La adjudicación de plazas.

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Transcripción:

La adjudicación de plazas. Admisión de alumnado de segundo ciclo de Ed. Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato 2013-2014 Autoras: Susana Valverde Ayala Ana María García Cerezuela Fecha de revisión:14/02/2013

Contenidos 1 Procesos de adjudicación de plazas... 1 2 La adjudicación de plazas de reserva... 3 3 Adjudicaciones automáticas. Algoritmo de adjudicación... 4 3.1 El desempate... 5 3.2 Las prioridades... 5 3.2.1 Los estudios simultáneos... 6 3.2.2 La adscripción... 6 3.2.3 El transporte prioritario... 7 4 El resultado de las adjudicaciones... 7 5 Reclamaciones al proceso de adjudicación... 9

Esta obra está bajo una licencia de CreativeCommons Reconocimiento- NoComercial-SinObraDerivada 3.0 España. 1 Procesos de adjudicación de plazas Se entiende por adjudicar, la asignación de una solicitud (alumno) a un centro escolar. Dentro del proceso de admisión de alumnos, se adjudican plazas en varias fases: Fase Ordinaria Fase Extraordinaria Fase permanente Durante el curso escolar, se escolariza a los alumnos en fase permanente; que tiene su vigencia desde que acaba la fase extraordinaria (octubre) hasta finales del mes de mayo del curso escolar. Durante la adjudicación de plazas en fase ordinaria se realiza un proceso de adjudicación manual de las plazas de reserva y un proceso de adjudicación automática del alumnado que opta a plazas ordinarias. La adjudicación de plazas en la fase ordinaria lleva implícitos los siguientes procesos sucesivos en el tiempo: 1) Adjudicación manual de reserva. 2) Adjudicación provisional automática. 3) 1ª adjudicación definitiva automática. 4) 2ª adjudicación definitiva automática. 5) Adjudicaciones manuales con ajustes finales de la fase ordinaria de escolarización. La adjudicación de plazas en fase extraordinaria lleva implícitos los siguientes procesos, también sucesivos en el tiempo: 1) Adjudicación definitiva automática. 2) Adjudicaciones manuales con ajustes finales de la fase de escolarización. Todas las adjudicaciones se realizan a través de la aplicación ADA. La diferencia entre adjudicaciones manuales y automáticas, es que la adjudicación manual es realizada por las comisiones de escolarización y la adjudicación automática la realiza el programa ADA utilizando un algoritmo de adjudicación. Las solicitudes de reserva que NO se matriculen tras la 1ª adjudicación definitiva, perderán la reserva, por lo que, en la 2ª adjudicación definitiva concursarán igual que el resto de alumnos que optan a plazas ordinarias. 1

Tras cada proceso de adjudicación, se puede consultar en el programa ADA los listados con las adjudicaciones realizadas (listados de adjudicación). En los listados se incluyen adjudicaciones manuales y adjudicaciones automáticas, los alumnos adjudicados y los alumnos no adjudicados. La lista de no admitidos es, a la vez, la lista de espera para el proceso de adjudicación siguiente, siempre y cuando el alumno no se haya matriculado en el centro adjudicado. En ese caso, el alumno matriculado sale de la lista de espera. A continuación se detallan los procesos automáticos por enseñanzas: a) La zona superior de cada celda, indica el origen de los datos que se tienen en cuenta para saber qué vacantes hay disponibles en cada proceso. b) La zona inferior de cada celda, indica la fecha oficial de publicación de listados. Procesos de adjudicación ADJUDICACIÓN DE RESERVA PROVISIONAL 1ª DEFINITIVA 2ª DEFINITIVA EXTRAORDINARIA Infantil 3 años Ocupación = 0 Ocupación = 0 Ocupación = 0 Hasta 10 de mayo Matrícula nueva Matrícula nueva 14 de mayo 21de mayo 31 de mayo 5 de septiembre Infantil 4 y 5 años y Primaria Secundaria y Bachillerato Puestos disponibles (1) Hasta 10 de mayo Ocupación = 0 (2) Hasta 17 de junio Previsiones Previsiones Matrícula propia + nueva Matrícula propia + nueva 14 de mayo 21 de mayo 3 de julio 5 de septiembre Previsiones Matrícula propia Matrícula propia + nueva Matrícula propia + nueva 27 de junio 4de julio 12 de julio 11de septiembre (1) Sólo hay reserva en 1º de Primaria si el centro no tiene Educación Infantil. (2) Sólo hay reserva en 1º de ESO. 2

