GUIA DE ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGETICA CONFORME A:

Documentos relacionados
Norma Oficial Mexicana NOM-005-ENER-2016, Eficiencia energética de lavadoras de ropa electrodomésticas. Límites, métodos de prueba y etiquetado.

NORMA TECNICA OBLIGATORIA NICARAGÜENSE

Medición, Normalización y Etiquetado para la Eficiencia energética

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL DISEÑO DE LA ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA SECADORA DE ROPA.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL DISEÑO DE LA ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA LAVAVAJILLAS.

Normalización en eficiencia energética y evaluación de la conformidad. Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía

Elaborado por: División de Eficiencia Energética. Ministerio de Energía. Versión: Nueva consulta pública

22/01/2009 NOM-050-SCFI-2004 INFORMACION COMERCIAL- ETIQUETADO GENERAL DE PRODUCTOS BSL. Todos los Derechos reservados

Elaborado por: División de Eficiencia Energética. Ministerio de Energía. Versión borrador Consulta Pública

3.3 COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA, EMC: Especificaciones de EMC:

3. Criterios específicos para definir familias de Artefactos Eléctricos

Eficiencia Energética en México

N I Interruptor automático para control de potencia con reenganche manual (ICP-M) Noviembre de 2003 EDICION: 3ª NORMA IBERDROLA

Etiquetado de Eficiencia Energética

0. ÍNDICE OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN...2

PLACAS O ETIQUETAS DE CONSUMO DE ENERGÍA

CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DE MODELOS EN FAMILIA EN NORMAS DE INDUSTRIA DEL GAS

INSTITUTO URUGUAYO DE NORMAS TÉCNICAS

Elaborado por: División de Eficiencia Energética Ministerio de Energía

Eficiencia Energética en Argentina Etiquetado

Ref. Hornos a microondas para uso doméstico - Eficiencia energética - Certificación. 01/11/2016 (BO 11/11/2016)

CONTADOR TRIFASICO - ARON MKB-363-M MANUAL INSTRUCCIONES

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

NORMA TÉCNICA GUATEMALTECA

SOLICITUD DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN PARA PRODUCTOS ELÉCTRICOS

ENSAYOS ACREDITADOS COSTO

Ahorros de energía por tecnologías consideradas en la Hipoteca Verde de INFONAVIT. Comisión Nacional para el Uso Eficiente de Energía (Conuee)

Luminaria Lineal para Alturas LED

Martes 17 de enero de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

EN SENSORES MODELO 6085

Luminaria Colgante para Alturas LED

I-EAAC FECHA DE EMISIÓN: País de fabricación. Dirección del fabricante. Dirección del solicitante

ESPECIFICACIÓN PARA EQUIPOS DENOMINADOS RECIRCULADORES DE AGUA CALIENTE

REQUISITOS RELATIVOS AL ETIQUETADO ENERGÉTICO DE LÁMPARAS ELÉCTRICAS Y LUMINARIAS

Sólo las personas cualificadas eléctricamente pueden instalar y montar aparatos eléctricos.

Relativo al etiquetado energético de los acondicionadores de aire. 26 de Julio de de Enero de 2013

Termotanque Eléctrico

INTERRUPTOR TEMPORIZADO Ref. 62

PROGRAMA DE ENSAYOS DE APTITUD (PERIODO 2016 a 2019)

Metrología, Luz y Energía. Gerencia de Proyectos Estratégicos Víctor Araujo Mayo de 2015

EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAVADORAS ELECTRODOMÉSTICAS DE ROPA. LÍMITES, MÉTODOS DE ENSAYO Y ETIQUETADO

Congelador para Paletas y Helados.

Tecnología de arranque suave mejora la fiabilidad INFORMACIÓN IMPORTANTE DE SEGURIDAD, GUARDE ESTAS INSTRUCCIONES

Norma en Consulta-No Oficial

PROYECTO PROTOCOLO DE ANALISIS Y/O ENSAYOS DE PRODUCTOS ELÉCTRICOS

Profesor Angel Rivas Trujano 1

SERVICIO MANUAL DE SERVICIO LISTA DE PARTES REGULADOR ELECTRONICO MODELOS: ER-1556 ER-1556-I ER-1556-X. 120 V~ 60 Hz

OPTIMIZACIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA ) INTRODUCCIÓN:

ANEXO VII-Requisitos esenciales específicos de los contadores de energía eléctrica activa

Sólo las personas cualificadas eléctricamente pueden instalar y montar aparatos eléctricos.

DEPARTAMENTO DE OPERACIONES

Sólo las personas cualificadas eléctricamente pueden instalar y montar aparatos eléctricos.

Iluminación de exteriores

ET502 Interruptor automático termomagnético

ET124 Cables monopolares de cobre PVC 105 ºc y siliconado 200 ºc para luminarias

SECRETARIA DE ENERGIA

Criterios Operacionales para Eficiencia Energética SISTEMA DE GESTIÓN DE INSTALACIONES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA (SGIEE)

IEC Estandarización de esquemas y normalización

Instalaciones eléctricas en viviendas

Módulos de pared con y sin pantalla LCD TR40/42 Zio Lite

ACONDICIONADORES DE AIRE PARA RECINTOS CON CAPACIDADES DE ENFRIAMIENTO DE HASTA W ( BTU/H). ETIQUETADO

ESPECIFICACIÓN SELLO FIDE

CORDÓN USO RUDO 60 C, 600 V ALAMBRES Y CABLES THW-LS/THHW-LS 90 C, 600 V ALAMBRES Y CABLES TF-LS 90 C, 600 V CORDÓN DÚPLEX FLEXIBLE SPT, 300 V

RECEPTORES CAPÍTULO XVI

Instrucciones de Instalación

Iluminación LED para Vitrinas Luz para Refrigeradores Serie CL6. Guía de Instalación ADVERTENCIA

ESPECIFICACIÓN SELLO FIDE

Contenido. I. Antecedentes. Paquete de ecotecnologías Fovissste. III. Operación de la oferta de vivienda con ecotecnologías Fovissste

Tecnomatic-Systems.com

NORMATIVAS APLICABLES A LA TECNOLOGIA LEDS

Manual de Usuario. Serie FB1000 y FB1200 Barrera de aleta Noviembre 2015

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE EFICIENCIA DE PRODUCTO ELÉCTRICO

Tel.: (+34)

SECCIÓN IDENTIFICACION PARA SISTEMAS ELECTRICOS

PROYECTO PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTO ELÉCTRICO

COLORES Y SEÑALES DE SEGURIDAD E HIGIENE, E IDENTIFICACION DE RIESGOS POR FLUIDOS CONDUCIDOS EN TUBERIAS. NOM-026-STPS-2008 (GUIA REFERENCIAL, CURSO)

Condensador unitario para Baja Tensión LVCP. La nueva elección para la Corrección del Factor de Potencia

Dispositivos de control de lámpara (IEC :2006) EXTRACTO DEL DOCUMENTO UNE-EN

Proyecto Nacional de Eficiencia Energética en Alumbrado Público Municipal

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA Eficiencia Energética y Requisitos de Seguridad de Lámparas fluorescentes compactas autobalastradas.

