BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL ENCARGADO DE LA ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DEL VERANO INFANTIL AÑO 2017, EN EL MUNICIPIO DE VIVEROS (ALBACETE).

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Transcripción:

BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL ENCARGADO DE LA ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DEL VERANO INFANTIL AÑO 2017, EN EL MUNICIPIO DE VIVEROS (ALBACETE). 1.- OBJETO. El Objeto de la presente convocatoria es establecer las bases para la contratación laboral temporal del personal encargado de la organización y realización de actividades para el verano infantil del año 2017, para niños entre 3 y 11 años, en el municipio de Viveros (Albacete), 2.- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO. - Tipo de contrato: Obra o Servicio determinado. - La retribución total será de 400 euros netos al mes. - Duración: desde el día 3 de Julio hasta el día 11 de Agosto de 2017. - Jornada de trabajo: Tiempo Parcial. De 10.30 a 13.30 horas, de lunes a viernes. 3. - REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. - Tener cumplidos 18 años de edad al día de finalización del plazo de presentación de instancias y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. - Tener la nacionalidad española o de cualquiera de los países miembros de la Unión Europea y extranjero conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. - Estar en posesión del título de Graduado Escolar o Graduado en E.S.O., o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. - No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. - No haber sido separado mediante procedimiento disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas, o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. 4.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las instancias solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo, se dirigirán

a la Sra. Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Viveros en el plazo de diez días hábiles desde el 5 de Junio hasta el 16 de junio en el horario de apertura de las oficinas municipales, de 8.00 a 14.00 horas. Las instancias se presentarán en el Registro del Ayuntamiento dentro del plazo de presentación de instancias. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación: - Instancia, en la que se declare que reúnen todas y cada una de las condiciones establecidas en las Bases y que aceptan y conocen el contenido de las mismas. Podrá utilizarse el modelo oficial que se acompaña como anexo II. - Fotocopia del DNI. - Fotocopia compulsada de la titulación exigida o certificación académica acreditativa de haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título. - Currículum Vitae. - Proyecto de actividades a desarrollar con los niños/as participantes en el verano infantil, previstos en el anexo I. - Fotocopias compulsadas que acrediten lo manifestado en el currículum vitae incluyendo documentos acreditativos de méritos. El proyecto de la actividad que, necesariamente, deben presentar los aspirantes junto con la instancia y demás documentación requerida, deberá ser anónimo, sin que en el mismo figure nombre, firma o signo alguno de identificación. El citado proyecto se presentará en sobre cerrado y también anónimo. En el citado sobre se incluirá un sobre pequeño sin ningún tipo de emblema o identificación que contendrá los datos personales del aspirante. 5.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía propondrá al órgano competente la lista o relación de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de los lugares en los que han de encontrarse expuestas al público las listas certificadas completas y del plazo que en los términos y para los supuestos establecidos en el art. 68 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se concede en orden a la subsanación de deficiencias. En caso de no resultar aspirantes excluidos se omitirá el establecimiento del

plazo de subsanación, entendiendo como definitiva la lista de admitidos referida en el párrafo anterior. La expresa resolución se expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Viveros, y a efectos meramente informativos en la página web (www.viveros.es), siendo la exposición determinante del comienzo de plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos. 6.-PROCEDIMIENTO SELECTIVO. El procedimiento selectivo será el de CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE. OPOSICIÓN: El desarrollo de la oposición consistirá en la valoración por el Tribunal de selección de los proyectos presentados. El Tribunal procederá a valorar los proyectos presentados en atención a criterios de contenido, preparación y desarrollo del proyecto, objetivos, innovación, participación de los alumnos/as, valores inclusivos y metodología. El proyecto se valorará en un máximo de 7 puntos. La fase de oposición será eliminatoria, debiendo los aspirantes obtener un mínimo de 3.5 puntos para superarla. CONCURSO: El tribunal valorará hasta un máximo de 3 puntos la posesión por los aspirantes de titulaciones relacionadas con el trabajo con infancia, Directores y Monitores de Actividades Infantiles/juveniles, Jardín de Infancia y/o similares y la experiencia en veranos infantiles y/o campamentos de trabajo con la infancia. La puntuación total en esta fase no superará los 1,5 puntos y la experiencia profesional se valorará en un máximo de otros 1,5 puntos. La suma de los méritos sólo se efectuará una vez superada la fase de oposición. La Puntuación Final del procedimiento será el resultado de la suma de la fase de oposición y concurso. Baremo: a) Experiencia profesional: El Tribunal valorará la experiencia profesional con un máximo de 1.5 puntos atendiendo