2 La adjudicación de plazas de reserva Los responsables de adjudicar plaza a los alumnos que optan a la reserva son las Comisiones de Escolarización o el Inspector del centro (en su defecto) y la Comisión Específica (ver tema Las Comisiones de Escolarización. Los Consejos Escolares. La adjudicación de plazas de reserva se hace manualmente en la aplicación ADA y tendrá en cuenta que: Una solicitud de reserva de plaza puede ser rechazada como tal por la Comisión de Escolarización si no cumple los requisitos para ser de reserva. Cuando esto ocurre, la Comisión debe marcar en ADA Rechazar Reserva tal y como se explica en el manual de Funcionalidades de ADA para las Comisiones. A partir de ese momento, la solicitud participará en la adjudicación automática concursando para obtener plaza ordinaria. Las solicitudes con alguna marca de reserva de plaza, que solicitan plaza en niveles que no tienen reserva serán adjudicadas a plazas ordinarias del siguiente modo: o Manualmente: las solicitudes de Medidas Judiciales o Protección Juvenil y excepcionalmente otras. o Automáticamente: el resto de solicitudes con la marca de reserva pero sin prioridad. Atendiendo a la Resolución de 6 de febrero de 2012 de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa por la que se dictan instrucciones sobre el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo escolarizado en las etapas de Educación Infantil, Primaria y Secundaria, objeto de dictamen de escolarización por parte de los servicios de orientación, la Comisión Específica y las Comisiones de Escolarización adjudicarán las plazas de reserva siguiendo este orden de prioridad: 1º. Alumnado con medidas judiciales de reforma y promoción juvenil y alumnado de protección y tutela de menores. 2º. Alumnado con necesidades educativas especiales relacionado en el anexo I de la citada Resolución. 3º. Alumnado con necesidades educativas especiales relacionado en el anexo II de la misma Resolución. 4º. Alumnado de integración tardía en el sistema educativo español. 3

3 Adjudicaciones automáticas. Algoritmo de adjudicación Necesitamos un algoritmo para que un programa informático realice una adjudicación automática teniendo en cuenta las diferentes peticiones de centros, penalizaciones, prioridades, baremo, desempate, etc. Un algoritmo es un conjunto preescrito de instrucciones o reglas bien definidas, ordenadas y finitas que permite realizar una actividad mediante pasos sucesivos que no generen dudas a quien deba realizar dicha actividad. (Wikipedia) El algoritmo que usa ADA adjudica todas las solicitudes que se presentan en cada centro siguiendo un orden. Para hacer comprensible este orden, hemos llamado paquete a un conjunto de solicitudes que cumplen determinadas condiciones. Se consideran penalizaciones: la duplicidad, la presentación fuera de plazo y otras irregularidades detectadas como documentación fraudulenta, etc. Todas las solicitudes penalizadas tienen el baremo a cero puntos para todos los centros solicitados y se adjudican en un paquete posterior a las no penalizadas. Importante: El orden de los paquetes y las condiciones que tienen se pueden ver en una serie de diagramas anexos a este documento. Entender esos diagramas es importante para poder explicar a las familias el orden en el que aparecen los alumnos en los listados de adjudicación. ADA adjudicará los paquetes por orden. Dentro de cada paquete, las solicitudes se ordenarán de la siguiente forma: 1º por prioridades 2º por baremo 3º por desempate Se ordenan las solicitudes por puntuación de baremo descendente y se adjudican en ese orden. BAREMO PRIORIDA DES Y PENALIZA CIONES DESEMP ATE OBTENCIÓN DE PLAZA 4

3.1 El desempate En caso de que haya empate en la puntuación del baremo se ordenarán así las solicitudes con igual puntuación: 1. Puntuación parcial CP1. 2. Puntuación parcial CP2. 3. Puntuación parcial CP3. 4. Puntuación parcial CP4. 5. Orden de selección de centro. 6. Orden alfabético de las letras del apellido 1º, apellido 2º y nombre a partir del nombre publicado resultante del sorteo. Importante: Hay consultas frecuentes de los solicitantes que se derivan de pensar que ante un empate, se desempata por apellido, sin embargo hay que tener en cuenta que primero se desempata por los criterios prioritarios (del CP1 al CP4) y si persiste el empate, se ordenan las solicitudes según en qué opción se haya pedido el centro. El último desempate es el que se realiza con el nombre extraído en el sorteo. También hay que tener en cuenta que el CP5 (que se usa sólo en Bachillerato) no se usa para desempatar. Ejemplo: JAIMITO MARTÍNEZMARTÍNEZ tiene 5 puntos en el baremo distribuidos así: CP1=0; CP2=5; CP3=0; CP4=0; Jaimito pidió el centro como segunda opción. JAIMITA VÉLEZ VELASCO tiene 5 puntos en el baremo distribuidos así: CP1=0; CP2=5; CP3=0; CP4=0; Jaimita pidió el centro como primera opción. El nombre de desempate es: GARCÍA GARCÍA, MENGANITA. Cuál de las dos solicitudes será adjudicada primero? Ambas solicitudes empatan en el baremo. Además, empatan uno por uno en la aplicación de los criterios prioritarios, por lo tanto, se desempata por el orden de selección de centro y NO por apellido. Es decir, entraría antes Jaimita, ya que pidió el centro como primera opción mientras que Jaimito lo pidió en segunda opción. 3.2 Las prioridades ADA adjudica en primer lugar las solicitudes que tengan algún tipo de prioridad por delante de todas las demás solicitudes. Las prioridades son las siguientes: estudios simultáneos, adscripción y transporte. La forma de acreditarlas se explica en el tema Baremo. Aquí explicamos el orden en el que se adjudican las solicitudes con algún tipo de prioridad teniendo en cuenta las posibles combinaciones: 5