GENERALITAT VALENCIANA JORNADA CTL (CENTRO DE TECNOLOGIAS LIMPIAS) DISEÑO ECOLOGICO Y SISTEMAS DE GESTION MEDIOAMBIENTALES Y ENERGETICOS

PROYECTO: NORMAS Y ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EL PERÚ JAOR 1

Cálido Cálido Neutro Frío Cálido Neutro Frío Cálido Neutro Frío

Termotanque Eléctrico

No. MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD CONSIDERANDO:

Disfruta del agua caliente con AQUATERMIC HEATANK

Diseño Técnico-Comercial de Los SFVIR (Parte 2)

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA EMPALMES CONTRÁCTILES EN FRÍO PARA CABLES CON AISLAMIENTO SECO EN LÍNEAS SUBTERRANEAS DE MEDIA TENSIÓN. 1 de Julio de 2004

INFORME TÉCNICO DE ASESORÍA DE LÁMPARAS FLUORESCENTES COMPACTAS Y OTRAS TECNOLOGÍAS

Instalación del Control de Lámparas Automáticas y Tapetes Térmicos

Manual de instrucciones Medidor digital de resistencia a tierra de varillas SW-4234

UPS de doble conversión SmartOnline de 230V, 1kVA y 700W, torre, entrada C14, puerto serial DB9

Informe y Presentación de Proyectos v 3

Control de presión diferencial Tipos MP 54, MP 55 y MP 55A

MANUAL DE SERVICIO MICROONDAS WHIRLPOOL AT328/WH (BLANCO) INDICE

INDICE Capitulo 1. Introducción a las Instalaciones Eléctricas Capitulo 2. Elemento que Constituyen una Instalación Eléctrica

Inserto de reductor de luz de baja Instrucciones de uso

DISPOSITIVOS GENERALES E INDIVIDUALES DE MANDO Y PROTECCIÓN. INTERRUPTOR DE CONTROL DE POTENCIA

Transcripción:

GUIA DE ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGETICA CONFORME A: NOM-005-ENER-2012 Eficiencia energética de lavadoras de ropa electrodomésticas. Límites, método de prueba y etiquetado Tomando en consideración la NOTA Aclaratoria a la Norma Oficial Mexicana NOM-005-ENER-2012, Eficiencia energética de lavadoras de ropa electrodomésticas. Límites, método de prueba y etiquetado, publicada en el DOF el 06 de noviembre de 2012. 10.1. Etiquetado Las lavadoras automáticas, semiautomáticas y manuales objeto de esta Norma Oficial Mexicana, que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos, deben llevar una etiqueta de eficiencia energética. Para lavadoras automáticas la etiqueta debe proporcionar a los usuarios el factor de energía (FE) y consumo de energía eléctrica. Para las lavadoras semiautomáticas y manuales la etiqueta debe proporcionar el consumo de energía eléctrica, en ambos casos para permitir compararla con otras lavadoras de su mismo tipo, operación y capacidad. 10.2. Permanencia La etiqueta de eficiencia energética debe estar adherida o colocada en el producto ya sea por medio de un engomado o, en su defecto, por medio de un cordón, en cuyo caso, la etiqueta de eficiencia energética debe tener la rigidez suficiente para que no se flexione por su propio peso. En cualquiera de los casos no debe removerse del producto hasta después de que éste haya sido adquirido por el consumidor final. 10.3. Ubicación La etiqueta de eficiencia energética debe estar ubicada en un área de exhibición del producto visible al consumidor. 10.4. Información La etiqueta de eficiencia energética de lavadoras de ropa electrodomésticas debe contener la información que se lista a continuación: El tipo de letra puede ser Arial o Helvética. 10.4.1. Etiqueta de eficiencia energética para lavadoras automáticas 10.4.1.1. La leyenda "EFICIENCIA ENERGETICA", en tipo negrita y mayúsculas 10.4.1.2. La leyenda Lavadora Automática en tipo negrita 10.4.1.3. La leyenda "Marca(s):" seguida del nombre y/o marca(s) registrada(s) del fabricante, en tipo normal. 10.4.1.4. La leyenda "Modelo(s):" seguida del modelo(s) de la(s) lavadora(s), en tipo normal. 10.4.1.5. La leyenda "Tipo(s):" seguida del tipo de lavadora de ropa doméstica, según Capítulo 5, en tipo normal. 10.4.1.6. La leyenda "Consumo de energía (kwh/año)", a continuación el valor de consumo de energía correspondiente, en tipo negritas 10.4.1.7. La leyenda Factor de Energía (FE) en tipo negritas 10.4.1.8. La leyenda "Este factor relaciona la capacidad volumétrica, en litros, del contenedor de ropa, con el consumo total de energía en un ciclo de lavado, en tipo normal 10.4.1.9. La leyenda Determinado como se establece en la NOM-005-ENER-2012, en tipo normal 10.4.1.10. La leyenda "FE establecido en la norma (L/kWh/ciclo) a continuación el valor según la Tabla 1, en tipo negrita. 10.4.1.11. La leyenda "FE determinado por el fabricante (L/kWh/ciclo)" a continuación el valor determinado por el fabricante, en tipo negrita. 10.4.1.12. La leyenda "Compare el Factor de Energía de esta lavadora con el de otras de características similares, antes de comprar. en tipo negritas.

10.4.1.13. La leyenda "A MAYOR FACTOR DE ENERGIA (FE), MAYOR USO EFICIENTE DE LOS RECURSOS ENERGETICOS en tipo negritas y mayúsculas. 10.4.1.14. La leyenda "IMPORTANTE, en tipo negrita, La leyenda "El consumo real dependerá de los hábitos de uso de esta lavadora. y La etiqueta no debe retirarse del producto hasta que haya sido adquirido por el consumidor final.", en tipo normal. 10.4.2. Etiqueta de eficiencia energética para lavadoras semiautomáticas y manuales 10.4.2.1 La leyenda "EFICIENCIA ENERGETICA", en tipo negrita. 10.4.1.2. La leyenda "Lavadora Semiautomática o Lavadora Manual", según Capítulo 4 y Tabla 1-A, en tipo negritas. 10.4.2.3 La leyenda Consumo de Energía", en tipo negritas. 10.4.2.4 La leyenda "Determinado como se establece en la NOM-005-ENER-2012", en tipo normal. 10.4.2.5 La leyenda "Marca(s):" seguida del nombre y/o marca(s) registrada(s) del fabricante, en tipo normal. 10.4.2.6 La leyenda "Modelo(s):" seguida del modelo(s) de la(s) lavadora(s), en tipo normal. 10.4.2.7 La leyenda "Tipo:" seguida del tipo de lavadora de ropa electrodoméstica, según Tabla 1-A, en tipo normal. 10.4.2.8 La leyenda "Operación:" según Tabla 1-A, en tipo normal. 10.4.2.9 La leyenda "Capacidad:" seguida de la capacidad de las lavadoras de ropa electrodoméstica, según Tabla 1-A, en tipo normal. 10.4.2.10 La leyenda "Límite de Consumo de Energía (kwh/año):", en tipo normal, seguida del límite de consumo de energía que corresponde a la lavadora de ropa electrodoméstica, según Tabla 1-A, en tipo negrita. 10.4.2.11 La leyenda "Consumo de Energía (kwh/año):", en tipo normal, seguida del consumo de energía anual de la lavadora de ropa electrodoméstica, determinado por la presente Norma, en tipo negrita. 10.4.2.12 La leyenda "Compare el consumo de energía de este equipo con otros similares antes de comprar.", en tipo negrita. 10.4.2.13 La leyenda "Ahorro de Energía", en tipo negrita. 10.4.2.14 Una barra horizontal de tonos crecientes, del claro hasta el negro, indicando el por ciento de ahorro de energía, de 0% al 50%, en incrementos de 5% en 5%. Abajo de la barra en 0% debe colocarse la leyenda "Menor Ahorro", en tipo negrita y abajo de la barra en 50% debe colocarse la leyenda "Mayor Ahorro", en tipo negrita. 10.4.2.15 La leyenda "Ahorro de energía de esta lavadora", en tipo normal. 10.4.2.16 Una flecha con el porcentaje de ahorro de energía que tiene la lavadora de ropa electrodoméstica, obtenido con el siguiente cálculo, en negrita: Ahorro de energía = (1 - (consumo de energía/límite de consumo de energía)) x 100. Esta flecha debe colocarse de tal manera que coincida su punta con el porcentaje de ahorro. 10.4.2.17 La leyenda "IMPORTANTE, en tipo negrita, La leyenda "El ahorro efectivo dependerá de los hábitos de uso de esta lavadora.", en tipo normal. 10.4.2.18 La leyenda "La etiqueta no debe retirarse del producto hasta que haya sido adquirido por el consumidor final.", en tipo normal. 10.5. Dimensiones Las dimensiones de las etiquetas son las siguientes: Alto 14,0 cm ± 1 cm Ancho 10,0 cm ± 1 cm 10.6. Distribución de la información y colores 10.6.1. La información debe distribuirse como se muestra en la figura 1, que presenta un ejemplo de etiqueta, y se debe guardar una proporcionalidad con la misma. 10.6.2. La distribución de los colores se realiza de la siguiente manera: Toda la información descrita en el inciso 10.4, así como las líneas y contorno de color negro. El contorno de la etiqueta debe ser sombreado. El resto de la etiqueta debe ser de color amarillo.

