMUNIDA DE MADRID

LISTA DE OBRAS O ACTIVIDADES SOMETIDAS AL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN INDIVIDUALIZADA DE IMPACTO AMBIENTAL

ANEJO 4 ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS MEJORA DEL ABASTECIMIENTO DE AGUAS AYUNTAMIENTO DE SAN LEONARDO DE YAGÜE

Dirección General de Calidad Ambiental.

Ayuntamiento de Gijón/Xixón

Generación de residuos industriales. 1. Objeto

Cuadro 29. VALOR AGREGADO EN ACTIVIDADES ECONÓMICAS VARIAS EN LA REPÚBLICA, SEGÚN Y PROVINCIA ACTIVIDAD ECONÓMICA: CENSOS ECONÓMICOS 2011

Categoría Ley 16/2002

ANEXO I Proyectos sometidos a la evaluación ambiental ordinaria regulada en el Título II, capítulo II. Grupo 1. Ganadería.

C:\96-61-CE.HTM 13/12/01

Edafología CONTAMINACION POR METALES PESADOS

Generación de residuos industriales. 1. Objeto

DEFINICIÓN CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN SEGÚN SU: CLASIFICACIÓN LEGAL TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS

Directiva 96/61 sobre prevención y control integrados de la contaminación

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CER-Stat Rev * Residuos que contienen sustancias peligrosas Residuos de minerales naturales 1 Peligrosos

REPUBLICA DE COLOMBIA. Ministerio del Medio Ambiente RESOLUCION 619 DEL 7 DE JULIO DE 1997

Dr. José Adolfo Herrera Martín. 3. La gestión de los residuos peligrosos en obra

Inventario de Residuos No Peligrosos de la Comunidad Autónoma del País Vasco

RESOLUCIÓN 619 DE 1997 (Julio 7)

DIRECTIVA 96/61/CE DEL CONSEJO de 24 de septiembre de 1996 relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación

TOTAL... 4,4 2,3 3,7 5,1 IMPORTACIÓN... 10,0 4,4 5,8 7,6 AGRICULTURA ,3-9,3 2,1 15,0. Productos Agropecuarios ,3-9,3 2,1 15,0

TEMA 9: PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN (IPPC)

En 2014 se recogieron 459,1 kilogramos de residuos urbanos por habitante, un 4,5% menos que en el año anterior

Indicadores de eficiencia energética en los sectores industrial y primario

Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación Marco legal y régimen jurídico de la Autorización Ambiental Integrada CEPCO

INVENTARIO DE RESIDUOS PELIGROSOS DE CASTILLA-LA MANCHA 2012

República de Panamá CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Instituto Nacional de Estadística y Censo

ANEXO II-Categorías de actividades sujetas a licencia ambiental

Categorías de actividades sujetas a licencia ambiental

Catálogo de residuos de Andalucía

Lefebvre-El Derecho, S.A. 1 EDITORIAL JURIDICA - AUTORIZADOS - DIANA BARROSO

Prevención y control integrado de la contaminación

Página 109. Cuadro AIII.1 Progresividad e intervalos de los aranceles aplicados, 1999 y 2003 (Porcentaje) Arancel 2003 Desviación típica

INDUSTRIA DEL BAKERY CHILENA UNA MIRADA GLOBAL. Presentación Sectorial Panadería-Pastelería Tradicional

ProChile Departamento Desarrollo Estratégico

ANEXO 1 Categorías de actividades sujetas a licencia ambiental

Operaciones y procesos. Vertido

01 Residuos de la prospección, extracción de minas y canteras y tratamientos físicos y químicos de minerales.

(1) Primer Segundo Tercer Cuarto. 1 Producción de carne y productos cárnicos

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

Análisis del Consumo de Agua en instalaciones IPPC en la Comunidad de Madrid

El consumo energético de las empresas industriales se redujo un 11,8% en 2009 respecto al registrado dos años antes

TABLA II.11 MAGNITUDES Y TASAS DE VARIACION A POBLACION CONSTANTE

Generación de residuos industriales no peligrosos

FIBRAS CERÁMICAS REFRACTARIAS

HORARIOS DE CLASES PARA INSCRIPCIÓN DEL CICLO II 2009 CARRERA: LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS

RECICLAJE Y ALMACENAMIENTO

La industria española generó 40,2 millones de toneladas de residuos en 2009, un 19,6% menos que el año anterior

Asignación de recursos para utilizar en Proyectos de Investigación a la SCTyP de la Facultad Regional Trenque Lauquen.

