Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 17 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Documentos relacionados
Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 3 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Subdepartamento II 10 12

Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 143 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Diario Oficial/Normas Generales/Año 2005/DO 28/06/2005 DFL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 279 Fecha Publicación : Fecha Promulgación :

Artículo 1º.- Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Subsecretaría de Educación Parvularia, que se indica a continuación:.

Artículo 1.- Fíjanse las siguientes Plantas del Personal de la Dirección de Contabilidad y Finanzas: Planta/Cargo Grado N Cargos

Referencia del Documento: Diario Oficial/Normas Generales/Año 1993/DO 30/01/1993 DFL MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración y

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 23 Fecha Publicación : Fecha Promulgación :

TÍTULO I FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO

Artículo 1.- Fíjase la siguiente planta de personal del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol:

2. Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº Directivos afectos al artículo 8º del decreto con fuerza de ley Nº 29, de

2. Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº

FIJA PLANTA DE PERSONAL Y FECHA DE INICIACIÓN DE ACTIVIDADES DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES

2. Directivos de Exclusiva Confianza..

i) título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, o ii) título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de

ANEXOS DE LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

1. Para los cargos de Subdirectores, se requerirá contar con título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado

Tipo Version :Ultima Version De : Inicio Vigencia : : &idparte

D.F.L. N 17, DE 2004

PÁRRAFO I Del Instituto de Previsión Social

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - - documento generado el 12-Ago-2014

b) Segundo Nivel Jerárquico.

Ley N , promulgada el 22 de junio de 1992 y publicada en el Diario Oficial el 21 de julio de 1992 (Ultima Modificación : Ley

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

ANEXO B. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile documento generado el 05-Jun-2015

Fecha Publicación : Fecha Promulgación :

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 176 EXENTA, DE 1999, QUE APRUEBA EL ARANCEL DE PRESTACIONES DE SALUD DEL LIBRO II DEL DFL Nº 01/2005

Fecha Publicación : Fecha Promulgación :

FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA

QUE REGLAMENTA BECAS INDIGENAS Y FIJA SU TEXTO REFUNDIDO

Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 29 Fecha Publicación : Fecha Promulgación :

:

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República.- Javiera Blanco Suárez, Ministra de Justicia.- Jorge Burgos Varela,

d.) Establece tabla de resumen de asignación de recursos para este tercer llamado.

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

Artículo 1º.- Fíjase la siguiente planta de personal del Servicio Nacional de Turismo: - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL. Núm Viernes 21 de Septiembre de 2018 Página 1 de 10.

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Generales

: &f= &p=

: &f= &p=

Punta Arenas; 11. El certificado Nº 1.727, de , del Secretario Municipal (S), de la Municipalidad de Punta Arenas, que deja constancia de la

b) Sustitúyese en el artículo 7 el inciso tercero, por el siguiente: "Tendrán un recargo del 50% las prestaciones que, de acuerdo a calificación

REGLAMENTO QUE FIJA PLANTA PERSONAL MUNICIPAL, REGIDO POR LA LEY Nº , MUNICIPALIDAD DE:

Artículo 6º.- Apruébanse los planos especiales de servidumbre que se indican en el artículo 7º del presente decreto.

Artículo 6.- Apruébanse los planos de servidumbre que se indica en el artículo 7 del presente decreto.

Tipo Norma :Decreto 118 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

remuneración líquida supere tal cantidad. Para estos efectos, se entenderá como remuneración líquida el total de la de carácter permanente

4. Que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 13 de la ley Nº , la empresa solicitante realizó las publicaciones del extracto de la

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Cuerpo I - 4 Miércoles 14 de Julio de 2010 Nº

Asimismo, el presente reglamento tiene por objeto precisar los requisitos mínimos que deben cumplir los señalados Sistemas Solares Térmicos, su

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile documento generado el 05-Oct-2016

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 176 EXENTA, DE 1999, QUE APRUEBA EL ARANCEL DE PRESTACIONES DE SALUD DEL LIBRO II DEL DFL Nº 1/2005

DECRETO N 224, DE MINISTERIO DE EDUCACIÓN Reglamento de los incisos 4 y siguientes del artículo 1 transitorio de la ley N 19.

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE BIENES NACIONALES

CREA EL SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:

2X500 KV", EN LA REGIÓN DE COQUIMBO, PROVINCIA DE ELQUI, COMUNA DE LA SERENA

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Generales

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile documento generado el 29-Mar-2016

Artículo 5º.- Déjase constancia que en su recorrido las instalaciones afectarán sólo bienes nacionales de uso público.