Figura 1 Ejemplo de distribución de la información de la etiqueta de lavadoras de ropa electrodomésticas automáticas. EFICIENCIA ENERGÉTICA Lavadora Semiautomática Consumo de Energía Determinado como s e establece en la NOM-005-ENER-2012 Marca(s): NOR-EE Modelo(s): 8T-m Tipo: Impulsor Operación: Semiautomática Capacidad: 9 kg Límite de Consumo de Energía (kwh/ año) 24 Consumo de Energía (kwh/año) 21 Compare el consumo de energía de este equipo con otros similares antes de comprar. Ahorro de energíaa de esta lavadora 12 % Ahorro de Energía Menor Ahorro 0% 5% 10% 15% 20% Mayor Ahorro IMPORTANTE El ahorro efectivo dependerá de los hábitos de uso de esta lavadora. La etiqueta no debe rretirarse del producto hasta que haya sido adquirido por el consumidor final. Figura 1 A Ejemplo de distribución de la información de la etiqueta de lavadoras de ropa electrodomésticas manuales y semiautomáticas.

NOM-011-ENER-2006 Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo central, paquete o dividido. Límites, métodos de prueba y etiquetado. 10. Etiquetado Los acondicionadores de aire tipo central objeto de esta norma, que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos, deben llevar, con independencia de la que se establece en la Norma Oficial Mexicana NOM-050-SCFI-2004, Información comercial. Etiquetado general de productos, una etiqueta que proporcione a los usuarios información sobre la relación de eficiencia energética estacional que presenta el producto y que pueda ser comparada con la de otros de su misma capacidad de enfriamiento. El titular (fabricante, importador o comercializador) es quien propone el valor de Relación de Eficiencia Energética Estacional (REEE), que debe utilizarse en la etiqueta del modelo o familia que desee certificar; este valor debe cumplir con las siguientes condiciones: a) Ser siempre igual o mayor al valor de Relación de Eficiencia Energética Estacional (REEE), según lo especificado en la tabla 1. b) El valor de REEE obtenido en cualquier prueba (certificación inicial, renovación, muestreo, ampliación, etc.) debe ser igual o menor al valor indicado en la etiqueta, en caso contrario sólo se debe permitir un decremento de 5%. 10.1 Permanencia La etiqueta debe ir adherida o colocada en el producto o empaque, ya sea por medio de un engomado, o en su defecto, por medio de un cordón, en cuyo caso, la etiqueta debe tener la rigidez suficiente para que no se flexione por su propio peso. En cualquiera de los casos no debe removerse del producto o empaque, hasta después de que éste haya sido adquirido por el consumidor final. 10.2 Superficie principal de exhibición No aplica. 10.3 Información La etiqueta de Relación de Eficiencia Energética Estacional de los acondicionadores de aire tipo central debe marcarse en forma legible e indeleble y debe contener la información que se lista a continuación y de acuerdo a la distribución que se muestra en el ejemplo de etiqueta en la figura 10. 10.3.1 La leyenda: "EFICIENCIA ENERGETICA". 10.3.2 La leyenda "Relación de Eficiencia Energética Estacional (REEE)". 10.3.3 La leyenda "Determinada como se establece en la NOM-011-ENER-2006". 10.3.4 La leyenda "Marca": seguida de la marca del acondicionador. 10.3.5 La leyenda "Modelo": seguida del modelo del acondicionador. 10.3.6 La leyenda "Tipo: Acondicionador de aire central". 10.3.7 La leyenda "Capacidad de enfriamiento": seguida de la capacidad de enfriamiento del acondicionador, expresada en watts. 10.3.8 La leyenda "Compare el ahorro de energía de este aparato con otros similares antes de comprar". 10.3.9 La leyenda "REEE establecida en la norma (Wt/We)" seguida de la REEE mínima establecida en el inciso 6.1 de esta norma, para el acondicionador de aire tipo central. 10.3.10 La leyenda "REEE de este aparato" seguida de la REEE del acondicionador de aire tipo central. 10.3.11 La leyenda "Ahorro de energía de este aparato" de manera horizontal. 10.3.12 Una barra horizontal de tonos crecientes, del claro hasta el negro, indicando el por ciento de ahorro de energía, de 0% al 50% de 10% en 10%. Abajo de la barra, en 0% debe colocarse la leyenda "Menor ahorro" y abajo de la barra en 50% debe colocarse la leyenda "Mayor ahorro".

10.3.13 Se debe colocar una flecha que indique el porcentaje de ahorro de energía que tiene el producto Esta flecha debe colocarse de tal manera que coincidan su punta y los tonos de la barra que están descritos en el inciso anterior, en que el ahorro de energía se represente gráficamente. 10.3.14 La leyenda "IMPORTANTE" 10.3.15 La leyenda El ahorro de energía efectivo dependerá de los hábitos de uso y localización del aparato. 10.3.16 La leyenda La etiqueta no debe retirarse del aparato hasta que haya sido adquirido por el consumidor final. 10.4 Dimensiones Las dimensiones mínimas de la etiqueta son las siguientes: Alto: 14,0 cm ± 1 cm Ancho: 10,0 cm ± 1 cm 10.5 Distribución de la información y de los colores 10.5.1 La distribución de la información dentro de la etiqueta debe hacerse conforme al ejemplo de la figura 10. 10.5.2 La distribución de los colores se realiza de la siguiente manera: Toda la información descrita en el inciso 10.3, así como las líneas y el contorno de la flecha deben ser de color negro. El resto de la etiqueta debe ser de color amarillo. FIGURA 10. Ejemplo de etiqueta para acondicionadores de aire tipo central

