Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

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Transcripción:

Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 23 Miércoles, 4 de febrero de 2015 Pág. 7103 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN B. AUTORIDADES Y PERSONAL B.2. Oposiciones y Concursos CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2015, de la Gerencia de Servicios Sociales, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacantes de Técnico Medio adscritas al Cuerpo Técnico Diplomado Especialista (Asistentes Sociales), dependientes de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales de Ávila, Burgos, León, Salamanca, Segovia, Soria y Zamora, mediante nombramiento de personal interino. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 43.3 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, así como en el Capítulo III del Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, teniendo esta Consejería, en la Gerencia de Servicios Sociales, puestos de trabajo vacantes, adscritos a funcionarios, cuya cobertura resulta necesaria y urgente, y con la autorización previa de la Consejera de Hacienda de fecha 28 de enero de 2015, vistos los informes de los centros competentes en materia de Función Pública y Presupuestos, así como el informe de la Dirección General de la Función Pública comunicando que la bolsa del citado Cuerpo de las provincias de Ávila, Burgos, León, Salamanca, Segovia, Soria y Zamora, está agotada, se procede a efectuar la presente convocatoria para cubrir las plazas que se indican en el Anexo I conforme a las siguientes BASES Primera. Convocar públicamente la cobertura de las plazas para personal interino con las características y requisitos que se señalan en el Anexo I de esta resolución. Segunda. Los candidatos para cubrir dicha plaza dirigirán sus solicitudes, según el modelo que figura en el Anexo II de esta resolución, al Ilmo. Sr. Gerente de Servicios de Sociales, C/ Padre Francisco Suárez n.º 2 Bajo, 47006 Valladolid, en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León», así como la documentación acreditativa de los requisitos y méritos que en la misma aleguen, debidamente compulsados o cotejados, cuando se trate de fotocopias. No se tendrán en cuenta los méritos alegados y no acreditados documentalmente. Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano, o en los lugares a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

Pág. 7104 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Tercera. Los candidatos deberán reunir a la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes, además de los requisitos indicados en el Anexo I de esta resolución, los siguientes: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, así como en otros supuestos legalmente establecidos. b) Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones. c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Poseer la titulación exigida. Cuarta. El órgano de selección será nombrado por el Ilmo. Sr. Gerente de Servicios Sociales y estará constituido por cinco miembros: un Presidente, tres Vocales, y un Secretario, que deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los candidatos podrán recusarlos cuando concurra alguna de dichas circunstancias. A la vista del número de aspirantes y de las características de los puestos, la Comisión de Selección podrá proponer al Ilmo. Sr. Gerente de Servicios Sociales el nombramiento de personal colaborador que estime conveniente. Los miembros de la Comisión de Selección y personal colaborador tendrán derecho al abono de las asistencias de su participación en cada sesión, de conformidad con lo previsto en el Art. 27 del Decreto 252/1993, de 21 de octubre, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Quinta. La Comisión de Selección podrá convocar a los candidatos que seleccione para la realización de las pruebas y/o entrevistas que considere adecuadas para determinar su idoneidad. La puntuación obtenida en esta fase no podrá superar 4 puntos. La publicación del anuncio de esta convocatoria se efectuará en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León y en la sede de la Gerencia de Servicios Sociales, con una antelación mínima de cinco días hábiles.

Pág. 7105 Sexta. La valoración de los méritos se llevará a cabo conforme al siguiente baremo, de acuerdo con los criterios que el órgano de selección establezca, con los siguientes límites de baremación: 1. Por haber aprobado algún ejercicio de las oposiciones que se hubieran celebrado en las Administraciones Públicas para el acceso a Cuerpos o Escalas similares a los del objeto de esta convocatoria, no pudiéndose computar más que una sola convocatoria, 1 punto por cada ejercicio aprobado, hasta un máximo de dos puntos. 2. Por servicios prestados como funcionario interino o contratado laboral temporal en puestos similares a los de esta convocatoria en cualquier Administración Pública, 0,02 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de dos puntos. 3. Por servicios prestados como funcionario interino o contratado laboral temporal en puestos similares a los de esta convocatoria en esta Consejería y Organismos Autónomos de ella dependientes, 0,03 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de tres puntos. 4. Por experiencia en el sector privado en puestos similares a los de esta convocatoria, 0,01 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de un punto. (La acreditación de este mérito se efectuará, además de por los documentos acreditativos correspondientes, mediante certificados de vida laboral del candidato). En caso de empate, éste se dirimirá, en primer lugar, por la puntuación obtenida en el apartado 3 del baremo, si éste subsistiera, por la puntuación obtenida en el apartado 1 y, a continuación, por la obtenida en los apartados 2 y 4 sucesivamente. Séptima. La puntuación obtenida de la calificación de los méritos que los aspirantes hayan acreditado se sumará a la que resulte de la realización, en su caso, de las pruebas a las que se hace referencia en la Base Quinta para obtener la calificación final de los aspirantes. Octava. La Comisión seleccionará para el puesto, un candidato y varios suplentes, elevando su propuesta al Gerente de Servicios Sociales, para que efectúe el correspondiente nombramiento, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden FAM/1279/2009, de 1 de junio, por la que se delega el ejercicio de la competencia relativa al nombramiento y cese de personal interino respecto de los puestos de trabajo de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León. Si se produjera la renuncia del candidato titular y se acreditara mediante la oportuna certificación la inexistencia del candidatos en la Bolsa de Empleo vigente para el acceso al Cuerpo y Puesto objeto de esta convocatoria, se procederá, si así lo aconsejan las necesidades del servicio, al llamamiento de los candidatos que en dicha disposición figuren como suplentes y en el orden de prelación en ella establecido. La Comisión de Selección podrá proponer que el procedimiento se declare desierto si no se encontrase candidato idóneo. Igualmente, la plaza convocada podrá ser declarada desierta si a lo largo de la tramitación del proceso selectivo, existieran aspirantes en

