MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A. S.G. DE AYUDAS DIRECTAS AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES DE OVINO. CAMPAÑA 2016 Esta ayuda asociada voluntaria, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los ganaderos que cumplan los requisitos establecidos en Sección 5ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre. El objetivo de esta ayuda es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones de ovino y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva. Para esta ayuda se diferencian dos regiones: España peninsular y Región Insular. Para el sub-régimen de ayuda para las explotaciones de ovino en región Peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2016 de 124.395.055,77, a repartir entre 10.543.320 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario definitivo de 11,798471 /animal. Para el sub-régimen de ayuda para las explotaciones de ovino en región España Insular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2016 de 3.390.241,01, a repartir entre 168.518 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por Comunidad Autónoma de I. Baleares, estableciéndose por ello un importe unitario provisional de 20,117975 /animal. Este importe unitario definitivo se aplica, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con el importe unitario provisional. No obstante, conforme a lo dictado mediante Resolución del Presidente del FEGA, de fecha 30 de marzo de 2017, los pagos que se efectúen a partir de esta fecha podrán alcanzar, como máximo, el 98% del importe total a abonar. A continuación, se incluyen los datos comunicados por las diferentes comunidades autónomas, y que han servido de base para la realización del cálculo de los distintos importes unitarios definitivos. CORREO ELECTRÓNICO: sg.ayudasdirectas@fega.es Página 1 de 2 C/ BENEFICENCIA, 8 28071 - MADRID TEL: 913476466-68 FAX: 913476465
AYUDA ASOCIADA EXPLOTACIONES DE OVINO Cª 2016-2017 Sección 5ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto 1075/2014 COMUNIDAD REGIÓN PENINSULAR REGION INSULAR AUTÓNOMA SOLICITUDES ACEPTADAS ANIMALES DETERMINADOS SOLICITUDES ACEPTADAS ANIMALES DETERMINADOS ANDALUCÍA 5.629 1.417.127 - - ARAGÓN 2.344 1.278.032 - - ASTURIAS 115 4.572 - - I BALEARES 0 0 1.650 168.518 CANTABRIA 232 7.806 - - CASTILLA-LA MANCHA 3.106 1.702.925 - - CASTILLA Y LEÓN 6.184 2.412.902 - - CATALUÑA 747 280.078 - - EXTREMADURA 5.805 2.348.352 - - GALICIA 222 29.367 - - MADRID 240 53.801 - - MURCIA 435 252.220 - - NAVARRA 1.461 407.223 - - PAÍS VASCO 519 102.800 - - LA RIOJA 164 83.196 - - C. VALENCIANA 494 162.919 - - TOTAL 27.697 10.543.320 1.650 168.518 Madrid, 10 de mayo de 2017 Página 2 de 2 MINISTERIO DE AGRICUTURA Y PESCA, FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A. S.G. DE AYUDAS DIRECTAS AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES DE CAPRINO. CAMPAÑA 2016 Esta ayuda asociada voluntaria, establecida en el artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los ganaderos que cumplan los requisitos establecidos en Sección 6ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre. El objetivo de esta ayuda es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones de caprino y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva. Para esta ayuda se diferencian dos regiones: Zonas de Montaña junto con la región Insular, y el resto del territorio nacional, cada una con su correspondiente límite presupuestario tal y como queda reflejado en el Anexo II del citado Real Decreto Para el sub-régimen de ayuda para las explotaciones de caprino en región Peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2016 de 5.373.863, a repartir entre 751.415 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario provisional de 7,151657 /animal. Para el sub-régimen de ayuda para las explotaciones de caprino en la región España Insular y Zonas de Montaña, hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2016 de 5.079.629, a repartir entre 568.365 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario provisional de 8,937265 /animal. Este importe unitario definitivo se deberá aplicar, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con el importe unitario provisional. No obstante, se informa que conforme a lo dictado mediante resolución del Presidente del FEGA, de fecha 30 de marzo de 2017, los pagos que se efectúen a partir de esta fecha podrán alcanzar, como máximo, el 98% del importe total a abonar. A continuación, se incluyen los datos comunicados por las diferentes comunidades autónomas, y que han servido de base para la realización del cálculo de los distintos importes unitarios definitivos. CORREO ELECTRÓNICO: sg.ayudasdirectas@fega.es Página 1 de 2 C/ BENEFICENCIA, 8 28071 - MADRID TEL: 913476466-68 FAX: 913476465