NOM-015-ENER-2012 Eficiencia energética de refrigeradores y congeladores electrodomésticos. Límites, método de prueba y etiquetado 10. Etiquetado Los refrigeradores y congeladores electrodomésticos objeto de esta Norma que se comercializan en los Estados Unidos Mexicanos deben llevar una etiqueta que proporcione a los usuarios una relación de la energía que consume este producto con relación a otros de su mismo tipo, capacidad y sistema de deshielo. 10.1 Permanencia La etiqueta debe ir adherida o colocada en el producto ya sea por medio de un engomado, o en su defecto por medio de un cordón, en cuyo caso, la etiqueta debe tener la rigidez suficiente para que no se flexione por su propio peso. En cualquiera de los casos no debe removerse del producto hasta después de que éste haya sido adquirido por el consumidor final. 10.2 Ubicación La etiqueta debe estar ubicada en un área de exhibición del producto visible al consumidor, en su interior o exterior. 10.3 Información La etiqueta de consumo de energía de los refrigeradores electrodomésticos debe contener la información que se lista a continuación: El tipo de letra puede ser Arial o Helvética. 10.3.1 La leyenda "EFICIENCIA ENERGETICA". 10.3.2 La leyenda "Consumo de energía". 10.3.3 La leyenda "Determinado como se establece en la NOM-015-ENER-2002". 10.3.4 La leyenda "Marca(s)" seguida del nombre y/o marca(s) registrada(s) del fabricante. 10.3.5 La leyenda "Modelo(s)" seguida del modelo(s) del refrigerador. 10.3.6 La leyenda "Tipo:" seguida del tipo de refrigerador o congelador, según 5.1. 10.3.7 La leyenda "Capacidad:", seguida de la capacidad del refrigerador, según el apéndice A, o congelador, según el apéndice B. 10.3.8 La leyenda "Sistema de deshielo:", seguida del sistema de deshielo del refrigerador o congelador, según 5.2. 10.3.9 La leyenda "Límite de consumo de energía (kwh/año):", seguida del límite de consumo de energía que corresponde al refrigerador o congelador, según 6.1, en números enteros, con negritas. 10.3.10 La leyenda "Consumo de energía (kwh/año):", seguida del consumo de energía anual del refrigerador o congelador, determinado por la presente Norma, en números enteros, con negritas. 10.3.11 La leyenda "Compare el consumo de energía de este equipo con otros similares antes de comprar". 10.3.12 La leyenda "Ahorro de energía" colocada de manera horizontal. 10.3.13 Una barra horizontal de 8 cm ±0,5 cm de tonos crecientes, del claro hasta el negro, indicando el porciento de ahorro de energía, de 0% al 50%. Debajo de la barra en 0% debe colocarse la leyenda "menor ahorro" y debajo de la barra en 50% debe colocarse la leyenda "mayor ahorro". 10.3.14 La leyenda "Ahorro de energía de este producto". 10.3.15 Una flecha con el porcentaje de ahorro de energía que tiene el refrigerador o congelador, obtenido con el siguiente cálculo, con negrita: Ahorro de energía = (1-Consumo de energía/límite de consumo de energía) x 100 Esta flecha debe colocarse de tal manera que coincidan su punta y los tonos de la barra que descritos en el inciso anterior en el punto en que el ahorro de energía se represente gráficamente. 10.3.16 Las leyendas "IMPORTANTE:" y "El consumo de energía efectivo dependerá de los hábitos de uso y localización del producto". 10.3.17 La leyenda "La etiqueta no debe retirarse del producto hasta que haya sido adquirido por el consumidor final".

10.4 Dimensiones Las dimensiones de la etiqueta son las siguientes: Alto 14,0 cm ±1 cm Ancho 10,0 cm ±1 cm 10.5 Distribución de la información y colores 10.5.1 La información debe distribuirse como se muestra en la figura 5, que presenta un ejemplo de etiqueta. 10.5.2 La distribución de los colores se realiza de la siguiente manera: Toda la información descrita en el inciso 10.3, así como las líneas y contorno de las flechas debe ser de color negro. El contorno de la etiqueta debe ser sombreado. El resto de la etiqueta debe ser de color amarillo. Figura 5. Ejemplo de la distribución de la información de la etiqueta de refrigeradores y congeladores e lectrodomésticos. Figura 5A. Ejemplo de la distribución de la información de la etiqueta de refrigeradores y congeladores

electrodomésticos de Eficiencia Superior

NOM-017-ENER/SCFI-2012, Eficiencia energética y requisitos de seguridad de lámparas fluorescentes compactas autobalastradas. Límites y métodos de prueba. 10. Marcado 10.1. En el cuerpo del producto 10.1.1. Las LFCA contenidas en esta Norma Oficial Mexicana deben marcarse en el cuerpo del producto de manera legible e indeleble con los datos que se listan a continuación, así como las unidades conforme a la NOM-008-SCFI (véase 3-Referencias): a) El nombre o marca registrada del fabricante o del comercializador; b) Datos eléctricos nominales de la tensión eléctrica de entrada, frecuencia, potencia eléctrica e intensidad de corriente eléctrica; c) La fecha o código que permita identificar el periodo de fabricación, y d) Modelo del producto. Excepción No. 1: Puede omitirse la frecuencia si el balastro es un circuito electrónico que funciona independientemente de la frecuencia de entrada dentro de un intervalo de 50 Hz a 60 Hz. Excepción No. 2: Si el producto se marca con la potencia eléctrica de entrada y el factor de potencia es 0,9 o mayor, puede omitirse la corriente. Excepción No. 3: Puede abreviarse la fecha de fabricación o utilizar un código designado por el fabricante. 10.1.2. Una LFCA que no se destina para utilizarse en un circuito de atenuación debe marcarse como "No usar con atenuadores de luz". 10.1.3. Una LFCA puede marcarse con el factor de potencia si cumple con 6.2.1.2. Una LFCA puede marcarse como "alto factor de potencia" o "hpf" si el factor de potencia que se calcula es 0,9 o mayor. 10.2. En el empaque 10.2.1. Los empaques de las LFCA cubiertas en esta Norma Oficial Mexicana deben contener de manera legible lo siguiente: a) La representación gráfica o el nombre del producto, salvo que éste no sea visible o identificable a simple vista por el consumidor; b) Nombre, denominación o razón social y domicilio del fabricante nacional o importador; c) La leyenda que identifique al país de origen del mismo (ejemplo: Hecho en..., Manufacturado en..., u otros análogos); d) Datos eléctricos nominales de tensión eléctrica de entrada, intensidad de corriente eléctrica, frecuencia y potencia eléctrica; e) Contenido cuando el producto no esté a la vista del consumidor; f) Representación gráfica comparativa o leyenda que indique la equivalencia en potencia eléctrica consumida y flujo luminoso total, respecto a las lámparas incandescentes que sustituye; g) Leyenda o símbolo que indique que contiene mercurio (Hg), y h) Modelo del producto. 10.2.2. Cualquier otra restricción debe establecerse en el empaque. 10.3. El producto objeto de esta Norma Oficial Mexicana, al tener indicados los datos en el empaque y en la cubierta, no requiere de instructivos adicionales.

