PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Las proposiciones habrán de ser entregados en las oficinas de la Dirección de Contratación que se indican en la Carátula o enviados por correo, dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio de licitación, en TRES SOBRES CERRADOS (A, B y C) e identificados en su exterior con el cuadro establecido en la Carátula del pliego FICHA DEL LICITADOR Los licitadores deberán presentar junto con los sobres, en documento aparte, un ficha según modelo que figura como Anexo IV a este pliego, en el que se indicarán los datos del licitador que la Administración tomará en cuenta a efectos de comunicaciones, notificaciones y demás actos de comunicación con los licitadores. SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA En el supuesto de que un empresario presentase proposición para tomar parte en más de una licitación de obras con cargo al Fondo Estatal de Empleo y Sostenibilidad Local, no será necesario que el sobre A Documentación Administrativa de cada licitación, contenga la documentación administrativa que resulte común para todas las licitaciones. En estos casos, será suficiente adjuntar dicha documentación en el sobre A de una de las licitaciones a las que opte. Para el resto de licitaciones a las que opte, se deberá presentar el sobre A Documentación Administrativa, siendo suficiente que contenga la siguiente documentación : o Declaración responsable en el que manifiesta que la documentación administrativa se adjunta en el sobre del contrato nº (según modelo que figura como anexo ). o Documentación acreditativa de la clasificación empresarial exigida, en su caso, para el concreto contrato. o Documentación acreditatva de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigida, o clasificación sustitutoria. o En caso de que concurra en unión de empresarios para el concreto contrato, declaración de compromiso de UTE. SOBRE B: CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULA SOBRE C :CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA.
En el caso de que envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a la Dirección de Contratación la remisión de la oferta mediante telefax o correo electrónico en el mismo día a contratacion@ayto.bilbao.net. 3. Documentación exigida. SOBRE A : DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. 1.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar según los supuestos que a continuación se detallan: a) Empresario individual : D.N.I. o documento fehaciente que haga sus veces de la persona que realice la proposición. b) Empresario persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. En todo caso será necesario que las prestaciones objeto del contrato estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales les sean propios. c) Uniones temporales de empresarios: cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia. d) Empresarios/as no españoles/as que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea: inscripción de los empresarios/as en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. e) Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: informe de la Misión Diplomáticas Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, se acompañará a la documentación que presente que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la
Administración en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. 2.- Documentación acreditativa de habilitación empresarial.- Cuando en la Carátula se haya especificado la habilitación empresarial exigible para realizar la prestación, el licitador deberá aportar el documento acreditativo de que cuenta con dicha habilitación 3.- Documentos acreditativos de la representación.- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto.si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para un acto concreto, no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el art.94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. 4.- Declaración responsable ( según modelo que figura como Anexo al pliego ) de no estar incurso en prohibición de contratar previstas en el art.49 de la LCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. 5.- Documentación acreditativa de la clasificación Cuando sea exigible la clasificación de contratistas de acuerdo con la Ley, dicha circunstancia se hará constar en la Carátula del presente Pliego. Conforme a lo establecido en el artículo 54.1 de la LCSP, será requisito indispensable que la empresa licitadora cuente con la correspondiente clasificación, sin que ello pueda suplirse mediante la integración de la solvencia con medios externos, posibilidad que se entiende regulada en el artículo 52 de la LCSP sólo para los casos en que no se exige clasificación. La circunstancia prevista en el art.54.1 de la LCSP, relativa a la posibilidad de suplir la clasificación exigida para un determinado grupo aportando el compromiso de subcontratación con una empresa especializada, solamente será posible cuando así se haya previsto en la Carátula de este pliego. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo que a tal efecto se le conceda para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
En caso de uniones temporales de empresarios, se estará a lo dispuesto en el art.56 de la LCSP y art 52 del RGLCAP, siendo necesario para la acumulación de las características de cada una de ellas, que todas las empresas hayan obtenido previamente la clasificación como empresas de obras. En el caso de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, no será exigible la clasificación, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de la obligación de acreditar su solvencia. 6. Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional.( según modelos que figuran como Anexo al pliego ) Si no resulta exigible la clasificación se presentará la justificación de la solvencia económica y financiera, profesional y técnica, requerida en la Carátula de este Pliego, la cual se acreditara mediante la presentación de los documentos requeridos en la misma. 7. En caso de constituir una unión de empresarios :Declaración de compromiso de constitución en U.T.E.( según modelo que figura como Anexo al pliego ) Deberá indicar en documento firmado por los representantes de cada una de las empresas, los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración. Asimismo, señalarán el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. 8.- Designación como confidencial de informaciones facilitadas por la empresa ( según modelo que figura como Anexo al pliego ) En caso de estimarlo preciso, el licitador podrá indicar conforme al modelo incluido en el anexo, las informaciones y aspectos de la oferta que considera de carácter confidencial por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales. 9.- Cuando el licitador pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la Disposición Adicional Sexta de la LCSP, deberá aportar los siguientes documentos: - En el caso de tener en su plantilla, al tiempo de presentar su proposición, un número de trabajadores con discapacidad, superior al 2 por 100 de su plantilla, se deberá presentar contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de trabajadores minusválidos. - El documento que acredite el porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. - Los documentos que acrediten que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación regulado en la referida disposición adicional sexta de la LCSP.
10.- Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración en virtud de la cual se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Acreditación mediante CERTIFICADO del Registro de Licitadores.- La acreditación de las circunstancias relacionadas en este pliego en los apartados 1,3 4 y 5 (documentación acreditativa de la capacidad de obrar, representación, declaración responsable y clasificación de contratistas) podrá ser sustituida por el CERTIFICADO que expida cualquiera de los registros siguientes: a) Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, o b) Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (en su caso), o c) mediante certificado comunitario de clasificación. En relación a las circunstancias no recogidas en el certificado que se presente del Registro correspondiente, se acompañará la acreditación documental exigida. En todo caso la certificación deberá acompañarse de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. SOBRE B : DOCUMENTACION RELATIVA A CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULA Las licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en la Carátula. (en el caso de que se valoren mejoras y equipo humano, las ofertas deberán ajustarse a los modelos establecidos en el pliego ). En ningún caso se deberá adjuntar en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica, ni documentos relativos a criterios cuantificables por fórmula.
SOBRE C : DOCUMENTACION RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA Contendrá los siguientes documentos : 1. Proposición conforme al modelo del Anexo del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares: Contendrá una sola proposición escrita a máquina,firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como Anexo I del presente Pliego. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. 2.- Documentos relacionados en la Carátula del pliego necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula. La Presentación de ofertas que varíen el modelo establecido en los Anexos al Pliego, podrá ser causa de exclusión de la licitación.