CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA EXCMA

Documentos relacionados
En Huelva, a de Enero de 2008.

III OTRAS RESOLUCIONES

III OTRAS RESOLUCIONES

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERIA DE HACIENDA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON

CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.

I. Comunidad Autónoma

NÚMERO 188 Martes, 29 de septiembre de 2015 CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

I. Comunidad Autónoma

CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE CONSUMO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LEÓN Y LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES Y USUARIOS DE LA LOCALIDAD

MODELO DE CONVENIO DE ADHESIÓN

RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.

En Mérida, a 10 de Agosto de 2015 REUNIDOS

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.

III. Otras Resoluciones

En Murcia, a xx de enero de REUNIDOS

Reunidos. Manifiestan

MINISTERIO DE DEFENSA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y EL EXCMO

CONVENIO ESPECIFÍCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS. REUNIDOS

RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente Resolución.

En Ponferrada, a de de 2016

Partida Presupuestaria Entidad Importe A la Associació de Moros i Cristians ,00 Sant Blai de Altea

MODELO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA Y.. PARA EL DESARROLLO DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN.

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

ACUERDO DE COLABORACIÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS ESPAÑOLAS

RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.

Reunidos en la ciudad de..., a... De una parte: Dª. Belén Navarro Heras

Convenio de Colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo General del Notariado y el Consejo General de Procuradores de España

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

CONVENIO ENTRE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA (DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO) Y EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE.

Doña Carmen Séenz Pastor, Directora General de Asistencia, Prestaciones y Farmacia, por nombramiento del Decreto 117/2011, de 6 de julio.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANTABRIA

En Madrid, a 18 de octubre de 2016 REUNIDOS

Reunidos en la ciudad de Madrid, a 10 de octubre del año dos mil seis.

En Jaén, a de de REUNIDOS

RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL BANCO DE ALIMENTOS DE TENERIFE ( BANCOTEIDE) CON LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS ( FECAM)

En Santander, a de de 2010 REUNIDOS

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID Y EL CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO. En Madrid, a 30 de junio de 2016

DECRETO. Partida Presupuestaria Entidad Importe CLUB VOLEY ALTEA Que el texto del proyecto de convenio es el siguiente:

ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE AGENCIA DE COLOCACIÓN (ANAC) Y TECNOEMPLEO REUNIDOS

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN

En Madrid, a 17 de junio de REUNIDOS

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

ADDENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL.. CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES Y LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS REUNIDOS

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

R E U N I D O S E X P O N E N

I. Comunidad Autónoma

RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.

I. Comunidad Autónoma

En Madrid, a 5 de marzo de 2014 REUNIDOS

CONTRATO DE SERVICIOS DE COLABORACIÓN DE ADMINISTRACIÓN COMPLEMENTARIA REUNIDOS

SE REUNEN: ejercicio de las facultades que le confiere su cargo, en la empresa El Corte Inglés, S.A.

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma

CONVENIO-MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE BANCA, LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES Y EL BANCO

En Madrid, a 3 de mayo de En presencia de la Excma. Presidenta de la Comunidad de Madrid, Dª Esperanza Aguirre Gil de Biedma.

En Aguilar de la Frontera, a 5 de junio de 2017 REUNIDOS

I. Comunidad Autónoma

Artículo 1. Objeto. En su virtud, dispongo:

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

TURISMO. Mendoza )/V\...-- ACUERDO MARCO GENERAL ENTRE LA SECRETARIA DE TURISMO DE MENDOZA - ARGENTINA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

I. Comunidad Autónoma

En Huelva a de de 2017 REUNIDOS

f susaal Itenbido sama

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

REGLAMENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES Y CLUBES DEPORTIVOS, PARA LA DEFENSA DE LOS INTERESES GENERALES O SECTORIALES.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

de Murcia Región FUtIU :IOH Dr IIU.'ClrtOS --~--

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE MÁLAGA Y EL ILMO.

Alicante, a 19 de septiembre de REUNIDOS

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

ANEXO CONVENIO REUNIDOS. , Alcalde/sa-Presidente/a de dicha institución. Y de la otra, la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA, representada

ACUERDO COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE SEVILLA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

SPDE. Sociedad Peruana de Ecodesarrollo )/\/\-- ACUERDO MARCO GENERAL ENTRE LA SOCIEDAD PERUANA DE ECODESARROLLO

En Sevilla, a de R E U N I D O S

AYUNTAMIENTO VILLALBA DEL ALCOR ANUNCIO

CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

En Madrid, a nueve de diciembre de dos mil nueve. REUNIDOS. De una parte, el Excmo. Sr. D. Fernando de Rosa Batalla y D.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.

y de otra, el Sr. Fernando Barbancho Tovillas en calidad de Jefe de estudios del Grado de

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA Y EL AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA) En Roquetas de Mar, a 18 de May de 2003

En Madrid, a 7 de abril de REUNIDOS

Boletín Oficial de Aragón

I. Comunidad Autónoma

Diputación de Córdoba

Servicio Administrativo de Carreteras y Paisaje

Transcripción:

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE ZAMORA Y LOS COLEGIOS DE ARQUITECTOS, INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS, INGENIEROS TÉCNICOS DE OBRAS PÚBLICAS, INGENIEROS INDUSTRIALES E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES PARA LA ASISTENCIA PROFESIONAL A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA EN LA REDACCION DE PROYECTOS, DIRECCION DE OBRAS Y SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS MUNICIPALES INCLUIDAS EN EL PLAN MUNICIPAL DE OBRAS ANUALIDAD 2014-2015 En Zamora, a REUNIDOS: El Ilmo. Sr. Don Fernando Martínez- Maíllo Toribio, Presidente de la Excma. Diputación de Zamora, actuando en nombre y representación de la misma, en uso de las facultades que le son conferidas por el Art. 34.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y D. Porfirio Domínguez Herrero en calidad de Presidente de la Delegación de Zamora del Colegio Oficial de Arquitectos de León, actuando en nombre y representación de la misma, y D. Benito Diez Martín en su calidad de Decano de Castilla y León del Colegio Oficial de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, actuando en nombre y representación del mismo. y Dña Paloma Gázquez Collado en su calidad de Presidenta del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. 1

y D. Teofilo Ramos De Castro, Presidente Delegado del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Zamora, actuando en nombre y representación del mismo. y D. Pedro San Martín Ramos, en su calidad de Decano del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales, actuando en nombre y representación del mismo. EXPONEN PRIMERO.- Los Colegios Oficiales de Arquitectos, de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, de Ingenieros Industriales y de Ingenieros Técnicos Industriales, como Corporación de Derecho Público, que se rige por la Ley de Colegios profesionales y sus Estatutos Particulares, tiene sus fines primordiales servir al interés general de la sociedad promoviendo la mejor realización de las funciones profesionales propias de sus colegiados. Entre las funciones de estos Colegios está la de representar la profesión ante los poderes públicos, así como la de colaborar con Instituciones o Entidades de carácter público, en materias de su competencia, para lo cual podrá celebrar convenios con las autoridades y organismos correspondientes. SEGUNDO.- En el marco general de la actividad de fomento y defensa de la autonomía local, la Diputación Provincial y los Colegios, están trabajando para el mejor desarrollo de los intereses que representan. TERCERO.- Todas las partes consideran conveniente y positivo para la mejor defensa y promoción de los intereses sociales que representan y defienden, establecer para ello fórmulas de cooperación y colaboración a través del presente Convenio. 2

CUARTO.- Ante la imposibilidad material de la redacción de los Proyectos de obras municipales por parte de la Diputación Provincial de Zamora, de dirigirlas y controlar la seguridad y salud de las mismas, así como las carencias de medios técnicos, tanto a nivel material como humano de los municipios menores de 2.200 habitantes y con escasos recursos económicos y con el fin de agilizar al máximo la redacción de los proyectos de Obra, se ha propuesto a los Colegios Oficiales de Arquitectos, Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, Ingenieros Industriales e Ingenieros Técnicos Industriales la formalización del presente Convenio. En virtud de lo expuesto y reconociéndole ambas partes, en la representación que ostentan, capacidad suficiente para obligarse, ACUERDAN PRIMERO: OBJETO 1. Que la Excma. Diputación Provincial de Zamora ha interesado la colaboración de los Colegios Oficiales de Arquitectos, Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Ingenieros Industriales e Ingenieros Técnicos Industriales, al considerar que su participación resulta imprescindible para conseguir los objetivos previstos en las referidas disposiciones legales, a fin de regular y controlar con la mayor eficacia la tramitación de los proyectos de obras a redactar por sus Colegiados, y en general la asistencia técnica, por encargo de las entidades locales que pretendan acceder a las ayudas previstas en el Plan Municipal de Obras anualidad 2014-2015, a través de las propuestas de ejecución de aquellas obras que sean competencia exclusiva y/o concurrente de estos Colegiados. 2. El objeto del presente Convenio de Colaboración es la regulación de las actuaciones para el desarrollo de los siguientes trabajos: 3

o Redacción de Proyectos de ejecución de obras cuya financiación sea solicitada por los Ayuntamientos de la Provincia en el Plan Municipal de Obras de la Diputación Provincial de Zamora anualidad 2014-2015. o Dirección Facultativa de las obras comprendidas en los Proyectos referidos anteriormente. o La Coordinación de Seguridad y Salud. Las mencionadas tareas deberán ser realizadas por profesionales adscritos a los Colegios Profesionales, de acuerdo a las competencias y atribuciones profesionales que legal y reglamentariamente tengan reconocidas sus respectivos colegiados. SEGUNDA: ACUERDOS La Diputación de Zamora y los Colegios Profesionales en el ámbito del presente convenio formalizarán cuantos acuerdos específicos consideren convenientes para el desarrollo de las actividades previstas en él, fundamentalmente las siguientes: - 1º Realización de cursos y seminarios técnicos encaminados a la mejora de la formación de los colegiados y de su trabajo profesional. - 2º Promover la puesta en marcha de procedimientos telemáticos que promuevan el envío de documentación entre la Administración y los Colegios en formato no papel. - 3º Adoptar medidas encaminadas a mejorar la actuación administrativa en relación a la contratación de obras, fundamentalmente a través del Visado Colegial. 4