10.4. Garantía del producto Todas las LFCA deben presentar una garantía mínima que cubra la reposición del producto por 2 años, contados a partir de la fecha de venta y en términos de la Ley Federal de Protección al consumidor y la NOM-024-SCFI-1998. La garantía se puede incluir en el empaque del producto o dentro del mismo. NOM-021-ENER-SCFI-2008 Eficiencia energética, requisitos de seguridad al usuario en acondicionadores de aire tipo cuarto. Límites, método de prueba y etiquetado. 10. Etiquetado e Información Comercial 10.1 Etiquetado de Eficiencia Energética Los aparatos objeto de esta norma oficial mexicana que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos deben de llevar una etiqueta (véase apéndice E) que proporcione información relacionada con su REE, además de los requisitos de marcado que se establecen en 10.2 10.1.1 Permanencia La etiqueta debe ir adherida o sujeta por medio de un cordón al aparato, en este último caso la etiqueta debe tener la rigidez suficiente para que no se flexione por su propio peso. En cualquiera de los casos no debe removerse del aparato hasta después de que éste haya sido adquirido por el usuario final. 10.1.2 Ubicación La etiqueta debe estar ubicada en la superficie de exhibición del producto, visible al consumidor. 10.1.3 Información La etiqueta de eficiencia energética debe contener como mínimo la información que se lista a continuación, en forma legible e indeleble: 10.1.3.1 El nombre de la etiqueta: "EFICIENCIA ENERGETICA". 10.1.3.2 La leyenda "Relación de Eficiencia Energética (REE) determinada como se establece en la NOM-021-ENER/SCFI-2008". 10.1.3.3 La leyenda con las iníciales REE con el signo de igualdad y seguido de la relación: "Efecto neto de enfriamiento (Wt)" entre "Potencia eléctrica (We)". 10.1.3.4 La leyenda "Marca" seguida de la marca del acondicionador de aire. 10.1.3.5 La leyenda "Modelo" seguida del modelo del acondicionador de aire. 10.1.3.6 La leyenda "Potencia eléctrica" seguida del valor de la potencia eléctrica del acondicionador de aire, expresada en W. 10.1.3.7 La leyenda "Efecto neto de enfriamiento" seguida del valor del efecto neto de enfriamiento del acondicionador de aire, expresado en W. 10.1.3.8 La leyenda "REE establecida en la norma en Wt/We" seguida del valor de Relación de Eficiencia Energética (REE) mínima del acondicionador de aire expresada en Wt/We, de acuerdo a su tipo y clase establecida en la Tabla 1 del inciso 6.1 de esta Norma. 10.1.3.9 La leyenda "REE de este aparato en Wt/We" seguida del valor de la Relación de Eficiencia Energética (REE) del acondicionador de aire expresada en Wt/We. El valor de la relación de eficiencia energética del aparato debe ser definido por el fabricante. 10.1.3.10 La leyenda "Ahorro de energía de este aparato" de manera horizontal centrada. 10.1.3.11 Una barra horizontal de tonos crecientes, del blanco hasta el negro, indicando el por ciento de ahorro de energía de 0% al 50%. Debajo de la barra, en 0% debe colocarse la leyenda "Menor ahorro" y debajo de la barra en 50% debe colocarse la leyenda "Mayor ahorro". 10.1.3.12 Se debe colocar una flecha sobre la barra horizontal que indique el porcentaje de ahorro de energía que tiene el producto, obtenido con el siguiente cálculo:

10.1.3.13 La leyenda "El ahorro de energía efectivo dependerá de los hábitos de uso y localización del aparato". 10.1.3.14 La leyenda "IMPORTANTE" y debajo "este aparato cumple con los requisitos de seguridad al usuario". 10.1.3.15 La leyenda "La etiqueta no debe retirarse del aparato hasta que haya sido adquirido por el consumidor final". 10.1.4 Dimensiones Las dimensiones mínimas de la etiqueta son las siguientes: Alto 14 cm ± 1 cm Ancho 10 cm ± 1 cm 10.1.5 Distribución de la información y colores 10.1.5.1 La distribución de la información dentro de la etiqueta debe hacerse conforme al ejemplo dado en el Apéndice E. 10.1.5.2 La distribución de los colores se realiza de la siguiente forma: Texto y escala:negro Fondo de la etiqueta: amarillo Apéndice E Informativo Ejemplo de etiqueta para acondicionadores de aire tipo cuarto

NOM-022-ENER/SCFI-2008 Eficiencia energética y requisitos de seguridad al usuario para aparatos de refrigeración comercial autocontenidos. Límites, métodos de prueba y etiquetado. 9. Etiquetado y marcado 9.1 Etiquetado Los aparatos objeto de esta norma que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos deben llevar una etiqueta (véase apéndice F) que proporcione información relacionada con su consumo de energía y la indicación de que el aparato cumple con los requisitos de seguridad al usuario. 9.1.1 Permanencia La etiqueta debe ir adherida o sujeta por medio de un cordón al aparato, en este último caso la etiqueta debe tener la rigidez suficiente para que no se flexione por su propio peso. En cualquiera de los casos no debe removerse del aparato hasta después de que éste haya sido adquirido por el usuario final. 9.1.2 Ubicación La etiqueta debe estar ubicada en la superficie de exhibición del producto, visible al consumidor. 9.1.3 Información La etiqueta debe contener información que se lista a continuación, impresa en forma legible e indeleble: 9.1.3.1 El nombre de la etiqueta: EFICIENCIA ENERGETICA. 9.1.3.2 La leyenda Consumo de energía determinado como se establece en la NOM-022- ENER/SCFI- 2008. 9.1.3.3 La leyenda Marca seguida de la marca del aparato. 9.1.3.4 La leyenda Modelo seguida del modelo del aparato. 9.1.3.5 La leyenda Tipo seguida del tipo del aparato, conforme a las tabla 1 del Capítulo 5. 9.1.3.6 La leyenda Capacidad seguida de la capacidad refrigerada útil en litros del aparato hasta un decimal aplicando la regla de truncamiento, conforme a la tabla 1 del Capítulo 5. 9.1.3.7 La leyenda Consumo establecido en la norma en (kwh/l) en 24 h seguida del valor de consumo hasta 3 decimales aplicando la regla de redondeo progresivo, de acuerdo a su tipo y capacidad, conforme a la tabla 1 del Capítulo 5. 9.1.3.8 La leyenda Consumo del aparato en (kwh/l) en 24 h seguida del valor de consumo del aparato hasta 3 decimales aplicando la regla de redondeo progresivo. El valor de consumo del aparato debe ser definido por el fabricante. 9.1.3.9 La leyenda Ahorro de energía de este aparato de manera horizontal centrada. 9.1.3.10 Una barra horizontal de tonos crecientes, del blanco hasta el negro, indicando el por ciento de ahorro de energía de 0% al 50%. Debajo de la barra, en 0% debe colocarse la leyenda Menor ahorro y debajo de la barra en 50% debe colocarse la leyenda Mayor ahorro. Nota: en caso de que el equipo pase de 50 por ciento en el ahorro, se usará el valor reportado como valor de la etiqueta. 9.1.3.11 Se debe colocar una flecha sobre la barra horizontal que indique el porcentaje de ahorro de energía que tiene el producto hasta un decimal aplicando la regla de truncamiento, obtenido con el siguiente cálculo: 9.1.3.12 La leyenda El ahorro de energía efectivo dependerá de los hábitos de uso y localización del aparato.

