Facultad de Derecho y Ciencias Sociales

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CONVOCATORIA DE BECAS-COLABORACIÓN PARA EL MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEL AULA DE INFORMÁTICA Y DEL AULA DE JUICIOS CON CARGO AL CONTRATO-PROGRAMA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES DE CIUDAD REAL La Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) establece un sistema de ayudas a los estudiantes de la misma por su colaboración en los diversos servicios de la Universidad que desarrollen actividades dirigidas a la comunidad universitaria o a la sociedad en general. Estas ayudas, convocadas bajo la denominación beca-colaboración, están destinadas a facilitar a que los estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales presten su colaboración, en régimen de compatibilidad con sus estudios. Se pretende que los beneficiarios de estas becas de colaboración, como usuarios directos de los distintos servicios que la Facultad ofrece a sus estudiantes, tengan un mejor conocimiento del funcionamiento de los mismos y realicen propuestas de mejora. De esta forma se pretende potenciar la competencia transversal de adquisición de hábitos relacionados con la organización y planificación del trabajo, individual y colectivo, que permita liderar y supervisar equipos que ha de tener cualquier estudiante universitario de grado al finalizar sus estudios. En su virtud, este Decanato ha dispuesto: Primero. OBJETO Se convoca, para el año 2017, las becas-colaboración, según el detalle del anexo A, con destino en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Ciudad Real. Segundo. REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS 1. Estar matriculado en enseñanza oficial, de Primer y/o Segundo Ciclo, Grado o Máster en la UCLM, en el curso 2016/17 en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. 2. No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título universitario de carácter oficial y validez, la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria correspondiente, excepto si dicha titulación es el requisito académico que ha permitido al alumno matricularse en segundo ciclo o Máster, o su adaptación a los estudios de grado correspondientes, para el curso 2016/17, por enseñanza oficial, en la Universidad de Castilla-La Mancha. PÁGINA 1 / 8 ID. DOCUMENTO 7H3AF2aMwtaOtQMZw77ctA$$

3. Ser beneficiario del seguro escolar en el curso académico para el que se convoca la beca, o, en caso contrario, los solicitantes mayores de 28 años que resulten adjudicatarios de la beca, deberán acreditar antes del inicio de la percepción de la beca, estar cubiertos por algún seguro médico para casos de enfermedad o accidente. La no acreditación de dicho requisito en el plazo en que se establezca será causa suficiente para revocar la adjudicación a dichos solicitantes. 4. No haber renunciado con anterioridad a una beca colaboración de la Facultad sin causa que justifique a juicio de la Comisión de adjudicación de becas de la Facultad. 5. No haber disfrutado en cursos anteriores de becas-colaboración que en su conjunto hayan supuesto una duración igual o superior a 22 meses. A estos efectos no se computaran las fracciones inferiores a un mes. En el caso de que ese periodo máximo se cumpla durante el disfrute de la misma, el becario cesará automáticamente. 6. No se podrá disfrutar de beca colaboración cuando al solicitante se le haya anulado por impago la matrícula en cursos anteriores. 7. Igualmente no podrán ser beneficiarios de una beca colaboración quien habiendo disfrutado de ella con anterioridad, su nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada, según se dispone a tal efecto en esta convocatoria. 8. La presente beca de colaboración, dado su carácter eminentemente colaborativo con servicios universitarios, quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación del R.D. 1493/2011 de 24 de octubre de 2011 (BOE de 27/10/2011) por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. Tercero. PRÓRROGA DE LA BECA DE COLABORACIÓN En ningún caso, las becas a que se refiere la presente convocatoria serán susceptibles de prórroga. PÁGINA 2 / 8 ID. DOCUMENTO 7H3AF2aMwtaOtQMZw77ctA$$

Cuarto. DOTACIÓN ECONÓMICA, PERIODO DE DISFRUTE Y HORAS SEMANALES DE COLABORACIÓN La actividad que conlleva la beca se realizará desde 16 de enero de 2017 hasta el día 15 de diciembre de 2017, siendo inhábil del 16 de julio al 31 agosto, con una dedicación de 10 horas semanales. La dotación económica será de 213 mensuales, excepto el mes de julio que, debido a que el aula de informática permanecerá abierta del día 1 al 15 únicamente en horario de mañana, la dotación será de 48. No obstante, la resolución de la presente convocatoria está condicionada: a) Al crédito que finalmente se disponga en el ejercicio 2017 en la aplicación presupuestaria correspondiente del Presupuesto de la UCLM 2017 b) Al crédito que se declare disponible, en el acuerdo de prórroga, en su caso, del Presupuesto de la UCLM 2016 c) Al crédito recogido en el anteproyecto de Presupuesto de la UCLM para el ejercicio 2017. Las condiciones indicadas deberán cumplirse en el momento en el que el órgano gestor de la convocatoria se disponga a dictar la propuesta de resolución provisional. Quinto. PLAZO, FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN Las solicitudes, que deben seguir el modelo que figura como Anexo B de la presente convocatoria, pueden presentarse desde el 2 de noviembre al 23 de diciembre de 2016 a las 14:00 horas, en el Registro de la Facultad, Registro General del Rectorado o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común. Los registros oficiales donde tengan entrada estas solicitudes las remitirán directamente a la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Ciudad Real, Ronda de Toledo s/n, 13071 Ciudad Real, y dirigidas al Sr. Decano 1. Dichas solicitudes deben estar acompañadas por los siguientes documentos: a. Curriculum Vitae. b. Aquellos documentos que resulten necesarios para acreditar los requisitos específicos de la mencionada beca de colaboración. c. Copia DNI/Pasaporte/NIE d. Copia de la matrícula del curso 2016/17 e. Proyecto de tareas a realizar en el puesto objeto de la convocatoria de becacolaboración. Dicho proyecto deberá describir los objetivos a alcanzar, las tareas asociadas a los mismos, así como un sistema de seguimiento y evaluación de la calidad. PÁGINA 3 / 8 ID. DOCUMENTO 7H3AF2aMwtaOtQMZw77ctA$$

