TEMPORADA REGLAMENTO DE PESCA DEPORTIVA DE TIERRA DEL FUEGO

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TEMPORADA 2017-2018 REGLAMENTO DE PESCA DEPORTIVA DE TIERRA DEL FUEGO

DYDIMO (Dydimosphenia geminata) IMPORTANTE Alga exótica invasora Dydimo (Dydimosphenia geminata) o Moco de roca produce graves daños en los ecosistemas acuáticos. Los pescadores deberán lavar y desinfectar todo elemento que entre en contacto con el ambiente acuático, (que podrán incluir waders, botas de vadeo, flotadores individuales, embarcaciones, etc.), antes de ingresar y luego de salir del lugar de pesca, exponiéndolos como mínimo durante un minuto en las siguientes soluciones: Lavandina al 2% (un vaso en 10 litros de agua) Sal al 5% (500gr. de sal común en 10 litros de agua) Se recomienda muy especialmente utilizar equipos nuevos.

TEMPORADA DE PESCA 2017 / 2018 Inicio:01/11/17 Finaliza: 01/05/18 inclusive Desde 01/04/18 Devolución obligatoria de todas las especies, en toda la provincia. Sistema de Información de Pesca Deportiva de Tierra del Fuego: Puede consultar el reglamento de pesca, el vencimiento de su permiso y credencial, puntos de venta, etc. en http://siped.tierradelfuego.gov.ar Sistema de Accesos de Pesca de Tierra del Fuego: Consulte en http://saptdf.tierradelfuego.gov.ar/ las condiciones para el ingreso a cotos de pesca con el beneficio de ingreso gratuito establecido en el Decreto Provincial N 2180/09, Anexo I, Artículo 25 y su modificatorio. Restricción especial para el Río Grande: Los cotos de pesca habilitados en el Río Grande cuentan con un cupo de cañas diario MÁXIMO a efectos de regular la presión de pesca y proteger el recurso íctico. De acuerdo a la Resolución SDSyA Nº 653/10 ARTÍCULO 1º, en el tramo del río Grande, lindante con las estancias El Salvador y San Julio (margen Norte), sólo se permite la pesca ingresando por las únicas entradas habilitadas en los Cotos de Pesca de las estancias San José, Aurelia y La Retranca (Ruta Complementaria B Kms. 44 y 60). Evite multas por incumplimiento. Lugares Vedados durante todo el año (Ley Provincial Nº 520): Laguna San Luis y Chorrillo de los Salmones Lago Chepelmut y Río Mimica Río In Pesca vedada todo el año tanto en el río como en su desembocadura en el lago Yehuín, dentro del círculo imaginario de 200 metros de radio desde la misma desembocadura

Número máximo de piezas por pescador habilitado Limite de sacrificio: un (1) ejemplar por día y por pescador. No se podrá transportar más de una (1) pieza por pescador. Nota: El Permiso Sin Cargo sólo habilita la pesca con devolución obligatoria. Modalidades y equipos permitidos Solo se autoriza el uso de sólo un (1) señuelo artificial con un (1) único anzuelo simple o doble. Modalidades permitidas: Cuchara o Spinning y Mosca o Flycasting. Boya del tipo denominado buldo y mosca. Se prohíben el uso de plomadas y señuelos artificiales que contengan pilas o baterías, debido a su alto poder contaminante. En algunos ríos o lagos sólo se autoriza la modalidad Mosca con devolución obligatoria, con los equipos correspondientes a dicha modalidad. Ver listado de Ambientes. SE PROHIBE EXPRESAMENTE LA MODALIDAD TROLLING O ARRASTRE Desde embarcación en movimiento, con cualquier tipo de señuelo, cuchara o mosca. Siendo pasible de sanciones por incumplimiento tanto el pescador como el tripulante de la embarcación utilizada. TELÉFONOS DE INTERÉS Policía Provincial: 101 Prefectura Naval: 106 Gendarmería Nacional- Escuadrón 44 Ushuaia : 02901 431800