9.1.3.13 La leyenda IMPORTANTE y debajo de ésta, las leyendas este aparato cumple con los requisitos de seguridad al usuario y La etiqueta no debe retirarse del aparato hasta que haya sido adquirido por el consumidor final, en tipo normal y centrado. 9.1.4 Dimensiones Las dimensiones mínimas de la etiqueta son las siguientes: Alto 14 cm ± 1 cm Ancho 10 cm ± 1 cm 9.1.5 Distribución de la información y colores 9.1.5.1 La información debe distribuirse como se muestra en el ejemplo de etiqueta que contiene el apéndice F. 9.1.5.2 Toda la información descrita en el inciso 9.1.3, así como las líneas y contorno debe ser de color negro. El contorno de la etiqueta debe ser con una línea más gruesa que el resto de las líneas que aparecen en ésta. El fondo de la etiqueta debe ser de color amarillo. APENDICE F EJEMPLO DE ETIQUETA PARA APARATOS DE REFRIGERACION COMERCIAL AUTOCONTENIDOS 9.2 Marcado 9.2.1 Los aparatos de refrigeración comercial autocontenidos que se fabriquen, importen y comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos, deben llevar marcado en forma permanente el tipo y cantidad de refrigerante y agente espumante con que fueron fabricados. 9.2.2 Los aparatos deben ser marcados con: - Tensión(es) nominal(es) o intervalo de tensiones nominales en volt. - Simbología para la naturaleza de la alimentación, a menos que esté marcada la frecuencia nominal. - Frecuencia nominal o intervalo nominal de frecuencia en Hertz.

- Potencia nominal en watt o corriente nominal en amperes.

- Nombre del fabricante o del vendedor responsable, marca registrada o marca de identificación. - Modelo del fabricante o identificación del tipo de producto. - Símbolo para la clase II; solamente aplicable para aparatos clase II. - Los aparatos estacionarios para alimentación múltiple deben marcarse con la advertencia siguiente: "Antes de tener acceso a los dispositivos terminales, todos los circuitos de alimentación deben ser interrumpidos". Esta advertencia debe ser visible antes de alcanzar cualquier parte viva que puede ser tocada durante un servicio de rutina. Los aparatos para conectarse en estrella-delta (Y-Δ) deben ser claramente marcados con las dos tensiones nominales. La potencia o la corriente nominal que debe ser marcada sobre el aparato, es la potencia o corriente total máxima que puede presentarse en el circuito al mismo tiempo. Si un aparato tiene componentes alternativos que puedan seleccionarse con un dispositivo de control, la potencia nominal es aquella que corresponda a la carga más alta posible. Se permiten marcas adicionales siempre y cuando no provoquen confusión. Si el motor de un aparato está marcado por separado, el marcado del aparato y del motor deben ser tales que no haya duda con respecto a las características nominales y a la identidad del fabricante del aparato. Para aparatos marcados con más de una tensión nominal o intervalo de tensiones nominales, debe marcarse la potencia nominal para cada una de estas tensiones o intervalos. Los límites superior e inferior de la potencia nominal, deben ser marcados en el aparato, de tal forma que la correspondencia entre la potencia y la tensión se distingan claramente, a menos que la diferencia entre los límites de un intervalo nominal de tensiones no exceda el 10% del valor medio de ese intervalo, en cuyo caso el marcado para potencia nominal puede referirse al valor medio de ese intervalo. 9.2.4 Cuando se usen símbolos de unidades de medida deben corresponder a los establecidos en la NOM-008-SCFI-2002. 9.2.5 Los aparatos que deben ser conectados a más de dos conductores de alimentación, y los aparatos para alimentación múltiple, deben estar provistos con un diagrama de conexiones fijado al aparato, a menos que sea evidente el modo correcto de las conexiones. La forma de conexión se considera que es evidente, si para aparatos trifásicos, las terminales para los conductores de alimentación están designados por flechas apuntando hacia las terminales, el conductor para tierra no es un conductor de alimentación. En aparatos para conexión en estrelladelta (Y-Δ) el diagrama de alambrado debe mostrar cómo deben conectarse los devanados. El marcado en palabras es un medio aceptable para indicar la forma correcta de las conexiones. 9.2.6 Las diferentes posiciones de interruptores de aparatos estacionarios y las diferentes posiciones de dispositivos de regulación, deben indicarse con números, letras u otros medios visuales. Si se usan números para indicar las diferentes posiciones, la posición de abierto debe indicarse por el número cero y la posición correspondiente para una carga, potencia, una velocidad, un efecto de enfriamiento, etc., más elevados debe designarse por un número mayor. El número cero no debe usarse para cualquier otra indicación a menos que sea colocado y asociado con otros números. Por ejemplo, puede ser usado en una tecla para programación digital.

9.2.7 Los termostatos, dispositivos de regulación y dispositivos similares destinados para ser ajustados durante la instalación o en uso normal, deben estar provistos con una indicación de dirección de ajuste para incrementar o disminuir el valor de la característica que está siendo ajustada. Una indicación de + y - se considera suficiente. 9.2.8 Si es necesario tomar precauciones especiales cuando se instale o use el aparato, los detalles de éstas deben estar dadas en una hoja de instrucciones que acompañen al aparato. Si un aparato estacionario no está provisto con un cable no desmontable y una clavija, o con otros medios para la desconexión de la alimentación, teniendo una separación de contactos de por lo menos 3 mm en todos los polos, la hoja de instrucciones debe establecer que tales medios para desconexión deben ser incorporados para la instalación. Si los conductores de alimentación de un aparato pueden llegar a tener contacto con una tablilla de terminales o un compartimiento para el alambrado fijo, y estas partes tienen bajo condiciones de uso normal, una temperatura tal que el aislamiento del conductor se someta a una incremento de temperatura mayor a la especificada en el inciso 6.3.5.6 (incremento de temperatura permisible), la hoja de instrucciones debe también establecer que el aparato debe conectarse con conductores que tengan una temperatura apropiada. Para aparatos cuyos sujetacables tienen método de unión mediante el cual el cable flexible no puede ser reemplazado sin romper o destruir el aparato, la hoja de instrucciones debe contener una indicación que proporcione la información siguiente: El cable de alimentación de este aparato no debe ser reemplazado; si el cable o cordón es dañado el aparato debe ser desechado. 9.2.9 Las hojas de instrucciones y otros textos requeridos por esta norma, deben estar escritos en español. Cuando se usen símbolos, deben ser los indicados por esta norma. El cumplimiento con lo indicado en los incisos del 9.2.2 al 9.2.9 se verifica por inspección. 9.2.10 El marcado debe ser durable y fácilmente legible. El marcado especificado en los incisos del 9.2.2 al 9.2.4 debe estar sobre una parte principal del aparato. El marcado sobre aparatos fijos debe distinguirse claramente desde el exterior, después de que el aparato haya sido fijado como en un uso normal, pero si es necesario, después de remover una cubierta. El marcado de otros aparatos debe distinguirse claramente desde el exterior, si es necesario, después de remover una cubierta. El marcado solamente puede estar por debajo de una cubierta, si éste está cerca de las terminales para conductores externos. El cumplimiento se verifica por inspección y frotando las marcas manualmente durante 15 s con un paño empapado con gasolina blanca. Después de todas las pruebas, el marcado debe ser fácilmente legible, no debe ser posible retirar las placas marcadas, y no deben haberse desprendido. Si el cumplimiento con esta norma depende de la operación de un fusible térmico reemplazable, el número de referencia u otros medios para la identificación del mismo, deben ser marcados sobre el fusible o en un lugar tal que sea claramente visible, cuando el aparato sea desmantelado en el lugar necesario para reemplazar dicho fusible.

