BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL CONTRATO DE AFILIACIÓN TARJETA DÉBITO VISA

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TARJETA No. asociada a la CUENTA No. ENTRE NOSOTROS: cédula de identidad, quien en adelante se denominará el CLIENTE o el TARJETAHABIENTE y el BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL con cédula de personería jurídica No. 4-000-042152, quien en lo sucesivo se denominará el BANCO, convenimos en suscribir el presente Contrato de Afiliación Tarjeta Débito VISA del Banco Popular, que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. Emisión y uso de la Tarjeta Débito VISA del Banco Popular El BANCO entrega al CLIENTE una tarjeta plastificada junto con el número de identificación de índole personal, denominado PIN, que se obliga el CLIENTE a utilizar en forma confidencial y mantener en secreto. La tarjeta plastificada deberá ser utilizada únicamente por el CLIENTE, comprometiéndose éste a darle el uso correcto para el cual ha sido creada. Al CLIENTE que reciba su depósito salarial a través del BANCO, se le otorgará la Tarjeta de Débito VISA Popular Plus. En caso que se determine que el CLIENTE no se encuentra recibiendo su depósito salarial en el BANCO, se le solicitará que proceda de inmediato a cambiar su Tarjeta de Débito VISA - Popular Plus por cualquiera de las otras opciones de tarjeta de débito que el BANCO tenga disponibles, de lo contrario se procederá con el bloqueo de la tarjeta a partir del mes siguiente de efectuada la comunicación en el lugar o medio señalado por el CLIENTE para notificaciones. El CLIENTE podrá hacer uso de su Tarjeta Débito VISA del Banco Popular para pagar sus compras o servicios en cualquiera de los comercios afiliados a la marca VISA, tanto dentro como fuera del país, recibiendo oportunamente un comprobante de cada transacción realizada, para lo cual autoriza expresamente al BANCO a que se debiten los montos respectivos de su cuenta de ahorros. Asimismo autoriza al BANCO debitar de su cuenta de ahorros, el monto de las compras realizadas cuando el sistema de Puntos de Venta se encuentre fuera de operación. El CLIENTE puede disponer de los recursos de su cuenta de ahorros mediante retiros de efectivo en la Red de Cajeros Automáticos del Banco Popular y en la Red de Cajeros Automáticos ATH a nivel nacional, hasta por el monto diario igual al límite que el BANCO determine. Igualmente podrá efectuar retiros de efectivo en la Red de Cajeros Automáticos Visa Plus, tanto a nivel nacional como en el extranjero. Las compras y retiros realizados en el exterior, se debitarán de la cuenta de ahorro voluntario en colones, utilizando el tipo de cambio de venta vigente el día en que el comercio efectúa el cobro de la transacción. El BANCO no asume ninguna responsabilidad por el efectivo que el CLIENTE omita retirar una vez que el cajero automático le haya indicado la posibilidad de disponer del dinero. 1

SEGUNDA. Otros servicios ligados al uso de la Tarjeta Débito VISA del Banco Popular Las partes convienen en la utilización de los servicios de pagos a préstamos, cancelación de servicios públicos y privados, transferencias entre cuentas, y cualquier otro que en adelante el BANCO implemente, por medio del sistema telefónico Banca Fácil o a través de la página web que el BANCO pone a disposición del CLIENTE. Estos servicios estarán sujetos a la disponibilidad de fondos de la cuenta, en consecuencia el CLIENTE autoriza bajo su entera responsabilidad al BANCO para que ejecute los ajustes y las reversiones pertinentes. TERCERA. Cuenta de Ahorros Para optar por la Tarjeta Débito VISA del Banco Popular, el CLIENTE debe contar con una cuenta de ahorro voluntaria a la vista en el BANCO. La cuenta de ahorros no permite sobregiros y el pago de los intereses se realizará mensualmente en dicha cuenta. Con la firma de este contrato, el CLIENTE, asume toda responsabilidad por el origen y trasiego de fondos que se genere en dichas cuentas. CUARTA. Tarjetas