PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE FLORES PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTOCOLO DURANTE EL AÑO 2018 Por el Ayuntamiento de Sevilla (Dirección General de Protocolo y Casa Consistorial) se va a proceder a la contratación, a través de un contrato menor, del suministro que a continuación se indica: 1. OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es el suministro de flores para la Dirección General de Protocolo durante el año 2018. 2. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. Las ofertas se presentarán con un precio de baja unitario para todos los suministros que a continuación se indican. Es decir, se establecerá una BAJA ÚNICA respecto a los siguientes precios, en los que va incluido el traslado o envío y excluido el IVA: CONCEPTO Ramo en forma de canastilla confeccionado con 2 docenas de rosas blancas con alstromelias o liliums y verdes variados. Ramo en celofán para ofrenda a hermandades con rosas, liliums y alstromelias. (1 docena o 2 medias). Ramo tipo bouquet confeccionado con 3 paquetes de liliums, 1 paquete de gerberas, 1 paquete de alstromelias y 1 paquete de helecho con papel pinocho y lazo. Centro tradicional confeccionado con 2 docenas de rosas, liliums, gerberas o alstromelias u otras flores, para atenciones protocolarias. Centro monumental de 2,5 metros de largo, confeccionado con 50 paquetes de claveles rojos y verdes variados (helecho, apilistra y mostera), para ser colocado en corbata de escenario. IMPORTE 150 110 85 150 550 Observaciones Página 1/6
Centro monumental de 2 metros de alto para colocar en escenario, confeccionado con liliums, calas holandesas y verdes variados. Centro de atril con 5 docenas de rosas rojas, verdes de helecho, apilistra y mostera. Centro de flores (gladiolos, liliums, alstromelias y claveles) combinados en forma de abanico para ser colocados en altar. Centro en forma de abanico con flores variadas, tales como Gladiolos, liliums, gerveras, rosas, alstromelias, claveles, todo ello en tonos blancos y verdes de helecho. Cesta de plantas variadas con peluche para atenciones protocolarias en nacimientos. Corona mortuoria con aro de esponja de 90 cm de diámetro confeccionada con laurel de primera calidad forrada por ambos lados y cabecera confeccionada con nardos y verdes variados, lazo e inscripción. Corona mortuoria confeccionada con laurel de primera calidad por ambos lados, con lazo e inscripción Corona mortuoria con aro de esponja de 90 cm de diámetro forradas con verde de helecho, confeccionada con claveles y una o dos cabeceras de flores combinadas y verde de helecho, lazo e inscripción. Cruz mortuoria de esponja de 55 x 32 cms, forrada con verde de helecho, confeccionada con claveles, lazo e inscripción. Caja de Pétalos de 2 kilos combinados entre rosas y claveles, frescos y perfectamente conservados 500 300 130 140 100 250 172 250 170 80 Aunque los suministros detallados en el epígrafe anterior son los más habituales, se podrán solicitar otros suministros diferentes a los contemplados en el Pliego de Prescripciones Técnicas en función de las necesidades de las actividades propias de la Dirección General de Protocolo. Observaciones Página 2/6
La solicitud del suministro podrá ser con carácter urgente, y excepcionalmente podrá requerirse en festivos o fuera de horarios. A tales efectos la empresa adjudicataria deberá facilitar un teléfono de contacto permanente para la realización de dichos suministros urgentes. 3. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. La adjudicación del contrato se realizará a la oferta económica que indique el mayor porcentaje de baja único y global con respecto a todos los precios establecidos en el apartado 2. 4. PARÁMETROS OBJETIVOS PARA CONSIDERAR UNA OFERTA ANORMAL O DESPROPORCIONADA. Se considerarán, en principio, anormales o desproporcionadas, las ofertas que se encuentren en los supuestos relacionados en el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Si se apreciaran valores anormales en las proposiciones, se procederá conforme al procedimiento previsto en el artículo 152.3 y 4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 5. DURACIÓN DEL CONTRATO. El contrato desplegará sus efectos durante el periodo máximo de un año, desde el día siguiente a la fecha de adjudicación, hasta el 31 de diciembre de 2018. 6. LUGAR DE ENTREGA. El suministro deberá realizarse en el lugar que indique la Dirección General de Protocolo. Como norma general, la entrega se efectuará en Sevilla capital, aunque con carácter excepcional también podrán solicitarse suministros para el resto de la provincia e incluso para otras provincias de España. En estos casos, y tal y como se indica en el apartado 2, los gastos en los que pueda incurrir el adjudicatario a consecuencia del envío irán incluidos en el precio ofertado por la empresa. 7. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN. El presupuesto de la presente contratación es de 10.000,00 IVA incluido. El importe comprende los doce meses de prestación del suministro y se desglosa de la siguiente manera: Importe de adjudicación IVA NO INCLUIDO: 9.090,91 Importe del IVA (10 %): 909,09 Importe total: 10.000,00 Observaciones Página 3/6