Materiales de uso técnico. La Madera y los Metales

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Índice de precios de la industria manufacturera (2001=100)

Estadistícas sobre los residuos Encuesta sobre la Recogida y Tratamiento de Residuos 2011

La industria española genera 59,3 millones de toneladas de residuos, un 1,9% menos que el año anterior

Ámbito material de la norma

MODELO EUROPEO DE PRODUCCIÓN DE HUEVOS

1 Producción de carne y productos cárnicos Procesamiento y conservación de pescado y de productos de pescado

PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN

RELEVAMIENTO DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS

ANEXO I CATEGORÍAS DE ACTUACIONES SOMETIDAS A LOS INSTRUMENTOS DE PREVENCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

(Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad) COMISIÓN

Materiales y su aplicación. Clasificación de los materiales La manera más general de clasificación de los materiales es la siguiente:

Estadísticas sobre Generación y Tratamiento de residuos Encuesta sobre la Recogida y Tratamiento de Residuos 2012

GESTIÓN DE RESIDUOS Y RESIDUOS PELIGROS

Ley 9/2005, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios año 2006.

DECLARACIÓN ANUAL SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA (Art del Decreto 5/2012, de 17 de enero)

ANUARIO ESTADÍSTICO DE ARTEMISA 2015 CAPÍTULO 9: INDUSTRIA MANUFACTURERA

Transcripción:

CATEGORÍAS DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES INCLUIDAS EN EL ÁMBITO -España (Anexo I RD 508/2007) ACTIVIDADES INCLUIDAS EN LA LEY IPPC 1.-INSTALACIONES DE COMBUSTIÓN Ley IPPC 1.1 1.c) Instalaciones de combustión > 50 MW. 1.2 1.a) Refinerías de petróleo y gas. 1.3 1.d) Coquerías. 1.4 1.b) Instalaciones de gasificación y licuefacción de carbón. 2.- PRODUCCIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE METALES Ley IPPC 2.1 2.a) Instalaciones de calcinación o sinterización de minerales metálicos incluido el mineral sulfuroso. 2.2 2.b) Producción de fundición o aceros brutos (capacidad > 2,5 t/h). 2.3 2.c) Instalaciones para la transformación de metales ferrosos siguiendo algunos de los procesos siguientes: a) 2.c.i) Laminado en caliente (capacidad > 20 t acero bruto/h). b) 2.c.ii) Forjado con martillos (energía de impacto > 50 kj por martillo y potencia térmica > 20 MW). c) 2.c.iii) Galvanización (capacidad > 2 t acero bruto/h). 2.4 2.d) Fundiciones de metales ferrosos (capacidad producción > 20 t/día). 2.5 2.e) Instalaciones: a) 2.e.i) Producción de metales en bruto no ferrosos. b) 2.e.ii) Fusión de metales no ferrosos (> 4 t/día plomo y cadmio ó > 20 t/día resto de metales). 2.6 2.f) Tratamiento de superficie por procedimiento electrolítico o químico (vol. de cubetas o líneas completas > 30 m3). 3.- INDUSTRIAS MINERALES Ley IPPC 3.1 3.c) Instalaciones: 3.c.i) Fabricación de cemento o clinker en hornos rotatorios con una capacidad de producción superior a 500 t/día. 3.c.ii) Fabricación de cal en hornos rotatorios con una capacidad de producción superior a 50 t/día. 3.c.iii) Fabricación de cemento, clinker o cal en hornos de otro tipo con una capacidad de producción superior a 50 t/día. 3.2 3.d) Instalaciones para la obtención de amianto y productos a base de amianto. 3.3 3.e) Instalaciones para la fabricación de vidrio incluida la fibra de vidrio (capacidad de fusión > 20 t/día) 3.4 3.f) Instalaciones para la fundición de materiales minerales, Página 1 de 5

