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Transcripción:

EDICTO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES EL SERVICIO DE RECAUDACIÓN MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO, HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el R.D.939/2005, de 29 de julio, se dictó acuerdo por el Tesorero Municipal con fecha 24 de Julio de 2.017 decretando la enajenación mediante subasta de los bienes que se detallan en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio como ANEXO I. El acto de subasta se celebrará en el Salón de Actos del Centro Cívico, Jardins Antic Sanatori s/n, 46520- Puerto de Sagunto, el 28 de Septiembre de 2.017 a las 11 horas. Lugar de pago: Tenencia de Alcaldía, en la Plaza del Sol s/n, 46520-Puerto de Sagunto. En cumplimiento de dicho acuerdo se publica el presente edicto convocando licitadores, y advirtiéndose a cuantos deseen tomar parte en la subasta lo siguiente: 1- La Mesa de Subastas estará compuesta tal y como establece la Ordenanza General de Recaudación por el Tesorero, que será el Presidente, el Interventor, y El Jefe de Sección de Recaudación, que actuarán como vocales, y por un funcionario de la Recaudación que actuará como Secretario. Los miembros de la Mesa podrán nombrar sustitutos por causas específicas. 2.- Los bienes embargados a enajenar son los que al final se relacionan; advirtiéndose que los tipos de subasta no incluyen los impuestos indirectos que puedan grabar la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro correspondiente del mandamiento de cancelación de cargas posteriores, serán por cuenta del adjudicatario. 3.- Todo licitador deberá constituir ante la Mesa de subasta el preceptivo depósito de garantía, que será al menos del 20 por 100 del tipo de los bienes que desearen licitar, y serán devueltos a los no rematantes, reteniendo únicamente los correspondientes a los adjudicatarios, a quienes se advertirá que dichos depósitos se aplicarán a la cancelación de la deuda,si no satisfacen el precio del remate en el acto de la adjudicación o dentro del plazo reglamentario previsto, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirán por los mayores perjuicios que origine la falta de pago del precio del remate. 4.- La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes, si se hace el pago de la deuda, recargos del periodo ejecutivo, intereses y costas del procedimiento. 5.- El rematante deberá entregar en el acto de la adjudicación o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.

6.- Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado, en las oficinas de Recaudación sitas en la Tenencia de Alcaldía (Plaza del Sol s/n), hasta una hora antes del comienzo de la subasta, sin perjuicio de que puedan participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán registradas en el Registro General del Ayuntamiento de Sagunto, y deberán ir acompañadas de cheque bancario, extendido a favor del Excmo. Ayuntamiento de Sagunto por el importe del depósito. En estos supuestos, la Mesa de subasta sustituirá a los licitadores pujando por ellos en la forma prevista al efecto. 7.- En el supuesto de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el caso de no existir otras ofertas. 8.- La devolución a los licitadores no adjudicatarios, que efectuaron su oferta en sobre cerrado, se realizará por medio de transferencia bancaria al número de cuenta designado por el interesado, o si corresponde por devolución del cheque bancario. 9.-Caso de que los bienes no se adjudiquen en primera licitación, la Mesa de subasta podrá, cuando así lo estime pertinente y previa deliberación, acordar la realización de una segunda licitación, una vez finalizada la primera, de los bienes que no hayan sido adjudicados en ésta, que se anunciará de forma inmediata, admitiéndose pujas que cubran el nuevo tipo, que será el 75 por ciento del anterior abriendo, a este efecto, un plazo de media hora para los que deseen licitar puedan constituir sus depósitos o habilitar los ya efectuados. 10.- Los tramos a que deberán ajustarse las posturas serán los que se indican en el artículo 9 de la Ordenanza Fiscal General de Recaudación del Excmo. Ayuntamiento de Sagunto. El importe de los tramos de licitación, deberá adecuarse a las siguientes escalas: a) Para tipos de subasta inferiores a 6.000 :...100 b) Para tipos de subasta desde 6.000 a 30.000...300 c) Para tipos de subasta superiores a 30.000 hasta 150.000...600 d) Para tipos de subasta superiores a 150.000...1.000 11.- Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes a la anotación preventiva de embargo, quedaran subsistentes, sin aplicar a su extinción el precio del remate. 12.- Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públicos, los licitadores se conformarán con los título de propiedad que se hayan aportado al expediente; dichos títulos estarán a disposición de los interesados en las oficinas de la Dependencia de Recaudación donde podrán ser examinados todos los días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio, hasta el día anterior a la celebración de la subasta. En caso de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación del mismo en los términos previstos en la legislación hipotecaria.

