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Transcripción:

CONVENIO DE COLABORAC[ÓN ENTRE LA SECRETARIA GENERAL DE INSTITUCIONES PEN[TENC[ARIAS y LA ASOCIAC[ÓN A.P.A.N.I.O (ASOCIAC[ÓN DE PADRES Y AMIGOS DE NIÑOS D[FERENTES), PARA EL CUMPLIMIENTO DE PENAS DE TRABAJO EN BENEFIC[O DE LA COMUN[DAD En Madrid, a í' k ~').fj',) tb.?-oio REUNIDOS De una parte O'. Mercedes Gallizo Llamas, Secretaria Genera[ de Instituciones Penitenciarias por Real Decreto de nombramiento 54312008, de 21 de abril, BOE de 22 de abril y con competencia para firmar convenios según Orden [NT 1470/2008, de 27 de mayo, sobre régimen transitorio de delegación de competencias en el Ministerio del Interior, en relación con las anteriores Ordenes [NTl285312006, de 13 de septiembre e [NT 985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban [as delegaciones efectuadas por otras autoridades. y de aira O. Juan Antonio Agudo Va[tierra en uso de [as atribuciones que le confiere su nombramiento de Director Genera[ de [a Asociación A.P.A.N.l.O. Inscrita en e[ Registro del Ministerio del Interior Registro Naciona[ de Asociaciones Grupo 1 Sección 1 con n' 10125 y declarada de utilidad pública por e[ Ministerio de [a Gobemación, Dirección General de Polilica de [nlerior en fecha de 31 de Octubre de 1975. En la representación que oslentan y con capacidad suficiente para olorgar el presente convenio, MANIFIESTAN \ 1.- Que la Ley Organica 1011 995, de 23 de noviembre, del Código Penal, introduce en nuestro sistema penal, dentro de las penas privativas de derechos, las penas de trabajos en beneficio de la comunidad, cuyos articulas 39, 40 y 49, en su redacción dada por la Ley Organica 1512003, de 25 de noviembre, remiten las circunstancias de ejecución de esta pena a la vía penitenciaria, estableciéndose en e[ citado articulo 49 que [os trabajos en beneficio de [a comunidad -que no podrán imponerse sin el consentimiento del penado-, le obligan a prestar su cooperación no retribuida en determinadas aclividades de utilidad pública.

2.- Que el Real Decreto 1849/2009, de 4 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 51512005, de 6 de mayo, que establece las circunslancias de ejecución de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, considera, en su articulo 4.1, que el Irabajo en beneficio de la comunidad será facilitado por la Adminislración estatal, autonómica o local, que, a tal fin, podrán establecer los oportunos convenios entre sí o con entidades públicas o privadas que desarrollen actividades de utilidad pública. En este caso, estas entidades podrán asumir las funciones de gestión de los trabajos, asesoramiento, seguimiento y asistencia de los penados, sin perjuicio de la supervisión de la Administración Penitenciaria. 3.- Que la Asociación AP.A.N.l.D. liene como objetivos apoyo a discapacilados fisicos y psiquicos. En consecuencia, las partes finmantes acuerdan establecer el presente convenio de colaboración con arreglo a las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA: Objeto del Convenio.- El presenle convenio tiene por objeto eslablecer la lorma de colaboración entre la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación A.P.A.N.l.D., para el efectivo cumplimiento de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad, en su ámbito competencia!. SEGUNDA: Compromisos que asumen las partes.- 1.- La Asociación AP.A.N.l.D. se compromete a facilitar un número de plazas a los penados a Irabajos en beneficio de la comunidad, en las condiciones establecidas en el articulo 49 del Códi90 Penal y en el Real Decreto 51512005, según redacción dada por el Real Decreto 184912009. 2.- El Ministerio del Interior asume las obligaciones para la cobertura de las contingencias que corresponden al Instituto Nacional de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfenmedades profesionales de los penados, por los dias de prestación efectiva del trabajo desarrollado en beneficio de la comunidad, en virtud de lo dispuesto en el Real Decrelo 2131/2008, de 26 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 78212001, de 6 de julio, que regula, entre otras materias, la prolección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajos en beneficio de la comunidad. 3.- La Asociación AP.A.N.I.D. a través de los órganos o servicios habilitados para ello, se compromete a impartir los conocimientos necesarios para que la actividad desplegada por los penados pueda ser cumplida eficazmente, y facilitará el material necesario para la realización del trabajo.