AYUDA ASOCIADA EXPLOTACIONES DE CAPRINO Cª 2016-2017 Sección 6ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto 1075/2014 COMUNIDAD REGIÓN PENINSULAR REGIÓN INSULAR Y ZONAS DE MONTAÑA AUTÓNOMA SOLICITUDES ACEPTADAS ANIMALES DETERMINADOS SOLICITUDES ACEPTADAS ANIMALES DETERMINADOS ANDALUCÍA 1.332 233.167 1.913 283.724 ARAGÓN 204 10.341 232 13.148 ASTURIAS 4 401 120 4.931 I BALEARES 0 0 169 3.369 CANTABRIA 8 337 121 2.432 CASTILLA-LA MANCHA 779 195.548 443 94.427 CASTILLA Y LEÓN 295 30.921 560 63.206 CATALUÑA 141 17.493 167 9.663 EXTREMADURA 817 118.543 284 50.055 GALICIA 9 589 15 1.274 MADRID 51 12.114 57 8.615 MURCIA 390 103.038 75 10.630 NAVARRA 108 2.290 159 1.413 PAÍS VASCO 3 58 51 2.200 LA RIOJA 23 3.249 38 5.371 C. VALENCIANA 258 23.326 195 13.907 TOTAL 4.422 751.415 4.599 568.365 Madrid, 10 de mayo de 2017 Página 2 de 2 MINISTERIO DE AGRICUTURA Y PESCA, FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA
MINISTERIO DE AGRICULTURAY PESCA, SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A. S.G. DE AYUDAS DIRECTAS AYUDA ASOCIADA PARA LOS GANADEROS DE OVINO Y CAPRINO QUE MANTUVIERON DERECHOS ESPECIALES EN 2014 Y NO DISPONEN DE HECTÁREAS ADMISIBLES PARA LA ACTIVACIÓN DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO. Esta ayuda asociada voluntaria, desarrollada en virtud del artículo 52 del Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, está destinada a los ganaderos que cumplan los requisitos establecidos en la Sección 9ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre El objetivo de esta ayuda es la concesión de una ayuda a los titulares de explotaciones de ganado ovino y/o caprino que hayan mantenido derechos especiales en 2014, y no dispongan de hectáreas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico. No podrán optar a esta ayuda los titulares de derechos especiales, que en 2014 también fuesen titulares de derechos normales y que hubiesen declarado en dicha campaña una superficie igual o mayor a 0,2 hectáreas, excepto que el hecho de no disponer de hectáreas admisibles sobre las que activar derechos de pago básico se deba a las ausencia de hectáreas admisibles determinadas en la declaración de la solicitud de ayudas del año 2013. Para la presente campaña 2016, dispone de un límite presupuestario asignado de 30.155.000, tal y como queda establecido en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014, que se repartirá entre 756.912 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las comunidades autónomas, estableciéndose por ello un importe unitario de 39,839505 /animal.. Este importe unitario definitivo se deberá aplicar, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con el importe unitario provisional. No obstante, se informa que conforme a lo dictado mediante resolución del Presidente del FEGA, de fecha 30 de marzo de 2017, los pagos que se efectúen a partir de esta fecha podrán alcanzar, como máximo, el 98% del importe total a abonar. A continuación, se incluyen los datos comunicados por las diferentes comunidades autónomas, y que han servido de base para la realización del cálculo del importe. CORREO ELECTRÓNICO: sg.ayudasdirectas@fega.es Página 1 de 2 C/ BENEFICENCIA, 8 28071 - MADRID TEL: 913476466-68 FAX: 913476465
AYUDA ASOCIADA OVCAP D.ESPECIALES Cª 2016-2017 Sección 9ª del Capítulo II del Título IV del Real Decreto 1075/2014 CCAA SOLICITUDES ACEPTADAS ANIMALES DETERMINADOS ANDALUCÍA 1.373 277.831 ARAGÓN 2 148 ASTURIAS - - I BALEARES 69 2.859 CANTABRIA 0 0 CASTILLA-LA MANCHA 350 203.778 CASTILLA Y LEÓN 135 56.131 CATALUÑA 52 15.543 EXTREMADURA 4.800 8.599 GALICIA 2 32 MADRID 10 4.946 MURCIA 216 125.830 NAVARRA 3 2.482 PAÍS VASCO 1 258 LA RIOJA 13 4.237 C. VALENCIANA 152 54.238 TOTAL 7.178 756.912 LIMITE PRESUPUESTARIO ( ) IMPORTE UNITARIO ( /animal) 30.155.000 39,389505 Madrid, 10 de mayo de 2017 Página 2 de 2 MINISTERIO DE AGRICUTURA Y PESCA, FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA O.A.