TERCERA: OBLIGACIONES DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES 1. Los Colegios dispondrán de una relación de colegiados que deseen prestar sus servicios a los Ayuntamientos de la provincia de Zamora con arreglo a las condiciones de este Convenio y que cumplan las premisas que se establezcan en la convocatoria a realizar mediante circular colegial. En esta relación se incluirán los datos del colegiado. Se formará una lista para los Colegiados que libremente deseen integrarse en la misma, aceptando las condiciones que se establezcan continuación: - Los colegiados redactores de los proyectos, directores de obra y seguridad y salud asumirán el compromiso de mantener informados al Ayuntamiento y Colegios de la evolución del trabajo adjudicado y de las incidencias que, en su caso pudieran concurrir en la redacción de los mismos. Asimismo el profesional colegiado habrá de contratar el oportuno seguro de responsabilidad civil tal y como establezca la legislación vigente esa materia. - El Colegio por su parte, pedirá a los colegiados que voluntariamente se inscriban en la lista, una declaración responsable por la que se comprometan a tener suscrita una póliza de responsabilidad civil profesional, con un límite mínimo cubierto de 130.000 Euros. Asimismo, se les requerirá una copia de la póliza que se remitirá al Ayuntamiento en caso de visado de los trabajos. 2. Los Colegios Profesionales, harán público el presente Convenio en su página Web a disposición de los colegiados. CUARTA: OBLIGACIONES DE LA DIPUTACIÓN DE ZAMORA: La Diputación de Zamora se compromete a: 5

1. Difundir el presente Convenio entre todos los Ayuntamientos de la Provincia y hacerlo público en su página Web. 2. Dará a conocer a los Colegios Profesionales las obras municipales incluidas en el Plan Municipal de Obras, anualidad 2014-2015. QUINTA: SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN: Para el seguimiento y coordinación de las actuaciones derivadas del presente Convenio, se constituirá una Comisión integrada por tres representantes de la Diputación y una por cada Colegio, a designar por las respectivas Instituciones, que se reunirán por lo menos una vez al año y cada vez que lo solicite una de las partes. De la reunión anual citada se levantará acta que se pondrá en conocimiento de ambos organismos firmantes. En la citada Comisión los representantes de la Diputación serán: el Presidente de la Diputación Provincial de Zamora o Diputado en quien delegue, un Técnico de Administración General de la Diputación Provincial de Zamora adscrito al Área de Obras que actuará como Secretario y el Jefe del Área de Obras. La Comisión será la encargada de resolver las controversias que puedan surgir en aplicación de las obligaciones contempladas en el presente Convenio. En la reunión anual de seguimiento citada anteriormente se puede instar, datos sobre la evolución del Convenio y si se estima conveniente, la inclusión de nuevas cláusulas o la modificación de alguna de las existentes, que firmadas por las partes en acto conjunto, se podrán incorporar al presente Convenio. Asimismo la Diputación y los Colegios se intercambiarán los listados confeccionados por cada uno de ellos, conteniendo las distintas actividades relacionadas con los proyectos y obras objeto del presente Convenio que se hayan llevado a cabo en los diferentes municipios de la provincia, a efectos estadísticos y de documentación. SEXTA: ÁMBITO NORMATIVO: 6

El artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local determina que son competencias propias de la Diputación: - La Asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión. - La Cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en el Título I de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En materia de interpretación, modificación y resolución en general de las cuestiones no contempladas en el presente convenio, se aplicarán las normas de derecho administrativo. Serán de aplicación las estipulaciones del artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. SÉPTIMA: RESOLUCION: El presente convenio podrá resolverse en virtud de las siguientes causas: a) Por mutuo acuerdo de las partes. b) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones impuestas a las partes firmantes de este convenio. c) Cuando alguno de los Colegios Profesionales exprese su voluntad de rescindir su participación en el Convenio, lo que no alterará los compromisos adquiridos por el resto de las partes. OCTAVA: VIGENCIA La vigencia del presente Convenio será como máximo de dos años a partir de la fecha en que sea suscrito por todas las partes. 7

Y en prueba de conformidad firman los intervinientes en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento: Fdo: D. Fernando Martínez Maíllo Toribio Presidente de la Excma. Diputación de Zamora. Fdo: D. Porfirio Domínguez Herrero Presidente de la Delegación de Zamora del Colegio Oficial de Arquitectos de León. Fdo: D. Benito Díez Martin Decano de Castilla y León del Colegio Oficial de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. Fdo: D. Paloma Gázquez Collado Presidenta del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. Fdo: D. Teofilo Ramos De Castro, Presidente Delegado del Colegio de Ingenieros Industriales de Zamora. Fdo: D. Pedro San Martín Ramos Decano del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Zamora. 8