4,- Por su parte, la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, teniendo a su cargo los Servicios que gestionan las Penas y Medidas Alternativas, asume la gestión, coordinación y seguimienlo de la pena, mediante contactos con los responsables del trabajo. 5.- Los datos de caracter personal de los penados, esta afectado por la Ley Organica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carckter Personal. En consecuencia, la Administración Penitenciaria, en el ejercicio de sus competencias de ejecución penal, facilita a la Asociación A.P.A.N.l.D. los dalas idenlificalivos de los penados, a los solos efeclos de control para la buena consecución de las jornadas de trabajo, comprometiéndose la Asociación AP.A.N.I.D. a guardar la confidencialidad sobre los mismos. TERCERA: Distribución de las plaza s.- 1.- Los Servicios que gestionan las Penas y Medidas Allernalivas entrevistaran al penado para conocer sus caracteristicas personales, su capacidad laboral y el entorno social, personal y familiar con el fin de determinar la aclividad mas adecuada. En esla entrevista se le ofertaran las distintas plazas existentes, con indicación expresa de su cometido y del horario en que deberá ejecutarlo, conforme al catálogo de plazas anexo aeste convenio. 2.- Una vez realizada la entrevista y seleccionado el trabajo a desarrollar, los Servicios que estionan estas penas trasladarán a la Asociación A.P.A.N.I.D. la información necesaria para el adecuado desenvolvimiento de las jornadas de trabajo. CUARTA: Jornada de trabajo.- 1.- Para delerminar la duración de la jornada y el plazo en que deba cumplirse, los Servicios de gestión de Penas y Medidas Alternalivas deberan alender al principio de flexibilidad que recoge el articulo 6' del Real Decreto 515/2005, de 6 de mayo, y, en todo caso, de conformidad con las resoluciones judiciales. QUINTA: Derechos laborales en el desarrollo de la actividad.- 1.- El trabajo que realice el penado no sera retribuido. 2.- En ningún caso se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral como consecuencia del Irabajo desarrollado con motivo del presente convenio. SEXTA: Control del cumplimiento de la pena.- 1.- Durante el cumplimiento de la condena el penado deberá seguir las instrucciones recibidas del Juez de Vigilancia y de los Servicios de gestión de Penas y Medidas Alternativas. En cuanlo al desarrollo de las tareas a realizar, el penado deberá seguir las instrucciones de la unidad en la que preste su Irabajo, en el ambito de actuación ycompetencias de la Asociación APAN.lD.

2.- La Asociación A.P.A.N.I.D. informará a los Servicios de geslión de eslas penas de las incidencias relevantes que se produzcan en el desenvolvimiento de la actividad, para que por dichos Servicios se comunique lo oportuno al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. En todo caso. deberá informarse de: Ausencias del trabajo o abandonos injustificados. Rendimiento sensiblemente inferior al mínimo exigible. Oposición o incumplimiento reiterado ymanifiesto a las instrucciones del responsable de la ocupación. Cuando su conducta sea tal que el responsable dellrabajo se negara a mantenerte en el pueslo de trabajo. SEPTIMA: Comisión Mixla de seguimiento.- 1.- Se crea una comisión mixta de seguimiento, encargada de velar por el exacto cumplimiento de lo establecido en el presenle convenio. resolver los problemas de inle prelación y las incidencias que puedan plantearse en la aplicación del mismo. 2. La comisión mixta estara integrada por los miembros relacionados a continuación, o persona en quien deleguen: Por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias El Director General de Coordinación Territorial y Medio Abierto La Subdirectora General de Coordinación Territorial Por la Asociación A.PAN.l.O. El Director General. El Subdirector General. 3.- Asimismo, podrán formar parte de la comisión los lécnicos que se considere oportuno en función de los temas a lralar. 4, La Comisión se reunirá al menos una vez al año o siempre que lo solicite una de las partes. 5.- El funcionamienlo de la Comisión Mixta de Seguimiento se adecuará en lo previsto, para los órganos colegiados, en el Titulo 11. Capitulo 11 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. de Régimen Juridico de las Adminislraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. OCTAVA: Régimen Juridico.- 1.- Este Convenio tiene naluraleza administrativa y es de los previstos en el articulo 4.1.d) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre. de Contratos del Sector Público. Las dudas o conlroversias que su~an entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del mismo que