NOM-023-ENER-2010 Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo dividido, descarga libre y sin conductos de aire. Límites, método de prueba y etiquetado. 10. Etiquetado Los aparatos objeto de esta Norma Oficial Mexicana que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos deben llevar en cada una de las unidades que conformen el sistema, una etiqueta que proporcione información relacionada con su REE además de los modelos tanto de la unidad exterior como de la(s) unidad(es) interior(es) que los integren en cada caso. 10.1 Permanencia La etiqueta debe ir adherida o colocada en el producto o empaque, ya sea por medio de un engomado, o en su defecto, por medio de un cordón, en cuyo caso, la etiqueta debe tener la rigidez suficiente para que no se flexione por su propio peso. En cualquiera de los casos no debe removerse del producto o empaque, hasta después de que éste haya sido adquirido por el consumidor final. 10.2 Información La etiqueta de eficiencia energética debe contener como mínimo la información que se lista a continuación, en forma legible e indeleble: 10.2.1 El nombre de la etiqueta: EFICIENCIA ENERGETICA. 10.2.2 La leyenda Relación de Eficiencia Energética (REE) determinada como se establece en la NOM- 023-ENER-2010. 10.2.3 La leyenda con las iniciales REE con el signo de igualdad y seguido de la relación: Efecto neto de enfriamiento (Wt) entre Potencia eléctrica (We). 10.2.4 La leyenda Marca seguida de la marca del acondicionador de aire. 10.2.5 La leyenda Modelo seguida del modelo del acondicionador de aire. 10.2.6 La leyenda Potencia eléctrica seguida del valor de la potencia eléctrica del acondicionador de aire, expresada en W. 10.2.7 La leyenda Efecto neto de enfriamiento seguida del valor del efecto neto de enfriamiento del acondicionador de aire, expresado en W. 10.2.8 La leyenda REE establecida en la norma en (W t/we) seguida del valor de Relación de Eficiencia Energética (REE) mínima del acondicionador de aire expresada en W t/we, de acuerdo a su tipo y clase establecida en la Tabla 1 del inciso 6.1 de esta Norma. 10.2.9 La leyenda REE de este aparato en (W t/we) seguida del valor de la Relación de Eficiencia Energética (REE) del acondicionador de aire expresada en W t/we. El valor de la relación de eficiencia energética del aparato debe ser definido por el fabricante. 10.2.10 La leyenda Ahorro de energía de este aparato de manera horizontal centrada. 10.2.11 Una barra horizontal de tonos crecientes, del blanco hasta el negro, indicando el por ciento de ahorro de energía de 0% al 50%. Debajo de la barra, en 0% debe colocarse la leyenda Menor ahorro y debajo de la barra en 50% debe colocarse la leyenda Mayor ahorro. 10.2.12 Se debe colocar una flecha sobre la barra horizontal que indique el porcentaje de ahorro de energía que tiene el producto, obtenido con el siguiente cálculo: 10.2.13 La leyenda El ahorro de energía efectivo dependerá de los hábitos de uso y localización del aparato. 10.2.14 La leyenda IMPORTANTE. 10.2.15 La leyenda La etiqueta no debe retirarse del aparato hasta que haya sido adquirido por el consumidor final. 10.3 Dimensiones Las dimensiones mínimas de la etiqueta son las siguientes: Alto:14 cm ± 1 cm Ancho: 10 cm ± 1 cm

10.4 Distribución de la información y colores 10.4.1 La distribución de la información dentro de la etiqueta debe hacerse conforme al ejemplo dado en el Apéndice E. 10.4.2 La distribución de los colores se realiza de la siguiente forma: Texto y Escala: negro Fondo de la etiqueta: amarillo Apéndice E (Normativo) Ejemplo de etiqueta para acondicionadores de aire tipo cuarto

NOM-030-ENER-2011, Eficacia luminosa de lámparas de diodos emisores de luz (LED) integradas para iluminación general. Límites y métodos de prueba. 10. Marcado. 10.1. En el cuerpo del producto 10.1.1. Las lámparas de LED integradas contenidas en esta Norma Oficial Mexicana deben marcarse en el cuerpo del producto de manera legible e indeleble con los datos que se listan a continuación, así como las unidades conforme a la NOM-008-SCFI-2002 (véase 3-Referencias): a) El nombre o marca registrada del fabricante o del comercializador; b) Datos eléctricos nominales de la tensión eléctrica de entrada, frecuencia, potencia eléctrica e intensidad de corriente eléctrica; y c) La fecha o código que permita identificar el periodo de fabricación. Lo indeleble se verifica por inspección, frotando el marcado manualmente durante 15 s con un paño empapado en agua, si después de este tiempo la información es legible se determina cumplimiento de la verificación. Excepción No. 1: Puede omitirse la frecuencia si el controlador es un circuito electrónico que funciona independientemente de la frecuencia de entrada dentro de un intervalo de 50 Hz a 60 Hz. Excepción No. 2: Si el producto se marca con la potencia eléctrica de entrada y el factor de potencia es 0,9 o mayor, puede omitirse la intensidad de corriente eléctrica. Excepción No. 3: Puede abreviarse la fecha de fabricación o utilizar un código designado por el fabricante. 10.1.2. Una lámpara de LED integrada que no se destina para utilizarse en un circuito de atenuación debe marcarse como "No usar con atenuadores de luz". 10.1.3. Una lámpara de LED integrada puede marcarse como "alto factor de potencia " o "hpf" si el factor de potencia que se calcula es 0,9 o mayor, de acuerdo a lo establecido en inciso 8.6. 10.2. En el empaque 10.2.1. Los empaques de las lámparas de LED integradas cubiertas en esta de Norma deben contener de manera legible e indeleble lo siguiente: a) La representación gráfica o el nombre del producto, salvo que éste no sea visible o identificable a simple vista por el consumidor, b) Nombre, denominación o razón social y domicilio del fabricante nacional o importador, c) La leyenda que identifique al país de origen del mismo (ejemplo: Hecho en..., Manufacturado en..., u otros análogos) d) Datos eléctricos nominales de la tensión eléctrica de entrada, frecuencia, potencia eléctrica e intensidad de corriente eléctrica, e) Tipo de distribución espacial de luz (ver Apéndice F) y tipo de bulbo (ver Apéndice G). f) Contenido cuando el producto no esté a la vista del consumidor. 10.2.2. Cualquier otra restricción debe establecerse en el empaque. 10.2.3. Una lámpara de LED integrada puede marcarse con distorsión armónica total en corriente si cumple con el inciso 6.3.2. Una lámpara de LED integrada puede marcarse como "baja distorsión armónica en corriente" o "THDi 30%" si la distorsión armónica que se mide es menor al 30%. 10.2.4. El producto objeto de esta Norma Oficial Mexicana, al tener indicados los datos en el empaque y en la cubierta, no requiere de instructivos adicionales. 10.3. Garantía del producto Todas las lámparas de LED integradas deben presentar una garantía mínima que cubra la reposición del producto por tres años, contados a partir de la fecha de venta y en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor y la NOM-024-SCFI-1998. La garantía podrá ser incluida en el empaque del producto o dentro del mismo.

