8404 CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2013, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro y se dispone la publicación del texto del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del sector Industrias Siderometalúrgicas de la Provincia de Badajoz, en la que se recogen acuerdos relativos a la actualización de tablas salariales y calendario laboral para 2013 y la prórroga del actual Convenio Colectivo para dicho ejercicio, suscritos el 4 de diciembre de 2012. (2013060541) Visto el texto del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de trabajo del sector Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Badajoz (código de convenio 06000505011981), en la que se recogen acuerdos relativos a la actualización de tablas salariales y calendario laboral para 2013 y la prórroga del actual Convenio Colectivo para dicho ejercicio, suscritos el 4 de diciembre de 2012, de una parte, por ASPREMETAL en representación de las empresas del sector y de otra por MCA-UGT y CCOO Federación de Industria, en representación de los trabajadores afectados. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Mérida, a 15 de marzo de 2013. La Directora General de Trabajo, MARÍA DE LOS ÁNGELES MUÑOZ MARCOS
8405 ACTA TERCERA DE LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRIA METALURGICA PARA LA PROVINCIA DE BADAJOZ 2012 En Badajoz, siendo el día 4 de diciembre de 2012 se reúnen en la sede de la Asociación de Empresarios del Metal de Extremadura (ASPREMETAL), de una parte los representantes de ASPREMETAL, y de otra los representantes de las Centrales Sindicales M.C.A - U. G. T y CC.OO Federación de Industria. Asistentes: Por ASPREMETAL: -D. Pedro Fernández Lozano -D. Eladio Buzo Corzo -D. Juan José González Carretero -D. Fernando Martinez -Dª. Mª Ángeles García Estrada -D. David Pinilla Valverde Por M.C.A- U.G.T: -D. Miguel Angel Rubio Ramos -D. Antonio Correa -D. David Méndez Escribano Por CCOO Federación de Industria: -D. Melitón Rodríguez Espada -D. Serapio Vadillo Espino -D. Francisco Laguna Sánchez
8406 ORDEN DEL DÍA Primero.- Calendario Laboral 2013 Segundo.- Negociación Convenio Colectivo DESARROLLO DE LA SESION.- Primero.- Calendario Laboral 2013 Se presenta la confección del calendario laboral para el 2013, con carácter orientativo y no vinculante según nuestro convenio colectivo y que se adjunta al presente acta como anexo numero 1. Segundo.- Negociación Convenio Colectivo Ante un intercambio de propuestas entre las partes, se han llegado al siguiente acuerdo: a) manteniendo todo el contenido del convenio colectivo de siderometalúrgica de la provincia de Badajoz en vigor. b) y acordar actualizar las tablas saláriales vigentes con incremento de 1% sobre las mismas y que entrara en vigor desde el 1 de enero de 2013, las cuales se adjuntan al presente acta como anexo numero 2. c) que por lo tanto el convenio colectivo se acuerda su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2013 Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión de la Comisión Negociadora, y de ella el correspondiente acta, la cual una vez leída por las partes y encontrada conforme, la firman ratificando el contenido de la misma. ASPREMETAL M.C.A. -U. G. T. CCOO Federación de Industria
8407 Calendario Laboral 2013 para las Industrias Siderometalúrgicas de la Provincia de Badajoz ENERO 2013 FEBRERO 2013 MARZO 2013 ABRIL 2013 L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D 1 2 3 4 5 6 1 2 3 1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 7 8 9 10 11 12 13 4 5 6 7 8 9 10 4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 14 15 16 17 18 19 20 11 12 13 14 15 16 17 11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 21 22 23 24 25 26 27 18 19 20 21 22 23 24 18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 28 29 30 31 25 26 27 28 25 26 27 28 29 30 31 29 30 MAYO 2013 JUNIO 2013 JULIO 2013 AGOSTO 2013 L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D 1 2 3 4 5 1 2 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4 6 7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11 13 14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18 20 21 22 23 24 25 26 17 18 19 20 21 22 23 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25 27 28 29 30 31 24 25 26 27 28 29 30 29 30 31 26 27 28 29 30 31 SEPTIEMBRE 2013 OCTUBRE 2013 NOVIEMBRE 2013 DICIEMBRE 2013 L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D 1 1 2 3 4 5 6 1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 8 7 8 9 10 11 12 13 4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 14 15 16 17 18 19 20 11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 21 22 23 24 25 26 27 18 19 20 21 22 23 24 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 28 29 30 31 25 26 27 28 29 30 23 24 25 26 27 28 29 30 30 31 Festivos Convenio: 3 Días+ *1 día durante la Fiesta de Localidad Código de Colores FN Festivos Nacionales FC Festivo de Convenio FA Festivo Autonómico 1 ENERO... AÑO NUEVO. Martes. 6 ENERO... EPIFANIA DEL SEÑOR. Domingo. 28 MARZO... JUEVES SANTO. Jueves. 29 MARZO... VIERNES SANTO. Viernes. 1 DE MAYO... FIESTA DEL TRABAJO. Miércoles. 15 AGOSTO... ASUNCION DE LA VIRGEN. Jueves. 8 SEPTIEMBRE... DIA DE EXTREMADURA. Domingo. 12 OCTUBRE... FIESTA NACIONAL. Sábado. 1 NOVIEMBRE... TODOS LOS SANTOS. Viernes. 6 DICIEMBRE... DIA DE LA CONSTITUCION. Viernes. 8 DICIEMBRE... INMACULADA CONCEPCION. Domingo. 25 DICIEMBRE... NATIVIDAD DEL SEÑOR. Miércoles. (DOE Nº 104, 31 de Mayo de 2012) Observaciones: Que en cumplimiento de lo establecido en este Convenio Colectivo, si el Calendario Laboral no ha sido elaborado por las empresas antes del día 15 de febrero, con posibilidad de su modificación antes del 30 de Mayo, este Calendario pasara de ser orientativo a vinculante. Lo que significa que los festivos de convenio podrán ser sustituidos por otros, conforme a lo establecido en el artículo 42 de este Convenio. *Además de los días Festivos de Convenio anteriormente indicados (FC), los trabajadores acogidos al Convenio de Sidero de la provincia de Badajoz disfrutarán de un día más, durante las Ferias o Fiestas de cada localidad. En el supuesto que el día Festivo de Convenio coincidiese con alguna de las fiestas locales de la localidad, el Festivo de Convenio pasaría a disfrutarse el día laborable inmediatamente anterior o posterior a la fiesta local. Las vacaciones anuales serán de 24 días laborables.
