BASES REGULADORAS DEL CONCURSO DE IDEAS, MEDIANTE COMISIÓN DE VALORACIÓN, PARA LA SELECCIÓN DE UN LOGOTIPO DE LA RED DE PARQUES NACIONALES

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Transcripción:

BASES REGULADORAS DEL CONCURSO DE IDEAS, MEDIANTE COMISIÓN DE VALORACIÓN, PARA LA SELECCIÓN DE UN LOGOTIPO DE LA RED DE PARQUES NACIONALES 1.- OBJETO DEL CONCURSO La Red de Parques Nacionales es un sistema integrado por aquellos espacios declarados parques nacionales, su marco normativo básico y el sistema de relaciones necesario para su funcionamiento. Su objetivo primordial es garantizar, como legado para las generaciones futuras, la conservación de una muestra representativa de los principales sistemas naturales españoles. La Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales dispone el establecimiento de la imagen corporativa e identidad gráfica de la Red de Parques Nacionales, como conjunto de elementos identificativos que deben ser de uso obligatorio para aquellas actividades que impliquen un contacto con el público y la consiguiente proyección exterior. El objeto del presente concurso es propiciar la concurrencia de ideas con el fin de seleccionar un logotipo - imagen y tipografía para uso conjunto y separado indistintamenteque facilite la identificación de la Red de Parques Nacionales y de cada uno de los parques que la forman, reconociendo la individualidad y singularidad de cada espacio, pero asegurando al tiempo una idea global de conjunto. El logotipo se compondrá de dos elementos básicos: un elemento figurativo y un elemento tipográfico, a efectos de su utilización conjunta o separadamente. El elemento tipográfico contendrá la expresión Red de Parques Nacionales, o bien las denominaciones individuales de cada parque nacional o de los órganos colegiados regulados en los artículos 25 y 27 de la citada Ley 30/2014, para su uso según proceda. 2.- PROCEDIMIENTO Se establece un procedimiento abierto de participación y una forma de selección mediante concurso con intervención de una Comisión de Valoración, de acuerdo con los criterios de valoración fijados en estas bases reguladoras. La Comisión de Valoración se constituirá dentro del plazo de los diez días siguientes a la finalización del plazo de presentación de propuestas. Previa deliberación, elegirá por mayoría un diseño que propondrá como ganador del concurso. La resolución que declare el diseño ganador se notificará a su autor por correo electrónico y se publicará en la web del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. 3.- PARTICIPANTES El concurso está abierto a cualquier persona física o jurídica. Los participantes podrán presentarse individualmente o mediante su participación en grupos, en cuyo caso debe concretarse la composición de los mismos.

Los diseños deberán ser originales e inéditos, siendo responsable el autor de que así sea. Cada participante podrá presentar un máximo de dos propuestas de diseños identificados cada uno con un LEMA y suficientemente diferenciados entre sí. El citado lema de identificación aparecerá en toda la documentación aportada con el fin de garantizar el anonimato de los participantes. La presentación de los trabajos supone la aceptación incondicionada, por parte de los concursantes, del contenido de la totalidad de las condiciones de estas bases, sin salvedad o reserva alguna. 4.- DISEÑOS DEL LOGOTIPO El logotipo identificativo de la Red de Parques, formado por imagen y tipografía para uso conjunto o separado indistintamente, debe reunir una serie de características: a) Debe poder identificarse por todos los públicos. b) Ser multifuncional: capacidad y flexibilidad para ser usado y aplicado en una diversidad de soportes, como son: Materiales de promoción impresos: folletos, guías, catálogos, notas de prensa, libros etc. Soportes administrativos: sobres, papel, carpetas, tarjetas, etc. Soportes de promoción digitales: páginas web, aplicaciones para dispositivos móviles (App), videos, correos electrónicos, presentaciones informáticas, etc. Señalización: carteles informativos, indicaciones direccionales, balizas, postes indicadores, etc. Vestuario: de aplicación genérica a todo el personal que desarrolle sus funciones en el ámbito de la Red o de los parques nacionales que impliquen proyección exterior, teniendo carácter obligatorio para, al menos, aquellos profesionales que desarrollen sus labores en contacto con el público. Vehículos: de aplicación a todos aquellos vehículos oficiales adscritos a la administración gestora del parque nacional o a la Red de Parques Nacionales, en tanto que directamente vinculados con la gestión del mismo y en particular relacionados con la proyección a la sociedad de estos espacios. Merchandising y material de difusión institucional: bolsas, camisetas, bolígrafos, etc. Otros soportes promocionales: presencia en ferias, vallas, etc. c) Ser adaptable: poder convivir con diversos logotipos o distintivos propios de las administraciones públicas con competencia en los parques nacionales o identificativos de otras figuras de protección que afecten a los parques nacionales,