a la siguiente puntuación: - Por servicios prestados en cualquier régimen de vinculación contractual y en puestos de trabajo de análoga categoría a los de la plaza objeto de la presente convocatoria: 0 10 puntos por mes completo trabajado. - Para justificar la experiencia en cualquier Administración Pública sólo se tendrá en cuenta las certificaciones expedidas por los Secretarios respectivos y, para justificar la experiencia en cualquier empresa privada, el certificado de vida laboral acompañado del/de los contrato/os laborales respectivos. b) Méritos: El Tribunal valorará hasta un máximo de 1.5 puntos la posesión por los aspirantes de titulaciones relacionadas con el trabajo con infancia, Directores y Monitores de Actividades Infantiles/juveniles, Jardín de Infancia y/o similares y la experiencia en veranos infantiles y/o campamentos de trabajo con la infancia. - Por cursos, seminarios, jornadas, relacionados con la actividad: Hasta 20 horas de duración De 21 a 40 horas De 41 a 100 horas De 101 a 200 horas De 201 horas en adelante 0 10 por cada uno. 0,20 por cada uno. 0,35 por cada uno. 0 75 por cada uno. 1 por cada uno. El tribunal constituirá la bolsa de trabajo por orden de puntuación de mayor a menor. 7.- TRIBUNAL DE SELECCIÓN. El Tribunal de selección estará constituido por funcionarios de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Albacete Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo y de intervenir cuando concurran las circunstancias señaladas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Los aspirantes podrán recusarlos según lo establecido en el artículo 24 de la citada Ley 40/2015.

8.- PROPUESTA. El acta del Tribunal incluirá la relación de aspirantes aprobados, que tendrá el carácter de bolsa de trabajo, a los efectos de posibles renuncias o extinción del contrato. Si fuese necesario acudir a una nueva contratación de personal se acudirá en primer lugar a la bolsa, y en caso de no existir aspirantes en la misma se llevará a cabo un nuevo proceso público de selección. La constitución de esta bolsa de trabajo dejará sin efecto las anteriores bolsas que pudieran existir con la misma finalidad. 9. IMPUGNACIÓN. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal de Selección, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Contra las presentes bases, que tienen la consideración de acto definitivo que pone fin a la vía administrativa cabe imponer recurso protestativo de reposición ante la Sra. Alcaldesa-Presidenta en el plazo de un mes contado a partir del siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Albacete, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

ANEXO I. PROYECTO DE ACTIVIDADES. Los aspirantes presentarán de forma individual un programa de actividades para desarrollar con los niños que recoja diferentes actividades en tramos de edad de 3 a 11 años. Los objetivos serán los siguientes: o Potenciar la participación de los menores en actividades lúdicoformativas. o Fomentar la adquisición de hábitos saludables. o Promover en los menores una sensibilización hacia temas de interés social (Educación en Valores, discapacidad, interculturalidad, igualdad). o Fomentar actitudes positivas y de respeto hacia el entorno social, medioambiental, educativo, etc...

ANEXO II. MODELO DE INSTANCIA. D/Dª..., con DNI nº..., y domicilio en la C/..., nº... de... (Provincia de...), Teléfono nº..., dirección de correo electrónico..., enterado/a de la convocatoria para la organización y realización del verano infantil en el Ayuntamiento de Viveros durante los meses de julio y agosto de 2017, solicito ser admitido para tomar parte en las pruebas selectivas para cubrir dicha plaza. En este sentido manifiesto que reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, y conozco y acepto el contenido de las bases de selección que regirán el procedimiento selectivo, acompañando el proyecto de actividades y la documentación que se exige en el punto 4º de las bases de esta convocatoria. En Viveros a de de 2017. Fdo.: SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE VIVEROS.