no puedan resolverse por conciliación en la Comisión Mixta de Seguimiento, serim sometidas a los tribunales competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa. NOVENA: Ámbito temporal.- 1.- El presente convenio entrará en vigor al dia siguiente de su firma, y tendrá vigencia de un año. 2.- No obstante lo establecido en el apartado anterior, se entenderá prorrogado tácitamente si no hubiera denuncia escrita por alguna de las partes con tres meses de antelación a la fecha anual de su vencimiento. y todo ello sin pe~ulclo de la finalización de las actividades que estuvieran comprometidas hasta la fecha de resolución del convenio. DECIMA: Causas de extinción.- Seran causas de extinción del presente convenio: 1.- La resolución por incumplimiento de las cláusulas del mismo, por la Secretaria General de Inslituciones Penitenciarias, o por la Asociación A.P.A.N.l.D. 2.- Por acuerdo de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación AP.A.N.l.D. 3. Por desaparición de las condiciones que sirven de base a su realización. y fech En prueba de conformidad con todo lo expueslo, se finma el presente convenio, en lugar indicados. SECRETARIA GENERAL DE INS ITUCIONES PENITENCI RI S MERCEDES GALLlZO LLAMAS

ANEXO RESUMEN ENTIDAD COLABORADORA: A.P.A.N.I.D. (Asociación de Padres y Amigos de Niños Diferentes de Gelafe. Comunidad de Madrid y Territorio Nacional) Dirección: Plaza Jiménez Diaz n' g. Localidad: Gelafe Localidad: Gelafe, UBICACION TAREA A DESARROLLAR N' DE - Ctra. de Toledo - Apoyo a las necesidades basicas de las PLAZAS 3 Km. 16.400 Gelafe personas con discapacidad intelectual de los - Avenida Nuevo centros. Versalles n' 14 - En el caso de que su formación lo permita, Fuenlabrada participación en los programas de apoyo que - Avenida de las se realizan en los centros (talleres de Retamas no 1 mantenimiento de habilidades, ocio,..) Alcorcón - Clra. de Toledo -Limpieza de exteriores. Limpieza de 3 Km. 16.400 Gelafe arquetas de desagüe. Todo tipo de lareas de - Avenida Nuevo mantenimiento de edificios (limpieza Versalles n' 14 interiores). Fuenlabrada - Limpieza y mantenimienlo de jardines. - Avenida de las Retamas no 1 Alcorcón - Ctra. de Toledo - Apoyo al personal de mantenimiento de los 3 Km. 16.400 Getafe centros de A.P.A.N.I.D, en tareas como - Avenida Nuevo albañileria, fontaneria, electricidad, Versalles n' 14 soldadura, etc. Fuenlabrada - Reparaciones en los centros de A.P.A.N.I.D - Avenida de las y de sus maquinarias. Retamas no 1 - Pintura de interiores y exteriores. Alcorcón TOTAL PLAZAS CONVENIO 9

ANEXO ENTIDAD COLABORADORA: A.P.A.N.I.D. (Asociación de Padres y Amigos de Niños Diferentes de Getafe, Comunidad de Madrid y Territorio Nacional) Dirección: Plaza Jiménez Diaz no 9. Localidad: Getafe. NÚMERO DE PLAZAS OFERTADAS: 3 UBICACiÓN: Clra. de Toledo Km. 16.400 Gelafe Madrid (28905) Av. Nuevo Versalles no 14 Fuenlabrada Madrid (28942) Av. de las Retamas no 1 Alcorcón Madrid (28922) TAREA A DESARROLLAR: Tareas de apoyo a las necesidades básicas de las personas con discapacidad intelectual de los centros, como comida, vestido, aseo, ocio y demás. - En el caso de que su formación lo permita, participación en los programas de apoyo que se realizan en los centros (talleres de mantenimiento de habilidades, ocio,..) CARGO O EMPLEO DEL RESPONSABLE DE LA TAREA Juan Agudo Villa. CORREO ELECTRÓNICOfTELÉFONO DE CONTACTO d a anid telefonica.net Tf: 916815511 JORNADA: x Mañana x Tarde O Noche x De Lunes a viernes x Fines de semana o Partida OToda la semana HORARIO: De 08:30 a 15:00 horas y de 15:00 a 21:00 horas. \ CUALIFICACiÓN/NIVEL DE ESTUDIOS: O Ninguna O Bachillerato Equivalente O Certificado de Escolaridad O COU O Graduado Escolar x Diplomado (Integración social, Logopeda, Fisioterapeuta, DUE, Trabajador Social). x Formación Profesional I (Auxiliar Clinica, Aux. Administrativo). x Licenciado (Psicólogo, Pedagogo, Médico, Dentista, Psiquiatra). x Formación Profesional II (Educadores, Administrativos). O Idiomas. OTRAS CIRCUNSTANCIAS: Todas las personas que estén relacionadas con el campo sanitario o de la discapacidad podrán prestar servicios de apoyo, siendo ubicados según sus características.