1. Solicitudes con estudios simultáneos ordenadas por su baremo y desempate. 2. Solicitudes con adscripción y transporte prioritario ordenadas por su baremo y desempate. 3. Solicitudes con adscripción ordenadas por su baremo y desempate. 4. Solicitudes con transporte prioritario ordenadas por su baremo y desempate. 5. Resto de solicitudes ordenadas por su baremo y desempate. 3.2.1 Los estudios simultáneos Los estudios simultáneos se consideran exclusivamente en ESO y Bachillerato y en los centros establecidos en la Orden de 12 de enero de 2013. Ver tema Baremo. 3.2.2 La adscripción Qué significa que un centro está adscrito a otro? Un centro está adscrito a otro cuando en el primero no existe la enseñanza obligatoria que debe cursar un alumno/a y, por esta razón, el alumno/a se ve desplazado del mismo para el siguiente curso escolar. La Administración educativa está obligada a darle a este alumno/a un puesto escolar en alguno de sus centros adscritos si no ha obtenido plaza en cualquiera de los solicitados a los que no esté adscrito. Cómo afecta la adscripción a la admisión de alumnos? La adscripción del centro de procedencia al centro solicitado implica una PRIORIDAD para la admisión de alumnos. El paquete de alumnos con esta prioridad se adjudica por delante del paquete de alumnos que solicita el mismo centro sin proceder de un centro adscrito. Dentro del paquete de alumnos con la prioridad ADSCRITO, éstos se ordenan por su baremo y por el sistema de desempate. Entre qué centros escolares y para qué niveles de enseñanza existen adscripciones? Existen adscripciones entre: 1. Un centro público de Educación Infantil (2º ciclo) que no imparte por tanto la Educación Primaria, y un centro público de Educación Primaria. 2. Un centro público de Educación Primaria incompleto (por ejemplo, solo imparte hasta el segundo ciclo de Primaria) y un centro público de Educación Primaria completo (que imparte hasta 6º curso de Educación Primaria): exclusivamente para el nivel siguiente al que no se imparte en el centro de origen. 3. Un centro público de Educación Primaria y un Instituto de Educación Secundaria Obligatoria: exclusivamente para el 1º curso de ESO. 4. Un Instituto de Educación Secundaria obligatoria y otro Instituto de Educación Secundaria Obligatoria: exclusivamente para el 2º curso del Programa de Cualificación Profesional. 5. Un centro privado concertado que no tiene los estudios de ESO concertados con la Administración educativa con otro centro privado concertado de la 6

misma o diferente titularidad sí los tiene. Ambos centros deberán tener firmado el acuerdo previamente al proceso de admisión de alumnos y haber enviado copia a la Administración educativa (en particular al Servicio de Planificación de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa de la Consejería de Educación, Formación y Empleo). 6. Un centro privado concertado que no tiene los estudios de ESO concertados con la Administración educativa con un Instituto de Educación Secundaria Obligatoria. Será la Administración educativa la que establezca la adscripción teniendo en cuenta el área escolar en la que se encuentra el centro privado concertado. 3.2.3 El transporte prioritario Los alumnos tendrán prioridad por transporte en un centro determinado si se cumplen las siguientes condiciones: 1. La enseñanza solicitada debe ser 2º Ciclo de Infantil, Primaria, ESO o PCPI. 2. Que el domicilio familiar del alumno se encuentre a más de 3 Km. del centro más próximo a su domicilio (que es el que solicita). 3. El centro público solicitado dispone de servicio de transporte escolar cuya ruta pasa cerca del domicilio del alumno. 4. La ruta de transporte que deba utilizar el alumno sólo llega a un centro escolar que imparta la enseñanza y curso solicitados éste. Si el transporte escolar que recoge al alumno tiene parada en más de un centro escolar que imparta la misma enseñanza, esa ruta no se considera prioritaria por lo tanto, no genera derecho a la prioridad por transporte en el baremo. 4 El resultado de las adjudicaciones Una vez publicados los listados de la 1ª adjudicación definitiva, se producirán tres situaciones: 1. Alumnado que ha obtenido plaza en el centro solicitado en 1ª opción: deberá matricularse obligatoriamente en el centro adjudicado; si no lo hace perderá todos los derechos sobre la plaza adjudicada y pasará a la siguiente adjudicación penalizado. 2. Alumnado que ha obtenido plaza en un centro solicitado en una opción diferente a la 1ª: este alumnado puede a. matricularse en el centro adjudicado, con lo que finalizará su proceso de admisión. b. no matricularse en el centro adjudicado, con lo que participará en la 2ª adjudicación definitiva en la lista de espera para intentar mejorar respecto a lo que se le ha dado. Debe tener en cuenta que puede 7