El importe de adjudicación coincide con el importe de licitación. 8. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS. La fecha señalada en el anuncio de publicación del contrato en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Sevilla. 9. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS. Las ofertas se presentarán por correo electrónico a la dirección mapastor@sevilla.org, protocolo@sevilla.org o en la Dirección General de Protocolo, ubicada en Plaza Nueva 1. 10. PAGO. La facturación se realizará mensualmente, por la totalidad de los suministros realizados en el mes. En la factura se deberá detallar pormenorizadamente precio unitario de cada suministro, así como el precio definitivo una vez aplicada la baja porcentual. 11. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador. - La capacidad de obrar de los/as empresarios/as que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. - N.I.F. de la empresa/ N.I.F. del empresario, si fuese persona física. - D.N.I. del representante de la empresa. - Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de tener capacidad de obrar, y no estar incurso en prohibición de contratar conforme a los artículos 54 y 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Certificados - La empresa propuesta como adjudicataria debe hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y no estar incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Igualmente deberá estar al corriente en Observaciones Página 4/6
el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Sevilla. Solvencia económica y financiera, técnica y profesional - En el presente contrato no se establecen cláusulas específicas de solvencia. 12. CAUSAS DE RESOLUCIÓN. Además de las previstas en la legislación vigente, constituirán causas de resolución del contrato, imputables al contratista las siguientes: La no prestación por parte del contratista de los suministros objeto del contrato. Las reiteradas deficiencias en la ejecución del contrato, salvo en caso de fuerza mayor. En general, el incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato. 13. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. La empresa adjudicataria estará obligada a realizar la prestación objeto del contrato de forma que se garantice la continuidad del suministro, quedando obligada a prestarlo con las máximas garantías, procurando entre su personal una actitud profesional y diligente, y prestando de inmediato el apoyo técnico y refuerzos que las circunstancias demanden. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los presentes pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación a través de la Dirección de la Casa Consistorial. El contratista será responsable de la calidad de los suministros realizados y quedará obligado a prestar el suministro con las máximas garantías. La empresa deberá contar con el equipamiento y medios físicos necesarios para la buena marcha del contrato y realizar la entrega de material. La empresa adjudicataria ostentará la cualidad de empresario respecto del personal que destine a la prestación del suministro contratado con todos los derechos y obligaciones inherentes a esta condición, soportando todos los gastos del mismo y ejercitando en todo momento su poder de dirección, sancionador y disciplinario. Por tanto, será de exclusiva cuenta del adjudicatario el pago del personal Observaciones Página 5/6
que emplee para la realización de los trabajos objeto de este contrato. En ningún caso el Ayuntamiento de Sevilla asumirá obligación alguna de carácter laboral ni de ninguna otra clase, respecto al personal de la empresa, el cual deberá ser aportado por la empresa, a cuyo cargo correrán las respectivas relaciones jurídicos laborales o de otra índole que puedan existir, sin que en ningún caso alcance a la Dirección General de Protocolo y Casa Consistorial responsabilidad directa o indirecta por tales conceptos. 14. El Ayuntamiento de Sevilla podrá cursar cuantas instrucciones sean necesarias al adjudicatario en orden a la buena ejecución del contrato. Sevilla en la fecha indicada en el pie de firma del presente documento EL DIRECTOR GENERAL DE PROTOCOLO Y CASA CONSISTORIAL Fdo. Francisco José Martínez Yuste Observaciones Página 6/6