La imagen tiene que poder utilizarse para distintos tipos de eventos y situaciones, turístico, cultural, deportivo, etc. con personalización propia en cada caso. A la hora del diseño y colores del logotipo deberá tenerse en cuenta que no pierda sus señas de identidad al imprimirse en blanco y negro. 5.- PREMIO Se establece un único premio de diez mil euros (10.000,00 ) para el concursante que presente el diseño del logotipo seleccionado por la Comisión de Valoración. La adjudicación del premio queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para su financiación en el ejercicio correspondiente. El importe estará sujeto a las retenciones fiscales según la legislación tributaria española. 6.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS El plazo de presentación de propuestas para optar al concuerdo será de cuarenta y cinco (45) días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio del concurso en la web del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. El lugar de presentación de las propuestas será el Registro General del Organismo Autónomo Parques Nacionales, C/ José Abascal nº 41, 28003 Madrid. 7.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Cada propuesta incluirá un único diseño que deberá presentarse en formato impreso y digital: 1. Formato impreso. El logotipo y sus variantes se presentarán en un único panel de formato DIN A-3 sobre soporte rígido. En dicho panel figurará el logotipo versión color y otro en versión blanco y negro. Se incluirá una memoria que contendrá aquellos aspectos que expliquen o ayuden a comprender la génesis y el significado de la imagen propuesta. Test de reducción con relación de tamaños y situaciones entre elementos 2. Formato digital. Se presentará un CD que contendrá los siguientes archivos: Logotipo color. Logotipo blanco y negro. Datos técnicos, especificando las distintas tipografías utilizadas y el RGB de los colores empleados. Test de reducción con relación de tamaños y situaciones entre elementos.

8.- FORMA DE PRESENTACIÓN Se presentarán dos sobres cerrados. Toda la documentación se presentará en español Sobre nº 1: En su exterior figurará la siguiente leyenda: Sobre nº 1: Propuesta de logotipo. Concurso de ideas para selección del logotipo de la Red de Parques Nacionales. Lema de la propuesta En el interior del sobre se incluirá la documentación detallada en el punto 7 de estas bases bajo un lema que aparecerá en toda la documentación aportada. No se admitirán propuestas en las que no figure el lema o que conste alguna identificación del concursante. Sobre nº 2. En su exterior figurará la siguiente leyenda : Sobre nº 2: Datos identificativos. Concurso de ideas para selección del logotipo de la Red de Parques Nacionales. Nombre del "Lema" de la propuesta. No se admitirán propuestas en las que no figure el lema o que conste alguna identificación del concursante en el exterior del sobre. En el interior del sobre se incluirá la siguiente documentación: A. Documentos que acrediten la personalidad del concursante: a) Los concursantes que sean personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. b) Las personas físicas deberán presentar fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) o, en su caso, del documento que haga sus veces. B. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder notarial bastante al efecto o el documento del que resulten sus facultades representativas, así como fotocopia de su D.N.I. o, en su caso, del documento que haga sus veces C. Un documento en el que se proporcione una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones. Todos los documentos que se presenten deberán ser originales o copias compulsadas.

9.- COMISIÓN DE VALORACIÓN La selección del diseño ganador será realizada por una Comisión de Valoración con la siguiente composición: Presidenta: Secretaria de Estado de Medio Ambiente o persona en quien delegue. Vicepresidente: Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales o persona en quien delegue. Vocales: - Director General de Medio Natural de la Junta de Castilla y León - Directora Adjunta del Organismo Autónomo Parques Nacionales - Director del Parque Nacional del Teide - Director del Parque Nacional de Islas Atlánticas - Director del Parque Nacional de Sierra Nevada - -Consejero Técnico de la Unidad de Apoyo del Organismo Autónomo Parques Nacionales. - Experto en diseño gráfico del Centro Nacional de Educación Ambiental (CENEAM) Secretaria: Jefa del Servicio de Contratación del OAPN Todos los miembros de la Comisión tendrán voz y voto salvo la Secretaria que sólo tendrá voz. La Comisión de Valoración dispone de las siguientes competencias: La admisión de las propuestas presentadas en el concurso mediante acta en la que figurarán, en su caso, los diseños no admitidos indicándose las razones que han motivado la exclusión. La valoración de los diseños presentados y el resto de documentación presentada por los concursantes. La facultad de declarar desierto el concurso, justificando los motivos de esta decisión. La identificación del concursante cuyo diseño haya sido seleccionado, mediante la apertura del sobre nº 2 que contiene los datos identificativos, previo levantamiento del acta del diseño ganador. La remisión a la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente de la propuesta de resolución de adjudicación del concurso de ideas. La interpretación de las presentes bases y la resolución de cuantas cuestiones se pudiesen suscitar con motivo del concurso. El funcionamiento de la comisión se ajustará a lo previsto en la sección 3ª, capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

10.- CRITERIOS DE VALORACIÓN Los valores artísticos, simbólicos y la capacidad de representación y de comunicación del logotipo serán los aspectos determinantes para elegir la propuesta ganadora. Se valorará, además, su potencial respecto a su versatilidad para aplicar en diversos soportes. La Comisión de Valoración actuará con total independencia. 11.- PAGO DEL PREMIO El pago del premio se realizará una vez que concluyan todos los trámites para su concesión. 12.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL El autor del diseño seleccionado cederá en exclusiva al Organismo Autónomo Parques Nacionales los derechos de explotación de la obra previstos en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (en los sucesivo TRLPI), sin ningún tipo de limitación. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 del TRLPI el autor prestará su autorización para que el Organismo Autónomo Parques Nacionales pueda modificar, desarrollar o adaptar dicho diseño utilizando cualquier medio que considere oportuno. La concesión del premio no concede al premiado ningún derecho para la realización de trabajos de adaptación y desarrollo de las aplicaciones del diseño e idea seleccionada en este concurso. El Organismo Autónomo Parques Nacionales será propietario del diseño y podrá, si fuese el caso, y de acuerdo con la legislación vigente, registrarlo, adquiriendo los derechos de propiedad industrial. Los autores de las propuestas de logotipos presentadas cederán de manera gratuita los derechos de distribución y comunicación pública al Organismo Autónomo Parques Nacionales para que sean mostradas en exposición o formar parte de un catálogo o publicación. 13.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES La participación en este concurso de ideas implica, por parte de los concursantes, el conocimiento y aceptación de las presentes bases.