Adicionales Solo se permite una Tarjeta Titular por cada cliente, para lo cual se debe poseer una cuenta de ahorro Voluntario a la Vista. Si el CLIENTE solicita y autoriza al BANCO que se emitan tarjetas adicionales a nombre de terceros, el CLIENTE será responsable en forma solidaria del uso que se haga de dichas Tarjetas Adicionales. Las Tarjetas Adicionales únicamente podrán utilizarse como medio de pago y para realizar retiros; así mismo el adicional no tendrá derecho a solicitar al BANCO estados de cuenta o cualquier información sobre la cuenta. QUINTA. Plazo para el retiro de la Tarjeta Débito VISA del Banco Popular Para el retiro de la Tarjeta Débito VISA del Banco Popular posterior a su aprobación o por retenciones en el cajero automático, el CLIENTE dispone de un mes. Si en el plazo indicado el CLIENTE no efectúa el retiro del plástico, el BANCO queda autorizado para proceder con su destrucción. Si el CLIENTE requiere nuevamente el servicio, deberá formular la solicitud en forma expresa, en cualquiera de las oficinas del BANCO. SEXTA. Depósitos en cajeros automáticos Para efectuar depósitos en los cajeros automáticos, el CLIENTE debe introducir el efectivo en billetes, cheques y recibos, en un solo sobre, que le suministrará el BANCO, y que completará con la información solicitada. Con posterioridad al depósito, el BANCO procederá a comprobar su exactitud, por lo cual el CLIENTE podrá disponer de los fondos depositados en efectivo después de veinticuatro horas hábiles de practicado el depósito; salvo en caso de cheques que se acreditará a su valor en forma definitiva, una vez cobrado por el BANCO. En el supuesto de que exista diferencia entre la cantidad depositada según el sobre de depósito y la verificada por el BANCO en más o menos, el CLIENTE acepta como real y exacta la cantidad que indique los registros del BANCO. 2

El BANCO se compromete a que la apertura de los sobres depositados por el CLIENTE, se efectúe bajo la responsabilidad de dos o más empleados de reconocida solvencia moral, de lo cual se dejará constancia en un acta. SETIMA. Cargos Administrativos El BANCO cobrará una tarifa de dos mil quinientos colones, por la membresía de la tarjeta y adicional. Igual monto se cobrará en caso de reposición del plástico. OCTAVA. Comisiones El BANCO cobrará al TARJETAHABIENTE comisiones por retiros o consultas realizadas en los cajeros automáticos, dentro y fuera del territorio nacional, según corresponda: 1) Cuando la transacción se efectúa en el interior del país, a través de la Red de Cajeros Automáticos ATH $0.25 por cada consulta y $0.50 por cada retiro. 2) Cuando la transacción se efectúa en el interior o exterior del país, a través de la Red de Cajeros Automáticos Visa, $1.50 por cada retiro. Además, el BANCO cobrará al TARJETAHABIENTE una comisión de un 1% por retiros de efectivo y compras realizados en cualquier moneda diferente al colón costarricense, tanto dentro como fuera del país, y el monto del diferencial cambiario a la fecha de cobro de la transacción. NOVENA. Modificaciones a cargos administrativos y comisiones La tarifa anual referida en la cláusula sétima y la comisión establecida en la cláusula octava será fijada por la Junta Directiva Nacional y podrá ser modificada por dicho órgano atendiendo las condiciones del mercado. Igualmente las comisiones establecidas la cláusula sétima, podrán ser ajustadas cuando así lo disponga VISA INTERNACIONAL. De dichas modificaciones y de cualquier otra variación que se incorpore al presente contrato, el BANCO notificará al CLIENTE mediante la página Web, cajeros automáticos, Banca Fácil, u otros medio que se que tenga al alcance. Las modificaciones se tendrán por aceptadas si transcurridos treinta días naturales contados a partir de su notificación, el CLIENTE no formula objeción alguna. DECIMA. Pérdida, robo, extravío, deterioro o sustracción de la tarjeta En caso de pérdida, robo, sustracción o deterioro de la tarjeta, el CLIENTE está obligado a comunicarlo en las siguientes TRES HORAS, salvo que por alguna razón justificada ante el BANCO, demuestre que no puede realizarse en dicho plazo, para que éste último proceda a la anulación de la tarjeta o hacer la reposición correspondiente, para ello el CLIENTE deberá pagar al BANCO la suma que signifique dicha reposición. Si el hecho sucede en el extranjero, el titular de la cuenta deberá comunicarse vía telefónica, previa identificación y posteriormente deberá presentar la denuncia por escrito. 3