incluida la fabricación de fibras minerales (capacidad de fundición > a 20 t/día). 3.5 3.g) Instalaciones para la fabricación de productos cerámicos mediante horneado (capacidad de producción >75 t/día y/o capacidad de horneado >4m 3 y >300 kg/m 3 densidad carga por horno). 4.-INDUSTRIA QUÍMICA Ley IPPC Instalaciones químicas para la fabricación a escala 4.1 4.a) industrial mediante transformación química, de productos químicos orgánicos de base, en particular: a) 4.a.i) Hidrocarburos simples. b) 4.a.ii) Hidrocarburos oxigenados. c) 4.a.iii) Hidrocarburos sulfurados. d) 4.a.iv) Hidrocarburos nitrogenados. e) 4.a.v) Hidrocarburos fosforados. f ) 4.a.vi) Hidrocarburos halogenados. g) 4.a.vii) Compuestos orgánicos metálicos. h) 4.a.viii) Materias plásticas de base (polímeros, fibras sintéticas, fibras a base de celulosa). i) 4.a.ix) Cauchos sintéticos. j) 4.a.x) Colorantes y pigmentos. k) 4.a.xi) Tensioactivos y agentes de superficie. Instalaciones químicas para la fabricación, a escala 4.2 4.b) industrial mediante transformación química, de productos químicos inorgánicos de base como: a) 4.b.i) Gases. b) 4.b.ii) Ácidos. c) 4.b.iii) Bases. d) 4.b.iv) Sales. e) 4.b.v) No metales, óxidos metálicos u otros comp. Inorgánicos. 4.3 4.c) Fabricación de fertilizantes a base de fósforo, de nitrógeno o de potasio. 4.4 4.d) Fabricación de productos de base fitofarmacéuticos y biocidas. 4.5 4.e) Procedimiento químico o biológico para fabricación de medicamentos de base. 4.6 4.f) Fabricación de explosivos. 5.-GESTIÓN DE RESIDUOS (Excluidas las actividades e instalaciones en las que, en su caso, resulte de aplicación lo establecido en el artículo 14 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos). Ley IPPC 5.1 5.a) Valorización o eliminación de residuos peligrosos (capacidad >10 t/día). 5.2 5.b) Incineración de los residuos municipales (capacidad >3 t/h). 5.3 5.c) Eliminación de residuos no peligrosos (capacidad > 50 t/día). 5.4 5.d) Vertederos (recepción >10 t/día o capacidad total >25.000 t, Página 2 de 5

6.- INDUSTRIA DEL PAPEL Y CARTÓN Ley IPPC excluidos residuos inertes). 6.1 - Instalaciones industriales destinadas a la fabricación de: a) 6.a) Pasta de papel. b) 6.b) Papel y cartón (capacidad >20 t/día). 6.2 4.a) viii Producción y tratamiento de celulosa (capacidad >20 t/día). 7.- INDUSTRIA TEXTIL Ley IPPC 7.1 9.a) 8.- INDUSTRIA DEL CUERO Instalaciones para el tratamiento previo o tinte de fibras o productos textiles (capacidad >10 t/día). Ley IPPC 8.1 9.b) Instalaciones para el curtido de cueros (capacidad >12 t producto acabado/día). 9.- INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y GANADERA Ley IPPC 9.1 Instalaciones para: a) 8.a) Mataderos (capacidad producción canales >50 t/día). b) 8.b) b.1) b.2) 8.b.i) 8.b.ii) c) 8.c) 9.2 5.e) 9.3 7.a) a) 7.a.i) b) 7.a.ii) c) 7.a.iii) d) 7.a.ii) o 7.a.iii) Tratamiento y transformación destinados a la fabricación de productos alimenticios a partir de: Materia prima animal (que no sea la leche) (capacidad producción producto acabado >75 t/día). Materia prima vegetal (capacidad producción producto acabado >300 t/día). Tratamiento y transformación de leche (leche recibida >200 t/día). Eliminación o aprovechamiento de canales o desechos animales (capacidad >10 t/día). Instalaciones destinadas a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos que dispongan de más de: Cría intensiva de aves de corral (>40.000 emplazamientos). Cría intensiva de cerdos ( >2000 plazas para cerdos de más de 30 kg. y >2500 plazas para cerdos de más de 20 kg.) Cría intensiva de cerdas: - 750 plazas para cerdas reproductoras. - 530 plazas para cerdas en ciclo cerrado. - 530 cerdas en ciclo cerrado equivalen a las 750 reproductoras. Explotaciones mixtas en las que coexistan animales de los apartados b) y c) de la categoría 9.3. El número de animales para determinar la inclusión de la instalación se Página 3 de 5