ANEXO ENTIDAD COLABORADORA: A.P.A.N.I.D. (Asociación de Padres y Amigos de Niños Diferentes de Getafe, Comunidad de Madrid y Territorio Nacional) Dirección: Plaza Jiménez Diaz no 9. Localidad: Getafe. NÚMERO DE PLAZAS OFERTADAS: 3 UBICACiÓN: Clra. de Toledo Km. 16.400 Getafe Madrid (28905) Av. Nuevo VersalJes no 14 Fuenlabrada Madrid (28942) Av. de las Retamas no 1 Alcorcón Madrid (28922) TAREA A DESARROLLAR: - Limpieza de exteriores, tareas de jardinería y mantenimiento. Riego de jardines y tareas de jardineria en general. limpieza de arquetas de desagüe. Todo tipo de tareas de Mantenimiento de edificios (limpieza interiores). - Limpieza y mantenimiento de jardines. CARGO O EMPLEO DEL RESPONSABLE DE LA TAREA Juan Agudo Villa CORREO ELECTRÓNICOrrELEFONO DE CONTACTO dgapanid@telefonica.net TI: 916815511 JORNADA: x Mañana x Tarde ] Noche x De Lunes a viernes x Fines de semana o Partida OToda la semana HORARIO: De 08:30 a 15.00 horas y de 15:00 a 21 :30 horas. CUALIFICACiÓN/NIVEL DE ESTUDIOS: O Ninguna o Bachillerato Equivalente O Certificado de Escolaridad O Graduado Escolar DCOU O Diplomado. O Formación Profesional I... O Licenciado.. O Formación Profesional 11... O Idiomas.. OTRAS CIRCUNSTANCIAS Todas las personas que esten relacionadas con profesiones de la limpieza y mantenimiento.

ANEXO ENTIDAD COLABORADORA: A.P.A.N.I.D. (Asociación de Padres y Amigos de Niños Diferentes de Getafe, Comunidad de Madrid y Territorio Nacional) Dirección: Plaza Jiménez Oíaz no 9. Localidad: Getafe. NUMERO DE PLAZAS OFERTADAS: 3 UBICACiÓN: Clra. de Toledo Km. 16.400 Getafe Madrid (28905) Av. Nuevo Versalles no 14 Fuenlabrada Madrid (28942) Av. de las Retamas no 1 Alcorcón Madrid (28922) TAREA A DESARROLLAR: - Apoyo al personal de mantenimiento de los centros de A.P.A.N.I.D, en tareas como albañilería, fontaneria, electricidad, soldadura, etc. - Reparaciones en los centros de A.P.A.N.I.D y de sus maquinarias. - Pintura de interiores y exteriores. CARGO O EMPLEO DEL RESPONSABLE DE LA TAREA Juan Agudo Villa CORREO ELECTRÓNICOITELÉFONO DE CONTACTO dgapanid@telefonica.net TI: 916815511 JORNADA: x Mañana x Tarde O Noche x De Lunes a viernes x Fines de semana D Partida O Toda la semana HORARIO: De 08:30 a 15:00 horas y de 15:00 a 21:30 horas. CUALIFICACiÓN/NIVEL DE ESTUDIOS: O Ninguna o Bachillerato Equivalente O Certificado de Escolaridad O Graduado Escolar DCOU O Diplomado. x Formación Profesional I... OLicenciado. x Formación Profesional II... O Idiomas. OTRAS CIRCUNSTANCIAS: Todas las personas que estén relacionadas con el campo de los oficios descritos.