Bases Reguladoras. Desarrolla: Subvenciona:

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Transcripción:

I EDICIÓN DE LOS PREMIOS CORAJE DE L@S AUTÓNOM@S ANDALUCES Bases Reguladoras Proyecto subvencionado por la Consejería de Presidencia en base a la Orden de 1 de diciembre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones a entidades andaluzas sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades o actuaciones no inversoras relacionadas con la promoción de los valores e identidad andaluces, así como la proyección de la imagen de Andalucía, y se establece su convocatoria para el año 2016.

En la actualidad, Andalucía cuenta con casi medio millón de trabajadoras y trabajadores autónomos en todo el territorio, que representan el 96% del tejido productivo de la comunidad y son los principales generadores de empleo y riqueza. Y a pesar de las muchas dificultades por las que ha atravesado, y atraviesa, este colectivo durante los largos años de esta crisis que sufrimos, sin embargo en los dos últimos años el número de autónomos y autónomas aumenta y su evolución sería aun mayor si no se contabilizara el alto porcentaje de bajas. Esto confirma que Andalucía cuente con tasas de emprendimiento por encima de la media europea y es indudable el potencial de los recursos humanos y endógenos de nuestra comunidad. Los autónomos constituidos, que son la mayor parte del tejido productivo andaluz, carecen de medidas de apoyo al mantenimiento y consolidación de sus actividades. Los planes de ayuda existentes fomentan el inicio de la actividad, bonificando o subvencionando las nuevas altas. Los autónomos con cierta trayectoria, se encuentran sometidos a mayor presión fiscal, sufren la crisis del consumo y financiera y los que han logrado mantener sus actividades en este tiempo, pueden ser considerados verdaderos héroes. Por tanto, es absolutamente necesario mejorar la posición competitiva de autónomos y Pymes para crear empleo. Y esto debe hacerse a través de medidas que favorezcan la sostenibilidad y la calidad del trabajo de las empresas de autónomos y microempresarios. Pero para ello, lo primero que debemos trabajar es en la puesta en valor de la figura del autónomo y su reconocimiento social como dinamizadores de la economía y generadores de riqueza y empleo. Y sobre todo, reconocer su importancia y trascendencia en nuestra sociedad y lo que hacen por ella. En UPTA Andalucía, como entidad representativa de los trabajadores y trabajadoras autónomos en nuestra comunidad, somos conscientes de esta necesidad, ya que nuestro trabajo nos hace conocer de primera mano las historias de estos héroes que son los hombres y mujeres que emprenden bajo esta fórmula empresarial. Con motivo del 15 aniversario de la constitución de nuestra entidad, proponemos, a través de este proyecto, que este reconocimiento se haga visible a todo el conjunto de la sociedad andaluza a través de los Premios "Coraje de l@s autónom@s andaluces"

Con este reconocimiento, no sólo se facilita el conocimiento de nuestra economía y nuestra realidad, sino que se ayuda a difundir y promover nuestra identidad y nuestros valores como pueblo, difundiendo la imagen actual de Andalucía: una tierra de emprendedores y trabajadores y trabajadoras que día a día luchan por su proyecto de vida y porque esta tierra sea más y mejor. BASES PRIMERA. Objeto 1. El objeto de los premios que aquí se regulan, es el de reconocer y premiar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma andaluza, a los trabajadores y trabajadoras autónomos, a las instituciones y a los hombres y mujeres que más se hayan distinguido en la defensa y práctica del trabajo autónomo. 2. Estos premios están destinados a premiar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía a: a) Trabajadores y trabajadoras autónomos que en su actividad resalten y potencien los valores del trabajo autónomo y realicen una gestión empresarial eficaz, sostenida y sostenible. b) Personas físicas o jurídicas e instituciones públicas o privadas que se hayan destacado en una actividad continuada y relevante en favor de los trabajadores y trabajadoras autónomos y de la economía andaluza. c) La actividad de investigación y estudio de materias relacionadas con el trabajo autónomo y/o que puedan suponer una repercusión o aplicación en dicho ámbito, así como la de contribuir a la difusión y conocimiento de los resultados obtenidos, la realidad socio económica andaluza y la imagen actual de Andalucía. 3. Para la determinación de las modalidades de los galardones se tendrán en cuenta en todo momento los objetivos y finalidad de la Orden que regula estas subvenciones y en todo caso: Perspectiva de género y valores igualitarios: se reconocerá la labor de las mujeres trabajadoras autónomas andaluzas y/o del fomento o apoyo a estas y/o de la implantación de valores y prácticas igualitarias de forma específica en alguna de las tres categorías de los premios.