IMPORTANTE PREVENCIÓN DE CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS Ley de Aguas Nº 1126 Artículo 34 inc. f Se informa a la población que se encuentra prohibido lavar vehículos, maquinaria y cualquier otro tipo de elemento, en los ríos, arroyos, chorrillos, lagos y lagunas, debido a su potencial riesgo de contaminación del ecosistema acuático. Medidas de conservación según la especie Hasta el 01/01/18, devolución obligatoria de truchas arco iris. Desde el 01/03/18, devolución obligatoria de truchas de arroyo. Ver el apartado para la identificación de cada especie. Se recomienda no vadear los ríos Milna, Tuerto, Turbio, Valdez, Subiabre, Bombilla, Margarita y Palacios durante noviembre y diciembre, con el objeto de no destruir las camas de desove de trucha arco iris. Día de Pesca Considérese DÍA DE PESCA al lapso que coincide estrictamente con las horas de luz diurnas, comprendidas entre los horarios de los crepúsculos matutino y vespertino publicados por el Servicio de Hidrografía Naval (http://www.hidro.gov.ar/observatorio/sol.asp) para la provincia de Tierra del Fuego. Queda absolutamente prohibida la pesca nocturna. CATEGORÍAS DE PERMISOS Y VALORES Permisos Ordinarios Residente País (Para pescadores argentinos o extranjeros residentes en el país): (RP-D) DIARIO $240 (RP-3D) POR 3 DIAS $ 320 (RP-S) SEMANAL $480 (RP-T) TEMPORADA $960 (RP-M-T) Menores entre 13 y 17 años de edad) $240 No Residente País (para pescadores extranjeros no residentes en Argentina): (E-D) DIARIO $500 (E-3D) POR 3 DÍAS $1.260 (E-S) SEMANAL $2.020 (E-T) TEMPORADA $2.690

Permisos de pesca adicionales para zonas preferenciales, Para No Residentes en el País Para Pescadores Residentes en Países Limítrofes Ríos Grande y Menéndez (AD) DIARIO $220 (A3D) POR 3 DÍAS $330 (AS) SEMANAL $430 (AT) TEMPORADA $970 Ríos Ewan Sur, Irigoyen y Lago Fagnano (CD) DIARIO $130 (C3D) POR 3 DIAS $220 (CS) SEMANAL $320 (CT) TEMPORADA $640 Para Pescadores Extranjeros No residentes en Países Limítrofes Ríos Grande y Menéndez (BD) DIARIO $1.610 (B3D) POR 3 DÍAS $2.420 (BS) SEMANAL $3.220 (BT) TEMPORADA $5.330 Ríos Ewan Sur, Irigoyen y Lago Fagnano (DD) DIARIO $ 530 (D3D) POR 3 DÍAS $1.070 (DS) SEMANAL $1.610 (DT) TEMPORADA $3.220 Permisos Sin Cargo Solo con Devolución Obligatoria. En el caso de que se desee sacrificar, dentro del límite permitido, los menores de 12 años cumplidos y los discapacitados deberán adquirir una licencia RP-M-T (Residente País Menores, de 13 a 17 años de edad). De igual manera los mayores de 65 años, jubilados y pensionados, residentes en el país, podrán adquirir una licencia RP (Residente País). En ambos casos la vigencia del permiso dependerá de su valor y duración. Impacto en el ecosistema y graduación de las Multas: La Autoridad para el control, fiscalización e investigación en materia de Pesca Deportiva es la Secretaría de Ambiente, Desarrollo Sostenible y

Cambio Climático., según Ley Nº 1060, Ley 244, Decreto Provincial N 2189/09, Resolución SDSyA N 653/10 y el presente reglamento, facultando a ejercer la fiscalización a través de los Inspectores de Pesca Deportiva provinciales dependientes de Dirección General de Recursos Hídricos. La aplicación de multas se realiza conforme a lo establecido en la Ley Provincial Nº 244 artículo 42º, según lo recomendado en el Decreto 2180/09 Anexo I Art. 28, graduando las mismas de acuerdo a la gravedad de la falta y el impacto en el ecosistema. De manera orientativa se detallan las siguientes infracciones, y su correspondiente multa equivalente en la cantidad de veces el valor del permiso de pesca para residentes validez de temporada: INFRACCIÓN: Pescar sin permiso habilitante // MULTA: 1 a 20 veces. INFRACCIÓN: La pesca en época de veda // MULTA: 10 a 100 veces el valor del permiso INFRACCIÓN: La pesca y/o el sacrificio de peces en lugares y épocas no permitidos, durante la temporada de pesca // MULTA: 1 a 100 veces INFRACCIÓN: La pesca en horario nocturno // MULTA: 1 a 100 veces. INFRACCIÓN: Utilización de alguno de los siguientes elementos no autorizados: - Garfios, lastre con mosca, redes o espineles de cualquier tipo - Carnada natural, anulas, cebos, luces o cualquier otro elemento natural o artificial. - Más de una caña por pescador al mismo tiempo - Sustancias tóxicas (incluye plomadas) - El empleo de cualquier método que consista en apalear las aguas, arrojar piedras o espantar por cualquier medio a los peces - La pesca a mano