Respecto al estado de deudas de las viviendas o locales con la comunidad de propietarios que pudieran existir, el adjudicatario exonera expresamente al Ayuntamiento de Sagunto, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960 de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por la Ley 8/1999 de 6 abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago. 12.- Los bienes no enajenados en subasta podrán adjudicarse mediante venta por gestión directa, conforme al procedimiento establecido en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación. 13.- En caso de existir derechos de tanteo y retracto, la adjudicación quedará en suspenso hasta que se dé cumplimiento a los requisitos legales exigidos en los respectivos derechos de adquisición preferente. ANEXO I 1º.-. RELACIÓN DE LOS BIENES A ENAJENAR LOTE NÚM. 1 URBANA: Edificio sin uso específico, sito en Puerto de Sagunto con fachada principal a la calle D.Juan de Austria nº76, lateral a la calle Pizarro y posterior a la calle L'Horta, en ambas s/n. Se compone de planta baja y tres plantas altas, la última de ático. Cubre la edificación terraza pisable. Superficies: solar, de 338 metros cuadrados, local en planta baja, 325,42 metros cuadrados construidos destinado en parte a aparcamiento de vehículos, con seis plazas, y en parte a bar-cafetería, con instalaciones propias para su uso; plantas primera y segunda,. 620,06 metros cuadrados destinados a habitaciones dobles con cuarto de baño, en cada una de las plantas, en total 18; plana tercera,184,33 metros cuadrados construidos, con dos locales a almacén, a los que se accede a través del portal y zaguán, donde está instalada la recepción, y ascensor, recayente a la calle D.Juan de Austria, distribuyéndose el local en planta baja zona de aparcamiento, 156,98 metros cuadrados construidos, bar cafeteria, 113,94 metros cuadrados construidos, zaguán 54,04 metros cuadrados costruidos. LINDA,tomando como frente la calle de su situación: frente, dicha calle; derecha, D. José Pérez Bugueda y D.Vicente Carrión Martí; izquierda, calle Pizarro y fondo, calle L'Horta. DATOS REGISTRALES: Nº Finca 42.395 Tomo 2042 Libro 513 Folio 93 Cargas Preferentes Depósito. 937.414,5 euros 993.899,25 euros 56.484,75 euros 187.482,9 euros

LOTE NÚM.2 URBANA: Urbana-Uno-83.- Plaza de aparcamiento nº169 en el sótano con el acceso para vehículos por sendas rampas ubicadas en la calle Xaloc, recayente al campo de Canet linde Norte- y a la calle Mestral linde Sur- y para personas por cuatro escaleras recayentes a los portales nº13, 19, 21 y 27 de la calle Arbones, y además por los ascensores del edificio, limitados a los propietarios de viviendas y apartamentos simultáneamente. Superficie útil de 14,25 metros cuadrados. LINDA, mirando su entrada: frente, zona de acceso y maniobra; derecha, plaza de aparcamiento nº180 y fondo, subsuelo calle Arbones. DATOS REGISTRALES: Nº Finca 42.862 Tomo 2087 Libro 530 Folio 223 Sin Cargas Preferentes Depósito. 9.468,33 euros 9.468,33 euros 1.893,66 euros LOTE NÚM. 3 URBANA: Parcela nº31 del Plano del Proyecto de Compensación del Parque Industrial de Sagunto. Tiene una superficie de 4.739 metros cuadrados y LINDA, al norte, con la parcela 32;Sur, vial de acceso al Puerto; este, con parcela 26 y Oeste, con el viario del Parque, alineación D-K. Dentro de la parcela hay dos edificios integrados en uno solo, formado por dos naves adosadas comunicadas entre sí y un edificio de oficinas dentro de las naves con acceso desde el exterior, las naves tienen ambas una anchura de 25 metros y unas longitudes de 73 metros y 66,50 metros respectivamente, ocupando una superficie construida de 3.500 metros cuadrados y las oficinas ocupan una superficie construida en planta baja y piso de 157,80 metros cuadrados totales, con una superficie total construida del conjunto de la edificación de 3.657,80 metros cuadrados, dicha edificación se ubica en la parcela descrita anteriormente, y el resto de la parcela no edificable se destina a accesos. DATOS REGISTRALES: Nº Finca 39.975 Tomo 1896 Libro 449 Folio 136 1.526.399,94 euros 1.526.399,94 euros Cargas Preferentes... Hipoteca anterior con riesgo pendiente 0. Depósito. 305.279,98 euros