2. Los becarios quedarán adscritos a la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Ciudad Real, bajo la tutoría de un profesor coordinador. 3. Al finalizar el periodo de colaboración, el tutor emitirá un informe valorando la puntualidad, la adquisición de conocimientos y habilidades, la actitud ante los usuarios y la capacidad de aprendizaje. 4. En ningún caso, el disfrute de la beca-colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el becario y la Universidad de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual laboral o administrativa con la Universidad de Castilla-La Mancha, viniendo obligados los beneficiarios a suscribir la oportuna declaración al respecto, antes del inicio de la percepción de la beca. 5. El becario estará obligado a guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos personales que por razón de las tareas asociadas a la beca-colaboración tuviera que tratar. Por ninguna razón y bajo ninguna circunstancia, el becario podrá comunicar a terceros ningún dato personal. Esta obligación subsiste aún después de finalizar la beca. El incumplimiento de esta obligación será motivo suficiente para la retirada de la beca y la aplicación de sanciones de conformidad con lo previsto en la legislación vigente. 6. El alumno una vez finalizado el disfrute de la Beca deberá realizar un INFORME FINAL del grado de cumplimiento de su proyecto en el que se incluirán propuestas de mejora. 7. Los solicitantes aceptan todos los puntos de la presente convocatoria así como la Normativa Reguladora de las Becas de Colaboración de la Universidad de Castilla- La Mancha, aprobada por Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2013, publicada en el Boletín de la Universidad nº 152 y modificada en Consejo de Gobierno de 7 de noviembre de 2014. Sexto. INCOMPATIBILIDADES 1. La incompatibilidad a que se refiere el artículo 7 del Reglamento de Becas de Colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha aprobado por acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2013, publicada en el Boletín de la Universidad nº 152 y modificada en Consejo de Gobierno de 7 de noviembre de 2014, se entenderá referida al momento de la incorporación del estudiante adjudicatario de la beca. 2. Esta beca de colaboración es incompatible con cualquier beca o ayuda. A dichos efectos se declara expresamente la incompatibilidad de esta ayuda con cualquier tipo de beca o ayuda concedida por las Administraciones Públicas, así como con cualquier otro tipo de beca o ayuda al estudio otorgada por la UCLM, a excepción de las de carácter general convocadas para el curso 2016-2017 por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. PÁGINA 4 / 8 ID. DOCUMENTO 7H3AF2aMwtaOtQMZw77ctA$$

3. No se podrá disfrutar de estas becas-colaboración mientras exista una relación laboral o administrativa con entidad pública o privada, o se esté trabajando por cuenta propia. A estos efectos se entiende que la solicitud de esta beca implica una declaración jurada de no existir tal relación. 4. No se podrá disfrutar de beca colaboración cuando al solicitante se le haya anulado por impago la matrícula en cursos anteriores. 5. Esta beca queda declarada expresamente incompatible con las ayudas para estudiantes de la UCLM en situaciones especiales. Siete. ACTIVIDADES DE COLABORACIÓN CON EL SERVICIO QUE REALIZARÁ EL BECARIO 1. Supervisar el estado de los equipos informáticos. 2. Vigilar el uso adecuado de los equipos informáticos. 3. Asistir a los usuarios. 4. Comunicar al técnico de apoyo de servicios informáticos las incidencias. 5. Mantenimiento y actualización de la página web de la Facultad. 6. Asistencia en las actividades programadas en el aula de juicios, incluido el manejo del equipo audiovisual instalado en el mismo. Ocho. RENUNCIA, REVOCACIÓN Y SUSPENSIÓN DE LA BECA 1. La renuncia a la beca concedida, sin causa que lo justifique, supondrá la imposibilidad de volver a solicitar una ayuda de estas características. Deberá renunciar, por escrito, a la beca colaboración todo beneficiario que: a. Deje de cumplir, durante el curso correspondiente, los requisitos de la beca. b. Incurra en alguna de las incompatibilidades establecidas en esta convocatoria. 2. Serán causas de revocación: a. No cumplir con las obligaciones indicadas en esta convocatoria como con las incluidas en la normativa reguladora de las becas-colaboración de la UCLM b. Seguir disfrutando de la beca sin tener derecho a ello ni haber renunciado a la misma, lo cual supondrá la obligación por parte del beneficiario de reintegrar a la UCLM las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de las acciones legales que se pueda emprender aquella por posible fraude. PÁGINA 5 / 8 ID. DOCUMENTO 7H3AF2aMwtaOtQMZw77ctA$$