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE JUSTICIA

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Generales

Fecha Publicación : Fecha Promulgación :

disponibles en las cuencas de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Decreto:

:Resolución 408 EXENTA Fecha Publicación : Fecha Promulgación :

Artículo 6º.- Apruébanse los planos especiales de servidumbre que se indican en el artículo 7º del presente decreto.

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

CREA EL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL CON DOS SUBSECRETARIAS Y EL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE JUSTICIA

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Generales

Tipo Norma :Decreto 126 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE EDUCACION

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

Artículo 6.- Apruébanse los planos especiales de servidumbres que se indican en el artículo 7 del presente decreto.

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile documento generado el 26-Dic-2016

TÍTULO I: Instrumentos de Evaluación

TÍTULO I: Instrumentos de Evaluación

Sala Cuna Mayor 1 a 2 años de edad. En caso de ser necesario, el nivel Sala Cuna Menor podrá considerar, en el respectivo nivel, niños o niñas de

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE

Artículo 6.- Apruébanse los planos especiales de servidumbres que se indican en el artículo 7 del presente decreto.

Transcripción:

Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 17 Fecha Publicación :21-04-1990 Fecha Promulgación :16-03-1990 Organismo Título :MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO :MODIFICA DFL QUE ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DEL MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, CONFORME AL ARTICULO 5 DE LA LEY N 18.834 SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO Tipo Versión :Última Versión De : 02-10-2007 Inicio Vigencia :02-10-2007 Id Norma :3978 Ultima Modificación :02-OCT-2007 Decreto con Fuerza de Ley 27 URL :https://www.leychile.cl/n?i=3978&f=2007-10-02&p= MODIFICA DFL QUE ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DEL MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, CONFORME AL ARTICULO 5 DE LA LEY N 18.834 SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO D.F.L. Núm. 17.- Santiago, 16 de Marzo de 1990.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 13 transitorio y artículo 7 de la Ley N 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo, modificado por el artículo 2 de la Ley N 18.972, dicto el siguiente Decreto con Fuerza de Ley. Decreto con Fuerza de Ley: Artículo 1.- Modifícase el artículo único del NOTA Decreto con Fuerza de Ley N 5 de 8 de Febrero de 1990, NOTA 1 que adecua las plantas y escalafones del personal del Ministerio Secretaría General de Gobierno, no publicado, NOTA 2 en la forma siguiente: MINISTRO B 1 SUBSECRETARIO C 1 I.- CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA ------------- _ SITUACION ACTUAL _ Escalafón de Directivos Superiores NUMERO CARGOS NIVEL GRADO CARGOS Directores de División I 2 3 Ministeriales III 4 3 Escalafón Directivos Ministeriales I 5 4 Ministeriales II 6 5 Escalafón Directivos Superiores ----------- Directivos III 4 3 Subdirectores III 4 1 Secretarios Nacionales III 4 4 Jefes de Departamento III 4 2 Directivo Superior III 4 1 Escalafón Directivos Jefes de Departamento I 5 1 Subjefes de Secretaría Nacional I 5 4

Jefes de Gabinete II 6 1 Jefes de Departamento II 6 3 Directivos II 6 1 Jefes de Departamento III 7 2 Directivos III 8 1 Escalafón Jefatura A Jefes de Departamento I 9 5 II. CARGOS DE CARRERA - Jefes de Sección II 11 20 Escalafón Jefaturas B - Jefes de Sección I 12 26 Jefes de Sección I 13 47 Jefes de Sección II 14 15 Escalafón Jefaturas C - Jefes de Sección I 15 6 Jefes de Sección II 16 11 Jefes de Sección II 17 2 Escalafón Abogados Abogados I 6 1 Escalafón Profesionales --- Profesionales I 10 1 Escalafón Operadora Telex ----- Radio Operadores ---------------- Operadores Telex y Radio Operadores II 17 7 Escalafón Secretarios Bilingües Secretarios Bilingües III 17 1 Escalafón Secretarios - Ejecutivos ---------- Secretarios Ejecutivos II 16 6 Escalafón de Secretarios ---- Secretarios II 16 2 Secretarios II 17 3 Secretarios II 18 3 Secretarios II 19 2 Secretarios III 21 2 Escalafón Oficiales Administrativos --------------- Oficiales Administrativos I 19 38 Oficiales Administrativos I 20 35 Oficiales Administrativos I 21 34 Oficiales Administrativos II 22 3 Oficiales Administrativos II 23 4 Oficiales Administrativos II 25 2 Escalafón Choferes Choferes II 24 17 Choferes II 25 2 Choferes III 27 1 Escalafón Auxiliares Auxiliares II 24 5 Auxiliares I 25 9 Auxiliares I 26 7 Auxiliares I 27 2 B 1 C 1