NOM-031-ENER-2012, Eficiencia Energética para luminarios con diodos emisores de luz (leds) destinados a vialidades y áreas exteriores públicas. Especificaciones y métodos de prueba. 10. Marcado 10.1. En el cuerpo del producto 10.1.1. Los luminarios con leds contenidos en esta Norma Oficial Mexicana deben marcarse en el cuerpo del producto de manera legible e indeleble con los datos que se listan a continuación, así como las unidades conforme a la NOM-008-SCFI (véase 3. Referencias): a) El nombre o marca registrada del fabricante o del comercializador b) Los datos eléctricos nominales de la tensión eléctrica de entrada, corriente eléctrica, frecuencia y potencia eléctrica c) La fecha o código que permita identificar el periodo de fabricación. 10.1.2. Cuando no se incluyan en el instructivo, los luminarios con leds contenidos en esta Norma Oficial Mexicana deben marcarse en el producto de manera legible e indeleble con los datos que se listan a continuación, así como las unidades conforme a la NOM-008-SCFI (véase 3. Referencias): a) Condiciones ambientales de operación (temperatura, humedad, etcétera) b) Intervalos de tensión eléctrica, corriente eléctrica, potencia eléctrica, factor de potencia y distorsión armónica total en corriente eléctrica a la entrada de los componentes eléctricos y electrónicos del luminario para su correcto funcionamiento c) Tensión eléctrica, corriente eléctrica, potencia eléctrica, factor de potencia y distorsión armónica total en corriente eléctrica, nominales a la salida de los componentes eléctricos y electrónicos del luminario. 10.1.3. Lo indeleble se verifica por inspección y frotando el marcado manualmente durante 15 segundos con un paño empapado en gasolina blanca, si después de este tiempo la información es legible se determina cumplimiento de la verificación. 10.2. En el empaque 10.2.1. Los empaques de los luminarios con leds cubiertos en esta Norma Oficial Mexicana deben contener de manera legible lo siguiente: a) La representación gráfica o el nombre del producto, salvo que éste no sea visible o identificable a simple vista por el consumidor b) Nombre, denominación o razón social y domicilio del fabricante nacional o importador c) La leyenda que identifique al país de origen del mismo (ejemplo: Hecho en..., Manufacturado en..., u otros análogos) d) Datos eléctricos nominales de: tensión eléctrica de entrada, corriente eléctrica, frecuencia y potencia eléctrica. 10.2.2. Cualquier otra restricción debe estar indicada en el empaque. 10.3. En el Instructivo En el instructivo deberán incluir al menos lo siguiente: a) Forma de instalación, conservación, reposición de los distintos componentes y demás especificaciones b) Diagrama de conexión de los componentes c) Información necesaria para la correcta conexión de los componentes d) Contenido cuando el producto no esté a la vista del consumidor e) La leyenda que indique que el luminario con leds debe estar diseñado para operar correctamente en un intervalo de temperatura ambiente de -10 C a +50 C. 10.4. Garantía del producto Todos los luminarios con diodos emisores de luz (leds) destinados a vialidades y áreas exteriores públicas, descritos en el Capítulo 2. Campo de aplicación, deben presentar una garantía que cubra la

reposición del producto de por lo menos cinco años, contados a partir de la fecha de venta al usuario final y en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor y la NOM-024 SCFI-1998. La garantía del producto deberá ser incluida en el empaque del producto o dentro del mismo. 10.5. Vida útil nominal La vida útil nominal deberá estar contenida por lo menos en uno de los siguientes lugares: Cuerpo del producto Empaque NOM-032-ENER-2013, Límites máximos de potencia eléctrica para equipos y aparatos que demandan energía en espera. Métodos de prueba y etiquetado. 9. Etiquetado Los equipos y aparatos objeto de esta Norma Oficial Mexicana que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos deben llevar una etiqueta que proporcione información relacionada con su potencia eléctrica en modo de espera. 9.1. Permanencia. La etiqueta debe ir impresa, adherida o colocada en el empaque, ya sea por medio de un engomado, o en su defecto, por medio de un cordón, en cuyo caso, la etiqueta debe tener la rigidez suficiente para que no se flexione por su propio peso. En cualquiera de los casos no debe removerse del empaque, hasta después de que éste haya sido adquirido por el consumidor final. 9.2. Contenido de la etiqueta. La etiqueta de eficiencia energética debe contener como mínimo la información que se lista a continuación, en forma legible e indeleble: 9.2.1 El nombre de la etiqueta: EFICIENCIA ENERGÉTICA, el tipo de letra Arial, negritas y mayúsculas. 9.2.2. La leyenda Potencia en espera menor o igual a: seguida del valor de la potencia eléctrica en modo de espera, en watts, establecido para cada equipo o aparato en el Capítulo 5 de esta NOM, el tipo de letra Arial, negritas. 9.2.3. La leyenda Cumple con lo establecido en la NOM-032-ENER-2013, el tipo de letra Arial, negritas. 9.2.4. En el caso de que la etiqueta sea adherida o colocada en el empaque, ya sea por medio de un engomado, o en su defecto, por medio de un cordón deberá incluir las leyendas "IMPORTANTE, el tipo de letra Arial, negritas y La etiqueta no debe retirarse del producto hasta que haya sido adquirido por el consumidor final.", en tipo de letra Arial, normal. 9.3. Distribución de la información y colores. 9.3.1. Para el caso de que la etiqueta sea impresa en el empaque, la proporción de alto y ancho, así como la distribución de la información dentro de la misma debe hacerse conforme a la Figura 8. Figura 8. Ejemplo de etiqueta de eficiencia energética impresa en el empaque

9.3.2. Para el caso de que la etiqueta sea adherida o colocada en el empaque, ya sea por medio de un engomado, o en su defecto, por medio de un cordón, la proporción y la distribución de la información dentro de la misma debe hacerse conforme a la Figura 9. Figura 9. Ejemplo de etiqueta de eficiencia energética, adherida o colocada en el empaque 9.3.3. La distribución de los colores se realiza de la siguiente forma: el texto de la etiqueta color negro y fondo de la etiqueta color blanco o amarillo. Para ofrecerle un mejor servicio, contamos con las siguientes alternativas en el ingreso y revisión de documentos: En nuestras instalaciones con horario de 8:30 a 17:30: Oficina matriz, Avenida Lomas De Sotelo 1097, Miguel Hidalgo, Distrito Federal, Tel: (55) 5395 0953 Sucursales: Occidente. Av. Niños Héroes 1555-5 piso despacho 513, Col. Moderna, Guadalajara, Jal. 01 33 3810 8011; Noreste. Río Colorado 300, Col. de Valle, San Pedro Garza García, Monterrey N.L. Noroeste. Agua Caliente 4558, Aviación, 22014 Tijuana, Baja California 01 664 686 6728 Norte. Tomas Fernández, 32460 Juárez, Chihuahua, 01 656 629 0959 En nuestra ventanilla remota, ubicada en Culiacán 71, Col. Hipódromo Condesa (CANIETI), Tel. (01-55) 5264-0671 En nuestra ventanilla virtual (e-nyce): http://enyce.nyce.org.mx Si tiene alguna duda o requiere asistencia personalizada, por favor contáctenos: Tel. (01-55) 5395-0777 ext. 221, 214, e-mail: eficiencia@nyce.org.mx