mejorar pero también puede perder el centro adjudicado y empeorar su situación. 3. Alumnado que no ha obtenido plaza en ninguno de los centros solicitados: a. Puede ampliar la lista de centros solicitados para la 2ª adjudicación definitiva añadiendo cuatro centros más en las opciones 9ª a 12ª. Estos centros se baremarán con 0 puntos. b. Puede participar en la 2ª adjudicación definitiva con los mismos centros solicitados inicialmente. Los reparos a la 1ª adjudicación definitiva tendrán carácter de reclamación. Es aconsejable explicar a las familias que pueden poner el recurso de alzada en un mes por lo que, pueden esperarse a la 2ª adjudicación de plaza para intentar mejorar su situación. Publicados los listados de la 2ª adjudicación definitiva se cierra el proceso automático de adjudicación de la fase ordinaria. Todo el alumnado que haya obtenido plaza en cualquiera de las opciones solicitadas deberá matricularse en el centro adjudicado. Hasta que comience la fase extraordinaria de admisión de alumnos, las Comisiones de Escolarización podrán adjudicar plaza manualmente para ajustes finales y casos de solicitudes no dependientes de hermanos con evaluación extraordinaria en septiembre. El alumnado que no haya obtenido plaza en la 2ª adjudicación definitiva se queda pendiente de adjudicar para la fase extraordinaria. Hay que tener en cuenta que la lista de espera pierde su vigencia cuando termina la fase ordinaria aunque el orden en el que se adjudicarán las solicitudes en la fase extraordinaria respetará el orden que ya tuvieran las solicitudes de la fase ordinaria. En la adjudicación automática de la fase extraordinaria nos encontraremos con los siguientes participantes: 1. Alumnado que ha obtenido plaza en un centro solicitado en primera opción en la 2ª adjudicación definitiva y no se ha matriculado. 2. Alumnado que ha obtenido plaza en un centro solicitado en una opción diferente a la 1ª y no se ha matriculado. (Se recuerda que podría empeorar.) 3. Alumnado que no ha obtenido plaza en ninguno de los centros solicitados, a. Con ampliación de centros b. Sin ampliación de centros 4. Nuevos solicitantes de plaza en fase extraordinaria En este momento no se puede ampliar ni cambiar el orden de los centros. La única opción que tendría este alumnado para dejar de participar con lo que pidió es dar de 8

baja la solicitud actual y presentar una nueva de fase extraordinaria, teniendo en cuenta que será adjudicado posteriormente a todas las que procedan de la fase ordinaria, por lo que, a no ser que quiera cambiar los centros, normalmente será más ventajoso para el alumno que mantenga la solicitud de fase ordinaria. Tras la adjudicación automática de septiembre, todas las adjudicaciones posteriores son manuales y realizadas por las comisiones de escolarización. 5 Reclamaciones al proceso de adjudicación Los centros escolares atenderán aquellas reclamaciones que sobre la adjudicación se presenten en los registros de entrada. En el caso de que la reclamación se refiera al baremo, sólo se estimará si el error ha sido generado por los órganos públicos administrativos. Si el error provoca un cambio en la adjudicación, el cambio deberá hacerlo la comisión de escolarización de forma manual, no se puede realizar otra adjudicación automática. Importante: Un simple error al mecanizar una solicitud como de 1º de 2º ciclo de Infantil cuando en realidad es de 1º de Primaria implicaría dar de baja la solicitud, volverla a crear nueva y que la comisión la adjudique manualmente respetando el mismo algoritmo de adjudicación automático. Este cambio es complejo y puede provocar situaciones injustas para otros alumnos. Estas situaciones son evitables si se han realizado bien todos los pasos anteriores: mecanización, control de incidencias, previsiones, matriculaciones, revisión del baremo provisional y definitivo, etc. Es fundamental que expliquemos a las familias todas sus dudas; aquellas que no puedan ser respondidas en el momento, se consultarán con las Comisiones de Escolarización (las de carácter legal) o con el Servicio de Planificación (las de carácter técnico y de procedimiento administrativo), siempre insertando la incidencia en ADA, Menú Ayuda Insertar incidencia. Los Consejos Escolares darán respuesta preferentemente por escrito a las demandas de las familias. 9