LOTE NÚM.4 URBANA: Parcela E-MC.3.Parcela de suelo urbano, ubicada en la Manzana C del sector Este, de forma rectangular, en término de Sagunto, en el ámbito de la Unidad de Ejecución del sector CAMÍ LA MAR 2,ZONA ESTE Y OESTE, con una superficie de 5.672,24 metros cuadrados y 7.215,42 metros cuadrados techo. LINDANTE: Norte vial; Sur, parcela E-MC-7 adjudicada a Carburantes la Rotonda y parcela E-MC-9 adjudicada al Ayuntamiento de Sagunto: Este, viales y Oeste, parcela E-MC.5.3 adjudicada a este mismo titular. DATOS REGISTRALES: Nº Finca 72.883 Tomo 2.750 Libro 906 Folio 40 Sin cargas preferentes Depósito.. 517.273,46 euros 517.273,46 euros 103.454,69 euros LOTE NÚM.5 Descripción : URBANA: Trastero nº12 con una superficie útil de 4,25 metros cuadrados. LINDA: frente, zona de circulación; derecha, zona de circulación; izquierda garaje nº33 y fondo, D. Manuel Vila. DATOS REGISTRALES: Nº Finca 70.464-T12 Tomo 2.662 Sin cargas preferentes Depósito. 1.822,73 euros 1.822,73 euros 364,54 euros LOTE NÚM.6 URBANA: ½ Pleno dominio por mitades indivisas de 1/22 ava parte, que da derecho al uso exclusivo del espacio nº 4, de la planta de sótano del local que se distribuye en 22 plazas o espacios de aparcamiento de vehículos ligeros, con entrada por pendiente que arranca del linde izquierdo, mirando a la fachada principal, y al que llegan dos ascensores de la finca, del edificio sito en Puerto Sagunto, con fachada principal a la calle isla Cerdeña s/n; elemento nº 1 de la propiedad horizontal del referido edificio inscrito en el Tomo 1.699 del Archivo Libro 372 Sagunto segunda Nº Finca 36.447 Folio 90 Inscripción 3ª.

DATOS REGISTRALES: Nº Finca 36.447/4 Tomo 1.958 Libro 477 Folio 3 4.132,48 euros 4.132,48 euros Sin cargas preferentes Depósito. 826,49 euros ADVERTENCIAS Los posibles acreedores hipotecarios, forasteros o desconocidos, se tendrán por notificados con plena virtualidad legal, con la publicación del presente edicto, así como los otros interesados en el expediente. En el caso de que no fuera posible la notificación personal de la subasta, se entenderá efectuada mediante la publicación del presente edicto. RECURSOS Contra el presente acuerdo, podrán interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el Tesorero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial del Estado, si procede, y demás sitios reglamentarios, de conformidad con lo prevenido en el artículo 14. del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 165 de la Ley General Tributaria. En todo lo no previsto en este edicto se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto y confieran algún derecho a favor de terceros. Sagunto, a 17 de Agosto de 2017. EL TESORERO Fdo. Andrés Civera Porta