3. El beneficiario que renuncie justificadamente a la beca-colaboración, podrá solicitar, en el mismo escrito, ser incluido al final de la lista de suplentes. 4. Cuando una beca-colaboración quede vacante por renuncia, revocación o cualquier otra causa: a. Se concederá al primer suplente si no se ve afectado por ninguno de los motivos de renuncia arriba indicados. En caso de no aceptarla, pasará al último lugar de la lista y se repetirá el proceso con quien quede en primer lugar. Ello no obstante, en el caso de que la renuncia venga motivada por incompatibilidad del horario asignado con más del 50% de las horas de clase semanales, el candidato mantendrá su puesto en la lista. Todo suplente que renuncie injustificadamente a la beca, será eliminado de la lista de suplentes. b. A un suplente que no pueda ser localizado telefónicamente se le enviará un escrito certificado con acuse de recibo para que, en el plazo de dos días hábiles, comunique telefónicamente si acepta o renuncia a la beca, sin perjuicio de su posterior confirmación por escrito, considerando que la no contestación en dicho plazo supone renunciar a la misma. 5. En los casos de enfermedad debidamente justificados o ausencias autorizadas, se suspenderá la beca durante el tiempo que persistan las circunstancias que ocasionaron dicha suspensión, reanudándose una vez desaparezcan las mismas. En ese periodo, el responsable del servicio podrá sustituir al becario con el suplente que figure en primer lugar en la lista, aunque solo durante el periodo especificado para dicha suplencia. Nueve. COMISION SELECCIÓN, BAREMACION, CONCESIÓN Y RESOLUCIÓN DE LA BECA 1. Los beneficiarios de las becas serán seleccionados, en régimen de concurrencia competitiva, por una comisión formada por: a. Un miembro del equipo directivo del centro. b. Un profesor del centro. c. La administradora del centro. 2. La comisión valorará: a. Conocimientos de inglés. Se valorará de forma muy positiva el conocimiento adicional de otros idiomas hablados en la Unión Europea (máximo 2 puntos) b. Expediente académico (nota media expediente). c. Los conocimientos y destrezas informáticas del solicitante (excell, Access y Word) (máximo 1 punto) d. Los méritos alegados por el solicitante en el C.V. entregado (máximo 1 punto) PÁGINA 6 / 8 ID. DOCUMENTO 7H3AF2aMwtaOtQMZw77ctA$$

Se tendrá en cuenta únicamente la documentación que se aporte y acredite. 3. La comisión formulará al Sr. Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias de Ciudad Real, una vez examinada y valorada toda la documentación, una propuesta de concesión de becas-colaboración ordenadas según la puntuación total obtenida y dirimiendo los posibles empates, a efectos de su concesión definitiva. Los criterios para dirimir los posibles empates serán los siguientes: a. Mejor expediente académico. b. Si persiste el empate, mejor valoración de idioma. 4. Se creará una bolsa de becarios para suplir posibles incidencias con los candidatos no seleccionados. El hecho de figurar en la referida bolsa no supondrá, en ningún caso, la adquisición de derechos de cualquier clase por parte del interesado que figure en la misma. 5. La resolución de esta convocatoria será publicada en los tablones de anuncio del centro y en la Web de la Universidad de Castilla-La Mancha. 6. La beca concedida podrá ser retirada al beneficiario de la misma, previo informe de la comisión de selección, en caso de rendimiento insuficiente o incumplimiento reiterado de las actividades a realizar que se impongan. En este caso, el beneficiario debería devolver la retribución recibida. 7. Podrá revocarse la Beca por parte del órgano convocante en caso de que concurrieran circunstancias sobrevenidas que así lo determinen. 8. Contra la Resolución de concesión de becas, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Castilla-La Mancha en el plazo de un mes a partir de su publicación, de conformidad con lo establecido en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En Ciudad Real, 11 de noviembre de 2016 DECANO DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES Juan José Rubio Guerrero PÁGINA 7 / 8 ID. DOCUMENTO 7H3AF2aMwtaOtQMZw77ctA$$

ANEXO A. RELACIÓN DE BECA-COLABORACIÓN EN LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES DE CIUDAD REAL CÓDIGO DE LA BECA REF. INFORMATICA DESCRIPCIÓN 4 BECAS DE COLABORACIÓN PARA EL MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEL AULA DE INFORMÁTICA Y DEL AULA DE JUICIOS LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES DE CIUDAD REAL PÁGINA 8 / 8 ID. DOCUMENTO 7H3AF2aMwtaOtQMZw77ctA$$