Pág. 7106 la correspondiente Bolsa de Empleo, o fuese cubierta, aún con carácter provisional, por funcionario de carrera en los términos previstos en la legislación reguladora de la materia. Novena. La remuneración de esta plaza será la que corresponda de acuerdo con la normativa vigente. Décima. Los candidatos nombrados deberán aportar en el momento de la toma de posesión la documentación siguiente: Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes. Declaración u opción a que alude el artículo 31 del Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 227/1997, de 20 de noviembre. Copia compulsada del Título Académico o Certificación acreditativa de la titulación requerida. Se entenderá que el aspirante que no presente dicha documentación completa renuncia a la plaza, procediéndose según lo dispuesto en el párrafo segundo de la Base Octava de esta Orden. Undécima. El personal interino que, al amparo de la presente convocatoria, fuese seleccionado, cesará automáticamente en el desempeño de su puesto de trabajo en los supuestos contemplados en el artículo 15.4 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León. Duodécima. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Art. 8.2 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se contarán a partir del día siguiente de su notificación. Valladolid, 2 de febrero de 2015. El Gerente de Servicios Sociales, Fdo.: Jesús Fuertes Zurita

Pág. 7107 ANEXO I CONSEJERÍA: Familia e Igualdad de Oportunidades. CENTRO DIRECTIVO: Gerencia de Servicios Sociales Centro Directivo Cuerpo/Escala Puesto Código R.P.T. Requisitos Titulación GR NV C.E. Localidad DE ÁVILA 18341 A2 21 00 ÁVILA DE ÁVILA 540310 A2 21 00 ÁVILA DE ÁVILA 65771 A2 21 00 ÁVILA DE BURGOS 43731 A2 21 00 BURGOS DE BURGOS 19024 A2 21 05 BURGOS DE BURGOS 43775 A2 21 00 BURGOS DE BURGOS 60162 A2 21 00 BURGOS DE LEÓN 19920 A2 21 05 LEÓN DE LEÓN 540837 A2 21 00 LEÓN DE LEÓN 41510 A2 21 00 LEÓN DE LEÓN 540538 A2 21 00 LEÓN DE SALAMANCA 21655 A2 21 00 SALAMANCA (D.T.) DE SALAMANCA 21637 A2 21 02 SALAMANCA DE SEGOVIA RESIDENCIA MIXTA 540636 A2 21 00 SEGOVIA

Pág. 7108 Centro Directivo Cuerpo/Escala Puesto Código R.P.T. Requisitos Titulación GR NV C.E. Localidad DE SEGOVIA 540626 A2 21 00 SEGOVIA DE SORIA 540652 A2 21 00 SORIA DE SORIA C.A.M.P. y C.O. ÁNGEL DE LA GUARDA 540653 A2 21 00 SORIA DE ZAMORA 540701 A2 21 00 ZAMORA DE ZAMORA 65827 A2 21 00 ZAMORA

Pág. 7109 Anexo II (Sello de entrada) SOLICITUD DE ADMISIÓN PARA CUBRIR PLAZAS POR PERSONAL INTERINO 1. DATOS CONVOCATORIA. Fecha convocatoria Nª Plaza solicitada (indique orden de prelación de plazas) CENTRO DIRECTIVO GRUPO NIVEL CE LOCALIDAD

Núm. 23 Boletín Oficial de Castilla y León Miércoles, 4 de febrero de 2015 Pág. 7110 Anexo II 2. DATOS PERSONALES 2.1 Primer apellido 2.2. Segundo apellido 2.3. Nombre 2.4. N 0 DNI. 2.5. Fecha de nacimiento 2.6. Teléfono (y prefijo) 2.7. Domicilio Calle o Plaza y no 2.8. Localidad (con distrito postal) 2.9. Provincia 3. TITULACIONES EXIGIBLES COMO REQUISITO Y/O VALORABLES COMO MÉRITOS EN LA CONVOCATORIA 3.1. Titulación 3.2. Centro de expedición 4. EJERCICIOS APROBADOS EN OPOSICIONES CONVOCADAS POR ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 4.1 Cuerpo o Escala 4.2 Grupo 4.3 Fecha convocatoria: 4.4 Nº Ejercicios Aprobados 5. SERVICIOS PRESTADOS EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 5.1. Cuerpo o Escala 5.2. Fecha alta 5.3. Fecha baja 5.4. Tiempo efectivo Meses 6. SERVICIOS PRESTADOS EN LA CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES 6.1. Cuerpo o Escala 6.2. Fecha alta 6.3. Fecha baja 6.4. Tiempo efectivo Meses 7. EXPERIENCIA PPROFESIONAL EN LAS MATERIAS INDICADAS EN LA BASE 4 7.1. Cuerpo o Escala 7.2. Fecha alta 7.3. Fecha baja 7.4. Tiempo efectivo Meses El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la Administración Pública y las específicamente requeridas para esta convocatoria y se compromete a probar documentalmente los datos que figuran en esta solicitud en los términos de la convocatoria. En a de de 2015 Fdo.: ILMO. SR. GERENTE DE SERVICIOS SOCIALES http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979 - ISSN 1989-8959