- El empleo de armas de fuego, aire comprimido, arpones o garrotes // MULTA: 10 a 100 veces. INFRACCIÓN: Compraventa, permuta o transferencia a título oneroso o gratuito de las piezas obtenidas de la pesca deportiva. Esta infracción se extiende a los salmónidos de origen silvestre, obtenidos de la pesca artesanal o doméstica aun cuando sean capturados en forma accidental, como así también especies de salmónidos que se comercialicen sin acreditar la procedencia de establecimiento de producción debidamente habilitado. // MULTA: 10 a 100 veces INFRACCIÓN: Impedir el paso de los peces en sus migraciones naturales en cursos de agua, incluyendo sus desembocaduras y estuarios. El uso de redes de cualquier tipo en las desembocaduras de ríos en el mar, dentro de un círculo imaginario medido desde la misma desembocadura cuya distancia es establecida por la Autoridad de Aplicación para cada río. // MULTA: 10 a 100 veces INFRACCIÓN: Las siembras o traslados de peces entre cuencas, sin autorización // MULTA: 1 a 10 veces De existir más de una infracción en forma simultánea, las multas son acumulativas con cada infracción cometida. Además de las detalladas previamente, a las multas podrá agregarse la inhabilitación temporal o definitiva para ser pescador deportivo, el secuestro de equipos y permiso de pesca hasta el pago efectivo de la multa, la imposibilidad de utilizar el Sistema de Accesos de Pesca de TdF, y en su defecto la ejecución fiscal correspondiente ante la falta de pago de las mismas.

LISTADO ALFABETICO DE AMBIENTES DE TIERRA DEL FUEGO En los Ambientes no incluidos en este listado, se aplica la Reglamentación General. Bombilla (Laguna) Tierra del Fuego Solo se permite la navegación con motor a explosión en el sector oeste de la laguna y sólo con el fin de acceder al lago Fagnano o regresar desde el mismo, a velocidad moderada, sin desviar el rumbo, sin detenerse, ni dejarse derivar. Asimismo se prohíbe la práctica de la pesca desde embarcaciones que cuenten con motor a explosión en toda la laguna. Claro (Río) - Para practicar la pesca deportiva es obligatorio estar registrado y contar con reserva previa a través del Sistema de Accesos de Pesca de la Provincia de Tierra del Fuego (http://saptdf.- tierradelfuego.gov.ar), para aquellos lugares y horarios establecidos por el mismo. Solo se permite la pesca con devolución obligatoria. Se prohíbe todo tipo de navegación a motor. De los Onas (Río) Apertura 01/11/17. Devolución Obligatoria a partir del 01/12/17. Cierre 15/04/18. Ewan Norte (Río) - Devolución obligatoria. Ewan Sur (Río) - Devolución obligatoria en todo el río. Desde el Puente Justicia (Ruta Nac. 3) hasta la desembocadura en el Océano Atlántico, Apertura el 01/01/18. En el resto del río Apertura 01/11/17 Fuego (Río) - Apertura 01/11/17 Devolución obligatoria. Grande (Río) y todos sus afluentes Apertura 01/11/17. Devolución obligatoria a partir del 01/12/17 Cierre 15/04/18. Solo se encuentran habilitados para la práctica de la pesca deportiva en el sector denominado El Tropezón aquellos pescadores que acrediten residencia en la provincia, se encuentren registrados en el Sistema de Accesos de Pesca de la Provincia de Tierra del Fuego y cuenten con reserva previa. Hantuk (Laguna) Apertura 01/11/17 Devolución obligatoria (Reserva Íctica Cuenca Río Ewan).