Responsabilidad social, compromiso medioambiental, sostenibilidad: se reconocerá de forma específica en alguna de las tres categorías de los premios. SEGUNDA. Régimen jurídico Los premios Coraje de los autónom@s andaluces se regirán por lo dispuesto en las presentes bases reguladoras y en la Orden de 1 de diciembre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones a entidades andaluzas sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades o actuaciones no inversoras relacionadas con la promoción de los valores e identidad andaluces, así como la proyección de la imagen de Andalucía, y se establece su convocatoria para el año 2016, así como cualquier norma vigente en Derecho que le pueda resultar de aplicación. TERCERA. Modalidades de premios 1. En atención a las tres categorías establecidas en el apartado 2 de la Base Primera, se establecen las siguientes modalidades de galardones: Categoría 1. Autónom@ joven, en reconocimiento a la mejor experiencia en proyecto de trabajo autónomo desarrollado por personas de hasta 35 años. Mujer autónoma y emprendedora, en reconocimiento a la experiencia en proyecto de trabajo autónomo desarrollado por mujeres andaluzas o bien a las personas físicas o jurídicas que se hayan destacado en una actividad continuada y relevante a favor de la mujer en el trabajo autónomo, la economía o la sociedad andaluza. Iniciativa de trabajo autónomo, en reconocimiento a aquella idea que suponga, bien la plasmación de un proyecto de negocio novedoso o innovador o bien una gestión innovadora del mismo. Experiencia innovadora, en reconocimiento a aquellos trabajadores o trabajadoras autónomos que hayan realizado un esfuerzo en materia de investigación y desarrollo destacando por la

incorporación de métodos y tecnologías innovadoras en sus procesos o por el desarrollo de productos y/o servicios innovadores, que aporten un alto valor añadido. Categoría 2. Trayectoria destacada, en reconocimiento a las personas físicas o jurídicas que se hayan destacado en una actividad continuada y relevante en favor de los trabajadores y trabajadoras autónomos de Andalucía y de la economía andaluza. Diversidad emprendedora, en reconocimiento a las personas físicas o jurídicas que se hayan destacado en una actividad continuada y relevante a favor de la diversidad en el trabajo autónomo o bien a los trabajadores y trabajadoras autónomos que pertenezcan a algún colectivo con especiales dificultades. Fomento del trabajo autónomo y la cultura emprendedora, en reconocimiento a las instituciones, públicas o privadas que se hayan destacado en una actividad continuada y relevante en favor de los trabajadores y trabajadoras autónomos de Andalucía y de la economía andaluza. Categoría 3. Divulgación del trabajo autónomo, en reconocimiento a personas y/o entidades que se hayan destacado en dar a conocer el trabajo autónomo de forma activa y relevante, contribuyendo a la difusión del mismo como fórmula empresarial eficaz y competitiva en el mercado. Investigación en trabajo autónomo, en reconocimiento a aquellos trabajos de investigación de carácter jurídico, histórico, socio económico o de cualquier otro carácter técnico relacionado con el trabajo autónomo. CUARTA. Premios 1. El premio en cada una de las modalidades, consistirá en una figura alusiva al símbolo emprendedor en el que figurará el lema de los premios y del proyecto en el que sustancia, con indicación del año y edición, la modalidad correspondiente y la entidad organizadora así como cualquier indicación que el órgano gestor pueda indicar y en todo caso lo que estipule la resolución de concesión de la subvención de este proyecto.