determinará de acuerdo con las equivalencias en Unidad Ganadera Mayor (UGM) del Real Decreto 324/2000. 10.- CONSUMO DE DISOLVENTES ORGÁNICOS Ley IPPC 10.1 9.c) 11.- INDUSTRIA DEL CARBONO Ley IPPC Tratamiento de superficies con disolventes orgánicos (capacidad de consumo > 200 t/año). 11.1 9.d) Fabricación de carbono o grafito. ACTIVIDADES NO INCLUIDAS EN LA LEY IPPC SECTOR ENERGIA 1 e) UMBRALES (1) Laminadores de carbón. Con una capacidad de 1 tonelada por hora 1 f) Instalaciones de fabricación de productos del carbón y combustibles sólidos no fumígenos. INDUSTRIA MINERAL 3 a) 3 b) INDUSTRIA QUÍMICA 4 f ) GESTIÓN DE RESIDUOS 5 f) 5 g) UMBRALES (1) Explotaciones mineras subterráneas y operaciones conexas. Explotaciones a cielo abierto y canteras. Cuando la superficie de la zona en la que efectivamente se practiquen operaciones extractivas equivalga a 25 hectáreas UMBRALES (1) Instalaciones para la fabricación de productos pirotécnicos. UMBRALES (1) Instalaciones de tratamiento de aguas residuales urbanas. Instalaciones industriales independientes de tratamiento de aguas residuales derivadas de una o varias actividades del presente anexo. Con una capacidad de 100.000 equivalentes-habitante. Con una capacidad de 10 000 m3 por día. Página 4 de 5

FABRICACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE MADERA 6 b ) UMBRALES (1) Plantas industriales para la fabricación de otros productos básicos de la madera. Plantas industriales para la 6 c) conservación de madera y productos derivados con sustancias químicas. GANADERÍA Y ACUICULTURA INTENSIVA 7 b) OTRAS ACTIVIDADES 9 e) 20 toneladas por día. 50 m3 por día. UMBRALES (1) Acuicultura intensiva. 1 000 toneladas de peces y crustáceos por año UMBRALES (1) Instalaciones destinadas a la construcción, pintura o decapado de buques. Con una capacidad para buques de 100 m de eslora. (1).- Un asterisco () indica que no se aplica ningún umbral de capacidad (todos los complejos que realicen algunas de estas actividades industriales están sujetos a cumplir los requisitos de información, independientemente de su capacidad de producción o tamaño). NOTA: En este documento se describen las instalaciones o complejos y actividades industriales que deben de cumplir con los requerimientos de información ambiental establecidos en el Real Decreto 508/2007. Las instalaciones o complejos se entenderán incluidas en el ámbito de el -España cuando realicen una o varias de las actividades incluidas en este documento, sea o no ésta su actividad principal, y siempre que se superen los umbrales descritos en cada categoría de actividad. En todo caso, si un mismo titular realiza diversas actividades de la misma categoría en la misma instalación o en el mismo lugar de emplazamiento, se sumarán las capacidades de dichas actividades. Asimismo, se indican los códigos de las categorías de actividades industriales especificados en la Ley 16/2002, de 1 de julio, y en el Reglamento 166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo. Estos códigos deben ser notificados como identificativos de la actividad industrial. En los casos en los que una misma actividad esté identificada por las dos codificaciones, ambas deberán ser notificadas. Por otro lado, se describen las actividades industriales que, no siendo actividades descritas en el anejo 1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, y por tanto no sujetas a Autorización Ambiental Integrada, sí deben cumplir los requisitos de información de este Real Decreto. En este caso, para la identificación de las actividades industriales sólo debe tenerse en cuenta la codificación dada por el. Página 5 de 5