8408 TABLAS SALARIALES SIDEROMETALURGICA DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ 2013 CATEGORIAS TABLAS. SALAR. 2013 PLUS ASIST./MES 2013 Peones ordinarios 30,04 243,80 Especialistas Almacén 30,33 243,80 Mozos especialistas Almacén 30,33 243,80 Oficial de 1ª 31,08 243,80 Oficial de 2ª 30,79 243,80 Oficial de 3ª 30,49 243,80 Profesional Sidero 1ª 31,00 243,80 Profesional Sidero 2ª 30,73 243,80 Profesional Sidero 3ª 30,49 243,80 PERSONAL SUBALTERNO Listeros 922,07 243,80 Almaceneros 918,00 243,80 Chóferes de motociclos 916,82 243,80 Chóferes de turismos 929,67 243,80 Chóferes de camiones 935,33 243,80 Pesadores basculeros 926,17 243,80 Guardas jurados 910,59 243,80 Vigilantes 904,48 243,80 Cabos Guardas 927,28 243,80 Ordenanzas 902,59 243,80 Conserjes 923,49 243,80 Porteros 902,59 243,80 Enfermeros 904,48 243,80 Dependientes Pral. Economatos 922,10 243,80 Dependientes Aux. Economatos 905,34 243,80 Telefonistas (menos 50 teléfonos) 902,59 243,80 Telefonistas (mas 50 teléfonos) 905,90 243,80 PERSONAL ADMINISTRATIVO Jefes de 1ª 1.025,61 243,80 Jefes de 2ª 1.001,30 243,80 Oficiales de 1ª 968,59 243,80 Oficiales de 2ª 946,29 243,80 Auxiliares 919,24 243,80 Vigilantes 968,59 243,80
8409 PERSONAL TECNICO TITULADO Ingenieros, Arquitectos y Linceciados 1.116,77 243,80 Peritos y Aparejadores 1.099,70 243,80 Ayudantes de Ingenieros y Arquitectos 1.064,74 243,80 Maestros Industriales 992,37 243,80 Capitanes, Pilotos, maquinistas de gánguiles y bancos de pruebas 1.023,20 243,80 Graduados sociales 1.025,61 243,80 Profesores de Enseñanza 968,56 243,80 A.T.S. 961,48 243,80 TECNICOS DE TALLER Jefes de Taller 1.023,20 243,80 Maestros de Taller 974,77 243,80 Maestros de 2ª 968,56 243,80 Contramaestres 974,77 243,80 Encargados 946,27 243,80 Capataces de Especialistas 925,85 243,80 Capataces de Peones ordinarios 918,28 243,80 TECNICOS DE OFICINAS Delineantes, Proyectistas y Dibujantes 1.008,53 243,80 Delineantes de 1ª, Prácticos de Topografía y Fotógrafos 968,56 243,80 Calcadores 919,51 243,80 Delineantes de 2ª 946,27 243,80 Reproductores fotográficos 919,14 243,80 Reproductores de planos 902,59 243,80 Archiveros bibliotecarios 946,27 243,80 Auxiliares 918,28 243,80 TECNICOS DE LABORATORIOS Jefes de Laboratorio 1.036,48 243,80 Jefes de Sección 998,39 243,80 Analistas de 1ª 961,04 243,80 Analistas de 2ª 933,43 243,80 Auxiliares 918,28 243,80 Jefes de Diques 975,71 243,80 Jefes de Muelles 974,77 243,80 Buzos y hombres ranas (día) 33,18 243,80
8410 PERSONAL DE ORGANIZACIÓN CIENTIFICA DEL TRABAJO Jefes de Sección Organización de 1ª 1.008,48 243,80 Jefes de Sección Organización de 2ª 1.001,30 243,80 Técnicos de Organización de 1ª 999,50 243,80 Técnicos de Organización de 2ª 946,27 243,80 Auxiliares de Organización 927,68 243,80 DIETA COMPLETA 37,12 MEDIA DIETA 14,77 KILOMETRAJE 0,28