En caso de otorgarse un premio compartido, cada premiado recibirá su galardón de forma independiente. De otorgarse un premio a un candidato colectivo, se entregará un sólo galardón al grupo. 2. Con independencia de lo anterior, los trabajadores y trabajadoras autónomos galardonados por razón de serlo, serán beneficiarios de una consultoría estratégica y/o mentoring en atención a su realidad y necesidades y de un paquete de servicios complementarios de la cartera de servicios de la UPTA Andalucía, así como de una campaña publicitaria a través de los medios con los que cuenta la entidad y su participación en todas aquellas actividades y acciones que ésta pueda realizar que sirvan para tales fines. 3. En caso de instituciones, el premio será meramente honorífico, pudiendo publicitarlo en todos aquellos medios que considere oportunos. No obstante, UPTA Andalucía realizará labores de difusión y publicidad sobre los galardonados en relación al premio obtenido. 4. Se tendrá en cuenta la perspectiva de género y la aplicación valores igualitarios en las actividades galardonadas, reconociéndose tanto la labor de las mujeres trabajadoras autónomas andaluzas como del fomento o apoyo a estas y/o de la implantación de valores y prácticas igualitarias de forma específica en alguna de las tres categorías de los premios. Para no menoscabar la objetividad del procedimiento ni la finalidad del otorgamiento de los premios en atención a los criterios de valoración así como para garantizar la igualdad de oportunidades, este reconocimiento podrá consistir en una mención o accésit sin conllevar premio. 5. se reconocerá de forma específica en alguna de las tres categorías de los premios las actividades, personas y/o instituciones que destaquen por su Responsabilidad social, compromiso medioambiental y/o sostenibilidad. No obstante para no menoscabar la objetividad del procedimiento ni la finalidad del otorgamiento de los premios en atención a los criterios de valoración así como para garantizar la igualdad de oportunidades, este reconocimiento podrá consistir en una mención o accésit sin conllevar premio. 6. El acto de entrega tendrá carácter público.

QUINTA. Requisitos generales de las candidaturas Podrán optar a los premios los trabajadores y trabajadoras autónomos que tengan su domicilio social y desarrollen su actividad económica principalmente en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como las personas físicas o jurídicas, instituciones públicas o privadas cuyas actuaciones por las que opten a los premios estén vinculadas a Andalucía. SEXTA. Presentación de candidaturas 1. Las candidaturas a cualquiera de las modalidades deberán ser propuestas a UPTA Andalucía, bien a iniciativa propia o de terceros. 2. La Comisión Técnica podrá proponer candidaturas a cualquiera de las modalidades de premios descritas en estas bases. 3. Para la modalidad Investigación en trabajo autónomo, serán admitidos los trabajos realizados individualmente o en grupo, sin que requiera que sean avalados o propuestos por terceros. En el supuesto que el trabajo presentado haya sido realizado en grupo, se entenderá que su autoría, a los efectos de estos premios, corresponde a la persona que suscriba la solicitud de participación, en su caso. SÉPTIMA. Documentación 2. Las candidaturas se formalizarán con el formulario de solicitud según el modelo que acompaña a estas bese como Anexo I y con la siguiente documentación: - Para las candidaturas de trabajadores y trabajadoras autónomos: 1. Documento que acredite la personalidad 2. Informe de vida laboral 3. Memoria descriptiva de la actividad o proyecto desarrollado, según el modelo Anexo II. - Para las modalidades que reconozcan labores de investigación y/o estudio 1. Memoria descriptiva de la actividad o proyecto desarrollado, según el modelo Anexo II.