El BANCO no será responsable por cualquier transacción que se efectúe antes que se registre en sus archivos computarizados el estado de la tarjeta. DECIMA PRIMERA. Estado de cuenta Las obligaciones procedentes del presente contrato se reflejarán en la (s) cuenta (s) de ahorro que indique el CLIENTE. Igualmente el CLIENTE podrá consultar sus movimientos en el sistema de consulta telefónica Banca Fácil, o solicitar la impresión del Estado de cuenta en cualquiera de las plataformas de servicios del Banco, a nivel nacional. Asimismo el CLIENTE podrá consultar los movimientos de su cuenta de ahorros, por Internet a través de la página Web del BANCO: www.bancopopularcr.com. El BANCO no asume ninguna responsabilidad por pérdidas, robos, extravío o sustracciones a que puede estar sujeto el CLIENTE por parte de personas ajenas al BANCO, en cualquiera de las posibilidades de aplicación de la tarjeta, incluido el mal uso, descuido o imprudencia en la utilización del pin de seguridad y la clave de acceso a la página web que se pone a su disposición. Tampoco asume el BANCO responsabilidad alguna, cuando el CLIENTE no puede realizar sus operaciones por causa de fallas o desperfectos en el sistema, fallas del fluido eléctrico o en cualquier caso en que concurra caso fortuito, fuerza mayor, culpa de la víctima o hecho de un tercero. DECIMA SEGUNDA. Responsabilidades del CLIENTE Es responsabilidad del CLIENTE verificar que el monto digitado por el comercio sea exactamente igual al valor de los bienes o servicios comprados. En caso de que el débito sea mayor que el valor de los bienes comprados, debe solicitar el ajuste al BANCO previa autorización del comercio afiliado. El CLIENTE responderá del mal uso o deterioro no imputable a causas naturales, de los bienes que se ponen a su disposición para recibir los servicios objeto de este contrato, en cuyo caso el CLIENTE deberá abonar los desperfectos o pérdidas experimentadas por el BANCO. DECIMA TERCERA. Impugnación de cargos y reclamos El TARJETAHABIENTE dispone de un plazo de 60 días hábiles para la impugnación de cargos que no hubiere autorizado, o bien para formular cualquier otro reclamo, lo cual hará en cualquier oficina del BANCO a partir del momento en que tenga conocimiento del hecho que origina el reclamo, indicando el error atribuido con una breve explicación de las consideraciones en que fundamenta la reclamación. El BANCO dará al TARJETAHABIENTE el número bajo el cual registró el reclamo, con indicación de la fecha y hora del recibo y del procedimiento a seguir. 4

DECIMA CUARTA. Limitación para accesar el Sistema El BANCO conserva la potestad de impedir el acceso al sistema cuando su uso se estime inapropiado, o bien cuando por diversas razones lo estime conveniente. personales y crediticios para análisis presentes y futuros, incluyendo los relativos a su comportamiento y crédito comercial, hábitos de pago, manejo de cuentas corrientes bancarias y en general, el cumplimiento de sus obligaciones pecuniarias. DECIMA QUINTA. Pago de créditos morosos o en cobro judicial Salvo previa autorización del BANCO, no se tendrá como efectuado el abono que el CLIENTE realice a una operación de crédito en estado moroso o en cobro judicial, mediante el uso de la Tarjeta Débito VISA del Banco Popular. DECIMA SEXTA. Política Conozca a su Cliente En cumplimiento de lo estipulado con la Ley 8204, Ley Sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de uso no Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, el TARJETAHABIENTE está obligado a actualizar sus datos personales cuando el BANCO así lo requiera. En caso de incumplimiento, faculta al BANCO a realizar el bloqueo de la cuenta hasta tanto no se cumpla con esta obligación. DECIMA SETIMA. Autorización de información De conformidad con lo dispuesto en el inciso dos del artículo quinto de la ley 8968, el CLIENTE otorga expresamente su consentimiento para que el BANCO recopile, almacene, consulte, investigue, verifique y actualice la información relativa a sus datos Igualmente y conforme con lo estipulado en los artículos 44 de la Ley General de Telecomunicaciones No. 8642 y 31 del Reglamento Sobre Medidas de Protección de la Privacidad de las Comunicaciones No. 35205-MINAET, el CLIENTE autoriza expresamente al BANCO para que la información recopilada sea utilizada de forma directa o a través de terceros debidamente autorizados, para llevar a cabo comunicaciones por medio de sistemas de llamada automática por voz, fax, correo electrónico, call center o mediante cualquier otro dispositivo o medio disponible y al que el cliente tenga acceso, con el fin de que le ofrezca, y/o envíe información sobre bienes, productos, servicios, promociones, novedades, mensajes, avisos de consumo, verificación de datos o avisos de mora, y cualesquiera otro que el BANCO y sus sociedades anónimas consideren oportuno. Asimismo doy fe que he sido debidamente informado de lo siguiente: a)la existencia de una base de datos del BANCO, donde se almacenarán mis datos personales, la cual es de uso interno y no para comercializar la información, b) Que el fin que se persigue con la recolección de tales datos es la aprobación y prestación de servicios y productos que ofrece el BANCO y sus sociedades Anónimas y en general beneficiar mi posición de usuario del Sistema 5

Financiero, c) Que los destinatarios de la información recopilada son el BANCO, sus sociedades anónimas, o terceros contratados por el BANCO para realizar actividades propias de su giro normal y/o sus sociedades anónimas, d) Que la información recopilada podrá ser consultada por el BANCO, sus sociedades anónimas, o terceros contratados por el BANCO para realizar actividades propias de su giro normal y/o sus sociedades anónimas, e) del carácter facultativo de mis respuestas a las preguntas que se formulan durante la recolección de los datos, f) Que la no entrega de la información solicitada puede provocar el rechazo del producto o servicio financiero solicitado, h)de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de los datos suministrados, tal y como lo establece la citada ley 8968, i) Que el responsable de la base de datos es el BANCO. DECIMA OCTAVA. Renovación de la Tarjeta La Tarjeta Débito VISA del Banco Popular tendrá una vigencia de cinco años, por lo que el CLIENTE deberá solicitar su renovación sin costo alguno, en cualquiera de las oficinas del Banco, al menos un mes antes de su vencimiento. DECIMA NOVENA. Lugar para comunicaciones Las partes señalan las siguientes direcciones para recibir comunicaciones relacionadas con el presente contrato: VIGESIMA. Vigencia Este contrato es por plazo indefinido, pero cualquiera de las partes puede darlo por concluido en cualquier momento, previa comunicación por escrito a la otra parte. En caso de que el CLIENTE decida darlo por terminado, deberá efectuar la devolución de la tarjeta para su anulación, de lo contrario asume las responsabilidades civiles, penales y administrativas que se dieran por el uso irregular de dicha tarjeta. En el caso de existir algún saldo en la cuenta de ahorros, el BANCO debe entregarlo al CLIENTE para proceder con el cierre definitivo. VIGESIMA PRIMERA: Aceptación El CLIENTE conoce y acepta cada una de las cláusulas del presente contrato, en fe de lo cual firma en a las horas del día del mes de del año dos mil. FIRMA DEL CLIENTE No. CEDULA FIRMA RESPONSABLE BANCO El CLIENTE: El BANCO: Teléfono 800-2570422 Fax 2234-9205 6