Herminita (Río) - Apertura 01/11/17. Devolución Obligatoria a partir de 01/12/17. Cierre 15/04/18. Indio (Río) Apertura 01/11/17 Pesca con equipo de mosca solamente. Devolución obligatoria. Irigoyen y Malenguena (Ríos) Devolución obligatoria de todos los salmónidos. Sólo pesca con equipo de mosca en el tramo comprendido por los límites de la Estancia María Luisa. Se autoriza la modalidad cuchara en el resto del río y en un tramo de doscientos (200) metros antes de su desembocadura en el Océano Atlántico. Margarita (Laguna) Apertura 01/11/17 Devolución obligatoria. Prohibida la navegación a motor para evitar su contaminación y para no perturbar el desarrollo de las poblaciones de peces y la práctica de la pesca deportiva. Menéndez (Río) Apertura 01/11/17. Devolución Obligatoria a partir de 01/12/17. Cierre 15/04/18. Milna (Río) y todos sus afluentes Apertura 01/01/18. Con Devolución Obligatoria tanto en el río y afluentes, como en su desembocadura en el lago Fagnano, dentro del círculo imaginario de 200 metros de radio desde la misma desembocadura. Moneta (Río) - Apertura 01/11/17. Devolución Obligatoria a partir de 01/12/17. Cierre 15/04/18. Negra (Laguna) Apertura 01/11/17 Devolución obligatoria en la Reserva Provincial de Usos Múltiples Laguna Negra. Cuenca Lago Fagnano. Prohibida la navegación a motor. Olivia (Río) Apertura 01/11/17 - Prohibida la pesca en el tramo comprendido entre la represa de la vieja Usina y el puente de la Ruta Provincial N 30 (camino a Playa Larga ). Se permite le pesca desde dicho puente hasta la desembocadura en el Canal Beagle. Palacios (Laguna) Apertura 01/11/17- Únicamente se permite la navegación a motor para circular por el sector noroeste, entre el lago Fagnano y el muelle del club de pesca. Se prohíbe la navegación a motor en el resto de la laguna. Palacios (Río) Apertura 01/01/18. Con Devolución Obligatoria tanto en el río y afluentes, como en su desembocadura en el lago Fagnano, dentro del círculo imaginario de 200 metros de radio desde la misma desembocadura. San Pablo (Río) Apertura 01/11/17 Devolución obligatoria. San Ricardo (Laguna) y todos sus afluentes Apertura 01/01/18. Devolución obligatoria. Prohibida la navegación a motor. Santa Laura (Laguna) y todos sus afluentes Apertura 01/01/18. Devolución obligatoria. Prohibida la navegación a motor. Subiabre (Arroyo) Apertura 01/01/18. Con Devolución Obligatoria tanto en el río como en su desembocadura en el lago Fagnano, dentro del círculo imaginario de 200 metros de radio desde la misma desembocadura. Tuerto (Río) Apertura 01/01/18. Con Devolución Obligatoria tanto en el río como en su desembocadura en el lago Fagnano, dentro del círculo imaginario de 200 metros de radio desde la misma desembocadura. Turbio (Río) - Apertura 01/01/18. Con Devolución Obligatoria tanto en el río como en su desembocadura en el lago Fagnano, dentro del círculo imaginario de 200 metros de radio desde la misma desembocadura. Valdez (Río) y todos sus afluentes Apertura 01/01/18. Con Devolución Obligatoria. Prohibida la pesca en el tramo comprendido entre el puente de Ruta Nacional Nº 3 y su desembocadura en el lago Fagnano, dentro del círculo imaginario de 200 metros de radio desde la misma desembocadura. Varela (Laguna) Cuenca Lago Fagnano. Apertura 01/11/17 Prohibida la navegación a motor. Videla (Arroyo) - Apertura 01/11/17 Devolución obligatoria. Yakush (Lago) Apertura 01/11/17 Pesca con mosca solamente. Devolución obligatoria. Prohibida la navegación con motores a explosión.

Para mayor información o realizar denuncias: USHUAIA. Dirección General de Recursos Hídricos Dirección de Manejo de Recursos Icticos Continentales Tel: +54 2901 431354 / 422576 Int. 121 Estación Piscicultura. "Rio Olivia", Ruta Pcial. N 30, Km. 0,2 Tel: +54 2901 435398 int. 103 RÍO GRANDE. Delegación de Recursos Naturales, Piedrabuena 675 Tel: +54-2964 - 422444 TOLHUIN. Delegación de Recursos Naturales, Angela Loig S/N Tel: +54-2901 - 492035 Fotografías Lionel Machado