2. Breve reseña curricular de las personas miembros del equipo investigador. - Para las candidaturas de entidades, públicas o privadas aquella documentación que se considere oportuna por el candidato o candidata o bien por la persona que proponga dicha candidatura que acredite y/o justifique los méritos exigidos para optar a la modalidad que corresponda. - Con carácter general, para todas las modalidades, podrá aportarse cuanta documentación se estime conveniente por parte de las personas candidatas o proponentes que justifique y/o acredite los méritos alegados para optar a los premios. OCTAVA. Lugar y plazo de presentación de las candidaturas 1. El plazo de presentación de candidaturas será el comprendido entre el 5 de octubre y el 5 de noviembre de 2016. 2. Las candidaturas se presentarán preferentemente en formato digital a través de alguno de siguientes medios: Vía electrónica a la dirección de correo comunicacion@upta-andalucia.org, especificando en el asunto "Premios Coraje de los autónomos andaluces" seguido de la modalidad a la que se presenta. Correo postal certificado o mensajería a la dirección de la sede regional de UPTA Andalucía en Sevilla, sita en Avda. de Blas Infante, número 4, planta 4 y media. C.P. 41011 Sevilla (Sevilla). Si se opta por esta opción, el envío desde la oficina de correos o mensajería debe estar entre los plazos establecidos para la presentación de candidaturas. Personalmente en cualquiera de las sedes regionales de UPTA Andalucía. El personal de la entidad remitirá a la Comisión Técnica la documentación correspondiente de las candidaturas así presentadas. 3. La presentación de candidatura y/o la aceptación de la participación en estos premios supondrá la aceptación de todo lo establecido en las presentes bases.

NOVENA. Criterios de valoración 1. Para las modalidades contempladas destinadas a trabajadores y trabajadoras autónomos se valorarán, con carácter general, los siguientes méritos: a) Carácter innovador y/o implantación o uso de tecnologías de la información y la comunicación en el desarrollo de las actividades. b) Incidencia en la creación de empleo, especialmente del empleo femenino. c) Consolidación y dimensión de la actividad o proyecto de trabajo autónomo. 2. Para las modalidades contempladas destinadas a reconocer la labor de personas jurídicas y/o entidades públicas o privadas: a) Grado de difusión y/o implantación territorial de las actividades desarrolladas a favor del trabajo autónomo en Andalucía, sus valores, la economía y la sociedad andaluzas. b) Compromiso social y medioambiental c) Aplicación de políticas y valores igualitarios e igualdad de oportunidades en su estructura organizativa y en el desarrollo de sus actividades. d) Incidencia en la creación de empleo, especialmente del empleo femenino. 3. Para las modalidades destinadas a premiar la labor investigadora o de estudio: a) Carácter igualitario del equipo investigador, en caso de ser un colectivo b) Carácter innovador del estudio o investigación, técnicas o metodologías aplicadas c) Posibilidades reales de implantación en la sociedad andaluza y grado de incidencia e influencia a futuro que mejoren las condiciones de los trabajadores y trabajadoras y/o del trabajo autónomo en Andalucía. 4. Con carácter general y para todas las modalidades de premios establecidas se valorará a) Calidad de la memoria descriptiva de la actividad y corrección en la documentación aportada. b) Perspectiva de género y valores igualitarios c) Responsabilidad social, compromiso medioambiental, sostenibilidad

d) Implantación territorial. e) Sectores emergentes y/o considerados de elevado potencial. f) Pertenencia o relación con colectivos con especiales dificultades. Estas consideraciones serán tenidas en cuenta en todas las categorías y modalidades en su conjunto, no teniendo la relación anterior carácter exhaustivo ni prelación en su orden. 5. La valoración de los criterios establecidos en los apartados anteriores se realizará en una escala entre 1 y el número total de candidatos aptos, siendo 1 el valor más bajo. DÉCIMA. Comisión Técnica 1. Con el objeto de facilitar la labor de valoración y fallo del Jurado se constituirá una Comisión Técnica que será la encargada de comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos así como la procedencia de la documentación exigida. 2. La Comisión Técnica estará compuesta por tres miembros entre el personal de UPTA Andalucía con categoría al menos de técnico. 3. La Comisión Técnica se encargará de estudiar la documentación aportada y de solicitar cuanta documentación y/o información complementaria que sea precisa. 4. La Comisión Técnica emitirá informe de valoración de las candidaturas presentadas que será remitido al jurado en el que se valorarán los criterios de valoración específicos y en todo caso la perspectiva de género y los valores igualitarios en el desarrollo de las actividades de los candidatos y candidatas así como su responsabilidad social, su compromiso medioambiental y la sostenibidad. Igualmente, la Comisión Técnica tendrá en cuenta la implantación y/o distribución territorial en la medida de lo posible, así como la pertenencia o relación con sectores emergentes y/o considerados de elevado potencial y la pertenencia de los candidatos y candidatas a colectivos con especiales dificultades En caso de exclusión de alguna de las candidaturas presentadas, se recogerán en el informe los motivos expresos de las causas de exclusión.