ADECUACION SEGUN ART. 5 LEY N 18.834 NUMERO CARGOS GRADO CARGOS Jefes de División 2 3 Ministeriales 4 3 Ministeriales 5 4 Ministeriales 6 5 Planta Directivos ----------------- Jefes de Departamento 4 3 Jefes de Departamento 4 1 Jefes de Departamento 4 4 Jefes de Departamento 4 2 Jefe de Departamento 4 1 Jefe de Departamento 5 1 Jefes de Departamento 5 4 Jefe de Departamento 6 1 Jefes de Departamento 6 3 Jefe de Departamento 6 1 Jefes de Departamento 7 2 Jefe de Departamento 8 1 Jefes de Departamento 9 5 Jefes de Oficina 11 5 Directivos 11 15 Jefes de Oficina 12 4 Directivos 12 22 Directivos 13 47 Directivos 14 15 Directivos 15 6 Directivos 16 11 Directivos 17 2 Planta de Profesionales --- Profesional 6 1 Profesional 10 1 Planta de Técnicos Técnicos 17 7 Técnico 17 1 Planta de Administrativos ----- Administrativos 16 6 Administrativos 16 2 Administrativos 17 3 Administrativos 18 3 Administrativos 19 2 Administrativos 21 2 Administrativos 19 38 Administrativos 20 35 Administrativos 21 34 Administrativos 22 3 Administrativos 23 4 Administrativos 25 2 Planta Auxiliares ----------------- Auxiliares 24 17 Auxiliares 25 2 Auxiliar 27 1 Auxiliares 24 5 Auxiliares 25 9 Auxiliares 26 7 Auxiliares 27 2 Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican: 1.- Planta de Directivos, para cargos de carrera de

nivel Jefe de Oficina y de denominación Directivos: Alternativamente, a) Título Profesional de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 1 año en la Administración del Estado en cargos de la planta de Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta planta. b) Título de Técnico o equivalente de una carrera de duración inferior a 6 semestres, otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y desempeño de a lo menos 2 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos, o en cargos de escalafones que han pasado a integrar esta Planta. c) Desempeño de a lo menos 8 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de 90 horas a lo menos. d) Desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativa o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos tope de esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. 2.- Planta de Profesionales: Alternativamente, a) Título Profesional de una carrera con un currículum de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. b) Grado académico de licenciado, magister o doctor, otorgado por una universidad del Estado o reconocida por éste. 3.- Planta de Técnicos: Alternativamente, a) Título de Técnico o equivalente de una carrera con un currículum inferior a 8 semestres de duración, otorgado por un Instituto o establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Título de Técnico otorgado por un establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional. c) Haber aprobado a lo menos 4 semestres de una carrera profesional universitaria impartida por una Universidad del Estado o reconocida por éste. 4.- Planta de Administrativos: - Licencia de Educación Media o equivalente. 5.- Planta de Auxiliares - Haber aprobado la Educación Básica. NOTA El Artículo 3º del DFL 3, Educación, publicado el 08.11.2003, ordenó la supresión de los cargos provistos en la planta del personal del Ministerio Secretaría General de Gobierno, en la forma que dicha norma indica, los que han pasado a formar parte de la planta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. NOTA 1 El artículo primero, Nº 1, del DFL 26, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 4, en la Planta de personal del Ministerio Secretaría General de Gobierno.

NOTA 2 El artículo primero, Nº 1, del DFL 27, Hacienda, publicado el 02.10.2007, crea un cargo de Secretario Regional Ministerial, grado 4, en la Planta de personal del Ministerio Secretaría General de Gobierno. Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Correa Ríos, Ministro Secretario General de Gobierno.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Edgardo Riveros Marín, Subsecretario General de Gobierno. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica División de Toma de Razón y Registro Cursa con alcance DFL. N 17, de 1990, del Ministerio Secretaría General de Gobierno N 11.363.- Santiago, 16 de Abril de 1990. Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1 transitorio de la Ley N 18.834, se adecuan la planta y escalafones del Ministerio Secretaría General de Gobierno a las plantas establecidas en el artículo 5 permanente de la Ley citada. Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que los tres cargos de Jefe de División y los doce de Secretarios Regionales Ministeriales forman parte de la planta de Directivos, expresión que se ha omitido en el documento adjunto. Por otra parte, es necesario expresar que las plantas de Profesionales, de Administrativos y de Auxiliares deben entenderse complementadas, respectivamente, con un empleo del grado 12, uno del grado 22 y uno del grado 21, de acuerdo con las creaciones de cargos y traslados de personal dispuestos por el DFL. N 50, de 1989, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado en el Diario Oficial de 23 de marzo del presente año. Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República. Al señor Ministro Secretario General de Gobierno Presente