5. El plazo para el estudio de las candidaturas y emisión del informe por parte de la Comisión Técnica será de 10 días como máximo desde la finalización del plazo de presentación de candidaturas. 6. El informe de valoración reflejará el resultado de aplicar la escala de baremación a la que se hace referencia en el párrafo 5 de la Base Novena. No obstante, este informe no tendrá carácter vinculante para el jurado. UNDÉCIMA. Jurado 1. La valoración y fallo de las candidaturas corresponderá al Jurado que estará compuesto por al menos tres miembros, y siempre en número impar, de reconocido prestigio y experiencia en trabajo autónomo, o que por su trayectoria resulten relevantes para la economía y la sociedad andaluzas. 2. Las normas de funcionamiento emanarán de él mismo, respetando en todo caso lo establecido en las presentes bases reguladoras. El jurado nombrará de entre sus miembros una persona que ejerza las funciones propias de Secretario o Secretaria, que será la que de lectura del fallo en el acto de entrega de galardones. 3. El jurado dispondrá de un plazo de 10 días para el estudio de las candidaturas preseleccionadas y el informe de la Comisión Técnica, en atención a los criterios establecidos. El informe de la Comisión Técnica, será tenido en cuenta para la emisión del fallo, aunque no tendrá carácter vinculante para el jurado. Cada miembro emitirá su propuesta de ganadores que serán deliberadas de forma colegiada tras los cual emitirá el fallo. 4. El jurado podrá declarar desierto el premio en aquellas modalidades donde considere que las candidaturas recibidas no reúnen los méritos suficientes. Igualmente, el Jurado podrá declarar el premio compartido en cualquiera de las modalidades establecidas cuando los méritos reconocidos a las candidaturas lo aconsejen.

Así mismo, podrá determinar menciones o accésit sin conllevar premio en cualquiera de las modalidades de premios establecidas en atención a los criterios de valoración y en especial a lo referente perspectiva de género y aplicación de valores igualitarios, la responsabilidad social, el compromiso medioambiental y la sostenibidad así como la pertenencia o relación con sectores emergentes y/o considerados de elevado potencial y la pertenencia o relación de los candidatos y candidatas a colectivos con especiales dificultades. El fallo del jurado será inapelable y será dado a conocer con carácter público. DUODÉCIMA. Uso 1. La información obtenida durante todo el proceso será considerada propiedad exclusiva de la persona o entidad candidata y será tratado como confidencial a todos los efectos. La documentación aportada por las personas candidatas quedará en poder de UPTA Andalucía, salvo que el candidato haga reserva expresa en sentido contrario en cuyo caso le será devuelta una vez concluido el proceso. No obstante, teniendo en cuenta que la I edición de estos premios es una actividad subvencionada por la Consejería de Presidencia y Administración Local de la Junta de Andalucía, se estará a lo que esta pueda disponer en todo lo relativo al proyecto en el que se incardina. A estos efectos, las personas candidatas, aceptan con su participación las obligaciones que el órgano gestor pueda establecer con arreglo al régimen jurídico de la Orden de 1 de diciembre de 2015. 3. La concesión de los premios supone la autorización a UPTA Andalucía por parte de las personas candidatas para la publicación total o parcial de las acciones que justifican estos premios. ANEXOS